Directiva por Adelantado [Testamento Vital] y Carta Poder (Advance Directive [Living Will] and Power of Attorney) En Pensilvania los adultos tienen el derecho a decidir si quieren aceptar, rechazar, o poner fin al tratamiento médico. Una Directiva por Adelantado (también conocida como un Testamento Vital), una Carta Poder para la Atención de la Salud y/o una Directiva por Adelantado o Carta Poder para la Atención de la Salud Mental, le permiten comunicar sus deseos para que se lleven a cabo, si Ud. mismo/a no es capaz de tomar decisiones sobre su atención médica ni de comunicar sus deseos. ¿Por qué preparar una directiva por adelantado? Una directiva por adelantado es un instrumento valioso que: •ayuda a proteger su derecho a escoger opciones médicas que pueden afectar su vida; •le permite a su familia conocer y entender sus deseos; •le da directrices para su cuidado a su médico; •le permite a Ud. darles instrucciones especiales sobre tópicos tales como el alivio del dolor a sus proveedores de atención médica; •le permite indicar su deseo de renunciar ciertos tratamientos que prolongan la vida ( máquinas para respirar, tubos alimenticios, diálisis), cuando hay poca o ninguna posibilidad de recuperarse. Preguntas frecuentes ¿Cuándo entrará en vigor mi directiva por adelantado? Una directiva por adelantado entra en vigor solamente cuando: •su médico tiene una copia de ella y •su médico ha concluido que Ud. mismo/a es incapaz de tomar o comunicar sus propias decisiones médicas y de entender los beneficios, riesgos y alternativas de los tratamientos sugeridos •su médico ha determinado que Ud. está en fase terminal, o en un estado de inconsciencia permanente. ¿Se utilizará mi directiva por adelantado si soy capaz de tomar mis propias decisiones sobre la atención médica? No. Tanto tiempo que Ud. pueda, tomará sus propias decisiones sobre la atención médica. ¿Cómo se tomarán mis decisiones de atención médica, si no tengo una directiva por adelantado? Si Ud. no tiene una directiva por adelantado escrita, todavía puede nombrar a un adulto para servir de apoderado [proxy] sólo con comunicar sus deseos a su médico o a otros proveedores de atención médica involucrados en su caso. Si Ud. se vuelve incapaz de tomar decisiones por sí mismo/a, el hospital recurrirá a esta persona a fin de que tome las decisiones médicas por Ud. Si no tiene una directiva por adelantado escrita, y Ud. no nombra a un/a apoderado/a por lo demás, la ley estipula una orden de prioridades que indica quien puede tomar decisiones en nombre de Ud. si llega a ser incapaz de tomarlas por sí mismo/a: 1. Su cónyuge (a menos que esté pendiente un divorcio) y sus hijos adultos de un/a cónyuge anterior 2. Su hijo/a adulto/a o hijos adultos 3. Sus padres 4. Su nieto/a adulto/a o nietos adultos 5. Cualquier amigo adulto/amiga adulta que tenga conocimiento de las preferencias y los valores de Ud. (incluso sus creencias religiosas y morales). Si la persona de máxima prioridad no está disponible ni dispuesta, el hospital recurrirá a las próximas categorías en la lista. Si hay más de una persona en un grupo que reúne los requisitos, una mayoría de los miembros del grupo tiene que llegar a un acuerdo sobre la decisión. Si los miembros capacitados de un grupo están divididos en partes iguales, es obligatorio resolver la disputa antes de tomarse una decisión. Si Ud. está en pleno uso de sus facultades mentales, puede cambiar la orden de prioridades en una escritura firmada tal como un testamento vital o una carta poder para la atención de la salud. También Ud. puede inhabilitar a cualquier persona para servir de representante para la atención médica sólo con avisar a su proveedor/a de atención médica. Tanto el Chambersburg Hospital como el Waynesboro Hospital tienen un comité de ética para ayudarles a los pacientes y sus familias. Si Ud. necesita hablar de un asunto de ética con respecto a su cuidado, dígaselo a su proveedor/a de atención de salud o llame al (717) 267-7156 en el Chambersburg Hospital, y al (717) 765-4000, extensión 5323 en el Waynesboro Hospital. Le informamos, sin embargo, que si su médico o un miembro del personal cree que los deseos de Ud. están en conflicto con los propios valores o el juicio profesional de ellos, es posible que busquen a otro/a proveedor/a que es capaz y tiene ganas de cumplir con sus deseos. ¿Qué es una Carta Poder General? Este documento legal le da a su apoderado/a la autorización para encargarse de sus asuntos, y puede darle unos poderes decisorios médicos, tales como la habilidad de autorizar el ingreso de Ud. a un centro de atención médica y el poder de autorizar ciertos tratamientos médicos en nombre de Ud. Consultar con un/a abogado/a puede ayudar a asegurar que este documento sea lo suficientemente específico para cumplir con sus necesidades. ¿Qué es una Carta Poder para la Atención Médica? Este documento legal le permite nombrar a una persona o unas personas para tomar decisiones médicas por Ud. si Ud. se volviera incapaz de tomar las decisiones por sí mismo/a. Normalmente es más detallado y específico que una carta poder general. A la persona a quien Ud. nombra en una Carta Poder para la Atención de la Salud le llaman a veces su “agente” [“agent”] o “apoderado” [“proxy”]. ¿Qué es una Directiva por Adelantado o una Carta Poder para la Atención de la Salud Mental? La Ley de Pennsylvania le permite crear una directiva por adelantado o carta poder para la atención de la salud mental. Si usted sufre de una enfermedad mental o si desea dar el derecho de autorizar tratamientos de salud mental a su representante [proxy], puede indicarlo en su directiva por adelantado y/o carta poder. ¿Entra en vigor mi Directiva por Adelantado si estoy embarazada [encinta]? Por lo general, la ley de Pensilvania no le permite a un/a médico u otro/a proveedor/a de atención médica cumplir con una directiva por adelantado de una mujer embarazada si ha decidido no prolongar su vida. Es posible cumplir con los términos de tal directiva por adelantado si el/la médico de la mujer determina que el tratamiento que sostiene la vida: •no mantendrá a la mujer de tal manera que permite el desarrollo continuo y el nacimiento de la criatura no nacida •dañará físicamente a la mujer embarazada o •le causará un dolor que los medicamentos no podrán aliviar. ¿Qué pasa si cambio de opinión? Usted puede cambiar o revocar (no seguir con) su directiva por adelantado en cualquier momento. Solamente informe a su médico o proveedor/a de atención médica que está revocando el documento. Si Ud. quiere cambiar su directiva por adelantado, destruya su antiguo documento y escriba nuevas instrucciones. Deles una copia a su médico y a cualquier otra persona que tuviera una copia de su antiguo documento. ¿Y qué pasa con la donación de órganos o tejidos? Usted puede donar órganos específicos o todo su cuerpo por medio de su directiva por adelantado. Pasos para completar una directiva por adelantado 1. Puede usar cualquier formulario, siempre que lo firmen y fechen Ud. y dos testigos. Se adjunta un formulario sencillo de una página. 2. Si no puede firmar, puede hacer que otra persona firme en nombre de Ud. Esta persona no debe ser uno/a de los testigos y no debe ser la persona que Ud. ha nombrado como apoderado/a [proxy], si es que ha nombrado a alguien. 3. Dele a su médico una copia de su directiva por adelantado para el expediente médico de Ud. 4. Hable de su directiva por adelantado con sus seres queridos, especialmente con la persona que ha nombrado como apoderado/a, si es que ha nombrado a alguien. Asegúrese de darles copias también. 5. Dele copias de su directiva por adelantado a alguien con quien probablemente se comuniquen en caso de emergencia. 6. Revise con regularidad su directiva por adelantado y haga cualquier cambio que cree necesario. Asegúrese de proporcionar una copia actualizada a su médico, a su familia y a su apoderado/a, si es que ha nombrado a alguien. 7. Si vive fuera de Pensilvania, asegúrese de que su directiva por adelantado sea conforme a la ley de Pensilvania. Si tiene más preguntas sobre preparar una Directiva por Adelantado, pida más información a su médico, abogado/a, cuidadora/cuidador. 11 CARTA PODER DURADERO PARA LA ATENCIÓN MÉDICA Yo, ___________________________del condado de ____________________, Pensilvania, designo a la persona abajo nombrada como mi agente para la atención médica (apoderado, proxy en inglés) para que tome decisiones de atención médica y atención personal por mí cuando me falta la capacidad de comprender, tomar o comunicar una decisión, según lo verifique mi médico a cargo. Mi agente para la atención médica tiene todos los siguientes poderes sujeto a las instrucciones para el tratamiento de atención médica en mi testamento vital (tache cualquier poder que no quiere dar a su agente para la atención médica): 1. Recibir información médica relevante a mi atención médica. 2. Autorizar, retirar o no iniciar atención médica y procedimientos quirúrgicos. 3. Autorizar, retirar o no iniciar nutrición (comida) o hidratación (agua) que se suministra medicamente por sonda (tubo) a través de mi nariz, estómago, intestinos, arterias y venas. 4. Autorizar mi ingreso a un centro médico, centro residencial, centro de enfermería, o centro semejante y mi alta de ellos y hacer acuerdo para mi atención médica y seguro médico incluyendo hospicio y atención paliativa. 5. Contratar y despedir a personal médico, personal de servicios sociales y otro personal de apoyo responsables de mi atención médica. 6. Realizar cualquier acción legal para hacer lo que he ordenado. 7. Pedir que un médico/una médica a cargo de mi atención médica emita una orden de no resucitar (DNR por sus siglas en inglés), incluyendo una orden “no resucitar” [NR] fuera del hospital; y firmar cualquier documento y consentimiento requerido. Nombre del/de la agente de atención médica: _____________________________________________________________________________ Dirección y número de teléfono: ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________ Nombre de un/a agente de atención médica alternativo: ____________________________________________________________________ Dirección y número de teléfono: ____________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________ DECLARACIÓN DE TESTAMENTO VITAL Yo, __________________________, estando en pleno uso de mis facultades mentales, a propósito y por voluntad propia hago esta declaración en cuanto a mi tratamiento de atención médica bajo ciertas circunstancias. Las siguientes instrucciones de tratamiento de atención médica ejercen mi derecho a tomar mis propias decisiones de atención médica. Estas instrucciones tienen la intención de proveer pruebas claras y convincentes de mis deseos a seguir cuando mi médico a cargo determina que me falta la capacidad de comprender, tomar o comunicar mis decisiones de atención médica. Si tengo una condición en fase terminal, que resultará en la muerte, a pesar de la introducción o continuación de tratamiento médico o si estoy en un estado de inconsciencia permanente tal como una coma irreversible o un estado vegetativo irreversible, y no hay esperanza realista de recuperación significativa, ordeno que me den tratamiento de atención médica para aliviar el dolor y proveer comodidad aun si tal tratamiento me abrevie la vida, suprima el apetito o mi respiración o crea dependencia. Ordeno que se retiren o no inicien todos los procedimientos que prolongan la vida, y tengo convicciones muy fuertes sobre los siguientes como procedimientos que prolongan la vida: ❏ Quiero ❏ No quiero resucitación cardiopulmonar (CPR por sus siglas en inglés). ❏ Quiero ❏ No quiero respiración mecánica (máquina para respirar o ventilación). ❏ Quiero ❏ No quiero diálisis (máquina del riñon). ❏ Quiero ❏ No quiero cirugía. ❏ Quiero ❏ No quiero quimioterapia. ❏ Quiero ❏ No quiero tratamiento con radiación. ❏ Quiero ❏ No quiero antiobióticos. ❏ Quiero ❏ No quiero alimentación por sonda (tubo) donde se suministran medicamente nutrición (alimentos) y hidratación (agua) por un tubo en mi nariz, estómago, intestinos, arterias y venas. Mis instrucciones en cuanto a las donaciones anatómicas son: ❏ Quiero ❏ No quiero donar mis órganos y tejidos al momento de mi muerte con el propósito de trasplantes, estudios médicos o educación sujeto a los siguientes límites, si los hay:_________________________________________________ FIRMA He firmado esta directiva de atención médica por adelantado en esta fecha: _____________________________ ___________________________________________ (Firme su nombre completo aquí) Firma testigo: ___________________________________________ Firma testigo: ___________________________________________ (La ley de Pensilvania exige que dos testigos de 18 años o mayores atestigüen su firma en la presencia del otro. Una persona que firma este documento en su nombre y a sus órdenes no puede ser testigo. Se prefiere que los testigos no sean herederos, acreedores, ni empleados de cualquiera de sus proveedores de atención médica.) 12
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