Orden 18647/2014 - Sede Electrónica del Boletin Oficial de la

BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 247
VIERNES 17 DE OCTUBRE DE 2014
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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
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ORDEN 18647/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y
Cultura, por la que se declara de urgencia el procedimiento a seguir para la concesión de las subvenciones establecidas en la Orden 16140/2014, de 3 septiembre, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de
formación de oferta conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en el marco del
subsistema de formación para el empleo para el año 2014.
I. Con fecha 12 de septiembre de 2014 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMADRID la Orden 16140/2014, de 3 de septiembre, por la que se convocan
subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en el marco del subsistema de formación para el empleo para el año 2014.
II. El mercado de trabajo madrileño demanda trabajadores cada vez más cualificados, demanda que en, algunos supuestos, el sistema de cualificación profesional tarda un
tiempo en atender como consecuencia de los procedimientos usuales de planificación y programación de la formación profesional para el empleo. La falta de una respuesta ágil y puntual a estas necesidades podría suponer una cierta limitación a las oportunidades de empleo
de los trabajadores como de negocio para las empresas. Así sucede especialmente en determinados ámbitos ocupacionales en los que, recientemente, se ha incluido como requisito
para el desempeño de una ocupación la posesión de la correspondiente acreditación que
asegure la formación en determinadas competencias profesionales esenciales para la misma, tal es el caso, entre otros muchos, de actividades relacionadas con el transporte sanitario y los servicios sociosanitarios.
III. La necesidad de atender en tiempo y forma las demandas de formación planteadas por los trabajadores y empresas, y el positivo impacto que la actividad formativa tiene,
sin duda, en el empleo, junto con la inexcusable necesidad de contribuir, sin más demora,
a la adopción de medidas que atenúen, el desempleo actual aconsejan, por razones de interés público, abreviar en lo posible los trámites a seguir para la resolución de la convocatoria de subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación en especialidades de certificado de profesionalidad.
Por ello, y en virtud de las competencias atribuidas por la legislación vigente,
MUNIDAD DE
DISPONGO
Primero
De conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se declaran de urgencia los trámites a seguir para la resolución de la convocatoria y concesión
de las subvenciones previstas en la Orden 16140/2014, de 3 de septiembre, por la que se
convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación de oferta conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en el marco del subsistema de formación para el empleo para el año 2014.
En consecuencia, se reducen a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, siempre y cuando los
trámites correspondientes no se hallaren ya iniciado con anterioridad a la producción de
efectos de esta Orden, en cuyo supuesto se aplicará, la reducción, a los trámites siguientes.
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Declaración de urgencia del procedimiento
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B.O.C.M. Núm. 247
Segundo
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 10 de octubre de 2014.
LETÍN
La Consejera de Empleo, Turismo y Cultura,
ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA
BOCM-20141017-19
(03/31.402/14)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791