14 Opinión Miércoles 29 de julio de 2015 Cinco Días Los beneficios de ser pyme innovadora D esde que el día 13 de junio del año pasado se publicara el RD 475/2014, estábamos esperando la orden ministerial que regulará la obtención de sello de pequeña y mediana empresa innovadora. Por fin, el pasado 5 de junio, el Ministerio de Economía y Competitividad (Mineco) publicaba la orden ECC/1807/2015 que regula la expedición del sello de la pequeña y mediana empresa (pyme) innovadora, así como la creación y regulación del funcionamiento del registro público de pymes innovadoras. Esta iniciativa busca poner en valor a las pymes, favorecer su identificación y ayudar a la formulación posterior de políticas específicas; entre otras, que las empresas identificadas como pymes innovadoras ya pueden compatibilizar la deducción fiscal y la bonificación a las cuotas de la Seguridad Social del gasto que representan las personas que se dedican en exclusiva a tareas de I+D+i. Pero la orden ministerial no es solo eso. Es una afirmación de las políticas establecidas como apoyo a las empresas que invierten en I+D+i y un alineamiento con la estrategia europea que pretende establecer vehículos que permitan el crecimiento y la sostenibilidad de las pymes que apuestan por la innovación. Ya desde el preámbulo, la orden ministerial recoge esta intención y menciona expresamente que el galardón de pyme innovadora facilitará el acceso de estas empresas hacia la compra pública relacionándolo con lo dispuesto en la nueva Directiva europea de Contratación Pública y la necesidad de que los Gobiernos establezcan políticas que faciliten el acceso de las pymes a la compra pública. La idea, por tanto, es que este sea el inicio de una clasificación, una que permita a las Administraciones públicas establecer medidas dirigidas a potenciar determinados segmentos del tejido empresarial con más potencial de poder sobrevivir en un entorno cada vez más competitivo. Es por tanto de esperar que al incentivo fiscal, que ya es una realidad, se sumarán medidas relacionadas con la financiación blanda, ayudas directas, cuotas de compra pública y compra pública innovadora, etc. Para poder estar en el registro de pyme innovadora y acceder al sello, la pyme que cumpla con la definición contenida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo, podrá solicitarlo demostrando que cumple con uno de los siguientes requisitos: a) Cuando haya recibido financiación pública de alguna de las convocatorias reconocidas de ayudas a la I+D+i en los últimos tres años, sin haber sufrido revocación por inco- de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos”, según se afirma en la página web. Este portal es la punta de lanza de la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que entró en vigor el 10 de diciembre del año pasado. Y aunque no contiene información de comunidades autónomas y ayuntamientos, tras las elecciones municipales de mayo, muchos Gobiernos autonómicos, como el andaluz, el madrileño o el catalán, han decidido crear uno propio. Y lo mismo ocurre con muchos ayuntamientos. Profundizando más en la transparencia, el Gobierno está preparando ahora el anteproyecto de ley de contratos públicos en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, por el que quiere que todas las contrataciones de la Administración se hagan públicas a través de un portal online y facilitar que todas las empresas puedan acceder a ellas. Y es que, en la actualidad, el 42% de estos contratos son inferiores a 200.000 euros y no tienen la Director general de EQA rrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada. b) Cuando haya demostrado su carácter innovador, mediante su propia actividad a través de patentes propias o por haber obtenido un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. c) Cuando haya demostrado su capacidad de innovación, mediante alguna de las siguientes certificaciones oficiales reconocidas por el Ministerio de Economía y Competitividad otorgadas por una entidad de certificación autorizada para ello: 1. Joven empresa innovadora (JEI), según la especificación EA0043. 2. Pequeña o microempresa innovadora, según la especificación EA0047. 3. Certificación conforme a la norma UNE 166.002, sistemas de gestión de la I+D+i. Inicialmente existirá un registro de oficio integrado por más de 2.000 pymes que el Mineco ha identificado que cumplen con alguna de las circunstancias antes descritas. Para obtener el sello, las empresas deberán entrar en el registro, comprobar que están dentro y solicitar el sello de pyme innovadora. Las que no estén inicialmente en el registro tendrán que solicitarlo en todos los casos al Mineco, acompañando las evidencias Transparencia por imperativo legal S i hay un concepto del que todos los políticos, y los partidos y siglas que tienen detrás, quieren adueñarse hoy en día, este es transparencia. Este concepto, tantos años olvidado en el banquillo de la política, ha cobrado en los últimos años una importancia vital, principalmente por la crisis, los escándalos de corrupción y el consecuente auge de partidos nuevos que enarbolan este término como uno de sus pilares funcionales, y lo ponen en contraposición a la antigua política. El Gobierno, por supuesto, no es ajeno a esta corriente y ha tomado –y tomará, si tiene tiempo, antes del final de la legislatura– varias medidas en pos de esa ansiada transparencia de la Administración. Por mencionar una de las más conocidas, hace justo un año se abrió el Portal de la Transparencia, que “tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones IGNACIO MARTÍNEZ obligación de hacerse públicos, por lo que muchas veces acaba siendo el regidor o responsable de turno el que se decanta por una u otra opción, sin que le conste a la opinión pública. Si esta ley acaba aprobándose, la totalidad de estos Si no sale adelante esta ley, el Gobierno que venga aprobará una norma similar Es importante para las pequeñas empresas ganar negocio con la Administración pública procedimientos tendrán que hacerse públicos. Y lo más importante: estarán disponibles para que cualquier empresa pueda acceder al concurso. De esta forma, empresas que antes no tenían información acer- “ La certificación siempre permitirá a la empresa obtener un resultado objetivo e imparcial sobre su nivel de innovación” que demuestren que cumplen con los requisitos. Aquellas pymes que opten por la vía de la certificación han de saber que el proceso es sencillo. Deberán aportar a la entidad de certificación autorizada para ello una memoria para su verificación, que aporte información sobre el resultado que obtienen de cada uno de los indicadores que establece la especificación EA0047. Los 28 indicadores de la EA0047 están agrupados en tres grandes bloques relativos a recursos aplicados, el proceso de innovación y los resultados obtenidos. La suma total de los indicadores puede llegar a 1.000 puntos, siendo necesario llegar a un mínimo de 400 para que la empresa pueda solicitar mediante esta vía estar en el registro de pyme innovadora. A diferencia del resto de vías, la certificación siempre permitirá a la empresa obtener un resultado objetivo e imparcial sobre su nivel de innovación tecnológica y conseguir mejorarlo con el tiempo. Animamos a que todas las pymes utilicen este cuestionario como una herramienta de autoevaluación, que les invite a avanzar hacia el establecimiento de políticas y estrategias innovadoras y que sirva como vehículo para garantizar su sostenibilidad en un entorno cada vez más competitivo. EDUARDO DE PABLO GIL Director de expansión y desarrollo de Chávarri Abogados ca de este tipo de concursos, ahora lo tendrán. Resulta, por tanto, una importante oportunidad para pequeñas y medianas empresas españolas de ganar negocio en la Administración pública. También plantea un interrogante a las compañías que ahora mismo tienen relación con Administraciones públicas. Será importante para ellas conocer las diferencias jurídicas y prácticas que entrarán en vigor, una vez se apruebe esta ley y tener claro cuál será el camino que se seguirá en el futuro, para poder, así, establecer sus estrategias comerciales y de negocio. El anteproyecto, además, introduce más exigencias a las empresas que quieran tener un contrato con la Administración, en el campo de lo penal y laboral. De hecho, estas deberán asumir competencias de autodiagnóstico, con baterías de normas internas, actuaciones de investigación y gestión de denuncias e incluso la imposición de sanciones para quienes no cumplan con sus códigos de prevención internos (el conocido como criminal compliance), si quieren evitar la responsabilidad penal. También tendrán que abordar la problemática derivada de la subrogación de plantillas, las causas de extinción contractual en este tipo de procesos y el devenir de los conflictos entre trabajadores y empresas. El Gobierno, consciente de que la legislatura está en las últimas, está acelerando los procesos para aprobar esta ley antes de las elecciones y presentarse ante los electores con una credencial más de la transparencia y honradez, esta vez, en las contrataciones públicas. Lo cierto es que si no sale adelante esta ley, el Gobierno que venga, sea del signo que sea, aprobará una norma en el mismo sentido. Es evidente que hay ciertos procedimientos, contratos y órganos de decisión que desde la crisis están cambiando y que lo seguirán haciendo los próximos meses y años. Y se seguirán tomando medidas para que la Administración o partidos políticos de turno puedan, efectivamente, seguir enarbolando la bandera de la transparencia.
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