LA RUTA DEL VINO EMPIEZA ACÁ

BASES Y CONDICIONES
de la
PROMOCIÓN
“LA RUTA DEL VINO EMPIEZA ACÁ”
BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A
MENORES DE 18 AÑOS.
1.- Organizador – Territorio – Vigencia – Productos Participantes
1.1.GRUPO PEÑAFLOR S.A., (en adelante, el “Organizador”), con CUIT Nº 30-50054804-1 y
domicilio legal en la calleMaipú 1210, Piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires , organiza la
promoción denominada “La Ruta del Vino Empieza Acá”, (en adelante, la “Promoción”).
1.2. La Promoción tendrá vigencia exclusivamente en los locales de los Supermercados “La
Anónima”, “Topsy” y “Bomba”, (en adelante, los “Locales”), ubicados en las Provincias de Buenos
Aires, Chubut, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra
del Fuego, y cuyos domicilios se encuentran indicados en el Anexo I adjunto que forma parte de
estas bases y condiciones, (en adelante, el “Territorio”) del 03 de julio de 2015 al 23 de julio de
2015, ambas fechas inclusive, o hasta que se hubieren asignado la totalidad de los premios puestos
en juego o hasta distribuir ochenta mil (80.000) cupones raspaditas (las “Raspaditas”), lo que ocurra
primero (en adelante, la “Vigencia”) y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante,
las “Bases”).
1.3. Participan de la Promoción todos aquellos productos de las Bodegas Finca Las Moras, El
Esteco y Trapiche, que se indican en el Anexo II adjunto que forma parte de estas Bases (en
adelante, el/los “Producto/s Participante/s”). Queda excluido de la participación en la Promoción
cualquier otro producto distinto a los Productos Participantes.
2.-Participantes - Exclusiones
2.1. Podrán participar en la Promoción las personas físicas que al momento de hacerlo: i) sean
mayores de 18 años de edad, ii) legalmente capaces, iii) con domicilio en la República Argentina
excluidas las personas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las provincias
de Mendoza o de Salta, y iv) que cumplan con todos los requisitos establecidos en estas Bases.
Quienes cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases y participen de la Promoción serán
considerados participantes (“Participante/s”).
2.2. No podrán participar en la Promoción y, por lo tanto, no serán considerados Participantes: i) las
personas jurídicas, ii) los menores de 18 años de edad o incapaces de derecho, iii) las personas
domiciliadas fuera de la República Argentina y las personas con domicilio en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires o en las provincias de Mendoza o de Salta, ni iv) los directivos o empleados del
Organizador, de los Locales, de las agencias de publicidad y promociones del Organizador y de las
personas y/o empresas contratadas para prestar servicios y/o proveer productos para la Promoción ni
sus parientes por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, ni sus cónyuges.
3.- Mecánica de la Promoción – Exclusiones – De las Raspaditas
3.1. Modo de Participación: Los Participantes que durante la Vigencia compren al menos una
unidad de los Productos Participantes en cualquiera de los Locales adheridos, recibirán en línea de
caja una Raspadita por cada unidad de Producto Participante adquirida. Cada Raspadita recibida
otorgará a su legítimo tenedor una (1) chance (“Chance/s”) de participar de los sorteos de resolución
inmediata (“Sorteos Instantáneos”). Un mismo Participante podrá participar de los Sorteos
Instantáneos tantas veces como Raspaditas haya recibido.
3.2.De las Raspaditas. Las Raspaditas son inviolables, y por su estructura y composición, resulta
imposible saber, antes de remover el material que cubre la parte inferior del frente de las mismas, si
otorgan o no el derecho a la asignación de un premio. En consecuencia no se conoce ni se puede
conocer el contenido de las Raspaditas hasta que los Participantes hayan removido el material que
cubre la parte inferior de su frente. Las Raspaditas se distribuirán al azar, y en caso de ser requerido,
se entregará junto con las Raspaditas una copia de estas Bases, debiendo los Participantes firmar un
recibo por los mismos.
3.3.A todos los efectos de la Promoción no serán válidas, ni otorgarán derecho alguno, las
Raspaditas que no sean originales, legítimas y distribuidas por el Organizador. No se admitirán
fotocopias, ni reproducciones de las mismas, ni tampoco aquellas que hayan sido adulteradas,
mutiladas, enmendadas, dañadas, alteradas, destruidas, ilegibles, manipuladas, defectuosas, o que
contengan cualquier error mecánico, de programación, de tipografía, de imprenta o de otro tipo o
cuyo formato o diseño no se encuentre entre los registrados a los fines de esta Promoción; o que
otorguen derecho a la asignación de Premios distintos a los indicados en estas Bases; o aquellas
Raspaditas cuya falsedad fuera establecida por el Organizador. Las Raspaditas respecto de los
cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidas ilegítimamente serán nulas.
Las Raspaditas poseen dispositivos de seguridad para detectar defraudaciones y adulteraciones. En
caso de defectos en las Raspaditas incluyendo sin limitación Raspaditas con leyendas sólo
parcialmente legibles, Raspaditas con leyendas incompletas, Raspaditas con leyendas borrosas, que
a exclusivo juicio del Organizador, sean atribuibles a su proceso de fabricación o impresión, el
derecho de su legítimo tenedor quedará limitado al canje de la Raspadita defectuosa por otra en
perfectas condiciones.
3.4. Luego de recibida una Raspadita, el Participante deberá remover el material que cubre la parte
inferior del frente de la Raspadita recibida. Removido el material el Participante podrá encontrar
indicado una de las siguientes leyendas: (i) “un Viaje a Mendoza” en cuyo caso su legítimo tenedor
será potencial ganador (en adelante, el “Potencial Ganador del Viaje”) de una viaje cuyas
prestaciones se describen en el punto 5.1. de estas Bases (“Viaje”); o (ii) “una Cava” en cuyo caso
su legítimo tenedor será potencial ganador (en adelante, el “Potencial de Ganador de una Cava”), de
una cava según se describe en el punto 5.2. de estas Bases; o (iii) “una Botella de Vino” en cuyo
caso su legítimo tenedor será potencial ganador (en adelante, el “Potencial de Ganador de una
Botella de Vino” y junto con el Potencial Ganador del Viaje y los Potenciales Ganadores de las
Cavas, en adelante, los “Potenciales Ganadores”), de una (1) botella de vino según se describe en el
punto 5.3. de estas Bases (“Premio Botella de Vino” y junto con el premio Viaje y los premios
Cavas, en adelante, los “Premios”); o (iv) “Seguí Participando” o sin leyenda alguna, en cuyo caso
su legítimo tenedor no obtendrá derecho a premio alguno.
3.5. Las Raspaditas sólo serán distribuidas y entregadas en líneas de caja durante la Vigencia, en los
días y horarios de atención al público de los Locales o de conformidad al mecanismo previsto en el
punto 4 de estas Bases.
3.6. Durante la Vigencia de la Promoción se distribuirán hasta un máximo, en conjunto, para todos
los Locales, de ochenta mil (80.000) Raspaditas, de las cuales sólo
un mil doscientas once
(1211 de ellas otorgarán a sus legítimos tenedores, en las condiciones establecidas en las presentes
Bases, el derecho a la asignación a los Premios indicados en las mismas.
3.7. El programa total de Premios para la Promoción es: (i) un (1) Viaje, (ii) diez (10) Cavas; y (iii)
un mil doscientas (1.200) unidades de botellas de vino., conforme lo expuesto en el punto 5 de las
presentes Bases.
4. Sin Obligación de Compra
4.1. La participación en la Promoción es sin obligación de compra alguna. No requiere la compra de
bienes ni la contratación de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna
al Organizador.
4.2. Se podrá solicitar en forma gratuita Raspaditas que permitirán participar de los Sorteos
Instantáneos, enviando un sobre a Arenales 460, Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires (1638)
(franqueo a pagar por el destinatario), Promoción “LA RUTA DEL VINO EMPIEZA ACÁ” y en su
interior indicar en letra clara y legible nombres y apellido completo, fecha de nacimiento, número
de documento nacional de identidad, domicilio, localidad, provincia, teléfono y correo electrónico
(en adelante, los “Datos Personales”). Se enviará a dichos Participantes un correo electrónico
mediante el cual se les hará saber el local adherido más cercano a su domicilio para poder retirar
una Raspadita. Se deja constancia que por cada sobre recibido se entregará hasta un máximo de una
Raspadita por semana durante la Vigencia.
4.3. A quienes participen por este medio le serán aplicables, en lo pertinente, estas Bases.
5. De los Premios
5.1.Premio Viaje.
5.1.1.El Premio Viaje consiste en un viaje para dos (2) personas (el ganador y un acompañante
por él designado que no podrá ser menor de edad) e incluye: i)2 pasajes aéreos ida y vuelta en clase
económica / turista en compañía aérea a designar por el Organizador,saliendodel Aeropuerto Jorge
Newbery, con destino a la ciudad de Mendoza,trasladoal hotel, másuna (1) noche de alojamiento en
Hotel Diplomatic o similar, en habitación base doble standard con desayuno incluido y una (1)
cena, traslado del Hotel al Aeropuerto de Mendoza, y ii) una visita a la Bodega Trapiche con
degustación incluida y almuerzo a cargo del Hotel.
5.1.2. Se deja constancia que el viajedeberá realizarse dentro de la vigencia del 01 de
Septiembre de 2015 al 31 de octubre de 2015, sin incluir fechas puentes o festivas o feriados desde
la finalización de la Promoción, y exceptuándose también el fin de semana comprendido entre el
17/09/2015 y el 20/09/2015.
5.1.3. El Premio Viaje es transferible a favor de un tercero (el cual también deberá ser mayor de
edad), previa notificación fehaciente por parte del Participante al Organizador con un preaviso de 30
días hábiles previos a realizarse el Viaje, mediante la cual se deberá indicar el beneficiario y sus
datos correspondientes (nombre completo, DNI, domicilio, email, teléfono de contacto, etc.). Pero
aun así, no podrán ser canjeados por efectivo, ni por ningún otro bien distinto del ofrecido.5.1.4.
Será de exclusiva responsabilidad del Ganador del Viaje y de su acompañante – y es un requisito
para su asignación - poseer la documentación vigente necesaria para realizar el Viaje. También será
responsabilidad del ganador y su acompañante acreditar que cumplen con todas las normas de
seguridad, sanidad y salubridad impuestas por los aeropuertos. Todos los trámites y costos que se
deriven de lo precedentemente mencionado estarán a cargo del Ganador del Viaje y de su
acompañante. El Organizador no será responsable por el cumplimiento de las prestaciones
comprometidas por las empresas transportistas ni por el hotel ni por las personas y/o empresas
contratadas para la realización del Viaje, por lo que cualquier reclamo deberá dirigirlo el Ganador a
las empresas prestadoras y/o transportistas y/o proveedoras y/o coordinadoras de los servicios
descriptos en el programa del Viaje.
5.2. Premios Cavas.
Diez (10) Cavasmarca Wine Collection para 18 botellas o similar.
5.3.Premios Botellas de Vino.
Un mil doscientas (1200) Botellas de Vino. Cada Premio Botella de Vino consiste en una (1) unidad
variedad a designar por el Organizador, entre las siguientes marcas: Elementos, Fond de Cave,
Dadá, Don David Reserva, Ana Mora, Imago o Love.
5.4.De los Premios.
5.4.1. Los Premios son intransferibles – a excepción de lo indicado en el punto 5.1.3.- y los
Ganadores (término este definido en punto 6.2.) no podrán solicitar su reemplazo ni sustitución ni
canje por su valor en dinero ni por ningún otro bien, servicio ni prestación distinta de la indicada en
estas Bases, aun cuando, por cualquier circunstancia los Ganadores no pudieran gozar de los
mismos. Estará a cargo de los Ganadores todo gasto que implique la recepción de los Premios.
5.4.2.Los Premios asignados y no reclamados, en el plazo y forma establecida en estas Bases, y los
Premios vacantes no asignados a persona alguna, si los hubiere, quedarán en propiedad del
Organizador, quien determinará el destino que les dará.
6. De los Potenciales Ganadores - De la Notificación a los Potenciales Ganadores - De los
Ganadores – De la Asignación y Entrega de los Premios.
6.1. Los Potenciales Ganadores serán acreedores – en caso de cumplir con los requisitos que para su
asignación se establecen en estas Bases - exclusivamente del Premio indicado en la Raspadita que
obre en su poder y se los tendrá por notificados de tal carácter en el mismo momento en que se
devele, a través del mecanismo descripto en las presentes Bases, alguna de las expresiones
indicadas en el apartado 3.4. (i) o 3.4. (ii) o 3.4. (iii) de estas Bases.
6.2. Los Potenciales Ganadores que no cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases
quedarán automáticamente descalificados de la participación en la Promoción, sin derecho a
Premio, reclamo ni indemnización ni compensación alguna. Cumplidos los requisitos establecidos
en estas Bases como condición para la asignación de los Premios, los Premios serán
inmediatamente asignados por el Organizador a sus Potenciales Ganadores (“Ganadores”).
6.3.Los Premios son indivisibles a los efectos de su entrega y pago. Los Potenciales Ganadores
deberán reclamar la asignación de los Premios en línea de caja del Local donde recibieron la
Raspadita que le otorga el derecho a la asignación del Premio inmediatamente luego de recibida la
misma y develado el Premio indicado.
6.4.En caso que el premio consista en una Botella de Vino, el mismo será entregado a su Ganador
en el mismo momentoen que el ganador lo reclame al personal del Local en línea de caja.
6.5. Si el premio consiste en una Cava o en el Viaje a Mendoza, el Ganador deberá comunicarse
dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de obtenida la Raspadita que le otorga el derecho a la
asignación del premio, mediante correo electrónico a [email protected] y/o llamando al
teléfono 0800‐333‐9266, de lunes a viernes hábiles de 09.00 hs. a 16.00 hs., a fin de coordinar la
asignación y, en su caso, entrega del premio.
6.6. La asignación del premio indicado en el punto 5.1. está condicionada a la contestación correcta
por parte de su Potencial Ganador de al menos dos (2) de las tres (3) preguntas de cultura general
que le formulará el Organizador ante Escribano Público al momento de la entrega de los premios en
jurisdicción del domicilio del Potencial Ganador.
6.7. Los Ganadores deberán conservar el ticket de compra del o de los Productos Participantes
realizada en un Local durante la Vigencia, reservándose el Organizador la facultad de solicitarlo
como requisito para la asignación de los Premios (en adelante, el “Ticket”).
6.8. En todos los casos los Ganadores deberán entregar al momento de recibir el Premio la
Raspadita que le otorga el derecho a la asignación del premio, acreditar su identidad exhibiendo el
original y entregando una fotocopia de su documento nacional de identidad y, en su caso, de serle
requerido por el Organizador la exhibición del original y entrega de una fotocopia del Ticket.
6.9. A los fines de la asignación de los Premios, no serán válidos ni se admitirán Tickets que no
sean originales y legítimos. No se aceptarán copias ni reproducciones de los mismos, ni tampoco
Tickets que presenten signos de haber sido adulterados, enmendados, alterados, borrados, ilegibles,
defectuosos o respecto de las cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidos
ilegítimamente, todos los cuales serán nulos.
6.10.Los Potenciales Ganadores deberán, asimismo, al momento de reclamar y/o recibir su Premio:
(i) informar al Organizador susDatos Personales; y (ii) firmar un recibo contra la recepción del
Premio.
6.11.Los Premios tendrán una vigencia de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de entrega de
la Raspadita correspondiente computándose como fecha de entrega de la Raspadita la fecha del
Ticket de compra de un Producto Participante o del recibo suscripto por el Participante que haya
recibido la Raspadita conforme el mecanismo previsto en el punto 4 de estas Bases. A su
vencimiento caducará el derecho a todo reclamo.
6.12.La falta de reclamo de los Premios en la forma y dentro del plazo establecido en estas Bases o
el incumplimiento de cualquier otra obligación establecida en estas Bases hará perder a los
Potenciales Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación de los Premios
6.13. Serán a cargo de los Potenciales Ganadores todos los gastos y costos en que incurran o
pudieran incurrir para contestar las preguntas de cultura general y/o reclamar y/o retirar sus Premios
del Local adherido donde se obtuvo la Raspadita ganadora. Asimismo, serán a cargo de los
Potenciales Ganadores todos los gastos y costos no especificados en estas Bases como a cargo del
Organizador.
6.14. Será a cargo del Organizador todo impuesto, arancel o tasa que deba tributarse sobre o en
relación con los Premios y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al Estado
Nacional, a Sociedades del Estado, Provincias o Municipalidades con motivo de la organización de
esta Promoción o por el ofrecimiento de los Premios.
6.15. El Premio Viaje y los Premios Cavas serán entregados a sus Ganadores dentro de los treinta
(30) días corridos computados desde la fecha de determinación de cada Ganador.
7. Autorización y Declaración de los Participantes - Prohibiciones.
7.1. Por el solo hecho de participar de la Promoción, los Participantes confieren autorización al
Organizador para conformar una base de datos con la información recopilada de acuerdo a lo
establecido en estas Bases (“Base de Datos”), que se encontrará a cargo del Organizador, con
domicilio en la calle Arenales 460, CP 1638, del Partido de Vicente López, Provincia de Buenos
Aires, quedando facultado el Organizador a remitir a las direcciones de correo electrónico indicadas
por los Participantes información referida a la Promoción, a los Productos Participantes y/o de otros
productos que comercializa o comercialice el Organizador, excepto en el caso de los Participantes
que hubieren indicado al Organizador que no desean recibir dicha información
7.2.Los Participantes, por el sólo hecho de participar en la Promoción, garantizan: (i) que son
únicos y exclusivos responsables por los datos que suministren al Organizador; y (ii) que
mantendrán indemne al Organizador de las consecuencias de cualquier reclamo dirigido contra éste
por cualquier tercero, con relación a o con motivo de los datos suministrados. Serán excluidos de la
Promoción aquellos Participantes que hubieren proporcionado datos falsos, inexactos y/o
incompletos.
7.3. El Organizador se compromete a no revelar, vender o ceder la Base de Datos que se genere con
motivo de esta Promoción sin la autorización de los titulares de tales datos. Los Participantes
tendrán derecho de acceder a la información referida a su persona contenida en la Base de Datos,
verificar su veracidad y exactitud y solicitar, en todo momento, su rectificación o supresión, por
mail [email protected] El titular de los datos personales tiene la facultad de
ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses,
salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3
de la Ley Nº 25.326” (Disposición 10/2008. Art. 1º. B.O. 18/09/2008). La DIRECCIÓN
NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº
25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al
cumplimiento de las normas sobre datos personales (Disposición 10/2008. Art. 2º. B.O.
18/09/2008).
7.4.Por el hecho de participar de la Promoción, los Ganadores: (i) deberán, a requerimiento del
Organizador y en forma previamente concertada, a título gratuito y sin derecho al cobro de
indemnización o compensación alguna, concurrir a sesiones de fotografía y/o filmación
(“Sesiones”) destinadas a publicitar o difundir la Promoción, quedando entendido que tal
convocatoria será facultativa y no obligatoria para el Organizador; y (ii) ceden y transfieren al
Organizador en forma irrevocable todos los derechos que pudieran derivar o surgir con motivo de la
adquisición, publicación y/o difusión de las fotos y/o filmaciones obtenidas, incluyendo
especialmente, pero sin limitación, todos los derechos intelectuales sobre las mismas.
7.5.Los Potenciales Ganadores autorizan al Organizador, como condición para participar de la
Promoción y tener derecho a la asignación de los Premios, a difundir sus Datos Personales,
imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que dicha empresa disponga, sin
derecho a compensación y/o indemnización alguna, durante la vigencia de la Promoción y hasta los
tres (3) años de su finalización.
7.6.Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que
se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas
Bases.
8. Responsabilidad – Limitaciones:
8.1.Los Locales no intervienen en la organización ni desarrollo ni patrocinan, avalan ni administran
la Promoción, ni están asociados a ella. Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la
Promoción deberá remitirse al Organizador. Los Locales no serán responsables del cumplimiento de
los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y los Potenciales Ganadores deberán
reclamar la entrega de los Premios exclusivamente al Organizador.
8.2. El Organizador no será responsable y, por lo tanto, no asumirá responsabilidad alguna: (a) por
cualquier daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, los
Potenciales Ganadores, los Ganadores, sus acompañantes o terceros, en sus personas o bienes, con
motivo de o con relación a su participación en la Promoción o con relación a la utilización de los
Premios; (b) por fallas, en la red telefónica, de los servicios postales, ni por desperfectos técnicos o
por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el
desarrollo de la Promoción; y (d) no otorga garantía de ninguna especie respecto de los Premios.
Tampoco será responsable de los daños, vicios redhibitorios, hurtos y/o robos de los que pudieran
ser objeto el Participante Ganador y/o Terceros.
9.FACULTADES DEL ORGANIZADOR. LIMITACIONES.
9.1. Sujeto a la autorización previa y por escrito de las autoridades competentes que correspondan,
el Organizador podrá modificar la Vigencia de la Promoción y/o reemplazar los Premios por otros
de igual o superiores características, prestaciones y valores, pero no podrá disminuirlos.
9.2. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que
constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá, sujeto a la
autorización previa y por escrito de las autoridades competentes que correspondan, suspender,
cancelar o modificar la Promoción, cumpliendo con las normas vigentes en la materia, supuestos en
los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.
9.3. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción, sin
afectar derechos adquiridos, cumpliendo con las normas vigentes y, cuando corresponda, una vez
obtenida la autorización de autoridades competentes y será comunicada a través de los mismos
medios utilizados para difundir la Promoción.
10. PROBABILIDADES DE GANAR UN PREMIO.
La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad total de Raspaditas recibida por cada
Participante. En el supuesto que un Participante hubiese recibido una sola Raspadita durante la
Vigencia de la Promoción, la probabilidad de tal Participante de resultar favorecido con un premio
será de: (i) 1 en 80.000 para el Viaje; (ii) 1 en 8.000 para la Cava; y (iii) 1 en 66,67 para una Botella
de Vino.
11. ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES Y DECISIONES DEL ORGANIZADOR.
La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que
adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, previa
comunicación, cuando corresponda - con explicación de las razones que las justifiquen y de la
resolución a adoptar - y aprobación de la autoridad competente.
12.MEDIOS DE DIFUSIÓN. CONSULTA DE BASES Y CONDICIONES. PUBLICACIÓN
DE LA NÓMINA DE GANADORES.
12.1. La Promoción será difundida en los Locales adheridos e indicados en el Anexo I.
12.2. Estas Bases podrán ser consultadas durante la Vigencia de la Promoción en los Locales o en
http://www.laanonima.com.ar
13. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para cualquier controversia derivada de la presente Promoción los Participantes aceptan someterse
voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.
14. LEY APLICABLE.
La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y deberes emergentes de
las mismas, se regirán por las leyes de la República Argentina.
BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A
MENORES DE 18 AÑOS.
ANEXO I
SUCURSALES DE “LA ANÓNIMA”, “TOPSY” y “BOMBA” ADHERIDAS A LA
PROMOCIÓN
Zona Norte 3
Suc. 105
Suc. 090
Suc. 122
Suc. 143
Suc. 202
Suc. 109
Suc. 196
Suc. 148
Suc. 149
Suc. 187
SANTA ROSA
Av. Luro y Martín Fierro (6300 – La Pampa)
SANTA ROSA
Ameghino 1250 (6300 – La Pampa)
SANTA ROSA
Lisandro de la Torre 333, esq. Rivadavia (6300 – La Pampa)
SANTA ROSA
La Rioja 357 (6300 – La Pampa)
SANTA ROSA
Pilcomayo 1551y Stieben (6300 – La Pampa)
GENERAL PICO
Calle 7 Nro. 1064 (6360 – La Pampa)
GENERAL PICO (Stella Maris)
Calle 9 Nº 51 (6330 - La Pampa)
AMERICA
Viamonte 240 (6237 – Buenos Aires)
INTENDENTE ALVEAR
Av. Sarmiento 1065 (6221 – La Pampa)
EDUARDO CASTEX
Independencia 2575 (6380 – La Pampa)
ZONA NORTE 4
Suc. 150
Suc. 151
Suc. 152
Suc. 153
Suc. 156
Suc. 171
Suc. 157
Suc. 221
Suc. 206
Suc. 210
RAFAELA
Rivadavia 53 (2300 – Santa Fe)
RAFAELA
Luis Fanti 1598, esq. Av, Lincoln – Bo. Los Nogales (2300 – Santa Fe)
RAFAELA
Aconcagua 555, esq. Gob. Crespo (2300 – Santa Fe)
ESPERANZA
Belgrano 1998 (3080 – Santa Fe)
SAN JORGE
Bartolomé Mitre 1143 (2451 – Santa Fe)
SAN JUSTO
9 de Julio 2530 (3040 – Santa Fe)
AMINISTRACION – RAFAELA
Bv. Roca 1007, esq. Artigas (2300 – Santa Fe)
MORTEROS
Bv. 9 de Julio, entre Bv. Brasil y Calle Pública (2421 – Córdoba)
GOYA
Calles Av. Primeros Concejales 256 (3450 – Corrientes)
PASEO DE COMPRAS GOYA
Calles Av. Primeros Concejales 256 (3450 – Corrientes)
REGION CENTRO
Suc. 051
CIPOLLETTI
Roca 623 (8324 – Río Negro)
CIPOLLETTI
Mariano Moreno 75, esq. Gob. Castello (8324 – Río Negro)
CIPOLETTI
Esmeralda 1333, entre Venezuela y Colombia (8324 – Río Negro)
TOPSY 15 - CIPOLLETTI
Av. Alem 336 – Cipolletti
TOPSY 20 - CIPOLLETTI
Toschi 505 – Cipolletti
ALLEN
Juan B. Justo 301, esq. San Juan Bosco (8328 – Río Negro)
BOMBA 05 – VILLA REGINA
Av. Mitre 267 – Villa Regina
GENERAL ROCA
Estados Unidos y Gral. Roca (8332 – Río Negro)
Suc. 007
Suc. 164
Suc. 238
Suc. 243
Suc. 053
Suc. 246
Suc. 010
Región Neuquén Ciudad
Suc. 006
Suc. 162
Suc. 229
Suc. 236
Suc. 248
Suc. 239
Suc. 233
NEUQUEN
Bahía Blanca 391, esq. Félix de San Martín (8300 – Neuquén)
NEUQUEN
Manuel Belgrano 3775 (8300 – Neuquén)
TOPSY 05 - NEUQUEN
Godoy 517 – Neuquén
TOPSY 13 - NEUQUEN
Godoy 1450 – Neuquén
BOMBA 07 - NEUQUEN
Antártica Argentina 1830 – Neuquén
TOPSY 16 - NEUQUEN
Av. del Trabajador y C. Cura – Neuquén
TOPSY 09 - NEUQUEN
Belgrano 1154 – Neuquén
TOPSY 17 - NEUQUEN
Belgrano 2186 – Neuquén
Suc. 225
TOPSY 01 - NEUQUEN
Av. San Juan 51 - Neuquén
Suc. 226
TOPSY 02 - NEUQUEN
Alte. Brown 140 – Neuquén
Suc. 235
TOPSY 11 - NEUQUEN
Alderete 1985 – Neuquén
Suc. 231
TOPSY 07 - NEUQUEN
Planas 950 – Neuquén
Suc. 232
TOPSY 08 - NEUQUEN
Olascoaga 1221 – Neuquén
Suc. 237
TOPSY 14 - NEUQUEN
Las Orquídeas 100 – Neuquén
Suc. 244
BOMBA 01 - NEUQUEN
Aluminé 603 – Neuquén
Suc. 242
TOPSY 19 – CINCO SALTOS
Roca 224 – Cinco Saltos
Suc. 250
BOMBA 10 – CINCO SALTOS
Blumetti 461 – Cinco Saltos
Suc. 213
CENTENARIO
Av. Traful y Av. Del Libertador (8309 – Neuquén)
Suc. 252
CENTRO DE CARNES, FRUTAS Y VERDURAS
Mercado Concentrador – Neuquén
Suc. 253
CENTRO DE FETEADOS
Gatica 372 – Neuquén
TOPSY - IT / Personal
Antártica Argentina 45 – Neuquén
TOPSY - DEPOSITO
Ruta 7, km 5 – Parque Industrial – Neuquén
ZONA NEUQUEN INTERIOR
Suc. 240
Suc. 068
Suc. 209
Suc. 227
Suc. 228
Suc. 076
Suc. 230
Suc. 247
Suc. 050
Suc. 172
Suc. 234
Suc. 182
NEUQUEN
Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén)
PASEO DE COMPRAS NEUQUEN
Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén)
TOPSY 03 – CUTRAL CO
Olascoaga 851 – Cutral-Có
TOPSY 04 – CUTRAL CO
C. H. Rodríguez 345 – Cutral-Có
PLAZA HUINCUL
Alberdi s/Nro., entre Copahue y Chos-Malal (8318 – Neuquén)
TOPSY 06 - ZAPALA
Avellaneda 99 – Zapala
BOMBA 06 - ZAPALA
Afione 341 – Zapala
ZAPALA
9 de Julio e Ibarrola (8340 – Neuquén)
RINCON DE LOS SAUCES
Manuel Belgrano 1419 (8319 – Neuquén)
TOPSY 10 - PLOTTIER
Buenos Aires 179 – Plottier
PLOTTIER
Av. San Martín 507 y Canal de Riego (8316 – Neuquén)
ZONA NEUQUEN INTERIOR
Suc. 068
Suc. 209
Suc. 227
Suc. 228
Suc. 076
Suc. 230
Suc. 247
Suc. 050
Suc. 172
Suc. 188
Suc. 234
Suc. 182
NEUQUEN
Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén)
PASEO DE COMPRAS NEUQUEN
Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén)
TOPSY 03 – CUTRAL CO
Olascoaga 851 – Cutral-Có
TOPSY 04 – CUTRAL CO
C. H. Rodríguez 345 – Cutral-Có
PLAZA HUINCUL
Alberdi s/Nro., entre Copahue y Chos-Malal (8318 – Neuquén)
TOPSY 06 – ZAPALA
Avellaneda 99 – Zapala
BOMBA 06 – ZAPALA
Afione 341 – Zapala
ZAPALA
9 de Julio e Ibarrola (8340 – Neuquén)
RINCON DE LOS SAUCES
Manuel Belgrano 1419 (8319 – Neuquén)
CATRIEL
Ing. Eduardo Garro 538 (8307 – Río Negro)
TOPSY 10 – PLOTTIER
Buenos Aires 179 – Plottier
PLOTTIER
Av. San Martin 507 y Canal de Riego (8316 – Neuquén)
ZONA BARILOCHE
Suc. 008
Suc. 009
BARILOCHE
Quaglia 311 (8400 – Río Negro)
BARILOCHE
Suc. 004
Suc. 084
Suc. 175
Suc. 102
Suc. 212
Suc. 147
Suc. 177
Suc. 016
Suc. 012
Suc. 019
Suc. 044
Suc. 134
Suc. 013
Suc. 181
Suc. 014
Suc. 167
Suc. 207
Albarracín 601 (8400 – Río Negro)
BARILOCHE
Los Pioneros 4400 – Bo. Melipal (8400 – Río Negro)
BARILOCHE
Gallardo 801 (8400 – Río Negro)
BARILOCHE
Av. Exequiel Bustillo 12964 (Ruta 237 – Km. 13) (8400 – Río Negro)
SAN MARTIN DE LOS ANDES
Tte. Gral. Roca y Cnel. Rhode (8370 – Neuquén)
SAN MARTIN DE LOS ANDES
Ruta Nac. 40 km 2216,6 (8370 – Neuquén)
JUNIN DE LOS ANDES
Cnel. Suárez 466, esq. Don Bosco (8371 –Neuquén)
VILLA LA ANGOSTURA
El Chilco 83, esq. Av. Siete Lagos (8703 – Neuquén)
TRELEW
Av. H. Yrigoyen 1650 (9100 – Chubut)
TRELEW
Belgrano 154 (9100 – Chubut)
TRELEW
Av. La Plata 1027 (9100 – Chubut)
TRELEW
Pellegrini 1694 – Bo. J. M. de Rosas (9100 – Chubut)
TRELEW
25 de Mayo 1155 (9100 – Chubut)
RAWSON
Luis Costas 972, esq. Sarmiento (9103 – Chubut)
PLAYA UNION
Calle maestro Antonio Garcés,
entre Cacique Nahuel Pan y Juan de la Piedra (9103 – Chubut)
PUERTO MADRYN
25 de Mayo e Irigoyen (9120 – Chubut)
PUERTO MADRYN
Chubut, entre Vilarino y Fournier (9120 – Chubut)
GAIMAN
Calle Güemes (9105 – Chubut)
ZONA VIEDMA
Suc. 047
Suc. 011
Suc. 046
Suc. 069
Suc. 163
Suc. 208
Suc. 215
Suc. 216
VIEDMA
Alvaro Barros esq. O’Higgins (8500 – Río Negro)
VIEDMA
Rivadavia 450 (8500 – Río Negro)
SAN ANTONIO OESTE
Belgrano 651 (8520 – Río Negro)
CARMEN DE PATAGONES
San Lorenzo 59, esq. Villegas (8504 – Buenos Aires)
SIERRA GRANDE
Juan José Paso y Antártida Argentina (8532 – Río Negro)
BALNEARIO LAS GRUTAS
Ruta 2, entre Caleta Falsa y Punta Villarino (8521 – Río Negro)
RIO COLORADO
Calle 9 de Julio 746 (8138 – Río Negro)
CHOELE CHOEL
John F. Kennedy, entre Los Sauces y Héctor Gil (8360 - Río Negro)
ZONA COMODORO RIVADAVIA
Suc. 021
Suc. 022
Suc. 023
Suc. 024
Suc. 025
Suc. 191
Suc. 218
Suc. 179
Suc. 104
COMODORO RIVADAVIA
13 de Diciembre y Uruguay – Bo. 9 de Julio (9000 – Chubut)
COMODORO RIVADAVIA
San Martín 100 (9000 – Chubut)
COMODORO RIVADAVIA
F. Viedma s/Nro. – Bo. Gral. Mosconi (9000 – Chubut)
COMODORO RIVADAVIA
Alem 962 (9000 – Chubut)
COMODORO RIVADAVIA
Calle 61Atahualpa Yupanqui esq. Chubut (9000 – Chubut)
COMODORO RIVADAVIA – DEPOSITO DE PERECEDEROS
Ruta 39, parc. 20, calles Los Andes y Francisco Gómez
COMODORO RIVADAVIA
Italo Bell’Oro y Calle 1 – Barrio Km 8 (9000 - Chubut)
RADA TILLY
Luque 1200, entre Contraalte. Guerrico y Punta Indios (9001 – Chubut)
SARMIENTO
España esq. Juan B. Alberdi (9020 – Chubut)
ZONA SANTA CRUZ NORTE
Suc. 097
Suc. 032
Suc. 160
Suc. 145
Suc. 186
Suc. 214
Suc. 217
PUERTO DESEADO
Perito Moreno 947 (9050 – Santa Cruz)
CALETA OLIVIA
Belgrano 515 (9011 – Santa Cruz)
LAS HERAS
Puerto San Julián y J. J. Paso (9017 – Santa Cruz)
PICO TRUNCADO
Urquiza y Saavedra (9015 – Santa Cruz)
PICO TRUNCADO
Eva Perón – Roca – 20 de Noviembre – Irigoyen (9015 – Santa Cruz)
PERITO MORENO
Ruta Pcial. 43 esq. Hipólito Yrigoyen (9040 – Santa Cruz)
CALETA OLIVIA
Av. Tierra del Fuego 1886 – Bo. Rotary (9011 – Santa Cruz)
ZONA ESQUEL
Suc. 015
Suc. 017
Suc. 189
Suc. 018
Suc. 165
Suc. 168
ESQUEL
Roca 710 (9200 – Chubut)
ESQUEL
Fontana 705 (9200 – Chubut)
ESQUEL
Av. Holdich 424 (9200 – Chubut)
EL BOLSON
San Martín y Dorrego (8430 – Río Negro)
EL BOLSON
Güemes 741 (8430 – Río Negro)
TREVELIN
Juan José Paso s/Nro., entre San Martín e Iwan (9203 – Chubut)
ZONA RIO GALLEGOS
Suc. 033
Suc. 043
Suc. 072
Suc. 091
Suc. 124
Suc. 183
Suc. 198
Suc. 199
Suc. 200
Suc. 205
RIO GALLEGOS
Av. Kirchner 973 (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Pto. Santa Cruz 220 – Bo. A.P.A.P. (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Maipú 1332 (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Congreso y Santa Fe (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Mendoza 36, entre Alberdi y Av. Roca (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Juan José Paso 1475 (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Corrientes y Ruta 3 (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Santiago de Liniers y Posadas (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Estrada 108 y Zapiola (9400 – Santa Cruz)
RIO GALLEGOS
Pablo Neruda 451 y Lola Mora (9400 – Santa Cruz)
ZONA SANTA CRUZ SUR
Suc. 131
Suc. 161
Suc. 204
Suc. 138
Suc. 184
Suc. 197
Suc. 192
EL CALAFATE
Av. del Libertador y Perito Moreno (9405 – Santa Cruz)
EL CALAFATE
Calle 4000 Hnos. Vidal Nº 166 (9405 – Santa Cruz)
28 DE NOVIEMBRE
Ruta 40 km 389,5 (9408 – Santa Cruz)
RIO TURBIO
Gob. Ramón Lista y Gob. José María Moyano (9407 – Santa Cruz)
COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA
Calle M. Clemente y 21 de Noviembre (9303 – Santa Cruz)
GOBERNADOR GREGORES
San Martín 680 (9311 – Santa Cruz)
PUERTO SAN JULIAN
Darwin 2371 (9310 – Santa Cruz)
ZONA TIERRA DEL FUEGO
Suc. 038
Suc. 056
Suc. 075
Suc. 166
Suc. 035
Suc. 037
USHUAIA
Perito Moreno 1550 (9410 – Tierra del Fuego)
USHUAIA
Concejal Rubinos 188 (9410 – Tierra del Fuego)
USHUAIA
Gob. Paz 190 (9410 – Tierra del Fuego)
USHUAIA
Los Ñires 2273 (9410 – Tierra del Fuego)
RIO GRANDE
San Martín 553 (9420 – Tierra del Fuego)
RIO GRANDE
Suc. 211
Suc. 074
25 de Mayo 1926, entre B. Roldán y C. Darwin (9420 – Tierra del Fuego)
TOLHUIN
Constitución Nacional Argentina 1146 (9420 – Tierra del Fuego)
RIO GRANDE
San Martín 1605 (9420 – Tierra del Fuego)
ANEXO II
LISTADO DE PRODUCTOS PARTICIPANTES

Finca Las Moras
Alma Mora
Dada
Finca Las Moras
Paz
Espumante Dada

Bodega Trapiche
Fond de Cave
Fond de Cave Reserva
Imago
Love
Origen
Trapiche Reserva
Alaris
Espumante Trapiche

Bodega El Esteco
Ciclos
Ciclos Icono
Elementos
Don David
Don David Reserva