Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados A continuación, desde el Dpto. Socios presentamos una guía informativa que tiene por objetivo brindar la información necesaria que los Socios deberán tener en cuenta a la hora de iniciar su trámite de Jubilación y/o Pensión. JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES Todo Socio de Jerárquicos que posea un Servicio de Salud de Obra Social en planes Asalariados, Monotributistas y Autónomos, al momento de jubilarse puede continuar con los beneficios de nuestra Mutual. ¿Cuándo debo informar que estoy pronto a jubilarme? Deberá informarnos esta situación telefónicamente o por nota unos meses antes de percibir el último sueldo como activo (en relación de dependencia) para que desde nuestra Administración procedamos a remitirle la documentación correspondiente para presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio. ¿Cuándo inicia el trámite? Cuando recibimos la información del Socio, Vendedor o Delegado, desde el Dpto. Socios se procede al inicio del trámite como jubilado y le remitimos los formularios de PS 5.11 y PS 5.5 certificados por la Obra Social para que presente en ANSES y retire el CODEM con datos de la Mutual. Atención: Dichos formularios deben presentarse en ANSES de su localidad una vez percibido el primer mes como jubilado / pensionado, controlar que el CODEM otorgado por ANSES figure el código 003207 (O.S. de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales). ¿Cuál es el aporte requerido para cada servicio de salud de jubilados nacionales? PMI Jubilado> $688,50 PMI 2000 Jubilado > $1170 PMI 3000 Jubilado >$1800 1 a 14 años 15 a 49 años 50 a 64 años 65 a más años $47,00 $74,00 $87,00 $192,00 Pag. 1 - Rev. 2 Octubre 2014 ¿Cuál es el aporte que recibe nuestra obra social por cada persona jubilada/pensionada nacional? Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Ejemplo de Socio ya adherido a la Mutual que se jubila: Grupo familiar: 2 personas. Edad: Titular: 66 años, cónyuge 64 años. Por los 2 integrantes del grupo familiar recibimos un aporte de = $279 El aporte recibido es de $279 debiendo alcanzar el establecido para el Servicio PMI = $688,50. En este caso, debe abonar diferencia de aporte de ley, igual a $409,50 ($688,50 - $279 = $409,50). Importante: Si optan por un Servicio de Salud superior (PMI 2000 Jubilado o PMI 3000 Jubilado), las diferencias de topes de plan son mayores. ¿Cuál es la documentación que se requiere? Documentación solicitada a Jubilado Documentación solicitada a Pensionado ? Anexo y Contrato de Servicio de Salud. ? Forma de pago. ? CODEM, emitido por ANSES. ? Recibo de sueldo como Jubilado. ? Último recibo de sueldo como Activo. Anexo y Contrato de Servicio de Salud. Forma de pago. ? CODEM, emitido por ANSES. ? Recibo de sueldo como Pensionado. ? Solicitud de Ingreso completa en su totalidad. ? ? Modelo de recibo de Jubilado/Pensionado Pag. 2 - Rev. 2 Octubre 2014 Se envía a OS cápita fija por persona, según edad y grupo familiar ( resolución Conjunta 705/2012). Resto enviado a Fondo Solidario de redistribución (SSS - ANSSAL). Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Pag. 3 - Rev. 2 Octubre 2014 Nota de envío de formularios al Socio Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Formularios para Jubilado / Pensionado Pag. 4 - Rev. 2 Octubre 2014 En este ejemplo, se observa cómo desde nuestra Administración se envían los formularios 5.11 y 5.5 certificados por la Obra Social para que el Socio se presente en ANSES, con recibo de jubilado o pensionado para realizar el traspaso de PAMI a JERÁRQUICOS. Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Pag. 5 - Rev. 2 Octubre 2014 Formularios para Jubilado / Pensionado Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados CODEM que retira el Socio de ANSES al presentar los formularios: Pag. 6 - Rev. 2 Octubre 2014 El CODEM permite visualizar los datos del Socio, su grupo familiar, fecha de presentación de los formularios y fecha de vigencia en la Mutual (a partir de cuando se recibirán aportes en la OS). Además, contiene los datos de la OS (código y denominación). Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR A continuación detallamos una serie cuestiones relacionadas con los Socios que poseen algún Servicio de Salud de Jubilados las cuales deberán tener en cuenta: Servicio Mutual: Aquellas personas que ingresen a la Mutual como asalariados, al momento de jubilarse tendrán un incremento del 25% en el Servicio Mutual y en eventuales adicionales por edad. NOTA: En el tiempo transcurrido entre el cobro del último sueldo como activo y hasta recibir el primer aporte como jubilado/pensionado solamente se cobrará el Servicio Mutual más Servicios Adicionales ya que, debido a la cobertura del Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento, la Mutual no cobrará diferencias de aporte por el período que dure el trámite de jubilado/pensionado. Recordamos que el periodo de traspaso de un jubilado/pensionado es de 90 días al igual que el de los activos. Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento: En caso de Jubilación: a partir del momento que el Socio en actividad se jubila y hasta que nuestra entidad comienza a recibir los aportes como jubilado, se otorga el Servicio de Cesantía (sin necesidad de presentar nota para solicitarlo). El mismo se brinda por el término de 1 año según la Tabla de antigüedad del Servicio, o hasta que se efectivice la jubilación. En ese período se cobrará el Complemento y Servicios (Fondo Especial, Prótesis Odontológicas, Interconsulta, Sepelio, Serv. de Cesantía, Jub o Fallecimiento). El Servicio caduca al cumplirse el plazo establecido, o bien cuando la persona comienza a cobrar como jubilado o al momento de verificarse la finalización del trámite de jubilación y recepción de aportes. En caso de fallecimiento: a partir del fallecimiento del titular, se otorgan por ley 3 meses de cobertura al/la cónyuge, y luego presentando nota solicitando el Servicio de Cesantía se brinda el mismo por el término de hasta 1 año según la Tabla de antigüedad del Servicio o hasta que salga la pensión. En ese período se cobra el Complemento y Servicios (Fondo Especial, Prótesis Odontológicas, Interconsulta, Sepelio, Serv. de Cesantía, Jub o fallecimiento). El servicio caduca al cumplirse el plazo establecido, o bien cuando la persona comienza a cobrar como pensionado o al momento de verificarse la finalización del trámite de pensión y recepción de aportes. Tabla de Antigüedad del Servicio de Cesantía, Jubilación o Fallecimiento: Si el Socio se jubila o fallece, se verificará la antigüedad como Socio de la Mutual para aplicar la cantidad de meses de cobertura del Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento: - De 6 meses a 1 año de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 6 meses de Serv. de Cesantía. - Más de 1 año de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 9 meses de Serv. de Cesantía. Pag. 7 - Rev. 2 Octubre 2014 - Hasta 6 meses de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 3 meses de Serv. de Cesantía. Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados JUBILADOS Y PENSIONADOS PROVINCIALES En el caso de las personas que tengan la posibilidad de incorporarse a un régimen provincial de Obra Social, se les ofrece continuar como Socio de la Mutual en un Servicio de Salud de Autónomos, excepto los Jubilados de las provincias de Entre Ríos y Córdoba (empleados del Banco Entre Ríos y Córdoba) que pueden en Servicios de Salud de Jubilados. En el caso de que opten continuar como Autónomos, les enviamos la siguiente documentación, que deberán completar y devolver a la Administración: >Solicitud de Ingreso. >Anexo de Servicio de Salud. >Forma de pago. >Nota de costo. >Copia de recibo de sueldo como Jubilado Provincial. El costo que tendrán los Socios Jubilados Provinciales en un Servicio de Salud para Autónomos se enviará junto con el pedido de documentación ya que se calcula según la edad, antigüedad y consumos. Jubilados de Entre Ríos y Córdoba: A los pasivos (jubilados) pertenecientes al Banco de la Provincia de Entre Ríos y Córdoba, la Caja de Jubilaciones de dicha provincia, deriva el aporte directamente a la obra social que la persona elija, exceptuando el trámite de traspaso de obra social a través del régimen de seguridad social. Al mínimo establecido según el plan, le sumamos el 15% de ese mínimo (correspondiente a SUR porque están fuera del régimen de Seguridad Social), más el adicional que corresponde por persona. La diferencia tope de plan se generará, teniendo en cuenta el mínimo establecido para el plan que posee el Socio, menos el aporte recibido como Jubilado Provincial. ¿Cuál es el aporte requerido para cada servicio de salud de jubilados provinciales? (Entre Ríos y Córdoba) PMI Jubilado> $931,50 PMI 2000 Jubilado > $1345,50 PMI 3000 Jubilado >$2070 Aportes recibidos por los jubilados provinciales Entre Ríos 3 % que se descuentan de recibo de sueldo + 6 % que realiza la CJYPER. Córdoba 5% que se descuentan de recibo de sueldo. ¿Cuál es la documentación que se requiere? Para que se realice el cambio de Obra Social, el jubilado deberá presentar los siguientes formularios firmados por la Obra Social en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de sus provincias. Además se le solicitará la siguiente documentación: ? Anexo y Contrato de Servicio de Salud. de pago. ? Copia de nota presentada en Caja de Jubilaciones y Pensiones. ? Recibo de sueldo como Jubilado Provincial. ? Último recibo de sueldo como Activo. ? Nota de aportes requeridos. ? Forma Pag. 8 - Rev. 2 Octubre 2014 Documentación solicitada a Jubilado Provincial Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Pag. 9 - Rev. 2 Octubre 2014 Formulario para continuidad como Jubilado Provincial (Entre Ríos) Pag. 10 - Rev. 2 Octubre 2014 Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados Pag. 11 - Rev. 2 Octubre 2014 Formulario para continuidad como Jubilado Provincial (Córdoba) Pag. 12 - Rev. 2 Octubre 2014 Guía de Trámites de Servicios de Salud de Jubilados y Pensionados 0800 555 4844 / (0342) 4504800 [email protected] Línea Directa Delegados: 0810 555 4844 [email protected]
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