cómo reclamar los haberes jubilatorios impagos

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2015
Con turno previo
CÓMO RECLAMAR LOS HABERES JUBILATORIOS
IMPAGOS
El trámite debe realizarse dentro de los dos años posteriores a la fecha en que
deberían haberse solicitado.
Todos los jubilados y pensionados tienen derecho a reclamar los haberes que
no pudieron cobrar oportunamente, dentro de los dos años posteriores a la fecha en
la cual deberían haberlo hecho.
Para que el pago se realice de manera inmediata, el mes impago debe
encontrarse dentro de los 12 meses anteriores a la fecha del reclamo. Y en el caso
de que el mensual en cuestión corresponda al mes inmediato anterior, debe
presentar en la entidad de pago el formulario de Certificación Bancaria, provisto por
la ANSES.
El trámite es presencial y se realiza en cualquier delegación del organismo
previsional, con turno previo, que se obtiene llamando al número gratuito 130 o
ingresando a www.anses.gob.ar.
En tal sentido, el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso,
sostuvo: “Queremos que la tramitación sea sencilla y rápida para que las personas
no pierdan tiempo. Es importante la continua implementación de herramientas
digitales para cumplir con ese objetivo”.
Documentación a presentar
Del titular
 DNI. En caso de no poseerlo, presentar la constancia en trámite.
 Formulario PS.6.5 “Reclamo de haberes impagos” provisto por la ANSES.
Del representante

DNI. En caso de no poseerlo, presentar la constancia en trámite
p. 1

Formulario PS.6.4 Carta Poder para tramitar, o poder general otorgado por
escribano, en caso de que no figure en el recibo de cobro.

Certificado de Supervivencia con una validez de cinco días corridos, emitido
por autoridad policial, judicial o consular. De encontrarse el titular internado, el
certificado debe ser otorgado por el Director, Administrador o Gerente de la
institución donde se encuentre, con firma, cargo, sellos de la autoridad
firmante y de la institución, solo en caso de ser repago inmediato.

Formulario PS.6.5 “Reclamo de haberes impagos” (Pago inmediato) provisto
por la ANSES.
p. 2