29/10/2014 www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F0… Contraloría General de la República División de Coordinación e Información Jurídica Dictamen Estado NumDict Orígenes 082498N14 82498 AUA Nuevo Fecha emisión SI Carácter NNN 24-10-2014 Referencias 187719/2014 212435/2014 Decretos y/o Resoluciones Abogados MPC Destinatarios Director del Servicio de Impuestos Internos Texto Sobre eventuales irregularidades en materia de avalúo fiscal de propiedades, en el Servicio de Impuestos Internos. Acción aplica dictamen 20127/2014 Fuentes Legales dl 830/74 art/6 lt/a num/1, dfl 7/80 Hacie art/7 lt/b, dfl 1/98 Hacie art/3, dfl 1/98 Hacie art/29, POL art/19 num/14 Descriptores SII, avalúo fiscal, propiedades no agrícolas Texto completo N° 82.498 Fecha : 24-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Yéssica Vargas Espinoza reclamando en contra del Servicio de Impuestos Internos, en adelante SII, de Melipilla, con motivo de una eventual adulteración en el monto del avalúo fiscal de algunas propiedades. En síntesis, señala que se habría producido una rebaja irregular del avalúo de los predios Nos 1029-14 y 1029-146, de la citada comuna, montos que inicialmente ascendían a $ 139.613.013 y $ 163.166.195, y que fueron posteriormente establecidos en $ 22.248.383 y $ 6.607.215, respectivamente. http://www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F004… 1/4 29/10/2014 www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F0… Añade que, tras tomar conocimiento de lo expuesto, se dirigió a la citada sede del servicio recurrido, requiriendo la modificación de los roles antes identificados, desde donde se la derivó a la oficina regional poniente de esa entidad, si bien reconoce que el jefe de tasación le habría indicado que el valor fiscal difiere del comercial, añadiéndole que no advertía daño ni irregularidades. Requerido su informe, el Director del Servicio de Impuestos Internos mediante el oficio ORD N° 1.096, de 2014, manifiesta, en lo que interesa, que conforme a las disposiciones legales de la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el servicio procedió a reavaluar las propiedades no agrícolas habitacionales a contar del 1° de enero de 2014. Complementa, indicando que, a través de la resolución exenta N° 108, de 27 de diciembre de 2013, de ese origen, se establecieron valores bases de terreno para efectos de determinar dichos avalúos, los cuales se registran en los planos de precios que se contienen en el anexo N° 1 de la señalada resolución, divididos para cada comuna en áreas homogéneas, que corresponden a sectores que presentan características urbanas comunes, tales como uso de suelo, infraestructura vial, categoría de las edificaciones, accesibilidad y equipamiento urbano, entre otras. Luego, hace presente que para el plano de precios correspondiente a Melipilla se omitió, por error, el coeficiente guía de determinados predios del área homogénea HBB021, entre los cuales se encuentran los inmuebles objeto del reclamo, el cual corresponde al factor 9,0, de manera tal que el valor base del terreno debía multiplicarse por dicha cifra, lo que no ocurrió, en razón de la precitada omisión. Sin embargo, añade la autoridad, ello será corregido a través de la dictación de una resolución que rectifique la omisión de los coeficientes guías del área homogénea en referencia en el plano de precios de Melipilla, para luego corregir individualmente, el avalúo de los terrenos a que se refiere la recurrente, lo que implicará el aumento de su avalúo con vigencia al 1° de enero de 2014, modificaciones que se harán efectivas en los roles de avalúo y contribuciones del segundo semestre de este año. Cabe precisar que, durante la indagatoria efectuada, la reclamante precisó haber recibido una carta informativa del SII el 21 de julio de esta anualidad, en la cual se le informa una nueva tasación respecto del Rol N° 1029-14, por $ http://www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F004… 2/4 29/10/2014 www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F0… 169.724.607, que estima satisfactoria, no así la del segundo inmueble reclamado, que totaliza $ 28.954.095, por lo cual dedujo una nueva presentación ante este Organismo de Control y el servicio recurrido, de fecha 23 del aludido mes y año. Sobre el particular, cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, letra a), N° 1, del decreto ley N° 830, de 1974, que aprobó el Código Tributario, y 7°, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, corresponde a la Dirección Nacional de esa entidad la interpretación administrativa de las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos, acorde al criterio contenido en el dictamen N° 20.127, de 2014, de este origen. En este mismo sentido, según lo consignado en los artículos 3° y 29 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1998, del Ministerio de Hacienda -que fijó el texto refundido de la ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial-, compete al SII la tasación de los bienes sujetos a las disposiciones de ese cuerpo normativo, como asimismo su aplicación. De este modo, debe advertirse que esta Contraloría General carece de competencia para pronunciarse sobre el fondo del asunto planteado, en cuanto a la valoración fiscal que debe darse a los predios en referencia. Con todo, debe considerase que el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, que consagra el derecho de petición, garantiza a todas las personas el derecho de presentar peticiones a la autoridad, acerca de cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes. En este sentido, considerando que no consta que el SII haya dado respuesta a la segunda misiva presentada por la reclamante, en que reitera su disconformidad con la tasación fiscal de uno de los inmuebles de que se trata, corresponde que ese servicio acredite haber atendido tal requerimiento, en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio, remitiendo copia a esta Entidad Fiscalizadora. Transcríbase a la recurrente y a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. http://www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F004… 3/4 29/10/2014 www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F0… Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República Glosario Dictamen Código que identifica al documento jurídico. Nuev o Indica si el documento es nuevo o no. Estado Indica el estados del dictamen: NumDict Indica el Guión (si no ha habido pronunciamiento posterior) número con Reactiv ado (si ha sido aplicado o confirmado) que se Alterado (si ha sido aclarado, complementado, identifica el reconsiderado o reconsiderado parcialmente) dictamen. Caracter Contiene el carácter de la disposición legal o Fecha Indica la fecha reglamentaria (NNN: sin connotación especial, BIS: emisión de emisión del de igual numeración, RES: reservado) dictamen. Origen Corresponde a la sigla de la o las Divisiones de la Abogados Indica las Contraloria emisora del dictamen. iniciales del abogado informante. DestinatariosNombre de la persona o autoridad a la que se Texto Contiene un dirige el documento. extracto del dictamen. Fuentes Contiene las disposiciones legales y reglamentariasDescriptoresTérminos legales asociadas con el dictamen. relevantes y siglas de organismos pertinentes. Acción Indica todas las acciones que el dictamen ejerce Texto Contiene el completo sobre otros anteriores. texto completo del dictamen. http://www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/FormImpresionDictamen?OpenForm&UNID=1E39F8CC831293CF03257D7F004… 4/4
© Copyright 2024