MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI SUBDIRECCION DE IMPUESTO Y RENTAS MUNICIPALES INSTRUCCIONES PARA DILIGENCIAR EL FORMULARIO DE LA DECLARACION Y LIQUIDACION PRIVADA DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SU COMPLEMENTARIO DE AVISOS Y TABLEROS AÑO GRAVABLE: Escriba el año gravable que desea declarar. 2. DECLARA FRACCION DE AÑO: Marque con una equis(X), solo cuando sea fracción de año. 1. A· DATOS GENERALES , 3. APELLIDOS Y NOMBRES O RAZON SOCIAL: Escriba los apellidos y nombres de la persona natural o la razón social de la persona jurídica responsable de presentar la declaración, tal y como figura en los documentos de identificación o en el certificado de existencia y representación legal. . NIT O CEDULA: (Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de identidad, Número de Identificación Tributaria) Anote el número sin guiones o letras. DV: Corresponde al dígito de verificación del NIT o cédula. . 5. DIRECCION DEL ESTABLECIMIENTO: Se refiere a la dirección donde está ubicado el 4. establecimiento industrial, comercial o de servicios del declarante. Si cambió la dirección del establecimiento, marque equis (x) en la casilla. Solicito Actualizar. 6. CIUDAD: Escriba la ciudad a la que corresponde la dirección del domicilio principal del establecimiento diligenciado en el renglón cinco. 7. COMUNA: Escriba la comuna a la que pertenece la dirección del domicilio principal del establecimiento diligenciado en el renglón cinco. 8. TELEFONO: Escriba el número telefónico de la sede principal en la ciudad de Cali o donde se pueda establecer comunicación telefónica con usted, con el indicativo. 9. DIRECCION PARA NOTIFICACIONES: Escriba la dirección en la cual se pueda localizar para todos los efectos legales del declarante. Si cambió la dirección en la que desea ser notificado, marque equis (x) en la casilla Solicito Actualizar. 10. 11. CIUDAD: Escriba la ciudad a la que corresponde la dirección en la que desea ser notificado. ACTIVIDAD ECONOMICA PRINCIPAL: Escriba el código de la actividad principal que origina los ingresos en el Municipio de Santiago de Cali. Según lo establecido en el acuerdo 321 de 201, acuerdo 338 de 2012, para los años gravables 2012 y siguientes; para los años gravables 2011 y anteriores, remítase al acuerdo 124 de 1987, acuerdo 20 de 1998, acuerdo 57 de 1999 y acuerdo 225 de 2007. CÓDIGO ACTIVIDADES INDUSTRIALES TARIFA (Por mil) CÓDIGO TARIFA (Por mil ACTIVIDADES SERVICIOS ) 101-00 102-00 103·01 103-02 FABRICACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS EXCEPTO BEBIDAS ALCOHÓLICAS LAS DEMÁS ACTIVIDADES INDUSTRIALES HOTELES, CENTROS VACACIONALES Y LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DEL TURISMO. AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO, AGENCIAS MAYORISTAS Y OPERADORES DE TURISMO. 3.3 6.6 301-00 302-00 6.6 303-00 3.3 304-00 305-00 305-05 CONTRATISTAS DE CONSTRUCCIÓN, CONSTRUCTORES Y URBANIZADORES. 3.3 CLUBES SOCIALES, RESTAURANTES, CAFETERÍAS, HELADERÍAS, SALONES DE TÉ, HOTELES, MOTELES, PENSIONES, RESIDENCIAS, Y OTROS LUGARES DE ALOJAMIENTO. 8.8 ESTABLECIMIENTO CUYA ACTIVIDAD PRINCIPAL SEA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, COMO BARES, CAFÉS, CANTINAS, SIFONERÍAS, ESTADEROS, FUENTES DE SODA, GRILLES, DISCOTECAS, CABARETS Y CLUBES QUE REÚNAN ALGUNAS DE LAS CARACTERÍSTICAS DE ESTE TIPO DE ESTABLECIMIENTOS PRENDERÍAS, MONTEPÍOS Y CASAS DE EMPEÑO Y COMPRA VENTAS. SERVICIOS DE CONSULTORÍA PROFESIONAL CURADURÍAS URBANAS 27.5 27.5 6.6 6.6 306-00 307-01 307-02 SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE. ACTIVIDADES POSTALES NACIONALES ACTIVIDADES DE CORREO DISTINTAS DE LAS ACTIVIDADES POSTALES NACIONALES 3.3 8.8 8.8 3.3 307-21 ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y SEGURIDAD 6.6 5.5 307-44 al 50 SERVICIOS EDUCATIVOS 2.2 3.3 307-51 3.3 307-53 OBTENCIÓN Y SUMINISTRÓ DE SERVICIOS DE PERSONAL. ACTIVIDADES DE SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE EN PUNTOS DE VENTA. SISTEMAS DE TECNOLOGIA DE INFORMACIÓN. 11.0 CÓDIGO ACTIVIDADES COMERCIALES 201-00 202-00 202-01 TIENDAS DE VÍVERES, GRANEROS, DROGUERÍAS, FARMACIAS, BOMBAS DE GASOLINA, SUPERMERCADOS Y TIENDAS DE ABARROTES. SUPERMERCADOS QUE ADEMÁS DE ALIMENTOS VENDAN MISCELÁNEAS Y OTROS ELEMENTOS DE CONSUMO GENERAL COMO ROPA, ZAPATOS, JUGUETES, FERRETERÍA, DROGAS Y SIMILARES. COMERCIO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES NUEVOS 307-52 202-02 COMERCIO DE MOTOCICLETAS 3.3 307-00 LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE SERVICIOS. 203-00 LAS DEMÁS ACTIVIDADES COMERCIALES. 7.7 CÓDIGO ACTIVIDADES FINANCIERAS 308-00 ENTIDADES FINANCIERAS 3.3 3.3 5 12. MESES DE FUNCIONAMIENTO: Escriba el número de meses de funcionamiento durante el año gravable que declare. 13. ACTIVIDAD DESARROLLADA. Marque con una x el tipo de actividad principal que desarrolla, teniendo en cuenta que: Se consideran actividades industriales: Las dedicadas a la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, reparación, manufacturación y ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes. Se consideran actividades comerciales: Las destinadas al expendio, compraventa o distribución de bienes o mercancías, tanto al mayor como al por menor. Se consideran actividades de servicios: Las dedicadas a satisfacer las necesidades de la comunidad mediante la realización de una o de varias de las siguientes actividades: Expendio de bebidas ó comidas, servicio de restaurante, cafés, Hoteles, Casas de Huéspedes, Moteles, Amoblados, Transporte y aparcaderos, formas de intermediación comercial, tales como corretaje. Comisión, Los mandatos y la Compraventa y la administración de inmuebles, servicios de publicidad, interventoría, construcción y urbanización, radio y televisión, clubes sociales, talleres de reparación eléctrica, mecánicas, auto mobiliarias y afines, lavado, limpieza y teñido, salas de cines y arrendamiento de películas y todo tipo de reproducciones que contengan audio y video y negocios de montepíos y los servicios de consultoría profesional prestados a través de sociedades regulares o de hecho. Se consideran actividades financieras: Los Bancos, Corporaciones financieras, almacenes generales de depósito, Compañía de seguros generales, Leasing financiero, Sociedades fiduciarias, fondos de empleados y otras formas asociativas, compra de cartera factoring, bancos de segundo piso. 14. CONSTRIBUYENTE CON EXONERACION POR ACUERDO 06 DE 1997: Marque equis (x) si es usted un contribuyente exonerado en virtud de lo establecido en el Acuerdo 06 de 1997. 15. RESOLUCION EXONERACION: Escriba el número de Resolución de Exoneración y la fecha de expedición de la misma, si es usted beneficiario del acuerdo 06 de 1997. CORREO ELECTRONICO: Escriba el correo electrónico (E-mail) al cual se pueda enviar información para todos los efectos legales CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme): escriba el correspondiente código según su actividad. NÚMERO DE SUCURSALES FINANCIERAS: Escriba la cantidad de sucursales financieras y agencias de los establecimientos de financiación CÓDIGO ÚNICO: Escriba el código único catastral donde se encuentra el establecimiento CÓDIGO PREDIAL: Escriba el número del predial donde se encuentra el establecimiento comercial B. INFORMATIVO. 16. CODIGO ACTIVIDAD: Escriba aquí cada uno de los códigos de las actividades que esta declarando. 17. BASE GRAVABLE POR ACTIVIDAD: Se refiere a los ingresos obtenidos por cada actividad declarada en el Municipio de Santiago de Cali. 18. TARIFA X MIL: Escriba la tarifa de acuerdo a la actividad declarada. 19. IMPUESTO ANUAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR ACTIVIDAD: Escriba aquí el resultado de multiplicar el renglón 17 por el renglón 18. 20. PATRIMONIO LÍQUIDO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR AL DECLARADO: Escriba el Patrimonio líquido que posee al 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior al año que declara o corrige. C. DEPURACION BASE GRAVABLE 21. TOTAL INGRESOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS DEL AÑO: Es la suma total de los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos durante el año declarado en el Municipio de Santiago de Cali. 22. MENOS DEVOLUCIONES: Escriba el valor de las devoluciones originadas en el desarrollo de su actividad, registrados contablemente en el año que están declarando. 23. MENOS TOTAL DE INGRESOS FUERA DEL MUNICIPIO: Sólo para quienes realizan actividades comerciales y de servicios que demuestren estar declarando y pagando el impuesto de Industria y Comercio de los ingresos percibidos en otros municipios diferentes a Santiago de Cali; Quienes ejerzan la actividad industrial no deben descontar los ingresos provenientes de la comercialización de sus productos fuera del Municipio de Santiago de Cali. 24. MENOS OTRAS DEDUCCIONES - ACTIVIDADES NO SUJETAS: Escriba el valor de las deducciones autorizadas por la ley 14 de 1983, Artículo 33 y el Art 78 del Acuerdo 321 de 2011 (Ingresos provenientes de venta de activos fijos y exportaciones, percepciones de subsidios, valor del Impuesto Nacional a las Ventas) y los ingresos deducibles establecidos por las normas municipales 25. INGRESOS NETOS GRAVABLES: Registre aquí la suma de los renglones 21 - 22 – 23 - 24. D. LIQUIDACIÓN PRIVADA 26. IMPUESTO ANUAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO: Para calcular el Impuesto anual, es la suma de los impuesto de Industria y Comercio, liquidados en el numeral 19. 27. MÁS IMPUESTO ANUAL DE AVISOS Y TABLEROS. Calcule el 15% sobre el valor total del Impuesto de Industria y Comercio (renglón 26) y escriba el resultado en esta casilla. 28. MAS VALOR ANUAL SUCURSALES FINANCIERAS: Para el año 2012 y siguientes; multiplique el número de sucursales financieras por 24 UVT (Unidad de Valor Tributario) del año que esta declarando, Artículo 85 del Acuerdo 321 de diciembre de 2011. 29. TOTAL IMPUESTO A CARGO: Registre aquí la suma de los renglones 26 + 27 + 28. 30. MENOS IMPUESTO EXONERADO ACUERDO 06 DE 1997: Registre aquí el valor de exoneración del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario Avisos y Tableros, de conformidad con el Acuerdo 06 de 1997. 31. MENOS RETENCIONES: Escriba el valor de las retenciones que le practicaron durante el periodo gravable a título del impuesto de Industria y Comercio, Si usted es Autorretenedor coloque en este renglón el total consignado por retención a título del impuesto de Industria y comercio durante el periodo gravable. 32. MENOS SALDO A FAVOR DEL PERIODO ANTERIOR: Escriba el saldo a favor del impuesto de Industria y Comercio que posea a diciembre 31 del año inmediatamente anterior al declarado. 33. MAS SANCION DE EXTEMPORANEIDAD: Calcule y escriba el valor de la sanción de acuerdo a lo establecido en los artículos 70 y 71 del Decreto 523 de Junio 30 de 1999 para los años gravables 2011 y anteriores; y para el año gravable 2012 y siguientes los artículos 245 y 246 del Acuerdo 321 de Diciembre de 2011. 34. MÁS OTRAS SANCIONES. Calcule y Escriba el valor de las sanciones diferentes al punto anterior de acuerdo a lo establecido en el Decreto 523 de Junio 30 de 1999 para los años gravables 2011 y anteriores; y para el año gravable 2012 y siguientes las disposiciones respectivas del Acuerdo 321 de Diciembre de 2011. 35. SALDO A FAVOR DEL AÑO: Escriba el saldo a su favor que resulte de la presente liquidación de los reglones 29 – 30 – 31 - 32 + 33 +34. 36. TOTAL A SALDO A CARGO DEL ANO. Registre el valor aquí si la sumatoria de los renglones (29 – 30 – 31 - 32 + 33 +34) es mayor a cero (O). E. PAGOS 37. VALOR A PAGAR POR IMPUESTO. Registre en este renglón el valor del Impuesto que va a cancelar simultáneamente con la presentación de esta declaración (renglón 36-33-34), 38. INTERESES DE MORA. Liquide los intereses de mora por los días transcurridos entre la fecha de la presentación de la declaración y la fecha de vencimiento • Multiplique el Total del Impuesto Liquidado renglón 37 por la tasa de interés diario vigente en el momento de realizar el pago por los días calendario y escriba este resultado en el renglón 38. 39. VALOR A PAGAR POR SANCIONES: Escriba aquí la suma del renglón 33 (Más sanción de extemporaneidad) y renglón 34 (Más otras sanciones). 40. TOTAL A PAGAR: Registre el resultado de la sumatoria de los renglones (37 +38+39). F. CORRECCIÓN: 41 DECLARACION DE CORRECCION: Solo cuando sea corrección de una declaración privada, marque con una equis (X) en el espacio indicado. 42. ANO GRAVABLE: Escriba el Año Gravable que desea corregir. 43. Nº DEL FORMULARIO PREIMPRESO DE LA DECLARACION A CORREGIR: Escriba el Número del formulario que corrige. G. FIRMAS 44. FIRMA DEL DECLARANTE: Para su validez esta declaración debe ir firmada por la persona natural o el representante legal de quien debe cumplir con el deber formal de declarar, anotando en la parte inferior del recuadro, en letra de imprenta: su nombre completo y su número de cédula de ciudadanía. (Art 27 de Decreto 523 de 1999, Art.41 de Decreto extraordinario 139 de febrero 28 de 2012) 45. FIRMA DEL REVISOR FISCAL O CONTADOR: para su validez, esta declaración debe ir firmada por el Contador o Revisor Fiscal cuando a ello haya lugar. En caso contrario la declaración se tendrá por no presentada (Art. 27 Decreto 0523 de 1999, articulo 41 del decreto Extraordinario 139 de Febrero 28 de 2012). Marque con una equis (x) en el recuadro correspondiente y en la parte inferior del recuadro escriba en letra de imprenta el nombre del revisor Fiscal o Contador, su número de cedula de ciudadanía y el número de su tarjeta profesional.
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