¿Qué es el ATM para la gestión de los servicios de agua y saneamiento? Es el área encargada de promover la formación de las organizaciones comunales prestadoras de servicios de saneamiento (JASS, Comités u otras formas de organización), así como de supervisarlas, fiscalizarlas y brindarles asistencia técnica para asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua y saneamiento. El ATM se encuentra dentro de la estructura orgánica de la municipalidad y sus funciones están establecidas en el Reglamento de Organización de Funciones (ROF). La denominación específica de esta área estará en función del organigrama estructural de la municipalidad que puede ser: Unidad, División, Dirección, Sub Gerencia, Gerencia de Gestión de Servicios de Agua y Saneamiento, entre otras denominaciones. ¿Cuáles son las principales funciones del ATM? 1 Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia. 2 Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones relacionadas con los servicios de saneamiento del distrito. 3 Velar por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento existentes en el distrito. 4 Promover la formación de organizaciones comunales para la administración de los servicios de saneamiento, reconocerlas y registrarlas. CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL ATM Área Técnica Municipal AGUA Y SANEAMIENTO QUE CAMBIAN VIDAS Consultas e informes: [email protected] Unidad de Comunicación y Asuntos Sociales Programa Nacional de Saneamiento Rural Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Av. Benavides 395 – Miraflores- Lima – Perú Teléfono: (01) 4183800 Anexo: 8425 Web: http://pnsr.vivienda.gob.pe PARA LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO EN EL MARCO DEL PLAN DE INCENTIVOS El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a ¿Qué metas deben cumplir las municipalidades? través del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), viene implementado un conjunto de políticas orientadas a fortalecer la organización y capacitación de los actores involucrados en asegurar la sostenibilidad y calidad de los proyectos de agua y saneamiento en las zonas rurales. Una herramienta para ello es el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, instrumento del Presupuesto por Resultados, orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades a la mejora continua y sostenible de la gestión local. El Plan de Incentivos es implementado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y cuenta desde este año con metas del Sector Vivienda. Finalidad Contribuir en la modernización y fortalecimiento de la gestión de las municipalidades para la mejora de los servicios de agua y saneamiento y la sostenibilidad de los mismos y con ello, la mejora de la calidad de vida de las familias del ámbito rural. Para recibir los beneficios del Plan de Incentivos 2015, las municipalidades de ciudades no principales, con 500 o más viviendas urbanas, deben cumplir dos metas: META 11 META 40 Creación del Área Técnica Municipal para la gestión de los servicios de agua y saneamiento, hasta el 31 de julio de 2015. Funcionamiento del Área Técnica Municipal para la gestión de los servicios de agua y saneamiento y recolección de información, hasta el 31 de diciembre de 2015. CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO CUADRO DE ACTIVIDADES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO ACTIVIDADES ESPECIFICACIONES Puntaje 30 Actividad 1. Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando las funciones del Área Técnica Municipal (ATM). Aprobación y remisión de la ordenanza municipal que incorpora funciones al ROF hasta el 31 de julio de 2015. Actividad 2. Elaboración del perfil de puesto del responsable del ATM de acuerdo a la Resolución N° 161-2013-SERVIR/PE La propuesta debe incorporar las funciones del ATM, se aprueba y remite la resolución de alcaldía hasta el 31 de julio de 2015. 25 Actividad 3. Apertura de libro de registro de Organizaciones Comunales Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Apertura de Libro hasta el 31 de julio de 2015. Debe ser presentado conforme a lo establecido en el artículo N° 175 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento N° 26338. 25 PUNTAJE MÍNIMO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA META ESPECIFICACIONES 80 5 Aprobación y remisión de la ordenanza municipal que incorpora funciones al ROF, hasta el 31 de mayo de 2015. Actividad 2. Elaboración del perfil de puesto del responsable del ATM de acuerdo a la Resolución N° 161-2013-SERVIR/PE La propuesta debe incorporar las funciones del ATM, se aprueba y remite la resolución de alcaldía hasta el 30 de junio de 2015. 5 Actividad 4. Designación de responsable del ATM. Resolución de alcaldía de designación del responsable del ATM, hasta el 31 de julio de 2015. 10 100 Puntaje Actividad 1. Capacitación Capacitación y certificación de de equipo del Área Técnica un participante por Municipal (ATM) y/o personal municipalidad. anexo a dicha área. 39 Actividad 2. Registro de sistemas de abastecimento de agua para consumo humano. 31 Inventario -sistematizado y remitido de acuerdo a las indicaciones del PNSR- de localidades con sistema de agua y saneamiento en el 50% de centros poblados o un maximo de 30 localidades a visitar hasta el 31 de diciembre de 2015. PUNTAJE MÍNIMO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA META Actividad 1. Modificación del ROF incorporando las funciones del Área Técnica Municipal (ATM). PUNTAJE MÁXIMO ACTIVIDADES Actividad 1. Capacitación de equipo del Área Técnica Municipal (ATM) y/o personal anexo a dicha área. Capacitación y certificación de dos participantes por municipalidades. Actividad 2. Registro de sistemas de abastecimento de agua para consumo humano. Inventario - sistematizado y remitido de acuerdo a las indicaciones de PNSR - de localidades con sistema de agua y saneamiento en el 50% de centros poblados o un máximo de 30 localidades a visitar hasta el 30 de setiembre de 2015. Actividad 3. Sistemas de abstecimiento de agua para consumo humano con rango admisible de cloro residual. Garantizar 01 sistema de abastecimento de agua con rango admisible de cloro residual. PUNTAJE MÁXIMO 70 10 5 15 100
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