Descargar en PDF Artículo de Eduardo de Pablo sobre la Ley de

14 Opinión
Miércoles 29 de julio de 2015 Cinco Días
Los beneficios de
ser pyme innovadora
D
esde que el día 13 de junio
del año pasado se publicara
el RD 475/2014, estábamos
esperando la orden ministerial que regulará la obtención de sello
de pequeña y mediana empresa innovadora. Por fin, el pasado 5 de junio,
el Ministerio de Economía y Competitividad (Mineco) publicaba la orden
ECC/1807/2015 que regula la expedición del sello de la pequeña y mediana empresa (pyme) innovadora, así
como la creación y regulación del funcionamiento del registro público de
pymes innovadoras. Esta iniciativa
busca poner en valor a las pymes, favorecer su identificación y ayudar a la
formulación posterior de políticas específicas; entre otras, que las empresas identificadas como pymes innovadoras ya pueden compatibilizar la deducción fiscal y la bonificación a las
cuotas de la Seguridad Social del
gasto que representan las personas
que se dedican en exclusiva a tareas
de I+D+i.
Pero la orden ministerial no es solo
eso. Es una afirmación de las políticas
establecidas como apoyo a las empresas que invierten en I+D+i y un alineamiento con la estrategia europea
que pretende establecer vehículos que
permitan el crecimiento y la sostenibilidad de las pymes que apuestan
por la innovación.
Ya desde el preámbulo, la orden
ministerial recoge esta intención y
menciona expresamente que el galardón de pyme innovadora facilitará el
acceso de estas empresas hacia la
compra pública relacionándolo con
lo dispuesto en la nueva Directiva
europea de Contratación Pública y
la necesidad de que los Gobiernos
establezcan políticas que faciliten el
acceso de las pymes a la compra
pública.
La idea, por tanto, es que este sea el
inicio de una clasificación, una que
permita a las Administraciones públicas establecer medidas dirigidas a potenciar determinados segmentos del
tejido empresarial con más potencial
de poder sobrevivir en un entorno
cada vez más competitivo. Es por
tanto de esperar que al incentivo fiscal, que ya es una realidad, se sumarán medidas relacionadas con la financiación blanda, ayudas directas,
cuotas de compra pública y compra
pública innovadora, etc.
Para poder estar en el registro de
pyme innovadora y acceder al sello, la
pyme que cumpla con la definición
contenida en la Recomendación
2003/361/CE de la Comisión, de 6 de
mayo, podrá solicitarlo demostrando
que cumple con uno de los siguientes
requisitos:
a) Cuando haya recibido financiación pública de alguna de las convocatorias reconocidas de ayudas a la
I+D+i en los últimos tres años, sin
haber sufrido revocación por inco-
de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos”,
según se afirma en la página web.
Este portal es la punta de lanza de
la Ley 19/2013, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno, que entró en vigor
el 10 de diciembre del año pasado.
Y aunque no contiene información de comunidades autónomas y
ayuntamientos, tras las elecciones
municipales de mayo, muchos Gobiernos autonómicos, como el andaluz, el madrileño o el catalán,
han decidido crear uno propio. Y
lo mismo ocurre con muchos
ayuntamientos. Profundizando
más en la transparencia, el Gobierno está preparando ahora el anteproyecto de ley de contratos públicos en los sectores del agua, la
energía, los transportes y los servicios postales, por el que quiere que
todas las contrataciones de la Administración se hagan públicas a
través de un portal online y facilitar que todas las empresas puedan
acceder a ellas.
Y es que, en la actualidad, el
42% de estos contratos son inferiores a 200.000 euros y no tienen la
Director general de EQA
rrecta o insuficiente ejecución de la
actividad financiada.
b) Cuando haya demostrado su carácter innovador, mediante su propia
actividad a través de patentes propias
o por haber obtenido un informe motivado vinculante positivo a efectos de
aplicación de la deducción a la que se
refiere el artículo 35 de la Ley
27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
c) Cuando haya demostrado su capacidad de innovación, mediante alguna de las siguientes certificaciones
oficiales reconocidas por el Ministerio
de Economía y Competitividad otorgadas por una entidad de certificación autorizada para ello:
1. Joven empresa innovadora (JEI),
según la especificación EA0043.
2. Pequeña o microempresa innovadora, según la especificación EA0047.
3. Certificación conforme a la
norma UNE 166.002, sistemas de gestión de la I+D+i.
Inicialmente existirá un registro de
oficio integrado por más de 2.000
pymes que el Mineco ha identificado
que cumplen con alguna de las circunstancias antes descritas. Para obtener el sello, las empresas deberán
entrar en el registro, comprobar que
están dentro y solicitar el sello de
pyme innovadora. Las que no estén
inicialmente en el registro tendrán
que solicitarlo en todos los casos al
Mineco, acompañando las evidencias
Transparencia por
imperativo legal
S
i hay un concepto del que
todos los políticos, y los
partidos y siglas que tienen
detrás, quieren adueñarse
hoy en día, este es transparencia.
Este concepto, tantos años olvidado en el banquillo de la política,
ha cobrado en los últimos años
una importancia vital, principalmente por la crisis, los escándalos
de corrupción y el consecuente
auge de partidos nuevos que enarbolan este término como uno de
sus pilares funcionales, y lo ponen
en contraposición a la antigua
política.
El Gobierno, por supuesto, no es
ajeno a esta corriente y ha tomado
–y tomará, si tiene tiempo, antes
del final de la legislatura– varias
medidas en pos de esa ansiada
transparencia de la Administración. Por mencionar una de las
más conocidas, hace justo un año
se abrió el Portal de la Transparencia, que “tiene por objeto ampliar
y reforzar la transparencia de la
actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones
IGNACIO MARTÍNEZ
obligación de hacerse públicos, por
lo que muchas veces acaba siendo
el regidor o responsable de turno
el que se decanta por una u otra
opción, sin que le conste a la opinión pública. Si esta ley acaba
aprobándose, la totalidad de estos
Si no sale adelante esta
ley, el Gobierno que
venga aprobará
una norma similar
Es importante para las
pequeñas empresas
ganar negocio con la
Administración pública
procedimientos tendrán que hacerse públicos. Y lo más importante: estarán disponibles para que
cualquier empresa pueda acceder
al concurso.
De esta forma, empresas que
antes no tenían información acer-
“
La certificación
siempre
permitirá
a la
empresa
obtener
un
resultado
objetivo e
imparcial
sobre
su nivel
de innovación”
que demuestren que cumplen con los
requisitos.
Aquellas pymes que opten por la
vía de la certificación han de saber
que el proceso es sencillo. Deberán
aportar a la entidad de certificación
autorizada para ello una memoria
para su verificación, que aporte información sobre el resultado que obtienen de cada uno de los indicadores
que establece la especificación
EA0047.
Los 28 indicadores de la EA0047
están agrupados en tres grandes
bloques relativos a recursos aplicados, el proceso de innovación y los
resultados obtenidos. La suma total
de los indicadores puede llegar a
1.000 puntos, siendo necesario llegar
a un mínimo de 400 para que la empresa pueda solicitar mediante esta
vía estar en el registro de pyme innovadora.
A diferencia del resto de vías, la
certificación siempre permitirá a la
empresa obtener un resultado objetivo e imparcial sobre su nivel de innovación tecnológica y conseguir mejorarlo con el tiempo.
Animamos a que todas las pymes
utilicen este cuestionario como una
herramienta de autoevaluación, que
les invite a avanzar hacia el establecimiento de políticas y estrategias innovadoras y que sirva como vehículo
para garantizar su sostenibilidad en
un entorno cada vez más competitivo.
EDUARDO DE PABLO GIL
Director de expansión y desarrollo
de Chávarri Abogados
ca de este tipo de concursos, ahora
lo tendrán. Resulta, por tanto, una
importante oportunidad para pequeñas y medianas empresas españolas de ganar negocio en la Administración pública. También
plantea un interrogante a las compañías que ahora mismo tienen relación con Administraciones públicas. Será importante para ellas conocer las diferencias jurídicas y
prácticas que entrarán en vigor,
una vez se apruebe esta ley y tener
claro cuál será el camino que se seguirá en el futuro, para poder, así,
establecer sus estrategias comerciales y de negocio.
El anteproyecto, además, introduce más exigencias a las empresas que quieran tener un contrato
con la Administración, en el
campo de lo penal y laboral. De
hecho, estas deberán asumir competencias de autodiagnóstico, con
baterías de normas internas, actuaciones de investigación y gestión de denuncias e incluso la imposición de sanciones para quienes no cumplan con sus códigos
de prevención internos (el conocido como criminal compliance), si
quieren evitar la responsabilidad
penal. También tendrán que abordar la problemática derivada de la
subrogación de plantillas, las causas de extinción contractual en
este tipo de procesos y el devenir
de los conflictos entre trabajadores
y empresas.
El Gobierno, consciente de que
la legislatura está en las últimas,
está acelerando los procesos para
aprobar esta ley antes de las elecciones y presentarse ante los electores con una credencial más de la
transparencia y honradez, esta vez,
en las contrataciones públicas.
Lo cierto es que si no sale adelante esta ley, el Gobierno que
venga, sea del signo que sea,
aprobará una norma en el mismo
sentido. Es evidente que hay ciertos procedimientos, contratos y
órganos de decisión que desde la
crisis están cambiando y que lo
seguirán haciendo los próximos
meses y años. Y se seguirán tomando medidas para que la Administración o partidos políticos
de turno puedan, efectivamente,
seguir enarbolando la bandera de
la transparencia.