AYUNTAMIENTO DE YUNCLER

AYUNTAMIENTO DE YUNCLER
PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA.
[2015/13122]
LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS PEÓN DE ALBAÑILERIA
53041984M
21512054Q
03922177X
32043890Z
54284145M
52105232C
49068148V
78719070Y
11800263K
X2707488C
20254170W
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1-a-1
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Artículo 7. Personas participantes y requisitos.
1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las
oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que
pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los
efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de
empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses
anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La
Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a
continuación:
1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la
fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha,
hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan
derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por
desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación.
Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un
plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que
si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que
será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno
de los puestos ofertados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz
AYUNTAMIENTO DE YUNCLER
PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA.
[2015/13122]
LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS OFICIAL 1ª DE ALBAÑILERIA
3822696G
77342713S
4136755K
03831874M
X5628093Q
00271823D
03812592C
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Artículo 7. Personas participantes y requisitos.
1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las
oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que
pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los
efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de
empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses
anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La
Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a
continuación:
1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la
fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha,
hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan
derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por
desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación.
Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un
plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que
si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que
será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno
de los puestos ofertados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz
AYUNTAMIENTO DE YUNCLER
PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA.
[2015/13122]
LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS PEÓN DE USOS MULTIPLES
03846567R
04254289W
44786865T
Y0934682E
03934918D
47311565J
3199857M
X3468505J
5217438A
52372581V
03899395K
51359505T
03833738Y
08976713C
03899177X
52081772C
53467741D
50220172V
03952763Y
03926957Y
70333993Q
03944533X
03868674M
03918194Y
03918197D
03918195F
X2760698P
25403325D
03849545N
X6938247K
52485042R
03915165J
26447138J
03880762H
03894557J
03834449G
50187342P
48200916T
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Art. 7 - 1-a-1
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1-a-1
Art. 7 - 1-a-1
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
Falta documentación
Art. 7 - 1-a-1
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 – 1- a-1
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
Art. 7 - 1-a-1
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1a
Falta documentación
Falta documentación
03858568L
03928672L
X3104730Y
03847129B
52089345A
Falta documentación
Art. 7 - 1a
Art. 7 - 1-a-1
Art. 7 - 1-a-1
Art. 7 - 1-a-1
Artículo 7. Personas participantes y requisitos.
1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las
oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que
pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los
efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de
empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses
anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La
Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a
continuación:
1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la
fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha,
hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan
derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por
desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación.
Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un
plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que
si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que
será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno
de los puestos ofertados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz