PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Nombre del contratante organismo AUTORIDAD RIACHUELO DE CUENCA Tipo: Contratación Directa Nº Clase: De Etapa Única Nacional. Modalidad: Sin modalidad Expediente Nº: 1770/2014 Rubro comercial: Artículos de mantenimiento. MATANZA Ejercicio: 2014 Objeto de la contratación: Adquisición de aire acondicionado para DATACENTER Costo del pliego: Sin cargo. RETIRO DE PLIEGOS Lugar/Dirección Coordinación de Contabilidad y Administración – Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires CONSULTAS Lugar/Dirección Mesa General de Entradas,– Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo – Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Lugar/Dirección Mesa General de Entradas,– Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo – Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires ACTO DE APERTURA Lugar/Dirección Coordinación de Contabilidad y Administración – Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo y Horario Día y Hora Plazo y Horario Plazo y Horario 1 ARTICULO 1º: ORGANISMO CONTRATANTE El organismo que promueve la presente contratación es la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, Ente de derecho público interjurisdiccional. ARTÍCULO 2º.- OBJETO La presente contratación tiene por objeto la adquisición de un aire acondicionado a ser instalado en el centro de cómputos de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO con el fin de implementar un resguardo al sistema actual, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. ARTICULO 3º: NORMATIVA APLICABLE La presente contratación se regirá por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, por las normas contenidas en el Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO aprobado por Resolución ACUMAR N° 248/2010 modificada por Resolución ACUMAR N° 180/2012, 933/2013 y 190/2014 disponible en el sitio web www.acumar.gob.ar y por la Ley Nº 25.551 de Compre Argentino. La simple presentación de una oferta, implica la aceptación lisa y llana por parte de los oferentes de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa de que lo conoce y acepta en todas sus partes. Cualquier cláusula o condición que consignen los Oferentes en la formulación de sus propuestas, que se encuentre en pugna con las Cláusulas establecidas en el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, dará lugar a que la oferta sea declarada inadmisible y desestimada. ARTÍCULO 4º: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas deberán efectuarse únicamente por escrito ante la precitada Coordinación. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término. Deberán ser efectuadas hasta DOS (2) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura (como máximo). Si la ACUMAR considera que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una circular aclaratoria y comunicará en forma fehaciente con UN (1) día hábil como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubieren retirado el Pliego y al que hubiere efectuado la consulta que origina la circular. La ACUMAR podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego correspondiente. El límite fijado para la procedencia de las modificaciones y aclaraciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, es que las mismas no alteren el objeto de la contratación. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a UN (1) día hábil contado desde que se presentare la solicitud, la ACUMAR podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de apertura de ofertas será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, y será publicado en los mismos medios en los que se haya publicado la convocatoria por UN (1) día y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan retirado el Pliego o lo hayan adquirido en los casos en que el mismo tuviera costo. Todas las circulares aclaratorias o modificatorias podrán ser publicadas y comunicadas hasta UN (1) día hábil anterior a la fecha de apertura. ARTÍCULO 5º: PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 2 La oferta deberá ser redactada en idioma nacional. El oferente presentará su oferta en original y copia, y deberá remitirla en sobre cerrado y foliado en todas sus hojas. La oferta deberá presentarse en la Mesa Gral. de Entradas de esta AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO sita en Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El sobre, caja o paquete deberá contener los siguientes datos: 1) Objeto de la Contratación. 2) Día y hora de la Apertura 3) Datos completos del Oferente 4) La oferta deberá estar firmada en original por un apoderado o responsable de la Empresa en todas sus hojas. 5) La oferta no podrá tener salvedades o raspaduras y no podrá estar escrita en lápiz. 6) Serán causales de inadmisibilidad de oferta: a) Que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal. b) Que estuviere escrita con lápiz. c) Que careciera de la garantía exigida que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares indicare o que no estuviese efectuada conforme a lo allí dispuesto. d) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO NACIONAL, DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. e) Que contuviere condicionamientos. f) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, y no estuvieren debidamente salvadas. g) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación. Los errores intrascendentes de forma, a juicio de ACUMAR, no serán causales de inadmisibilidad de la oferta. Asimismo, la ACUMAR no recibirá ninguna oferta que no sea entregada en el lugar arriba indicado y dentro del plazo establecido. Presentada la oferta no se aceptarán cambios o adicionales en ellas, que impliquen una modificación sustancial a la oferta original presentada. La ACUMAR no se hará responsable por la apertura prematura de sobre por no estar debidamente cerrados. ARTÍCULO 6º: FORMA DE COTIZACIÓN Deberá cotizarse en Pesos, moneda nacional de curso legal vigente, incluyendo el IVA, consignando el precio total de la oferta de acuerdo a lo establecido en la planilla de cotización obrante en el presente Pliego como Anexo N° 1. No serán tenidas en cuenta las propuestas formuladas en otro tipo de moneda que no sea la establecida en el presente pliego. El oferente deberá tener en cuenta todo impuesto, gravamen, gasto de flete, acarreo u otros conceptos que no estando expresamente contemplado sea necesario para la entrega e instalación del producto a adquirir. Esto es, el precio cotizado en la planilla de cotización debe ser el precio final. ARTÍCULO 7º: CONTENIDO DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE El sobre con la oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación, en las condiciones establecidas en el artículo anterior, a saber: 1) La propuesta económica: en la planilla de cotización que como “Formulario de Cotización” se adjunta al presente. 2) Constancia de retiro de pliegos: emitida por este Organismo. Los mismos deberán retirarse en la calle Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 11 a 16hs. 3 3) Deberá acompañarse junto con la oferta el detalle, descripción técnica y toda otra documentación tendiente a posibilitar la evaluación técnica del objeto ofertado. Dicha documentación deberá presentarse en idioma español o con la correspondiente traducción. Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este Pliego son considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas. Si bien con posterioridad a la apertura de las ofertas podrá requerirse a los oferentes que amplíen la documentación técnica presentada, cuando la ausencia de descripción sea tal que impida determinar cuáles son las características básicas del objeto ofertado, se desestimará la oferta. No se aceptarán la simple transcripción de las especificaciones técnicas. 4) Aquellos oferentes que se encuentren inscriptos en el SIPRO, deberán presentar la constancia de inscripción junto con la oferta. Para el caso de aquellos oferentes que no se encuentren inscriptos en el SIPRO, se hace saber que ha sido creado el Registro Informatizado Único de Proveedores de la ACUMAR conforme a lo previsto en el Artículo 15 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la ACUMAR, aprobado por la Resolución ACUMAR N° 248/2010 modificada por Resolución ACUMAR N° 180/2012 y 933/2013, pero que aún no se encuentra en plataforma online. Para la inscripción en el mencionado registro, los oferentes deberán presentar la documentación requerida para su incorporación, sin perjuicio de que tal solicitud sea rechazada en función de la documentación presentada a tal efecto. A tal fin, deberán contactarse con la Coordinación de Contabilidad y Administración de Lunes a Viernes, en el horario de 11 a 16 hs 5071-9861. Se deja constancia que todas las sanciones aplicadas en el ámbito del régimen aprobado por el Decreto N°1023/01 serán consideradas como un antecedente negativo en la evaluación de las ofertas presentadas para este llamado, como así también los incumplimientos registrados en la propia base de datos de la ACUMAR. 5) Deberá presentar los Anexos I, II, III, IV y V del presente Pliego. DOCUMENTACIÓN LEGAL 6) Acreditación de la Personería: Para el caso de que el oferente sea una persona jurídica, deberá presentar copia certificada por Escribano Público del estatuto social o instrumento que corresponda, sus modificaciones y constancia de inscripción ante la Autoridad Competente. En caso de Consorcio o Unión Transitoria de Empresas deberá acompañarse además el compromiso de asociación con las firmas de sus integrantes autenticadas, debiendo estar constituida y legalmente inscripta con anterioridad a la adjudicación. 7) Acreditación de Representación: en caso de actuar por apoderado o representante legal, el oferente deberá presentar el instrumento que acredite dicha representación, debidamente certificado por Escribano Público. 8) Última acta o modificación de estatuto vigente en donde figure la última distribución de cargos vigente de autoridades debidamente legalizada por Escribano Público. La documentación arriba mencionada (Punto 6-7-8) podrá ser certificada antes de la fecha y hora de apertura en el Organismo mediante la presentación de la copia y el original correspondiente en la Mesa General de Entradas de la ACUMAR, quedando a criterio de dicha dependencia la aceptación o rechazo de certificación de las copias adjuntadas conforme a los originales presentados. DOCUMENTACIÓN FISCAL: 9) Certificado Fiscal para Contratar vigente: expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS cuando su oferta sea igual o mayor a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), En caso de no estar vigente al momento de la apertura de ofertas el oferente deberá presentar la 4 solicitud de inicio del trámite ante la AFIP. El certificado deberá estar vigente al momento de la adjudicación. Para el caso en que el certificado no sea acompañado con la oferta, la unidad operativa de compras verificará de oficio la vigencia del mismo ingresando en los sitios de los organismos correspondientes (www.afip.gob.ar / www.argentinacompra.gov.ar) e imprimirá la constancia respectiva. De confirmarse dicha vigencia por esta vía, su presentación no le será requerida al oferente. 10) Libre Deuda Previsional: En los casos que los oferentes efectúen ofertas cuyos importes sean inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), deberá cumplir con el requisito de acreditación de Libre Deuda Previsional, mediante la presentación de una Declaración Jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional, emitida por la AFIP de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 17.250 y la RG AFIP 2191/2007. No obstante lo expuesto, queda eximido de presentar la citada declaración jurada si el oferente posee el Certificado Fiscal para contratar vigente, indicando en el punto anterior. 11) Formulario de CUIT: constancia de inscripción emitida por AFIP, indicando si el oferente es agente de retención y/o percepción. 12) Constancia de inscripción y/o percepción de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral indicando si es agente de retención y/o percepción. DOCUMENTACIÓN FINANCIERA 13) Los oferentes deberán presentar el último estado contable de cierre de ejercicio en original, suscripto por Contador Público y certificado en original por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda. 14) El oferente deberá presentar junto con su oferta referencias bancarias. La documentación del Punto 13) podrá ser certificada antes de la fecha y hora de apertura en el Organismo mediante la presentación de la copia y el original correspondiente en la Mesa General de Entradas de la ACUMAR, quedando a criterio de dicha dependencia la aceptación o rechazo de certificación de las copias adjuntadas conforme a los originales presentados. ARTÍCULO 8º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, con renovación automática por igual periodo. Sino manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente. ARTÍCULO 9°: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de aquella, equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del precio total general de la oferta. Los oferentes deberán constituir las garantías de la siguiente forma: • En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del Organismo, o Transferencia Bancaria a la cuenta del Banco de la Nación Argentina, CBU 0110599520000053400462. Deberá adjuntarse a la oferta el comprobante que permita verificar la acreditación efectuada. • Con cheque certificado por una entidad bancaria. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. • Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, extendidas a favor de la ACUMAR y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la 5 SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA. Deberá acompañarse la legalización notarial de las firmas obrantes en la póliza. • Con pagarés a la vista, suscriptos por quienes tengan uso de la firma social o actuaren con poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000). No será necesario presentar garantías cuando el monto de las mismas no supere los PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500). En todos los casos, la garantía deberá integrarse en moneda nacional de curso legal vigente. ARTÍCULO 10°: VISITA Los oferentes podrán solicitar hasta 7 días antes de la entrega de ofertas una visita a la sede para poder realizar una observación técnica de la misma. Dicha visita deberá ser coordinada con la Coordinación de Informática y Telecomunicaciones al teléfono 5032-5402. ARTÍCULO 11º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar indicado y hasta el día y hora establecidos para la apertura de aquellas. ARTÍCULO 12°: APERTURA DE LAS OFERTAS Las ofertas recibidas serán abiertas en un acto formal ante los funcionarios designados a tal efecto, y ante todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos. Asimismo, se labrará un acta que será firmada por los mencionados funcionarios y por los oferentes presentes. ARTÍCULO 13°: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas que se consideren admisibles en los términos del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, serán analizadas para comprobar el cumplimiento total de las especificaciones técnicas detalladas. Se evaluarán las ofertas en virtud de los siguientes criterios: precio cotizado, cumplimiento de las especificaciones técnicas y calidad e idoneidad del Oferente. La ACUMAR, se reserva el derecho de solicitar información que amplíe los datos suministrados, a fin de proceder a un correcto análisis de la documentación presentada. ARTÍCULO 14°: ADJUDICACIÓN: La adjudicación se hará por renglón, teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en el artículo anterior, a la oferta que resulte ser más conveniente a los intereses de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO. ARTÍCULO 15°: PLAZO DE INSTALACIÓN Y LUGAR DE ENTREGA. A partir de la aceptación de la orden de compra el plazo de entrega del equipo y su posterior instalación será de hasta 30 días corridos. El adjudicatario deberá entregar los bienes solicitados en la sede de ACUMAR, sita en la calle Esmeralda N° 255 2° piso C.A.B.A, en la Coordinación de Informática y Telecomunicaciones. ARTICULO 16°: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO El Adjudicatario deberá integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los OCHO (8) días hábiles de recibida la Orden de Compra correspondiente. La misma será del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación. Las formas de integrar esta garantía serán las dispuestas en el Art. 9º. ARTÍCULO 17°: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO 6 El adjudicatario deberá presentar las facturas (Original), de acuerdo al importe correspondiente a la orden de compra; en Esmeralda N° 255 PB en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Mesa General de Entradas. La factura deberá emitirse a nombre de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO. Las facturas y los remitos presentados en tiempo y forma serán abonadas dentro de los DIEZ (10) días hábiles posteriores de su presentación, previa conformación de las mismas del área requirente, mediante depósito en la Cuenta Bancaria que declare el adjudicatario o mediante el libramiento de cheque a su nombre. Para el supuesto caso, de que el pago de la Administración fuera realizado fuera del término previsto - No imputable al proveedor -, deberá aplicarse la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento. La AUTORIDAD CUENCA MATANZA RIACHUELO posee CUIT Nº 30-71130932-9, su carácter frente al IVA, GANANCIAS e IIBB es el de EXENTO, por lo tanto no deberá discriminarse en la factura que al efecto se emita el IVA que eventualmente pudiera recaer en la operación (Art. 39 Ley de IVA). En caso de corresponder la ACUMAR actuará como agente de retención de los impuestos mencionados o de otros tributos nacionales, provinciales o municipales que pudieran crearse en el futuro y sean de aplicación. En las facturaciones que se emitan, y atento a la no discriminación señalada precedentemente, deberá indicarse el importe del IVA contenido en la operación y, en su caso, otros conceptos no sujetos a retención (vgr. Impuestos Internos), en documento aparte. El tipo de factura que debe emitirse se identificará con las letras que para cada caso se establece a continuación: 1.- De tratarse de un proveedor que revista la condición de responsable inscripto en el IVA: letra “B” o letra “M”, según corresponda. 2.- De tratarse de un proveedor que sea responsable monotributista, exento, o no alcanzado por el impuesto: letra “C”. Todos los comprobantes mencionados deben ajustarse a lo establecido en la Resolución General N ° 1415, Resolución General Nº 1575 ó Resolución General Nº 2485 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, según corresponda a la característica del proveedor. Para el caso de corresponder, el adjudicatario acepta transformarse en beneficiario del Fideicomiso de la ACUMAR y efectuar los trámites que correspondan para la registración correspondiente. ARTICULO 18°: INDEMNIDAD El adjudicatario mantendrá indemne a su costa a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos y omisiones del adjudicatario o de su personal o de otras personas que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de la presente contratación. ARTÍCULO 19°: PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Las penalidades serán las establecidas por el Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, aprobado por Resolución Nº 248/2010 modificada por Resolución ACUMAR N° 180/2012 y 933/2013, en sus Artículos 44° al 50°. En el Caso del Artículo 44° inciso c) dicha multa será del TRES POR CIENTO (3%) del valor total del renglón fuera del término originario del contrato, por cada SIETE (7) días corridos de atraso o fracción mayor de TRES (3) días corridos. ARTÍCULO 20°: CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO LEGAL – JURISDICCIÓN El oferente deberá constituir domicilio legal en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. A tal efecto deberá completar el Anexo V. En caso de modificar el mismo deberá comunicar el nuevo de 7 domicilio en forma inmediata y fehaciente dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas a la ACUMAR. El nuevo domicilio también deberá constituirse en la jurisdicción establecida en el presente Pliego, bajo apercibimiento de tenerse por notificado en el domicilio denunciado anteriormente. A tal fin los oferentes deberán completar y presentar el Anexo V que acompaña al presente pliego. Los interesados, oferentes y/o adjudicatarios se someten, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones dimanadas del presente Pliego, a la jurisdicción del Juzgado de Ejecución que la Corte Suprema de Justicia de la Nación designe en los autos caratulados: “MENDOZA, Beatriz c/Estado Nacional y otros s/daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)”, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, para lo cual fijan sus domicilios, a todos los efectos legales, en los denunciados en el encabezado. ARTÍCULO 21°: SEGUROS Y RESPONSABILIDAD HACIA TERCEROS: El Adjudicatario obtendrá y mantendrá los seguros de responsabilidad contra todo riesgo con relación a elementos de su propiedad y a todo el equipo que utilizare para la prestación de servicios en virtud de la presente contratación. En tal sentido, el Adjudicatario mantendrá los seguros correspondientes para cubrir indemnizaciones por accidentes de trabajo o su equivalente para su personal por cualquier reclamo a causa de accidentes o fallecimiento que pudieran tener lugar con relación al proyecto objeto del presente. El Adjudicatario también mantendrá seguros de responsabilidad civil por un monto adecuado a fin de cubrir reclamos de terceros por muerte o accidente, o pérdida o daños a la propiedad, que pudieren tener vinculación con la prestación de servicios objeto de la presente contratación o por la utilización de cualquier vehículo, embarcación, aeronave u otro equipo alquilado o de propiedad del Adjudicatario o de sus agentes, empleados o personas que este pueda contratar para la ejecución del trabajo o la prestación de los servicios vinculados con el objeto del presente. El Adjudicatario proporcionará, a solicitud de la ACUMAR, prueba satisfactoria de los seguros exigidos bajo este artículo. ARTÍCULO 22°: PERSONAL AFECTADO - CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN VIGENTE EN TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL El Adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad social. Todo el personal de la Empresa afectado a la prestación del servicio tendrá relación de dependencia únicamente con ésta, sin que exista ninguna clase de vinculación laboral con la ACUMAR. En cumplimiento de lo requerido por la Ley Nº 20.744, la empresa Adjudicataria deberá presentar la documentación solicitada a la ACUMAR. El Adjudicatario será el único responsable de cualquier accidente de trabajo y/o enfermedad profesional y/o de todo otro crédito de índole laboral que pudiera reclamar el personal afectado como consecuencia de la ejecución de las mencionadas tareas, debiendo tomar a su exclusivo cargo todo daño que pudiera resultar a su personal, a la ACUMAR o a terceros como consecuencia o en ocasión de la ejecución de las tareas objeto del presente y mantener a la ACUMAR indemne de cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que pudiera ser impuesta por cualquier causa. ARTÍCULO 23°: PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA: Conforme surge de la especial naturaleza de los renglones que componen el presente llamado, el adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra resultante ni efectuar algún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión sin contar con la autorización previa y por escrito de la ACUMAR. Si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor; sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder. 8 PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Objeto: Adquisición de un equipo de aire acondicionado, este debe instalarse en la sede de ACUMAR ubicada en Esmeralda 255 2do piso Informática y Telecomunicaciones específicamente en el centro de cómputos. Características generales: La adquisición debe contemplar la instalación tanto del equipo como la instalación eléctrica, cualquier tipo de adicional (cableado, interruptores, tomas, etc.) debe ser provisto por el oferente. La bomba del equipo debe estar incluida en la oferta y la capacidad de la misma debe cumplir con las necesidades de instalación. Se debe considerar que la distancia de la unidad condensadora al split es de aproximadamente 25 metros. El oferente debe poder demostrar la realización de instalaciones y mantenimiento de aires acondicionados en centro de cómputos. El equipo a ofertar deberá ser apto para utilización en centro de cómputos, no siendo aceptado equipos destinados a uso hogareño. Ítem 1 – Adquisición de equipo de aire acondicionado Cantidad: UNO (1) El equipo debe poseer las siguientes características: Como mínimo: 5 toneladas. 15.000 frigorías. Piso-Techo. Control Remoto. Debe poseer un compresor de alta eficiencia que este provisto de un protector térmico para proteger contra la elevación anormal del consumo eléctrico y de temperatura. La unidad debe poder funcionar con baja temperatura exterior. Circuito de refrigeración asegurando una larga vida útil de todos sus componentes. Los filtros de aire deben ser del tipo lavable. La unidad debe poseer un tablero eléctrico incorporado de comando y maniobra. No deben generar ruidos molestos. 9 GARANTIA Y SOPORTE: Mínimo veinticuatro (24) meses de garantía de correcto funcionamiento de los componentes y de las partes constituidas contra cualquier defecto de fabricación. Mínimo veinticuatro (24) meses de soporte preventivo y correctivo. Toda reparación, reemplazo de componentes o cambio del producto y/o material, como así también los traslados al laboratorio, fabricantes o al proveedor, se harán sin cargo para la ACUMAR. Soporte técnico telefónico Tiempo de reparación máximo una vez efectuada la solicitud por parte de la ACUMAR 72 (setenta y dos) horas. (La garantía deberá ser brindada por el fabricante de los productos o a través de canales autorizados). ENTREGA E INSTALACIÓN: A partir de la aceptación de la orden de compra el plazo de entrega del equipo y su posterior instalación será de hasta 30 días corridos La entrega del equipo será sin costo para la ACUMAR y será entregado a la sede de Esmeralda N°255 piso 2 en la Coordinación de Informática y Telecomunicaciones. Los oferentes podrán solicitar hasta 7 días antes de la entrega de ofertas una visita a la sede para poder realizar una observación técnica de la misma. Dicha visita deberá ser coordinada con las Coordinaciones de Servicios Auxiliares e Informática y Telecomunicaciones. El proveedor deberá instalar físicamente y en forma completa el equipo de solicitado en el Ítem 1 incluyendo su conexión eléctrica, conexión interna y cualquier otro tipo de tarea necesaria para la correcta operación y funcionamiento del bien con toda la funcionalidad solicitada. La instalación debe incluir todos los elementos necesarios para la puesta en funcionamiento de las unidades sin costo adicional para la ACUMAR. 10 Anexo: 1 Planilla de cotización Renglón Único ÍTEM 1 Descripción Cantidad Adquisición de equipo de aire acondicionado S/ Especificaciones Técnicas 1 Precio Total IVA incluido $ PRECIO TOTAL DE LA OFERTA SON PESOS: $ ……………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………IVA INCLUÍDO. IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales. FIRMA: …………………………………………… ACLARACION:…………………………………… TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:………………….. CARÁCTER: ……………………………………… LUGAR Y FECHA:………………………………… 11 ANEXO II: DECLARACIÓN JURADA N° DE CUIT:..................................................... N° DE INGRESOS BRUTOS......................................................... DENOMINACION:..................................................................................................................................... CALLE..............................................................................................................N°..................................... PISO................................................DEPTO.....................................................TE.................................... LOCALIDAD.......…......................................................................... CODIGO POSTAL.......................................... PROVINCIA............................................................................................................................................... 1. DECLARO BAJO JURAMENTO ESTAR HABILITADO PARA INTERVENIR EN LA CONTRATACION SEÑALADA PRECEDENTEMENTE, QUE NO POSEO DEUDAS EXIGIBLES, NI JUICIOS CON EL ESTADO NACIONAL ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. 2. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS RESPONSABLES DE LA OFERTA NO TIENEN IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NACIONAL Y ENTES DESCENTRALIZADOS CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES POR CUANTO NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN NINGUNA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES: A) PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE SE ENCONTRAREN SUSPENDIDAS O INHABILITADAS O HUBIERAN INCUMPLIDO CON LA OBLIGACION DE SUMINISTRAR INFORMACION A LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL PRECIO TESTIGO. B) LOS AGENTES Y FUNCIONARIOS DEL ESTADO NACIONAL, DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LAS EMPRESAS EN LAS CUALES AQUELLOS TUVIEREN UNA PARTICIPACION SUFICIENTE PARA FORMAR LA VOLUNTAD SOCIAL. C) LOS FALLIDOS, INTERDICTOS Y CONCURSADOS, SALVO QUE ESTOS ULTIMOS PRESENTEN LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACION JUDICIAL Y SE TRATE DE CONTRATOS DONDE RESULTE INTRASCENDENTE LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL OFERENTE. D) LOS CONDENADOS POR DELITOS DOLOSOS. E) LAS PERSONAS QUE SE ENCONTRASEN PROCESADAS POR DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD, O CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, O CONTRA LA FÉ PUBLICA O POR DELITOS COMPRENDIDOS EN LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCION, LEY Nº 24.759. F) LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO CON SUS OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y/O PREVISIONALES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LAS DISTINTAS JURISDICCIONES. 12 G) LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO EN TIEMPO OPORTUNO CON LAS RENDICIONES DE CUENTAS A QUE ALUDE EL ARTICULO 8vo., ULTIMO PARRAFO DE LA LEY Nº 24.156. 3. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE FORMULARIO SON CORRECTOS Y ME COMPROMETO A PRESENTAR LA DOCUMENTACION QUE PERMITA SU VERIFICACION EN CASO DE RESULTAR CALIFICADO EN LA CONTRATACION DE REFERENCIA, DENTRO DEL PLAZO DE TRES (3) DIAS. 4. DECLARO BAJO JURAMENTO CONOCER Y ACEPTAR TODAS Y CADA UNA DE LAS CLAUSULAS QUE CONFORMAN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SUS NOTAS ACLARATORIAS Y CUADROS ANEXOS OBLIGANDOME A RESPETAR CADA UNA DE SUS ESTIPULACIONES TANTO PARA LA PRESENTACION DE LA OFERTA CUANTO PARA LA EJECUCION DE SU EVENTUAL CONTRATACION. FECHA:________/_________/_________ ……………………………………………………………. FIRMA Y ACLARACION DEL OFERENTE Tipo y N° de Documento:................................................. Cargo:............................................................................. 13 ANEXO Nº III - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA- DECLARACIÓN JURADA Nombre Completo de la Razón Social: ACTIVIDAD (MARCAR CON UNA CRUZ, LA CORRESPONDIENTE) Industrial: Mayorista: Importador: Comercial: Minorista: RPTE. Firma Extr: Distr. Exclu. Otras y Servicios (detallar): COMPONENTE DE LA FIRMA (DIRECTORIO, SOCIOS GERENTES, SOCIO COMANDATARIO, PROPIETARIO, FIRMA UNIPERSONAL, ETC.) NUMERO DE ORDEN Y CARGO APELLIDO Y NOMBRE TIPO DE DOCUMENTO Nº DE DOCUMENTO 14 PARTICIPACIÓN EN OTRAS EMPRESAS (EN EL ORDEN OBSERVADO ANTERIORMENTE) NUMERO DE ORDEN Y CARGO NOMBRE COMPLETO EMPRESA DOMICILIO DE LA PARTICIPACION (%) VIGENCIA Fecha: ……./……../……… …………………………………………………………………………………….. FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:……………………………………………………………….. CARGO:…………………………………………… 15 ANEXO Nº IV FORMULARIO DE DATOS DE LOS PRINCIPALES CLIENTES RAZÓN SOCIAL, DENOMINACIÓN O NOMBRE COMPLETO: CUIT: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: TIPO: Nº: EJERCICIO: CLASE: MODALIDAD: LUGAR, DÍA Y HORA DEL ACTO DE APERTURA: CUIT CLIENTE DENOMINACION DEL CLIENTE SECTOR AL PERTENECE CLIENTE QUE EL EJERCICIO Y MONTO DE FACTURACION FIRMA: …………………………………………………………… ACLARACION:…………………………………………………… TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:…………………………………. CARÁCTER: …………………………………………………….. LUGAR Y FECHA:……………………………………………….. 16 ANEXO V – CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO LEGAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Constituyo domicilio legal en la calle ……………………………………………… N°…………. Piso …….. Depto ……….. de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde serán válidas todas las notificaciones. Asimismo constituyo la siguiente casilla de mail donde serán válidas todas las notificaciones:__________________________________________________________ FIRMA: ……………………………………………. ACLARACIÓN:………………………………….. 17
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