conformada por la doctora Ruth Seni Pinoargote, abogado Alfredo

Corte
Constitucional
del ecuador
causa no. 0491-14-ep
Juez Ponente: Abe. Alfredo Ruiz Guzmán Me.
CORTE CONSTITUCIONAL, SALA DE ADMISIÓN.- Quito, 31 de julio de 2014,
las 11H49.- VISTOS.- De conformidad con las normas de la Constitución de la
República aplicables al caso, Art. 197 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales
y Control Constitucional; y, en mérito del sorteo efectuado por el Pleno de la Corte
Constitucional en sesión ordinaria de 02 de abril de 2014, la Sala de Admisión
conformada por la doctora Ruth Seni Pinoargote, abogado Alfredo Ruiz Guzmán Mg. y
el doctor Antonio Gagliardo Loor Msc. jueces constitucionales, en ejercicio de su
competencia AVOCA conocimiento de la causaNo. 0491-14-EP, acción
extraordinaria de protección presentada el10 de marzo de 2014, por el señor Segundo
Avelino Chile Collaguazo, por sus propios derechos.Se insiste en la remisión del
expediente: En virtud de lo expuesto, esta Sala de Admisión, previo a resolver sobre la
admisibilidad de la presente acción, en ejercicio de sus competencias y en atención a lo
establecido en el Art. 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional y el Art. 35 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de
Competencia de la Corte Constitucional INSISTE en el requerimiento establecido en
providencia de 10 de junio de 2014, a las 15h55, dictada por la Sala de Admisión
conformada por la Jueza y Jueces Constitucionales Tatiana Ordeñana Sierra, Marcelo
Jaramillo Villa y Manuel Viteri Olvera, que establece: "esta Sala previo a resolver
sobre la admisibilidad de la presente acción, en ejercicio de sus competencias y
atención a los establecido en el artículo 62 inciso primero de la Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y el artículo 35 del Reglamento de
Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, DISPONE que
los Jueces de la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte
Nacional de Justicia, remita inmediatamente a esta Corte el expediente completo que
contiene el recurso de casación No. 1319-2012-A.R", para lo cual se DISPONE que la
Secretaría de la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte
Nacional de Justicia, remitan a la Corte Constitucional, el expediente original completo
de la causa No. 1319-2012-A.R., sustanciado en esa judicatura, en el término máximo
de cinco días de recibido el presente auto, bajo prevención de lo dispuesto en el artículo
35 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte
Constitucional, debiendo además conservar copias debidamente certificadas para los
fines legales pertinentes; en tal virtud, el Secretario General remitirá los oficios
correspondientes. NOTIFÍQUESE.-
Dra. Ruth Seni Pinoargote
Abg. AlfiJ lo W^iz Guarnan; Mg.
JUEZA CONSTITUCIONAL
INSTITUCIONAL
Dr. Antonio Gagliardo Loor, Msc.
JUEZ CONSTITUCIONAL
Av. 12 de Octubre N16 - 114 y pasaje Nicolás Jiménez
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(frente al parque
Telfs: (593-2) 3941-800
email: [email protected]
Ecuador
LO CERTIFICO.- Quito, 31 dejulio de 2014.- Las llh49.-
MISION
Corte
Constitucional
d e l ecuador
CASO 0491-14-EP
RAZÓN.- Siento por tal que, en la ciudad de Quito, a los siete y ocho días del mes de
agosto de dos mil catorce, se notificó con copia certificada del auto de julio 31 de 2014,
a los señores: Segundo Avelino Chile Collaguazo, casilla judicial 5190, correo
electrónico abgernestocepedall(#\ahoo.es: Segundo Darío Chile Collaguazo, casilla
constitucional
374,
correo
electrónico
rigobertoilwraaiahotmail.com.
[email protected]. y secretario/a relator Sala Penal, Penal Militar Policial y
Transito Corte Nacional de Justicia, mediante oficio 3757-CC-SG-2014; conforme
constan de los documentos adjuntos.- Lo certifico.-
J PC H / jd n
12 de Octubre
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