REGLAMENTO PROMOCIÓN “Marchamo Flexible con Promerica - Empresas” PRIMERO: OBJETO. El objeto de este reglamento en particular es establecer las regulaciones del sorteo de TRES(3) premios FLEXIBLES de $1,000 (mil dólares de los Estados Unidos de América exactos) cada uno, para un ganador diferente; según los términos y las condiciones establecidas en el presente reglamento de la promoción “Marchamo Flexible con Promerica-Empresas”. El Organizador y Patrocinador de la presente promoción es BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A. SEGUNDO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN. Las personas jurídicas debidamente inscritas que sean clientes o no de Banco Promerica Costa Rica, S.A. que cancelen Derechos de Circulación (Marchamo) 2015 con sus tarjetas de crédito empresariales, débito a sus cuentas de efectivo empresariales, o por mecanismos de pagos de listas –según el procedimiento propio de Banco Promerica de Costa Rica S.A - antes del 31 de Diciembre 2015 (inclusive) con Banco Promerica de Costa Rica S.A única y exclusivamente, tendrán la posibilidad de participar del sorteo de tres (3) premios de $1,000 (mil dólares de los Estados Unidos de América exactos) cada uno utilizables según lo establecido en la cláusula sexta(6) de este reglamento. Cada persona jurídica debidamente participante acumulará una (1) acción electrónica que lo acreditará como participante de la presente promoción, por cada Derecho de Circulación 2015 (Marchamo) que se cancele en Banco Promerica de Costa Rica S.A. TERCERO: ELEGIBILIDAD PARA PARTICIPAR. Participarán de la promoción aquellas personas jurídicas debidamente inscritas clientes o no de Banco Promerica de Costa Rica S.A que hayan pagado uno(1) o más derechos de circulación (marchamos) con Banco Promerica de Costa Rica S.A única y exclusivamente, mediante sus tarjetas de crédito empresariales, débito a sus cuentas de efectivo empresariales, o por mecanismos de pagos de listas antes del 31 de Diciembre 2015 (inclusive), En el momento del sorteo, las personas jurídicas ganadoras deberán estar al día con todas y cada una de sus obligaciones con Banco Promerica de Costa Rica S.A para ser elegidas ganadoras. No participarán de esta promoción las empresas (SAGICOR, CORPORACIÓN STRENA, PORTAFOLIO INMOBILIARIO, CARIBE HOSPITALITY, VALENCIANO KAMER & ASOCIADOS y empresas donde alguno de los representantes legales sea funcionario de Banco Promerica Costa Rica S.A) CUARTO:BENEFICIO: Todas aquellas personas jurídicas que cumplan con todas y cada una de las condiciones aquí establecidas podrán participar en el sorteo de tres premios de $1,000 (mil dólares americanos exactos) cada uno, uno para cada ganador diferente utilizables según lo establecido en la cláusula sexta(6) del presente reglamento. QUINTO: SORTEO Y ANUNCIO DE LOS GANADORES. El sorteo se realizará el 29 de Enero 2016, en las oficinas centrales de Banco Promerica de Costa Rica S.A ubicadas en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, edificio número dos, mediante un sistema de elección aleatoria se elegirán los tres (3) ganadores distintos, uno para cada premio. Adicionalmente se seleccionaran tres (3) suplentes, para el caso de que alguno de los ganadores no reúna alguno de los requisitos y condiciones establecidas en este reglamento en específico. Cada ganador solo podrá ser favorecido con un único certificado de $1,000 (mil dólares americanos exactos). En caso de salir favorecido más de una vez, se elegirá un nuevo ganador. Se harán tres (3) intentos de llamada telefónica y dos (2) envíos de correo electrónico, tomando los datos registrados dentro del sistema de Banco Promerica, para notificar a los ganadores, en caso de no tener respuesta en un plazo de cinco días calendario posteriores a la comunicación se procederá a seleccionar como ganador al primer(1) suplente y así sucesivamente. Los ganadores tendrán como plazo máximo no prorrogable para retirar su premio hasta el primero(01) de Marzo 2016 a las 5:00 p.m. (cinco de la tarde). De lo contrario no podrán reclamar su premio. SEXTO: PREMIO. El premio consiste en tres(3) certificados por USD$1,000 (mil dólares de los Estados Unidos de América) cada uno, canjeables por un cheque de gerencia a nombre de la sociedad que resulte ganadora, o aplicables al pago de obligaciones de la persona jurídica que resulte ganadora con Banco Promerica de Costa Rica S.A o depositables en cuentas de la persona jurídica ganadora en el citado Banco. También será canjeable por tarjetas de regalo (emitidas por Banco Promerica de Costa Rica S.A ) hasta por el monto máximo del premio. El certificado se emitirá de acuerdo a las instrucciones que el representante legal con facultades legales suficientes de la persona jurídica que resulte ganadora brinde a Banco Promerica de Costa Rica S.A y le será entregado a esta misma persona el medio elegido de hacer efectivo el mismo según lo indicado en este reglamento. La persona jurídica participante en esta promoción libra desde ya de cualquier reclamo o responsabilidad a Banco Promerica de Costa Rica S.A por el acatamiento de las instrucciones que representante legal válido de la sociedad haga a efectos de disponer del premio establecido en esta promoción. SEPTIMO: DERECHOS DE IMAGEN. El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento de los participantes a que su imagen y nombre puedan ser utilizados en los diferentes medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el organizador y patrocinador desee hacer con relación a esta promoción en particular, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante por la utilización de su nombre u imagen. OCTAVO: SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA PROMOCIÓN. Banco Promerica de Costa Rica S.A. podrá suspender o cancelar en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad civil, penal, contractual y extracontractual alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que puedan provocar un grave perjuicio y que así obliguen. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas, será comunicada por Banco Promerica de Costa Rica, S.A. en forma escrita por los mismos medios en que fue publicada la promoción. Cualquier controversia, conflicto, duda o asunto en general que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto en estricto apego a las leyes, usos y buenas costumbres de la República de Costa Rica. De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción asumirá, --bajo ninguna circunstancia--- responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento, lo anterior de conformidad con lo establecido dentro del artículo 37 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Protección del Consumidor número 7472 de la República de Costa Rica en relación al inciso d) del artículo 43 del Reglamento a la Ley citada. Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento. NOVENO: ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y LIMITACIONES DEL REGLAMENTO. Para participar es necesario que la persona conozca y acepte todas y cada una de las condiciones y limitaciones establecidas en este reglamento y en los procedimientos propios establecidos por Banco Promerica de Costa Rica S.A para el pago de derechos de circulación –marchamos. Asimismo, con la aceptación del beneficio ratificará la plena aprobación de las condiciones y restricciones del reglamento de la Promoción DECIMO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este documento. Los ganadores serán responsables del uso y disfrute que le den a los mismos. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por gastos incurridos para participar en la promoción, o para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo. DÉCIMO: INFORMACIÓN Y CONSULTAS. Para mayor información y consultas, los interesados pueden llamar al teléfono 2519-8090 o consultar mediante www.promerica.fi.cr. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. El nombre Banco Promerica de Costa Rica, S.A. y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario.
© Copyright 2024