Providencia Nro. SENAE-DDE-2014-0449-PV Esmeraldas, 30 de octubre de 2014 ALCANCE A LA PROVIDENCIA No. SENAE-DDE-2014-0438-PV SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.- DIRECCIÓN DISTRITAL DE ESMERALDAS.- VISTOS.- 1) Con fecha 27 de octubre, la Dirección Distrital de Esmeraldas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en uso de las atribuciones legales conferidas en el artículo 218, literal d del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, mediante acto administrativo No. SENAE-DDE-2014-0438-PV emite el acto de adjudicación gratuita de mercancías correspondiente a la providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV; en cuyo acápite "CUARTO.- ADJUDICACIÓN GRATUITA DE LOS BIENES DE ACUERDO A LAS SOLICITUDES RECIBIDAS", indicaba: El Suscrito Director Distrital de Esmeraldas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en uso de las atribuciones contemplada en los literales a) y b) del Artículo 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, concordante con lo establecido en el Artículo 203 del mismo cuerpo legal, luego de analizar la adecuación de la solicitud presentada por el Cuerpo de Bombero Cantonal de Eloy Alfaro en la que se indica “solicito nos ayude en la donación de dos motores fuera de borda...la Ciudad de Limones ya que es una isla con 13 comunidades a sus alrededores de igual forma la parroquia La Tola y Borbón y rivera de los ríos navegables.” receptada de acuerdo a los fines institucionales, en consideración al artículo 14 de la Resolución No. SENAE-DGN-2012-0238-RE que establece “La Dirección Distrital del Servicio Nacional del Ecuador Correspondiente analizará la adecuación de las solicitudes con los fines institucionales del respectivo requirente y su orden de ingreso. Se tomará en cuenta el orden de ingreso de las solicitudes dando prioridad a las entidades del sector público y contando únicamente las solicitudes válidas que se adecuen a los fines institucionales de la entidad pública o privada requirente...” se verifica que es válida, por lo que la adjudicación de la mercancía publicada mediante Providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV, se realizará a favor de la ARMADA DEL ECUADOR, Dirección Regional de Espacios Acuáticos de Esmeraldas (...) (resaltado fuera del texto original); cuando en realidad hacía referencia al Cuerpo de Bomberos Cantonal de Eloy Alfaro.CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 82 del Código Tributario atribuye a los actos administrativos las presunciones de legitimidad y ejecutoriedad, debiendo por tanto, ser cumplidos por los administrados.- 2) Que el artículo 89 del Estatuto Orgánico del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE), dispone que “los actos administrativos que expidan los órganos o entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa de oficio o a petición del administrado”.- 3) Que dentro del acto administrativo No. SENAE-DDE-2014-0438-PV por un error incidental atribuible a un lapsus calami en el acápite cuarto "ADJUDICACIÓN GRATUITA DE LOS BIENES DE ACUERDO A LAS SOLICITUDES RECIBIDAS"donde dice: "por lo que la adjudicación de la mercancía publicada mediante Providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV, se realizará a favor de la ARMADA DEL ECUADOR, Dirección Regional de Espacios Acuáticos de Esmeraldas" Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección Distrital de Esmeraldas – Av. Jaime Roldós Aguilera, vía Puerto Marítimo. (080106) PBX: (06) 2721401 / 2725660 * Documento generado por Quipux www.aduana.gob.ec 1/3 Providencia Nro. SENAE-DDE-2014-0449-PV Esmeraldas, 30 de octubre de 2014 realmente debe decir: por lo que la adjudicación de la mercancía publicada mediante Providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV, se realizará a favor del Cuerpo de Bomberos Cantonal de Eloy Alfaro.- 4) Que al respecto, el artículo 98 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva establece que “los errores de hecho o matemáticos manifiestos pueden ser rectificados por la misma autoridad de la que emanó el acto en cualquier momento hasta tres años después de la vigencia de este” (resaltado de mi autoría).- 5) Que el presente error, descrito a numeral 4) del presente acto administrativo es susceptible de convalidación en sede administrativa, por cuanto no se encuentra dentro de los vicios que lo impiden, establecidos en el artículo 94 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; acorde a lo dispuesto en el artículo 95 de la norma ibídem, en concordancia con el artículo 98 de la misma norma, ya citado en el considerando inmediato anterior; en virtud de que un error de hecho, como lo es en el presente caso, puede ser rectificado por la misma autoridad de la que emanó el acto administrativo en cualquier momento dentro de los tres años posteriores a la vigencia del mismo; razones por las cuales es procedente la rectificación en el sentido indicado en el acto administrativo No. SENAE-DDE-2014-0438-PV.- Con esta motivación la Dirección Distrital de Esmeraldas en uso de las atribuciones legalmente conferidas en los literales a) y e) del artículo 218 del COPCI DISPONE: 1) Rectificar el error del acto administrativo SENAE-DDE-2014-0438-PV, de tal manera que donde dice: "por lo que la adjudicación de la mercancía publicada mediante Providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV, se realizará a favor de la ARMADA DEL ECUADOR, Dirección Regional de Espacios Acuáticos de Esmeraldas" se deberá entender: "por lo que la adjudicación de la mercancía publicada mediante Providencia No. SENAE-DDE-2014-0410-PV, se realizará a favor del Cuerpo de Bomberos Cantonal de Eloy Alfaro".- 2) En todo lo demás se estará conforme a lo dispuesto en el acto administrativo SENAE-DDE-2014-0438-PV.-3) Notifíquese con la presente al Cuerpo de Bomberos Cantonal de Eloy Alfaro, a la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información y Secretaría Distrital.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- Documento firmado electrónicamente Ing. Nelson Eduardo Yépez Franco DIRECTOR DISTRITAL DE ESMERALDAS Copia: Señorita Ingeniera Gianella Daniela Plaza Camino Secretaria Señorita Carla Maria Reyna Pazmiño Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección Distrital de Esmeraldas – Av. Jaime Roldós Aguilera, vía Puerto Marítimo. (080106) PBX: (06) 2721401 / 2725660 * Documento generado por Quipux www.aduana.gob.ec 2/3 Providencia Nro. SENAE-DDE-2014-0449-PV Esmeraldas, 30 de octubre de 2014 Asistente de Abogacía Señor Giovanny Marcelo Cordova Morales Analista Informático 2 Economista Fabián Arturo Soriano Idrovo Subdirector General de Operaciones Señor Ingeniero Xavier Eduardo Vera Marcillo Guardalmacén Jefe Ingeniero Luis Antonio Villavicencio Franco Director Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información Abogado Karol Gissela Zambrano Macías Abogado Aduanero Señora Abogada Evelin Karol Franco Benites Abogada Aduanera Señorita Abogada Nicole Benavides Calderon Abogada Aduanera kgzm Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección Distrital de Esmeraldas – Av. Jaime Roldós Aguilera, vía Puerto Marítimo. (080106) PBX: (06) 2721401 / 2725660 * Documento generado por Quipux www.aduana.gob.ec 3/3
© Copyright 2024