PRECIO PRE CIO PO POR R PALA P PALABRA: ALABRA BRA:: 0.015 0 015 INCLUDO INCLUD INC LUDO O IGV IGV CRÓNICA CRÓN CR ÓNIC ICA A JUDI JU JUDICIAL DICI CIAL AL 2016 del 2016 neroo del eener de enero 13 de oless 13 ércole miérc mi yo, miércoles clayo Chiclayo, Chicla Chi 1 2 CRÓNICA Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 1. REMATE JUDICIAL REMATES BIENES INMUEBLE Telf: 481030 - 239182 REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 00391-2004-01706-JR-CI-07 seguido por MAVESA REPRESENTACIONES S.R.L. contra ANA MARIA CHAVEZ MONTALVAN Y OTROS sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, El Séptimo Juzgado Especializado En Lo Civil De Chidayo, a cargo de la señora Juez Dra. Liz Karina Fabian Palomino, asistido por el Especialista Legal Juan Pariahuache Julcahuanca, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del Bien Inmueble ubicado en Calle Los Rebeldes N° 240 - Tupac Amaru, antes Manzana J Lote 21, Distrito y Provincia de Chidayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Registral P10093169 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II - Sede Chidayo. VALOR DE LA TASACION: US$ 82,628.90 (Ochenta y Dos Mil Seiscientos Veintiocho y 90/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 55,085.93 (Cincuenta y Cinco Mil Ochenta y Cinco y 93/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por la Primera Convocatoria. AFECTACIONES: 1) Embargo.- Ordenado por el Juez Cesar Eduardo Burga Diaz del Sétimo Juzgado del Módulo Corporativo Civil de Chidayo, ordena trabar embargo sobre las acciones y derechos que correspondió a Agenor Chavez Llocya (fallecido) hasta por la suma de US$ 5,000.00 Dólares Americanos, así consta inscrito en el Asiento 00004; 2) Embargo.- Ordenado el Juez del Sétimo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, Cesar Eduardo Burga Diaz y Especialista Legal Leyla Mariel Terán Yengle, resuelve variar la medida cautelar de embargo en forma de inscripción inscrito en el Asiento 00004 en cuanto al monto inscrito por la suma de US$ 5,000.00 Dólares Americanos, debiendo ampliarse hasta por la suma de US$ 8,500.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Dólares Americanos), así consta inscrito en el Asiento 00005, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Registral P10093169 del Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II - Sede Chidayo. DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de Enero del 2016 a horas 12:00 pm (Doce del mediodía). LUGAR DE REMATE: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San José N° 1052, Chidayo. LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignara a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicata- rio, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzales Barzotti, Martillero Publico Registro N° 195; Especialista Legal Juan. Pariahuache Julcahuanca, El Séptimo Juzgado Especializado En Lo Civil De Chiclayo. CARLOS ALBERTO GONZALES BARZOTTI MARTILLERO PÚBLICO REGISTO N° 195 P/ 5102425 B/ 745 S/. 75.60 13, 14, 15, 16, 18, 19 Enero AVISO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 188 - 2014 seguido por JOSE BARTOLOME MUNDACA SALAZAR contra VALENTIN REQUEJO HERRERA y BLANCA EMERITA SAAVEDRA VERA DE REQUEJO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, interviniendo como Especialista Legal Betty Varias Céspedes, ha ordenado que el suscrito MARTILLERO PÚBLICO, realice el remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble consistente en: 1.- Inmueble ubicado en el Sub Lote 33 A Mz. G-l (actualmente calle Horacio Patiño N° 226) de la Urb. Latina, del distrito de Jose Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya área, linderos y demás medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica N° 11063315 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II sede Chiclayo. TASACIÓN: Comercial en la suma de US$. 173,133.50 (CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES y 50/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: En la suma de US$. 115,422.33 (CIENTO QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS y 33/100 DOLARES AMERICANOS), monto que resulta luego de deducir las dos terceras partes de su valor de tasación. REQUISITOS PARA SER POSTOR: El POSTOR deberá presentar antes del remate una cantidad no menor a US$. 17,313.35 que equivale al 10% del valor de tasación, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153, por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ - REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVAMENES y CARGAS: La sociedad conyugal propietaria del predio inscrito en esta partida, en calidad de deudora constituye HIPOTECA a favor de JOSE BARTOLOME MUNDACA SALAZAR, hasta por la suma de S/. 50,000.00 Nuevos Soles, inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 11063315 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II sede Chiclayo. HONORARIOS: El Adjudicatario pagara los honorarios del Martillero, según lo establecido con el D.S. 008-2005-JUS. + igv, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizara EL DIA JUEVES 28 DE ENERO DEL 2016 A HORAS 11:00 AM, en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San Jose N° 1052, cercado de Chiclayo. Chiclayo, 16 de Noviembre del 2015 ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 172 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5103409 B/ 752 S/. 81.00 13, 14, 15, 18, 19, 20 Enero AVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Proceso seguido por ARMANDO BUSTAMANTE SANCHEZ contra EDGAR VALENCIA RIOFRIO Y MERICHEL CHAMOLI BOCANEGRA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, signado con el Expediente N° 05-2014, el Juzgado de Paz Letrado de San Ignacio, que despacha el DR. JAIME ADAN FLORES SUAREZ, y Secretario Judicial MAXANDRE CÉSAR FELIX TABOADA RAMON, se ha dispuesto sacar en REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Inmueble: INMUEBLE SIN CONSTRUIR UBICADO EN EL JIRO MIGUEL GRAU, MANZANA “H”’, LOTE 03 SECTOR IV ETAPA I, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE SAN IGNACIO, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° 11003825 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE ZONA REGISTRAL N° II - SEDE CHICLAYO - OFICINA REGISTRAL CHICLAYO, CON UN AREA TOTAL DE 160.00 M2, CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS CORREN EN LA PARTIDA ELECTRONICA ARRIBA INDICADA. TASACION COMERCIAL: ASCENDENTE A LA SUMA DE $ 8,800.00 (OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: ASCENDENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE LA TASACION COMERCIAL, ESTO ES LA SUMA DE $ 5,866.66 (CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS GON 66/100 DOLARES AMERICANOS) DEBIENDO LOS POSTORES DEPOSITAR EL 10% DE LA TASACION EQUIVALENTE A $. 880.00 (OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA, Y PAGAR LA TASA JUDICIAL CORRESPONDIENTE PARA SER CONSIDERADOS COMO TALES. CARGAS Y GREVAMENES: NO SE CONOCEN CARGAS NI GRAVAMENEZ INSCRITOS. DIA Y HORA DEL REMATE: EL VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: EL REMATE SE REALIZARA EN EL LOCAL DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN IGNACIO SITO EN LA AV. SAN IGNACION N° 305 DISTRITO Y PROVINCIA DE SAN IGNACIO, Y, ESTA- PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV RA A CARGO DEL JUEZ DR. JAIME ADAN FLORES SUAREZ, JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN IGNACIO Y SECRETARIO JUDICIAL MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMON. SAN IGANCIO, 31 DE DICIEMBRE DEL 2015 MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMON ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN IGNACIO P/ 5103354 B/ 749 S/. 54.00 13, 14, 15, 18, 19, 20 Enero SEGUNDO REMATE PÚBLICO Exp. N° 017-2012, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con Sarita Elena Romero Llanos y Segundo Leoncio Navarro Marquina sobre Ejecución de Garantías el Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo a cargo del señor Juez Dr. Sandro Omar Gavilán Gaitán y Especialista Legal Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Manzana 32, Lote 20, Sector 2 de la Urbanización Popular de Interés Social Primero de Mayo, Distrito José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritas en la Partida N° P10024492 de Registro de Predios de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo. AFECTACIONES: a) HIPOTECA, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US$ 47,240.80 dólares americanos, Escritura Publica N° 106 del 14.01.2009, Notario Público de Chiclayo Antonio Enrique Vera Méndez, As. 00007 de la Partida N° P10024492. TASACION: US$ 90,902.84 (Noventa mil novecientos dos con 84/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 51,511.60 (Cincuenta y un mil quinientos once con 60/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes de la Tasación con la deducción de una vez 15% de Ley. DIA Y HORA DEL REMATE: 29 DE ENERO de 2016 a las 03:00 pm. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en la Calle San Jose N° 1052 -1070, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Martillero Público que se encargara de realizar el Remate Publico: Rodolfo Reátegui Herrera. POSTORES: Oblaran el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; presentaran documento de identidad (copia y original); Arancel Judicial (original y copia firmados) donde conste el número del Juzgado, expediente y documento de identidad. El adjudicatario pagara los honorarios del Martillero Publico que están afectos al IGV. Chiclayo, 11 de diciembre de 2015 RODOLFO REATEGUI HERRERA ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 123 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5102443 F/ 496 S/. 35.10 13, 14, 15 Enero SEGUNDO REMATE JUDICIAL (EXPEDIENTE 00506-2014) En los seguidos por JOSE IVAN DAMIAN VALDERA contra JOAN CARLOS SAMAME ROJAS, sobre ejecución de Garantías Reales, en el Expediente N° 00506-2014-0-1706JR-CO-08, por mandato del Sr. Juez CRÓNICA del Octavo Juzgado Civil Sub especialidad en los comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán interviniendo como especialista legal de la causa la Dra. Carolina Portocarrero Esteta, ha dispuesto sacar a remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA el 75% (Setenta y cinco por ciento) de las acciones y derechos que le corresponden a Don JOAN CARLOS SAMAME ROJAS respecto al Inmueble ubicado en la Calle Leoncio Prado N° 148 - Sub Lote 01 - Urbanización El Porvenir del Distrito y Provincia de Chidayo - Departamento de Lambayeque; cuya área y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Electrónica N° 11156612 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II sede Chidayo. TASACION COMERCIAL: S/. 100,000.00 (CIEN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) PRECIO BASE DEL REMATE: S/. 56,666.67 (CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 67/00 NUEVOS SOLES) monto que resulta ser el equivalente al precio base del primer remate menos el 15% (quince por ciento). CARGAS Y GRAVÁMENES: A.- CARGA TECNICA: Respecto al área total y frente mínimo en la construcción de la fábrica conforme se establece en el Informe Técnico de Verificación debidamente suscrito por el verificador; Arquitecto Alexander Rentería Peña y legalizado ante Notario Público Carlos A, Caballero Burgos con fecha 08.02.12 e inscrito en el asiento D00001 de la Partida Electronics N° 11156612 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II sede Chidayo B.- HIPOTECA: Primera y preferente hipoteca a favor de JOSE IVAN DAMIAN VALDERA, RESPECTO AL 75% de las acciones y derechos que le corresponden a JOAN CARLOS SAMAME ROJAS y hasta por el monto de S/. 50,000.00 Nuevos Soles, conforme a la Escritura Pública N° 51 del 15.01.14 otorgada ante Notario Público Segundo Alfredo Santacruz Vera e inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 11156612 de! Registro de Predios de la Zona Registral N° II sede Chidayo y que motiva el presente remate. C.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION SOBRE EL 60 % DE ACCIONES Y DERECHOS Que te corresponden al ejecutado Joan Carlos Samame Rojas a favor de Rosa Dalila Hurtado Zuloeta y hasta por la suma de S/. 8.000.00 Nuevos Soles, ordenado por el Juez del 2° Juzgado de Paz Letrado Civil de Chidayo (Expediente 2032-2014-71- 1706-JPCI-02) e inscrita en el Asiento D00003 de la Partida Electrónica N° 11156612 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II sede Chidayo. FECHA Y HORA DE REMATE 27 de Enero del 2016 a las 11: 30 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates del Poder Judicial de Lambayeque, cito en Calle San José N° 1052 cruce con Av. Saenz Peña (Antiguo Local de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque) - 2° Piso - Distrito y Provincia de Chidayo - Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Serán admitidos como postores quienes antes del remate hayan depositado en efectivo o en cheque de gerencia o depósito judicial, una cantidad no menor al diez por ciento (10 %) del valor de la tasación, es decir no menor a: S/. 10,000.00 (DIEZ MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES); asimismo presentaran la tasa judicial correspondiente por participación en remate de bien inmueble, en original y copia, el mismo que debe consignar el N° de expediente, Juzgado e identificación del participante. Los postores deberán apersonarse con su Documento de Identidad y copia simple del mismo. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios del martillero Publico serán a cargo del adjudicatario, los mismos que están regulados por el JUDICIAL D.S N° 008-2005-JUS, de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. BRIGTHE ALARCON GONZALES MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 269 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5098391 B/ 708 S/. 47.70 12, 13, 14 Enero SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente N°: 5431-2013.- Por disposición del Juez del PRIMER JUZGADO CIVIL - MIXTO DE JAEN, Dr. LUCIEN ELI MONTOYA URBINA y Secretario Judicial: Dr. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERON, en los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. con CRUZ MARIA HUAMAN JARAMILLO, el día 29 de enero del 2016, a las 9.00 de la mañana, en la Sala de Remates, ubicada en la calle Mariscal Castilla N° 490, segundo piso, del Distrito y Provincia de Jaen, Departamento de Cajamarca, se procederá a llevar a cabo el REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA, del bien inmueble dado en garantía ubicado en la calle Lambayeque sin número, centro poblado Ambato Tamborapa, Lote 7, Manzana N, distrito de Bellavista, provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electrónica N° P33007040, del Registro de Predio de la Oficina Registral de Jaén, VALORIZACIÓN (Tasación) de: US$ 16,000.00 (DIECISEIS MIL DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE de REMATE, deducido conforme a Ley, de: US$ 9,066.66 (NUEVE MIL SESENTA Y SEIS Y 66/100 DOLARES AMERICANOS) AFECTACIONES: Hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C., hasta por US$ 16,000.00, inscrito en el asiento 00003; POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC).- el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el encargado designado quien se comunicara con el Área de Recaudación Judicial, según lo dispuesto por Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ y Oficio Múltiple N° 006-2012-GAD-CSJLA-PJ, ambos de fecha 12 de Noviembre del 2012.- Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según arancel más I.G.V. (Art. 732° del C.P.C.). SAÚL RODOLFO MANTILLA SANEZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 119 ABOG. JOHN VLADIMIR CAYOTOPA CALDERÓN SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL – JAEN PODER JUDICIAL P/ S/. 36.00 12, 13, 14 Enero REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA En cl Expediente N° 2909-2014-01703-JR-CI-02 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra JUSTINIANO FERNANDEZ LANDAURO Y LEYLA MARGARITA VASQUEZ PAREDES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Jaén, Dr. Rudecindo José Damián Sandoval, interviniendo como Espe- Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 3 cialista Legal Edinson Enrique Soberon Hoyos, ha ordenado mediante resolución número ONCE de fecha dos de noviembre del dos mil quince, que el suscrito MARTILLERO PUBLICO realice el remate judicial en SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble, consistente en: - Inmueble ubicado en la Mz. E-1 Lote 15 (actualmente Av. Victor Raúl Haya de la Torre N° 472 del AA.HH. Diez de Marzo), del distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, cuya área, dominio, linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Registral N° P33000585 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén. TASACION COMERCIAL: Ascendente a la suma de US$. 43,500.00. PRECIO BASE: En la suma de US$. 24,650.00, monto que resulta luego de deducir el quince por ciento de la postura anterior. REQUISITOS PARA SER POSTOR: EL POSTOR deberá presentar antes del remate una cantidad no menor a US$. 4,350.00 que equivale al 10% del valor de tasación en efectivo, depósito judicial, cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153, por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado por el área de Recaudación judicial. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C., hasta por la suma de US$. 11,200.00, inscrita en el asiento 00004 de la Partida Electrónica N° P33000585 de la Oficina Registral de Jaén. 2) Ampliación y Modificación de Hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C., hasta por la suma de US$. 43,500.00, inscrita en el asiento 00005 de la Partida Electrónica N° P33000585 de la Oficina Registral de Jaén. HONORARIOS: El Adjudicatario pagará los honorarios del Martillero, según lo establecido en el D.S.008-2005JUS.+ IGV, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizara el día LUNES 25 DE ENERO DEL 2016, A HORAS 9:15 A.M., en el local del Juzgado sito en la Av. Mariscal Castilla N° 490 - Jaen, Cajamarca. Jaen, 29 de Diciembre del 2015. LORVI ALCANTARA SUYON ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 246 EDINSON E. SOBERON HOYOS SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5098833 S/. 40.00 11, 12, 13 Enero REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA En el Exp. N° 29-2015, proceso sobre Ejecución de Garantías Reales seguido por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra ALAN ANDRE CISNEROS FIGUER0A y DELIA CAMACHO PINTADO, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, interviniendo la Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto se saque a remate público en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble identificado como Departamento 401 - Sección 401 ubicado en calle Juan Buendía N° 795-797-799 de la Urbanización Chiclayo - II Etapa, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; inscrito en la Partida Electrónica N° 11137675 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO BASE: US$ 38,387.13 (TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 13/100 DÓLARES 4 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 AMERICANOS). TASACION COMERCIAL: US$ 67,742.00 (SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). La base es equivalente al valor de la convocatoria anterior deducida en 15%. GRAVAMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 75,578.00 obrando la inscripción correspondiente a esta garantía en el asiento D00004 de la indicada Partida Electrónica N° 11137675. DIA Y HORA DEL REMATE 25-01-2016 a horas 09.30 a.m. LUGAR DEL REMATE En la sala de remates ubicada en calle San José N° 1052 - 2do. piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo ó con cheque de gerencia girado a su nombre (el cheque debe ser negociable) el 10% del valor de la tasación. Por razones legales y de seguridad se exhorta a los postores a realizar el oblaje con cheque de gerencia. Igualmente los postores deberán presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate de bien inmueble. Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dicho arancel de participación ante la oficina de REPEJ-REMAP (sito también en calle San José N° 1052 - Distrito de Chiclayo). Los postores además deberán presentarse con su DNI (original y copia) y sea el caso, con los documentos que sustenten su representación legal. HONORARIOS: El adjudicatario a la firma del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 del D.S. N° 0082005-JUS. Consultas: 949307024. Chiclayo, 15 de Diciembre del 2015 JORGE LUIS ÑAUPA CONTRERAS ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. 251 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5097748 F/ 471 S/. 32.50 11, 12, 13 Enero AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 2039-2001-0-1706-JR-CI-06. SCOTIABANK PERU S.A.A. contra JOSE ORLANDO REYES ERAZO, MARIA MAGDALENA REYES ERAZO, y MARIA ISABEL VÁSQUEZ MATEO de REYES, sobre EJECUCION DE GARANTÍA BIEN EN REMATE: El Sexto Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, a cargo de la señora Juez, Elvira Rojas Senmache, y Especialista Legal, Diana Yamunaque Seclen, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble de propiedad de los ejecutados José Orlando Reyes Erazo y María Isabel Vásquez Mateo, consistente en el Predio Rustico signado como Parcela N° 13159, que formo parte del Precio Fundo Capote, Distrito de Picsi, Provincia de Ferreñafe, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, características, área, linderos y medidas perimétricas están inscritos con la Ficha N° 12074, trasladada a la Partida Electrónica N° 02295412 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Chiclayo. VALORIZACION: S/. 80,064.00 (Ochenta mil sesentaicuatro y 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE: S/. 53,376.00 (CINCUENTAITRES MIL TRESCIENTOS SETENTAISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) equivalente a dos terceras partes de su valorización por ser pri- CRÓNICA mera convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento d-3, Primera y Preferencial Hipoteca del 25.01.1999 a favor del Banco Wiese Ltdo. hasta por US$. 14,500.00. FECHA, HORA Y LUGAR: El día MARTES 26 DE ENERO DE 2016 A LAS 11.00 HORAS, EN LA SALA DE REMATES EN LA SALA DE REMATES, ubicada en la sede principal del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Participan con dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, con una cantidad no menor del 10 % de la valorización, se presentan con original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate de inmueble, indicando expediente, juzgado, DNI y/o RUC, nombre y firma, que debe estar debidamente sellado por el Registro de Martilleros del Poder Judicial de Chiclayo; y de ser el caso de Vigencia y Poder con facultades para participar en remate de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Finalizado el remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V., determinados por la ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. 0082005-JUS). Chiclayo, diciembre 21 de 2015. GLPmartilleropublico@yahoo. es. [email protected]. / (51) (44) 94-789-3343 94-963-5850 34-7544 / RPM *661990. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210 DIANA YAMUNAQUE SECLEN SECRETARIA JUDICIAL SEXTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5097715 F/ 470 S/. 64.80 11, 12, 13, 14, 15, 18 Enero PRIMER REMATE JUDICIAL Exp. 01570-2012-0-2501-JR-CI-04, en los seguidos por FERNANDO RICHARD BARRETO PAREDES contra JOSE DEL CARMEN SANTISTEBAN URCIA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS. El Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Chimbote que Despacha el Sr. Juez Dr. Alfredo Cuipa Pinedo, Especialista Legal Dr. Manuel Fenco Custodio; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Centro Poblado Ciudad del Percador, Manzana H3, Lote 29, (Hoy: Calle Bartolomé de Las Casas), Distrito de Santa Rosa, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Nº P10137009, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral Nº II, Sede Chiclayo. TASACIÓN: En la suma de US$. 44,063.76 (CUARENTICUATRO MIL CERO SESENTITRES Y 76/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 29,375.84 (VEINTINUEVE MIL TRECIENTOS SETENTICINCO Y 84/100 DÓLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 27 de enero del 2016 a horas 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Local del Cuarto Juzgado Civil de Chimbote, sito en la Avenida José Gálvez Nº 290, Segundo Piso, Ciudad de Chimbote. CARGAS Y GRAVAMENES: 1.-) EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00003 de la Partida Nº P10137009). Por Resolución Judicial Nº 03, de fecha 07.01.2012, expedida por el Juez del Cuarto Juzgado Civil de Chimbote, se resuelve conceder a Fernando Richard Barreto embargo en forma de inscripción, sobre las JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV acciones y derechos expectaticios que le puedan corresponder al demandado José Del Carmen Santisteban Urcia, sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por la suma de US$. 60,000.00 Dólares Americanos. Titulo presentado el 07/01/2013.- 2.-) EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00004 de la Partida Nº P10137009). Por resolución Coactiva N° 11 del 16/10/2014, variada por resolución N° 13, de fecha 31/10/2014, esta última aclarada por resolución N° 14 del 20/11/2014, expedidas por el ejecutor coactivo del Ministerio de la Producción, se ha resuelto Trabar Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 395,007.06 Nuevos Soles, sobre el inmueble inscrito en la presente partida de propiedad de la ejecutada, la sociedad conyugal conformada por JOSE DEL CARMEN SANTISTEBAN URCIA y PERLA HAYDE HUAMANCHUMO URCIA. Así está dispuesto en el expediente N° 182-2009-ACUM. 3.-) EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00005 de la Partida Nº P10137009). Por Resolución Coactiva Nº 0230074771961, de fecha 17.09.2015, expedida por SUNAT, se resuelve conceder embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/. 178,000.00 Nuevos Soles, que le corresponden al deudor tributario PERLA HAYDE HUAMANCHUMO URCIA, al fenecimiento del Régimen Patrimonial de Sociedad Gananciales. Exp. N° 0230074771961.-POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Cuarto Juzgado Civil de la Corte de Justicia de Santa, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero público César Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS más IGV. Chimbote, 22 de diciembre del 2014 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 241 DR. MANUEL FENCO CUSTODIO ESPECIALISTA LEGAL CUARTO JUZGADO CIVIL C/ 029282 FP/ 06, 07, 08, 11, 12, 13 Enero S/. 108.00 2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora Juez Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 3011 - 2015, seguido por ELVA ROSA SANTISTEBAN SANTAMARIA, se encuentra tramitando la RECTIFICACION SU PARTIDA DE NACIMIENTO. En el sentido que se adicione en su partida de nacimiento el segundo apellido de su progenitor “BANCES”, debiendo quedar escrito correctamente el nombre de su padre como: MANUEL SANTISTEBAN BANCES. Así mismo se adicione en su partida de nacimiento el segundo apellido se su progenitora “SANDOVAL”, debiendo quedar escrito correctamente el nombre de su madre como: MARTINA SANTAMARIA SANDOVAL. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJL P/ 5103372 B/ 751 S/. 11.40 13, 14 Enero EDICTO JUDICIAL Expediente N°: 760-2015-c Solicitante: SESI QUEVEDO CAMPOS Materia: CAMBIO DE NOMBRE. Proceso: NO CONTENCIOSO Juez: Dr. HAROLD ORTIZ CARRASCO. Especialista: Abog. ENRIQUE GARCIA QUEVEDO RESOLUCIÓN NUMERO: UNO. San Ignacio, cinco de enero Del año dos mil dieciséis.AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en ejercicio de su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva se ha apersonado a este Juzgado don SESI QUEVEDO CAMPOS, solicitando el cambio de nombre de SESI Quevedo Campos a CESAR ONUR QUEVEDO CAMPOS, consecuentemente se disponga se ordene a la Municipalidad Provincial de San Ignacio, Departamento de Cajamarca, proceda a suprimir su partida de nacimiento numero quinientos veinticuatro en el cuerpo de la partida y parte izquierda de la misma el nombre de SESI y se consigne sus pre nombres como CESAR ONUR, manteniéndose inalterables sus apellidos; SEGUNDO: Toda demanda debe contener los requisitos exigidos para su admisión y procedencia; de manera tal que se debe declarar inadmisible cuando los defectos u omisiones que se adviertan en la misma puedan subsanarse concediéndose un plazo para la subsanación correspondiente; caso contrario, de no poderse subsanar se dispondrá su improcedencia, devolución de anexos y archivo, conforme los artículos cuatrocientos veintiséis y cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Civil.- TERCERO: La demanda que antecede no se encuentra dentro de las causales de inadmisibilidad o improcedencia que precisa el C6digo Procesal Civil; debiendo citarse al Ministerio Publico - En aplicación de los artículos, setecientos cincuenta y uno, setecientos cincuenta y cuatro del Código Procesal anotado. Por los considerandos y normas glosadas; SE RESUELVE: (1) ADMITIR a trámite en proceso no contencioso la solicitud interpuesta por don SESI QUEVEDO CAMPOS sobre CAMBIO DE NOMBRE; (2) Convocar a la audiencia de actuaci6n y declaración judicial el día CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00 PM HORA EXACTA), bajo apercibimiento de darse por concluido el proceso en caso de inasistencia, en aplicaci6n del artículo 760 del Código Procesal Civil, modificado por la Única Disposición Modificatoria del Decreto Legislativo numero mil setenta, publicado en el diario oficial ‘El Peruano’ el veintiocho de junio del dos mil ocho, concordante con el articulo doscientos tres del acotado cuerpo legal modificado por el articulo uno de la Ley numero veintinueve mil cincuenta y siete publicado el veintinueve de junio del dos mil siete; (3) Por señalado su domicilio procesal al que se indica; Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, en consecuencia, PUBLIQUESE un extracto de la presente conforme a Ley en el diario oficial “La Republica” por el termino de TRES DIAS; con citación del Representante del Ministerio Publico. Al Primer Otrosí: ESTESE a lo resuelto en la presente resolución; Al Segundo Otrosí: Por otorgadas las facultades de representación al letrado que indica con las limitaciones de ley. FIRMADO: Juez: Dr. HAROLD ORTIZ CARRASCO, JUEZ DEL JUZGADO MIXTO; ENRIQUE FABIAN GARCIA QUEVEDO. SECRETARIO JUDICIAL. San Ignacio, 05 de enero del 2016 ENRIQUE F. GARCIA QUEVEDO SECRETARIO JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV JUZGADO MIXTO SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ S/. 43.20 13, 14, 15 Enero EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO CIVIL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora Juez Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 1094 - 2015, seguido por MARIA MERCEDES HILARIO ASTOCONDOR DE VILCAPOMA, se encuentra tramitando la RECTIFlCAClÓN DE LA PARTIDA MATRIMONIO CIVIL DE SUS PADRES MAXIMO HILARIO MATEO Y ROBERTA HILDAURA ASTOCONDOR OROSCO. PARTIDA DE MATRIMONIO PRIMERO: Que doña María Mercedes Hilario Astocondor de Vilcapoma solicita la rectificación de la partida de matrimonio de sus padres Máximo Hilario Mateo y Roberta Hildaura Astocondor Orosco, en la que por error no se ha consignado el primer nombre de su madre “Roberta”, así como por error se consignó su segundo nombre YIdaura con “Y” cuando lo correcto es con “H”; debiendo quedar Roberta Hildaura. Así como se ha omitido el apellido materno de los padres de su recordada madre “Campos y Pisa”, que por equivocación también se ha consignado el nombre de su madre como “Adela”, cuando lo correcto es “Adelaida”; debiendo quedar correctamente como Roberta Hildaura Astocondor Orosco con “S” y no con “Z”; hija de don Alejandro Astocondor Campos y de doña Adelaida Orosco Pisa. Quedando entonces en la partida de matrimonio civil de sus padres de la siguiente manera: Don Máximo Hilario Mateo y Doña Roberta Hildaura Astocondor Orosco, hija de don Alejandro Astocondor Campos y de doña Adelaida Orosco Pisa. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. Especialista Legal: Dr. Santos Flores Ramos. Lambayeque, 05 de Enero del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5098478 B/ 710 S/. 21.60 12, 13, 14 Enero EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y DE DEFUNCIÓN Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora Juez Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 1092- 2015, seguido por MARIA MERCEDES HILARIO ASTOCONDOR DE VILCAPOMA, se encuentra tramitando la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Y DE DEFUNCION DE SU MADRE DOÑA ROBERTA HILDAURA ASTOCONDOR OROSCO. PARTIDA DE NACIMIENTO PRIMERO: Que doña María Mercedes Hilario Astocondor de Vilcapoma solicita la rectificación de la partida de nacimiento de su recordada madre Roberta Hildaura Astocondor Orosco, en la que por error no se ha consignado el apellido materno del padre de su madre “CAMPOS” siendo lo correcto Alejandro Astocondor Campos; así como se rectifiquen los dos nombres de su madre “Ruberta” é “YIdaura” por Roberta Hildaura, y su apellido materno “Orosco” con “S” y no con “Z”, siendo lo correcto Roberta Hildaura Astocondor Orosco, como debe ser. Así mismo deberá corregirse el nombre CRÓNICA de su madre “Adela” por “Adelaida”, siendo lo correcto Adelaida Orosco Pisa. Debiendo quedar correctamente en su partida de nacimiento de su recordada madre: don Alejandro Astocondor Orosco, manifestó una niña llamada Roberta Hildaura Astocondor Orosco hija de don Alejandro Astocondor Campos y de doña Adelaida Orosco Pisa. PARTIDA DE DEFUNCION PRIMERO: Que así mismo solicita la rectificación de la partida de defunción de su recordada madre Roberta Hildaura Astocondor de Hilario, por no haberse consignado los apellidos maternos de los padres de su madre “Campos y Pisa”; siendo lo correcto Alejandro Astocondor Campos y Adelaida Orosco Pisa; y en la que por error se le ha consignado su apellido paterno “Orozco” con Z; siendo lo correcto “Orosco” con S debiendo quedar correctamente en la partida de defunción de su madre Roberta Hildaura Astocondor Orosco de Hilario hija de don Alejandro Astocondor Campos y de doña Adelaida Orosco Pisa. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. Especialista Legal: Dr. Santos Flores Ramos. Lambayeque, 05 de enero del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5098481 B/ 712 S/. 27.00 12, 13, 14 Enero EDICTO Por ante el TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO; que despacha el Doctor Oscar Tenorio Torres y Especialista Legal: Dra. Astrid Renteria Chafloque; Expediente N° 2010-3784-0- 1706-J-CI-1°, seguido por: GONZALES VDA. DE RIOS IDA SUNCIONA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, se ha dispuesto se publique un extracto de la resolucion número tres de fecha veinticinco de mayo del año dos mil once que resuelve declarar la nulidad de la resolucion número dos de fecha cinco de enero del año en curso en el extremo que admite a trámite el proceso en la vía no contenciosa, renovando la demanda en el proceso abreviado y la resolucion numero diecinueve de fecha veinte de octubre del año en curso que ordena se publique un edicto de la parte resolutiva de la resolucion número tres y la presente, en los diarios: La Republica y El Peruano. Chiclayo, 04 de Diciembre del 2015 ASTRID RENTERIA CHAFLOQUE SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5097710 B/ 701 S/. 17.10 11, 12, 13 Enero PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCION AQUISITIVA Por ante el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO; que despacha la señora Juez Dra. CLARA ODAR PUSE y la especialista legal: BERTHA ALEXANDRA CUSTODIO AQUINO; Expediente N° 02600-2015. Que con fecha 01-102015 subsanado por escrito de fecha 22-10-2015; los señores YONEL ZAVALETA CONTRERAS y ROSA DIANA ALCANTARA PORTAL interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA contra SEGUNDO FERNANDO PADILLA CHUQUIMANGO, ARGELIA ANDALUZ MAYTA y la sucesión intestada de don PABLO CASAS PADILLA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA; invocando dere- JUDICIAL cho a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso, SOLICITA los demandantes se les declare propietarios del bien inmueble ubicado en el asentamiento humano Libertador Simon Bolivar Mz. B2, lote 09, actualmente Calle Jose de la Mar N° 180 del Pueblo Joven Simon Bolivar del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, el cual corre inscrito en la Partida N° 10000787 del Registro de la Propiedad Inmueble de la SUNARP - Chiclayo, adquirido mediante contrato de transferencia celebrado entre los recurrentes y su anterior propietario, amparando su pretensión en lo estrictamente regulado por el artículo 950° y 952° del Código Civil; con Resolución N° 02 de fecha 07-12-2015; Se Resuelve ADMITIR a TRAMITE vía del proceso de ABREVIADO la demanda interpuesta, CONFIRIENDOSE traslado a los emplazados por el plazo de diez días a fin de que absuelvan la demanda interpuesta; ORDENÁNDOSE NOTIFICAR POR EDICTO A ARGELIA ANDALUZ MAYTA para que en el término de diez días hábiles comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal PUBLICAR un extracto de la demanda y auto admisorio en el diario oficial y en otro de mayor circulación.Chiclayo, 05 de enero del 2016 BERTHA ALEXANDRA CUSTODIO AQUINO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5096934 B/ 692 S/. 24.30 11, 12, 13 Enero PRESCRIPCION AQUISITIVA Por ante el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO; que despacha la señora Juez Dra. CLARA ODAR PUSE y la especialista legal: BERTHA ALEXANDRA CUSTODIO AQUINO; Expediente N° 02600-2015. Que con fecha 01-102015 subsanado por escrito de fecha 22-10-2015; los señores YONEL ZAVALETA CONTRERAS y ROSA DIANA ALCANTARA PORTAL interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA contra SEGUNDO FERNANDO PADILLA CHUQUIMANGO, ARGELIA ANDALUZ MAYTA y la sucesión intestada de don PABLO CASAS PADILLA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA; invocando derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso, SOLICITA los demandantes se les declare propietarios del bien inmueble ubicado en el asentamiento humano Libertador Simon Bolivar Mz. B2, lote 09, actualmente Calle Jose de la Mar N° 180 del Pueblo Joven Simon Bolivar del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, el cual corre inscrito en la Partida N° 10000787 del Registro de la Propiedad Inmueble de la SUNARP -Chiclayo, adquirido mediante contrato de transferencia celebrado entre los recurrentes y su anterior propietario, amparando su pretensión en lo estrictamente regulado por el artículo 950° y 952° del Código Civil; con Resolucion N° 02 de fecha 07-12-2015; Se Resuelve ADMITIR a TRAMITE vía del proceso de ABREVIADO la demanda interpuesta, CONFIRIENDOSE traslado a los emplazados por el plazo de diez días a fin de que absuelvan la demanda interpuesta; ORDENANDOSE, PUBLICAR un extracto de la demanda y auto admisorio en el diario oficial y en otro de mayor circulación.Chiclayo, 05 de enero del 2016 BERTHA ALEXANDRA CUSTODIO AQUINO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5096934 B/ 692 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 5 S/. 24.30 11, 12, 13 Enero SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA Por ante el Primer juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo que despacha el señor Doctor JUAN F. GARCIA MAYORGA y el Especialista Legal Dr. VICTOR ARBULU NORABUENA, en el expediente número 2511-2015-1JPLC-CH. En los autos seguidos por AMELIA SILVA CERDAN sobre SUCESION INTESTADA mi despacho ha dispuesto: ADMITIR A TRAMITE EN VIA DEPROCESO NO CONTENCIOSO la petición de SUCESION INTESTADA interpuesta por AMELIA SILVA CERDAN, a fin de declararla conjuntamente con su fallecida hermana CLARA SILVA CERDAN incorporándose en línea sucesoria a sus hijas SOLEDAD TORRES SILVA y PATRICIA TORRES SILVA como únicas y universales herederas de quien en vida fueran su señora madre VIRGINIACERDAN ZAVALA fallecida el veintidós de abril de dos mil trece, en la ciudad de Chiclayo; en consecuencia publíquese un extracto de la presente resolucion en los diarios El Peruano y la República por el término de un día Chiclayo, 08 de enero del 2016 DR. VICTOR M. ARBULÚ NORABUENA SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5102377 B/ 741 S/. 6.60 13 Enero EDICTO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL DE CHICLAYO, QUE DESPACHA EL DOCTOR WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ, EN CALIDAD DE JUEZ TITULAR A CARGO DEL PRESENTE ORGANO JURISDICCIONAL Y, EL SECRETARIO JUDICIAL MARCO STEVE VASQUEZ PINEDO, se ventila el Expediente N° 0961-2015-0, MEDIANTE RESOLUCION NUMERO DOS, DE FECHA UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA DE SUCESION INTESTADA, SOLICITADA POR MANUEL ROLANDO DELGADO SAMAME, RESPECTO DE SU EXTINTA MADRE JUANA ANGELICA SAMAME DE DELGADO, FALLECIDA EN LA CIUDAD DE CHICLAYO, EL DIA DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE. Chiclayo, 01 de Julio del año 2015 MARCO S. VASQUEZ PINEDO SECRETARIO JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5102516 B/ 748 S/. 4.20 13 enero EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, que despacha el señor Juez Titular doctor WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ, asistido por la secretaria judicial, abogada MARILU SALDARRIAGA SALAS, se ventila el proceso N° 29052015-0, solicitado por IRIS VIOLETA VENTURA DE MURO , sobre SUCESION INTESTADA, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por IRIS VIOLETA VENTURA DE MURO, (en calidad de esposa), respecto de su extinto esposo JUAN FRANCISCO MURO DE LA CRUZ, fallecido en esta ciudad, 6 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 el día dieciséis de agosto del año dos mil catorce. Chiclayo, 30 de diciembre del 2015 WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL CHICLAYO MARILU SALDARRIGA SALAS SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5103358 B/ 750 S/. 5.40 13 Enero 3.NOTIFICACIONES EDICTO El Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia Chiclayo, que despacha la Sra. Juez MAGALI JACQUELINE SOTO BARDALES; Secretaria CAROLA FLORES PORTILLA, en el Expediente N° 1961-2015, RESULEVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIA TERESA GUERRERO GUERRERO en representación de su menor hija MILAGROS SERRANO GUERRERO contra GENARO LOLI SERRANO CASTAÑEDA sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, en la vía de PROCESO UNICO. Concédase TRASLADO al demandado para que en el término de CINCO días se apersone al proceso y conteste demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Por haberse ordenado en el expediente N° 1961- 2015 seguido por MARIA TERESA GUERRERO GUERRERO contra GENARO LOLI SERRANO CASTAÑEDA sobre AUMENTO DE ALIMENTOS. Chiclayo, 05 de Enero de 2016 MAGALI JACQUELINE SOTO BARDALES JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA ABOG. CAROLA FLORES PORTILLA SECRETARIA PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5102016 B/ 734 S/. 13.20 12, 13 Enero 4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 236-2015-01-JIPSICSJL-PRISION PREVENTIVA JUZGADO: JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIIA. IMPUTADO: ELMER RAMIREZ MARTINEZ Y OTRO DELITO: ARREBATO DE ARMAMENTO OFICIAL Y OTROS AGRAVIADO: EL EST ADO JUEZ: Dra. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE. ESPECIALISTA: Abog. YUSBELIA URDIALES SEGURA POR EL PRESENTE, SE NOTIFICA AL ACUSADO JAIME RAFAEL RODRIGUEZ que mediante resolución DOS emitida con fecha cinco de agosto del dos mil quince se ha RESUELTO: ORDENAR LA PRISION PREVENTIVA con respecto al procesado JAIME RAFAEL RODRIGUEZ por la presunta comisión a título de co-actor del delito de ARREBATO DE ARMAMENTO Y MUNICIONES DE USO OFICIAL, en agravio del ESTADO - PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR - PNP, ilícito previsto en el artículo 279 - B del Código Penal por la presunta comisión a título de co-actor de delito de VIOLENCIA CONTRA LA AUTORI- CRÓNICA DAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES EN SU FORMA AGRAVADA, en agravio del Estado –Procurador Publico del Ministerio del Interior PNP, tipificada en el artículo 365 concordante con el numeral 3 segundo párrafo del artículo 367 , por la presunta comisión a título de cómplice secundario del delito de DANO AGRAVADO, en agravio del ESTADO - PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR PNP y de los efectivos policiales TENIENTE PNP ISMAEL ISAIAS SUDARIO YNGA y SOT 1 PNP RUBEN VALENCIA LEDESMA, en consecuencia SE ORDENA CURSAR los oficios pertinentes a la autoridad policial para su ubicación y captura a nivel local como nacional y una vez puesto a disposición, se dispone EMITIR la papeleta de ingreso del imputado JAIME RAFAEL RODRIGUEZ al establecimiento penitenciario de la Provincia de San Ignacio. Este proceso se encuentra ventilándose con número de expediente 236-2015-JIPSI-PRISION PREVENTIVA, en el Juzgado de Investigacion Preparatoria de La Provincia de San Ignacio; perteneciente a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACION, en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por el lapso de 3 DIAS HABILES CONSECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal. San Ignacio, 06 de enero del 2016 DRA. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA Y LIQUIDADOR TRANSITORIO – SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 3722-2015-80-1708-JR-PE01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JOSE RUBEN CUMPA REYES, domiciliado en |calle Grau 1378 de esta localidad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 en esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 3722-2015-80 que se le sigue por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JHEFERSON CUMPA INOÑAN. Lambayeque, 06 de enero del 2016 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 4123-2015-97-1708-JR-PE01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JOSE EDILBERTO CUBAS MEDINA, domiciliado en Manzana K Lote 19 en Mocce Antiguo de esta localidad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 en esta localidad, a respon- JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV der por los cargos que le resultan en el Expediente N° 4123-2015-97 que se le sigue por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de GEORGE CUBAS CARRILLO. Lambayeque, 30 de diciembre del 2016 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDAROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ. Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo al acusado: MANUEL JULCA HUAMAN en el lugar donde se encuentre para que comparezca a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a responder de los cargos que le resulten de la Inst. No 2375-2005, que se le sigue por el delito de Violación de la Libertad sexual, en agravio de la menor de las iniciales R.M.B. R. Bien entendido que si no lo hiciera quedara sujeto a los efectos que la ley determina. Dado en la ciudad de Chiclayo, a los seis días del mes de enero del dos mil dieciséis. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA RAMIRO CARRANZA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO PENAL Segundo Juzgado de lnvestigaci”6n Preparatoria de Ja6n Expediente N° 589-2015-1JIP-JCSJLA/PJ. Procesado: NUÑEZ MALDONADO CRUZ Agraviado: ESTADO - RENIEC Delito: FALSEDAD IDEOLOGICA Juez: Dra. Maria Campos Idrogo. Esp. Juzgado: Miguel Angel Olivos Arellano. Por el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, NOTIFICA al procesado NUNEZ MALDONADO CRUZ, con la Resolucion N° DOS de fecha 16/10/2015, mediante el cual se corre traslado a los demás sujetos procesales con el requerimiento de acusación directa por el termino de diez días útiles y se reprograma la audiencia de Control de Acusación para el día QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEISA HORAS DOCE DE LA TARDE (12:00 PM), en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, sitio en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este ultimo de excluirlo de la defensa, subrogarlo, y designar a otro Defensor Público, tal como lo autoriza el artículo 85° numeral 1 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076. DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO ESPECIALISTA DE JUZGADO 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 13, 14, 15 Enero EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE-CUTERVO. CUADERNO: 228-2014 - CSJLA /PJ JUEZ: DR. JORGE E. TELLO GONZALES ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la ciudad de Cutervo, juez DR. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES, CITA Y EMPLAZA: WALTER HURTADO TENORIO, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del EXPEDIENTE N° 228-2014-JPUP-C, por el delito LESIONES GRAVES, en agravio de JULIO SILVA MEJIA. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución N° 04, de fecha siete de diciembre del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el VEINTISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordena su ubicación y captura a nivel nacional. LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE – CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ES PECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA. Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días al IMPUTADO PROSPERO DAMIAN VIDAURRE CON DNI N° 17634289 CON DOMICILIO EN CALLE VICTORIA N° 162-TUCUME - LAMBAYEQUE CON LA RESOLUCION NUMERO DOS DE FECHA DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma para el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIES a horas DOCE CON CINCUENTA MINUTOS DEL MEDIODIA (hora exacta) en esta misma sala de audiencias, manteniendo los mismos apercibimientos decretados en autos, esto es, en caso de inasistencia de la parte solicitante, se tendrá por no presentido el pedido de constitución en actor civil.; por haberse ordenado así en la instrucción N° 5768-201591-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio de EL ESTADO. Lambayeque, 07 de enero del 2016 SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 13, 14, 15 Enero EDICTO PENAL Segundo Juzgado de Investigaci6n Preparatoria de Ja6n Expediente N° 426-2015-2JIP-JCSJLA/PJ. Procesado: CELSA FERNANDEZ REQUEJO Agraviado: RENIEC Delito: FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. Juez: Dra. Maria Campos Idrogo. Esp. Juzgado: Miguel Angel Olivos Arellano. Por el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, NOTIFICA a\ procesado CELSA FERNANDEZ REQUEJO, con la Resolución N° DOS de fecha 16/10/2015, mediante el cual se corre traslado a los demás sujetos procesales con el requerimiento de acusación directa por el termino de diez días útiles y se reprograma la audiencia de Control de Acusa- PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV ción para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEISA HORAS UNA DE LA TARDE (1:00 PM), en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, sitio en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este ultimo de excluirlo de la defensa, subrogarlo y designar a otro Defensor Público, tal como lo autoriza el articulo numeral 1 del Código Procesal Penal modificado por Ley N° 30076. DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO ESPECIALISTA DE JUZGADO 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 13, 14, 15 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 5427-2014-28 JUEZ: HECTOR BARDALES VINCES SECRETARIO: HUGO RODRIGO VASQUEZ Por el presente edicto, el Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ferreñafe, notifica al imputado LUIS EVARISTO LEONARDO PAICO con la resolucion número CUATRO que dispone: I] Declarar FUND ADO el requerimiento de prisión preventiva formulado por el doctor Ricardo Cevallos Vegas, Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ferreñafe, y oralizado por el doctor Pedro Henry Flores Onofre, Fiscal Adjunto Provincial Penal del mismo despacho. II] En consecuencia, DICTO PRISION PREVENTIVA contra el imputado LUIS EVARISTO LEONARDO PAICO, identificado con DNI N° 43528173, nacido el 11 de agosto de 1981, con domicilio en Caserío Pampagrande, Huayrul, distrito de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, por la presunta comisión del delito de Violación Sexual, en agravio de la menor de iniciales L.C.L.LL., por el plazo de NUEVE MESES; lo que notifica de acuerdo a ley, el 07 de Enero del 2016, dando cumplimiento a la Res. N°04 del mencionado expediente. HECTOR BARDALES VINCES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL-CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 4819-2014-68-1708-JR-PE01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JOSE LUIS TANG URBINA, domiciliado en |calle 8 de Octubre 262 de esta localidad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 en esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 4819-2014-68 que se le sigue por el delito MICROCOMERCIALIZACION DE DROGA en agravio del Estado. Lambayeque, 10 de Noviembre del 2015 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL - CSJLA 12, 13, 14 Enero CRÓNICA EDICTO EXPEDIENTE N°: 00670-2015-01703-JR-PE-02 JUEZ: DR. PARI GONZALES ORLANDO GERMAN ESP. DE JUZGADO: ABOG. VIOLETA CORONADO NUÑEZ SE HACE SABER: DAVILA FERNANDEZ GIOVANI El Señor Juez segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de zla Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR AL AGRAVIADO: DAVILA FERNANDEZ GIOVANI, con el requerimiento de acusación con el siguiente tenor: en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 159° inciso 5 de la carta magna, en los artículos 1°,5° y 11° de la ley orgánica del Ministerio Publico, y en uso de la facultad procesal conferida por el artículo 349° del código Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACION seguido contra JARAMILLO OLIVERA GIANKARLOS JOSEPH Y OTROS, por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de DAVILA FERNANDEZ GIOVANI con la RES N° 4 de fecha 11 de Diciembre del año dos mil quince, en la que se ha resuelto lo siguiente: SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR al agraviado DAVILA FERNANDEZ GIOBANI para que concurra a la audiencia de control de acusación para el día 14 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS UNA DE LA TARDE, HORA EXACTA: Diligencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaen. Por haberse ordenado así en el Expediente 00670-2015-0-1703-JR-PE-02, seguido contra JARAMILLO OLIVERA GIANKARLOS JOSEPH Y OTROS, por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de DAVILA FERNANDEZ GIOVANI Jaén, 21 de diciembre del 2015 DR. ORLANDO GERMÁN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN I. VIOLETA CORONADO NUÑEZ ESPECIALISTA JUDICIAL PJIP-JAEN 12, 13, 14 Enero EDICTO EXPEDIENTE N°: 4496-2014-0-1703JR-PE-02 JUEZ: ORLANDO GERMAN PARI GONZALES ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL ALEJANDRIA IMPUTADO: JOSE ABEL DELGADO TARRILLO El señor Juez del 2do juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO JOSE ABEL DELGADO TARRILLO CON LA RESOLUCION NUMERO SIETE DE FECHA DIEICISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE SE RESUELVE:!).- REPROGRAMAR la presente audiencia DE CONTROL DE ACUSACION, para el día 22 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS UNA DE LA TARDEHORA EXACTA.2).- REQUIERASE a la Central de Notificaciones de esta Sub- Sede Jaen, devuelva la cedula de notificación cursada al acusado Jose Abel Delgado Tarrillo en su domicilio real, bajo apercibiendo en caso de hacerlo oportunamente remitirse copias a la ODECMA de esta Corte Superior de Lambayeque, con las copias respectivas. Así misma en caso de existir alguna razón justificada de su no diligenciamiento de la misma, deberá realizarse VIA EDICTOS Y RADIO MARAÑON.3).- TENGASE por notificado con la presente resolución de reprogramación al abogado defensor del acusado presente en esta audiencia.4).- EXHORTESE a la Representante del Ministerio Publico, JUDICIAL para que adopte las medidas del caso a fin de que no se vuelva a reprogramar la presente por inconcurrencia de la misma , bajo apercibimiento de remitirse copias al Órgano de Control Interno del Ministerio Publico. Jaén, 30 de diciembre del 2015 DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL JUZGADO: 2DO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL JAEN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado VAPSI ARIZ SERRANO PAUCAR, identificado con DNI 27717416, para que se ponga a Derecho y se defiéndanse los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 673-20151703, por el Delito CONDUCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaen, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaen, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 2015-673-1703-SJPUSJ, seguido contra VAPSI ARIZ SERRANO PAUCAR en agravio de LA SOCIEDAD por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA JUEZ DEL 2DO. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO EXPEDIENTE N°: 558-2013-66/2JIP-J JUEZ: ORLANDO GERMAN PARI GONZALES ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL ALEJANDRIA SE HACE SABER A: WILMER VALDIVIA MARTINEZ El Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: WILMER VALDIVIA MARTINEZ, con el requerimiento de acusación presentada por mesa de partes el 02 de noviembre del 2015, mediante la cual el Representante del Ministerio Publico, SOLICITA: Se imponga al Acusado WILMER VALDIVIA MARTINEZ, 18 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en calidad de AUTOR, por la comisión del Delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de HOMICIDIO CALIFICADO POR LUCRO; ilícito previsto y sancionado en el artículo 108° inciso 1 del Código Penal, en agravio de JOSE ILBER GIL LLAMO; asimismo, CORRER TRASLADO por el plazo de DIEZ DIAS útiles, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instarla aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetarla reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria enjuicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 7 mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; y, CITESE para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS ,A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m. ) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaen, ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad (2do piso). Jaen, 05 de Enero del 2016. DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 12, 13, 14 Enero EDICTO EXPEDIENTE N°: 453-2015-0-1TIP JUEZ: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO ESP. DE JUZGADO: NIDYA MELISSA PRETELL ALEJANDRIA AGRAVIADA: SANDRA VERONICA CORONEL GUERRERO La Señora Jueza del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA A LA PARTE Agraviada SANDRA VERONICA CORONEL GUERRERO con la RESOLUCION NUMERO CUATRO De fecha DIEZ de diciembre del presente año: Se RESUELVE: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad, pudiendo incluso solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren pertinentes, todo ello con el objeto de ser debatido en la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, la misma que vencido el plazo del traslado y en atención del artículo 345° numeral 3 del Código Procesal Penal, se CITA para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.) hora exacta, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaen, ubicada en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad (2do piso); audiencia que quedara instalada con los que asistan a dicho acto procesal de conformidad con lo prescrito por el artículo 345° numeral 3 del Código Procesal Penal; PRECISESE que la resolucion dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, tal como se dispone el artículo 16 incisos 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por resolucion Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NIDYA M. PRETELL ALEJANDRIA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 12, 13, 14 Enero EDICTO EXP. Nro. 03453-2015-62-JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DEJUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. RODRIGUEZ SAAVEDRA NOTIFICA A LA ACUSADA OLGA NICIDA FLORES FERNANDEZ Y HULDO MAVEL HERNANDEZ SUAREZ EXP. 03453-2015-62 JBD. FORM EL DELITO USURPACION AGRAVADA EN AGRAVIO JAIME ALCANTARA PAUCAR SE LE 8 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 NOTIFICA A LA AUDIENCIA PUBLICA DE CONSTITUCION DE ACTOR CIVIL PARA EL DIA VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DOCE CON TREINTA MINUTOS (HORA EXACTA) EN LA PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS CITO EN CALLE VIRREY TOLEDO S/n JOSE LEONARDO ORTIZ EXPEDIENTE: 3453-2015 - 62A-SUMILLA: CONSTITUYE EN ACTOR civil SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODILO BASICO DE JOSELEONARDOORTIZJAIMEALANTA PAUCAR , identificado con DNI N° 16492343 , con domicilio real en la Calle Garcilaso de la Vega N° 853-Chlclayo, y domicilio procesal en calle Manco Capac N°501 Of. 04-Chiclayo, en el proceso seguido contra, OLGA NICIDA FLORESFERNANDEZ Y OTRO, por el delito de USURPACION AGRAVADA , en mi agravio, a usted con el debido respeto digo: Que, de conformidad con a los artículos 98,99,100,101, Y 102, del Código Procesal Penal, recurro a su despacho a fin de solicitar se me constituya en ACTOR CIVIL, debiendo declarar PROCEDENTE, por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho :PRIMERO: Que, conforme se aprecia de la Carpeta Fiscal N® 280-2015, la Segunda Fiscalía provincial penal Corporativa del Módulo básico de Jose Leonardo Ortiz , mediante disposición Fiscal N° 02 de fecha 10 de Junio del2015, ha comunicado a vuestro despacho la Formalización y continuación dela investigación preparatoria , contra OLGA NICIDA FLORES FERNANDEZ y HULDO MAVEL HERNANDEZ SUAREZ , como presuntos autores del delito Contra el Patrimonio , en la figura de USURPACION AGRAVADA , previsto en el Art. 204 inc. 2 y A concordante con el art. 202 del Código penal, que ha dado origen al Expediente N° 03453-2015, en donde su despacho mediante Resolución N® 01 de fecha 16 de Junio del 2015 resuelve tener por recepcionada la comunicación de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra los imputados antes mencionado , y por el delito de Usurpación Agravada, en mi agravio. SEGUNDO: Que, de la investigación preliminar y preparatoria , se advierte que a los imputados OLGA NICIDA FLORES FERNANDEZ y HULDO MAVELHERNANDEZ SUAREZ , se les viene investigando como autores del delito de Usurpación Agravada , en mi agravio, ilícito penal previsto y sancionado por el Art. 204 inc. 2 y 3 , concordante con el art. 202 del Código penal que sanciona con pena privativa de la Libertad no menor de 04 años ni mayor de08 anos de pena privativa de la libertad, he inhabilitación según corresponda,, ilícito penal perpetrado el día 27 de Enero del 2015 a las 18 horas aproximadamente, según refirió la señora PRETONILA RIVASPLATA MEJIA ,que por orden de su cunada MARISOL CHAVEZ CHAVEZ , ha ingresado avivir en el inmueble Ubicado en la Galle Charles Conrrad N° 1405 -Mz “Q”Lote 49 Urbanization Carlos Stein –Jose Leonardo Oriz , quien es propietariadel inmueble junto a su esposo WILDOR HERNANDEZ FLORES , y luego dehaberse identificado plenamente se ha formalizado la continuacion deinvestigacion preparatoria contra . OLGA NICIDA FLORES FERNANDEZ yHULDO mavel Hernandez Suarez TERCERO: Que, el articulo 11 inc.l del Codigo Procesal Penal “Elejercicio dela accion civil deriva del hecho punible, corresponde al Ministerio Publico yespecialmente al petjudicado por el delito, Si el perjudicado se constituye en actor civil (...)” y de conformidad con el articulo 98 del Codigo Procesal Penal”La accion reparatoria en el proceso penal solo podra ser ejercitada por quienresulte perjudicada por el delito, es decir, por quien segun la Ley civil este legitimado para reclamar la reparacion civil (...)” en el presente caso elperjudicado por la comisión del delito de CRÓNICA UASURPACION AGRAVADA, resultaser el recurrente JAIME ALCANTARA PAUCAR, por lo que en calidad de agraviado solicito se me constituya en Actor civil, concediéndome la participación en todas las diligencias. CUARTO: Que. con respecto al monto de la reparacion civil , el recurrente lo considera en la suma de S/. 20,000.00 nuevos soles por concepto de danomoral .pese a que este es irreparable. sin embargo la doctrina ha considerado que doto hecho ilicito causa un daño moral, y por lo tanto debe ser indemnizado conforme así lo preve el Art. 1984 del C.C., concordante con el 1985 de! mismo cuerpo de leyes , y como quiera que e! suscrito agraviado es un médico de profesión, al haber indicado los investigados que el bien inmueble no me pertenece, incluso me están haciendo realizar gastosinnecesarios , estoy solicitando como reparación civil la suma antes mencionada, más la entrega del bien inmueble, que en forma ilícita vienen ocupando. Acompaño al presente los siguientes medios probatorios: por su despacho mediante (a cual resuelve tener por recepcionada la comunicacion de la Investigacion preparatoria. lO. Copia de la Resolución N” 3 de fecha 12 de Octubre del 2015, expedida por su despacho mediante el cual resuelve tener por recepcionada la comunicación de la disposición de prorroga el plazo JOSE LEONARDO ORTIZ, 8 DE ENERO DEL 2016 SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL JUZGADO: 2DO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL JAEN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado LUIS ALBERTO TECOCHA CAMPOS, identificado con DNI 27695883, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 802-20151703, por el Delito Omisión A La Asistencia Familiar, en agravio de DEYBI TECOCHA CUBAS, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaen, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaen, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 2015-802-1703-SJPUSJ, seguido contra LUIS ALBERTO TECOCHA CAMPOS en agravio de DEYBI TECOCHA CUBAS por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA JUEZ DEL 2DO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE, DRA. CORINA SILVA ZELADA. Por el presente: se CITA, LLAMA, EMPLAZA y NOTIFICA por tres días consecutivos al acusado: JOSE WILLIAM RUIZ AYALA, identificado con D.N.I N° 45648185, NATURAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ - CHICLAYO, CON DOMICILIO REAL EN CALLE JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV FEDERICO VILLARREAL N° 328 TUCUME, CON EL ACTA DE FECHA TREINTA DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de Constitución en Actor Civil y reprogramar la misma para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA, en la sala N°3 de audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, ubicado en Calle Bolivar 624 - Lambayeque, quedando válidamente notificados las partes presentes en este acto, por haberse ordenado así en la instrucción N° 6055-2015-3-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ANDERSON YAREN RUIZCHAPILLIQUEN. Especialista Judicial: Dante Quiñones Yahiro Lambayeque, 06 de enero del 2016 DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA. Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días al IMPUTADO SAAVEDRA GARCIA LUIS ENRIQUE CON DNI N° 47249808 NATURAL CON DOMICILIO REAL EN CALLE SAN MARTIN CUADRA 3- TUCUME O EN CALLE SAN MARTIN CUADRA 4 - TUCUME CON LA RESOLUCION NUMERO UNO DE FECHA VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE QUE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusacion,2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación Y CON LA RESOLUCION NUMERO TRES DE FECHA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma, teniendo en cuenta la huelga de los trabajadores del Poder Judicial para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; por haberse ordenado así en la instrucción N° 7547-2015-01708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONDUCCION EN ESTADODE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Lambayeque, 06 de enero del 2015 SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero Oficio EDICTO PENAL N° 1-2014-0-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; a los imputados de autos FRANK IRVIN MAYORGA MONDRAGON, WILLIAM FERNANDO PEREZ OLIVOS y MIGUEL ANGEL NANEZ PACHERREZ, a quienes se les notifica en este acto con el tenor de la resolucion trece - fecha veintiuno de diciembre del año dos mil quince, que contiene la resolucion que reprograma la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolivar N° 624 - Primer piso de la ciudad de Lambayeque; audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores de los acusados designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1-2014-0-1708-JR-PE, que se sigue contra Frank Irvin Mayorga Mondragón y otros, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Rosa Cumpa Barrios. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL Oficio N° 6055-2015-3-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA al imputado de autos JOSE WILLIAN RUIZ AYALA, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolución dos - fecha treinta de diciembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISESIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolivar N° 624 -Primer Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado defensor del acusado.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 6055-2015-3-1708-JR-PE, seguida contra Jose William Ruiz Ayala, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Anderson Ruiz Chapillequen. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL EXP. N° 2014-2925-0-1706-JR-PE1-ORR EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: TORRES SE CITA Y EMPLAZA a la señor ALBERTO RIVERA ROSILLO, para que se ponga a derecho y defienda de de los cargos formulados en su contra, en el proceso N° 2014-29250-JR-PE-1° RESOLUCION NÚMERO: 12 SE RESUELVE: SE RESUELVE: I) REPROGRAMAR la audiencia, difiriendo el plazo que falta computar, para el día VEINTE DE ENERO del año dos mil dieciséis, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA) en esta misma sala de audiencias, mediante el sistema de VIDEOCONFERENCIA, quedando válidamente notificados las partes procesales presentes y los acusados mediante videoconferencia. II] CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DIAS HÁBILES, a ALBERTO RIVERA ROSILLO, por la comisión del delito contra la salud publica en la modalidad de promoción favorecimiento y facilitación al tráfico ilícito de drogas previsto y sancionado el primer párrafo del artículo 296 del código penal en agravio del Estado, estimándose la pena de diecisiete años de pena privativa de la libertad, doscientos sesenta días de multa y diez años de inhabilitación; a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SECRETARIO GUILIANA AGUILAR TORRES 12, 13, 14 Enero EDICTO PENAL Exp. 3318-2015-9 La Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, PAOLA TARRILLO ALVAREZ, CITA Y EMPLAZA Al acusado FRANK ALEXANDER CABRERA RAMIREZ, para la audiencia de Juicio oral Programada para el día DIECINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, que se realizara en la Sala de Audiencias número CINCO (05) ubicado en el Segundo piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida Jose Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. Fecha 15 de Diciembre del 2015.Secretario: Eva Maria Vasquez Vasquez. 11, 12, 13 Enero EDICTO EXP. Nro. 07971-2015-0 JULIOBENAVENTEDELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. RODRIGUEZ SAAVEDRA NOTIFICA AL ACUSADO JOSE EFRAIN MATOS BONIFACIO EXP. 07971-2015-30 JBD. POR EL DELITO OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO KAREN YESIKA MATOS GOMEZ CRÓNICA SE LE NOTIFICA LA: RESOLUCION NUMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, once de diciembre de Dos mil quince.- AUTOS y VISTOS; SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE LAACUSACTON DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4)pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio,7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado Jose Efraín Matos Bonifacio, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en quesea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía asimismo, apareciendo de los actuados que el acusado no ha nombrado abogado defensor particular, sin perjuicio de que lo haga en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificado, a efecto de no vulnerar su derecho a la defensa y evitar nulidades posterioresr OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia asignada al Módulo Básico de Justicia de Jose Leonardo Ortiz, para que designe un defensor público que se haga cargo de su defensa, remitiéndosele copia de la presente resolucion y de la acusación fiscal; y, por el principio de celeridad procesal: CITESE para el día VEINTE DE ENERO DEL ANO DOSMIL DIECISEIS a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NUMERO UNO de los Juzgados de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N°1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar otro defensor público con conocimiento de la Oficina de Coordinación de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia con sede en Chiclayo. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el articulol6°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolucion Administrativa N°096-2006-CEPJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio JUDICIAL procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento.-REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECT a SENOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATOR IA DE JOSE Leonardo Ortiz RUBEN ORDEMAR HEREDIA, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz, De conformidad con lo establecido en el Art. 336° inciso 4de lC6digo Procesal Penal, FORMULO ACUSACION DIRECTA en contra de JOSE EFRAIN MATOSBONIFACIO, como AUTOR del Delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar -INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de la menor KARJ5NYESIKA MATOS GOMEZ se le siguió un proceso de Alimentos al hoy acusado JOSE EFREAIN MATOSBONIFACIO signado con el expediente judicial No. 0297-2010-0-1714-JP-FC-01/ donde mediante Resolucion Numero Nueve de fecha 18.Nov.ll, se ordena que el hoy acusado acuda con una pensión mensual y adelantada de TRESCIENTOS NUEVOSSOLES (S/.300.00), a favor de su menor hija KAREN YESIKA MATOS GOMEZ; y ante el incumplimiento, previa liquidación de los devengados, fue requerido mediante Resolucion Numero Dieciséis de fecha 31.Octubre.14, para que pague la suma de S/,7,963.43 SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 43/100 NUEVOSSOLES, siendo que en esta resolucion se hace el apercibimiento de que, si en el plazo de tres días no pagaba el monto adeudado, se remitiría copias certificadas al Ministerio Publico para que proceda conforme a sus atribuciones, esto es accionar penalmente. Posteriormente se hace efectivo el apercibimiento decretado en la resolucion aprobatoria, mediante la Resolucion Numero Diecisiete de fecha 09.Febrero.15. Se atribuye al acusado Jose Efraín Matos Bonifacio ser AUTOR del delito contra la familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar - Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en agravio de su menor hija Karen Yesika Matos Gomez, conforme lo establece el Art. 23° del C. P.: y sancionado en el artículo 149°, primer párrafo del Código Penal, que prescribe: “E/ que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolucion judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación deservicio comunitario de veinte a cincuentidos jomadas, determinación de la pena y reparación civil; indeterminación de la pena :Para determinar la pena dentro de los límites fijados por ley, resulta necesario atenderá la responsabilidad y gravedad del hecho punible cometido, según lo dispuesto en el Artículo 45°. Por tanto, este Despacho solicita se imponga al acusado JOSE EFRAIN MATOS BONIFACIO: DOCE MESES de pena privativa de LlBERTAD. DETERMINACION DEL MONTO DE LA REPARACION CIVIL por la cuales te Despacho solicita que el acusado JOSE EFRAIN MATOS BONIFACIO cancele por Reparación Civil la suma de S/.500.00 fOULNIENTQS NUEVOS SOLES! a favor de la menor agraviada KAREN YESIKAMAOS GOMEZ, representada por su madre Yesika Marcela Gomez Laura, sinperjuicio del pago de las pensiones devengadas ascendentes a SA 7.963.43 SIETE MILNOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 43AQ0 NUEVOS SOLES, conforme a los BIENES QUE GARANTIZAN EL FAGO PE LA REPARACION CIVIL. JOSE LEINARDO ORTIZ, 5 DE ENERO DEL 2015 SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 9 BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO EXPEDIENTE N° 2707-2010-8 El Juez del Séptimo Juzgado Penal Unipersonal de Chidayo, cita y emplaza a los acusados JOSE GERMAN SERQUEN SOLANO y BACILIO VICENTE CRUZ BARBOZA, a fin de que concurran a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día VEINTE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA. a realizarse en la sala de audiencias número CATORCE de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155, Tercer Piso - Chidayo, en el Expediente N° 2707-2010-81, proceso seguido contra los acusados precitados, por el delito contra la Administración Publica, en su figura de COLUSION, en agravio de EL ESTADO. Especialista Legal: Eva Vasquez Vasquez PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXP. N° 06631-2015-0-1706-JR-PE06 EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGAClÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: DR. PAVEL VASQUEZ TORRES SE CITA Y EMPLAZA a VALENCIA MONTEZA, MARIO RAFAEL para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, en el proceso 06631-2015-0-1706-JR-PE06. RESOLUCION NUMERO: TRES Chiclayo, veintinueve de diciembre Del ano dos mil quince.PARTE EXPOSITIVA: SE REGISTRY EN AUDIO PARTE CONSIDERATIVA: SE REGISTRY EN AUDIO PARTE RESOLUTIVA: SE REGISTRY EN AUDIO Y SE TRANSCRIBE: SE RESUELVE: l) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día MIERCOLES 20 DE ENERO DEL 2016 a horas 01:00 P.M., en la SALA DE AUDIENCIA N° 13 - 2° PISO DE LA C.S.J.L. Quedo en este acto notificado la representante del Ministerio Publico y la defensora Publica presentes. (Se deja constancia que la fecha de reprogramación se debe a la recargada agenda que registra este juzgado.). NOTIFICAR UNICAMENTE al imputado MARIO RAFAEL VALENCIA MONTEZA, MEDIANTE EDICTOS EN EL DIARIO LA REPUBUCA conforme así lo estableció la Presidencia de esta Corte POR TRES DIAS CONSECUTIVOS. MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados a asistir a la audiencia reprogramada. Chiclayo, 29 de diciembre del 2015 PAVEL IVAN VASQUEZ TORRES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 03906-2015-601706-JR-PE-02 JUZGADO: SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: MARÍA MERCEDES DOMIN- 10 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 GUEZ HUAMAN ESPECIALISTA JUDICIAL: ROSA PAZ NORIEGA Se NOTIFICA a: GEINER IVAN CABANILLAS DIAZ, con el acta de audiencia de fecha 21 de diciembre del año 2015, en la cual se ha RESUELTO: 1.- RESUELVE: DECLARAR la IMPOSIBILIDAD DE INST ALAR LA PRESENTE audiencia REPROGRAMAR la audiencia para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en esta misma sala de audiencias número quince ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. NOTOIFIQUESE a la representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de ser excluida del juicio y requerir al Fiscal Superior en Grado, designe su reemplazo conforme lo establece la norma procesal, sin perjuicio de poner en conocimiento del órgano de control del Ministerio Publico su inasistencia; sin perjuicio de que justifique su inasistencia en el lapso de cuarenta y ocho horas.SE DISPONE SE NOTIFIQUE al acusado, en su domicilio señalado en autos en MZ. “C” LT. 20 DEL PUEBLO JOVEN CASA BLANCA IISECTOR - JOSE LEONARDO ORTIZ.; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia a juicio oral, sin perjuicio de notificar por edictos durante tres día;; consecutivos. Queda notificado en este acto el Defensor Público, bajo apercibimiento de excluirlo de la defensa y nombrar otro defensor público en caso de inasistencia, de verificarse los presupuestos previstos en el inciso 5 del artículo 359° del Código Procesal. SE NOTIFIQUE a los órganos de prueba, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente en caso de inasistencia 2.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Chiclayo, 21 de diciembre del 2014 MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN JUEZ PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO EXP. Nro. 02264-2013-3 JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. RODRIGUEZ SAAVEDRA NOTIFICA AL SENTENCIADO BERNABE ALBERCA SAAVEDRA EXP. 02264-2013-3 JBD. POR EL DELITO CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DELA SOCIEDAD SE LE NOTIFICA PARA QUE CUMPLA CON LAS REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS EN SENTENCIA DEBIENDO COMPARECER PERSONAL Y OBLIGATORIAMENTE A ESTE JUZGADO PARA INFORMAR JUSTIFICAR SUS ACTTVIDADES Y FIRMAR EL LIBRO QUE CORRESPONSDA EL ULTIMO JUEVES LABORABLE EN ESTA VEZ ELDIA VEINTIOCHO DE ENERO DEL 2016 A PARTIR DE LAS NUEVE DE LA MAÑANA A UNA DE LA TERDE. JOSE LEINARDO ORTIZ, 5 DE ENERO DEL 2015 SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL JUEZ: SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO CRÓNICA JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACI6N PREPARATORIA DE CHICLAYO. ESPECIALISTA DE JUZGADO: ELA SALDAÑA GUZMAN EXPEDIENTE: 2995-2015 -0-1706JR-PE-05”. Por el presente edicto, se pone de conocimiento del imputado: JAVIER LEONARDO VILLEGAS OLGUIN que mediante Resolucion número SEIS de fecha 28 de Diciembre del 2015, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al acusado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente: 1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 2) REPROGRAMAR la presente audiencia PARA EL DIA 28 DE ENERO DEL 2015, A HORAS 1:00 P.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOCE- Quinto Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo - NUEVA SEDE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE; bajo apercibimiento, de llevarse a cabo la audiencia con o sin su presencia. 3) NOTIFIQUESE la presente resolucion al imputado por EDICTOS en el diario oficial La Republica por tres días consecutivos. Quedando en este acto válidamente NOTIFICADOS los concurrentes a esta Sala de Audiencias, bajo los mismos apercibimientos decretados en autos. Chiclayo, el día 28 de diciembre del año 2015 SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ TITULAR 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 13 Enero EDICTO EXP. Nro. 04075-2014-76 JULIO BENA VENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL ACUSADO MANUEL ANTONIO BANCAYAN FERNANDEZ EXP. 04075-2014-76 JBD. POR EL DELITO DE SUSTRACCION DE MENOR EN AGRAVIO DE LA LADY LOPEZAYARCE YRL, L. SE LE NOTIFICA LA: RESOLUCION NUMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, once de diciembre de Dos mil quince.-AUTOS Y VISTOS;; SERESUELVE: FORMAR el Cuaderno de la Etapa Intermedia con el Requerimiento Fiscal Mixto, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional así como las actas que registren las actuaciones policiales; DISPONIENDO que el expediente judicial sea considerado como el Expediente Fiscal que servirá de anexo del Cuaderno de la Etapa Intermedia; TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme al artículo 345° JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV y 350° del Código Procesal Penal, acompáñese con copia del requerimiento fiscal de sobreseimiento y acusación. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los acusados Kelly Janet Lozada Trigoso, Mario Ronald Lozada Trigoso, Maritza Trigoso Portocarrero y Roberto Guevara Tinoco, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la policía. y, por el principio de celeridad procesal: CITESE para el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIODIA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia de acusación) en la Sala de Audiencias NUMERO DOS de los Juzgados de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Jose Leonardo Ortiz sito en Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y abogado defensor de los acusados e imputada Ana Gladis Esquivel Rojas, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de estos últimos de excluirlos de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85° del Código Procesal Penal, modificado por la Ley N° 30076, o, según sea el caso, otro defensor público con conocimiento de la Oficina de Coordinación de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en Chiclayo. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las parte asistente y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolucion Administrativa N°096-2006-CE-PJ. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Publico que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal. NOTIFIQUESE a los acusados e imputada y agraviado en sus domicilios reales y procesales, y a la representación fiscal en su sede institucional, quienes además deberán señalar en forma obligatoria domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento.REQUERIMIENTO MIXTO DE ACUSACION Y SOBRESEIMIENTO: REQUERIMIENTO DE ACUSACION: SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ JOSE MANUEL BENAVENTE MILLAN, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz, con domicilio procesal en la calle Incanato No.438 – Jose Leonardo Ortiz; con motivo de la investigación seguida contra KELLY JANET LOZADA TRIGOSO, MARIO RONALD LOZADA TRICOSO,MARITZA TRICOSO PORTOCARRERO, ROBERTO GUEVARATINOCO y ANA CLADIS ESQUIVEL ROJAS, por el delito de SUSTRACCION DE MENOR en agravio de RONALD RODRIGO LOZADALOPEZ y LADY LOPEZ OYARCE, a usted con respeto, digo: Que, luego de efectuada la Investigación Preparatoria, de conformidad con lo que establece los artículos 342 y 343 del Código Procesal Penal, se procede, de acuerdo a lo normado en el artfculo349 y siguientes del mismo código, a formular ACUSACION, Contra KELLYJANET LOZADA TRICOSO, MARIO RONALD LOZADA TRICOSO,MARITZA TRICOSO PORTOCARR ERO y ROBERTO GUEVARA TINOCO por el delito Contra la Familia - en su figura Contra la Patria Potestad - en la modalidad de SUSTRACCION DE MENOR en agravio del menor RONALD RODRI- GOLOZADA LOPEZ y LADY LOPEZ OYARCE, en los siguientes términos:. RELACION CLARA Y PRECISA DE LOS HECHOS QUE SE ATRIBUYEN A LOS IMPUTADOS:- IMPUTACION NECESAR1A CONTRA MARIO RONALD LOZADA TRICOSO: De la investigación practicada se ha llegado a establecer que el Imputado Mario Ronald Lozada Trigoso, pese a tener perfecto conocimiento do la existencia del proceso sobre Tenencia (Exp. No.296 -2013),tramitado ante el Juzgado Mixto de Rioja, dentro del cual se dinto la medida cautelar de Tenencia Provisional a favor de doila Lady López Oyarce, siendo requerido por el órgano jurisdiccional para que haga entrega del menor Ronald Rodrigo Lozada L6pez a su madre, lógicamente ha tenido que informar al imputado sobre dicha diligencia. IMPUTACION necesaria contra KELLY JANET Lozada TRIGOSO, MARIO RONALD LOZADA TRICOSO, MARITZA TRICOSOPORTOCARRERO y ROBERTO GUEVARA TINOCO: De lo actuado se ha llegado a establecer que el día 24 de Abril de 2014, siendo las 12.30 horas, la agraviada Lady López Oyarce se constituyó a la Institución Educativa Manuel Antonio Rivas, ubicado en la Av. Balta cuadra 25 - JLO, con la finalidad de recoger a su menor hijo Ronald Rodrigo Lozada L6pez, de quien el Juzgado Mixto de Rioja le había otorgado la Tenencia Provisional, mediante resoluci6n de fecha Octubre de 2013; es en esas circunstancias que oberva que su menor hijo estaba acompañada de su tía, la imputada KellyJanet Lozada Trigoso, quien se disponía a subir a una mototaxi, pero al percatarse de la presencia de la agraviada, opto por ingresar al menor al interior del plantel, llevándolo a la Direcci6n; que cuando estaba en la Dirección, llego la imputada Maritza Trigoso Portocarrero, a quien la agraviada le mostro la Resolucion que le otorgaba la tenencia provisional, pero ella se la arrancho y rompió la resolucion, y cuando la agraviada trataba de evitar que se lleven a su menor hijo, imputados, quienes tenían perfecto conocimiento de la obligación de entregar al menor a su madre, la agraviada Lady López Oyarce. DESCRIPCION CLARA Y PRECISA DEL HECHO QUESEIMPUTAALOSACU SADOS,CONSUSCIRCUNSTANCI ASPRECEDENTES,CONCOMlTAN TES Y POSTERIORES:HECHOS:CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: Con fecha 30 de Octubre de 2013, mediante Resolucion No.01, el Juzgado Mixto del Módulo básico de Justicia de Rioja, Resuelve conceder MEDIDACAUTELAR DE TENENCIA PROVISIONAL solicitada por doña Lady López Oyarce en condición de madre del menor Ronald Rodrigo Lozada López, de desafíos y ocho meses de edad y dispone que MARIO RONALD LOZADATRICOSO, en el plazo de 24 horas HAGA ENTREGA PROVISIONAL de su menor hijo RONALD RODRIGO LOZADA LOPEZ, a dona LADY LOPEZOYARCE; en merito a lo cual, con fecha 26 de Febrero de 2014, se levanta el Acta de Cumplimiento de medida cautelar de tenencia de menor, realizada por la Especialista legal del Juzgado Mixto del Módulo básico de Justicia de Jose Leonardo Ortiz, en el inmueble ubicado en la avenida Venezuela No.3287, no encontrando al menor ni al imputado. Como quiera que el imputado Mario Ronald Lozada Trigoso, no cumplía con hacer entrega del menor a su madre, conforme lo había ordenado el Juzgado, y se desconocía el paradero del menor, su madre doña Lady López Oyarce, quien continuando con sus indagaciones, se llega a enterar que su hijo estudiaba en el colegio Manuel Antonio Rivas y que su horario de salida era a las 12.30 horas, por lo que decide ir a esperarlo al Colegio y de alii recogerlo.- circunstancias concomitantes;E1 día 24 de Abril de 2014, a las 12.30 horas, Lady L6pez PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Oyarce quien ostenta la tenencia judicial de su menor hijo L.L.R. (03), quien fuera sustraído por su padre MARIO RONALD LOZADA TRIGOSO en el mes de Octubre de2013, en la ciudad de Rioja, se encontraba en el frontis del colegio Manuel Antonio Rivas aparece un acta Fiscal de fecha 30 de Abril de2014, levantada por la Fiscal Provincial Yvonne Zarate Izquierdo en la cual, en las instalaciones del centro educativo Manuel Antonio Rivas y en presencia dela representante del Ministerio de la Mujer Angelica Musayon Chira, la Directora del plantel Ana Gladis Esquivel Rojas precisa que ha instado a las denunciadas maritza trigoso portocarrero y kelly janet lozadaTRIGOSO, a la entrega del menor, haciendo caso omiso, pese a que les hasefialado que el menor tiene solo tres afios,, Copia de la Resolucion niimero 01, de fecha 30 de Octubre de 2015, emitida por el Juzgado Mixto de Rioja, que concede la Tenencia Provisional del menor RONALD RODRIGO LOZADA LOPEZ y ordena al imputado MARIO RONALD LOZADA TRIGOSO que entregue al indicado menor a su madre.LA PARTICIPACION QUE SE ATRJBUYE AL IMPUTADO: Conforme a la investigaci6n practicada, se ha llegado a determinar, que la participation de los imputados MARIO RONALD LOZADA TRIGOSO,KELLY JANETLOZADATRICOSO,MARITZAT RICOSOPORTOCARREROyROBERTO GUEVARATrNOCOesencondici6 ndeCOAUTORES,circunstanciasmodi ficatoriasquehaganvariarlar ssponsabilidadpenaldelosimputados.FUNDAMENTACION JURIDICA: EL ARTICULO DE LA LEY QUETIPIFIQUE EL HECHO. ASI COMO LA CUANTIA DE LA PENA QUE SE SOLICITA El delito Contra la Familia, en su figura Contra la Patria Potestad - en la modalidad de Sustracci6n de menor, se encuentra previsto y penado por elArt. 137 del Codigo Penal, que prescribe: “Articulo 147,- Sustracción de menor: pena privativa de libertad no mayor de dos años .La misma pena se aplicara al padre o la madre u otros ascendientes, “Por estas consideraciones; este Ministerio Público solicita que los acusados paguen, la suma de S/.2,000.00 soles, por concepto de Reparación Civil a favor del agraviado, en forma solidaria. Las tomas fotográficas de folios 30 y 31, medio de prueba pertinente, conducente y útil. por qué nos permiten inferir la violencia con la que actuaron los acusados para evitar que su madre se lleve al menor, de quien ostentaba legalmente la patria potestad, las mismas que perennizan las agresiones sufridas por la agraviada Lady López Oyarce durante los hechos ocurridos el día 24de Abril de 20i4.Copia de la Resolucion número 01, de fecha 30 de Octubre de ocurridos el día 24de Abril de 20i4. Copia de la Resolucion número 01, de fecha 30 de Octubre de 2015, emitida por el Juzgado Mixto de Rioja, que concede la Tenencia Provisional del menor RONALD RODRIGO LOZADA LOPEZ y ordena al imputado MARIO RONALO LOZADA TRIGOSO que entregue al indicado menor a su madre; medio de prueba pertinente, conducente y útil, por que acredita que la agraviada Lady L6pez Oyarce legalmente la Patria Potestad de su indicadomenorhijo.Noexisterazonablementelaposibilidaddeincorporarnuevosdatosalain vestigacionynohayaelementosdeconviccionsuficientesparasolicitarfundadamenteelenjui ciamientodelimputado.PorlosfundamentoSjlaPrimeraFiscaliaProvincialPenalCorporativa de Jose Leonardo Ortiz, solicita el SOBRESEIMIENTO del proceso en el extremo seguido contra ANA GLADIS ESQUIVEL ROJAS por delito Contra la Familia - en su figura de Atentado Contra la Patria Potestad en la modalidad de SUSTRACCION DE MENOR en agravio del menor RONALDRODRIGO LOZADA LOPEZ y LADY LOPEZ OYARCE, debiendo disponerse el ARCHIVO definitivo JOSE LEINARDO ORTIZ, 28 DE CRÓNICA DICIIEMBRE DEL 2015 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 4039-2014-261706-JR-PE-07 JUZGADO: Quinto Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo JUEZ: Dra. Cecilia Costa Gonzales. ESPECIALISTA JUDICIAL: Eva Vasquez Vasquez Se NOTIFICA a: RIGOBERTO CARLOS GANOZA MIRANDA, con la resolucion número dos de fecha 11 de diciembre del 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias N° 06 de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Segundo Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle Jose Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 4039-2014-26-1706JR-PE-07 en el proceso seguido contra el acusado RIGOBERTO CARLOS GANOZA MIRANDA, como autor del delito CONTRA el PATRIMONIO en su figura de APROPIACION ILICITA, delito tipificado en el artículo 190 del Código penal, en agravio de la EMPRESA DISCORSAC representado por su apoderado GERARDO ANTONIO FALEN DIAZ. Chiclayo, 11 de diciembre del 2015 CECILIA M. COSTA GONZALES JUEZ 5° JUZGADO UNIPERSONAL PENAL PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 4584-2014-681706-JR-PE-08. JUZGADO: SETIMO JUZGADO UND7ERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ. ESPECIALISTA JUDICIAL: KARINA FERNANDEZ RAMIREZ. DELITO: HURTO AGRAVADO Se NOTIFICA a: RAFAEL GUERRERO TEJADA, con el acta de audiencia de fecha 11 de diciembre del año 2015, en la cual se ha RESUELTO: 1.- RESUELVE; REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL ANO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias N° CATORCE, tercer piso sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia. Por haberse ordenado en el EXP. 4584-2014-5-1707-JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado RAFAEL GUERRERO TEJADA por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de MARIA AGREDA VERA. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. 2.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Chiclayo, 11 de diciembre de 2015 PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA JUDICIAL 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°5124-2013-0-1707JR-PE-01 EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE FERREÑAFE JUEZ: HECTOR BARDALES VINCES SECRETARIO: DENISSE CIEZA SAMILLAN Hace de conocimiento de YAHAIRA NATALY DE LOS SANTOS CABRERA, MONICA LUZGARDA ZANINI SANCHEZ, MARIA ELENA TELLO GUTIERREZ Y MANUEL ALBERTO MORI GUTIERREZ, que en audiencia de fecha cuatro de diciembre del dos mil quince, se resolvió: 1.- DECLARAR FUNDADO el requerimiento de sobreseimiento solicitado por la señorita representante del Ministerio Publico a favor de MARIA LUISA SOLORZA ORDOÑES, DARLYN ARMANDO CARMONA VALDERA, GUILLERMO ANGEL CHIROQUE VALDERA, MIRTA SOLORZA ORDONEZ, LELYS MEDALIT SALAZAR MORI, CRHISTIAM ABEL LEONARDO ANTON DE LA CRUZ, MILAGROS YRINIA DE LA CRUZ ARROYO, FELIBERTO DE LA CRUZ ESPINOZA, ROSA MARÍA CARMONA BRAVO, NIDIA SOLORZA ORDONEZ, JULIO CESAR MARTINEZ SOLORZA, SEGNDO NICOLAS CARMONA JUAREZ, YAJAIRA NATALY DE LOS SANTOS CABRERA, SANDRA DENISSE DE LOS SANTOS CABRERA, MANUEL ALFONSO DE LOS SANTOS CABRERA, SIMON ARMANDO ESTELA DIAZ, LINO FLORES VASQUEZ, ROGELIO YAMIR ALARCON SILVA y MONICA LUZGARDA ZANINI SANCHEZ, por la presunta comisión del delito de DESPOJO DE LA POSESION AGRAVADA, tipificado en el artículo 202° del mismo Código, en agravio de Martha Ballona de Valladolid y Margarita Santisteban de Ballona 2.- REPROGRAMAR la Audiencia de Control de Acusación para el día TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS, a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria de Ferreñafe, en el Expediente N°5124-2013-0-1707-JR-PE-01 seguido contra Isabel Pasco de Vera y otros, por el delito de Usurpación, en agravio de Martha Ballona de Valladolid y otro.; lo que notifica de acuerdo a ley, el 22 de Diciembre del 2015, dando cumplimiento a la Res. N°12 del mencionado expediente. HECTOR BARDALES VINCES JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL-CSJLA 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02776-2015-0-1706JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: ELA SALDAÑA GUZMAN IMPUTADO: FLORES MURO, JOSE MANUEL DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR Por el presente edicto, la señora Juez del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado FLORES MURO, JOSE MANUEL con un extracto de la resolucion judicial cuatro, la misma que dispone: REPROGRAMESE la audiencia preliminar de control de acusación, PARA EL DIA TRES DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora ex a eta) en la sala de audiencia número dos, de esta sede judicial, ubicada en la avenida Jose Leonardo Ortiz número ciento cincuenta y cinco - centra cívico - Chiclayo. 11, 12, 13 Enero EDICTO PENAL Expediente N° 5328- 2014- 68 - 1706- Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 11 JR-PE-01 Juzgado: Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya. Imputado: MARCO TERRONES MELENDREZ Delito: LESIONES CULPOSAS Agraviado: SEBASTIAN SALDAÑA LOZANO SE NOTIFICA: MARCO TERRONES MELENDREZ, con domicilio en Mz “Q” Lote 58 Carlos Stein Chavez, a fin de que concurra el ocho de marzo del año dos mil dieciséis, a horas diez de la mañana, a efecto de llevarse a cabo la revocatoria de la condicionalidad de la pena suspendida a efectiva. Para el 08-03-16 a hora 10:00 am, en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz. Notifíquese al Coordinador de la Defensoría Publica a fin de que designe a un defensor público quien asumirá la defensa técnica del sentenciado. Por haberse ordenado así en el Exp. N° 5328-2014-68. En los utos seguidos en su contra, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Sebastián Saldaña lozano. Jose L. Ortiz, 23 Diciembre 2015 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 13 Enero EDICTO EXP. Nro. 007723-2014-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DRA. RODRIGUEZ SAAVEDRA NOTIFICA AL ACUSADO AGUSTIN MANAYAY REYES A LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION PARA DIA NUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DOCE DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA) EXP. 007723-2014 0 JBD. POR EL DELITO COMERCIALIZACION O TRAFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD Y LA EMPRESA QUINPOAC S.A. SE LE NOTIFICA LA: EXTRACTO DE LA ACUSACION: Expediente JUZGADO DE INVEST. PREPARAT0R1A-MBJ JLOESCRITO18/12/2015 11:58:15 Folios: MINISTERIO PUBLICO CAMACHO OLANO EDGARJULIO BENAVENTE DELGADO.00 N Copias/Acomp: 0 SIN DEPOSITO JUDICIALO SIN TASASPRESENTA REQUERIMIENTO DE INTEGRACION DE ACUSACION FISCAL.QUISPE BERRIOS VICTOR GRABIEL Ventanilla IModulo IRecibidOr. Q/ium’6’cyiii V/ Aii^/4’coIera Fiscah’a Provincial Penal Corporativa Jose Leonardo OrtizCalle incanato Nro 438 • jlo EXPEDIENTE: C. FISCAL:ESP. LEGALTISCAL RESP.SUMILLA:El2014-772320141560Abog. Julio Benavente Delgadosemos EDGAR juvenal CAMACHO GLANOPersenta REQUERIM1ENTO DEINTEGRACION DE ACUSACIONFISCALSENORADOCTORA: SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRAJUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE joseleonardo ORTIZ.c:udad.-EDGAR JUVENAL CAMACHO GLANO, Fiscal AdjuntoProvincia! Penal Titular de la Primera Fiscah’a ProvinciaPenal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz, conDOMlCILlO PROCESAL en Calle Incanato Nro. 438Distrito de Jose Leonardo Ortiz, Provincia de Ch:clayo,Departamento de Lambayeque, refiriendome en losseguidos contra AGUSTIN MANAYAY REYES inmerso enla comision de delito CONTRA LA SALUD PUBLICA en suflgura PRODUCCION, COMERCIALIZACION O TRAFICOlLICITO DE ALIMENTOS Y OTROS PRODUCTOSDESTINADOS AL USO O CON- 12 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 SUMO HUMANO enagravio de ia SOCIEDAD y CONTRA LA PROPIEDADINDUSTRIAL en su figura USONOAUTORIZADODEPRODUCen agravio de QUIMPAC SA, delitosprevistos en los articulos 288 v 222 del Codigo Penal; AUsted con respeto digo:!,- PETITORIOSenora Juez,,de conformidad con lo previsto con el articulo 352numeral 2 del Codigo Procesal Penal’, SOLICITO se sirva tener porcumplido con el mandato y por SUBSANADA LA OMISION incursaobservada en la audiencia de contron de acusacion TENER POR INTEGRADALA ACUSACI0N FISCAL en los terminos que seguidamente paso aexplicar:IL- RELACION CLARA Y PRECISA DEL HECHO QUE SE ATRIBUYE ALlMPUTADO. LAS CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES. CONCOMITANTESY POSTERIORES’.l. Que, conforme aparece del Acta de Intervencion Policial defectia 21 de Noviembre de 2014A al promediar las 10:50 horas dela manana, personal policial debidamente identificados como SOB PNP ALBERTO MENDOZA TORRES y otro, intervinieron el domiciiio ubicado en la calle Ho S/N - Miraflores del Distrito deJose Leonardo Ortiz, en compaftia del representante de la- • empresa QUIMPAC SA, Dr. Rafael Gonzales Delgado, ICAL Nro.40615’ lugar donde intervinieron al ahora acusado Agustin Manayaj’ Delgado, en circunstancias que en el interior del referido inmueble encontraron 245 paquetes de sal, con veinticuatro unidades de IKG C/U con el logo de “sal marina”,!os cuales se encontraban en un cajon de refrigerador de 1.5 mtsde largo aproximadamente, por 80 GM de ancho, adaptado con soporte de madera, ademas de una cocedora sin marca ebuen estado de conservation, una salladora marca KAMSA, color verde, modelo KM-352, tres cucharones de metal color plomo, una extension color rojo con bianco, cuar.ro paquetes desaco de polietileno de diferentes marcas, 120 bolsones deenvase con logo de “sal marina”, cuatro paquetes C/Uconteniendo cada uno de ellos doscientos envoltorios (INDECOPI, Directora Patricia Gamboa Vilela, elCertificado Nro. 00189314. a merito de la Resolucion Nro. 010529-2004/ DSD-INDECOPI de tedio 05 de Julio de 2012, dondeaparece que desde dicha fecha en el Registro de Marcas deProducto, aparece SIGNObajoladenominacionMARINASALYODADAMESASALEXTRARE FINADAylogotipo(sereivindicocolores) conforme el modelo adjunto, similar al incautado.3. Que, tambien aparece de los actos de investigation que se halogrado recabar la declaration del acusado AGUSTIN MANAYAYREYES quien indica que el pasado 21 de Noviembre del 2014, al promediar las 08:30 cuando estaba saliendo de un local que queda en la Calle lio del PP.JJ. Miraflores, donde habia trabajado vaciando sacos con sal hacia una mesa fueintervenido porefectivospoliciales,encontrandolo scosas.incautadas,argumentandoqu esoloerauntnibajador.dejandoentreverademasqueundiaantesenmomentosqueseencontra ba entre las calle Cornejo y Dorado del Distrito de Jose Leonardo Ortiz, trabajando como estibadcr, se b acerca un sefior y le pide que le haga la chamba, pero no le especifico que clase de trabajo, le solicito su numero de celular y por ello o las cinco de la manana del dia siguiente 21.11.2014 le dijo que se encontraban entre las calles lio con Trujillo, por silo concurrio al lugar en donde lo llevo a un local senalando que su trabajo consistiria er echar la sal que estaba dentro de los sacos hacia una mesa grande luego se retiraria y le dijo que cuando terminaba le pagaria siendo intervenido en esas circunstancias per personal policial.4. Finalmente, aparece el resultado del Dictamen Pericial Fisico Qufmico, Nro. CRÓNICA BR 140/2014 del 27 de Noviembre del 2014,practicado por el Qufmico Farrnaceutico CAP PNP JORGE LUISRIOS ORDONEZ de la Direction de Criminalistica de ‘a PNP,escoltado de la firma del Jefe del Area Fiisico Qufmira - Forense ,COMANDANTE S PNP FREDY MIRANDA ZAMARRIEGO, prociicadoa la - muestra de tres bolsas piasticas incoloras cocidas en suextremo libre con un recorte plastico color verde y negro conlogotipo impreso “QUIMPAC” a manera de cinta de seguiidad,llevan inscription impresa multicolor entre otros se lee: “Sal ExtraRefinads/Marina/ SAL YODADA MESA/25 BOLSAS de 1 kg/PRODUCIDO POR QUIMPAC SA/RSA M0002209NNKQISA/ PRODUCTO PERUANO”, conteniendo codo uno veinticuatro (24) bolsas piasticas incoloras, termoselladas en suextrerro libi-e, con inscription Impresa multicolor que entre otrosselee”SalExtraRefInada/ Ti2rin,ri/’CONT.NET01KG/SALYODADAMESA/QUIMPA C SA/ Producto Peruano/ R^ M00002209NNKQUISA”, asimismo llevan inscription impresa en tinta azul; “LTLN12805131_FV. 280515_13:50_3”, cada una conteniendo unasustancia blanquecina, concluyendo que la muestra analizada corresponde a sal para mesa, sin contenido de yodo,contraviniendo las normas sanitaria vigentes, por tanto es INAPTApara el consumo humano, hiaciendose la precision que lamuestra analizada, ha sido tomada de un lote incautado a lopersona de Agustin AAanayay Reyes, segun acta de tomo demuestra y que la norma tecnica peruana sefiala que la sal para’el consumo-humano debe contener 30-40 ppmdeyodo.SOLICITUDPRINCIPAL DE:TiPiFICACiQN.PENA.REPARACI ON CIVIL Yconsecuencias accesorias.TIPIFICACI6N(CALIFICACION JURIDICA- BASE LEGAL)A) El Delito Contra Propiedad Industrial en su tigura de Uso no autorizada de diseno o modelo industrial cuya base legal es el articulo 222 del CP PREVE; “Sera reprimido con peno privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco anos, con sesenta atrescientos sesenta y cinco dias multa e inhabilitacion conforme al Articulo 36 Inciso 4) tomando en consideration la gravedad del delito y el valor de los perjuicios ocasionados, quien en violation de los normas y derechos de propiedad industrial, almacen e,fabrique, utilice con fines comerciales, oferte, distribuyo, venda,importe o exporte, en todo o en parte:... f) Un producto o servicio que utilicen una marca no registrada identica o similar a una marca registrada en el pais. El Delito Contra la Salud Publica en su figura de RODUCCION,COMERCIALIZACION O TRAFICO ILICITO DE ALIMENTOS Y OTROSPRODUCTOS DESTINADOS AL USO O CONSUMO HUMANO cuyabase .legaleseIarticulo,288delCPPRE VE;”Elqueproduce,vende,pone encir culacion, importa o toma en deposito alimentos, aguas, bebidas o bienes destinados al uso o consumo humano, a sabiendas de que son contaminados, falsificados ooa,du!terados, sera .reprimido con pena privativo de libertad nomenor de cuatro ni mayor de ocho anos. Cuando el agente actuo por culpo, lo peno privativa de libertad sera no mayor, dedos anos.”DETERMINAClÓN DE LA PENA: Paro lo determination el Juez determinara la pena aplicable ADVERTIMOS UN CONCURSO REAL DE DELITO\ consideramos que la pena concreta se determina dentro de tercio inferior, por lo que atendiendo a las condiciones del autor esta Fiscalia soliciio que al acusado AQUSTIN MANAYAY REYES se le imponga SEIS AÑOS DEPENA. PRIVATIVA DE LIBERTAD EL PAGO DE SESENTA DIAS MULTA’ e INHABILITACION conforme al Articulo 36 inciso 4)delC6digoPenal.CONSECUENCIAS accesorias.EL MONTO DE LA REPARACION CIVIL que se le imponga JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV acusado una REPARACION CIVIL ascendente al pago de S/. 1,000.00 (MIL NUEVOS SOLES) a favor de la Empresa QUIMPAC SA. SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 13 Enero 5. CRÓNICAS JUDICIALES DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 03 DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 01-360 DECLARARON consentida resolución número 26 de fecha 28 de octubre del 2014; MANDARON anular antecedentes y archivo definitivo 08-356 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Jesús Wilfredo Riofrio Arevalo. 05-386 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Luis Ricardo Silva Córdova. 97-364 DISPUSIERON se remita todo lo actuado al despacho del Ministerio Publico a fin de que emita pronunciamiento de ley respecto del requisitoriado no identificado, Domingo Moreno Hurtado. 05-337 DISPUSIERON se remita todo lo actuado al despacho del Ministerio Publico a fin de que emita pronunciamiento de ley respecto a los requisitoriados no identificados, Ronald Castañeda Gonzales o Ronald Gonzales Castañeda y Humberto Llatas Tarrillo. 08-116 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Walter Denis Oliva Gonzales. 97-166 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Eloy Estela Guevara. DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 08-4 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Pedro Reyes Orellano. 91-137 DECLARARON de oficio, FUNDADA la excepción de prescripción y por tanto extinguida la acción penal incoada contra Sabino López Alberca por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de menor de edad; MANDARON se procesa al archivamiento definitivo del proceso. 03-408 DECLARARON de oficio, FUNDADA la excepción de prescripción; por tanto extinguida la acción penal incoada contra Melano Carrasco Monteza por el delito de asociación ilícita para delinquir en agravio de la Sociedad; DISPUSIERON renovar las ordenes de captura contra el mismo acusado por los delitos de robo agravado y tenencia ilegal de armas de fuego. 94-131 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente Feliberto Diaz Flores hasta que sea debidamente identificado. 08-105 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Humberto Tarrillo Santa Cruz o Humberto Tarrillo Santacruz, hasta que sea debidamente identificado. 05-130 08-405 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Audelio Diaz Bustamante. 08-405 DECLARARON Infundada la cuestión previa deducida; MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Vicente Cobos Villaroel, hasta que sea debidamente identificado. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR 05-164 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Jose Dimas Neyra Sarango. RITA CEPEDA RELATORA 05-244 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Francisco Bernilla Huaman. DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 06 DE AGOSTO DE 2015 08-169 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Jose Lauro Sanchez Oblitas. 90-94 DISPUSIERON se remita todo lo actuado al despacho del Ministerio Publico a fin de que emita pronunciamiento de ley respecto al requisitoriado no identificado, Mario Fernandez Monsalve. 11-80 REPROGRAMARON fecha para audiencia el día tres de setiembre del año en curso a horas diez de la mañana. 08-5556 REPROGRAMARON fecha para audiencia el día siete de setiembre del año en curso a horas diez de la mañana. 05-203 CONDENANDO a Jose Tineo Berru por el delito de Tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado; a siete años de pena privativa de la libertad; FIJARON por concepto de reparación civil, la suma de tres mil nuevos soles. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 05 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 07-13 SEÑALARON fecha de audiencia para el día siete de agosto de dos mil quince a horas nueve y treinta de la mañana. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 07 DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 07-179 DECLARARON Infundada la cuestión previa deducida; MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Jesús Armando Manchay Zurita, hasta que sea debidamente identificado. 09-513 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Jesús Peña Zurita, hasta que sea debidamente identificado. PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA 05-183 DECLARARON Infundada la cuestión previa deducida; MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Joselo Fernandez Perez, hasta que sea debidamente identificado. 03-3521 DISPUSIERON se le otorgue libertad a Cesar Eli Vargas Suarez, oficiándose a la carceleta con tal fin, debiendo dejarse sin efecto las ordenes de captura dictadas contra el citado. 05-203 DECLARARON Consentida la resolucion de sentencia número setenta y cinco de fecha tres de agosto de dos mil quince; ORDENARON se reiteren las ordenes de captura contra el acusado ausente Santos Felipe Abad Abad. 07-5002 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Juan del Carmen Contreras López. 98-536 PROGRAMARON fecha para juicio oral pendiente el día ocho de setiembre del año en curso a horas diez de la mañana. 07-3546 SEÑALARON para audiencia el día siete de agosto del año en curso, a las once y diez de la mañana. 07-2117 DECLARARON Consentida la resolucion de sentencia número cincuenta y seis de fecha catorce de julio de dos mil quince; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes policiales y judiciales. 07-202 PROGRAMARON fecha para juicio oral pendiente el día diez de setiembre del año en curso a horas diez y treinta de la mañana. 01-1035 DECLARARON Consentida la resolucion de fecha quince de julio del dos mil quince; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes policiales y judiciales. 07-149 DECLARARON Consentida la resolucion numero veintisiete de fecha veintiocho de octubre del año dos mil catorce. 07-3628 RESOLVIERON Admitir los nuevos medios probatorios ofrecidos por el señor Fiscal consistente en la declaración del testigo impropio Cesar Augusto Monja Monja; asimismo los medios probatorios ofrecidos por la representante de la Sunat consistente en la declaración de Dober Gallardo Mosquera, y la concurrencia de la perito Corina Severina Castillo. 08-411 04-359 04-329 REMITASE copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de este Distrito Judicial. 04-359 REMITASE copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de este Distrito Judicial. 04-329 SEÑALARON fecha para audiencia el día lunes diez de agosto del año en curso, a las nueve de la manana. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA RELATORA 04-448 PROGRAMARON fecha para juicio oral pendiente el día catorce de setiembre del año en curso a horas diez y treinta de la mañana. 05-213 DECLARARON Infundada la cuestión previa deducida; MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Jose Yahuana Vasquez. 05-46 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Segundo Luis Gonzales Guevara y Jamer Infante Cruz. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR 96-252 DISPUSIERON remitir la presente resolucion conjuntamente con la resolucion de cuestión previa número veintiséis de fecha veintiocho de octubre del año dos mil catorce. 03-334 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado David Vasquez Torres. 07-350 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Victor Mera Carrasco. 94-95 REITERESE las ordenes de captura contra el Acusado Teofilo Colala Ticliahuanca. 07-238 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Mariano Huaman Paricuri. RITA CEPEDA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 11 DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 08-598 SEÑALARON la audiencia del acusado en cárcel Juan Carlos Millones Ángeles, recluido en el establecimiento penal de Jaen, los días cuatro y cinco de setiembre de dos mil quince a las diez de la mañana. 07-115 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Cecilio Domínguez Córdova. 07-13 CONDENANDO a Omar Isaac Huaman Liza como autor del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado en agravio de Edin Lorenzo Guevara Camizan, a cuatro años de pena privativa de la libertad efectiva; DISPUSIERON su ingreso al establecimiento penal de Chiclayo (ex Picsi); FIJARON por concepto de reparación civil la suma de ochocientos nuevos soles. 94-431 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Nelson Vilchez Castillo. 01-67 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra la acusada Maria Isabel Lachos Salazar. 07-25 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Soriano Rubio Vasquez. 96-436 DECLARARON Consentida la resolucion numero treinta y dos de fecha veintiocho de octubre de dos mil catorce; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes generados de este proceso y a su archivo definitivo 06-357 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Domingo Guzman Vasquez Rojas. 97-288 REITERESE las ordenes de captura contra los acusados Eduardo Vasquez Goicochea, Marcela Muñoz Maldonado, Isaías Palomino Diaz, Santos Guerrero Castro, Baseliza Diaz Gonzales, Walter Cruz Guevara y Alonzo Vega Cieza. 08-446 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Antonio Arevalo Quispe. 07-87 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Cecilio Domínguez Córdova. DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 10 DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 96-541 DECLARARON Consentidala resolucion numero cuarenta y nueve de fecha veintiocho de octubre del año dos mil catorce. 06-248-7 DESIGNARON fecha de vista de causa el día veinte de agosto del año en curso a horas ocho y treinta de la mañana. 02-450 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Regulo Perez Villegas. 01-492 DECLARARON Consentida la resolucion numero cincuenta y siete de fecha cinco de noviembre de dos mil catorce; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes generados por este proceso; y DISPUSIERON se renueven las órdenes para su captura. 12-1161 DECLARARON Consentida la resolucion de fecha veintiuno de mayo de dos mil quince; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes policiales y judiciales. 03-328 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Porfirio Perez Vasquez. 94-233 REITERESE las ordenes de captura contra los acusados Sinforoso Vasquez García, Pedro olivera Alejandria, Segundo Juan Quispe Fernandez y Felipe Quispe Fernandez. 05-314 PROGRAMARON fecha para juicio oral pendiente el día diez de setiembre del año en curso a horas once y trinta de la mañana. JUDICIAL 94-104 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Pablo Ramos Arqueda. 06-5 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Mario Leon Castillo. 00-771 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Jose Mauricio Vasquez Vasquez. 07-86 REITERESE las ordenes de captura contra el acusado Hermis Fermín Serquen Facho. 08-370 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Gladis Rodríguez Becerra y Adan Tapia Fernandez. 08-85 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Edilberto Perez Suarez, Alfio Diaz Suarez y Jose Segundo Cubas Cabrera. 08-466 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Geisel Willians Torres Mera y Juan Delgado Rojas. 94-31 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Mark Anthony Moral Monti. 08-90 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Jose Martín Jimenez Loayza. 99-1478 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Américo Benavides Idrogo, Salomón Delgado Rodríguez y Cesar Julio Edquen Bustamante. 03-392 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Wides Medina Carbajal y Rody Alcalde Huanca Sanchez. 08-4795 DECLARARON Fundada de oficio la nulidad de la resolucion numero ciento veintiséis, de fecha treinta y uno de julio de dos mil quince; REPROGRAMARON para fecha de vista de la causa con informe oral el día veintiuno de agosto del año en Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 13 curso, a las once de la mañana. 05-376 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Santos Ambrosio Manayay Barrios, Mario Peralta Bernilla y Basilia Mendoza Bemilla. 94-116 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Evangelista Mondragón Campos, Segundo Perez Flores y Jairo Guevara Flores. 05-301 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Jorge Leon Ramírez. 98-547 DECLARARON Consentida la resolucion numero cincuenta y uno de fecha veintinueve de octubre de dos mil catorce; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes generados de este proceso y a su archivo definitivo 97-433 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Hugo Marcelo Casachagua Aguilar. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 12 DE AGOSTO DE 2015 Con los señores Chavez Mella; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 12-762 ALSOLVIENDO a Heldibrando Acosta Suarez y Cesar Manuel Quintana Ruiz como autores del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su figura de lesiones graves; CONDENARON al acusado Carlos Alberto Acosta Suarez como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones graves en agravio de Jose Javier Baquedano Fernandez, con una pena de dos años de pena de privativa de la libertad suspendida en su ejecución, por el periodo de prueba de dos años; FIJARON por concepto de reparación civil la suma de Dos mil nuevos soles. 97-33 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Alcibiades Vasquez Alarcón, Pánfilo Vasquez Alarcón y Elmer Diaz Saucedo o Jose Elmer Diaz Saucedo. 08-438 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Juan Vargas Torres. 03-334 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Henrry Frias Rodríguez o Henrry Andrés Frías Rodríguez. 05-126 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Victor Filomon Cotrina Salazar. 08-68 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra el acusado Genaro Vasquez Cotrina. 98-147 DECLARARON Consentida la resolucion numero treinta y cuatro de fecha veintiocho de octubre de dos mil catorce; MANDARON se proceda a la anulación de los antecedentes generados por este proceso y a su archivo definitivo. 05-207 DECLARARON Infundada la cuestión previa deducida; MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Jose Ulises Rodríguez López, hasta que sea debidamente identificado. 98-539 DISPUSIERON se renueven las ordenes de captura contra los acusados Aramindo Rivera Moreto y Jose Mires Acosta. 14 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 CRÓNICA JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV SEDES CRÓNICA FECHA JUDICIAL Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 HORARIO Av. José Leonardo Ortiz (Nueva sede) 06.01 al 08.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. 7 de enero (Módulo Civil) 11.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Santa Victoria – Juzg. Paz Letrado 12.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Casa Comunal (Juz. Laborales) 13.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Módulo Básico de J. L. Ortiz 14.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Módulo Ferreñafe 15.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Lambayeque, Motupe y Olmos 18.01.2016 11:00 a 11:20 a.m. charla 11:20 a.m. a 1:40 p.m. Llenado de Declaraciones Juradas. Jaén, San Ignacio y Cutervo 07 y 08.01.2016 9:00 a 10:00 a.m. charla por video-conferencia 15 16 Chiclayo, miércoles 13 de enero del 2016 CRÓNICA JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
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