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REPUBLICA DE COLOMBIA
DCP-2500
L 1&111iiu:11.1:
MINISTERIO DEL INTERIOR
1487
CERTIFICACION NUMERO
2 0 ocr 2015
DE
"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o
actividades a realizarse".
EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el
artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de
diciembre de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 09 de octubre de 2015, el oficio con
radicado externo EXTMII5-0050191, por medio del cual el señor HENRY CASTELLANOS
VELASQUEZ, en calidad de Gerente de Activo de la empresa VETRA EXPLORACION Y
PRODUCCION S.A.S., NIT. 860.352.419-2, solicita se expida certificación de presencia o
no de comunidades étnicas para el proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACION MONO
ARAÑA, UBICADO EN EL BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)", localizado
en jurisdicción de los municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de Cesar,
identificado con las siguientes coordenadas:
Coordenadas Datum Magna Sirgas
Origen Bogotá
Vértice
ESTE
NORTE
1
1049436,905
1392379,205
2
1048223,477
1392022,355
3
1047787,115
1389498,685
4
1048406,915
1387694873
5
1050377,151
1386071) 846
6
1051904,866
1387864,321
7
1
1051387,605
1
1390508,043
1
1049436,905
1392379,205
Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0050191 de 09 de octubre de 2015.
1
1
Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal
ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, localización geográfica,
ubicación y coordenadas del área del proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACIÓN MONO
ARAÑA, UBICADO EN EL BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)", localizado
en jurisdicción de los municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de Cesar. Ii)
Mapa de localización —cartografía impresa- del área del proyecto en mención. iii) CD medio magnético- con archivos digitales formatos shapefile (shp.) y Excel (xis.),
correspondientes a información cartográfica del polígono a licenciar y coordenadas de
vértices del área del proyecto de la referencia.
Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las
coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACION
MONO ARANA, UBICADO EN EL BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)",
localizado en jurisdicción de los municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de
Cesar. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades
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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN
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DE 20
OCT 2015
étnicas que pudieran resultar afectadas. Las Bases de Datos consultadas fueron: i) Base
cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos (lncoder-Igac 2015), u) Base
cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de
la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Minlnterior 2015), iv) Base
de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y
Palenqueras (Minlnterior 2015), y, y) Base de datos de Consulta Previa (Minlnterior 2015).
Que con base en la información aportada y recogida, en el informe técnico de 20 de
octubre de 2015 se estableció lo siguiente:
"Se digitalizó en la base de datos geográfica de la Dirección de Consulta Previa, las
coordenadas del proyecto: "Campo de Explotación Mono Araña, ubicado en el Bloque
Valle Medio Magdalena 2 (VMM2)", a partir de la información aportada por el solicitante
en el Sistema de Coordenadas Planas Origen Bogotá, Datum Magna Sirga".
"Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC
2015, lo que permitió constatar que el área del proyecto se localiza en jurisdicción de los
municipios de Aguachica y Río de Oro, en el departamento del Cesar. Por lo anterior es
posible continuar con el trámite de la solicitud".
"Coordenadas:
Vértice
Coordenadas Datum Magna Sirgas
Origen Bogotá
ESTE
NORTE
1
1049436,905
1392379,205
2
1048223,477
1392022,355
3
1047787,115
1389498,685
4
1048406,915
1387694,873
5
1050377,151
1386071,846
6
1051904,866
1387864,321
7
1051387,605
1390508,043
1
1049436,905
1392379,205
Actividades del proyecto".
Descripción de las actividades del proyecto, otra o actividad: Elaboración del estudio de
impacto ambiental para & trámite de la licencia ambiental ante la Autoridad nacional de
Licencias Ambientales -ANLA-, para el desarrollo del proyecto Campo de Explotación
Mono Araña por la empresa operadora VETRA E&P SAS, ubicado en los Municipios
de Aguachica (Vereda El Juncal) y Rio de Oro (Veredas Cruce de Patiño y Sabana de
Buenavista perteneciente al Corregimiento El Marques) en el Departamento del Cesar,
Campo que se encuentra dentro el bloque exploratorio VMM2 con contrato suscrito
con la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH NI 17 de 2009 Minironda 2008 Se
proyectan realizar actividades de construcción y adecuación de plataformas,
perforación de pozos, construcción y adecuación de vías, tendido de líneas de flujo y
eléctricas, construcción de facilidades de superficie, infraestructura asociada tal como
campamentos, casinos, oficinas entre otros.
Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 20 de octubre
de 2015 en el cual se determinó que:
"Como resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) de
comunidades étnicas con que cuenta la Dirección de Consulta Previa, y del análisis
cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el polígono del proyecto:
"Campo de Explotación Mono Araña, ubicado en el Bloque Valle Medio Magdalena 2
(VMM2)", se evidenció que el proyecto de la referencia no se traslapa con
comunidades étnicas".
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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN
DE
20OCT 2015
"De acuerdo con lo anterior, se establece que no se registra presencia de
comunidades étnicas en el área del proyecto: "Campo de Explotación Mono Araña,
ubicado en el Bloque Valle Medio Magdalena 2 (VMM2) ", localizado en jurisdicción de
los municipios de Aguachica y Río de Oro, en el departamento del Cesar".
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,
CERTIFICA:
PRIMERO. Que no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Rom y Minorías,
en el área del proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACION MONO ARANA, UBICADO EN EL
BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)", localizado en jurisdicción de los
municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de Cesar, identificado con las
siguientes coordenadas:
Coordenadas Datum Magna Sirgas
Vértice
Origen Bogotá
ESTE
NORTE
1
1049436,905
1392379,205
2
1048223,477
1392022,355
3
1047787,115
1389498,685
4
1048406,915
1387694,273
5
1050377,151
1386071,846
6
1051904,866
1387864,321
7
1051387,605
1390508,043
1
1049436,905
1392379,205
Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0050191 de 09 de octubre de 2015.
SEGUNDO. Que no se registra la presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACION MONO
ARANA, UBICADO EN EL BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)", localizado
en jurisdicción de los municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de Cesar,
identificado con las siguientes coordenadas:
Vértice
Coordenadas Datum Magna Sirgas
Origen Bogotá
ESTE
NORTE
1
1049436,905
1392379,205
2
1048223,477
1392022,355
3
1047787,115
1389498,685
4
1048406,915
1387694,873
5
1050377,151
1386071,846
6
1051904,866
1387864,321
7
1051387,605
1390508,043
1
1049436,905
1392379,205
Fuente: Suministrada por el solicitante-,Radicado externo EXTMII 5-0050191 de 09 de octubre de 2015.
TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica
específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y
entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII5-0050191
de 09 de octUbre de 2015, para el proyecto: "CAMPO DE EXPLOTACIÓN MONO ARAÑA,
UBICADO EN EL BLOQUE VALLE MEDIO MAGDALENA 2 (VMM2)", localizado en
jurisdicción de los municipios de Aguachica y Rio de Oro, departamento de Cesar,
identificado con las siguientes coordenadas:
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DE
2 0OCT 2015
Coordenadas Datum Magna Sirgas
Vértice
Origen Bogotá
ESTE
NORTE
1
1049436,905
1392379,205
2
1048223,477
1392022,355
3
1047787,115
1389498,685
4
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1387694,873
5
1050377,151
1386071,846
6
1051904,866
1387864,321
7
1051387,605
1390508,043
1392379,205
1
1049436,905
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Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0050191 de 09 de octubre de 2015.
CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual
deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los
diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de
conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE
ÁLVARO E94-IEVERRY LONDOÑO
Directo/de Consulta Previa
Elaboró: Zamir Leonardo Molina Roa, Abogado D c'P.
Revisó: Elena Ramírez Ceba!Ios Abogada DC.P.(
Revisó: Luis Fernando Mora Líder Area de Certiciones D.C.F.
Aprobó: Dr Alvaro Echeverry Londoño. DirectorjtIP.
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T.R.D. 2500.09.06
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