Información importante para directores(as) de establecimientos educacionales Para cumplir debidamente con el proceso Simce 2015, usted debe enviar a la Agencia de Calidad de la Educación hasta el 15 de agosto inclusive, los certificados y/o información de los estudiantes que: • presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP) • no hablan español Para realizar el proceso correctamente, realice los siguientes pasos: Paso 1 ingresar a www.agenciaeducacion.cl Paso 2 ingresar al banner Envío de Certificados Aplicación Pruebas Simce 2015 Paso 3 digitar RUN y Claveúnica La Claveúnica del Estado de Chile se obtiene en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación y se activa digitalmente. Para más información, ingresar en www.claveunica.cl En caso de no poder ingresar al sistema, comunicarse al 600 600 2626, opción 7, para conocer el trámite de creación de una clave temporal. La siguiente es la lista de situaciones para el envío de certificados: • Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP) • La validación de los certificados de los estudiantes con NEEP, considera las discapacidades definidas en el decreto N.º 170 del Ministerio de Educación y que se definen más abajo; por tal motivo, es esencial que estos certificados se ajusten a las clasificaciones contenidas en dicho decreto. • Además, para el envío es necesario incluir las disposiciones de información exigidas, como el respaldo de los profesionales que diagnostican las discapacidades. No se aceptarán documentos incompletos. Las NEEP que se consideran, son: Discapacidad visual parcial o baja visión: consiste en la disminución de la visión y se presenta de diferentes modos. La capacidad visual resulta funcional para la vida cotidiana, ya que aun cuando la dificulta, no imposibilita la realización de acciones que implican el uso de la percepción visual mediante la utilización de ayudas ópticas. Discapacidad visual total o ceguera: se presenta cuando la visión es menor o igual a o.o5, considerando siempre el mejor ojo y con la mejor corrección. Esta condición no resulta ser funcional para la vida cotidiana, por lo tanto, el desempeño de la persona se basa en el uso del resto de los sentidos. Discapacidad auditiva: desde la perspectiva audiológica, se considera discapacidad auditiva a una alteración de la sensopercepción auditiva en diversos grados y se caracteriza por limitaciones cuantitativas y cualitativas de la recepción, integración y manejo de la información auditiva, que incide de manera significativa en el desarrollo y el aprendizaje. Discapacidad intelectual: se define por la presencia de limitaciones sustantivas en el funcionamiento actual del niño, niña, joven o adulto, caracterizado por un desempeño intelectual significativamente por debajo de la media, que se da en forma concurrente con limitaciones en su conducta adaptativa, manifestada en habilidades prácticas, sociales y conceptuales. Graves Alteraciones en la Capacidad de Relación y Comunicación (GACRC): el concepto “graves alteraciones en la capacidad de relación y comunicación que alteran su adaptación social, comportamiento y desarrollo individual” se aplica a: • Personas con trastorno autista: síndrome que se caracteriza por un trastorno global del desarrollo. La persona presenta una alteración grave en la interacción social, ausencia o desarrollo anormal de la comunicación verbal y no verbal, resistencia a cambios de ambientes y rutinas, reacción a los estímulos sensoriales. • Personas con graves trastornos y/o déficit psíquicos de la efectividad, del intelecto y/o del comportamiento. • Personas con disfasias severas que presentan una alteración de la comprensión y expresión básica, comprometiendo su conexión con el medio ambiente sin que esté alterado el contacto afectivo. Multidéficit: se entiende por multidéficit, en adelante discapacidades múltiples, la presencia de una combinación de necesidades físicas, médicas, educacionales y socioemocionales, y con frecuencia también las pérdidas sensoriales, neurológicas, dificultades de movimientos y problemas conductuales que impactan de manera significativa en el desarrollo evolutivo, social y vocacional. Discapacidad motora (con dificultad de autonomía): es una alteración funcional y/o anatómica del aparato locomotor producida por lesiones o disfunciones del sistema neuromuscular y/o del sistema nervioso central, las que pueden ser congénitas o adquiridas. Respecto de los profesionales que pueden referirse o firmar el diagnóstico, estos son: Discapacidad Profesionales que diagnostican Discapacidad visual parcial o baja visión Médico oftalmólogo o neurólogo Discapacidad visual total o ceguera Médico oftalmólogo o neurólogo Discapacidad auditiva Médico otorrinolaringólogo o neurólogo Discapacidad intelectual Psicólogo GACRC (autismo, disfasia, trastornos del espectro autista, trastorno del desarrollo) Médico psiquiatra o neurólogo Multidéficit o discapacidades múltiples y sordoceguera Médico neurólogo, oftalmólogo, otorrino o fisiatra Discapacidad motora Médico traumatólogo Estudiantes que no hablen español (extranjeros) Para los casos de los estudiantes que no hablen español y tengan menos de un año de escolaridad en nuestro país (por lo que el manejo del idioma español les sea limitado), debe enviar una comunicación presentada por el apoderado en la que declare que el alumno se encuentra en dicha situación (adjuntar documento de procedencia de extranjería).
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