Socorros Mutuos - INDEPENDIENTES DE LA GUARDIA CIVIL "IGC"

MINISTERIO
DEL INTERIOR
Dirección General
de la Guardia Civil
Prestaciones
que ofrece
Socorros Mutuos
Núm. 10/2014
Prestaciones que ofrece Socorros Mutuos ¿De qué se trata?
Pretendemos ofrecer información sobre la Sociedad Filantrópica
de Socorros Mutuos de los
componentes de todas las Escalas
del Cuerpo de la Guardia Civil, más
conocida como “Socorros Mutuos”,
de la que gran parte de los
miembros del Cuerpo son socios.
En este documento encontrarás la finalidad de la sociedad, las coberturas que ofrece, cuotas a abonar, etc., así como enlaces donde ampliar la información ofrecida. Te puede interesar
Si eres socio de Socorros Mutuos, debes saber las coberturas que te ofrece la sociedad y cómo solicitarlas, así como la financiación y funcionamiento de la sociedad. 1 Te informamos (núm. 10/2014)
En detalle
La Sociedad
La Sociedad Filantrópica de Socorros Mutuos de los componentes de todas las Escalas del Cuerpo de la Guardia Civil se establece con la finalidad de suministrar a las familias de los socios que fallezcan, un auxilio pecuniario e inmediato con el que puedan cubrir los gastos de en6erro y funeral del finado. Además, Socorros Mutuos pretende atender las propias necesidades de las citadas familias hasta que empiecen a percibir la pensión a que tengan derecho, o dispongan su modo de vivir. La sociedad no 6ene ánimo de lucro ni existe capitalización alguna; tampoco se genera gastos de gesHón y tramitación, ya que dichas tareas recaen en el Servicio de Retribuciones. Los socios
La pertenencia a la sociedad es totalmente voluntaria; la renuncia, que se puede ejercer en cualquier momento, tendrá carácter definiHvo. Actualmente, Socorros Mutuos está compuesta aproximadamente por unos 116.000 socios, pudiendo ser miembros de la sociedad los siguientes colecHvos: •  todo el personal del Cuerpo, de cualquier escala y en cualquier situación administraHva; •  el personal del Cuerpo de Matronas a exHnguir; •  el personal reHrado de la Guardia Civil y los que hayan causado baja en el Cuerpo por cualquier otro moHvo, siempre que manifiesten su voluntad de seguir perteneciendo a la sociedad. 2 Prestaciones que ofrece Socorros Mutuos Los beneficiarios
La ayuda generada con ocasión del fallecimiento de un socio se distribuirá de la siguiente manera: La derrama se entregará a quien haya abonado los gastos del sepelio, teniendo en cuenta que: •  si han sido sufragados por una compañía de decesos, la ayuda se entregará a los beneficiarios del socio, y no a la compañía de decesos; • 
se abonará el importe de los gastos de sepelio, hasta el máximo de la derrama generada. Si los gastos del sepelio fueran menores a la derrama, una vez abonados los primeros conforme al párrafo anterior, la canHdad restante hasta completar la derrama se entregará: Ÿ  a los beneficiarios así designados por el socio fallecido, mediante solicitud autorizada con su firma; Ÿ  si no hay designación expresa de beneficiarios, y por este orden, al cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho; a los hijos; a los padres; o a los hermanos. 3 Te informamos (núm. 10/2014)
Las ayudas
El importe total de las sumas recaudadas mediante las cuotas de los socios se dedica íntegramente al pago de las derramas, con ocasión del fallecimiento del socio. El beneficio que se genera en concepto de derrama varía en función del número de socios. Actualmente, el importe de la ayuda asciende aproximadamente a 3.400 euros. Las ayudas que ofrece Socorros Mutuos no son un seguro de vida o de decesos, por lo que son compa6bles con los mismos. Igualmente, la derrama no es un bien propio del socio fallecido, por lo que no consHtuye herencia. Además, las ayudas que se prestan a través de Socorros Mutuos son compaHbles con las ayudas económicas que, por causa de fallecimiento del Htular o beneficiario, pueda otorgar el InsHtuto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) o los seguros que, para en caso de fallecimiento en acto de servicio o con ocasión del mismo, tenga o pudiera tener suscritos la Dirección General de la Guardia Civil. Las cuotas
Las cuotas serán abonadas por los socios de Socorros Mutuos con carácter mensual, a razón de tres cén6mos de euro (0,03 €) por socio fallecido. Por este moHvo, cada mensualidad (que suele estar en torno a los 4,50 €) varía, en función del número de socios fallecidos el mes anterior. Las cuotas se descontarán de la nómina de los socios, siempre que perciban sus haberes por el Servicio de Retribuciones; en otros casos, será el socio quien deberá hacer efecHvo, mediante domiciliación bancaria, los pagos que le correspondan. 4 Prestaciones que ofrece Socorros Mutuos ¿Cómo reclamo
la ayuda?
Ante el fallecimiento de un socio de Socorros Mutuos, sus beneficiarios podrán solicitar la derrama que les corresponda ante cualquier unidad del Cuerpo, aportando la documentación jusHficaHva que se establece en el reglamento de la sociedad (arXculo 16). La ges6ón de las solicitudes corresponde a las Delegaciones o Subdelegaciones de Acción Social de la Comandancia o unidad similar, quienes ayudarán a los beneficiarios en la tramitación de la solicitud. En la Intranet corporaHva (Inicio >> Portal del Guardia Civil >> Interés Personal >> Retribuciones >> Socorros Mutuos) encontrarás los formularios necesarios, así como información más detallada. 5 Te informamos (núm. 10/2014)
… y recuerda!
ü  Las ayudas que ofrece Socorros Mutuos se destinan
únicamente a cubrir los gastos de entierro y funeral
del socio fallecido, así como a atender las propias
necesidades de los beneficiarios del finado.
ü  Estas ayudas no son un seguro de vida o de
decesos, por lo que son compatibles con los
mismos y con las ayudas que pudieran ofrecer otros
organismos (ISFAS, Dirección General del Cuerpo,
etc.).
ü  Socorros Mutuos, cuya pertenencia es voluntaria,
dedica íntegramente las cuotas que pagan los
socios a las derramas que reciben los beneficiarios.
Para ello, se ayuda del Servicio de Retribuciones y
de las Oficinas de Acción Social.
6 Prestaciones que ofrece Socorros Mutuos ¿Más información?
Si necesitas más información,
aquí podrás consultar.
•  Página de la Intranet corporaHva de Socorros Mutuos (Inicio >> Portal del Guardia Civil >> Interés Personal >> Retribuciones >> Socorros Mutuos), donde podrás encontrar: ü  Reglamento de la Asociación de Socorros Mutuos ü  Relación de documentos necesarios para jusHficar el derecho a percibir la ayuda ü  Formularios •  Delegación o Subdelegación de Acción Social correspondiente a tu Unidad. Oficina de Atención al Guardia Civil
900 162 062
Centro de Atención de Retribuciones
900 111 062
AVISO: Este documento ,ene exclusivamente carácter informa,vo y pretende facilitar la comprensión de la materia objeto del mismo. Carece, por tanto, de valor legal ni puede ser considerado acto administra,vo, contra el cual pueda interponerse recurso administra,vo alguno. En ningún caso el documento sus,tuye a la norma correspondiente, por lo que en caso de discordancia prevalecerá lo dispuesto en la norma sobre lo indicado en este documento. La información facilitada no condicionará ni vinculará las actuaciones de los órganos competentes, ni las que puedan ejercer los guardias civiles en virtud de las disposiciones vigentes. 7