REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Y SORTEO “Mi primera vez con la JAFAP” ARTICULO I TITULAR, ORGANIZADOR Y PARTICIPANTES 1. La promoción está dirigida exclusivamente a las personas afiliadas de la Universidad de Costa Rica, que al momento del sorteo se encuentren en estado activo con salario; y estén totalmente al día en el pago de sus obligaciones crediticias, con corte al mes anterior de la rifa y participarán activamente si cumplen los requisitos solicitados en el concurso indicados en el punto No. 3. 2. Participan todas las personas afiliadas que se encuentran activas con salario y que no hayan formalizado suscripciones en los sistemas de ahorro, antes del 1 de noviembre de 2015. La verificación de los participantes se hará a partir de la base de datos de la JAFAP. 3. Se establece la siguiente forma para participar: Apertura de la primera cuenta de ahorro por un plazo mínimo de seis meses del 1 de noviembre de 2015 y hasta el 31 de mayo de 2016, que no hayan formalizado suscripciones en los sistemas de ahorro, se excluye de esta promoción el Sistema de Ahorro Flor de un Día. 4. Por cada trámite realizado tendrá derecho a recibir una acción, de la siguiente manera: a. Apertura de la primera cuenta de ahorro excepto el Sistema de Ahorro Flor de un Día que no hayan formalizado suscripciones antes del 1 de noviembre de 2015 y hasta el 31 de mayo de 2016: por cada ¢10.000,00 recibirá una acción y el plazo del ahorro suscrito debe ser por mínimo seis meses. Quedan nulas aquellas acciones que en el momento de la rifa hayan realizado un retiro anticipado del ahorro. 5. La base de datos de los participantes se hará a partir de las acciones impresas que serán entregadas en la Plataforma de la JAFAP ante la realización del trámite. 6. El sorteo se realizará el 15 de junio de 2016. La JAFAP podrá posponer o reprogramar la fecha del sorteo, ya sea en otro día, semana, o mes, por razones de conveniencia u oportunidad, esto se comunicará con un mínimo de 5 días de antelación a través de la página web. 7. La participación en el sorteo es personal, no se puede ceder, ni se aceptan sustituciones. 8. Con la intención de darle mayor oportunidad a las personas afiliadas participantes, la persona afiliada podrá resultar favorecida con un único premio. ARTICULO II INCENTIVOS 9. La presente promoción obsequiará un máximo de 3 premios, para 3 personas afiliadas ganadoras distintas con un acompañante cada una, que consisten en lo siguiente: Tres premios de paquetes vacacionales, uno por afiliado y puede llevar a su acompañante a Punta Cana ubicada en República Dominicana. ARTICULO III SORTEO, CONFIRMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN 10. La JAFAP escogerá los ganadores mediante sorteo que realizará en espacio público o privado que se comunicará con un mínimo de 5 días de antelación a través de la página web de la JAFAP: www.jafapucr.com. 11. Entre el total de acciones ganadas por las personas afiliadas participantes se procederá a escoger al azar a los favorecidos de la promoción mediante una tómbola. Los datos, requisitos y condiciones de la persona afiliada ganadora serán validados contra el Sistema de Información de la JAFAP. 12. Las personas favorecidas en el sorteo, serán contactadas por la JAFAP con la información que éste haya brindado en su última actualización de datos que se encuentre registrado en el Sistema de Información de la JAFAP. 13. El hecho de que una persona afiliada haya sido declarada como favorecida, pero resulte que la JAFAP no haya detectado que se encontraba en estado de inactiva sin salario o en situación morosa en cualquier operación, hará que la condición de favorecido desaparezca y la JAFAP no se verá en la obligación de entregarle el premio. 14. El sorteo se realizará en presencia de la Auditoría Interna, quién tendrá la facultad de resolver las situaciones no previstas e interpretar este reglamento, y será quien resolverá en definitiva. El Notario levantará un acta del sorteo, en la que dejará asentadas todas las situaciones que ocurran de la naturaleza antes señalada. 15. Los resultados del sorteo se darán a conocer el día siguiente de la rifa mediante publicación en la página Web de la JAFAP: www.jafapucr.com y a través de los mecanismos que la JAFAP tenga activos en ese momento para la comunicación con sus personas afiliadas, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro medio de comunicación adicional. 16. Esta normativa será publicada en la página Web: www.jafapucr.com; sin perjuicio de que la JAFAP pueda utilizar adicionalmente cualquier otro tipo de medio de comunicación que ella decida. ARTICULO VI ENTREGA DE PREMIOS 17. La JAFAP tendrá tiempo de hacer entrega del premio 30 días naturales después de emitida la publicación de las tres personas afiliadas ganadoras del sorteo. Igualmente la persona afiliada que resulte ganadora deberá reclamar el premio en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de su publicación en la página Web de la JAFAP, vencido ese plazo caduca el derecho a reclamar el premio y la JAFAP lo volverá a rifar. Cada paquete de viaje con destino a Punta Cana incluye: Boleto aéreo San José - Punta Cana - San José 03 noches de alojamiento Plan de alimentación Todo Incluido Traslado aeropuerto-hotel-aeropuerto Impuestos hoteleros Impuestos de boleto Impuestos de Salida Seguro de viajero para la persona afiliada y su acompañante. 18. La persona afiliada favorecida deberá tener el pasaporte y las visas requeridas y la documentación necesaria de viaje al día así como los requisitos médicos en caso que apliquen. 19. La JAFAP no se hace responsable en caso de problemas en trámites migratorios por la no presentación de estos documentos. ARTICULO V RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES 20. La presente promoción se rige por esta normativa. 21. El derecho a los premios y los premios en sí no son transferibles, ni negociables. 22. La JAFAP se reserva el derecho de modificar la mecánica o esta normativa en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias a fin de mejorar la actividad. Las modificaciones se comunicarán oportunamente y serán publicadas en la página Web de la JAFAP: www.jafapucr.com. 23. No podrán concursar, aunque sean personas afiliadas de la JAFAP por laborar simultáneamente para la Universidad de Costa Rica, los Miembros de la Junta Directiva de la JAFAP ni el propio personal de la JAFAP. 24. Para mayor información o consultas se puede llamar a Captación al teléfono 2511-1634 de la JAFAP, en horas y días hábiles. 25. Los incentivos de esta promoción tienen las condiciones y limitaciones indicadas en esta normativa, a las cuáles deberán adherirse el favorecido. 26. Esta normativa rige a partir de la aprobación por parte de la Junta Directiva. Aprobado en Sesión de Junta Directiva No. 1829 celebrada el 26 de octubre de 2015.
© Copyright 2024