BASES DE LA PROMOCIÓN “PAQUETERÍA CORREOS 2014” DE SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. PRIMERA.ENTIDAD ORGANIZADORA, TEMPORAL Y PARTICIPANTES ÁMBITO TERRITORIAL, La entidad mercantil Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. (en adelante CORREOS), con domicilio social en Vía Dublín, nº 7 (Campo de las Naciones) 28070 Madrid (España), con CIF A83052407, realizará una promoción bajo la fórmula de “regalo directo y seguro” (25% de descuento) y “sorteo gratuito” (un año de envío gratis hasta 1.000€), desde el próximo día 1 de noviembre de 2014 hasta el 31 de enero de 2015, ambos inclusive, dirigidas a todos aquellos internautas mayores de 18 años residentes en territorio español (Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla) que accedan a la aplicación desarrollada en la página web www.concorreos.com en las condiciones que más adelante se detallan. SEGUNDA.- OBJETO El objetivo de esta promoción es incentivar el acceso a la aplicación desarrollada en la mencionada página web, con el fin de que los participantes puedan incrementar el conocimiento de todos los servicios que CORREOS presta. TERCERA.- PREMIOS Los premios siguiente: de la presente promoción consisten en lo -Regalos directos y seguros: - Un descuento de hasta un 25% en servicios postales de paquetería , aplicados a productos de paquetería Paq 48 o Paq 72 gestionados a través de la oficina virtual de correos.es -Regalos mediante sorteo gratuito: - Sorteo de un año gratis en servicios postales de paquetería , aplicados a productos de paquetería Paq 48 o Paq 72, para los clientes que se hayan dado de alta con un contrato de paquetería hasta un límite de 1.000 euros al año. CORREOS se reserva la posibilidad de modificar, en caso de fuerza mayor, dichos premios por otros de características o valor semejante. Cada ganador sólo podrá optar a uno de los premios “directos y seguros” anteriormente indicado durante todo el periodo promocional. CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Participarán en la presente promoción todas las personas, mayores de 18 años, residentes en territorio español que accedan a la aplicación www.concorreos.com, rellenen el formulario de la aplicación facilitando para ello los datos que en el mismo se solicitan (nombre, apellidos, email y teléfono de contacto) y acepten los check box que en la misma se encuentren dentro del periodo promocional anteriormente indicado. Respecto de la modalidad “25% de descuento”, todos aquellos usuarios que declaren en el formulario que realizan menos de 20 envíos al mes, recibirán un código de descuento canjeable exclusivamente en la oficina Virtual de Correos.es, con una validez de uso hasta el 31 de enero de 2015 y que se puede utilizar hasta un máximo de cuatro ocasiones, beneficiando al cliente de un 25% de descuento en cada uso. El código de descuento es personal e intransferible y sólo aplica al producto Paq 48 y paq 72 de ámbito nacional y sin restricción de peso (la propia del envío). El cliente podrá beneficiarse del descuento sin límite ni mínimo de envíos en cada depósito. Este descuento sólo aplica al coste del producto, en ningún caso aplica a valores añadidos. A los usuarios que tras rellenar los datos de contacto y declarar que su volumen de envíos es mayor que 20, recibirán la llamada de un operador de la plataforma de Televenta de Correos para ofrecerle los servicios de paqueteria de Correos y de Correos Express, la filial de paquetería urgente de Correos. Así mismo los clientes considerados con mayor potencial de contratación, recibirán la visita de un comercial de Correos o de Correos Express, según el prodcuto que haya escogido (Paq 48h, Paq 72h, Paq 10:00, paq Paq 14:00 y Paq 24h). Los clientes de esta tipología que firmen un contrato de paqueteria con Correos se les aplicará un 25% de descuento en los tres primeros meses naturales de facturación del contrato. Las condiciones de este contrato están definidoas en un Condicionado Especial que el cliente deberá de firmar además de las condiciones generales de contratación de paquetería. Los productos y condiciones de aplicación de esta promoción se detallan en el condicionado mencionado anteriormente, del cual el cliente será informado previamente por un gestor comercial de Correos o de Correos Express. Por lo que se refiere a la modalidad de “sorteo gratuito”, todos aquellos usuarios que observen los requisitos contenidos en las presentes bases y cumplimenten debidamente el formulario con los datos solicitados entrarán de forma automática en el sorteo de un año de envío gratis hasta un límite de 1.000 €, que se llevará a cabo en la forma establecida en la base siguiente. Se excluirán de la participación en la presente promoción los datos falsos, repetidos, o aquellos que se refieran a un mismo domicilio. Si la falsedad o duplicidad de datos fuera detectada con posterioridad a la celebración del sorteo podrá dejarse sin efecto los premios que hubieran correspondido. QUINTA.- SORTEO CORREOS o su Agencia de Publicidad OgilvyOne presentará ante un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, la relación de participantes que hubieran observado los requisitos en las presentes bases dentro del periodo promocional anteriormente indicado. El Sr. Notario extraerá al azar 1 ganador al que se les adjudicará el premio contenidos en la base tercera: - Sorteo de un año gratis en servicios postales de paquetería , aplicados a productos de paquetería Paq 48 o Paq 72, para los clientes que se hayan dado de alta con un contrato de paquetería hasta un límite de 1.000 euros al año. así como 3 suplentes que sustituirán al primero para el caso de identificación incompleta o incorrecta del agraciado o incumplimiento de alguna de las bases de la presente promoción, así como renuncia del agraciado o imposibilidad de localizarle en un plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de celebración del sorteo, el cual se celebrará el 15 de febrero de 2015, reservándose la entidad mercantil organizadora la posibilidad de modificar dicha fecha a su conveniencia, siempre que sea por causa justificada. SEXTA.- NOTIFICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS CORREOS respecto del “regalo directo y seguro 25% de descuento” facilitará al usuario que haya seleccionado en el formulario la opción “menos de 20 envíos al mes” y que hubiera observado los requisitos contenidos en las presentes bases un código promocional que podrá canjear en la Oficina Virtual de CORREOS. El código promocional deberá ser incluido en la casilla correspondiente antes de efectuar el pago por el método elegido por el cliente (TPV, Paypal o pago en oficina). El descuento del 25% se le aplica directamente en el importe a pagar. Este descuento sólo aplica al coste del producto, en ningún caso aplica a valores añadidos. CORREOS respecto del “regalo directo y seguro descuentos” con usuarios que hayan seleccionado en el formulario la opción “más de 20 envíos al mes” ,y tras la firma por parte del cliente del contrato de paquetería, aplicará de forma directa un 25% de descuento en los tres primeros meses naturales de facturación del contrato. CORREOS respecto del regalo del “sorteo”, en el plazo máximo de 72 horas desde la celebración del sorteo, se pondrá en contacto con los ganadores del mismo mediante email personal. Una vez enviado el mensaje personalizado al ganador comunicándoles su condición de agraciado, éste deberá en el plazo de una semana posterior a la recepción de dicho mensaje, aceptar expresamente el premio. Para ello, deberá responder al correspondiente correo electrónico manifestando que aceptan el premio y acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento acreditativo de la misma (DNI escaneado). De lo contrario el premio se otorgará al primer suplente y así sucesivamente, pudiendo declararse en este último supuesto el premio desierto. En el momento de la aceptación del premio, el ganador deberá acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento acreditativo de la misma. SÉPTIMA.- FRAUDE En el caso de que CORREOS o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante. A este respecto es importante añadir que CORREOS ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. Por tanto, CORREOS se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito. OCTAVA.- CONSULTA DE BASES Las participantes podrán consultar las instrucciones y la normativa de la presente promoción en www.concorreos.com. NOVENA- CAMBIO DE PREMIOS Los premios objeto de la presente promoción, en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación económica a petición del ganador/es. DÉCIMA.- CESIÓN UTILIZACIÓN NOMBRE E IMAGEN El ganador del sorteo de la presente promoción autoriza a CORREOS para utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con la presente promoción, sin contraprestación económica alguna. DÉCIMO PRIMERA.- ACEPTACIÓN DE BASES La participación en la presente promoción supone la aceptación de las presentes bases, así como el criterio de CORREOS en la resolución de cualquier conflicto que pudiera generar la interpretación de las mismas. DÉCIMO SEGUNDA.- RECLAMACIÓN El período de reclamación de la presente promoción finaliza transcurridos 90 días naturales desde la fecha de finalización del periodo promocional. DÉCIMO TERCERA.- RESPONSABILIDAD CORREOS no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o internet que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción. En ningún caso CORREOS será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore preste al ganador/es como consecuencia del premio entregado. Una vez entregado el premio CORREOS no se hace responsable del disfrute del mismo, debiendo en todo caso acceder a la página y garantías establecidas por los proveedores de los premios. DÉCIMO CUARTA.- TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, le informamos que el envío voluntario de los datos personales (incluido el correo electrónico) para participar en la presente promoción, supone el consentimiento del participante para que CORREOS trate dichos datos de forma automatizada con fines de publicidad y prospección comercial, pudiéndose incorporar los mencionados datos a un fichero automatizado del cual CORREOS será responsable. A fin de tratar, almacenar y proporcionar en el futuro información a los participantes en la PROMOCIÓN sobre los productos de CORREOS, se habilitará en el formulario de participación una casilla dando la opción de “No deseo recibir información comercial”. Si el participante marca esta casilla, los datos de este formulario serán tratados por CORREOS a efectos de gestionar la participación en la presente promoción exclusivamente. El participante tendrá derecho a acceder a sus datos, a oponerse al tratamiento de los mismos, así como a solicitar su modificación o cancelación sólo con solicitarlo en el domicilio de CORREOS en Vía Dublín, nº 7 (Campo de las Naciones) 28070 Madrid o al email [email protected] ______’’’. El participante declara y garantiza que todos los datos de carácter personal que facilite a CORREOS con motivo de su participación en la promoción son veraces y se corresponden a su identidad. DÉCIMO QUINTA.- FISCALIDAD A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil CORREOS la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente Promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, CORREOS practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y los ganadores necesarios para la entrega de tiene carácter obligatorio, de forma que la cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida al premio obtenido. fiscales de los premios ausencia de del derecho DÉCIMO SEXTA.- LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN Los empleados y familiares de la entidad mercantil CORREOS hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como los de todas las empresas encargadas de la realización de la presente promoción y los menores de 18 años no podrán participar en la misma. Los datos facilitados por los participantes, deberán ser veraces. Caso de que éstos fueran falsos, y resultare ganador del premio de la presente promoción, éste pasará al siguiente en reserva. DÉCIMO SÉPTIMA.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE La interpretación y el cumplimiento de las presentes bases se regirán por la legislación española. CORREOS y los participantes que participen en el Sorteo, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las bases o de la celebración o resultado del Sorteo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca. DÉCIMO OCTAVA.- DEPÓSITO DE BASES Las Bases del presente concurso se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Don Carlos del Moral Carro, con despacho en la calle Serrano, nº 38, 2ª Plta., 28001-Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas así como en la página web www.concorreos.com.
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