Preguntas frecuentes

Sabadell Scrip Dividend /
Dividendo Flexible
Documento explicativo de la operación
A continuación los accionistas de Banco Sabadell encontrarán recogidas algunas de las preguntas más frecuentes que pueden
surgir con respecto al modelo de retribución Sabadell Dividendo Flexible y sus correspondientes respuestas.
¿En qué consiste Sabadell Dividendo Flexible?
Sabadell Dividendo Flexible es el nuevo modelo de retribución
variable al accionista que Banco Sabadell pone en marcha, a
través del que ofrece a sus accionistas la posibilidad de escoger
la manera en la que éstos quieren percibir su retribución.
Por medio de esta modalidad es el propio accionista quien
escoge si desea percibir su retribución en efectivo o en acciones
liberadas de Banco Sabadell.
¿En qué consiste
la retribución flexible al accionista?
Con esta opción, el accionista del Banco puede escoger cómo
percibir su retribución, de entre 3 opciones posibles:
•Recibir nuevas acciones liberadas por los derechos asignados,
en la proporción de 1 acción por cada 59 derechos. Esta opción
no tiene retención fiscal
•Recibir el efectivo correspondiente, vendiendo los derechos
asignados a Banco Sabadell. Tiene retención fiscal
•Vender derechos asignados en el mercado continuo. No tiene
retención fiscal.
Asimismo, los accionistas podrán combinar las opciones
anteriores en función de sus necesidades.
En caso de no recibir respuesta por parte del accionista, el Banco
aplicará como opción por defecto la primera: asignar acciones
nuevas por la proporción de los derechos asignados a sus
acciones en cartera (y vender los sobrantes).
Operativamente, la retribución al accionista en nuevas acciones,
se instrumenta a través de una ampliación de capital social con
cargo a reservas acordada por la Junta General Ordinaria de
accionistas celebrada el 28 de mayo de 2015.
¿Por qué se cambia
el modo de retribuir al accionista?
Con objeto de dotar al accionista de autonomía, decisión y gestión
de su propia cartera de acciones del Banco, este año se propone
dar al accionista la posibilidad de escoger la manera en que
quiere percibir la retribución correspondiente al ejercicio anterior.
¿Cuáles son las opciones que
se ofrecen al accionista como retribución?
Como se indica anteriormente, el accionista del Banco puede
escoger cómo percibir su retribución, de entre 3 opciones
posibles:
•Recibir nuevas acciones liberadas por los derechos asignados,
en la proporción de 1 acción por cada 59 derechos. Esta opción
no tiene retención fiscal
•Recibir el efectivo correspondiente. Tiene retención fiscal
•Vender derechos asignados en el mercado continuo. No tiene
retención fiscal.
Asimismo, los accionistas podrán combinar las opciones
anteriores en función de sus necesidades.
¿En qué consiste cada opción?
A. Recibir nuevas acciones liberadas por los derechos asignados
•Proporción: 1 acción nueva por cada 59 derechos de asignación
gratuita (se abonará 1 derecho de asignación gratuita por cada
acción antigua).
•Asignación liberada: sin desembolso de efectivo por parte del cliente.
•Admisión a cotización de las nuevas acciones: a partir del
01/07/2015
•Opción por defecto: en caso de no respuesta, es la opción que
se ejecutará. Los derechos sobrantes se venderán en mercado
continuo en la medida que las condiciones del mercado lo
permitan.
•No está sujeto a retención fiscal
B. Recibir efectivo
•Los derechos adquiridos en el mercado secundario no podrán
ejercitar esta opción.
•Sujeto a retención fiscal vigente (para el ejercicio 2015, un
20%)
A este respecto, se recuerda que desde la última reforma fiscal
ya no existe la exención a tributación de hasta 1.500 euros de
dividendos anuales.
C. Vender los derechos asignados en el mercado continuo
•Disminuye el precio de adquisición de las acciones que han
generado los derechos
•No está sujeto a retención fiscal
¿Cobraré menos si decido cobrar
mi retribución en efectivo en lugar de recibir
nuevas acciones?
Independientemente de la opción escogida por el accionista, la
retribución es la misma para éste. La diferencia recae en que la
percepción de efectivo está sujeta a retención fiscal.
¿Qué me interesa más,
recibir efectivo o acciones?
Depende de cada caso, y es cada accionista el que elige.
Si tiene necesidades de liquidez o, en general, prefiere efectivo, es
recomendable vender los derechos, ya sea en mercado continuo
o escoger recibir efectivo como retribución.
En caso de no tener necesidades de liquidez, la opción de nuevas
acciones presenta la ventaja de que no tiene retención fiscal,
y disminuirá el precio de su cartera de acciones. Además, las
nuevas acciones podrán venderse una vez admitidas a cotización.
Si prefiero recibir efectivo, ¿es mejor
la opción de vender al banco o al mercado?
En caso de vender los derechos asignados al Banco, será a un
precio fijo garantizado. Esta opción no tiene gastos ni comisiones
añadidas en Banco Sabadell. Está sujeta a retención fiscal,
del 20% para 2015. En la última reforma fiscal desapareció
la exención a tributación de hasta 1.500 euros de dividendos
anuales.
En caso de vender los derechos asignados al mercado, no hay
garantías en el precio, pues los derechos cotizan en el mercado
continuo. Podrá ser, por tanto, un precio mayor o menor al precio
fijo garantizado que supone vender los derechos al Banco. Esta
opción conlleva los gastos normales de una venta de derechos
a mercado. No está sujeta a retención fiscal.
¿Cómo puedo dar respuesta
a qué opción escojo?, ¿qué tengo que hacer?
El accionista cliente del Grupo puede escoger su retribución a
través de BS Online, de Banca telefónica, o de cualquiera de las
oficinas del Banco.
En caso de no dar respuesta,
el accionista ya está dando una respuesta
Se aplicará en ese caso la opción por defecto, que es la
asignación de acciones nuevas sin coste para el cliente.
Sabadell Scrip Dividend / Dividendo Flexible
Documento explicativo de la operación
¿Qué precio tengo que pagar
por las nuevas acciones?
Si decido recibir efectivo,
¿cuándo recibiré el importe?
Las nuevas acciones son de asignación gratuita para los
accionistas actuales. Esto quiere decir, que, como accionista,
usted no deberá pagar nada por las nuevas acciones.
La fecha estimada para que los accionistas reciban el efectivo
está prevista para el 22 de junio, sin perjuicio de posibles
alteraciones en el calendario estimado por razones ajenas a la
voluntad del Banco.
¿Qué retención tienen las nuevas
acciones que obtendré?
Ninguna, la asignación de nuevas acciones por los derechos
asignados gratuitamente no está sujeta a retención fiscal.
¿Qué retención tiene la venta de derechos
en el mercado?
Ninguna. La venta de derechos asignados gratuitamente al
accionista en mercado no está sujeta a retención.
¿Qué retención tiene recibir efectivo?
La opción de recibir efectivo es la alternativa más asimilable a
la antigua percepción de dividendo.
Esta opción está sujeta a retención fiscal vigente en cada
momento. La percepción de dividendos se integra dentro de la
base imponible del capital mobiliario, y como tal, está sujeta a
retención del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. En
2015 la retención que se aplica para los rendimientos del capital
mobiliario es del 20%.
¿Hasta cuándo puedo dar una respuesta?
Dentro del período que se comunicará oportunamente con
ocasión de la aplicación de esta modalidad de retribución se
podrá:
•Vender los derechos en el mercado durante el período de
negociación hasta el 17 de junio.
•Vender sus derechos al Banco al precio garantizado hasta el
15 de junio (únicamente los derechos recibidos gratuitamente,
no los comprados en el mercado).
•Optar por recibir nuevas acciones liberadas por los derechos
de asignación gratuita, en la proporción de 1 acción por cada
59 derechos.
¿Cuántos derechos recibo por mis acciones?
Los accionistas del Banco que se encuentren legitimados como
tales en los registros contables de Iberclear a las 23:59 horas del
día de publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Registro
Mercantil recibirán un derecho de asignación gratuita por cada
acción de Banco Sabadell de la que sean titulares.
¿Cuántos derechos necesito para tener
una acción nueva?
Serán necesarios 59 derechos de asignación gratuita para recibir
una nueva acción.
¿Y si me sobran derechos?
En el caso que tenga derechos sobrantes, y que no le permitan
recibir una nueva acción, tendrá un pico de derechos. En ese
caso, podrá venderlos en mercado, o podría si quisiera comprar
en mercado el número de derechos que le faltaran para completar
la compra de una acción nueva. En cualquier caso, en ausencia
de instrucciones expresas el Banco los venderá el último día del
periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita
en la medida que las condiciones del mercado lo permitan y, en
tal caso, y se los abonará en efectivo.
Pero quiero más acciones de las que me
corresponderían según la retribución Sabadell
Dividendo Flexible. ¿qué puedo hacer?
En ese caso, debería acceder al mercado, es decir, comprar
derechos, para poder dar de alta una orden de suscripción por un
número de acciones superior al que le correspondía inicialmente.
¿Debo seleccionar una de las tres opciones?
Yo tengo las acciones BS depositadas en otra
Entidad, ¿qué debo hacer?
Es posible combinar las tres alternativas.
Banco Sabadell pone a disposición de sus accionistas clientes un
Simulador de las diferentes opciones en su web, para que pueda
calcular su retribución considerando las diferentes opciones,
además desde el mismo simulador, podrá dar respuesta a la
opción escogida.
Podrá decidir el modo de recibir su retribución, del mismo
modo que si tuviera depositas las acciones en BS, dando las
instrucciones a su entidad depositaria.
Tengo una cuenta accionista. ¿Puedo contar
que se reinvertirá mi retribución en la cuenta?
Si decido optar por recibir acciones,
¿cuándo recibiré las acciones nuevas?
Durante el periodo de Sabadell Dividendo Flexible, queda
desactivado el programa de reinversión de dividendos, lo que
supone que queda bloqueado el funcionamiento de la Cuenta
Accionista.
La fecha estimada de entrega de las acciones asignadas
gratuitamente al accionista esta inicialmente prevista para el
29 de junio, y se estima que estas acciones deberían comenzar
a cotizar el 1 de julio, sin perjuicio de posibles alteraciones en el
calendario estimado por razones ajenas a la voluntad del Banco.
Si decido optar por vender los derechos
que se me han asignado gratuitamente,
¿cuándo recibiré el importe?
En el momento que se ejecute la venta en el mercado.
¿Qué ocurre en el caso de disponer
de acciones como Usufructo?
En el caso de usufructuarios, el nudo propietario es el único que
puede dar una respuesta.
¿Es posible revocar una orden?
Sí que es posible, puesto que las órdenes son revocables, se
pueden realizar anulaciones.
Nota importante: para una información más detallada sobre los términos y condiciones de la retribución al
accionista denominada “Sabadell Dividendo Flexible”, los accionistas pueden consultar el correspondiente
documento informativo, elaborado de conformidad con el artículo 26.1.E) del Real Decreto 1310/2005, de
4 de noviembre, que se encuentra a su disposición en la web del grupo (www.grupbancsabadell.com) y en la
web de la comisión nacional del mercado de valores (cnmv), en la sección de hechos relevantes de Banco
de Sabadell, S.A. (www.cnmv.es/portal/hr/resultadobusquedahr.aspx?nif=a-08000143&division=1) cuya
información prevalecerá, en cualquier caso, frente a la información expuesta anteriormente.