Términos y condiciones

BASES DE LA PROMOCIÓN “ES TIEMPO DE SER UN HÉROE” UNO.-­‐ NOMBRE Y PERÍODO DE LA PROMOCIÓN: La promoción se denomina “ES TIEMPO DE SER UN HÉROE”, estará vigente en el mercado el período comprendido entre el quince (15) de marzo al quince (15) de mayo de dos mil quince (2015). DOS.-­‐ MECÁNICA, TERMINOS Y CONDICIONES: La promoción indicada solo aplicará a los empaques brandeados de los siguientes productos: GRAMAJE PRODUCTO Ruffles® Natural 27g y 33g Ruffles® Picante 27g y 33g Ruffles® Crema y Cebolla 27g y 33g Ruffles® Twist 27g y 33g Ruffles® Mayonesa 27g y 33g Cheetos® Queso 29g Cheetos® Mix 35g Doritos® Mega Queso 38g Doritos® Lemon Remix 38g Doritos® Desafío 38g Cada empaque vendrá con un código alfanumérico que le permitirá acumular puntos a los participantes a través del registro del código en la página web de la promoción www.ligadelajusticia.com. Además los participantes pueden incrementar su puntaje jugando los juegos de La Liga de la Justicia que se encontrarán en el mismo sitio web. Estos puntos serán acumulables durante cada semana para participar en la subasta de los premios. La puntuación que se obtenga del ingreso de los códigos de productos participantes variará de acuerdo al producto como se muestra a continuación: PRODUCTO PUNTOS 10 pts. Ruffles® 7 pts. Doritos® 4 pts. Cheetos ® Mientras más códigos ingresen en el día, mayor será la puntuación y mayor será la oportunidad de ganar los premios de la promoción. DOS PUNTO UNO.-­‐ BONUS: Si los participantes ingresan 4 códigos al mismo tiempo obtienen un bonus que les permitirá jugar por puntos adicionales. DOS PUNTO DOS.-­‐ PREMIOS: Los premios de la promoción consisten en: Cuarenta (40) IPod Shuffle y ocho (8) Play Station 4. La subasta de IPod Shuffle se realizará cada 36 horas y los Play Station 4 cada semana por el tiempo que dure la promoción. La subasta la ganará el participante que tenga la mayor puntuación al momento que se realice la misma. La puntuación de los participantes regresará a cero (0) al finalizar la semana. Se presentará dos contadores regresivos de tiempo en la página web de la promoción que indicará cuanto falta para que se realice la siguiente subasta tanto para los IPod Shuffle como para los Play Station 4. DOS PUNTO TRES.-­‐ Los usuarios participantes de los medios digitales, autorizan expresamente a Pepsico Alimentos Ecuador Cia. Ltda. a utilizar sus datos para fines publicitarios y/o comerciales, esta información será mantenida respetando la privacidad del usuario y utilizada única y exclusivamente para los fines indicados. En el caso de requerirse la información provista por parte del usuario para otros fines, se solicitará autorización del mismo. Los usuarios participantes autorizan el uso y explotación de su imagen para fines publicitarios y/o comerciales. Pepsico alimentos Ecuador Cia. Ltda. no reconocerá pago o indemnizaciones por ninguna concepto. DOS PUNTO CUATRO.-­‐ PROHIBICIONES § Ingreso de datos de menores de edad § Empleados directos de Pepsico Alimentos Ecuador Cia. Ltda. DOS PUNTO CINCO.-­‐ RESTRICCIONES: § Los usuarios participantes podrán ganar solo un IPod Shuffle durante la vigencia de la promoción. § Los usuarios participantes podrán ganar solo un Play Station 4 durante la vigencia de la promoción. § Los premios no son transferibles ni compensables en dinero. No existirán cambios ni canjes del premio establecido en el presente instrumento. § Los gastos en los que incurran los ganadores para retirar sus premios como (transporte, alimentación, etc.), correrán a cargo de cada ganador. TRES.-­‐ RECLAMO DE PREMIOS.-­‐ Para acceder a los premios, los ganadores deberán presentar todos los empaques con los cuales participaron. En caso de que los empaques hayan sido entregados en la promoción alterna de relojes, para constancia los ganadores deberán presentar los relojes canjeados. CUATRO.-­‐ CONTROVERSIAS: Las partes convienen que cualquier controversia o diferencia que surja con ocasión de las relaciones derivadas del presente acuerdo, se someterán única y exclusivamente a arbitraje, para lo cual renuncian fuero y domicilio y se someten a la resolución de un Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito unipersonal, que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, por medio de un tribunal arbitral designado de acuerdo con las normas de procedimiento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, con exclusión de cualquier otro fuero, el mismo que decidirá en derecho. El arbitraje se conducirá en Quito en tal Centro. Además las partes convienen que el Tribunal Arbitral puede dictar cualquier medida preventiva o precautelar para garantizar las obligaciones que se exijan. Para la ejecución de las medidas cautelares el Tribunal Arbitral está facultado para solicitar de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos su cumplimiento, sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno. El laudo arbitral se ejecutará ante un juez competente de la ciudad de Quito -­‐ Ecuador.