bases legales - Tottus | Carro Millonarío

Bases del Concurso “Carro Millonario de Tottus”
En Santiago, a 8 de octubre de 2014, Hipermercados Tottus S.A., en
adelante e indistintamente “El Hipermercado” o “Tottus”, representado
por don Pedro Ignacio Zárate Pizarro, cédula nacional de identidad
13.333.067-4 y por don Pedro Manuel Colombo Maciel, cédula de
identidad para extranjeros número 21.149.564-2, todos con domicilio en
esta ciudad en calle Nataniel Cox N° 620, primer subterráneo, comuna y
ciudad de Santiago, establecen las siguientes Bases de Concurso:
PRIMERO: Antecedentes Generales. Tottus, en el marco de su
aniversario, realizará un concurso para todas las personas naturales
residentes en el territorio nacional continental, con la finalidad de
incentivar la relación con sus clientes, el que se denominará “Carro
Millonario Tottus”, en adelante “el Concurso”, cuya duración se extenderá
a partir del 9 de octubre de 2014 hasta el 9 de noviembre, también de
este año, ambas fechas inclusive.SEGUNDO: Requisitos para participar. Ser persona natural y tener
domicilio en Chile continental.
TERCERO: Forma de participar. Participarán las personas que,
cumpliendo con los requisitos anteriores, adquieran bienes en los locales
de Tottus e ingresen el código que aparecerá indicado dentro de la
boleta, en la página www.carromillonario.cl, junto con su nombre
completo, cédula de identidad, número telefónico y correo electrónico.
Quienes, durante el período del concurso, efectúen compras en Tottus.cl,
estarán participando en forma automática y se tendrá por sus datos
aquellos que el participante hubiere registrado o actualizado en ese sitio.
Se excluyen expresamente de participar las compras con facturas.
Quienes prefieran alguna de las marcas adheridas a este Concurso,
tendrán una opción adicional de ganar por boleta, independientemente de
la cantidad de marcas que incorpore. También tendrán una opción
adicional de ganar quienes paguen su compra utilizando la tarjeta CMR,
CMR Visa, CMR Mastercard o Redcompra de Banco Falabella.
CUARTO: Marcas adheridas.
Marca
TOTTUS
MONT BLANC
Miraflores
Belmont
Hellmanns
Costa
Toddy
Carozzi
Maggi
Nestle
Duetto
Whiskas
Gold
Vivo
Cat Chow
Quaker
Fancy Feast
Regimel
Pillows
Svelty
Evercrisp
Natur
Ambrosoli
Nescafe
Sin Marca
San Jose
Marco Polo
Natura
Lays
Banquete
R.crusoe
Don Juan
Trattoria
Mckay
Calo
Esmeralda
Wasil
Pomarola
Pedigree
Dailygotas
Cola Cao
Tucapel
Proveedor
TODAS LAS ÁREAS
PGC COMESTIBLE
EMPRESAS CAROZZI S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
WATT´S COMERCIAL S.A.
UNILEVER CHILE S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
EVERCRISP SNACK CHILE S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
NESTLÉ CHILE S.A
NESTLÉ CHILE S.A
EMBOTELLADORAS CHILENAS UNIDAS S.A.
MASTERFOODS CHILE ALIMENTOS LTDA.
TRESMONTES S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
NESTLÉ CHILE S.A
EVERCRISP SNACK CHILE S.A.
NESTLÉ CHILE S.A
WATT´S COMERCIAL S.A.
IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C.
NESTLÉ CHILE S.A
EVERCRISP SNACK CHILE S.A.
EMBOTELLADORAS CHILENAS UNIDAS S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
NESTLÉ CHILE S.A
MATUS EVANS GUILLERMO
ORIZON S.A
IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C.
PROSUD S.A.
EVERCRISP SNACK CHILE S.A.
EMPRESA TUCAPEL S.A
PESQUERA TRANS ANTARTIC LTDA.
IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
NESTLÉ CHILE S.A
WATT´S COMERCIAL S.A.
IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C.
WATT´S COMERCIAL S.A.
EMPRESAS CAROZZI S.A.
MASTERFOODS CHILE ALIMENTOS LTDA.
ALIMENTOS CORDILLERA LTDA.
IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C.
PGC NO COMESTIBLE
Tucapel
OMO, Rinso, Drive,
Quix, Cif, Soft
Dove, Sedal,
Tresemme, Axe,
Rexona,
Pepsodent, St Ives
Elite, Nova,
Confort
Babysec, Ladysoft,
Cotidian
Pampers, Gillette,
Always, Naturella
Coca Cola –
Powerade
Pepsi - Cachantun Lipton - Gatorade
Zuko – Livean
Bacardi - Eristoff
Mistral –
Campanario
Becker - Stella
Artois
Santa Rita –
Carmen
UNILEVER Aseo
UNILEVER Perfumeria
CMPC papeles
CMPC sanitarios
P&G
Embotelladora Andina
Embotelladora Chilena Unidas
Tresmontes
BACARDI
COMPAÑÍA PISQUERA DE CHILE
CERVECERIA CHILE
SANTA RITA
ELECTRO
Fensa
Mademsa
Somela
Samsung (solo
telefonia)
Fensa
Mademsa
Somela
Samsung (solo telefonia)
ELECTRO
King
Sopraval
Super Pollo
Súper Cerdo
pf - til - receta del
abuelo - mr
burguer - mr crispy
- mr veggie
soprole - next quilque - dos
alamos
san jorge - winter la preferida
sopraval - la
crianza - frutos del
maipo
dorina - bonella –
bresler
AGROSUPER (Cecinas y Congelado)
AGROSUPER (Cecinas y Congelado)
AGROSUPER (Cecinas y Congelado)
ELECTRO
PRODUCTOS FERNANDEZ
SOPROLE
CIAL
AGROSUPER (Cecinas y Congelado)
UNILEVER (Margarina Helado)
Colun
nestle refrigeradosavory
sadia - paty
loncoleche - calo sureña - san rafael
las praderas
osorno
llanquihue
quillayes
surlat
COLUN
NESTLE
SADIA
WATTS
LACTEOS OSORNO
LLANQUIHUE
QUILLAYES
SURLAT
QUINTO: Premios. Entre todos los participantes se sorteará
diariamente, mientras dure el Concurso, un “carro millonario”, el que
consiste en una prueba en la que el ganador podrá cargar en un carro, en
las condiciones que más adelante se expresan, productos hasta por
$1.000.000.Sin perjuicio de lo anterior, el ganador podrá sustituir la prueba del carro,
a su sola elección, por una Gift Card de $1.000.000.- con vigencia de 12
meses desde su fecha de emisión, válida exclusivamente para compras
en Tottus.
Ambos premios no son acumulables.
SEXTO: Sorteo. Los carros millonarios diarios se sortearán mediante el
sistema aleatorio www.random.org, utilizando la base de datos
acumulada a la fecha del sorteo, obteniendo un único ganador y a dos
suplentes, cuyo nombre completo se publicará al día siguiente en
www.carromillonario.cl y en las redes sociales de Tottus (Facebook y
Twitter)
SEPTIMO: Forma de hacer efectivo el premio. Los ganadores serán
contactados vía telefónica o por correo electrónico que hubieren señalado
al momento de participar. En ese momento deberán responder
manifestando su voluntad de realizar la prueba del “carro millonario” o
bien solicitar la Gift Card.
Si el ganador elige efectuar la prueba del carro deberá firmar un
documento asumiendo la responsabilidad por caídas o accidentes que se
debieran a la velocidad empleada para recorrer los pasillos del local y una
autorización de uso de imagen. En el caso de que el ganador fuera un
menor de edad, deberá presentarse con su representante legal, quien
deberá realizar la prueba y suscribir los documentos citados
precedentemente. En ningún caso el menor de edad realizará la prueba
del carro.
La prueba del “carro millonario” se sujetará a las siguientes reglas:
a) La prueba se efectuará en el local que Tottus designe, fuera de
horario de atención de público, entre los días 15 a 21 de
noviembre de 2014.
b) El ganador dispondrá de 3 minutos para completar la prueba.
c) Sólo podrá depositar en el carro un producto de la categoría
electrónica.
d) No está permitido empujar ni dañar productos, sino que deben
ser tomados y depositados en el carro en forma unitaria.
e) Los daños a productos e infraestructura del local se descontarán
del premio, entendiéndose por “premio” para estos efectos el
valor de los productos que el ganador hubiere alcanzado a
depositar en el carro.
f)
Cualquier incumplimiento a las reglas dispuestas anteriormente
significará la interrupción inmediata de la prueba.
g) Los gastos de traslado, alojamiento y todos aquellos que se
realicen por el ganador serán de su cargo, sin aporte o
compensación alguna por parte de Tottus en este sentido.
En cambio, si el ganador optara por la Gift Card, para su canje será
necesario que presente la cédula de identidad y se firme el acta de
entrega respectiva. El plazo máximo para retirar el premio será de 20
días corridos, contados desde que se le comunique su calidad de
ganador, momento en el que se coordinará la entrega en el local de
Tottus que dicho ganador elija.
En el caso de que el ganador fuera un menor de edad, deberá
presentarse con su representante legal, quien debería suscribir los
documentos citados precedentemente para poder hacer entrega de la Gift
Card.
El premio de cada ganador es personal e intransferible y no es posible de
cambiar por dinero u otros productos de Tottus.
OCTAVO: Caducidad del premio. Los ganadores no podrán hacer
efectivo en los siguientes casos: 1) Si el participante no otorga las
facilidades necesarias para la publicidad que Tottus efectúe sobre la
entrega de los premios. 2) Si los datos proporcionados por los ganadores
son falsos, inexactos o no se encuentran debidamente actualizados. 3) Si
el ganador no exhibiere su cédula de identidad y/o se negare a firmar el
los documentos indicados en la cláusula anterior. 4) Si no se canjeara el
premio o se hubiere concurrido al local, según corresponda, dentro del
plazo señalado en la cláusula precedente. 5) Si el ganador menor de edad
edad no concurriere a hacer efectivo el premio con su representante legal
y/o si este último no exhibiere su cédula de identidad y/o se negare a
firmar el los documentos indicados en la cláusula anterior.
NOVENO: Exclusiones. Se excluye del concurso a todos los empleados
y colaboradores de SACI Falabella, Falabella Retail S.A., Promotora CMR
Falabella S.A., Hipermercados Tottus S.A., Sodimac S.A., de sociedades
relacionadas a ella y, en general, a los trabajadores y colaboradores de
cualquier sociedad que forma parte del grupo o holding “Falabella”.Asimismo se excluye a todos los propietarios, ejecutivos, trabajadores y
colaboradores de Starcom MediaVest Group, Lab Diseño, Quadgraphics,
Interbrand, Activa Research, MillwardBrown, Wallaby, Rose González,
Más Gráfica, Morgan S.A., EFE Impresores, Agencias Raya y Promoplan,
del proveedor de radio interna Parcuatro, y de la productora Dálmata,
exclusión que se hace extensiva a los cónyuges, ascendientes y
descendientes y parientes colaterales en cuarto grado de consanguinidad
o afinidad de estas personas relacionadas a estas agencias y empresas.
DECIMO: Publicidad. Cada ganador faculta expresamente a Tottus para
permitir tomar fotografías y filmar la entrega de los premios; para
publicar en locales, internet, redes sociales, etc., su nombre completo en
la lista de ganadores diarias, con indicación del local donde hizo la
compra; y para que Tottus difunda dicho material por los medios que
estime convenientes, especialmente a través de la televisión y redes
sociales, renunciando a recibir cualquier compensación.
UNDECIMO: Uso de los datos personales. Para efectos de dar
cumplimiento a lo dispuesto en la ley 19.628, el uso de los datos
personales entregados por los participantes del concurso será utilizado
para el envío de información, ofertas y/o promociones de los productos
comercializados por Tottus en su página web y locales, quedando a salvo
siempre los derechos que dicha ley confiere al titular de los datos.
DUODECIMO: Conocimiento y Aceptación de las Bases de
Promoción. Al momento de participar, el cliente conoce, asume y acepta
las condiciones establecidas en estas bases, y se somete a las leyes de la
República de Chile.
DECIMO TERCERO: Domicilio. Para todos los efectos legales
relacionados con esta promoción se fija domicilio en la ciudad y comuna
de Santiago.
Pedro Zárate Pizarro
p.p. Hipermercados Tottus S.A.
Pedro Colombo Maciel
p.p. Hipermercados Tottus S.A.