BASES DE LA PROMOCION PROMOCIÓN TAPA VALE PLATA 2015 I OBJETO Y MECANICA 1.1. Coca-Cola de Ecuador S.A. y Arca Ecuador S.A., comercializador autorizado de The Coca-Cola Company (en adelante el "Sistema Coca-Cola") han organizado una promoción (en adelante la “Promoción”) con sus marcas Coca-Cola, Fanta, Sprite, Fioravanti e Inca Kola en sus presentaciones 192ml, 200ml, 400ml, 1350ml (Inca Kola), 1750ml (sin Fioravanti), 2750ml y 3000ml , así como en bebidas no carbonatadas Fuze 400ml, 550ml, 1250ml, 2000ml, en adelante los "Productos”. La Promoción está sujeta a la siguiente mecánica: 1.2.1. Las tapas de los envases de los productos participantes son verdes. Las tapas están marcadas con las leyendas que indican: Esta tapa vale $0.05 ctvs. (En formatos personales) y $0,10 ctvs. (En formatos familiares) en todos los envases de los formatos participantes, las tapas aplican como descuento para la compra posterior de cualquier producto del portafolio del Sistema Coca-Cola. 1.2.2 Con la presentación de una tapa marcada con 0,05 ctv o 0,10 ctvs respectivamente, recibirá otro producto Coca-Cola con el descuento del valor indicado en la tapa entregada, en cualquier punto de venta (tienda víveres) a nivel nacional. 2750ml 3000ml 200ml 400ml 1750ml 3000ml 200ml 400ml 1750ml 3000ml 200ml 400ml 3000ml 200ml 400ml 3000ml 200ml 3000ml 200ml 400ml 1350ml FUZE TEA NEGRO 1750ml FIORA MZNA 400ml INCA FIORA AMARILLA PIÑA FANTA NARANJA COCA-COLA 192ml FIORA FRESA 1.2.3. Participan únicamente los envases de: SPRITE 1.2. 400ml 550ml 1250ml 2000ml 1.3. La promoción es válida a nivel nacional, y las tapas premiadas son redimibles en los puntos de venta del canal tradicional de todo el país, en total son 38,688972 tapas premiadas. 1.4. Sólo pueden participar en esta actividad personas mayores de 12 años, bajo ninguna razón o circunstancia podrán participar o reclamar premios personas menores de 12 años cumplidos las cuales podrán descalificares de manera automática por el incumplimiento de dicho requisito. 1.5. Los detallistas o puntos de venta, recibirán el beneficio de $0,01 ctvs de dólar por tapa premiada canjeada, este beneficio se hará efectivo al momento de compra de productos del Sistema Coca-Cola y será reflejado en su factura. 2. DURACIÓN 2.1. La Promoción se desarrollará desde el 19 de Octubre de 2015 hasta el 28 de noviembre de 2015 o hasta agotar existencias de los Premios lo que ocurra primero. Las fechas de inicio y terminación de la Promoción podrán ser modificadas por el Sistema Coca-Cola, de así considerarlo conveniente. 2.2. Los Premios deberán ser reclamados hasta 1 día hábil después de concluida la Promoción, lo cual será comunicado por el Sistema Coca-Cola a través de distintos medios de comunicación. 3. PREMIOS Existen los siguientes: Egreso Premios consumidor Cantidad USD Total USD Canjes $0.05 ctvs 5.446.853 0,05 272.343 Canjes $0.10 ctvs 2.290.942 0,10 229.094 Egreso Premios consumidor Cantidad USD Total USD Bonificaciones $0,01 ctvs 5.446.853 0,01 54.469 Bonificaciones $0,01 ctvs 2.290.942 0,01 22.909 4. LIMITACIONES Y REGULACIONES APLICABLES A LOS PREMIOS 4.1. Los Premios únicamente podrán ser reclamados en los lugares establecidos por el Sistema Coca-Cola y sólo podrán ser redimidos sin excepción alguna por personas mayores de 12 años. 4.2. El Sistema Coca-Cola se reserva el derecho de sustituir los Premios por otros de similar calidad, en caso de fuerza mayor o caso fortuito u otras razones que impida al Sistema Coca-Cola hacer efectivos los Premios. 4.3. El Sistema Coca-Cola no efectúa ninguna afirmación, aseveración o declaración, implícita o expresa, en relación con la idoneidad o conveniencia de los Premios para determinado propósito. El Sistema Coca-Cola de ninguna manera será responsable por ningún daño o pérdida producida por los Premios, especialmente no será responsable de daños incidentales ni consecuenciales de ninguna clase, incluyendo lucro cesante o pérdida de negocio, que surgieren de o se relacionen con los Premios o la Promoción. 4.4. La sola participación en la promoción conlleva la aceptación expresa del Participante de las reglas constantes en el presente documento, así como de los términos y condiciones de la Promoción. 5. VALIDEZ DE LAS TAPAS 5.1. Solamente podrán participar aquellos consumidores que presenten tapas auténticas y válidas. El Sistema Coca-Cola, se reserva el derecho de impedir la participación de consumidores que presenten tapas adulteradas o falsificadas de cualquier forma, las cuales darán lugar sin excepción alguna al no otorgamiento de los Premios. 5.2. Cualquier modificación o daño producido en las tapas, las invalidará para participar en la Promoción, aun cuando se trate de tapas legítimas, si ello impide determinar su legitimidad, legibilidad y legalidad. 5.3. El Sistema Coca-Cola, se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes contra quienes pretendan participar en la promoción utilizando tapas adulteradas o falsificadas de cualquier forma o por cualquier método. 6. AUTORIZACIÓN ESPECIAL 6.1. Los ganadores de los Premios autorizan expresamente al Sistema Coca-Cola, por la sola participación en la Promoción, a difundir los nombres, datos personales e imágenes, propias y de sus familias, por los medios y en la forma que consideren convenientes, con fines publicitarios e informativos de los resultados de la promoción, sin derecho a compensación alguna. 7. INTERPRETACION 7.1. En caso de duda sobre los alcances o aplicación de estas normas, corresponderá exclusivamente al Sistema Coca-Cola a determinar su interpretación. 8. CONTROVERSIAS 8.1. Cualquier diferencia que pudiere surgir entre el Sistema Coca-Cola, y los participantes en esta Promoción se someterá al procedimiento de mediación y arbitraje señalado a continuación: 8.2. El consumidor o participante y el Sistema Coca-Cola convienen irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial No. 145 de 4 de Septiembre de 1997. La mediación no podrá demorar más de diez días. Si luego de la mediación subsistieren diferencias, éstas serán resueltas por arbitraje administrado de los jueces árbitros del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito. El arbitraje será en derecho y confidencial. Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer respecto a él, recurso o reclamación alguna.
© Copyright 2024