Bases del Concurso “Carro Millonario de Tottus” En Santiago, a 8 de octubre de 2014, Hipermercados Tottus S.A., en adelante e indistintamente “El Hipermercado” o “Tottus”, representado por don Pedro Ignacio Zárate Pizarro, cédula nacional de identidad 13.333.067-4 y por don Pedro Manuel Colombo Maciel, cédula de identidad para extranjeros número 21.149.564-2, todos con domicilio en esta ciudad en calle Nataniel Cox N° 620, primer subterráneo, comuna y ciudad de Santiago, establecen las siguientes Bases de Concurso: PRIMERO: Antecedentes Generales. Tottus, en el marco de su aniversario, realizará un concurso para todas las personas naturales residentes en el territorio nacional continental, con la finalidad de incentivar la relación con sus clientes, el que se denominará “Carro Millonario Tottus”, en adelante “el Concurso”, cuya duración se extenderá a partir del 9 de octubre de 2014 hasta el 9 de noviembre, también de este año, ambas fechas inclusive.SEGUNDO: Requisitos para participar. Ser persona natural y tener domicilio en Chile continental. TERCERO: Forma de participar. Participarán las personas que, cumpliendo con los requisitos anteriores, adquieran bienes en los locales de Tottus e ingresen el código que aparecerá indicado dentro de la boleta, en la página www.carromillonario.cl, junto con su nombre completo, cédula de identidad, número telefónico y correo electrónico. Quienes, durante el período del concurso, efectúen compras en Tottus.cl, estarán participando en forma automática y se tendrá por sus datos aquellos que el participante hubiere registrado o actualizado en ese sitio. Se excluyen expresamente de participar las compras con facturas. Quienes prefieran alguna de las marcas adheridas a este Concurso, tendrán una opción adicional de ganar por boleta, independientemente de la cantidad de marcas que incorpore. También tendrán una opción adicional de ganar quienes paguen su compra utilizando la tarjeta CMR, CMR Visa, CMR Mastercard o Redcompra de Banco Falabella. CUARTO: Marcas adheridas. Marca TOTTUS MONT BLANC Miraflores Belmont Hellmanns Costa Toddy Carozzi Maggi Nestle Duetto Whiskas Gold Vivo Cat Chow Quaker Fancy Feast Regimel Pillows Svelty Evercrisp Natur Ambrosoli Nescafe Sin Marca San Jose Marco Polo Natura Lays Banquete R.crusoe Don Juan Trattoria Mckay Calo Esmeralda Wasil Pomarola Pedigree Dailygotas Cola Cao Tucapel Proveedor TODAS LAS ÁREAS PGC COMESTIBLE EMPRESAS CAROZZI S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. WATT´S COMERCIAL S.A. UNILEVER CHILE S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. EVERCRISP SNACK CHILE S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. NESTLÉ CHILE S.A NESTLÉ CHILE S.A EMBOTELLADORAS CHILENAS UNIDAS S.A. MASTERFOODS CHILE ALIMENTOS LTDA. TRESMONTES S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. NESTLÉ CHILE S.A EVERCRISP SNACK CHILE S.A. NESTLÉ CHILE S.A WATT´S COMERCIAL S.A. IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C. NESTLÉ CHILE S.A EVERCRISP SNACK CHILE S.A. EMBOTELLADORAS CHILENAS UNIDAS S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. NESTLÉ CHILE S.A MATUS EVANS GUILLERMO ORIZON S.A IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C. PROSUD S.A. EVERCRISP SNACK CHILE S.A. EMPRESA TUCAPEL S.A PESQUERA TRANS ANTARTIC LTDA. IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C. EMPRESAS CAROZZI S.A. NESTLÉ CHILE S.A WATT´S COMERCIAL S.A. IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C. WATT´S COMERCIAL S.A. EMPRESAS CAROZZI S.A. MASTERFOODS CHILE ALIMENTOS LTDA. ALIMENTOS CORDILLERA LTDA. IMPORTADORA CAFE DO BRASIL S.A.I.C. PGC NO COMESTIBLE Tucapel OMO, Rinso, Drive, Quix, Cif, Soft Dove, Sedal, Tresemme, Axe, Rexona, Pepsodent, St Ives Elite, Nova, Confort Babysec, Ladysoft, Cotidian Pampers, Gillette, Always, Naturella Coca Cola – Powerade Pepsi - Cachantun Lipton - Gatorade Zuko – Livean Bacardi - Eristoff Mistral – Campanario Becker - Stella Artois Santa Rita – Carmen UNILEVER Aseo UNILEVER Perfumeria CMPC papeles CMPC sanitarios P&G Embotelladora Andina Embotelladora Chilena Unidas Tresmontes BACARDI COMPAÑÍA PISQUERA DE CHILE CERVECERIA CHILE SANTA RITA ELECTRO Fensa Mademsa Somela Samsung (solo telefonia) Fensa Mademsa Somela Samsung (solo telefonia) ELECTRO King Sopraval Super Pollo Súper Cerdo pf - til - receta del abuelo - mr burguer - mr crispy - mr veggie soprole - next quilque - dos alamos san jorge - winter la preferida sopraval - la crianza - frutos del maipo dorina - bonella – bresler AGROSUPER (Cecinas y Congelado) AGROSUPER (Cecinas y Congelado) AGROSUPER (Cecinas y Congelado) ELECTRO PRODUCTOS FERNANDEZ SOPROLE CIAL AGROSUPER (Cecinas y Congelado) UNILEVER (Margarina Helado) Colun nestle refrigeradosavory sadia - paty loncoleche - calo sureña - san rafael las praderas osorno llanquihue quillayes surlat COLUN NESTLE SADIA WATTS LACTEOS OSORNO LLANQUIHUE QUILLAYES SURLAT QUINTO: Premios. Entre todos los participantes se sorteará diariamente, mientras dure el Concurso, un “carro millonario”, el que consiste en una prueba en la que el ganador podrá cargar en un carro, en las condiciones que más adelante se expresan, productos hasta por $1.000.000.Sin perjuicio de lo anterior, el ganador podrá sustituir la prueba del carro, a su sola elección, por una Gift Card de $1.000.000.- con vigencia de 12 meses desde su fecha de emisión, válida exclusivamente para compras en Tottus. Ambos premios no son acumulables. SEXTO: Sorteo. Los carros millonarios diarios se sortearán mediante el sistema aleatorio www.random.org, utilizando la base de datos acumulada a la fecha del sorteo, obteniendo un único ganador y a dos suplentes, cuyo nombre completo se publicará al día siguiente en www.carromillonario.cl y en las redes sociales de Tottus (Facebook y Twitter) SEPTIMO: Forma de hacer efectivo el premio. Los ganadores serán contactados vía telefónica o por correo electrónico que hubieren señalado al momento de participar. En ese momento deberán responder manifestando su voluntad de realizar la prueba del “carro millonario” o bien solicitar la Gift Card. Si el ganador elige efectuar la prueba del carro deberá firmar un documento asumiendo la responsabilidad por caídas o accidentes que se debieran a la velocidad empleada para recorrer los pasillos del local y una autorización de uso de imagen. En el caso de que el ganador fuera un menor de edad, deberá presentarse con su representante legal, quien deberá realizar la prueba y suscribir los documentos citados precedentemente. En ningún caso el menor de edad realizará la prueba del carro. La prueba del “carro millonario” se sujetará a las siguientes reglas: a) La prueba se efectuará en el local que Tottus designe, fuera de horario de atención de público, entre los días 15 a 21 de noviembre de 2014. b) El ganador dispondrá de 3 minutos para completar la prueba. c) Sólo podrá depositar en el carro un producto de la categoría electrónica. d) No está permitido empujar ni dañar productos, sino que deben ser tomados y depositados en el carro en forma unitaria. e) Los daños a productos e infraestructura del local se descontarán del premio, entendiéndose por “premio” para estos efectos el valor de los productos que el ganador hubiere alcanzado a depositar en el carro. f) Cualquier incumplimiento a las reglas dispuestas anteriormente significará la interrupción inmediata de la prueba. g) Los gastos de traslado, alojamiento y todos aquellos que se realicen por el ganador serán de su cargo, sin aporte o compensación alguna por parte de Tottus en este sentido. En cambio, si el ganador optara por la Gift Card, para su canje será necesario que presente la cédula de identidad y se firme el acta de entrega respectiva. El plazo máximo para retirar el premio será de 20 días corridos, contados desde que se le comunique su calidad de ganador, momento en el que se coordinará la entrega en el local de Tottus que dicho ganador elija. En el caso de que el ganador fuera un menor de edad, deberá presentarse con su representante legal, quien debería suscribir los documentos citados precedentemente para poder hacer entrega de la Gift Card. El premio de cada ganador es personal e intransferible y no es posible de cambiar por dinero u otros productos de Tottus. OCTAVO: Caducidad del premio. Los ganadores no podrán hacer efectivo en los siguientes casos: 1) Si el participante no otorga las facilidades necesarias para la publicidad que Tottus efectúe sobre la entrega de los premios. 2) Si los datos proporcionados por los ganadores son falsos, inexactos o no se encuentran debidamente actualizados. 3) Si el ganador no exhibiere su cédula de identidad y/o se negare a firmar el los documentos indicados en la cláusula anterior. 4) Si no se canjeara el premio o se hubiere concurrido al local, según corresponda, dentro del plazo señalado en la cláusula precedente. 5) Si el ganador menor de edad edad no concurriere a hacer efectivo el premio con su representante legal y/o si este último no exhibiere su cédula de identidad y/o se negare a firmar el los documentos indicados en la cláusula anterior. NOVENO: Exclusiones. Se excluye del concurso a todos los empleados y colaboradores de SACI Falabella, Falabella Retail S.A., Promotora CMR Falabella S.A., Hipermercados Tottus S.A., Sodimac S.A., de sociedades relacionadas a ella y, en general, a los trabajadores y colaboradores de cualquier sociedad que forma parte del grupo o holding “Falabella”.Asimismo se excluye a todos los propietarios, ejecutivos, trabajadores y colaboradores de Starcom MediaVest Group, Lab Diseño, Quadgraphics, Interbrand, Activa Research, MillwardBrown, Wallaby, Rose González, Más Gráfica, Morgan S.A., EFE Impresores, Agencias Raya y Promoplan, del proveedor de radio interna Parcuatro, y de la productora Dálmata, exclusión que se hace extensiva a los cónyuges, ascendientes y descendientes y parientes colaterales en cuarto grado de consanguinidad o afinidad de estas personas relacionadas a estas agencias y empresas. DECIMO: Publicidad. Cada ganador faculta expresamente a Tottus para permitir tomar fotografías y filmar la entrega de los premios; para publicar en locales, internet, redes sociales, etc., su nombre completo en la lista de ganadores diarias, con indicación del local donde hizo la compra; y para que Tottus difunda dicho material por los medios que estime convenientes, especialmente a través de la televisión y redes sociales, renunciando a recibir cualquier compensación. UNDECIMO: Uso de los datos personales. Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley 19.628, el uso de los datos personales entregados por los participantes del concurso será utilizado para el envío de información, ofertas y/o promociones de los productos comercializados por Tottus en su página web y locales, quedando a salvo siempre los derechos que dicha ley confiere al titular de los datos. DUODECIMO: Conocimiento y Aceptación de las Bases de Promoción. Al momento de participar, el cliente conoce, asume y acepta las condiciones establecidas en estas bases, y se somete a las leyes de la República de Chile. DECIMO TERCERO: Domicilio. Para todos los efectos legales relacionados con esta promoción se fija domicilio en la ciudad y comuna de Santiago. Pedro Zárate Pizarro p.p. Hipermercados Tottus S.A. Pedro Colombo Maciel p.p. Hipermercados Tottus S.A.
© Copyright 2025