guía de jubilados para imprenta - Jerarquicos Salud

Guía de Trámites de Servicios
de Salud de Jubilados y Pensionados
Guía de Trámites de Servicios de Salud
de Jubilados y Pensionados
A continuación, desde el Dpto. Socios presentamos una guía informativa que tiene por objetivo brindar la
información necesaria que los Socios deberán tener en cuenta a la hora de iniciar su trámite de Jubilación y/o Pensión.
JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES
Todo Socio de Jerárquicos que posea un Servicio de Salud de Obra Social en planes Asalariados, Monotributistas
y Autónomos, al momento de jubilarse puede continuar con los beneficios de nuestra Mutual.
¿Cuándo debo informar que estoy pronto a jubilarme?
Deberá informarnos esta situación telefónicamente o por nota unos meses antes de percibir el último sueldo
como activo (en relación de dependencia) para que desde nuestra Administración procedamos a remitirle la
documentación correspondiente para presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio.
¿Cuándo inicia el trámite?
Cuando recibimos la información del Socio, Vendedor o Delegado, desde el Dpto. Socios se procede al inicio del
trámite como jubilado y le remitimos los formularios de PS 5.11 y PS 5.5 certificados por la Obra Social para que
presente en ANSES y retire el CODEM con datos de la Mutual.
Atención:
Dichos formularios deben presentarse en ANSES de su localidad una vez percibido el primer mes como jubilado /
pensionado, controlar que el CODEM otorgado por ANSES figure el código 003207 (O.S. de Trabajadores Socios de la
Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales).
¿Cuál es el aporte requerido para cada servicio de salud de jubilados nacionales?
PMI Jubilado> $688,50
PMI 2000 Jubilado > $1170
PMI 3000 Jubilado >$1800
1 a 14 años
15 a 49 años
50 a 64 años
65 a más años
$47,00
$74,00
$87,00
$192,00
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¿Cuál es el aporte que recibe nuestra obra social por cada persona jubilada/pensionada nacional?
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Ejemplo de Socio ya adherido a la Mutual que se jubila:
Grupo familiar: 2 personas.
Edad: Titular: 66 años, cónyuge 64 años.
Por los 2 integrantes del grupo familiar recibimos un aporte de = $279
El aporte recibido es de $279 debiendo alcanzar el establecido para el Servicio PMI = $688,50.
En este caso, debe abonar diferencia de aporte de ley, igual a $409,50 ($688,50 - $279 = $409,50).
Importante:
Si optan por un Servicio de Salud superior (PMI 2000 Jubilado o PMI 3000 Jubilado), las diferencias de topes de plan son
mayores.
¿Cuál es la documentación que se requiere?
Documentación solicitada a Jubilado
Documentación solicitada a Pensionado
?
Anexo y Contrato de Servicio de Salud.
?
Forma de pago.
?
CODEM, emitido por ANSES.
?
Recibo de sueldo como Jubilado.
?
Último recibo de sueldo como Activo.
Anexo y Contrato de Servicio de Salud.
Forma de pago.
?
CODEM, emitido por ANSES.
?
Recibo de sueldo como Pensionado.
?
Solicitud de Ingreso completa en su totalidad.
?
?
Modelo de recibo de Jubilado/Pensionado
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Se envía a OS cápita fija por persona, según edad
y grupo familiar ( resolución Conjunta 705/2012).
Resto enviado a Fondo Solidario de redistribución
(SSS - ANSSAL).
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Nota de envío de formularios al Socio
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Formularios para Jubilado / Pensionado
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En este ejemplo, se observa cómo desde nuestra Administración se envían los formularios 5.11 y 5.5
certificados por la Obra Social para que el Socio se presente en ANSES, con recibo de jubilado o pensionado para
realizar el traspaso de PAMI a JERÁRQUICOS.
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Formularios para Jubilado / Pensionado
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CODEM que retira el Socio de ANSES al presentar los formularios:
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El CODEM permite visualizar los datos del Socio, su grupo familiar, fecha de presentación de los formularios y
fecha de vigencia en la Mutual (a partir de cuando se recibirán aportes en la OS). Además, contiene los datos de la
OS (código y denominación).
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OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR
A continuación detallamos una serie cuestiones relacionadas con los Socios que poseen algún Servicio de Salud
de Jubilados las cuales deberán tener en cuenta:
Servicio Mutual:
Aquellas personas que ingresen a la Mutual como asalariados, al momento de jubilarse tendrán un incremento
del 25% en el Servicio Mutual y en eventuales adicionales por edad.
NOTA:
En el tiempo transcurrido entre el cobro del último sueldo como activo y hasta recibir el primer aporte como
jubilado/pensionado solamente se cobrará el Servicio Mutual más Servicios Adicionales ya que, debido a la
cobertura del Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento, la Mutual no cobrará diferencias de aporte por
el período que dure el trámite de jubilado/pensionado.
Recordamos que el periodo de traspaso de un jubilado/pensionado es de 90 días al igual que el de los activos.
Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento:
En caso de Jubilación: a partir del momento que el Socio en actividad se jubila y hasta que nuestra entidad
comienza a recibir los aportes como jubilado, se otorga el Servicio de Cesantía (sin necesidad de presentar nota
para solicitarlo). El mismo se brinda por el término de 1 año según la Tabla de antigüedad del Servicio, o hasta que
se efectivice la jubilación. En ese período se cobrará el Complemento y Servicios (Fondo Especial, Prótesis
Odontológicas, Interconsulta, Sepelio, Serv. de Cesantía, Jub o Fallecimiento). El Servicio caduca al cumplirse el
plazo establecido, o bien cuando la persona comienza a cobrar como jubilado o al momento de verificarse la
finalización del trámite de jubilación y recepción de aportes.
En caso de fallecimiento: a partir del fallecimiento del titular, se otorgan por ley 3 meses de cobertura al/la
cónyuge, y luego presentando nota solicitando el Servicio de Cesantía se brinda el mismo por el término de hasta
1 año según la Tabla de antigüedad del Servicio o hasta que salga la pensión. En ese período se cobra el
Complemento y Servicios (Fondo Especial, Prótesis Odontológicas, Interconsulta, Sepelio, Serv. de Cesantía, Jub o
fallecimiento). El servicio caduca al cumplirse el plazo establecido, o bien cuando la persona comienza a cobrar
como pensionado o al momento de verificarse la finalización del trámite de pensión y recepción de aportes.
Tabla de Antigüedad del Servicio de Cesantía, Jubilación o Fallecimiento:
Si el Socio se jubila o fallece, se verificará la antigüedad como Socio de la Mutual para aplicar la cantidad de
meses de cobertura del Servicio de Cesantía, Jubilación y Fallecimiento:
- De 6 meses a 1 año de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 6 meses de Serv. de
Cesantía.
- Más de 1 año de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 9 meses de Serv. de Cesantía.
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- Hasta 6 meses de antigüedad como socio de la Mutual: cobertura de ley (3 meses) + 3 meses de Serv. de
Cesantía.
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JUBILADOS Y PENSIONADOS PROVINCIALES
En el caso de las personas que tengan la posibilidad de incorporarse a un régimen provincial de Obra Social, se
les ofrece continuar como Socio de la Mutual en un Servicio de Salud de Autónomos, excepto los Jubilados de las
provincias de Entre Ríos y Córdoba (empleados del Banco Entre Ríos y Córdoba) que pueden en Servicios de Salud
de Jubilados.
En el caso de que opten continuar como Autónomos, les enviamos la siguiente documentación, que deberán
completar y devolver a la Administración:
>Solicitud de Ingreso.
>Anexo de Servicio de Salud.
>Forma de pago.
>Nota de costo.
>Copia de recibo de sueldo como Jubilado Provincial.
El costo que tendrán los Socios Jubilados Provinciales en un Servicio de Salud para Autónomos se enviará junto
con el pedido de documentación ya que se calcula según la edad, antigüedad y consumos.
Jubilados de Entre Ríos y Córdoba:
A los pasivos (jubilados) pertenecientes al Banco de la Provincia de Entre Ríos y Córdoba, la Caja de Jubilaciones
de dicha provincia, deriva el aporte directamente a la obra social que la persona elija, exceptuando el trámite de
traspaso de obra social a través del régimen de seguridad social.
Al mínimo establecido según el plan, le sumamos el 15% de ese mínimo (correspondiente a SUR porque están
fuera del régimen de Seguridad Social), más el adicional que corresponde por persona.
La diferencia tope de plan se generará, teniendo en cuenta el mínimo establecido para el plan que posee el Socio,
menos el aporte recibido como Jubilado Provincial.
¿Cuál es el aporte requerido para cada servicio de salud de jubilados provinciales? (Entre Ríos y Córdoba)
PMI Jubilado> $931,50
PMI 2000 Jubilado > $1345,50
PMI 3000 Jubilado >$2070
Aportes recibidos por los jubilados provinciales
Entre Ríos
3 % que se descuentan de recibo de sueldo + 6 % que realiza la CJYPER.
Córdoba
5% que se descuentan de recibo de sueldo.
¿Cuál es la documentación que se requiere?
Para que se realice el cambio de Obra Social, el jubilado deberá presentar los siguientes formularios firmados
por la Obra Social en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de sus provincias. Además se le solicitará la siguiente
documentación:
?
Anexo
y Contrato de Servicio de Salud.
de pago.
?
Copia de nota presentada en Caja de Jubilaciones y Pensiones.
?
Recibo de sueldo como Jubilado Provincial.
?
Último recibo de sueldo como Activo.
?
Nota de aportes requeridos.
?
Forma
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Documentación solicitada a Jubilado Provincial
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Pag. 9 - Rev. 2 Octubre 2014
Formulario para continuidad como Jubilado Provincial (Entre Ríos)
Pag. 10 - Rev. 2 Octubre 2014
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Pag. 11 - Rev. 2 Octubre 2014
Formulario para continuidad como Jubilado Provincial (Córdoba)
Pag. 12 - Rev. 2 Octubre 2014
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