BASES Y CONDICIONES de la PROMOCIÓN “LA RUTA DEL VINO EMPIEZA ACÁ” BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS. 1.- Organizador – Territorio – Vigencia – Productos Participantes 1.1.GRUPO PEÑAFLOR S.A., (en adelante, el “Organizador”), con CUIT Nº 30-50054804-1 y domicilio legal en la calleMaipú 1210, Piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires , organiza la promoción denominada “La Ruta del Vino Empieza Acá”, (en adelante, la “Promoción”). 1.2. La Promoción tendrá vigencia exclusivamente en los locales de los Supermercados “La Anónima”, “Topsy” y “Bomba”, (en adelante, los “Locales”), ubicados en las Provincias de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego, y cuyos domicilios se encuentran indicados en el Anexo I adjunto que forma parte de estas bases y condiciones, (en adelante, el “Territorio”) del 03 de julio de 2015 al 23 de julio de 2015, ambas fechas inclusive, o hasta que se hubieren asignado la totalidad de los premios puestos en juego o hasta distribuir ochenta mil (80.000) cupones raspaditas (las “Raspaditas”), lo que ocurra primero (en adelante, la “Vigencia”) y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”). 1.3. Participan de la Promoción todos aquellos productos de las Bodegas Finca Las Moras, El Esteco y Trapiche, que se indican en el Anexo II adjunto que forma parte de estas Bases (en adelante, el/los “Producto/s Participante/s”). Queda excluido de la participación en la Promoción cualquier otro producto distinto a los Productos Participantes. 2.-Participantes - Exclusiones 2.1. Podrán participar en la Promoción las personas físicas que al momento de hacerlo: i) sean mayores de 18 años de edad, ii) legalmente capaces, iii) con domicilio en la República Argentina excluidas las personas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las provincias de Mendoza o de Salta, y iv) que cumplan con todos los requisitos establecidos en estas Bases. Quienes cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases y participen de la Promoción serán considerados participantes (“Participante/s”). 2.2. No podrán participar en la Promoción y, por lo tanto, no serán considerados Participantes: i) las personas jurídicas, ii) los menores de 18 años de edad o incapaces de derecho, iii) las personas domiciliadas fuera de la República Argentina y las personas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las provincias de Mendoza o de Salta, ni iv) los directivos o empleados del Organizador, de los Locales, de las agencias de publicidad y promociones del Organizador y de las personas y/o empresas contratadas para prestar servicios y/o proveer productos para la Promoción ni sus parientes por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, ni sus cónyuges. 3.- Mecánica de la Promoción – Exclusiones – De las Raspaditas 3.1. Modo de Participación: Los Participantes que durante la Vigencia compren al menos una unidad de los Productos Participantes en cualquiera de los Locales adheridos, recibirán en línea de caja una Raspadita por cada unidad de Producto Participante adquirida. Cada Raspadita recibida otorgará a su legítimo tenedor una (1) chance (“Chance/s”) de participar de los sorteos de resolución inmediata (“Sorteos Instantáneos”). Un mismo Participante podrá participar de los Sorteos Instantáneos tantas veces como Raspaditas haya recibido. 3.2.De las Raspaditas. Las Raspaditas son inviolables, y por su estructura y composición, resulta imposible saber, antes de remover el material que cubre la parte inferior del frente de las mismas, si otorgan o no el derecho a la asignación de un premio. En consecuencia no se conoce ni se puede conocer el contenido de las Raspaditas hasta que los Participantes hayan removido el material que cubre la parte inferior de su frente. Las Raspaditas se distribuirán al azar, y en caso de ser requerido, se entregará junto con las Raspaditas una copia de estas Bases, debiendo los Participantes firmar un recibo por los mismos. 3.3.A todos los efectos de la Promoción no serán válidas, ni otorgarán derecho alguno, las Raspaditas que no sean originales, legítimas y distribuidas por el Organizador. No se admitirán fotocopias, ni reproducciones de las mismas, ni tampoco aquellas que hayan sido adulteradas, mutiladas, enmendadas, dañadas, alteradas, destruidas, ilegibles, manipuladas, defectuosas, o que contengan cualquier error mecánico, de programación, de tipografía, de imprenta o de otro tipo o cuyo formato o diseño no se encuentre entre los registrados a los fines de esta Promoción; o que otorguen derecho a la asignación de Premios distintos a los indicados en estas Bases; o aquellas Raspaditas cuya falsedad fuera establecida por el Organizador. Las Raspaditas respecto de los cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidas ilegítimamente serán nulas. Las Raspaditas poseen dispositivos de seguridad para detectar defraudaciones y adulteraciones. En caso de defectos en las Raspaditas incluyendo sin limitación Raspaditas con leyendas sólo parcialmente legibles, Raspaditas con leyendas incompletas, Raspaditas con leyendas borrosas, que a exclusivo juicio del Organizador, sean atribuibles a su proceso de fabricación o impresión, el derecho de su legítimo tenedor quedará limitado al canje de la Raspadita defectuosa por otra en perfectas condiciones. 3.4. Luego de recibida una Raspadita, el Participante deberá remover el material que cubre la parte inferior del frente de la Raspadita recibida. Removido el material el Participante podrá encontrar indicado una de las siguientes leyendas: (i) “un Viaje a Mendoza” en cuyo caso su legítimo tenedor será potencial ganador (en adelante, el “Potencial Ganador del Viaje”) de una viaje cuyas prestaciones se describen en el punto 5.1. de estas Bases (“Viaje”); o (ii) “una Cava” en cuyo caso su legítimo tenedor será potencial ganador (en adelante, el “Potencial de Ganador de una Cava”), de una cava según se describe en el punto 5.2. de estas Bases; o (iii) “una Botella de Vino” en cuyo caso su legítimo tenedor será potencial ganador (en adelante, el “Potencial de Ganador de una Botella de Vino” y junto con el Potencial Ganador del Viaje y los Potenciales Ganadores de las Cavas, en adelante, los “Potenciales Ganadores”), de una (1) botella de vino según se describe en el punto 5.3. de estas Bases (“Premio Botella de Vino” y junto con el premio Viaje y los premios Cavas, en adelante, los “Premios”); o (iv) “Seguí Participando” o sin leyenda alguna, en cuyo caso su legítimo tenedor no obtendrá derecho a premio alguno. 3.5. Las Raspaditas sólo serán distribuidas y entregadas en líneas de caja durante la Vigencia, en los días y horarios de atención al público de los Locales o de conformidad al mecanismo previsto en el punto 4 de estas Bases. 3.6. Durante la Vigencia de la Promoción se distribuirán hasta un máximo, en conjunto, para todos los Locales, de ochenta mil (80.000) Raspaditas, de las cuales sólo un mil doscientas once (1211 de ellas otorgarán a sus legítimos tenedores, en las condiciones establecidas en las presentes Bases, el derecho a la asignación a los Premios indicados en las mismas. 3.7. El programa total de Premios para la Promoción es: (i) un (1) Viaje, (ii) diez (10) Cavas; y (iii) un mil doscientas (1.200) unidades de botellas de vino., conforme lo expuesto en el punto 5 de las presentes Bases. 4. Sin Obligación de Compra 4.1. La participación en la Promoción es sin obligación de compra alguna. No requiere la compra de bienes ni la contratación de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador. 4.2. Se podrá solicitar en forma gratuita Raspaditas que permitirán participar de los Sorteos Instantáneos, enviando un sobre a Arenales 460, Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires (1638) (franqueo a pagar por el destinatario), Promoción “LA RUTA DEL VINO EMPIEZA ACÁ” y en su interior indicar en letra clara y legible nombres y apellido completo, fecha de nacimiento, número de documento nacional de identidad, domicilio, localidad, provincia, teléfono y correo electrónico (en adelante, los “Datos Personales”). Se enviará a dichos Participantes un correo electrónico mediante el cual se les hará saber el local adherido más cercano a su domicilio para poder retirar una Raspadita. Se deja constancia que por cada sobre recibido se entregará hasta un máximo de una Raspadita por semana durante la Vigencia. 4.3. A quienes participen por este medio le serán aplicables, en lo pertinente, estas Bases. 5. De los Premios 5.1.Premio Viaje. 5.1.1.El Premio Viaje consiste en un viaje para dos (2) personas (el ganador y un acompañante por él designado que no podrá ser menor de edad) e incluye: i)2 pasajes aéreos ida y vuelta en clase económica / turista en compañía aérea a designar por el Organizador,saliendodel Aeropuerto Jorge Newbery, con destino a la ciudad de Mendoza,trasladoal hotel, másuna (1) noche de alojamiento en Hotel Diplomatic o similar, en habitación base doble standard con desayuno incluido y una (1) cena, traslado del Hotel al Aeropuerto de Mendoza, y ii) una visita a la Bodega Trapiche con degustación incluida y almuerzo a cargo del Hotel. 5.1.2. Se deja constancia que el viajedeberá realizarse dentro de la vigencia del 01 de Septiembre de 2015 al 31 de octubre de 2015, sin incluir fechas puentes o festivas o feriados desde la finalización de la Promoción, y exceptuándose también el fin de semana comprendido entre el 17/09/2015 y el 20/09/2015. 5.1.3. El Premio Viaje es transferible a favor de un tercero (el cual también deberá ser mayor de edad), previa notificación fehaciente por parte del Participante al Organizador con un preaviso de 30 días hábiles previos a realizarse el Viaje, mediante la cual se deberá indicar el beneficiario y sus datos correspondientes (nombre completo, DNI, domicilio, email, teléfono de contacto, etc.). Pero aun así, no podrán ser canjeados por efectivo, ni por ningún otro bien distinto del ofrecido.5.1.4. Será de exclusiva responsabilidad del Ganador del Viaje y de su acompañante – y es un requisito para su asignación - poseer la documentación vigente necesaria para realizar el Viaje. También será responsabilidad del ganador y su acompañante acreditar que cumplen con todas las normas de seguridad, sanidad y salubridad impuestas por los aeropuertos. Todos los trámites y costos que se deriven de lo precedentemente mencionado estarán a cargo del Ganador del Viaje y de su acompañante. El Organizador no será responsable por el cumplimiento de las prestaciones comprometidas por las empresas transportistas ni por el hotel ni por las personas y/o empresas contratadas para la realización del Viaje, por lo que cualquier reclamo deberá dirigirlo el Ganador a las empresas prestadoras y/o transportistas y/o proveedoras y/o coordinadoras de los servicios descriptos en el programa del Viaje. 5.2. Premios Cavas. Diez (10) Cavasmarca Wine Collection para 18 botellas o similar. 5.3.Premios Botellas de Vino. Un mil doscientas (1200) Botellas de Vino. Cada Premio Botella de Vino consiste en una (1) unidad variedad a designar por el Organizador, entre las siguientes marcas: Elementos, Fond de Cave, Dadá, Don David Reserva, Ana Mora, Imago o Love. 5.4.De los Premios. 5.4.1. Los Premios son intransferibles – a excepción de lo indicado en el punto 5.1.3.- y los Ganadores (término este definido en punto 6.2.) no podrán solicitar su reemplazo ni sustitución ni canje por su valor en dinero ni por ningún otro bien, servicio ni prestación distinta de la indicada en estas Bases, aun cuando, por cualquier circunstancia los Ganadores no pudieran gozar de los mismos. Estará a cargo de los Ganadores todo gasto que implique la recepción de los Premios. 5.4.2.Los Premios asignados y no reclamados, en el plazo y forma establecida en estas Bases, y los Premios vacantes no asignados a persona alguna, si los hubiere, quedarán en propiedad del Organizador, quien determinará el destino que les dará. 6. De los Potenciales Ganadores - De la Notificación a los Potenciales Ganadores - De los Ganadores – De la Asignación y Entrega de los Premios. 6.1. Los Potenciales Ganadores serán acreedores – en caso de cumplir con los requisitos que para su asignación se establecen en estas Bases - exclusivamente del Premio indicado en la Raspadita que obre en su poder y se los tendrá por notificados de tal carácter en el mismo momento en que se devele, a través del mecanismo descripto en las presentes Bases, alguna de las expresiones indicadas en el apartado 3.4. (i) o 3.4. (ii) o 3.4. (iii) de estas Bases. 6.2. Los Potenciales Ganadores que no cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases quedarán automáticamente descalificados de la participación en la Promoción, sin derecho a Premio, reclamo ni indemnización ni compensación alguna. Cumplidos los requisitos establecidos en estas Bases como condición para la asignación de los Premios, los Premios serán inmediatamente asignados por el Organizador a sus Potenciales Ganadores (“Ganadores”). 6.3.Los Premios son indivisibles a los efectos de su entrega y pago. Los Potenciales Ganadores deberán reclamar la asignación de los Premios en línea de caja del Local donde recibieron la Raspadita que le otorga el derecho a la asignación del Premio inmediatamente luego de recibida la misma y develado el Premio indicado. 6.4.En caso que el premio consista en una Botella de Vino, el mismo será entregado a su Ganador en el mismo momentoen que el ganador lo reclame al personal del Local en línea de caja. 6.5. Si el premio consiste en una Cava o en el Viaje a Mendoza, el Ganador deberá comunicarse dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de obtenida la Raspadita que le otorga el derecho a la asignación del premio, mediante correo electrónico a [email protected] y/o llamando al teléfono 0800‐333‐9266, de lunes a viernes hábiles de 09.00 hs. a 16.00 hs., a fin de coordinar la asignación y, en su caso, entrega del premio. 6.6. La asignación del premio indicado en el punto 5.1. está condicionada a la contestación correcta por parte de su Potencial Ganador de al menos dos (2) de las tres (3) preguntas de cultura general que le formulará el Organizador ante Escribano Público al momento de la entrega de los premios en jurisdicción del domicilio del Potencial Ganador. 6.7. Los Ganadores deberán conservar el ticket de compra del o de los Productos Participantes realizada en un Local durante la Vigencia, reservándose el Organizador la facultad de solicitarlo como requisito para la asignación de los Premios (en adelante, el “Ticket”). 6.8. En todos los casos los Ganadores deberán entregar al momento de recibir el Premio la Raspadita que le otorga el derecho a la asignación del premio, acreditar su identidad exhibiendo el original y entregando una fotocopia de su documento nacional de identidad y, en su caso, de serle requerido por el Organizador la exhibición del original y entrega de una fotocopia del Ticket. 6.9. A los fines de la asignación de los Premios, no serán válidos ni se admitirán Tickets que no sean originales y legítimos. No se aceptarán copias ni reproducciones de los mismos, ni tampoco Tickets que presenten signos de haber sido adulterados, enmendados, alterados, borrados, ilegibles, defectuosos o respecto de las cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidos ilegítimamente, todos los cuales serán nulos. 6.10.Los Potenciales Ganadores deberán, asimismo, al momento de reclamar y/o recibir su Premio: (i) informar al Organizador susDatos Personales; y (ii) firmar un recibo contra la recepción del Premio. 6.11.Los Premios tendrán una vigencia de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de entrega de la Raspadita correspondiente computándose como fecha de entrega de la Raspadita la fecha del Ticket de compra de un Producto Participante o del recibo suscripto por el Participante que haya recibido la Raspadita conforme el mecanismo previsto en el punto 4 de estas Bases. A su vencimiento caducará el derecho a todo reclamo. 6.12.La falta de reclamo de los Premios en la forma y dentro del plazo establecido en estas Bases o el incumplimiento de cualquier otra obligación establecida en estas Bases hará perder a los Potenciales Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación de los Premios 6.13. Serán a cargo de los Potenciales Ganadores todos los gastos y costos en que incurran o pudieran incurrir para contestar las preguntas de cultura general y/o reclamar y/o retirar sus Premios del Local adherido donde se obtuvo la Raspadita ganadora. Asimismo, serán a cargo de los Potenciales Ganadores todos los gastos y costos no especificados en estas Bases como a cargo del Organizador. 6.14. Será a cargo del Organizador todo impuesto, arancel o tasa que deba tributarse sobre o en relación con los Premios y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al Estado Nacional, a Sociedades del Estado, Provincias o Municipalidades con motivo de la organización de esta Promoción o por el ofrecimiento de los Premios. 6.15. El Premio Viaje y los Premios Cavas serán entregados a sus Ganadores dentro de los treinta (30) días corridos computados desde la fecha de determinación de cada Ganador. 7. Autorización y Declaración de los Participantes - Prohibiciones. 7.1. Por el solo hecho de participar de la Promoción, los Participantes confieren autorización al Organizador para conformar una base de datos con la información recopilada de acuerdo a lo establecido en estas Bases (“Base de Datos”), que se encontrará a cargo del Organizador, con domicilio en la calle Arenales 460, CP 1638, del Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, quedando facultado el Organizador a remitir a las direcciones de correo electrónico indicadas por los Participantes información referida a la Promoción, a los Productos Participantes y/o de otros productos que comercializa o comercialice el Organizador, excepto en el caso de los Participantes que hubieren indicado al Organizador que no desean recibir dicha información 7.2.Los Participantes, por el sólo hecho de participar en la Promoción, garantizan: (i) que son únicos y exclusivos responsables por los datos que suministren al Organizador; y (ii) que mantendrán indemne al Organizador de las consecuencias de cualquier reclamo dirigido contra éste por cualquier tercero, con relación a o con motivo de los datos suministrados. Serán excluidos de la Promoción aquellos Participantes que hubieren proporcionado datos falsos, inexactos y/o incompletos. 7.3. El Organizador se compromete a no revelar, vender o ceder la Base de Datos que se genere con motivo de esta Promoción sin la autorización de los titulares de tales datos. Los Participantes tendrán derecho de acceder a la información referida a su persona contenida en la Base de Datos, verificar su veracidad y exactitud y solicitar, en todo momento, su rectificación o supresión, por mail [email protected] El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326” (Disposición 10/2008. Art. 1º. B.O. 18/09/2008). La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales (Disposición 10/2008. Art. 2º. B.O. 18/09/2008). 7.4.Por el hecho de participar de la Promoción, los Ganadores: (i) deberán, a requerimiento del Organizador y en forma previamente concertada, a título gratuito y sin derecho al cobro de indemnización o compensación alguna, concurrir a sesiones de fotografía y/o filmación (“Sesiones”) destinadas a publicitar o difundir la Promoción, quedando entendido que tal convocatoria será facultativa y no obligatoria para el Organizador; y (ii) ceden y transfieren al Organizador en forma irrevocable todos los derechos que pudieran derivar o surgir con motivo de la adquisición, publicación y/o difusión de las fotos y/o filmaciones obtenidas, incluyendo especialmente, pero sin limitación, todos los derechos intelectuales sobre las mismas. 7.5.Los Potenciales Ganadores autorizan al Organizador, como condición para participar de la Promoción y tener derecho a la asignación de los Premios, a difundir sus Datos Personales, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que dicha empresa disponga, sin derecho a compensación y/o indemnización alguna, durante la vigencia de la Promoción y hasta los tres (3) años de su finalización. 7.6.Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. 8. Responsabilidad – Limitaciones: 8.1.Los Locales no intervienen en la organización ni desarrollo ni patrocinan, avalan ni administran la Promoción, ni están asociados a ella. Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la Promoción deberá remitirse al Organizador. Los Locales no serán responsables del cumplimiento de los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y los Potenciales Ganadores deberán reclamar la entrega de los Premios exclusivamente al Organizador. 8.2. El Organizador no será responsable y, por lo tanto, no asumirá responsabilidad alguna: (a) por cualquier daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, los Potenciales Ganadores, los Ganadores, sus acompañantes o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en la Promoción o con relación a la utilización de los Premios; (b) por fallas, en la red telefónica, de los servicios postales, ni por desperfectos técnicos o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción; y (d) no otorga garantía de ninguna especie respecto de los Premios. Tampoco será responsable de los daños, vicios redhibitorios, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto el Participante Ganador y/o Terceros. 9.FACULTADES DEL ORGANIZADOR. LIMITACIONES. 9.1. Sujeto a la autorización previa y por escrito de las autoridades competentes que correspondan, el Organizador podrá modificar la Vigencia de la Promoción y/o reemplazar los Premios por otros de igual o superiores características, prestaciones y valores, pero no podrá disminuirlos. 9.2. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá, sujeto a la autorización previa y por escrito de las autoridades competentes que correspondan, suspender, cancelar o modificar la Promoción, cumpliendo con las normas vigentes en la materia, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. 9.3. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción, sin afectar derechos adquiridos, cumpliendo con las normas vigentes y, cuando corresponda, una vez obtenida la autorización de autoridades competentes y será comunicada a través de los mismos medios utilizados para difundir la Promoción. 10. PROBABILIDADES DE GANAR UN PREMIO. La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad total de Raspaditas recibida por cada Participante. En el supuesto que un Participante hubiese recibido una sola Raspadita durante la Vigencia de la Promoción, la probabilidad de tal Participante de resultar favorecido con un premio será de: (i) 1 en 80.000 para el Viaje; (ii) 1 en 8.000 para la Cava; y (iii) 1 en 66,67 para una Botella de Vino. 11. ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES Y DECISIONES DEL ORGANIZADOR. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, previa comunicación, cuando corresponda - con explicación de las razones que las justifiquen y de la resolución a adoptar - y aprobación de la autoridad competente. 12.MEDIOS DE DIFUSIÓN. CONSULTA DE BASES Y CONDICIONES. PUBLICACIÓN DE LA NÓMINA DE GANADORES. 12.1. La Promoción será difundida en los Locales adheridos e indicados en el Anexo I. 12.2. Estas Bases podrán ser consultadas durante la Vigencia de la Promoción en los Locales o en http://www.laanonima.com.ar 13. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para cualquier controversia derivada de la presente Promoción los Participantes aceptan someterse voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles. 14. LEY APLICABLE. La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirán por las leyes de la República Argentina. BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS. ANEXO I SUCURSALES DE “LA ANÓNIMA”, “TOPSY” y “BOMBA” ADHERIDAS A LA PROMOCIÓN Zona Norte 3 Suc. 105 Suc. 090 Suc. 122 Suc. 143 Suc. 202 Suc. 109 Suc. 196 Suc. 148 Suc. 149 Suc. 187 SANTA ROSA Av. Luro y Martín Fierro (6300 – La Pampa) SANTA ROSA Ameghino 1250 (6300 – La Pampa) SANTA ROSA Lisandro de la Torre 333, esq. Rivadavia (6300 – La Pampa) SANTA ROSA La Rioja 357 (6300 – La Pampa) SANTA ROSA Pilcomayo 1551y Stieben (6300 – La Pampa) GENERAL PICO Calle 7 Nro. 1064 (6360 – La Pampa) GENERAL PICO (Stella Maris) Calle 9 Nº 51 (6330 - La Pampa) AMERICA Viamonte 240 (6237 – Buenos Aires) INTENDENTE ALVEAR Av. Sarmiento 1065 (6221 – La Pampa) EDUARDO CASTEX Independencia 2575 (6380 – La Pampa) ZONA NORTE 4 Suc. 150 Suc. 151 Suc. 152 Suc. 153 Suc. 156 Suc. 171 Suc. 157 Suc. 221 Suc. 206 Suc. 210 RAFAELA Rivadavia 53 (2300 – Santa Fe) RAFAELA Luis Fanti 1598, esq. Av, Lincoln – Bo. Los Nogales (2300 – Santa Fe) RAFAELA Aconcagua 555, esq. Gob. Crespo (2300 – Santa Fe) ESPERANZA Belgrano 1998 (3080 – Santa Fe) SAN JORGE Bartolomé Mitre 1143 (2451 – Santa Fe) SAN JUSTO 9 de Julio 2530 (3040 – Santa Fe) AMINISTRACION – RAFAELA Bv. Roca 1007, esq. Artigas (2300 – Santa Fe) MORTEROS Bv. 9 de Julio, entre Bv. Brasil y Calle Pública (2421 – Córdoba) GOYA Calles Av. Primeros Concejales 256 (3450 – Corrientes) PASEO DE COMPRAS GOYA Calles Av. Primeros Concejales 256 (3450 – Corrientes) REGION CENTRO Suc. 051 CIPOLLETTI Roca 623 (8324 – Río Negro) CIPOLLETTI Mariano Moreno 75, esq. Gob. Castello (8324 – Río Negro) CIPOLETTI Esmeralda 1333, entre Venezuela y Colombia (8324 – Río Negro) TOPSY 15 - CIPOLLETTI Av. Alem 336 – Cipolletti TOPSY 20 - CIPOLLETTI Toschi 505 – Cipolletti ALLEN Juan B. Justo 301, esq. San Juan Bosco (8328 – Río Negro) BOMBA 05 – VILLA REGINA Av. Mitre 267 – Villa Regina GENERAL ROCA Estados Unidos y Gral. Roca (8332 – Río Negro) Suc. 007 Suc. 164 Suc. 238 Suc. 243 Suc. 053 Suc. 246 Suc. 010 Región Neuquén Ciudad Suc. 006 Suc. 162 Suc. 229 Suc. 236 Suc. 248 Suc. 239 Suc. 233 NEUQUEN Bahía Blanca 391, esq. Félix de San Martín (8300 – Neuquén) NEUQUEN Manuel Belgrano 3775 (8300 – Neuquén) TOPSY 05 - NEUQUEN Godoy 517 – Neuquén TOPSY 13 - NEUQUEN Godoy 1450 – Neuquén BOMBA 07 - NEUQUEN Antártica Argentina 1830 – Neuquén TOPSY 16 - NEUQUEN Av. del Trabajador y C. Cura – Neuquén TOPSY 09 - NEUQUEN Belgrano 1154 – Neuquén TOPSY 17 - NEUQUEN Belgrano 2186 – Neuquén Suc. 225 TOPSY 01 - NEUQUEN Av. San Juan 51 - Neuquén Suc. 226 TOPSY 02 - NEUQUEN Alte. Brown 140 – Neuquén Suc. 235 TOPSY 11 - NEUQUEN Alderete 1985 – Neuquén Suc. 231 TOPSY 07 - NEUQUEN Planas 950 – Neuquén Suc. 232 TOPSY 08 - NEUQUEN Olascoaga 1221 – Neuquén Suc. 237 TOPSY 14 - NEUQUEN Las Orquídeas 100 – Neuquén Suc. 244 BOMBA 01 - NEUQUEN Aluminé 603 – Neuquén Suc. 242 TOPSY 19 – CINCO SALTOS Roca 224 – Cinco Saltos Suc. 250 BOMBA 10 – CINCO SALTOS Blumetti 461 – Cinco Saltos Suc. 213 CENTENARIO Av. Traful y Av. Del Libertador (8309 – Neuquén) Suc. 252 CENTRO DE CARNES, FRUTAS Y VERDURAS Mercado Concentrador – Neuquén Suc. 253 CENTRO DE FETEADOS Gatica 372 – Neuquén TOPSY - IT / Personal Antártica Argentina 45 – Neuquén TOPSY - DEPOSITO Ruta 7, km 5 – Parque Industrial – Neuquén ZONA NEUQUEN INTERIOR Suc. 240 Suc. 068 Suc. 209 Suc. 227 Suc. 228 Suc. 076 Suc. 230 Suc. 247 Suc. 050 Suc. 172 Suc. 234 Suc. 182 NEUQUEN Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén) PASEO DE COMPRAS NEUQUEN Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén) TOPSY 03 – CUTRAL CO Olascoaga 851 – Cutral-Có TOPSY 04 – CUTRAL CO C. H. Rodríguez 345 – Cutral-Có PLAZA HUINCUL Alberdi s/Nro., entre Copahue y Chos-Malal (8318 – Neuquén) TOPSY 06 - ZAPALA Avellaneda 99 – Zapala BOMBA 06 - ZAPALA Afione 341 – Zapala ZAPALA 9 de Julio e Ibarrola (8340 – Neuquén) RINCON DE LOS SAUCES Manuel Belgrano 1419 (8319 – Neuquén) TOPSY 10 - PLOTTIER Buenos Aires 179 – Plottier PLOTTIER Av. San Martín 507 y Canal de Riego (8316 – Neuquén) ZONA NEUQUEN INTERIOR Suc. 068 Suc. 209 Suc. 227 Suc. 228 Suc. 076 Suc. 230 Suc. 247 Suc. 050 Suc. 172 Suc. 188 Suc. 234 Suc. 182 NEUQUEN Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén) PASEO DE COMPRAS NEUQUEN Antártica Argentina 1111, esq. Vicente Crestía (8300 – Neuquén) TOPSY 03 – CUTRAL CO Olascoaga 851 – Cutral-Có TOPSY 04 – CUTRAL CO C. H. Rodríguez 345 – Cutral-Có PLAZA HUINCUL Alberdi s/Nro., entre Copahue y Chos-Malal (8318 – Neuquén) TOPSY 06 – ZAPALA Avellaneda 99 – Zapala BOMBA 06 – ZAPALA Afione 341 – Zapala ZAPALA 9 de Julio e Ibarrola (8340 – Neuquén) RINCON DE LOS SAUCES Manuel Belgrano 1419 (8319 – Neuquén) CATRIEL Ing. Eduardo Garro 538 (8307 – Río Negro) TOPSY 10 – PLOTTIER Buenos Aires 179 – Plottier PLOTTIER Av. San Martin 507 y Canal de Riego (8316 – Neuquén) ZONA BARILOCHE Suc. 008 Suc. 009 BARILOCHE Quaglia 311 (8400 – Río Negro) BARILOCHE Suc. 004 Suc. 084 Suc. 175 Suc. 102 Suc. 212 Suc. 147 Suc. 177 Suc. 016 Suc. 012 Suc. 019 Suc. 044 Suc. 134 Suc. 013 Suc. 181 Suc. 014 Suc. 167 Suc. 207 Albarracín 601 (8400 – Río Negro) BARILOCHE Los Pioneros 4400 – Bo. Melipal (8400 – Río Negro) BARILOCHE Gallardo 801 (8400 – Río Negro) BARILOCHE Av. Exequiel Bustillo 12964 (Ruta 237 – Km. 13) (8400 – Río Negro) SAN MARTIN DE LOS ANDES Tte. Gral. Roca y Cnel. Rhode (8370 – Neuquén) SAN MARTIN DE LOS ANDES Ruta Nac. 40 km 2216,6 (8370 – Neuquén) JUNIN DE LOS ANDES Cnel. Suárez 466, esq. Don Bosco (8371 –Neuquén) VILLA LA ANGOSTURA El Chilco 83, esq. Av. Siete Lagos (8703 – Neuquén) TRELEW Av. H. Yrigoyen 1650 (9100 – Chubut) TRELEW Belgrano 154 (9100 – Chubut) TRELEW Av. La Plata 1027 (9100 – Chubut) TRELEW Pellegrini 1694 – Bo. J. M. de Rosas (9100 – Chubut) TRELEW 25 de Mayo 1155 (9100 – Chubut) RAWSON Luis Costas 972, esq. Sarmiento (9103 – Chubut) PLAYA UNION Calle maestro Antonio Garcés, entre Cacique Nahuel Pan y Juan de la Piedra (9103 – Chubut) PUERTO MADRYN 25 de Mayo e Irigoyen (9120 – Chubut) PUERTO MADRYN Chubut, entre Vilarino y Fournier (9120 – Chubut) GAIMAN Calle Güemes (9105 – Chubut) ZONA VIEDMA Suc. 047 Suc. 011 Suc. 046 Suc. 069 Suc. 163 Suc. 208 Suc. 215 Suc. 216 VIEDMA Alvaro Barros esq. O’Higgins (8500 – Río Negro) VIEDMA Rivadavia 450 (8500 – Río Negro) SAN ANTONIO OESTE Belgrano 651 (8520 – Río Negro) CARMEN DE PATAGONES San Lorenzo 59, esq. Villegas (8504 – Buenos Aires) SIERRA GRANDE Juan José Paso y Antártida Argentina (8532 – Río Negro) BALNEARIO LAS GRUTAS Ruta 2, entre Caleta Falsa y Punta Villarino (8521 – Río Negro) RIO COLORADO Calle 9 de Julio 746 (8138 – Río Negro) CHOELE CHOEL John F. Kennedy, entre Los Sauces y Héctor Gil (8360 - Río Negro) ZONA COMODORO RIVADAVIA Suc. 021 Suc. 022 Suc. 023 Suc. 024 Suc. 025 Suc. 191 Suc. 218 Suc. 179 Suc. 104 COMODORO RIVADAVIA 13 de Diciembre y Uruguay – Bo. 9 de Julio (9000 – Chubut) COMODORO RIVADAVIA San Martín 100 (9000 – Chubut) COMODORO RIVADAVIA F. Viedma s/Nro. – Bo. Gral. Mosconi (9000 – Chubut) COMODORO RIVADAVIA Alem 962 (9000 – Chubut) COMODORO RIVADAVIA Calle 61Atahualpa Yupanqui esq. Chubut (9000 – Chubut) COMODORO RIVADAVIA – DEPOSITO DE PERECEDEROS Ruta 39, parc. 20, calles Los Andes y Francisco Gómez COMODORO RIVADAVIA Italo Bell’Oro y Calle 1 – Barrio Km 8 (9000 - Chubut) RADA TILLY Luque 1200, entre Contraalte. Guerrico y Punta Indios (9001 – Chubut) SARMIENTO España esq. Juan B. Alberdi (9020 – Chubut) ZONA SANTA CRUZ NORTE Suc. 097 Suc. 032 Suc. 160 Suc. 145 Suc. 186 Suc. 214 Suc. 217 PUERTO DESEADO Perito Moreno 947 (9050 – Santa Cruz) CALETA OLIVIA Belgrano 515 (9011 – Santa Cruz) LAS HERAS Puerto San Julián y J. J. Paso (9017 – Santa Cruz) PICO TRUNCADO Urquiza y Saavedra (9015 – Santa Cruz) PICO TRUNCADO Eva Perón – Roca – 20 de Noviembre – Irigoyen (9015 – Santa Cruz) PERITO MORENO Ruta Pcial. 43 esq. Hipólito Yrigoyen (9040 – Santa Cruz) CALETA OLIVIA Av. Tierra del Fuego 1886 – Bo. Rotary (9011 – Santa Cruz) ZONA ESQUEL Suc. 015 Suc. 017 Suc. 189 Suc. 018 Suc. 165 Suc. 168 ESQUEL Roca 710 (9200 – Chubut) ESQUEL Fontana 705 (9200 – Chubut) ESQUEL Av. Holdich 424 (9200 – Chubut) EL BOLSON San Martín y Dorrego (8430 – Río Negro) EL BOLSON Güemes 741 (8430 – Río Negro) TREVELIN Juan José Paso s/Nro., entre San Martín e Iwan (9203 – Chubut) ZONA RIO GALLEGOS Suc. 033 Suc. 043 Suc. 072 Suc. 091 Suc. 124 Suc. 183 Suc. 198 Suc. 199 Suc. 200 Suc. 205 RIO GALLEGOS Av. Kirchner 973 (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Pto. Santa Cruz 220 – Bo. A.P.A.P. (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Maipú 1332 (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Congreso y Santa Fe (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Mendoza 36, entre Alberdi y Av. Roca (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Juan José Paso 1475 (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Corrientes y Ruta 3 (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Santiago de Liniers y Posadas (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Estrada 108 y Zapiola (9400 – Santa Cruz) RIO GALLEGOS Pablo Neruda 451 y Lola Mora (9400 – Santa Cruz) ZONA SANTA CRUZ SUR Suc. 131 Suc. 161 Suc. 204 Suc. 138 Suc. 184 Suc. 197 Suc. 192 EL CALAFATE Av. del Libertador y Perito Moreno (9405 – Santa Cruz) EL CALAFATE Calle 4000 Hnos. Vidal Nº 166 (9405 – Santa Cruz) 28 DE NOVIEMBRE Ruta 40 km 389,5 (9408 – Santa Cruz) RIO TURBIO Gob. Ramón Lista y Gob. José María Moyano (9407 – Santa Cruz) COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA Calle M. Clemente y 21 de Noviembre (9303 – Santa Cruz) GOBERNADOR GREGORES San Martín 680 (9311 – Santa Cruz) PUERTO SAN JULIAN Darwin 2371 (9310 – Santa Cruz) ZONA TIERRA DEL FUEGO Suc. 038 Suc. 056 Suc. 075 Suc. 166 Suc. 035 Suc. 037 USHUAIA Perito Moreno 1550 (9410 – Tierra del Fuego) USHUAIA Concejal Rubinos 188 (9410 – Tierra del Fuego) USHUAIA Gob. Paz 190 (9410 – Tierra del Fuego) USHUAIA Los Ñires 2273 (9410 – Tierra del Fuego) RIO GRANDE San Martín 553 (9420 – Tierra del Fuego) RIO GRANDE Suc. 211 Suc. 074 25 de Mayo 1926, entre B. Roldán y C. Darwin (9420 – Tierra del Fuego) TOLHUIN Constitución Nacional Argentina 1146 (9420 – Tierra del Fuego) RIO GRANDE San Martín 1605 (9420 – Tierra del Fuego) ANEXO II LISTADO DE PRODUCTOS PARTICIPANTES Finca Las Moras Alma Mora Dada Finca Las Moras Paz Espumante Dada Bodega Trapiche Fond de Cave Fond de Cave Reserva Imago Love Origen Trapiche Reserva Alaris Espumante Trapiche Bodega El Esteco Ciclos Ciclos Icono Elementos Don David Don David Reserva
© Copyright 2024