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RT-RAF-RE-06
CODIFICACIÓN: RT-RAF-RE-06
INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN
REVISIÓN: 05
VIGENCIA: 14-01-2016
VARIANTE POR CANAL DE INGRESO:
NO PRESENCIAL
REQUISITOS COMUNES A CONTRIBUYENTE LOCAL Y
AGENTE RETENCIÓN/PERCEPCIÓN/RECAUDACIÓN -SÓLO
ART. 40 DEL DTO. 443/2004-:

Obtener la Clave Fiscal de AFIP (Nivel de
seguridad 2, en adelante) y habilitar a la DGR
como Servicio mediante el Administrador de
Relaciones de Clave Fiscal, en la página Web
de AFIP.

En caso de no estar dado de alta en la base
de datos de la DGR, ingresar a la página
www.dgrcba.gov.ar, opción “Clave Fiscal”/ Mis
Trámites / Alta Sujeto Pasivo (Persona Física
o Jurídica, según corresponda).

Una vez dado de alta en la base de datos de
DGR, deberá constatar sus datos ingresando
a la página www.dgrcba.gov.ar, opción “Clave
Fiscal”/ Mis Trámites / Constatación de Datos.
I. CONTRIBUYENTE LOCAL

Iniciar
la
solicitud
de
inscripción
/
reinscripción,
ingresando
a
www.dgrcba.gov.ar, opción “Clave Fiscal”/ Mis
Trámites / Alta Inscripción en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos Local.

Completar los siguientes campos:
 Solapa “Inscripción”:
Datos Inscripción
Fecha Inicio
Cantidad Empleados
Situación ante IVA
Monto Activo
Actividades
Actividad
Fecha de Inicio de Actividad
Principal
Especificar operatoria de la actividad
 Solapa “Domicilio”:
Domicilio Actividad Principal
 Solapa “Sucursales”:
N° de Sucursal
Fecha Alta
PRESENCIAL
I.
INSCRIPCIÓN / REINSCRIPCIÓN: AGENTES DE
RECAUDACIÓN (SÓLO ENTIDADES BANCARIAS,
ENTIDADES
FINANCIERAS
Y
TITULARES
Y/O
ADMINISTRADORES DE PORTALES VIRTUALESCOMERCIO ELECTRÓNICO):
 F-900 Alta, Baja y Modificación del Sujeto
Pasivo por duplicado, acreditando existencia del
sujeto pasivo y personería del firmante (Glosario Acreditar interés legítimo):
En caso de una persona física: F-900 Alta,
Baja y Modificación del Sujeto Pasivo por
el titular.
En caso de una persona jurídica: F-900 Alta,
Baja y Modificación del Sujeto Pasivo por
la persona jurídica y por cada responsable
de la misma.
 En el caso de una UTE: F-900 Alta, Baja y
Modificación del Sujeto Pasivo por la
persona jurídica y por cada responsable de
la UTE o administrador designado en
contrato de la UTE.
 En el caso de Fideicomiso: F-900 Alta, Baja
y Modificación del Sujeto Pasivo por la
persona jurídica y por el Administrador del
Fideicomiso (Fiduciario).
 En el caso de Condominios: F-900 Alta, Baja
y Modificación del Sujeto Pasivo por el
Condominio y por cada Condómino.
En caso de Sociedades de Hecho: F-900
Alta, Baja y Modificación del Sujeto
Pasivo por la Sociedad de Hecho y por cada
integrante de la misma.
 En caso de Sociedades en Formación:
Deberá completarse el F-900 Alta, Baja y
Modificación
del
Sujeto
Pasivo,
consignando en el rubro “Naturaleza jurídica”
Otras y en el rubro “Razón Social”, la
expresión “en formación” a continuación de
la misma. En este supuesto se deberá
adjuntar constancia que está en trámite la
inscripción y tendrá un plazo de 90 días para
presentar la inscripción definitiva ante el
Registro o Inspección de Personas Jurídicas
que acredite tal regularización para que se
efectúe el cambio de razón social (sin el
aditamento “en formación”) con el respectivo
formulario. Al término de dicho plazo si así
no lo hiciese la Dirección podrá requerir las
formalidades exigidas a las Sociedades de
Hecho. No podrán inscribirse como
sociedades en formación las U.T.E. ni las
Agrupaciones de Colaboración Empresarias.
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PRESENCIAL
Las mismas se dan de alta como sujeto
pasivo.
RT-RAF-RE-06
NO PRESENCIAL
Descripción
Domicilio Sucursal
 Solapa
“Participación
Sociedades”:
en
Otras
CUIT Empresa
Empresa
Actividad
Porcentaje
! Dentro de los 3 (tres) días hábiles de enviada la
solicitud de “Alta Inscripción en el Impuesto sobre
los Ingresos Brutos Local”, la DGR pondrá a
disposición el número de inscripción asignado;
pudiendo consultar el mismo ingresando a
www.dgrcba.gov.ar, en la sección Servicios, opción
Consulta de Inscripto mediante el F 306 - Impuesto
sobre los Ingresos Brutos Córdoba.
II. AGENTE DE RETENCIÓN/PERCEPCIÓN/RECAUDACIÓN SÓLO ART. 40 DEL DTO. 443/2004-:

Iniciar
la
solicitud
de
inscripción
/
reinscripción,
ingresando
a
www.dgrcba.gov.ar, opción “Clave Fiscal”/ Mis
Trámites / Alta Inscripción Agentes de
Retención/Percepción/Recaudación.
!
Acreditar domicilio tributario/fiscal por cada
F-900 Alta, Baja y Modificación del Sujeto
Pasivo (Glosario - Acreditación de
domicilio fiscal).
 Constancia de Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.), Clave Única de Identificación
Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.)
del Contribuyente (persona física o jurídica),
otorgada por la AFIP.
 F-300 Impuesto sobre los Ingresos Brutos –
Altas, Bajas y Modificaciones por duplicado y
acreditar personería del firmante (Glosario Acreditar interés legítimo).
II. MONOTRIBUTISTAS SOCIALES INCLUIDOS EN EL
REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES (EFECTOR SOCIAL):
 El Efector Social debe solicitar la inscripción en el
ISIB ante el Registro Nacional de Efectores a
través del F-316 Efectores Sociales - ISIB
Conformidad de Inscripción y Exención del
Impuesto Dto. 501/08 - Ley N 9520, a fin de que
este organismo lo informe DGR.
 Solapa “Inscripción”:
 Excepcionalmente en caso de que el Efector no
hubiera presentado ante el Registro el Formulario
mencionado, deberá presentarse ante la DGR para
solicitar su inscripción en el ISIB y posterior
registro de Exención en la base de datos. Para
ello, deberá presentar la siguiente documentación:
Datos Inscripción
Fecha Inicio: Fecha de Inscripción
Nro. de Resolución
Fecha de Nominación
Régimen
Continuidad Económica
CUIT
Sociedad Absorbida
Nro. de Agente
Para PERSONAS FÍSICAS:
 Solapa “Domicilio”:
Domicilio Actividad Principal
 Solapa “Sucursales”:
N° de Sucursal
Fecha Alta
Descripción
Domicilio Sucursal
 Solapa
“Participación
Sociedades”:
en
Otras
CUIT Empresa
Empresa
Actividad
Porcentaje
! Dentro de los 3 (tres) días hábiles de enviada la
solicitud
de
“Alta
Inscripción
Agentes
de
F-315 vig. Efectores Sociales Alta
Sujeto Pasivo/Imp. Sobre los Ingresos
Brutos – Alta Sujeto Pasivo – Exención
Dto.501/2008 por duplicado con los datos
completos (por el titular -persona física).
Credencial de Pago como Monotributista
Social F-152.
Primer comprobante de pago del
Monotributo Social (original y copia);
excepto en el caso de Efector Social
agropecuario.
Constancia de Inscripción en el Régimen
Simplificado
para
Pequeños
Contribuyentes – Monotributo.
Fotocopia de Recibos de Servicios
Públicos (luz, gas, agua y telefonía fija),
Resumen de Tarjetas de Créditos,
Escritura, Boleto de Compra-Venta o
Contrato de Alquiler donde conste el lugar
de su residencia habitual. Para el caso de
Recibos de Servicio Público o Resumen
de Tarjeta de Crédito se reconocerán
como válidos, cuando los mismos no
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NO PRESENCIAL
Retención/Percepción/Recaudación”, la DGR pondrá
a disposición el número de inscripción asignado;
pudiendo consultar el mismo ingresando a
www.dgrcba.gov.ar, en la sección Servicios, opción
Consulta de Inscripto mediante el F 307 - Impuesto
sobre los Ingresos Brutos Cordoba.
III. CONVENIO MULTILATERAL:
 Iniciar la solicitud de inscripción / reinscripción
por Padrón Web www.padronweb.gov.ar.
! Dentro de los 3 (tres) días hábiles de enviada la
solicitud, la DGR pondrá a disposición el número de
inscripción asignado; pudiendo consultar el mismo
ingresando a www.padronweb.gov.ar.
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PRESENCIAL
excedan los tres meses desde su
emisión.
Acreditar domicilio tributario/fiscal según
Fotocopia de Recibos de Servicios
Públicos (luz, gas, agua y telefonía fija),
Resumen de Tarjetas de Créditos,
Escritura, Boleto de Compra-Venta o
Contrato de Alquiler donde conste el
lugar de su residencia habitual. Para el
caso de Recibos de Servicio Público o
Resumen de Tarjeta de Crédito se
reconocerán como válidos, cuando los
mismos no tengan más de tres (3) meses
de antigüedad y figuren a nombre del
titular. Cuando el servicio pertenezca a
otra persona se debe acreditar el vínculo
con el titular del impuesto.
Para PROYECTOS PRODUCTIVOS
F-315 vig. Efectores Sociales Alta
Sujeto Pasivo/Imp. Sobre los Ingresos
Brutos – Alta Sujeto Pasivo – Exención
Dto.501/2008 por duplicado con los datos
completos (para el proyecto productivo y
sus integrantes)
Fotocopia de la primera y segunda hoja
del Documento de Identidad de cada uno
de los socios integrantes del mismo, y de
sus respectivos cónyuges
Constancia de Inscripción del proyecto en
el Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes -Monotributo Social-.
A los fines de constituir el domicilio donde
esté
instalada
la
dirección
o
administración de la Sociedad en el
.
A los fines de constituir el domicilio donde
esté
instalada
la
dirección
o
administración de la Sociedad en el F315: Fotocopia de Recibos de Servicios
Públicos (luz, gas, agua y telefonía fija),
Resumen de Tarjetas de Créditos,
Escritura, Boleto de Compra-Venta o
Contrato de Alquiler, a nombre de
cualquiera de los socios integrantes .
Para el caso de Recibos de Servicio
Público o Resumen de Tarjeta de Crédito
se reconocerán como válidos, cuando los
mismos no tengan más de tres (3) meses
de antigüedad y figuren a nombre del
titular.
! La inscripción del Proyecto Productivo se asimilará
a la inscripción de una Sociedad de Hecho. .Los
sujetos integrantes del proyecto serán los “socios” de
la misma.
!Un Proyecto Productivo de bienes o servicios que se
inscriban, podrán estar compuesto de hasta tres
integrantes. Cabe aclarar que cada “socio” será
Efector (Monotributista Social) en forma individual
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NO PRESENCIAL
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PRESENCIAL
! Los sujetos mencionados no deberán figurar
inscriptos como empleadores ante la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
! Dentro de los 3 (tres) días hábiles de enviada la
solicitud de Inscripción/Reinscripción en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos, la DGR pondrá a
disposición el número de inscripción asignado;
pudiendo consultar el mismo ingresando a
www.dgrcba.gov.ar, en la sección Servicios, opción
Consulta de Inscripto mediante el F 306 - Impuesto
sobre los Ingresos Brutos Cordoba.
www.dgrcba.gov.ar
IMPORTANTE
*Toda la documentación debe presentarse en original y fotocopia (En caso de no presentar original, la fotocopia deberá estar certificada ante, Escribano, Policía, Banco o Juez de
Paz).
* La documentación deberá ser firmada personalmente ante el Usuario que recepta el trámite o bien la firma debe estar debidamente certificada ante Escribano, Policía, Banco o Juez de Paz.
Acreditar Interés Legítimo:
Poseedor a Título de Dueño:
a) Boleto de compraventa: * Con antigüedad inferior a diez (10) años a la fecha del trámite, el mismo deberá contener fecha cierta, pago de sellado y firma certificada ante Escribano Público.
A estos efectos se tomará como fecha cierta la certificación de la firma o el sellado, el que sea anterior. *En caso de que el boleto de compraventa tenga una antigüedad de más de diez (10)
años, deberá ratificar su validez de la siguiente manera: 1) Si es entre particulares, deberán ratificar las partes intervinientes la vigencia de dicho boleto con certificación de firmas por parte del
Escribano con fecha no superior al año a la fecha del trámite o pedido de exención. 2) Si existe una entidad pública que sea parte del boleto de compraventa, deberá adjuntarse una constancia
actualizada a la fecha del trámite, emitida por la autoridad pública certificando la subsistencia del mismo. b) Acta de Tenencia precaria otorgada por entidad pública nacional, provincial o
municipal, o tenencia precaria que el Poder Ejecutivo disponga con antigüedad inferior a diez (10) años. Cuando supere dicha antigüedad deberá revalidarse con lo previsto en el punto 2) del
inciso b) precedente. c) Sentencia firme de Juicio de usucapión, copia certificada expedida por el Tribunal actuante cuando no se haya inscripto el inmueble usucapido a su nombre. d) Auto
Declaratoria de Herederos o Auto que declare válido el Testamento deberá ser presentado por sus Herederos. e) En caso de que no se haya iniciado la Declaratoria de Herederos deberá
presentar nota con carácter de Declaración Jurada en la cual consten quienes son los herederos, acompañando copia de partidas de defunciones, de nacimiento libreta de familia que acredite
el carácter de heredero. f) Resolución o constancia de Inscripción en el Registro de Poseedores –Ley N° 9150- llamado “Programa Tierras para el Futuro” otorgada por la Unidad
Ejecutora. Para el trámite de devolución sólo se permitirá el mismo siempre que el poseedor solicitante sea el titular del cr édito reclamado y para el supuesto del punto D precedente
únicamente se permitirá con la Sentencia de la Declaratoria de Herederos.
Para acreditar la existencia del Sujeto Pasivo (persona física o jurídica), se deberá presentar:
a) Personas Físicas, Empresas Unipersonales y Responsables: Fotocopia de la primera y segunda hoja del documento de identidad – Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta
Cívica (LC), Libreta de Enrolamiento (LE), Cédula Policía Federal o Pasaporte en caso de ser extranjero-, Cedula Policial de la Provincia de Córdoba. En caso de ser casado, deberá
acompañar también el del esposo/a. b) Sociedades de Hecho: Fotocopia de la primera y segunda hoja del DNI de cada uno de los socios integrantes de la misma, y de sus respectivos
cónyuges. c) Sociedades constituidas regularmente: Fotocopia del Estatuto o Contrato Social y de la constancia de inscripción -actualizada- ante los respectivos órganos de contralor. d)
Sucesiones indivisas: Fotocopia del acta de defunción del causante. e) Las asociaciones, simples asociaciones, fundaciones, mutuales y resto de contribuyentes mencionados en el
Artículo 29 del Código Tributario vigente como contribuyentes: Fotocopia del Estatuto o Contrato Social y de la Constancia de inscripción -actualizada- ante los respectivos órganos de
contralor. En todos los casos se deberá adjuntar, según corresponda, constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Clave Única de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave
de Identificación (C.D.I.) del contribuyente (persona física o Jurídica), otorgada por la AFIP.
Para acreditar la personería del firmante:
a) Sociedades o Entidades mencionadas en el Artículo 29 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2012 y sus modificatorias –excepto Sociedades de Hecho-: Fotocopia del acta de
designación de autoridades, actualizada, salvo que constare en el Contrato Social o Estatuto. b) Si es Apoderado: Fotocopia del Poder respectivo. c) Sucesiones Indivisas: Fotocopia
certificada del Auto o Auto Interlocutorio de designación de Administrador de la Sucesión. Caso contrario acreditar el vínculo con el causante. d) Cuando el contribuyente fuera una persona
física incapaz según el Código Civil: Fotocopia del documento de identidad del padre o testimonio judicial de la designación del tutor o curador. En todos los casos se deberá adjuntar, según
corresponda, constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Clave Única de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) de cada firmante, otorgada
por la AFIP.