PROMOCIÓN_TAPA_VALE_PLATA 2015 - Coca

BASES DE LA PROMOCION
PROMOCIÓN TAPA VALE PLATA 2015
I OBJETO Y MECANICA
1.1.
Coca-Cola de Ecuador S.A. y Arca Ecuador S.A., comercializador
autorizado de The Coca-Cola Company (en adelante el "Sistema Coca-Cola")
han organizado una promoción (en adelante la “Promoción”) con sus marcas
Coca-Cola, Fanta, Sprite, Fioravanti e Inca Kola en sus presentaciones 192ml,
200ml, 400ml, 1350ml (Inca Kola), 1750ml (sin Fioravanti), 2750ml y 3000ml ,
así como en bebidas no carbonatadas Fuze 400ml, 550ml, 1250ml, 2000ml, en
adelante los "Productos”.
La Promoción está sujeta a la siguiente mecánica:
1.2.1. Las tapas de los envases de los productos participantes son verdes.
Las tapas están marcadas con las leyendas que indican: Esta tapa vale
$0.05 ctvs. (En formatos personales) y $0,10 ctvs. (En formatos
familiares) en todos los envases de los formatos participantes, las tapas
aplican como descuento para la compra posterior de cualquier producto
del portafolio del Sistema Coca-Cola.
1.2.2 Con la presentación de una tapa marcada con 0,05 ctv o 0,10 ctvs
respectivamente, recibirá otro producto Coca-Cola con el descuento del
valor indicado en la tapa entregada, en cualquier punto de venta (tienda
víveres) a nivel nacional.
2750ml
3000ml
200ml
400ml
1750ml
3000ml
200ml
400ml
1750ml
3000ml
200ml
400ml
3000ml
200ml
400ml
3000ml
200ml
3000ml
200ml
400ml
1350ml
FUZE TEA
NEGRO
1750ml
FIORA
MZNA
400ml
INCA
FIORA
AMARILLA PIÑA
FANTA
NARANJA
COCA-COLA
192ml
FIORA
FRESA
1.2.3. Participan únicamente los envases de:
SPRITE
1.2.
400ml
550ml
1250ml
2000ml
1.3. La promoción es válida a nivel nacional, y las tapas
premiadas son redimibles en los puntos de venta del canal
tradicional de todo el país, en total son 38,688972 tapas premiadas.
1.4. Sólo pueden participar en esta actividad personas mayores de 12 años,
bajo ninguna razón o circunstancia podrán participar o reclamar premios
personas menores de 12 años cumplidos las cuales podrán descalificares de
manera automática por el incumplimiento de dicho requisito.
1.5. Los detallistas o puntos de venta, recibirán el beneficio de $0,01 ctvs de dólar por
tapa premiada canjeada, este beneficio se hará efectivo al momento de compra de
productos del Sistema Coca-Cola y será reflejado en su factura.
2. DURACIÓN
2.1. La Promoción se desarrollará desde el 19 de Octubre de 2015 hasta el 28 de
noviembre de 2015 o hasta agotar existencias de los Premios lo que ocurra primero. Las
fechas de inicio y terminación de la Promoción podrán ser modificadas por el Sistema
Coca-Cola, de así considerarlo conveniente.
2.2. Los Premios deberán ser reclamados hasta 1 día hábil después de concluida la
Promoción, lo cual será comunicado por el Sistema Coca-Cola a través de distintos
medios de comunicación.
3. PREMIOS
Existen los siguientes:
Egreso Premios
consumidor
Cantidad
USD
Total USD
Canjes $0.05 ctvs
5.446.853
0,05
272.343
Canjes $0.10 ctvs
2.290.942
0,10
229.094
Egreso Premios
consumidor
Cantidad
USD
Total USD
Bonificaciones
$0,01 ctvs
5.446.853
0,01
54.469
Bonificaciones
$0,01 ctvs
2.290.942
0,01
22.909
4. LIMITACIONES Y REGULACIONES APLICABLES A LOS PREMIOS
4.1.
Los Premios únicamente podrán ser reclamados en los lugares
establecidos por el Sistema Coca-Cola y sólo podrán ser redimidos sin
excepción alguna por personas mayores de 12 años.
4.2.
El Sistema Coca-Cola se reserva el derecho de sustituir los Premios por otros de
similar calidad, en caso de fuerza mayor o caso fortuito u otras razones que impida al
Sistema Coca-Cola hacer efectivos los Premios.
4.3. El Sistema Coca-Cola no efectúa ninguna afirmación, aseveración o declaración,
implícita o expresa, en relación con la idoneidad o conveniencia de los Premios para
determinado propósito. El Sistema Coca-Cola de ninguna manera será responsable por
ningún daño o pérdida producida por los Premios, especialmente no será responsable
de daños incidentales ni consecuenciales de ninguna clase, incluyendo lucro cesante o
pérdida de negocio, que surgieren de o se relacionen con los Premios o la Promoción.
4.4. La sola participación en la promoción conlleva la aceptación expresa del
Participante de las reglas constantes en el presente documento, así como de los
términos y condiciones de la Promoción.
5. VALIDEZ DE LAS TAPAS
5.1.
Solamente podrán participar aquellos consumidores que presenten tapas
auténticas y válidas. El Sistema Coca-Cola, se reserva el derecho de impedir la
participación de consumidores que presenten tapas adulteradas o falsificadas de
cualquier forma, las cuales darán lugar sin excepción alguna al no otorgamiento de los
Premios.
5.2.
Cualquier modificación o daño producido en las tapas, las invalidará para
participar en la Promoción, aun cuando se trate de tapas legítimas, si ello impide
determinar su legitimidad, legibilidad y legalidad.
5.3.
El Sistema Coca-Cola, se reserva el derecho de iniciar las acciones legales
correspondientes contra quienes pretendan participar en la promoción utilizando tapas
adulteradas o falsificadas de cualquier forma o por cualquier método.
6.
AUTORIZACIÓN ESPECIAL
6.1.
Los ganadores de los Premios autorizan expresamente al Sistema Coca-Cola, por
la sola participación en la Promoción, a difundir los nombres, datos personales e
imágenes, propias y de sus familias, por los medios y en la forma que consideren
convenientes, con fines publicitarios e informativos de los resultados de la promoción, sin
derecho a compensación alguna.
7.
INTERPRETACION
7.1.
En caso de duda sobre los alcances o aplicación de estas normas, corresponderá
exclusivamente al Sistema Coca-Cola a determinar su interpretación.
8.
CONTROVERSIAS
8.1.
Cualquier diferencia que pudiere surgir entre el Sistema Coca-Cola, y los
participantes en esta Promoción se someterá al procedimiento de mediación y
arbitraje señalado a continuación:
8.2. El consumidor o participante y el Sistema Coca-Cola convienen
irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con
ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para
buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera
de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al
proceso de mediación en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de
Comercio de Quito, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y
Mediación publicada en el Registro Oficial No. 145 de 4 de Septiembre de 1997. La
mediación no podrá demorar más de diez días.
Si luego de la mediación subsistieren diferencias, éstas serán resueltas por
arbitraje administrado de los jueces árbitros del Centro de Arbitraje y Mediación
de la Cámara de Comercio de Quito. El arbitraje será en derecho y confidencial.
Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer
respecto a él, recurso o reclamación alguna.