ahora es _____________________________ JUAN DIEGO GONZÁLEZ ÁLVAREZ Representante Legal Suplente FARMASANITAS S.A.S. REGLAMENTO SORTEO “LA TRIBUNA CRUZ VERDE” Se entiende que todo participante, al decidir participar en el sorteo, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La participación en el sorteo implica la decisión del participante de obligarse por estas reglas en todos los asuntos relacionados al sorteo. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización del sorteo implicará la inmediata exclusión del mismo y/o la revocación del premio. ARTÍCULO 1: EL ORGANIZADOR: FARMASANITAS S.A.S. es el único organizador del sorteo. Como tal, será el único responsable del mismo. Para efectos del reglamento, se podrá denominar indistintamente como “Organizador” o como “FARMASANITAS S.A.S.”. ARTÍCULO 2: DE LOS PARTICIPANTES: 2.1. Los clientes pertenecientes a cualquier convenio de Farmasanitas (ver listado anexo listado de convenios), podrán participar, por cada setenta y cinco mil pesos m/cte ($75.000) en compras por cualquier medio de pago, después de aplicados todos los descuentos, en una misma transacción, en las Droguerías Cruz Verde, Farmasanitas, a nivel nacional, y/o a través de la línea de domicilios de Farmasanitas y/o Cruz Verde a nivel nacional, obtendrán 1 oportunidad para participar en el sorteo denominado “La Tribuna Cruz Verde”; también podrán participar las ventas que se realicen por medio del canal de crédito para los convenios que tengan cupo asignado, siempre y cuando cumplan con los requisitos de la mecánica promocional indicada en el artículo 4: Del sistema o mecánica del presente reglamento: 2.2. Bajo ninguna circunstancia se aceptará la participación de menores de edad, estos podrán ser acompañantes en el viaje de los ganadores, siempre y cuando cumplan con los requerimientos legales y físicos para salir del país especificados en el parágrafo 7.2. y demás previstos en la ley, en especial los exigidos en Chile para el ingreso a eventos masivos, como edad mínima” 2.3. Todas las personas interesadas en participar deberán poseer un documento de identidad válido y ser mayores de edad, es decir para Colombianos la cédula amarilla con hologramas y para extranjeros pasaporte y/o cédula de extranjería, el cual deberá presentarse si es acreedor al premio del sorteo. 2.4. No pueden participar empleados, directivos, ni parientes hasta cuarto (4) grado de consanguinidad o de afinidad de empleados o directivos de FARMASANITAS S.A.S. 2.5. Toda persona que desee participar en el sorteo o reclamar el premio en caso de ser el ganador, deberá tener conocimiento de este reglamento, ya que la aceptación y recibo del premio conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones de participación así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades, no solo de este reglamento, sino las que en virtud de este mismo documento conlleva el reclamo y aceptación del premio. 2.6. Toda persona que desee participar en el sorteo o reclamar el premio en caso de ser el sorteo de los premios en el domicilio social de Farmasanitas S.A.S. ubicado en la Calle 97 # 13-14 edificio Farmasanitas piso 3 de Bogotá D.C. a las once de la mañana (11:00 AM). ARTÍCULO 4: DEL SISTEMA (O MECÁNICA) DE PARTICIPACIÓN: 4.1. El cliente perteneciente a alguno de los convenios de farmasanitas podrá registrar sus facturas por cada setenta y cinco mil pesos m/cte ($75.000), realizadas en una sola transacción; el cliente obtendrá 1 oportunidad de participar por cada setenta y cinco mil pesos m/cte ($75.000) después de aplicados todos los descuentos, en las droguerías Cruz Verde y/o Farmasanitas a nivel nacional y a través de la línea de domicilios. 4.2. El cliente que desee participar deberá diligenciar íntegramente sus datos en el formulario de inscripción de la página web www.tribunacruzverde.com. 4.3 El cliente que desee participar deberá registrar sus facturas en la página web www.tribunafarmasanitas.com , entre los días quince (15) de mayo del año dos mil quince (2015) y el quince (15) de junio del año dos mil quince (2015). 4.4. No participan empleados de Farmasanitas ni sus familiares hasta 4 grado de consanguinidad, ni de afinidad. 4.5. Se aclara que las compras deben realizarse en una misma transacción, por ende, en ningún caso podrán acumularse las facturas de compra. 4.6. El cliente con su participación en el presente sorteo expresa su consentimiento y autorización para el tratamiento de datos personales y participación en el sorteo, conforme a la ley de habeas datas y los decretos que la reglamenten. Dicho consentimiento será otorgado por cada participante de manera expresa, para lo cual FARMASANITAS SAS dispondrá de una casilla en el mismo formulario de participación, donde el participante de manera específica e inequívoca manifiesta su autorización para el manejo de sus datos personales. Así mismo, el cliente deberá suministrar todos sus datos personales: nombres, apellidos, número de cédula de ciudadanía o de extranjería o pasaporte, teléfono, dirección y ciudad de residencia, e-mail, número celular, número de referencia de la factura de venta y fecha y demás allí requeridos. 4.7. El cliente obtendrá una oportunidad para participar en el sorteo de: dos planes de viaje para dos personas a Santiago de Chile, durante 3 noches 4 días, con entradas al partido final, por un valor de $14.208.600 m/te. Cada uno. 4.8. El premio se sorteará entre los clientes que cumplan las condiciones anteriores, obteniendo solo 2 ganadores, y 2 dos suplentes por ganador en caso de que el ganador no acepte el premio o no pueda viajar. ganador, deberá tener pasaporte vigente, cedula de ciudadanía y cumplir con las facultades físicas y legales requeridas para salir del país. Así mismo el acompañante deberá cumplir con las facultades físicas y legales para salir del país. 4.9. El sorteo se realizará el día dieciocho (18) de junio de dos mil quince (2015) en el domicilio ARTÍCULO 3: FECHAS: Este sorteo se regirá por los siguientes plazos: 1) registro de 4.10. El cliente perteneciente a algún convenio obtendrá la oportunidad de participar facturas en la página www.tribunacruzverde.com, para los clientes que deseen participar en el sorteo que se desarrollará del día quince (15) de mayo del año dos mil quince (2015) a las 00:01 horas y finalizará el día quince (15) de junio del año dos mil quince (2015) a las 23:59 horas, a partir de ese momento se cerrará el portal de registro y por lo tanto no se recibirán más facturas para participar. 2) El día dieciocho (18) de junio del año dos mil quince (2015) se realizará el social de FARMASANITAS S.A.S. ubicado en la Calle 97 # 13 - 14 edificio Farmasanitas piso 3 de Bogotá D.C. a las once de la mañana (11:00 AM). registrando sus facturas en la página web www.tribunacruzverde.com, por cada setenta y cinco mil peses m/cte ($75.000) en compras de todos los artículos, cuando sean vendidos en las droguerías y a través de la línea de domicilios de Farmasanitas y/o Cruz Verde a nivel nacional; participan en cualquier presentación, variedad o tamaño, pudiendo incluso ser artículos repetidos. 4.11. No aplica para ventas realizadas en los servicios farmacéuticos de IPS, ni distribución mayorista, ni ventas institucionales. 4.12. FARMASANITAS SAS se reserva la facultad de modificar el reglamento del sorteo. Para lo cual realizará la correspondiente divulgación. ARTÍCULO 5: PREMIOS: EL premio para este sorteo serán dos paquetes de viaje por un valor de $14.208.600 m/te cada uno, para dos personas a Santiago de Chile, durante 3 noches 4 días, con entradas al partido Final. Se incluyen tiquetes Bogotá - Santiago – Bogotá, traslados aeropuerto – hotel – aeropuerto, desayunos, impuestos hoteleros, visita a la ciudad, City tour en Santiago de chile, traslados ida y regreso al estadio con entradas categoría 2 al partido de la final, valor de la boleta (980USD c/u). Tarjeta de asistencia por 4 días. NO INCLUYE: a. Bebidas Premium, bebidas alcohólicas. b. almuerzos, cenas, snacks u otras comidas no mencionadas. c. Servicios de lavandería. d. Llamadas telefónicas nacionales e internacionales. e. Servicios de comidas para grupos en salones privados o Restaurantes a la carta. f. Asistencia médica. g. Medicina y tours adicionales. h. Gastos no especificados en el programa. 5.1. El premio es personal e intransferible y no podrán convertir el valor del mismo a dinero u otros bienes. 5.2. El ganador está obligado al pago de los gastos de traslado a Bogotá para realizar el viaje. 5.3. El premio no incluye gastos adicionales del viaje no mencionados en el parágrafo 5. 5.4. El premio solamente podrá ser entregado al ganador seleccionado. Sin embargo, si el ganador no pudiere recibir el premio, éste deberá otorgar poder con presentación personal ante notario público. 5.5. El cliente ganador mantendrá indemne a FARMASANITAS S.A.S. contra toda reclamación que se suscite como consecuencia de las fallas en la calidad e idoneidad. Como consecuencia de lo anterior, la garantía legal o las diferentes a esta, deben hacerse efectivas presentando cualquier reclamación directamente ante la agencia de viajes, ya que es la directa responsable de coordinar y emitir dicho premio. ARTÍCULO 6: SORTEO: El sorteo se realizará de la siguiente forma: 6.1. El mecanismo para la elección del ganador será sorteo que se realizará en el domicilio principal de FARMASANITAS SAS, ubicado en la Calle 97 # 13 - 14 edificio Farmasanitas piso 3 de Bogotá D.C. a las once de la mañana (11:00 AM). Los datos que participarán en el sorteo corresponden a los registros desde las 00:01 horas del día quince (15) de mayo de dos mil quince (2015) hasta las 23:59 del día quince (15) de junio de dos mil quince (2015) a través de los registros realizados en la página web www.tribunacruzverde.com íntegramente por los clientes participantes. 6.2. Los clientes que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral cuarto (4°) del presente reglamento, podrán registrar sus datos en la página de internet www.tribunacruzverde.com dispuesta por Farmasanitas SAS para el sorteo y obtener una o más oportunidades de participar. 6.3. El cliente que desee participar deberá diligenciar todos sus datos personales junto con la autorización para el manejo de los mismos los cuales se constituyen como campos obligatorios para poder participar en el sorteo. Los clientes, pueden participar en más de una oportunidad si cumple las condiciones establecidas en el presente reglamento. 6.4.- El día del sorteo, acorde con el listado consecutivo que contiene los datos de los clientes que se inscribieron, de manera aleatoria se elegirá los dos (2) ganadores y a sus (dos) suplentes, por medio de un sistema electrónico asistido tecnológicamente por medio de un logaritmo de selección aleatoria desarrollado por FARMASANITAS SAS, este sistema proporciona la custodia y confidencialidad de los datos allí registrados. 6.5.- Una vez se obtenga el primer ganador, se procederá a obtener dos (2) ganadores suplentes adicionales, quienes, en su orden, eventualmente se harán acreedores al premio, de la misma manera se elegirán el segundo, junto con sus respectivos suplentes, sí los ganadores principales no se presentan, no desean recibir el premio o no asumen los gastos e impuestos y/o gastos de transporte. 6.6.- El ganador suplente tendrá las mismas obligaciones indicadas en este reglamento, cuando sea llamado a reclamar el premio. 6.7.- De todo lo anterior, se dejará constancia en el Acta de Sorteo de los premios que se levantará el día dieciocho (18) de junio de dos mil quince (2015). Una vez se efectúe el sorteo, FARMASANITAS S.A.S. notificará telefónicamente a los ganadores, para lo cual utilizará la información suministrada por los clientes a través del formulario de registro de la página web destinada para el sorteo. El ganador será notificado el día del sorteo, y tendrá un (1) día calendario para aceptar el premio. Si transcurrido el tiempo anterior, el ganador no se presenta a aceptar el premio, se procederá a convocar a los ganadores suplentes en su orden. Si después de haber convocado el ganador y sus suplentes, no se logran entregar el premio, se procederá a sortearlo nuevamente entre los clientes que participaron en el sorteo. Igualmente, para conocimiento en general publicará los resultados en la página web www.cruzverde.com.co. 6.8.- Al momento de la entrega del premio el ganador deberá firmar el Acta de Entrega del premio en señal de aceptación y conformidad con el premio. ARTÍCULO 7: RECLAMO DEL PREMIO: 7.1. El premio debe ser reclamado ÚNICAMENTE por la persona que fue declarada como ganador. Sin embargo, si la persona que fue declarada como ganador manifiesta por escrito o correo electrónico su imposibilidad de recibir el premio personalmente, éste deberá otorgar poder con presentación personal ante notario público, en el cual se consigne la facultad para que el premio pueda ser reclamado por otra persona. 7.2 Para poder recibir el premio objeto de este sorteo el cliente que fue declarado como ganador y su acompañante, deberá contar con pasaporte vigente y no tener ninguna condición legal o física que le impida viajar, Tener el pasaporte Nuevo, el ganador debe ser mayor de edad, si es colombiano no requiere visa, si el acompañante es menor de edad debe tener, Registro civil, permiso de salida Notariado, y demás establecidos en la ley, en especial los exigidos en Chile para el ingreso a eventos masivos, como edad mínima los nombres de los ganadores se deben informar al siguiente día de la notificación al ganador, una vez emitido e informado no se aceptarán cambios de nombres, de no cumplir con estos requerimientos, se procederá a llamar al ganador suplente de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento. 7.3. El premio se entregará a más tardar dentro de los dos (2) días siguientes al cumplimiento de todas las condiciones previstas en el presente reglamento para recibir el premio. 7.4. El participante que resultaré ganador del sorteo en caso de ser nacional debe presentar la cédula de ciudadanía amarilla de hologramas y en caso de ser extranjero debe presentar la cédula de extranjería o el pasaporte. Si es apoderado deberá adicionalmente presentar poder con presentación personal en notaría. 7.5 El ganador podrá exigir su premio, únicamente si su nombre y demás datos coinciden con los del registro favorecido en el sorteo, los cuales serán validados por FARMASANITAS SAS. El ganador adicionalmente deberá acreditar el cumplimiento de los demás requisitos específicos para el sorteo. 7.6. Si el ganador no reclama su premio en el plazo establecido en este reglamento, caducará el derecho de reclamarlo y los ganadores suplentes, en su orden, se harán acreedores al premio. En caso que el ganador no pueda ser contactado dentro día calendario, siguiente al sorteo, se dejará constancia en un Acta y se procederá a convocar al primer ganador suplente y si este tampoco puede ser contactado, se llamará al segundo ganador suplente. ARTÍCULO 8: DESCALIFICACIÓN: Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad al evento de premiación, se descubre que el ganador incumple con este reglamento, el Organizador podrá descalificarlo y negarse a entregarle el premio. Si éste ya fue entregado, podrá exigir su devolución. ARTÍCULO 9: RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES: 9.1. La participación de los interesados, así como el propio sorteo y el premio, están sujetos a las condiciones y restricciones que se indican en este reglamento. 9.2. La responsabilidad de FARMASANITAS S.A.S. se limita única y exclusivamente a entregar el premio, es decir que termina con su entrega. 9.3. El ganador exonera de toda responsabilidad a FARMASANITAS S.A.S. sobre los daños en las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar con el premio, ya sea por su uso o de terceras personas. 9.4. No se admite cambio del premio por dinero, valores, beneficio o producto material. Si el ganador no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al ganador y no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. 9.5. El ganador deberá firmar el acta de entrega conforme el recibo de su premio, aceptando las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma liberará a FARMASANITAS S.A.S. de toda responsabilidad. Si el ganador no firma el acta de entrega se entiende que renuncia al premio 9.6. El derecho del premio no es transferible, negociable ni puede ser comercializado o canjeado por dinero en efectivo. 9.7 El ganador y su acompañante, deberá contar con pasaporte vigente y no tener ninguna condición legal o física que le impida salir del país, de no hacerlo se procederá a llamar al ganador suplente de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento. 9.8. FARMASANITAS S.A.S. asumirá el Impuesto de Ganancia Ocasional. 9.9. FARMASANITAS S.A.S. NO se hace responsable por los gastos que no se encuentren debidamente contemplados y especificados en el presente reglamento; los cuales deberán ser asumidos exclusivamente por el ganador. 9.10. El premio será entregado al ganador previamente identificado en las siguientes ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla o Bucaramanga. Si el ganador solicita la entrega en una ciudad diferente a las mencionadas deberá asumir los gastos de traslado del premio. 9.11. El viaje se realizará desde Bogotá por lo cual si el ganador reside en otra ciudad, deberá asumir el costo del traslado. ARTÍCULO 10: APLICABILIDAD DEL REGLAMENTO: La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los participantes del sorteo. ARTÍCULO 11: SUSPENSIÓN: En caso de haber motivos fundados de fuerza mayor, caso fortuito, o hechos de terceros, tales como, pero sin limitarse, desastres naturales, guerras, huelgas o disturbios, así como también situaciones que afecten el sorteo o el evento de premiación; o en caso de detectarse un fraude o intento de fraude en perjuicio de FARMASANITAS S.A.S. o de los participantes del sorteo, FARMASANITAS S.A.S. podrá suspender el sorteo temporal o permanentemente sin asumir ninguna responsabilidad al respecto. En estos casos, el fundamento de las medidas que se adopten, así como las pruebas que demuestren la existencia de la causa invocada por el Organizador estarán a disposición de cualquier interesado. ARTÍCULO 12: PUBLICACIÓN: Este Reglamento estará publicado en las Droguerías Farmasanitas y Cruz Verde nivel nacional y en la página web www.cruzverde.com.co ARTÍCULO 13 LEGISLACIÓN APLICABLE: Los términos y condiciones del presente sorteo se regirán por la legislación colombiana y cualquier dificultad nacida del cumplimiento, incumplimiento o interpretación del programa será sometido a las autoridades pertinentes en Colombia. ARTÍCULO 14 RESERVA DE DERECHOS Y ACCIONES: FARMASANITAS SAS se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en forma total o parcial, difundiendo estas modificaciones al público en general con la posible antelación; y, de igual modo se reserva el derecho a iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el desarrollo de la presente actividad. JUAN DIEGO GONZÁLEZ ÁLVAREZ Representante Legal Suplente FARMASANITAS S.A.S.
© Copyright 2024