Editorial Año 14 - Número 312 • Primera Quincena - Octubre 2014 dIRECTORES FUNDADORES Dr. Tulio Obregón Sevillano C.P.C. Carlos Valdivia Loayza Dr. C.P.C. Javier Laguna Caballero DIRECTOR Dr. Mario Alva Matteucci Subdirector Dr. Cristhian Northcote Sandoval ÁREA TRIBUTARIA Dr. Mario Alva Matteucci Dr. C.P.C. Miguel Arancibia Cueva C.P.C. Josué Bernal Rojas C.P.C.C. José Luis García Quispe C.P.C. Segundo Villanueva Gutiérrez C.P.C. Leopoldo Sánchez Castaños C.P.C. Luz Hirache Flores C.P.C. María del Pilar Guerra Salvatierra C.P.C. Luz Silvera Sinforoso Dr. Jorge Flores Gallegos Dra. Vanessa Chávez Samanez Dra. Cynthia Oyola Lázaro Dra. Diana Rocío Rodríguez Alarcón Dra. Jenny Peña Castillo Saúl Villazán Ochoa Jannina Delgado Villanueva áREA INDIC. ECONóMICO Gisel Rodríguez Villaseca FINANCIEROS áREA legal Dr. Cristhian Northcote Sandoval áREA contabilidad (NIIF) C.P.C. Carlos Paredes Reátegui C.P.C.C. Alejandro Ferrer Quea Y COSTOS Dr. C.P.C. Pascual Ayala Zavala C.P.C. Isidro Chambergo Guillermo C.P.C. Luz Hirache Flores C.P.C.C. José Luis García Quispe Julio César Mamani Bautista áREA auditoría C.P.C.C. José Luis García Quispe C.P.C.C. Óscar Falconí Panana áREA laboral Dr. Tulio Obregón Sevillano Dr. Oscar Bernuy Álvarez Dr. Ludmin Jiménez Coronado Clotilde Atahuaman Sumarán Dwigh Guerrero Benites áREA Finanzas Y MERCADOS DE CAPITALES Gisel Rodríguez Villaseca áREA derecho empresarial Dr. Cristhian Northcote Sandoval áREA NEGOCIOS internacionalES Lic. Mercedes Álvarez Isla áREA DERECHO DE LA COMPETENCIA Y PROPIEDAD INTELECTUAL Dr. Cristhian Northcote Sandoval GERENTE GENERAL C.P.C. Alejandro Rojas Buleje dISEÑO Y dIAGRAMACIÓN Georgina Condori Choque Ricardo De la Peña Malpartida José Manuel Carrascal Quispe Diego Camasca Borja © Copyright Instituto Pacífico S.A.C. Primer Número, 2001 Actualidad Empresarial es una publicación de Instituto Pacífico S.A.C. Jr. Castrovirreyna Nº 224 - Breña Central: 619-3700 Octubre 2014 14,300 ejemplares INFORMES Y VENTAS Jr. Castrovirreyna Nº 224 - Breña Ventas: 619-3719 Telefax: 332-6117 E-mail: [email protected] y distribuidores autorizados en provincias “Los artículos son de responsabilidad exclusiva de sus autores. Actualidad Empresarial no comparte necesariamente las opiniones vertidas por los autores en sus artículos. Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de esta revista por cualquier medio o forma electrónica, incluyendo el sistema de fotocopiado, ya sea para uso personal o colectivo de distribución posterior sin la autorización escrita del Instituto Pacífico S.A.C., quedando protegidos los derechos de propiedad intelectual y de autor por la legislación peruana e internacional”. Derechos Reservados D. Leg. N° 822 Registro del Proyecto Editorial : 21501051401005 ISSN :1810-9837 Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú : 2004-5377 Impresión Octubre 2014 : Pacífico Editores S.A.C. Jr. Castrovirreyna Nº 224 - Breña-Lima 01 El remate de los bienes por parte de SUNAT: Oportunidades y perjuicios D entro de un proceso de cobranza coactiva llevado en contra de un contribuyente deudor, la Administración Tributaria procurará recuperar el pago de la deuda tributaria que no fue cancelada en su oportunidad, pese al requerimiento inicial realizado a través de la notificación de un valor el cual puede estar representado por: (i) una orden de pago; (ii) una resolución de determinación; (iii) una resolución de multa tributaria; (iv) la resolución que pone fin a una reclamación que fue declarada infundada y que no fue impugnada en su oportunidad; (v) la resolución que determina la pérdida de un fraccionamiento y que tampoco fue impugnada por el contribuyente; (vi) una resolución emitida por el Tribunal Fiscal que confirma el actuar del fisco relacionado con la cobranza de la deuda a cargo del contribuyente; entre otros. Para tal efecto, el ejecutor coactivo notificará al contribuyente la resolución de ejecución coactiva, la cual tiene como origen el valor no cancelado por este, otorgándole para ello un plazo de siete (7) días hábiles para que proceda a la cancelación de la deuda tributaria, bajo amenaza de trabar las medidas cautelares en su contra, dentro de las cuales se encuentra el embargo. Frente al no pago de la deuda, el ejecutor coactivo trabará las medidas cautelares necesarias que procuren la identificación de bienes muebles que por su propia naturaleza sean calificados de bienes realizables, es decir, que tengan la posibilidad de ser vendidos casi de inmediato en caso de convocarse a un remate público que tenga por finalidad vender los bienes a terceras personas al mejor postor, tomando como referencia un precio establecido como base, con el fin de poder recaudar el dinero suficiente para la cancelación de la deuda tributaria. De igual modo, procederá con la investigación de los bienes registrables a nombre del deudor tributario que no tuvieran alguna medida cautelar inscrita, con la finalidad de registrar la medida cautelar a favor de la Sunat, para proceder a su venta también en un remate público. Las noticias nos indican que en estos últimos días la Sunat procederá a rematar diversos bienes muebles e inmuebles que suman la cantidad de S/.8’500,000, indicando que en el mismo se encuentran bienes inmuebles como casas, depósitos, locales comerciales, oficinas, azoteas, estacionamientos, tiendas y lotes, mencionándose también que se rematarán 73 palcos ubicados en el Estadio Monumental de Ate. En el caso de los bienes muebles, se indica que se procederá a rematar automóviles, un ómnibus, un minibús, un remolcador, una camioneta rural, prendas de vestir, equipos de cómputo, impresoras, monitores, parlantes, archivadores, secadoras, empaquetadoras, máquinas de coser, máquina etiquetadora, cocinas industriales, camas, lavadoras, medicinas, ataúdes de diferentes modelos y una balanza electrónica, entre otros bienes. Los remates permiten la adquisición de diversos bienes muebles e inmuebles a un precio accesible el cual puede incluso estar por debajo del valor de mercado, pero se adquieren en la condición en que se encuentren, no existiendo posteriormente algún reclamo o intento de cobertura de garantía por no funcionamiento (en el caso de las maquinarias, equipos y vehículos). Según se aprecia, el participar en los remates públicos convocados por la Sunat permite una oportunidad interesante para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, ya sea para un uso personal o hasta empresarial como idea de negocio. El perjuicio será por parte del deudor tributario que perderá la propiedad del bien una vez que se realice el remate, pese a que podrá ver cancelada la deuda tributaria que mantenía con el fisco. Mario Alva Matteucci
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