H. Tribu n usticia eJ Superior d al Po der Judicial H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA TERCERA SALA EN MATERIA CIVIL DILIGENCIARIO NON LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DE 2016 EN LA PUERTA DE LA TERCERA SALA CIVIL. ASUNTO NOTIFICACIÓN TOCA 757/2015 Veinticinco de enero. Notificación a María Reyes Machorro Pérez y a los apelantes, en atención a que el domicilio que señalaron estos, se ubica fuera de la jurisdicción de la Ciudad de Puebla, y a todo aquel que se crea con derecho, con el oficio 5873 del Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Tepeaca Puebla, expediente 401/2011 y expedientillo de apelación, fórmese el toca 757/2015, esta sala se declara competente para conocer del recurso de apelación interpuesto por Jorge Machorro Pérez, Enrique Machorro Pérez y María Margarita Machorro Pérez, el que por haberse interpuesto en tiempo y contener el escrito la expresión de agravios, reuniendo los requisitos legales, se admite con la suspensión de la ejecución de la resolución de veinte de agosto de dos mil quince, dictada en el expediente 401/2011, referente al juicio Sucesorio intestamentario, señalándose las once horas con treinta minutos del diez de febrero de dos mil dieciséis, para que tenga verificativo la celebración de la audiencia de vista, siendo ponente de este asunto, la Doctora y Magistrada Consuelo Margarita Palomino Ovando. Veinticinco de enero. Notificación a Secretaria de la Reforma Agraria, a través de quien legalmente la represente, Delegación de la Secretaria de la Reforma Agraria en el Estado de Puebla, a través de quien legalmente la represente, Notaria Publica Numero Uno y Registrador Publico de l Propiedad, estos dos últimos del Distrito Judicial de Zacapoaxtla, Puebla y Epifanio Nexticapan de los Santos con el oficio 1536 de la Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Zacapoxtla, Puebla, expediente 261/2011 y expedientillo de apelación, fórmese el toca 753/2015, esta sala se declara competente para conocer del recurso de apelación interpuesto por Clementina Molina Nexticapan, Matilde de los Santos Peralta y Braulio Nexticapan Bonilla, el que por haberse interpuesto en tiempo y contener el escrito la expresión de agravios, reuniendo los requisitos legales, se admite con la suspensión de la ejecución de la sentencia definitiva de catorce de septiembre de dos mil quince, dictada en el expediente 261/2011, referente al juicio de Nulidad de documentos, señalándose las trece horas del diez de febrero de dos mil dieciséis, para que tenga verificativo la celebración de la audiencia de vista, siendo ponente de este asunto, el Magistrado José Miguel Sánchez Zavaleta. Dieciocho de enero. Notificación a las partes, día y hora señalado para el desahogo de la presente audiencia, sin la comparecencia de ninguna de las partes, y con dos escritos de Magda Carrillo Tejeda, téngase por desahogada la presente audiencia, con las manifestaciones realizadas por Magda Carrillo Tejeda a que se refiere en sus escritos de cuenta, en cuanto a la prueba superviniente ofrecida por la promovente, la documental publica consistente en la copia certificada emitida en el juicio de amparo 1032/2015 (antes 656/2015), por la Juez Quinto de Distrito en Materia de amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales, se admite con citación de la parte contraria, con lo que se da por terminada la presente diligencia. TOCA 753/2015 TOCA 689/2015 HOJA 1 AMPARO 495/2015 AMPARO 677/2013 Quince de enero. Notificación a la quejoso M.a Soledad Rocha Ramírez, y tercero interesado José Rodríguez Cortes, Fórmese el expedientillo relativo al juicio de garantías que promueve, la quejoso M.a Soledad Rocha Ramírez, en contra de la ejecutoria que en cuatro de diciembre de dos mil quince, pronunció esta Sala en el toca 495/2015, Ríndase el informe con justificación al Tribunal Colegiado en Materia Civil, en turno, del Sexto Circuito, y córrase traslado al tercero interesado, José Rodríguez Cortes, dejando a disposición del tercero interesado en la tabla de listas de esta sala copia autorizada del auto de fecha veintiuno de enero de dos mil dieciséis y copia de la demanda de amparo la quejoso en cita en treinta y tres fojas, en la tabla de listas de esta sala. Veintidós de enero. Notificación a las partes, con el oficio 3684 de la Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil Administrativa y de Trabajo Juicios Federales, en el Estado de Puebla, relacionado al juicio de garantías, 909/2015 promovido por Inmobiliaria la Fortaleza S.A. de C.V. por conducto de su Administrador único José Luis Benigno Sánchez y Hevia o José Luis Benigno Sánchez, atendiendo a su contenido del oficio de cuenta y en cumplimiento a la sentencia emitida en el juicio de garantías de referencia (909/2015se deja sin efecto todo lo actuado en el presente toca de apelación únicamente por lo que respecta a la parte quejosa Inmobiliaria la Fortaleza S.A. de C.V., quedando subsistente desde luego, todo lo actuado en relación a la persona moral Crear Comercializadora Sociedad Anónima de Capital Variable. EN CIUDAD JUDICIAL PUEBLA A 28 DE ENERO DE 2016 DILIGENCIARIO LIC. MIGUEL ANGEL MARTINEZ JUAREZ HOJA 2
© Copyright 2024