NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA BASES DE SELECCION PARA LA CONTRATACIÓN DE 33 PUESTOS DE TRABAJO DE DIFERENTES CATEGORIAS PROFESIONALES CON CARGO AL DECRETO 272/2014, DE 16 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA POR LA CREACION DE EMPLEO MEDIANTE LA CONTRATACION DE PERSONAS EN SITUACION DE DESEMPLEO DE LARGA DURACION EN EXTREMADURA, PRIORITARIAMENTE DE 45 O MAS AÑOS Y SE APRUEBA LA PRIMERA CONVOCATORIA DE DICHAS SUBVENCIONES Y SE DEROGA EL DECRETO 111/2013, DE 2 DE JULIO (D.O.E. Nº 37802 DE 19/12/2014) Y RESOLUCION DE 20 DE FEBRERO DE 2015 DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO, MUJER Y POLITICAS SOCIALES (D.O.E. Nº 38 DE 25/02/2015) REQUISITOS GENERALES 1. FINANCIACION DE LAS CONTRATACIONES De conformidad a lo establecido en el artículo 21.d) del Decreto 272/2014, se informa que la actividad objeto de subvención ha sido financiada por el Servicio Extremeño Público de Empleo de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales del Gobierno de Extremadura. 2. CARACTERISTICAS DE LAS CONTRATACIONES TIPO DE CONTRATO Y PERIODO DE PRUEBA Según el artículo 4.1 y 8.2 del Decreto los contratos serán de naturaleza laboral, en concreto de obra o servicio. Se tratará de actuaciones de interés general y/o social de competencia municipal y sin necesidad de que tengan autonomía y sustantividad propia dentro de la entidad local. El tiempo de duración es de 6 meses continuados. La jornada laboral es completa, de acuerdo con la prevista en el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia para los empleados públicos, siendo de 37 horas y media semanales. Los contratos que se suscriban estarán sujetos a un período de prueba de 1 mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores. El período se suspenderá en aquellos supuestos en que el trabajador sea dado de baja médica, maternidad o situación asimilada, reanudándose el cómputo a partir del momento del alta. 1 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA 3. REQUISITOS DE LOS DESTINATARIOS Requisitos especialesDe acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 272/2014 y Tercero 4 de la Resolución de 20 de febrero, los requisitos de los destinatarios son estar desempleados inscritos como tales en el Servicio Extremeño Público de Empleo y ser parado de larga duración. Por parado de larga duración se entiende las personas demandantes de empleo, que a la fecha de que el Ayuntamiento de Plasencia presente la primera oferta de empleo al SEXPE, de acuerdo con el requisito exigido en el artículo 14.1 del Decreto 272/2014 y tercero uno de la Resolución de 20 de febrero), estén inscritas como desempleadas: a) Si son menores de 45 años: durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la citada fecha de la presentación de la oferta de empleo/apertura de la convocatoria pública. Si son de 45 o más años: durante al menos 180 días en los 12 meses anteriores a la citada fecha de la presentación de la oferta de empleo/apertura de la convocatoria pública. b) En todo caso, a fecha de contratación, las personas destinatarias habrán de estar desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Extremeño Público de Empleo. Requisitos generalesa) Tener nacionalidad española, ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea, extranjero con residencia legal en España, estar incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y también quienes se encuentren dentro de lo dispuesto en el artículo 57.2 de la Ley 7/2.007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Haber cumplido los 16 años de edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo. No encontrarse afectado por causas de incompatibilidad contenidas en la Ley 53/84 de 23 de Diciembre y a cualquier otra normativa aplicable en la materia, o comprometerse a ejercer la opción legal correspondiente dentro del periodo establecido de la misma. d) e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado, por sanción o pena para el ejercicio profesional o para el acceso a 2 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA funciones o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria. f) Estar en posesión de la titulación académica y de las acreditaciones requeridas según el puesto de trabajo solicitado, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de esta convocatoria. 4. PRESELECCION Y SELECCION DE LOS TRABAJADORES De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 272/2014, la preselección y la selección de los trabajadores acogidos a este programa se hará por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Esta opción deberá ser comunicada fehacientemente al Centro de Empleo al tiempo de efectuar la primera de las ofertas de empleo a que se refiere el apartado 1 del artículo 14 del Decreto 272/2014. 5. PROCEDIMIENTO DE PRESELECCION DE LOS TRABAJADORES De conformidad a lo previsto en el artículo 16.1 del Decreto 272/2014, el proceso de preselección se realizará del siguiente modo: 5.1- El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, al tiempo de presentar la oferta de empleo, efectuará difusión pública de esta convocatoria durante un período mínimo de 5 días hábiles. Las bases por las que regirá el proceso de preselección y selección son las que constan en esta convocatoria, así como las contenidas en la bolsa de trabajo telemática del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por Junta de Gobierno de fecha 28 de marzo de 2014 y modificada en Junta de Gobierno de 30 de diciembre de 2014 y de 20 de febrero de 2015, que se encuentra publicada oficialmente en las siguientes páginas web: https://empleo.plasencia.es https://www.plasencia.es (acceso por sede electrónica) https://sede.plasencia.es 5.2- Personas que no se encuentren inscritas en la bolsa telemática de trabajoSe abrirá un plazo de presentación de solicitudes desde las 15.00 horas del día 6 de marzo hasta las 8.00 horas del día 13 de marzo. La inscripción se realizará de modo telemático en la web https://empleo.plasencia.es (convocatoria especial Programa Parados de Larga duración preferentemente mayores de 45 años). 5.3- Personas que se encuentren inscritas en la bolsa telemática de trabajo en las categorías profesionales de esta convocatoria. Todos los candidatos que estén inscritos telemáticamente en la actual bolsa de empleo municipal, en las categorías profesionales que se indican en esta convocatoria, sólo tendrán que marcar las dos casillas siguientes ( siempre que cumplan los requisitos): Desempleado e inscrito como tal en el Servicio Extremeño Público de Empleo. Parado de larga duración ( Con la definición de la base 3ª de esta convocatoria) 3 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Para ello, deberán acceder a la web https://empleo.plasencia.es (convocatoria especial Programa Parados de Larga duración preferentemente mayores de 45 años) y marcar los datos solicitados y exigibles por el Programa de Parados de Larga Duración. El plazo otorgado es igualmente del 9 al 13 de marzo de 2015. 5.4- De los requisitos exigidosLa participación en este proceso selectivo implica que todos los candidatos declaran cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria (Anexo I) al tiempo de finalización del plazo de instancias y que se comprometen a aportar los documentos acreditativos, con carácter previo a la contratación. 5.5- Lista de puntuación de méritos Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, dentro de las 12 horas siguientes, se procederá a publicar el listado de inscritos en cada una de las categorías profesionales. Se identificará los datos personales (Garantizando al máximo posible la protección de datos), la puntuación total y el orden de colocación. La lista será expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento y en la sede electrónica. En dicho listado no existen causas subsanables de exclusión al tratarse de los datos inscritos por los propios aspirantes en su solicitud. Actuaciones en caso de empate Se establece seguir el siguiente orden de prelación en los casos de empate en la puntuación. a.- Mayor puntos en el apartado Renta Disponible b.- Mayor puntos en el apartado Cargas familiares c- A igualdad de puntos, el de mayor edad. d.- Primer apellido que comience por la letra “A”, seguido del segundo apellido iniciado por la letra “A”, a partir de los cuales se irán ordenando alfabéticamente los candidatos con idéntica puntuación. Esta letra fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue publicado mediante Resolución de 10 de abril de 2014 (DOE número 78, de 24 de abril). 5.6- De la convocatoria de los preseleccionados al examenEn la lista en que se publiquen las puntuaciones, se realizará el llamamiento al examen de los candidatos a razón de 5 por puesto de trabajo. El llamamiento se realizará en función de la mayor puntuación y garantizando que el 50% sean mayores de 45 años. Se comunicará públicamente la fecha, lugar y hora para realizar el examen con una antelación mínima de 48 horas. Estarán exentos del examen quienes ya lo hayan aprobado en anteriores llamamientos de la bolsa de trabajo municipal desde su funcionamiento en marzo de 2014 y siempre que sean referidos a la misma categoría profesional. Para ello, se indicará expresamente quienes no tengan que realizar el examen. 4 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA . 6. PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE LOS TRABAJADORES 6.1- La convocatoria del examen se realizará en llamamiento único. La no presentación de un aspirante en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluído del procedimiento selectivo, excepto aquellos casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificado y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio. 6.2- Todas las sucesivas comunicaciones entre el Ayuntamiento de Plasencia y los aspirantes se realizarán exclusivamente a través del tablón de anuncios de la Casa Consistorial y de la web https://www.plasencia.es (accediendo por sede electrónica) y/o https://sede.plasencia.es 6.3- El examen tipo test será de preguntas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo. Para ello, se tendrán como orientativos los temas específicos de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Limpiadores, Brigada Verde y los temas comunes a todas las categorías profesionales ; todos ellos publicados en la web del Ayuntamiento de Plasencia: https://www.plasencia.es (accediendo por sede electrónica) y/o https://sede.plasencia.es 6.4- El examen contendrá 33 preguntas, con una respuesta correcta de entre 4 posibles. De las 33 preguntas, 3 serán de reserva y sólo se valorarán en aquel supuesto en que se anule alguna de las 30 preguntas. Si se produce la anulación, se seguirá estrictamente el orden de las 3 preguntas de reserva. El resultado del examen se calificará de Apto o No Apto. Para ser considerado apto se debe obtener 15 respuestas acertadas. En caso de no aprobar el número suficiente de candidatos para cubrir los puestos convocados, el Tribunal está facultado para bajar la nota de corte hasta alcanzar el número suficiente para cubrir el total de puestos convocados más el 30% del número de puestos convocados más el 30% del mismo redondeando al número entero superior inmediato. De este modo, se garantiza el número de candidatos que permita cubrir los puestos convocados más un número de personas de reserva. 6.5- El examen se realizará a través de un formulario que debe ser cumplimentado de forma correcta en todos sus apartados, tanto en lo relativo a la forma de consignar el nombre, apellidos y DNI, como en lo relativo a la contestación de las preguntas. En el caso de que se cumplimente de forma incorrecta el examen, de manera que el lector óptico de exámenes no pueda identificar examen con opositor, no se procederá a la corrección del examen y el será no apto. 6.6- Finalizado el examen se publicará el resultado, abriéndose un plazo de reclamaciones de 2 días hábiles para revisar los exámenes y formular alegaciones. Las reclamaciones que no sean presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Plasencia ( es decir, que sean entregadas en oficinas de correos o cualquier registro administrativo reconocido por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán adelantarlas previamente por e-mail al negociado de personal del Ayuntamiento de Plasencia. Transcurrido dicho plazo y dentro de los 2 días hábiles siguientes se resolverán las reclamaciones y se expondrá la lista definitiva de calificaciones. Contra dicho anuncio sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán al funcionamiento de la bolsa. 5 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA 6.7- Baremación de los méritos- Los candidatos que superen el examen deben aportar los documentos que acrediten los méritos alegados al efectuar la inscripción y que determinaron su puntuación de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de esta convocatoria. El plazo que se concede es de 5 días naturales desde la publicación definitiva de calificaciones. Los preseleccionados que no presenten los méritos en el Registro General del Ayuntamiento de Plasencia (es decir, que sean entregadas en oficinas de correos o cualquier registro administrativo reconocido por el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán adelantar los documentos previamente por e-mail al negociado de personal del Ayuntamiento de Plasencia. 6.8 Baremación de méritos por el Tribunal- Publicado el resultado de los méritos, se abrirá un plazo de reclamaciones de 2 días hábiles para formular alegaciones. Transcurrido dicho plazo dentro de los 2 días hábiles siguientes se resolverán las reclamaciones y se expondrá la lista definitiva de méritos. Contra dicho anuncio sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán al funcionamiento de la bolsa. 6.9- La lista definitiva vendrá determinada por el resultado del examen obtenidos en el apartado de méritos. y de los puntos 6.10- Actuaciones en caso de empateSe establece seguir el siguiente orden de prelación en los casos de empate en la puntuación. a.- Mayor puntos en el apartado Renta Disponible b.- Mayor puntos en el apartado Cargas familiares c- A igualdad de puntos, el de mayor edad. d.- Primer apellido que comience por la letra “A”, seguido del segundo apellido iniciado por la letra “A”, a partir de los cuales se irán ordenando alfabéticamente los candidatos con idéntica puntuación. Esta letra fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue publicado mediante Resolución de 10 de abril de 2014 (DOE número 78, de 24 de abril). 7. PROCESO DE CONTRATACION De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.2 del Decreto 272/2014, finalizado el proceso de selección descrito anteriormente, el Ayuntamiento de Plasencia remitirá al Centro de Empleo un listado de preseleccionados de acuerdo con las puntuaciones obtenidas, con una proporción de hasta 6 desempleados por puesto de trabajo a cubrir y garantizándose que, al menos el 50% de los candidatos incluídos sean mayores de 45 años, salvo en los supuestos en que no existan candidatos suficientes, en cuyo caso se incluirán todos los existentes que cumplan los requisitos, con independencia del porcentaje que representen respecto del total. Recibida la comunicación anterior, los Centros de Empleo verificarán el cumplimiento del requisito de estar desempleado e inscrito en el SEXPE y ostentar la condición de parado de larga duración, todo ello de acuerdo con lo previsto en estas bases y en el artículo 13.1 del Decreto 272/2014, devolviendo al Ayuntamiento de Plasencia el listado identificando tanto a los desempleados que cumplen con el requisito, como aquellos que lo incumplen. Sólo se podrá contratar a aquellos que cumplan. Todas las contrataciones deben estar formalizadas como máximo al 30 de abril de 2015. 6 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA 8. LISTA DE ESPERA. Una vez realizada la selección, los aspirantes no contratados, que cumplan todos los requisitos, quedarán en lista de espera para futuras sustituciones de bajas. Del mismo modo, si se agota la lista anterior, se procedería a convocar a todos aquellos aspirantes que habiendo superado el proceso selectivo, por su puntuación total no fueron incluídos en el listado remitido al Centro de Empleo, por quedar fuera del rango de 6 candidatos por puesto de trabajo. La lista de espera se mantendrá vigente mientras dura la convocatoria de subvenciones del Programa de Parados de Larga Duración prioritariamente mayores de 45 años. En el caso de que se produzca cualquier tipo de incidencia que suponga la extinción de la relación laboral de trabajadores contratados con anterioridad al transcurso del período subvencionado de 6 meses, el Ayuntamiento procederá a sustituirlos, en el plazo máximo de 1 mes, por otra persona de las incluídas en la lista de espera y en el orden de prelación establecido en la misma, siempre que la persona, a fecha de contratación, esté desempleada e inscrita como tal en el SEXPE. 9. TRIBUNAL DE SELECCION El tribunal se conformará según el artículo 60 de la ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, por 5 miembros con voz y voto ( 1 Presidente y 4 empleados públicos entre funcionarios o personal laboral fijo al servicio del Ayuntamiento) y 1 Secretario. Serán convocados durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores los Representantes sindicales. El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse. Tanto los titulares como los suplentes han de poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el puesto al que se opta. Abstención Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre notificándolo a la Alcaldía-Presidencia. Recusación Los Aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurran las circunstancias previstas en al art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre. Actuación y Constitución del Tribunal El Tribunal no podrá constituirse sin la presencia del Presidente y del Secretario, o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros. El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en esta resolución y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de Noviembre. 7 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Revisión de Resoluciones del Tribunal Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título VII Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades. Clasificación del Tribunal Las asistencias devengadas por los miembros del Tribunal se ajustarán a lo dispuesto en el Anexo XVIII de la Resolución de 30/ 12/2005 (D.O.E. nº 2 del 03/01/2006). 8 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA ANEXO I DE LOS PUESTOS DE TRABAJO NUMERO DE PUESTOS DE TRABAJO, CATEGORIAS PROFESIONALES, RETRIBUCIONES, DURACION CONTRATO Y JORNADA LABORAL CATEGORIA PROFESIONAL LIMPIADOR/A AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO OPERARIO ESPECIALISTA BRIGADA VERDE Nº PUESTOS 20 11 DURACION CONTRATO 6 MESES 6 MESES JORNADA SALARIO 100% 100% 1.185,05 € 648,60 € 2 6 MESES 100% 1.207,48 € TITULACIONES REQUERIDAS Y OTROS TITULOS O CARNETS NECESARIOS PARA EL PUESTO DE TRABAJO. CATEGORIA PROFESIONAL TITULACION ACADEMICA TITULOS O CARNETS NECESARIOS Estudios Primarios o Certificado de Escolaridad LIMPIADOR/A AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO OPERARIO ESPECIALISTA BRIGADA VERDE Estudios Primarios o Certificado de Escolaridad Estudios Primarios o Certificado de Escolaridad Plasencia a 2 de marzo de 2015 EL ALCALDE 9 Acreditar el curso de Ayuda Domicilio o el de Atención Sociosanitaria a personas mayores en domicilio o en instituciones. Acreditar el carné de manipulador de productos fitosanitarios. Carné de conducir clase B. NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Fdo. Fernando Pizarro García ANEXO II Baremo de méritos Criterios de baremación. Se aplicarán los siguientes apartados: A- Experiencia profesional ( Máximo de 3 puntos en este apartado) a) Servicios prestados en la misma categoría profesional a la que se opta. Se valorará el tiempo de trabajo o de servicios prestados que sean referidos a la misma categoría profesional a la que se opta. - Se otorgará 0,15 puntos por mes completo de servicios en la Administración Local. Se otorgará 0,10 puntos por mes completo de servicios en otras Administraciones Públicas. Se otorgará 0,05 puntos por mes completo de servicios en la empresa privada. Cómputo del tiempo Para el cómputo, el tiempo expresado en años se transformará a meses a razón de doce meses por año, y el expresado en días se transformará a meses a razón de 30 días por mes. Se despreciarán los días que no completen los 30 del mes. Cuando el aspirante tenga servicios prestados en periodos de tiempo trabajados simultáneos, se elegirá a los efectos de su valoración el más beneficioso para el aspirante. Definición de Administración Administración Local: Se consideran servicios prestados en la Administración Local, cuando lo sean para los Ayuntamientos, Diputación Provincial, Mancomunidades de Municipios o Cabildos Insulares. Otras Administraciones Públicas: Se considerarán los servicios prestados en la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas u Organismos al servicio de la Unión Europea. Trabajos a Tiempo Parcial A los efectos de tiempo de trabajo, los servicios que sean prestados a tiempo parcial se computarán en proporción a la misma jornada de trabajo. Acreditación de la experiencia profesional El aspirante deberá acreditar documentalmente los méritos alegados en este apartado, por cualquiera de los dos siguientes medios: 1) Contrato de trabajo donde conste claramente la categoría profesional, jornada de trabajo y duración más vida laboral o certificado oficial de empresa. 2) Certificado oficial de empresa 10 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA B- Formación ( Máximo de 3 puntos en este apartado) Por Diplomas o Certificados acreditativos de cursos celebrados por Administraciones públicas o Universidades Públicas. Por Organizaciones Sindicales o sus fundaciones dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas. Por Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al amparo de los Convenios suscritos con la Administración Pública, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por éstas, siempre que dichas circunstancias consten en el propio titulo o diploma. Contenido de los cursos y puntuación Se valorarán los cursos recibidos cuyo contenido esté directamente relacionado con los del puesto de trabajo a que se opte, de acuerdo con la siguiente tabla: Hasta un máximo de 20 horas 0,08 puntos De 21 a 50 horas 0,15 puntos De 51 a 75 horas 0,20 puntos De 76 a 100 horas 0,30 puntos De 101 horas en adelante 0,40 puntos Cursos que no especifiquen nº de horas 0,08 puntos Cursos de Prevención de Riesgos Laborales - Por estar en posesión del Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales: 0,15 puntos. Titulación Superior a la requerida para el puesto de trabajo - Por acreditar titulación académica oficial superior a la requerida para el puesto de trabajo: 1 punto. Cómputo de los cursos con créditos Los cursos que vengan expresados en créditos se convertirán a horas, de tal manera que un crédito son 10 horas. Cada crédito ECTS se computará como de 25 horas. Acreditación de la formación Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado y/o diploma del curso en el que consten las firmas del secretario, gerente, o coordinador con el visto bueno del responsable de la entidad que imparte el curso, así como el sello de la entidad, con mención expresa del contenido del curso y la duración del mismo expresada en horas. C- Desempleo ( Máximo de 1,8 puntos en este apartado) 11 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Por cada mes completo de desempleo dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de inscripción en la convocatoria, - 0,10 puntos. Cómputo del tiempo Cuando se habla de meses debe entenderse a razón de 30 días. Acreditación del desempleo Mediante certificación expedida por el Centro de Empleo debiendo constar claramente los períodos de inscripción como demandante de empleo a la fecha de presentación de solicitudes. Los aspirantes inscritos en el Centro de Empleo de Plasencia podrán autorizar al Ayuntamiento de Plasencia para recabar los datos de tiempo de inscripción como demandante de empleo en el SEXPE, según modelo Anexo III D- Cargas familiares ( No hay puntuación máxima en este apartado) - Por cada hijo de la unidad familiar del aspirante y que conviva en el domicilio familiar: 0,50 puntos. Acreditación de las cargas familiares Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia. Los aspirantes inscritos en el Padrón Municipal de Plasencia podrán autorizar a esta Administración para recabar la nota de convivencia en su nombre, para lo cual rellenarán el Anexo III. E- Renta Disponible ( Máximo de 2 puntos en este apartado) Menor ratio de renta disponible: Se valorará sumando todos los ingresos de los miembros de la unidad familiar y dividiendo el resultado total, entre los miembros de la misma, conforme a la siguiente fórmula: ( - Fórmula Ingresos totales ________= Renta percápita por cada miembro) Miembros Unidad Familiar De 0 a 213,00 Euros/mes (2.556,00 euros/año): 2 puntos. Más de 213,00 Euros/mes (2.556,00 euros/año): 0 puntos. Definición de la unidad familiar: Se considerará unidad familiar, además del aspirante, su cónyuge o persona vinculada con análoga relación de convivencia afectiva, e hijos que convivan de forma efectiva con el aspirante en su domicilio. Acreditación de los ingresos: Mediante fotocopia del libro de familia, nota informativa de convivencia y declaración del IRPF del ejercicio 2013. Los aspirantes, así como los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que convivan de forma efectiva con los aspirantes en su domicilio, deberán acreditar documentalmente los méritos alegados en este, para lo cual autorizarán al Ayuntamiento de Plasencia para 12 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA comprobar la declaración del IRPF del ejercicio 2014 o bien de estar exento de la obligación de declarar, según modelo Anexo III. Si los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años no aportan dicha documentación o no lo autorizan, no se procederá a tener en cuenta los puntos que el aspirante haya consignado en este apartado. F- Víctimas de violencia de género ( Máximo de 1 punto en este apartado) - Por ser el candidato al puesto de trabajo víctima de violencia de género: 1 punto. Acreditación de violencia de género Mediante la correspondiente sentencia judicial. G- Familia Monoparental ( Máximo de 1 punto en este apartado) - Por tratarse de aspirantes al puesto de trabajo que constituya una familia monoparental (padre o madre con hijo o hijos a cargo): 1 punto Acreditación de Familia Monoparental Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia. H- Discapacidad del solicitante ( Máximo de 1 punto en este apartado) - Por tener el candidato la condición de discapacitado con una discapacidad superior al 33% e inferior al 65 %, siempre que la discapacidad no le incapacite para realizar las tareas asignadas: 1 punto. Acreditación de la discapacidad Mediante la certificación o documento oficial del CADEX que acredite el grado de discapacidad. Igualmente es valida la certificación del INSS cuando se reconozca una Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual. I- Personas discapacitadas o dependientes a cargo del solicitante ( Máximo de 1 punto en este apartado) - Por tener el candidato al puesto de trabajo, personas discapacitadas o dependientes a su cargo: 1 punto. Acreditación Mediante fotocopia del Libro de Familia y nota informativa de convivencia, así como fotocopia del documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33% y/o el documento oficial que acredite la situación de dependencia. J- Arraigo ( Máximo de 2 puntos en este apartado) - Por estar empadronado en el Ayuntamiento de Plasencia durante al menos dos años a la fecha de alta en la bolsa de trabajo- 2 puntos. Acreditación del arraigo 13 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA Mediante nota informativa de convivencia expedida por el Negociado del Padrón del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Sobre la nota informativa de convivencia: En todos aquellos casos en que los aspirantes tengan que aportar la nota informativa de convivencia y tengan domicilio fuera de Plasencia, deben aportarla por sus propios medios, no siendo válida la autorización del Anexo II de esta convocatoria. Los residentes en Plasencia podrán autorizar para la recabar la nota en su nombre formalizando el Anexo III. 14 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA ANEXO III D./Dª-----------------------------------------------------------------------------------------------------------con D.N.I/N.I.E. nº --------------------------------------------- , habiendo sido preseleccionado/a para optar a uno de los puestos del Programa de Parados de Larga Duración, preferentemente mayores de 45 años- Decreto 272/2014, de 16 de mayo. AUTORIZO Al Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, para que pueda recabar los siguientes certificados que serán utilizados únicamente a los efectos de comprobación de la veracidad de la puntuación obtenida, según los datos que he declarado al efectuar la inscripción telemática en esta convocatoria. Períodos de inscripción como demandante de empleo inscrito en el Servicio Extremeño Público de Empleo. Declaración de Hacienda del ejercicio 2014 o certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de exención de la obligación de declarar en dicho ejercicio. Nota informativa de convivencia en el Padrón del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Plasencia, ---------------------- de 2015 Fdo. ----------------------------------------------- 15 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA ANEXO III (bis) ( Miembro de la unidad familiar del preseleccionado por el Ayuntamiento de Plasencia para el Programa Parados de Larga Duración prioritariamente mayores de 45 añosConvocatoria 2014) La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Excmo. Ayuntamiento de Plasencia a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria información de naturaleza tributaria. La presente autorización se otorga exclusivamente, a los efectos de calcular el ratio de renta disponible de la unidad familiar, para valorar los méritos alegados por el preseleccionado al efectuar la inscripción telemática de la convocatoria de contratación de puestos de trabajo, con cargo al Decreto 272/2014, de 16 de diciembre- Programa Parados de Larga Duración, preferentemente mayores de 45 años y en aplicación del artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AA.PP. para el desarrollo de sus funciones. INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL EJERCICIO 2014 A.- DATOS DEL SOLICITANTE. APELLIDOS Y NOMBRE: NIF: FIRMA: B.- DATOS DE OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA DEL SOLICITANTE CUYOS INGRESOS SON COMPUTABLES (Únicamente mayores de 16 años) PARENTESCO CON EL SOLICITANTE NOMBRE Y APELLIDOS NIF FIRMA En ........................................................, a .......... de .......................................... de 2015 16 NEGOCIADO DE PERSONAL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA 17
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