Administración Degl’Innocenti D.C.I. Av. Rivadavia 13876 5º “A” Ramos Mejía –1704- T.E./FAX 4656-5556/5557/5558 CIRCULAR No. 271 - 28 de Octubre de 2014 SOLICITUD DE FACTURAS DE MONOTRIBUTISTAS Estimado Cliente: Le informamos que a partir del 01/11/2014, para poder pedir la impresión de talonarios de Facturas manuales, los Monotributistas deberán solicitar una autorización a AFIP a través de su página web utilizando su Clave Fiscal. Sin esta autorización, la imprenta no podrá confeccionar ningún talonario de facturas. Debido a que a partir del 2015 todos los comprobantes tendrán CAI y fecha de vencimiento, deberá verificarse toda factura de compra recibida de proveedores ya sean Monotributistas, Exentos (comprobantes tipo “C”) o Responsables Inscripto (comprobantes tipo “B”). Sin embargo, en caso de tener todavía facturas manuales para utilizar, serán válidas hasta el 31/12/2014. Luego, sólo se podrán utilizar los nuevos comprobantes con CAI (los cuales arrancarán desde el número 0001), por lo que se deben tomar los recaudos necesarios y anticipar el pedido a la imprenta. Los pasos para solicitar nuevos comprobantes son: - En la página web de AFIP con Clave Fiscal, solicitar dicha autorización de impresión de nuevos comprobantes. En caso de ser necesario, el Estudio podrá efectuar dicho trámite. - Entregar la “Solicitud de Impresión” firmada en duplicado a la imprenta; en dicho formulario la AFIP asignará el CAI y vencimiento de los comprobantes. - Al retirar las nuevas facturas impresas, la imprenta informa a la AFIP y entrega una constancia de impresión al contribuyente. - Informar a la AFIP sobre la recepción de las facturas correctamente, por medio de su Clave Fiscal. Aclaramos que la AFIP puede no aprobar la solicitud de impresión en el caso que detecte irregularidades del contribuyente, como ser falta de presentación de declaraciones juradas, actividad económica incorrectamente declarada, domicilios erróneos, u otras que se determinen por oficio. Cordialmente.
© Copyright 2024