AYUNTAMIENTO DE YUNCLER PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA. [2015/13122] LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS PEÓN DE ALBAÑILERIA 53041984M 21512054Q 03922177X 32043890Z 54284145M 52105232C 49068148V 78719070Y 11800263K X2707488C 20254170W Art. 7 - 1a Art. 7 - 1-a-1 Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Artículo 7. Personas participantes y requisitos. 1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos: a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a continuación: 1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación. Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno de los puestos ofertados. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz AYUNTAMIENTO DE YUNCLER PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA. [2015/13122] LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS OFICIAL 1ª DE ALBAÑILERIA 3822696G 77342713S 4136755K 03831874M X5628093Q 00271823D 03812592C Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación Art. 7 - 1a Falta documentación Artículo 7. Personas participantes y requisitos. 1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos: a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a continuación: 1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación. Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno de los puestos ofertados. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz AYUNTAMIENTO DE YUNCLER PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA. [2015/13122] LISTADO PROVISIONAL DE EXCLUIDOS PEÓN DE USOS MULTIPLES 03846567R 04254289W 44786865T Y0934682E 03934918D 47311565J 3199857M X3468505J 5217438A 52372581V 03899395K 51359505T 03833738Y 08976713C 03899177X 52081772C 53467741D 50220172V 03952763Y 03926957Y 70333993Q 03944533X 03868674M 03918194Y 03918197D 03918195F X2760698P 25403325D 03849545N X6938247K 52485042R 03915165J 26447138J 03880762H 03894557J 03834449G 50187342P 48200916T Art. 7 - 1a Falta documentación Art. 7 - 1-a-1 Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 - 1-a-1 Art. 7 - 1-a-1 Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación Falta documentación Art. 7 - 1-a-1 Falta documentación Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 – 1- a-1 Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación Art. 7 - 1-a-1 Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1a Falta documentación Falta documentación 03858568L 03928672L X3104730Y 03847129B 52089345A Falta documentación Art. 7 - 1a Art. 7 - 1-a-1 Art. 7 - 1-a-1 Art. 7 - 1-a-1 Artículo 7. Personas participantes y requisitos. 1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupadas, que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos: a) Las personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tales a los efectos de estas ayudas, aquéllas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y en las que concurra alguno de los requisitos que se relacionan a continuación: 1º. Personas entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, hayan agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no tengan derecho a subsidio por desempleo o que hayan agotado el subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de protección frente a dicha situación. Expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la página web municipal, dando un plazo de tres días hábiles para subsanar defectos en las instancias con apercibimiento de que si no lo hace se archivará sin más trámites su solicitud. Finalizado el plazo la AlcaldíaPresidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos(as y excluidos/as que será expuesto del mismo modo que la lista provisional, confeccionándose listas por cada uno de los puestos ofertados. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Luis Miguel Martín Ruiz
© Copyright 2024