¿CUÁLES SON LOS NUEVOS VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE MARZO 2015? Categorías mínimas de revista A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías I II III IV V Importes en pesos 708,95 992,53 1.417,92 2.268,66 3.119,41 B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial Categorías I’ (I prima) II’ (II prima) III’ (III prima) IV’ (IV prima) V’ (V prima) Importes en pesos 775,42 1.085,58 1.550,85 2481,35 3.411,85 C) Afiliaciones voluntarias Categoría I Importe en pesos 708,95 D) Menores de 21 años Categoría I Importe en pesos 708,95 E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma. Categoría I Importe en pesos 598,18 F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828 Categoría I Importe en pesos 243,70 Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007 A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007 Importes a pagar A B B’ C C’ D D’ E E’ F G G’ H I J 552,97 678,82 742,46 907,44 992,51 1.357,62 1.484,90 2.266,84 2.479,36 3.170,77 4.531,96 4.956,83 6.800,59 8.507,40 8.507,40 B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar A 466,57 C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828 Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar A 190,08 Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones) Categorías Rentas de Referencia en pesos I II III IV V 2.215,49 3.101,68 4.430,99 7.089,58 9.748,16
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