edictos - El Mundo

EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
EDICTO EMPLAZATORIO REPUBLICA DE COLOMBIA Rama
Jurisdiccional del poder publico
JUZGADO VEINTE PENAL MUNICIPAL CON FUNCION DE CONTROL DE GARANTIAS Medellín,
tres (3) de febrero de dos mil quince
(2015) EMPLAZA Al señor JOHN
ALEXANDER ZULUAGA TORO
identificado con C.C 71.769.613 de
Medellín, nacido en Medellín (Ant.),
nacido el 8 de junio 1977 en Medellín (Ant ) para que en el termino
de cinco (5) días hábiles contados
a partir de la fijación del presente
edicto, comparezca a esta agencia
judicial a la audiencia de formulación
de imputación, dentro del proceso
con CUI 050016000206201291177
numero interno 2014126549, Que se
adelanta en su contra por la presunta
conducta de abuso de confianza;
se hace saber al emplazado que si
comparece en el término señalado,
se oirá o administrar la justicia que
Ie asiste, pero si vencido el mismo,
no comparece se declarara persona
ausente y se procederá conforme con
lo previsto en el articulo 127 del
Código de Procedimiento Penal, ley
906 de 2004. El edicto Se Fija en
la Secretaria del Despacho siendo
las 6:00 A.M. del 03 de febrero de
2015 y se desfija el 9 de febrero
de 2015 a las 2:00 P:M Copia del
edicto se publicara en medio radial
y prensa. MARLENY PELAEZ
JURADO JUEZ
EDICTO EMPLAZATORIO REPUBLICA DE COLOMBIA Rama
Jurisdiccional del Poder Publi co. JUZGADO VEINTE PENAL
MUNICIPAL CON FUNCION DE
CONTROL DE GARANTIAS. Medellín, Febrero Veintitres (23) de
dos mil Quince (2015). EMPLAZA
Al Señor CRISTIAN ALBERTO
RODRIGUEZ CARMONA, identificado con Cedula de Ciudadanía
1.017.192.526 expedida en Medellín,
nació el veintisiete (27) de agosto
de 1989, en Medellín — Antioquia, de 26 años de edad, hijo de
ANA MARIA, Estado Civil Soltero,
estudio hasta primero, mide 1,68
de estatura, habitante de la calle;
para que en el termino de cinco
(5) días hábiles contados a partir
de la fijación del presente edicto,
comparezca a esta agencia judicial
a la audiencia de formulación de
imputaci6n, dentro del proceso con
CUI 050016000206201043334 y
numero interno 2014-66668, que
se adelanta en su contra por la
presunta conducta de TRAFICO,
FABRICACION 0 PORTE DE ESTUPEFACIENTES; se hace saber
al emplazado que si comparece
en el termino señalado, se oirá
o administrara la justicia que le
asiste, pero si vencido el mismo,
no comparece se declarara persona
ausente y se procederá conforme con
lo previsto en el articulo 127 del
Código de Procedimiento Penal, ley
906 de 2004. El edicto se Fija en la
Secretaria del Despacho siendo las
6:00 A.M. del 24 de Febrero de 2015
y se desfija el 2 de Marzo de 2015
a las 2:00 P.M. Copia del edicto se
publicara en medio radial y prensa.
MARLEY PELAEZ JURADO JUEZ
EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE
GUARNE-ANTIOQUIA: EMPLAZA
Al señor JHON JAIRO LONDOÑO
ORDOÑEZ (a. el argentino) identificado con cédula de ciudadanía N°
71.556.041, nacido el 22 de Febrero
de 1969 en Bogotá Cundinamarca,
hijo de Doris Ordoñez, sin más
datos, para que se haga presente
a este Despacho judicial ubicado
en la calle 51 N° 50-28, parque
principal de Guarne, en el término
de cinco (5) días hábiles so pena de
declararlo persona ausente. El citado
aparece como indiciado dentro de
investigación penal que adelanta la
Fiscalía 127 Seccional de Guarne
Antioquia, por el delito de CONSTREÑIMIENTO ILEGAL, dentro
del CUI 053186100127201480317
y NI 2014-00057. Este Edicto se
publicará por el término de cinco
días hábiles en la secretaría del
Juzgado, en un medio radial y en
un diario de amplia circulación
regional. Artículo 127 del C. de P.
Penal. Guarne, Antioquia Febrero
25 de 2015 MARIA ELENA BENTACUR MONSALVE SECRETARIA
EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN DE
MEDELLÍN AVISA: Que mediante
sentencia proferida el dieciséis (16)
de febrero de dos mil quince (2015),
SE DECRETÓ LA INTERDICCIÓN
JUDICIAL POR DISCAPACIDAD
MENTAL ABSOLUTA, de la señora
MÓNICA PATRICIA SERNA PASOS
identificado con C.C. 43.277.900,
nombrando como CURADORA
L E G Í T I M A a s u madr e, s eñ o ra
LUZ ELENA PASOS MARTÍNEZ
identificada con CC. 32.324.666.
El presente aviso se libra de conformidad al artículo 659 del C.P.C.
y será publicado en el Periódico EL
MUNDO, o, EL COLOMBIANO.
Medellín, veinticinco (25) de febrero
de dos mil quince (2015). XIOMARA
GOMEZ HOYOS SECRETARIA
República De Colombia Rama Judicial Del Poder Público Juzgado
Trece De Familia De Oralidad Del
Circuito De Medellín Dieciocho de
diciembre de dos mil catorce LA
SECRETARIA DEL JUZGADO TRECE DE FAMILIA DE ORALIDAD
DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN,
AVISA: A todos los que se crean
con derecho de ejercer la guarda
sobre CRISTIAN DARÍO VASQUEZ
RUIZ que se admitió solicitud de
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA con
el fin de obtener INTERDICCIÓN
POR DISCAPACIDAD ABSOLUTA, cuyo solicitante fue su madre
GLADYS AMPARO RUIZ ARANGO,
el proceso cursa en el despacho con
el radicado 2014-1021. Se elabora
el presente aviso para ser publicado
en el periódico “El Colombiano” o
“El Tiempo”, conforme a las disposiciones del artículo 42, numeral 8º
de la Ley 1306 de 2009, el numeral
3 del artículo 659 en concordancia
con el artículo 446 del Código de
Procedimiento Civil y el artículo
61 del Código Civil. MARCELA
OLARTE SECRETARIA
RADICADO: 2015-00120 EDICTO
EMPLAZATORIO EL JUZGADO
TERCERO DE FAMILIA DE MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA A
las PERSONAS QUE SE CREAN
CON DERECHO A LA GUARDA de
MARLENE DE LA MISERICORDIAS VÁSQUEZ MOLINA, para
que se presenten a este Juzgado
en la oportunidad legal y hagan
valer sus derechos. Artículo 30 de
la Ley 794 de 2003 y numeral 3º
del artículo 659 de la Ley 1306 de
2009. Medellín, 24 de Febrero de
2015 PAULA ANDREA SÁNCHEZ
GÓMEZ SECRETARIA
EDICTO LA SUSCRITA JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL DE SANTA
ROSA DE OSOS, ANTIOQUIA,
CON FUNCIONES DE CONTROL
DE GARANTÍAS, EN USO DE SUS
FACULTADES LEGALES Y LAS
CONFERIDAS ESPECIALMENTE
POR LA LEY 906 DE 2004, EN SU
ARTICULO 127 SEÑALA QUE
EN AUDIENCIA PRELIMINAR
DE FEBRERO 12 DE 2015, POR
PETICIÓN DE LA SEÑORA FISCAL 075 LOCAL DE DONMATIAS
ANTIOQUIA, EMPLAZA Al señor
ALEXANDER FERRER, identificado
con la C.C. Nro. 2.265.384, Nacido
3 de junio de 1967 en el Municipio
de Coello, Tolima, residente en
la carrera 15 NR 63ª -05 Bogotá,
D-C Teléfonos cel 312 588 20 87
345 80 77, 212 43 50, 896 65 65,
hijo de, sol soltero, sin ocupación
conocida, para que comparezca a
la diligencia de formulación de imputación dentro de la investigación
que se adelanta por el delito de
INASISTENCIA ALIMENTARIA,
en contra del señor ALEXANDER
FERRER donde aparece como
víctima su menor hija, CUI Nro.
052376000275201180037, numero
interno 2013-00010, se le advierte
que en caso de no presentarse dentro
de los cinco (05) días siguientes a
partir del emplazamiento, se declarara PERSONA AUSENTE, y se le
nombrar defensor de Oficio de los
Abogados Inscritos en la Defensoría
Pública. El presente EDICTO es
fijado el día de hoy, 12 de febrero
2015, a las 8:00 am en lugar público
visible de la Secretaria del Juzgado
por el término legal de Cinco (05)
copia del mismo será publicada en
un periódico de amplia circulación
local y por medio radial. YOLIMA
AMPARO OCAMPO HERNÁN DEZ JUEZ
RADICADO: 2015-00281 EDICTO
EMPLAZATORIO EL JUZGADO
TERCERO DE FAMILIA DE MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA A
las PERSONAS QUE SE CREAN
CON DERECHO A LA GUARDA
de LUIS ALBERTO MANRIQUE
TORO, para que se presenten a este
Juzgado en la oportunidad legal y
hagan valer sus derechos. Artículo
30 de la Ley 794 de 2003 y numeral
3º del artículo 659 de la Ley 1306
de 2009. Medellín, 20 de febrero de
2015 PAULA ANDREA SÁNCHEZ
GÓMEZ SECRETARIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO LA SECRETARIA DEL
JUZGADO CATORCE DE FAMILIA DE ORALIDAD MEDELLIN
AVISA Que mediante audiencia oral
celebrada por este Despacho el día
18 de febrero del año en curso, se
decretó la interdicción por discapacidad mental absoluta del señor
Andrés Felipe Zuluaga Hernández,
identificado con la cédula de ciudadanía número 1.017’126.732, nacido
el 11 de septiembre de 1982, hija
de Ramón de Jesús y Blanca Libia,
quien por esta misma providencia no
cuenta con la libre administración
y disposición de sus bienes. Se le
designó como curadora al señor
Ramón de Jesús Zuluaga Quintero,
portador de la cédula de ciudadanía
número 70’070.369. Se expide el
presente aviso en cumplimiento a lo
dispuesto en el numeral 8 del artículo
42 de la Ley 1306 de 2010, debiendo
ser publicado por una sola vez en el
periódico El Mundo. Medellín, 18
de febrero de 2015 MARY MEJIA
GRISALES Secretaria
ED ICTO EMPLA ZATO RIO : EL
SUSCRITO JUEZ TREINTA Y UNO
PENAL MUNICIPAL DE MEDELLIN
CON FUNCIÓN DE GARANTÍAS
Y SU SECRETARIA, por medio del
presente EDICTO: CITA, LLAMA
Y EMPLAZA AL SEÑOR TONY
SIBAJA ESCOBAR, identificado
con la C.C 15.612.946 de Tierralta
(Córdoba), para que en un término
de cinco (5) días hábiles contado
a partir de la fijación del presente
edicto, comparezca a este Despacho
a la AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN,
dentro del proceso radicado bajo
el SPOA 05001-60-00-207-200802039, N.I 2013-114616, que en
su contra se viene investigando por
la conducta punible de ACCESO
C A R N A L A BU SIV O C O N ME NOR DE 14 AÑOS AGRAVADO,
EN CONCURSO HOMOGÉNEO Y
SUCESIVO CON EL DELITO DE
ACTOS SEXUALES CON MENOR
DE 14 AÑOS AGRAVADO. Se hace
saber al emplazado que si comparece
en el término señalado, se le oirá
y administrará la justicia que lo
asiste; pero si vencido el mismo no
comparece, se le declarará persona
ausente y se procederá conforme a
lo previsto en el art. 127 de la Ley
906 de 2004. El presente EDICTO se
fija en lugar visible de la secretaría
del Despacho, siendo las 6:00 horas
del día 23 de febrero de 2015. Copia
del presente EDICTO se publicará
en un medio radial y de prensa
de cobertura local. GUILLERMO
DURAN URIBE JUEZ ANA MARIA
MUÑOZ TAMAYO SECRETARIA
Se desfija el 02 de marzo de 2015
a las 14:00 horas GUILLERMO
DURAN URIBE JUEZ
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN AVISA Que en
este Juzgado se está tramitando el
proceso de Jurisdicción Voluntaria
de “Interdicción por Discapacidad
mental” de la señora MAGNOLIA
EDITH VELEZ HENAO, presentado
a través del ICBF por la señora
MILBIA CECILIA VELEZ HENAO,
distinguido con el radicado 201500341-00. Se CITA a los parientes
que se crean con derecho al ejercicio
de la guarda de MAGNOLIA EDITH
VELEZ HENAO, para que si a bien
lo tienen comparezcan al proceso a
hacer valer sus derechos. Se expide
el presente aviso en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 42 N° 8
Ley 1306 de 2009, modificatorio del
canon 659 del Código de Procedimiento Civil, debiendo ser publicado,
por una vez, en el periódico “El
Mundo”. Medellín, febrero 26 de
2015 GLORIA AMPARO CUERVO
RUIZ SECRETARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER
PUBLICO LA SECRETARIA DEL
JUZGADO SEXTO DE FAMILIA
DE MEDELLÍN EMPLAZA A las
personas que se crean con derecho
a intervenir en la liquidación de la
Sociedad Conyugal formada por
los señores FÉLIX ANTONIO ZULUAGA CIRO y MARÍA BEATRIZ
ÁLVAREZ VILLEGAS, para que
haga valer sus créditos dentro de
la oportunidad legal. Medellín 02
de marzo de 2015 ALBA NELLY
SALDARRIAGA NORENA Secretaria CONSTANCIA DE FIJACIÓN
Fijado hoy 02 de marzo de 2015,
A las 8 a.m. CONSTANCIA DESFIJACION Desfijado hoy 13 de
marzo de 2015, A las 5 p.m. ALBA
NELLY SALDARRIAGA NOREÑA
Secretaria
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN AVISA
Que en este Juzgado se está tramitando el proceso de Jurisdicción
Voluntaria de “Interdicción por
Discapacidad mental” del señor
JU A N SEB A STIA N C A R R EÑ O
HIDALGO, presentado a través
del ICBF por las señoras MARTA
ROCÍO HIDALGO y ALEJANDRA
CARREÑO HIDALGO, distinguido
con el radicado 2015-00375-00. Se
CITA a los parientes que se crean
con derecho al ejercicio de la guarda
de JUAN SEBASTIAN CARREÑO
HIDALGO, para que si a bien lo
tienen comparezcan al proceso a
hacer valer sus derechos. Se expide
el presente aviso en cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 42
N° 8 Ley 1306 de 2009, modificatorio del canon 659 del Código
de Procedimiento Civil, debiendo
ser publicado, por una vez, en el
periódico “El Mundo”. Medellín,
marzo 4 de 2015 GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ SECRETARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO. MEDELLÍN AVISO A LOS
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EN GENERAL EL SUSCRITO JUEZ
PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO
DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL
ARTICULO 21 DE LA LEY 472 DE
1998, HACE SABER: Que mediante providencia del 19 de Febrero
de 2010 se dispuso informar a la
COMUNIDAD EN GENERAL la
admisión de la ACCIÓN POPULAR
presentada por el señor JORGE
MARIO DUEÑAS ROMERO contra
la sociedad ALMACENES FLAMINGO S.A., representada por el señor
JOSÉ ALEJANDRO RESTREPO
RESTREPO o por quien haga sus
veces, tendiente a que se declare que
la demandada está trasgrediendo el
derecho colectivo a los ciudadanos
con limitación física y movilidad
reducida, con la falta de adecuación
del inmueble ubicado en la Calle 48
N° 49-35 de Medellín donde funciona
una agencia de dicha entidad. Se
expide este aviso de conformidad
con lo ordenado en la mencionada
providencia, para su publicación a
través de un medio masivo de comunicación. Medellín, 05 de Marzo de
2015 JOSÉ ALEJANDRO GOMEZ
OROZCO Juez Primero Civil del
Circuito de Medellín.
DEMENCIA POSTRAUMATICA
GRAVE EL JUZGADO QUINTO
DE FAMILIA DE ORALIDAD DE
MEDELLIN, AVISA: Que mediante
sentencia proferida el 11 de febrero
de la presente anualidad (2015), SE
DECRETÓ LA INTERDICCIÓN JUDICIAL DEFINITIVA POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, de
CARLOS ALEXIS GÓMEZ MUÑOZ
IDENTIFICADO CON LA CÉDULA
DE CIUDADANÍA No 98.707.760
de Bello Antioquia, nombrando
como CURADORA GENERAL
LEGÍTIMA a su MADRE, señora
DORA ELENA MUÑOZ MARTÍNEZ
IDENTIFICADA CON LA CÉDULA
DE CIUDADANÍA No 43.050.357
de Medellín El presente aviso se
libra de conformidad al artículo
659 del C.P.C. y será publicado
en el Periódico EL MUNDO, o EL
COLOMBIANO. Medellín, febrero
11 de 2015. LINA ROCIO PAREJA
QUINTERO SECRETARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER
PUBLICO EL JUZGADO QUINTO
DE FAMILIA DE ORALIDAD DE
MEDELLIN, CITA: A todas aquellas
personas que se crean con derecho
al ejercicio de la guarda del señor
DIDIER GARCÍA QUEJADA para
que se presenten a éste Despacho
Judicial y lo hagan valer dentro del
proceso de INTERDICCIÓN POR
DISCAPACIDAD MENTAL instaurado por SOL MARÍA QUEJADA
SANTOS, radicado N° 2014-2341
Para los efectos indicados en el
artículo 446 del C.P.C., se ordena la
anterior citación y publicación por
una vez en un Periódico de amplia
circulación de la ciudad. Medellín,
NOVIEMBRE 19 DE 2014. LINA
ROCIO PAREJA QUINTERO SECRETARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA
JUDICIAL EDICTO LA SECRETA R I A D E L J U Z G A D O D O C E
DE FAMILIA EN ORALIDAD DE
MEDELLÍN EMPLAZA: A las personas que se crean con derecho a
intervenir en la Liquidación de la
Sociedad Conyugal formada por los
señores Fabio Alberto Ossa Builes
y Margarita del Socorro Penagos
Escobar, para que hagan valer sus
créditos dentro de la oportunidad
legal. Radicado No. 0500131600122014-02264-00. Fecha de fijación
de edicto: 28 de enero de 2015 a
las 8 A.M. Fecha de desfijación de
edicto: 10 de febrero de 2015 a las
5 P.M. ADRIANA MARIA RIOS
JIMÉNEZ SECRATARIA
JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA
DE ORALIDAD DEL CIRCUITO
DE MEDELLÍN AVISO: EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO
DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE
MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA:
A los parientes cercanos y a todas
aquellas personas que se crean con
derecho al ejercicio de la guarda
del presunto discapacitado DAVID
VARGAS GALEANO quien se identifica con la cédula de ciudadanía
número 1.128.421.349, para que
comparezcan al proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD
MENTAL ABSOLUTA promovida
DAVID VARGAS GALEANO por
la DEFENSORÍA DEL PUEBLO
REGIONAL ANTIOQUIA en interés del señor siendo interesada la
madre de éste la soñera RUBIELA
GALEANO DE VARGAS identificadas con la cédula de ciudadanía
número 1.128.421.349, con el fin
de ser escuchados, tal como lo
ordena el artículo 61 del Código
Civil concordante con el artículo
446 del Código de Procedimiento
Civil. El anterior aviso se expide
para ser publicado en un periódico
de amplia circulación nacional, que
será “El Mundo” de ésta ciudad, tal
como lo establece el artículo 659
numeral 8º del C.P.C., modificado
por el artículo 42 de la ley 1306
de 2009. Medellín, 06 de marzo de
2015 LUIS ALONSO BERRUECOS
CERVANTES SECRETARIO FIJADO: 11 de Marzo de 2015 a las 8:00
a.m LUIS ALONSO BERRUECOS
CERVANTES SECRETARIO RADICADO. 050013160001-201500219-00
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE
ORALIDAD DE MEDELLIN, ANT.
EMPLAZA: Al señor JAVIER OSORIO NIETO, para que en el término
de quince (15) días contados a partir de la publicación del presente
edicto, comparezca a este Juzgado
a recibir notificación personal del
auto a través del cual se admitió
la demanda de FIJACIÓN CUOTA
ALIMENTARIA, promovida en su
contra por la señora FRANCI YAMILE LÓPEZ LOAIZA, radicado bajo
11
el Nro. 02239-2014. Se le advierte
al emplazado que si no comparece se
le designará un Curador Ad-litem,
con quien se surtirá la respectiva
notificación. Publíquese en un medio escrito de amplia circulación
nacional, bien sea el periódico El
Mundo o El Tiempo, día domingo.
Medellín (Ant.), diciembre 12 de
2014 MABEL ALEJANDRA MARIN
CASTRILLON Secretaria
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL
JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE
MEDELLÍN, AVISA Que mediante auto del 25 de marzo de 2014,
se dispuso citar a los parientes
más cercanos del presunto capaz
HERNÁN ALONSO RESTREPO
HERRERA a fin de establecer quienes
tienen derecho a ejercer la guarda
respectiva, de conformidad con el
artículo 61 Código Civil, dentro del
proceso de Jurisdicción Voluntaria
de “INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA’’
presentado por la señora MARÍA
ÁRCELA HERRERA DE RESTREPO.
Radicado 2014-00398. Se expide el
presente aviso en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 659-3
y 446 inciso 3 C.P.C., debiendo
ser publicado, por una vez un día
domingo, en un periódico de amplia
circulación. Medellín, febrero 27
de 2015 SERGIO ANDRES MEJIA
HENAO SECRETARIO
EDICTO EMPLAZATORIO NUMERO 002 JUZGADO SEXTO PENAL
MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE
CONTROL DE GARANTÍAS EMPLAZA Al señora ÁNGELA MARÍA
GARCÍA RAMÍREZ, identificada
con cédula de ciudadanía número
43.220.648 de Medellín - Antioquia,
sin más datos, para que en termino
de cinco (05) días hábiles contados
a partir de la fijación del presente
edicto, comparezca a esta agencia
judicial a notificarse de la fecha y
hora de la audiencia de formulación
de imputación dentro del proceso
radicado número 05001 60 00248
2010 00904, numero interno 2014132618, que se adelanta en su contra,
por la presunta conducta punible
de ABUSO DE CONFIANZA; se
hace saber al emplazado que si
comparece en el termino señalado,
se oirá o administrará la justicia que
lo asiste, pero si vencido el mismo,
no comparece, se declarará persona
ausente y se procederá conforme con
lo previsto en el articulo 127 CPP.
El edicto se FIJA en la secretaria del
Despacho siendo las 06:00 AM del
11 de marzo de 2015 y se DESFIJA
el 17 de marzo de 2015 a las 14:00
PM. Copia del edicto se publicará en
medio radial y prensa, CATALINA
PIEDRAHITA GUTIERREZ JUEZ
EL SECRETARIO DEL JUZGADO
VEINTE LABORAL DEL CIRCUITO
DE MEDELLIN, EMPLAZA RADICADO 2012-01005 Al señor JAIRO
ANÍBAL GÓMEZ o quien haga sus
veces y JHON JAIRO HERNÁNDEZ o quien haga sus veces, en
calidad de representantes legales
de CONFECCIONES LUTHIER
S.A.S Y CONFECCIONES WOW
JEANS S.A. respectivamente, para
que dentro del término de DIEZ
(10) días se presente a este despacho a recibir notificación personal
del auto admisorio de la demanda
Ordinaria Laboral, que en su contra se ha instaurado por ARTURO
OTALVARO ARIAS; El Despacho
se encuentra ubicado en la carrera
51 N° 50-21 EDIFICIO BANCO
DE LONDRES tel. 2513664. Se
le advierte al emplazado que en
caso de no comparecer dentro del
término antes citado, se surtirá la
notificación personal con curador
Ad-Litem designado para el efecto,
con quien además se continuará el
trámite del proceso. Lo anterior
con el fin de dar cumplimiento a lo
dispuesto en los Art. 29 del C. de
P. Laboral y 320 del C. de P. Civil
modificado por el artículo 30 de la
ley 794 de 2003. Medellín, dieciséis
(16) de diciembre de dos mil catorce
(2014) OLIVERO ALEXANDER
MUNERA CATAÑO SECRETARIO
12
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICÍA NACIONAL - SECRETARIA GENERAL
AREA DE PRESTACIONES SOCIALES - EDICTOS
EL SUSCRITO JEFE DEL AREA PRESTACIONES SOCIALES DE LA POLICIA NACIONAL
E M P L A Z A:
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por el extinto MORENO SANCHEZ CAMILO
ANDRES , quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.016.072.076,
fallecido el día 24/10/2014. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
GARCIA CORREALES OSNAIDER,
quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1,105,683,529, fallecido el
día 28/11/2014. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
HERNANDEZ GUTIERREZ ROGER
ALFONSO, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 85,153,764,
fallecido el día 30/11/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
GARZON CUELLAR WILMER ARLEY
, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 1.032.452.161, fallecido
el día 28/12/2014. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
POLANCO HERNANDEZ ANGEL
DAVID , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.124.031.826,
fallecido el día 29/12/2014. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por el extinto GONZÁLEZ TÉLLEZ CARLOS
ALFREYDI, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.032.391.016,
fallecido el día 05/01/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
CUELLAR MUÑOZ JHON JAIRO,
quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 14.700.130, fallecido
el día 06/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
CASTRILLÓN SERRANO VÍCTOR
JULIO , quien se identificaba con cédula
de ciudadanía No. 77.021.466, fallecido
el día 06/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES M P L
A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
LASSO BRAND GUSTAVO ADOLFO, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 94.331.675, fallecido el
día 06/01/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
AMAYA ALFONSO EDWIN ALIRIO,
quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.122.122.746, fallecido el
día 13/01/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
PENAGOS VARGAS JEHIMY LIZETH
, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 1.020.752.357, fallecido
el día 19/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto SEÑA JORGE
LUIS , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.069.479.441,
fallecido el día 20/01/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
SUAREZ NAVARRO MAURICIO JOSÉ
, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 1.102.836.941, fallecido
el día 20/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto FÉLIX RIVERA
JOSÉ , quien se identificaba con cédula
de ciudadanía No. 15.877.868, fallecido
el día 21/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
ROMERO SANABRIA RICARDO,
quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 79.948.968, fallecido
el día 21/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
CORREA CHAVARRO MARTHA ISABEL, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 1.012.357.834, fallecido
el día 21/01/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
CHANTRE BALLESTEROS JHON
ANDERSON, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.024.483.575,
fallecido el día 23/01/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto BELTRÁN MOLINA ENDER, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1,018,465,067,
fallecido el día 27/01/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto SILVA CHACÓN
FRANKLIN , quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 79.755.242,
fallecido el día 31/01/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto VALBUENA
MORA JOSÉ LUIS, quien se identificaba
con cédula de ciudadanía No. 80.200.406,
fallecido el día 04/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto ARIAS TARIFA
ROBERT ENRIQUE, quien se identificaba
con cédula de ciudadanía No. 77.177.340,
fallecido el día 04/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
ROBLES FORNARIS VÍCTOR DE
JESÚS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.082.953.984,
fallecido el día 08/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY
Jefe Área de Prestaciones Sociales
Carrera 59 N’ 26-21 CAN- Bogota
[email protected] / www.policia.gov.co
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto ORDOÑEZ
MORA JINNY, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 94.538.631,
fallecido el día 09/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto VIERA CRUZ
ENMANUEL, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 15.878.347,
fallecido el día 09/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
VASQUEZ CUEVAS MIKI ZAMIR
, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 74.085.008, fallecido
el día 16/02/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
LLERENA MOSQUERA OSCAR LUIS,
quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.143.436.228, fallecido el
día 16/02/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por el extinto
RAYO FORERO ANDRES ENRIQUE
, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 80.732.621, fallecido
el día 18/02/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
LOBO RODRIGUEZ ALEXANDER,
quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 13.389.850, fallecido
el día 18/02/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto SANTOS ÑAÑEZ
JULIO CESAR, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.030.622.198,
fallecido el día 20/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por el extinto ZUÑIGA BUYUCUE CRISTIAN
VITELIO , quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.075.264.448,
fallecido el día 21/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
DIAZ MATEUS HECTOR CLAUSNEL, quien se identificaba con cédula
de ciudadanía No. 86.074.208, fallecido
el día 22/02/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por el extinto BORJA MONTAÑA CARLOS
VLADIMIR, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 80.007.825,
fallecido el día 23/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
13
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICÍA NACIONAL - SECRETARIA GENERAL
AREA DE PRESTACIONES SOCIALES - EDICTOS
EL SUSCRITO JEFE DEL AREA PRESTACIONES SOCIALES DE LA POLICIA NACIONAL
E M P L A Z A:
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto VELEZ CARDENAS OCTAVIO, quien se identificaba
con cédula de ciudadanía No. 94.288.967,
fallecido el día 23/02/2015. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las
prestaciones causadas por el extinto
NIÑO GARAVITO DIEGO ARMANDO, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 1.023.886.207, fallecido
el día 02/03/2015. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones
causadas por el extinto GALEANO
ROJAS DUVANI ALBERDI, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía No.
10286471, fallecido el día 13/10/2014.
Vencido el término de treinta (30) días
desde la publicación del EDICTO, se
procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan
probado su derecho, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L A
Z A: A todas las personas que consideren
tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VELILLA
QUIROZ EDGAR JAVIER, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 3838423, fallecido el día 11/03/2015.
Vencido el término de treinta (30) días
desde la publicación del EDICTO, se
procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan
probado su derecho, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por la extinta
FIGUEREDO CHAPARRO CLAUDIA
MILENA, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1057584774,
fallecido el día 11/03/2015. Vencido el
término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por la extinta
CAMACHO BOHADA GIOVANNI,
quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1090383373, fallecido el
día 06/03/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M
P L A Z A: A todas las personas que
consideren tener derecho a reclamar
las prestaciones causadas por la extinta
RIVERO ARENALES LUIS FRANCISCO, quien se identificaba con cédula de
ciudadanía No. 13872550, fallecido el
día 03/03/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor CASTAÑO
VALENCIA OSCAR DARIO, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 75.049.880, quien falleció el día
01/12/2014, las siguientes personas:
La señora LILIANA MARIA RUA RAMIREZ, identificada con cédula No.
43.707.767, en calidad de cónyuge y
en representación del menor OSCAR
JULIAN CASTAÑO RUA en calidad de
hijo del causante. La joven ANA MARIA
CASTAÑO ARBOLEDA, identificada
con cédula No. 1.055.836.964, en calidad
de hija mayor del causante. Vencido el
término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor PEÑA PANIAGUA
JOSE TULIO, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 10.187.969,
quien falleció el día 07/12/2014, las
siguientes personas: El menor JOHAN
STEVAN PEÑA MEDINA, en calidad
de hijo del causante, representado por
la señora JESSYCA MILENA MEDINA
RINCON, identificada con cédula de
ciudadanía No.1.054.544.722. La señora
MERCEDES PANIAGUA ZAPATA,
identificada con cédula de ciudadanía
No. 24.710.867, en calidad de madre
del causante. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L
A Z A: Que a la fecha de publicación del
presente edicto, no se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor SALDAÑA
SANCHEZ SAIN FERNANDO, quien
se identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.013.598.264, quien falleció el
día 08/12/2014. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor GARZON CASTAÑEDA HERMES SANTIAGO, quien
se identificaba con cédula de ciudadanía
No. 79.210.613, quien falleció el día
13/12/2014, las siguientes personas: La
señora DAMARYS LILIA MORALES
HERNANDEZ, identificada con cédula
de ciudadanía No. 52.383.818, en calidad
de cónyuge y en representación del menor NICOLAS GARZON MORALES,
SAMUEL GARZON MORALES y EDDY
SANTIAGO GARZON MORALES
del causante. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado
a reclamar las prestaciones causadas
por el fallecimiento del señor ACOSTA
SILVERA JERSON EFRAIN, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.048.283.566, quien falleció el
día 14/12/2014, las siguientes personas:
El señor EFRAIN ANTONIO ACOSTA
BUELVAS, identificado con cédula de
ciudadanía No.91.214.82, en calidad de
padre del causante. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor MONTOYA
MONTOYA YEISON ALEXIS, quien
se identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.035.862.656, quien falleció el día
27/12/2014, las siguientes personas: Los
señores FLOR MARIA MONTOYA
QUINTERO, identificado con cédula de
ciudadanía No. 21.744.291 y LUIS IVAN
MONTOYA RODRIGUEZ, identificado
con cédula de ciudadanía No.3.480.940,
en calidad de padres del causante. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, no se han presentado
a reclamar las prestaciones causadas
por el fallecimiento del señor JAIME
ROJAS MAYER FERNEY, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.030.638.328, quien falleció el
día 28/12/2014. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor SINISTERRA
CASTRO VICTOR HUGO, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 16.894.413, quien falleció el día
28/12/2014, las siguientes personas: La
señora ELSY ANDREA PRECIADO
JURADO, identificado con cédula de
ciudadanía No. 29.509.825, en calidad
de compañera permanente y en presentación de la menor LAURA SINISTERRA PRECIADO, en calidad de hija
del causante. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L
A Z A: Que a la fecha de publicación del
presente edicto, no se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor FLOREZ RAMIREZ ROBY, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.087.124.304,
quien falleció el día 29/12/2014. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor ALVEAR ZUÑIGA
IVAN STIVEN, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.118.304.556,
quien falleció el día 29/12/2014, las
siguientes personas: La señora MARIA
OFIR ZUÑIGA MAZUERA, identificada
con cédula de ciudadanía No. 31.473.757,
en calidad de madre del causante Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor DIAZ BURGOS
YUBER JOSE, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.102.814.890,
quien falleció el día 30/12/2014, las
siguientes personas: La señora ANA
MERCEDES JAIMES DURAN, identificada con cédula de ciudadanía No.
1.093.762.019, en calidad de compañera
permanente y en representación del menor
MAXIMILIANO DIAZ JAIMES, en
calidad de hijo del causante. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY
Jefe Área de Prestaciones Sociales
Carrera 59 N’ 26-21 CAN- Bogota
[email protected] / www.policia.gov.co
el fallecimiento del señor RONDON
JEFERSON, quien se identificaba con
cédula de ciudadanía No. 1.018.347.295,
quien falleció el día 30/12/2014, las
siguientes personas: El señor abogado
HECTOR GEOVOLO LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No.
719291295 y T.P. No. 115362 del Consejo
Superior de la Judicatura, apoderado de
la señora MARIA NUBIOLA RONDON
JARAMILLO, identificada con cédula de
ciudadanía No. 30351343, en calidad de
madre del causante. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo.Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor HERNÁNDEZ
GARRIDO JORGE ELIECER, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 12.636.317, quien falleció el día
01/01/2015, las siguientes personas: La
señora IVON CECILIA LARA CORREA,
identificada con cédula de ciudadanía No.
26.717.677, en calidad de cónyuge y en
representación de los menores FRAY
YALID HERNANDEZ LARA, y NASLY
YINETH HERNANDEZ LARA, en
calidad de hijos del causante. Vencido
el término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado
a reclamar las prestaciones causadas
por el fallecimiento del señor GETIAL
MUÑOZ RUBÉN ALBEIRO, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.089.196.365, quien falleció el
día 01/01/2015, las siguientes personas:
El señor ANGEL MARIA GENTIAL
NANDAR, identificado con cédula de
ciudadanía No.5.262.186, en calidad de
padre del causante. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado
a reclamar las prestaciones causadas
por el fallecimiento del señor CAMPAÑA JAIME FERNANDO, quien se
identificaba con cédula de ciudadanía
No. 71.764.816, quien falleció el día
02/01/2015, las siguientes personas: La
menor MAFER TATIANA CAMPAÑA
RICAURTE, en calidad de hija representada por la señora BETHI MAVEL
RICAURTE ENRIQUEZ, identificado con
cédula de ciudadanía No. 27.470.925 La
señora NANCY ESMERALDA CORAL
PABON, identificada con cédula de
ciudadanía No. 66.928.981, en calidad
de presunta compañera permanente y en
representación de los menores FERNANDO CAMPAÑA CORAL y ANDREA
ESMERALDA CAMPAÑA CORAL, en
calidad de hijos del causante. El señor
abogado JORGE ALBERTO ARCILA
RIOS, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 16.273.839 y T.P. No.
102.886 del Consejo Superior de la
Judicatura, apoderado de la señora ANGELICA MURILLO BENTACOURT,
identificada con cédula de ciudadanía
No. 31.096.969, en calidad de presunta
compañera del causante. Vencido el
término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P L
A Z A: Que a la fecha de publicación del
presente edicto, no se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor HERNÁNDEZ
ÁLVAREZ STEVENSON DAVIS, quien
se identificaba con cédula de ciudadanía
No. 1.090.439.134, quien falleció el
día 05/01/2015. Vencido el término de
treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por el
fallecimiento del señor ROJAS GOMEZ
JOSE LIZARAZO, quien se identificaba
con cédula de ciudadanía No. 4.948.348,
quien falleció el día 08/05/2010, las
siguientes personas: La señora INES
CRUZ RIVERA, identificada con cédula
de ciudadania No. 26.596.959, en calidad
de conyuge del causante. La joven
MARITZA LILIANA ROJAS CRUZ,
identificada con cédula de ciudadania
No.31.584.575, en calidad de hija mayor
del causante. El joven JOSE LIZARAZO
ROJAS CRUZ, identificada con cédula
de ciudadania No.94.543.4254, en calidad
de hijo mayor del causante. Vencido el
término de treinta (30) días desde la
publicación del EDICTO, se procederá
al reconocimiento de las prestaciones
sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 212 del Código
Sustantivo del trabajo. Se comunica a
los 15 días del mes de Marzo de 2015.
Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO
REY Jefe Área Prestaciones Sociales
EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE
PRESTACIONES SOCIALES E M P
L A Z A: Que a la fecha de publicación
del presente edicto, se han presentado a
reclamar las prestaciones causadas por
el fallecimiento del señor POVEDA
CORREDOR RAUL, quien se identificaba
con cédula de ciudadanía No. 91.349.383,
quien falleció el día 20/08/2010, las
siguientes personas: El señor abogado
HERNAN DOMINGUEZ ARIAS, identificado con la cédula de ciudadanía No.
5704926 y T.P. No. 29474 del Consejo
Superior de la Judicatura, apoderado de
la señora SAIRA VIVIANA VINASCO
VARGAS, identificada con cédula de
ciudadanía No. 37.544.654, en calidad
de cónyuge y en representación de los
menores JUAN DIEGO POVEDA VINASCO, JOSE MANUEL POVEDA
VINASCO y MELANY ALEJANDRA
POVEDA VINASCO, en calidad de
hijos del causante. Vencido el término
de treinta (30) días desde la publicación
del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las
personas que hayan probado su derecho,
en cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 212 del Código Sustantivo del
trabajo. Se comunica a los 15 días del
mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO
ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área
Prestaciones Sociales
14
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
E D I C TO E M P L A Z ATO R I O L A
SUSCRITA SECRETARIA DEL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE
ORALIDAD DEL CIRCUITO DE
BELLO ANT. EMPLAZA: A LAS
PERSONAS INTERESADAS que
se crean con derecho sobre el bien,
inmueble objeto de la litis, para que
comparezcan a hacerlo valer dentro
del proceso DECLARATIVO DE
PERTENENCIA de VIVIENDA DE
INTERES SOCIAL con pretensión de
PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO,
instaurada por los señores JOSE
NOE BEDOYA BUSTAMANTE y
BEDSY MARIA RAMIREZ BOTERO
en contra de la sociedad VIVIENDAS Y URBANIZACIONES. LTDA
(EN LIQUIDACION), representada legalmente por el señor Jesús
Eduardo Cuartas Vallejo y DEMAS
PERSONAS INDETERMINADAS.
RADICADO: 2014-. 00943-00. El
presente edicto se fija por el término
de veinte (20) días en un lugar visible, de la secretaría del Juzgado,
dentro del cual se deben hacer las
publicaciones (num. 7°, Art. 407
C. de P. C.); el emplazamiento se
entiende surtido dentro de los quince
(15) días siguientes al término en
cita, fecha en la cual se desfijara el
edicto (literal b. Num. 6°, Art. 407
C. de P. C.); el cual, vence quince
días después, para la defensa de
los derechos que crean tener quien
(es) comparezcan en virtud de este
emplazamiento (Num. 8°, Art., 407,
literal b. num. 6° y num. 9°, del
Art. 407 C. de P. C.) las personas
indeterminadas disponen del término
de quince (15) días contados a partir
de la fecha en que el emplazamiento
quede surtido para que comparezcan
al proceso, oportunidad dentro de
la cual pueden contestar la demanda
(literal b. numeral 6° y 9°, artículo
407). Si no comparecen, Transcurridos los términos antes indicados, se
designará un Curador Ad-litem, con
quien se adelantará el proceso hasta la
terminación El bien inmueble objeto
de usucapión, corresponde al lote de
terreno Nro. 27 de la manzana 01 del
Conjunto Valerias Unidad Abierta,
situado en el Municipio de Bello, y
que corresponde a la casa identificada
con el numero66BB-65 de la calle 57,
comprendido dentro de los siguientes
linderos: por el Norte, en una distancia
de 5.00 metros con frente a la calle
57; por el Oriente, en una distancia
de 13.00 metros con muro de junta
de la casa de habitación del conjunto
Valerias Unidad Abierta Identificada
con el numero. 66BB-59 de la calle 57
de propiedad de Gloria Estela Patiño
Clavijo; por el sur en una distancia de
5.00 metros con muro medianero que
lo separa del lote Nro. 8 con casa de
habitación del conjunto residencial
Valerias Unidad Cerrada, manzana
1, que corresponde a la carrera 57B
Nro. 56B-30, casa 148 de propiedad
de Francisco Javier Bedoya Restrepo;
por el Occidente en una distancia de
13.00 metros con muro medianero,
con casa de habitación del conjunto
Residencial Valerias Unidad Abierta
identificada con el numero 66BB-71
de la calle 57 de propiedad de Diana
Patricia Londoño Gómez; Gabriel Darío
Londoño Gómez y Miriam Londoño
Gómez. El área del lote es de 65.00
metros cuadrados aproximadamente.
Inmueble identificado con la matricula
inmobiliaria Nro. 01N-5094512 de
la Oficina de Instrumentos Públicos
zona norte. Se da cumplimento al art.
407 del C. de P. Civil. Fijado El día
19 del mes de Febrero del año 2.015
a las 8:00 a.m Desfijado el día 16
del mes de Abril del año 2.015, a las
5.00 p.m. Vence el día 08 del mes
de Mayo del año 2.015, a las 5.00
p.m. GLORIA PAULINA MUÑOZ
JIMENEZ SECRETARIA
LISTADO DE EMPLAZADOS CONFORME AL ARTICULO 318 DEL
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO
CIVIL EMPLAZAR A: LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL
CAUSANTE SEÑOR LEÓN MEDINA
TRUJILLO (qepd) PARA QUE COMPAREZCAN AL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE
GUARNE ANTIOQUIA. DENTRO DE
LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBUCACION DE ÉSTE
LISTADO. PARA NOTIFICARLE EL
AUTO QUE ORDENA LA NOTIFICACION DE LA EXISTENCIA DEL
CREDITO DE FECHA FEBRERO
10 DE 2015. PROFERIDO EN EL
PROCESO: EJECUTTVO SINGULAR
DEMANDANTES: DORIE ACOSTA
MESA Y PABLO MORENO ACOSTA. DEMANDADOS: VERÓNICA
MEDINA DE LOS RIOS Y
SANDRA MILENA MEDINA DE
LOS RÍOS en su calidad de
herederos determinados del causante
señor LEÓN MEDINA TRUJILLO
(qepd) Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL MISMO CAUSANTE
LEÓN MEDINA TRUJILLO (qepd),
RADICADO 2015-00012 JUZGADO
UBICADO EN EL PALACIO DE
JUSTICIA DE GUARNE ANTIOQUIA
CALLE 51 No.50-28 PARQUE PRINCIPAL DE DICHA LOCALIDAD.EL
SECRETARIO, WILMER ALEXIS
ZAPATA HERNANDEZ
EL Juzgado 28 Civil municipal de
Medellín, situado en el Edificio José
Félix de Restrepo. Hace saber: que
en el proceso ORDINARIO DE PERDIDA DE LA POSESION, instaurado
por Sandra Nayiber Herrera Prenns,
contra Personas indeterminadas, radicado 028-2014-002341, se ordenó
el emplazamiento de personas indeterminadas que se crean con derecho
a intervenir para que se notifiquen
del auto admisorio de la demanda
dentro de los 15 días hábiles a esta
publicación, caso contrario, el juez le
designará curador ad litem, con quien
se surtirá la notificación. Alba Rocío
Restrepo Cardozo. Juez.
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
DE TURBO, ANTIOQUIA EMPLAZA
A: TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con
derecho sobre el bien inmueble que
más adelante, se especifica, para que
concurran a este Despacho Judicial
ubicado en la calle, 100 No. 13 - 75,
del Municipio de Turbo, a recibir
notificación personal del auto que
ADMITE demanda Ordinaria Agraria
de Pertenencia por Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio,
instaurada por FELIPE VILLA ORTIZ
contra PERSONAS INDETERMINADAS Radicado 2014-00305, a más
tardar dentro del término de veinte
(20) días y quince (15) días más siguientes a la fecha en que quede
surtido el emplazamiento. El bien
sobre el que se alega la prescripción
es el siguiente: Inmueble rural, ubicado en el Corregimiento El Tres, Municipio de Turbo, Departamento
de Antioquia, con cédula catastral 2100000070008300000000, con
un área aproximada, de SETECIENTOS
NOVENTA METROS CUADRADOS
(790m2), cuyo linderos generales son:
ORIENTE.- Con vía Turbo Apartadó
en 16.16 m2; OCCIDENTE.- Con
Isabelina Vega de David en 16.60
m2; NORTE.- Con Clara Inés
López en: 41.30 m2, SUR.-ConRaúl
Afranio León Herrera y Rosalba en
41 m2. Se advierte a los emplazados
que en caso de no comparecer dentro
del término señalado, se les designará
Curador Ad - Lítem, para que los
represente en el proceso hasta su
terminación, El presente edicto será
publicado por dos (2) veces, dentro
del término de fijación, en el periódico
el COLOMBIANO o EL MUNDO y
en la Radiodifusora el LITORAL A
.
M. MIL 60 afiliada a Caracol Radio
con sede en Turbo. Para efectos del
Artículo 407 del C. P.C., se fija el
presente edicto en lugar visible de la
Secretaria, por el término de veinte
(20) días. FIJADO EL 18 DE FEBRERO DE 2015, A LAS 8:00 A.M.
LILIANA PAOLA BARRIOS YEPEZ
SECRETARIA DESFIJADO 17 DE
MARZO DE 2015, A LAS 5:00 P.M.
LILIANA PAOLA BARRIOS YEPEZ
SECRETARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA
JURISDICCIONAL DEL PODER PÚBLICO. DISTRITO JUDICIAL DE
ANTIOQUIA, JUZGADO CIVIL DEL
CIRCUITO DE APARTADO - ANTIOQUIA. EDICTO EMPLAZATORIO.
LA SECRETARIA AD-HOC DEL
JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
DE APARTADO – ANTIOQUIA EM-
PLAZA A TODAS LAS PERSONAS
que se crean con derecho sobre el
bien inmueble que por prescripción
extraordinaria adquisitiva de dominio
ha solicitado el señor CIRO HERNÁN
DE JESÚS GONZÁLEZ DUQUE,
mediante la demanda ORDINARIA
DE PERTENENCIA, radicado
N° 050453103001-2014-00838 00
que promueve a través de Apoderado
Judicial en contra de Placida Serna
Torres y Terceras personas que se crean
con derecho sobre el bien inmueble
objeto de la pertenencia, a fin de que
comparezcan a este Despacho Judicial dentro de los Quince (15) días
siguientes a la última publicación del
presente edicto. se trata de un bien
inmueble ubicado en el municipio de
Chigorodó Antioquia, lote de terreno
urbano número 11 de la manzana 07
barrio Los Balsos, con un área de
103.50 metros2 y comprendido dentro
de los siguientes linderos: NORTE,
7.06 metros con la calle No. 97; al
ESTE, en 17.55 metros con el predio
No. 7-23-14 y nomenclatura calle 97
No. 107-99 (anteriormente lote No.
12); al SUR, en 5.92 metros con el
predio No. 7-2312 y nomenclatura
carrera 108 No. 96-02 (antes lote
No. 10);y al OESTE, 17.65 metros
con la carrera No. 108, dirección
del predio calle 97 con KR 108 No.
107-107, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 008-4210 de la
Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Apartado. Para los fines
indicados en el artículo 407, numeral
7º del Código de Procedimiento Civil,
se fija el presente edicto en un lugar
de la Secretaría de este Despacho
por el término de veinte (20) días
y se publicará por dos veces con
intervalos no menores a cinco (5)
días calendario en el Periódico EL
MUNDO y/o EL COLOMBIANO, y
en la Emisora RCN, entre las siete de
la mañana (07:00 A.M.) y las diez de
la noche (10:00 P.M.) Se le advierte a
los emplazados que si dentro de dicho
término no comparecen al Despacho, se
les designará CURADOR AD-LÍTEM,
con quien se surtirá el trámite del
proceso hasta su terminación. ApartadóAntioquia, Veinticuatro (24) de
Noviembre de dos mil catorce (2014)
KELY NATALIA ECHEVERRI DAVID
SECRETARIA AD-HOC
del Juzgado, y se publicará por dos
veces con intervalos no menores de
cinco (5) días calendario dentro del
mismo término, en un diario de amplia
circulación en la localidad, esto es,
“El Mundo” o “El Colombiano” o “El
Tiempo”, y en una de las emisoras de
la localidad, en las horas comprendidas
entre las siete de la mañana y las diez
de la noche. Transcurridos quince
(15) días a partir de la expiración del
emplazamiento, se entenderá surtido el
mismo. Se advierte a los emplazados
que si no comparecen en el término
indicado, se les designará curador
Ad-litem con quien se surtirá la notificación y continuará con el trámite
del proceso hasta su terminación. El
Juzgado está situado en la calle 6
nro. 14 - 43 piso 4 del Municipio de
Girardota Antioquia Girardota, 9 DE
MARZO DE 2015 CAMILO PINEDA
CAÑAS SECRETARIO. Fijado en
lugar visible de la secretaría por el
término de veinte (20) días hábiles
hoy, nueve (9) de marzo de dos mil
quince (2015), a Ias ocho de las mañana (8:00 a.m.). CAMILO PINEDA
CAÑAS SECRETARIO
EMPLAZAMIENTO EL JUZGADO
SÉPTIMO DE FAMILIA DE ORALlDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA A
LA JOVEN KAREN MELlZA CANO
ALVAREZ, DENTRO DEL PRESENTE
PROCESO DE EXONERACION DE
CUOTA ALlMENTARIA, RADICADO 2015-00250, PROMOVIDO POR
JUAN RAMON CANO MONSALVE
EN CONTRA DE LA JOVEN KAREN
MELlZA CANO ALVAREZ. SI LA
EMPLAZADA NO CONCURRE EN
EL TERMINO DE 15 DÍAS HABILES
SE LES DESIGNARÁ CURADOR AD
LlTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ
LA NOTIFICACIÓN. ALBA LUCIA
CASTAÑO GIRALDO Secretaría
AVISO EL BANCO AGRARIO DE
COLOMBIA SUCURSAL ALPUJARRA avisa a quien pueda interesar
QUE LA SEÑORA NANCY MEJlA
VALLEJO, mayor de edad y de esta
vecindad DIO AVISO AL BANCO
DEL HURTO ocurrido 11 de Abril
de 2013 cuando fue atracada le hurtaron el original del Tituló Valor CDT
13310CDT1006977 EMITIDO POR EL
BANCO AGRARIO DE COLOMBIA
SUCURSAL ALPUJARRA por la suma
de CATORCE MILLONES DE PESOS
ML ($ 14.000.000) CON PLAZO DE
vencimiento de CIENTO OCHENTA
DlAS CREADO EN OCTUBRE 29 DE
2014 Y CON VENCIMIENTO A Abril
29 de 2015. las personas que tengan
algún interés o crean que el titulo
les pertenece, deberán comparecer
al BANCO AGRARIO DE COLOMBIA SUCURSAL LA ALPUJARRA,
y así manifestarlo.la publicación de
este AVISO se hace de acuerdo a lo
establecido por el arto 398 del Código
General del Proceso para Tramitar
ante el Banco Agrario de Colombia
la Cancelación y Reposición de Titulo
Valor Atentamente, NANCY MEJIA
VALLEJO c.c, 39.421.643 Medellín,
Marzo 10 de 2015.
REPÚBLICA DE COLOMBIA Rama
Judicial EDICTO EMPLAZATORIO
EL JUZGADO CIVIL MUNICIPAL DE
GIRARDOTA ANTIOQUIA Situado
en la calle 6 nro. 14-43 piso 4 de esta
localidad EMPLAZA A, las personas
que se crean con derechos sobre el bien
inmueble situado en el paraje Guayabal
o San esteban de Girardota, de una
pucha de cabida aproximadamente,
con casa de tapias y tejas construida
por el exponente con servidumbres de
tránsito y acueducto por propiedad del
vendedor, materia del proceso VERBAL ESPECIAL (TITULACION DE
LA POSESION - ORDINARIA, LEY
1561 DE 2012), radicado 2014-00137
de mínima cuantía, instaurado por la
señora LUZ ANGELA CORDOBA
con c.c. 21.682.850, en contra de
PERSONAS INDETERMINADAS, Y
que linda: “Por el frente con propiedad de herederos de doña Mercedes
Sierra, por el costado izquierdo, con
la misma Carmen Cadavid y por la
parte de atrás, con el vendedor por
mojones conocidos”, con matrícula
inmobiliaria la nro. 012-20272 de la
Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Girardota, del cual no se
desprende titular de derecho real de
dominio y se observa enajenación de
derechos sucesorales en cuerpo cierto
del señor MARTIN CORDOBA a
favor de la señora MARUJA CORDOBA CORDOBA y de ésta a LUZ
ANGELA CORDOBA. Tal como lo
ordena el artículo 407 del Código de
procedimiento Civil, el presente edicto
se fijará por el término de veinte (20)
días en un lugar visible de la secretaría
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
SANTA FE DE ANTIOQUIA - ANTIOQUIA Cinco (05) de Marzo dos mil
quince (2015) OFICIO CIVIL NRO.
226 Señores JUZGADO PROMISCUO
MUNICIPAL Buriticá- Antioquia Cordial saludo, Por medio del presente
me permito comunicarle que en el
proceso de EJECUTIVO SINGULAR,
promovida por el señor GUILLERMO LEON VARGAS AVENDAÑO,
y donde figura como demandados los
HEREDEROS INDETERMINADOS
DEL SEÑOR GUSTAVO DE JESUS
MORENO COSSIO, radicado en éste
Despacho Judicial bajo el número
05- 042-40-89-001-2015-00003-00,
mediante Providencia fechada Doce
(12) de Febrero de dos mil quince
(2015), se dispuso oficiarle para que
CERTIFIQUE si allí se adelanta proceso
sucesoral del causante GUSTAVO
DE JESUS MORENO COSSIO; y en
caso positivo, se suministre nombre
y dirección de herederos reconocidos
en el proceso. Por lo tanto sírvase
proceder de conformidad. Atentamente, YEISON ANDRES CASTAÑO
QUINTERO Secretario
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA
JUDICIAL DEL PODER PUBLICO
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA
DE APARTADO –ANTIOQUIA Cinco
(05) de Marzo de Dos Mil Quince
(2015) EL SUSCRITO SECRETARIO EMPLAZA A los HEREDEROS
INDETERMINADOS DEL CAUSANTE PEDRO LIBARDO ALCARAZ
GARCÍA, para comparecer a éste
Despacho dentro del término de quince
(15) días por si o por intermedio de
apoderado judicial, para recibir notificación personal del auto admisorio
de la demanda de DECLARACION
DE UNION MARITAL DE HECHO,
promovida por la señora SAHADA
LUZ ÁLVAREZ en contra de JOHN
ALEXANDER ALCARAZ ÁLVAREZ,
YULISSA FERNANDA ALCARAZ
GIRALDO y MANUELA ALCARAZ
ALVAREZ, estas últimas menores de
edad representadas, legalmente por
la señora ESMERALDA GIRALDO
GAVIRIA y pro la demandante respectivamente, todos en calidad de
Herederos Determinados del causante PEDRO LIBARDO ALCARAZ
GARCÍA así como en contra de los
Herederos indeterminados de éste.
Radicado 2015-0071 - 00. Si transcurrido dicho término, no comparece
personal alguna, se nombraré curador
ad-litem, con quien se continuara
el proceso hasta su culminación. El
presente EDICTO se publicara, en
día domingo, en el Diario “El Mundo” o “El Colombiano” Lo anterior
de conformidad con el artículo 318
del C.P.C HUMBERLEY VALOYES
QUEJADA Secretario
EDICTO LA SECRETARIA DEL
JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA
DE ORALIDAD DE MEDELLIN ANTIOQUIA. EMPLAZA A todas
las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de
SUCESIÓN INTESTADA, radicado
2014-00645-01, del causante JUAN
JOSÉ OSORIO ARENAS, fallecido en
Medellín - Ant., el 27 de noviembre
de 2013, siendo éste el lugar de su
último domicilio. Para los efectos
del artículo 589 y 318 CPC, se fija
el presente edicto en lugar público
de la Secretaría del Juzgado por el
término legal de diez (10) días y se
publicará en un periódico de amplia
circulación en esta ciudad y en una
radiodifusora local, por una sola
vez. Medellín, diciembre 4 de 2014.
GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ
SECRETARIA FIJADO 12 MARZO
DE 2015 GLORIA AMPARO CUERVO
RUIZ SECRETARIA
EL JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL
DESCONGETION DE MEDELLIN,
Despacho que se localiza en la carrera
50 No 51 -23, piso 5 Edificio Mariscal
Sucre de Medellín, mediante auto del
26 de noviembre de 2014, ordenó:
EMPLAZAR el demandado JESÚS
ANTONIO EUSE VELASQUEZ con
cédula de ciudadanía 98.529.008,
en los términos del artículo 318 del
C.P.C., para que en el término de 15
días contados a partir de la publicación
del edicto, comparezca al Juzgado a
oír o recibir notificación personal del
auto que libró mandamiento de pago
en su contra, de fecha 06 de noviembre
de 2013, dentro del proceso ejecutivo
Singular bajo el Radicado 2011-0113100 con origen del Juzgado 21 Civil
Municipal de Medellín, instaurado
por RAPIDO OCHOA S.A. La Juez,
Juliana Barco González
EDICTO EMPLAZATORIO DE TERCEROS ACREEDORES Por medio del
presente escrito el JUZGADO 1 CIVIL
MUNICIPAL DE ORALIDAD DE
ENVIGADO, ubicado en la carrera 43
calle 38 sur 42 de Envigado, EMPLAZA
a todas las personas que tengan créditos
con títulos de ejecución en contra de
HEREDEROS DETERMINADOS E
INDETERMINADOS DE MARIA
VICTORIA MUÑOZ RESTREPO
para que comparezcan a hacerlos
valer mediante la acumulación de
sus demandas dentro de los cinco
(5) días siguientes a la expiración
del término de este emplazamiento.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días
después de la publicación. Este emplazamiento fue ordenando dentro del
proceso ejecutivo singular de MINIMA
CUANTÍA que cursa en dicho juzgado,
proceso que se identifica con el radicado 05266405300120140093600que
adelanta la propiedad horizontal URBANIZACION LA HACIENDA P.H.,
identificado con Nit. 811.043.673-2,
el cual se acumuló a la demanda que
se identifica con el radicado principal
05266400300120090135500 y donde
se ordena el emplazamiento por medio
del auto1839 del 10 de Noviembre de
2014 y 2 de febrero de 2015. El presente
edicto se pública en los términos del
artículo 318 del CPC
CARTEL DE REMATE LA SECRETARIA DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO
DE MEDELLÍN HACE SABER: Que
en el proceso Ejecutivo Hipotecario
incoado por John Isaza Acosta contra
Alberto de Jesús Ocampo García, con
Radicado Nro.010/2012-00951, se
ha señalado el 13 de Abril de 2015.
a la 1:00 P.M, para que se realice la
diligencia de remate del inmueble
identificado con matricula inmobiliaria N° 001-902253 de la Oficina
de Registro de Instrumentos Públicos
de Medellín, zona sur, local numero
7 ubicado en la carrera 43 N° 49-06,
segundo piso del Edificio Comercial
San Ignacio propiedad horizontal de
la ciudad de Medellín. El inmueble
se encuentra avaluado en la suma
de $493.267.500,oo y será postura
admisible la que cubra el 70 % del
avalúo (art 523 del C. de P. Civil).
Además, será necesario que se realice
el depósito para hacer postura consistente en una previa consignación del
40% sobre el avalúo del respectivo
bien conforme lo establece el artículo
526 del estatuto procesal en mención.
Finalmente, se advierte a los postores
que la almoneda se realizará conforme
al artículo 527 ibíd. Modificado por
el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010.
Medellín, Nueve de Marzo de 2015
FERNEY VELASQUEZ MONSALVE
SECRETARIA
EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado.
2014-00037. El JUZGADO SEGUNDO
CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE
TIERRAS DE ANTIOQUIA. EMPLAZA: A los herederos indeterminados
de ALEJANDRO MORALES y su
heredero determinado señor LUÍS
EDUARDO MORALES GIL para
que hagan valer sus derechos, dentro
de los quince (15) días siguientes a
esta publicación, en el estado actual
del proceso de restitución de tierras
iniciado por JAIRO DE JESÚS MORALES a través de la COMISIÓN
COLOMBIANA DE JURISTAS, con
la pretensión principal de adquirir por
“prescripción adquisitiva de dominio”
un inmueble rural con un área de 3 ha
1928 mts2 denominado “La Tiembla”
que se encuentra ubicado en la Vereda
“Calderas Arriba” del Municipio de San
Carlos – Antioquia; bien identificado
con matricula inmobiliaria bajo el
libro No. 1, Tomo No. 2, folio 435,
No. 783 de la Oficina de Instrumentos
Públicos de Marinilla, donde figura
como propietario inscrito el señor
ALEJANDRO MORALES (q.e.p.d).
Medellín, cinco (5) de marzo de dos
mil quince (2015). JORGE ELIECER
CARDONA JIMÉNEZ. Secretario.
Radicado 2015-00072-00 EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE
MARINILLA ANTIOQUIA EMPLAZA
A las PERSONAS INDETERMINADAS
que se crea con algún derecho sobre
el bien inmueble que más adelante se
detallará, para que comparezcan en el
término de veinte (20) días al proceso
Agrario -Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio- que en su
contra les promueve Adán María Usme
Ciro. LOTE A USUCAPIR Un bien inmueble ubicado en la vereda Farallones
(La Araña), área rural del municipio
de San Rafael Ant., identificado con el
numero predial 201006000270000000
cuyos linderos actuales son; “por el
Norte entre los puntos 33 a 35 del
plano, en 51.08 metros, con Alirio
Garcés, hoy Javier Garcés; entre los
puntos 35 y 1 del plano, en 194,10
metros, con los sucesores de Francisco
D. Garcés; entre los puntos 1 a 3 del
plano, en 163,82 metros, con la vía
San Rafael - Medellín; por el Oriente,
entre los puntos 3 a 9 del plano, en
416,28 metros, con los sucesores de
Francisco D. Garcés; por el Sur entre
los puntos 9 a 12 del plano, en 321,83
metros, con el río Guatapé; por el
Occidente entre los puntos 12 a 18
del plano, en 43,17 metros, con Marco
Alirio Zuluaga; entre los puntos 18 a
28 del plano, en 383,34 con los sucesores de Francisco Zuluaga; entre los
puntos 28 a 33 del plano, en 135,05
metros, (punto de partida y encierra),
con los sucesores de Jesús Parra”.
Dicho inmueble se identifica con el
folio de matrícula inmobiliaria No.
018-8646 de la Oficina de Registro
de Instrumentos Públicos de Marinilla. El presente edicto se fijará
por el término de veinte -20- días
en un lugar visible de la secretaria
del Juzgado y se publicará por dos
-2- veces con intervalos no menores
de cinco -5- días calendario dentro
del mismo término, en un diario de
amplia circulación en la localidad
como es El Colombiano o El Mundo,
y por medio de la emisora Galáctica
Estéreo o COREDI 90.5 FM de este
municipio, en las horas comprendidas
entre las siete de la mañana y las diez
de la noche. Transcurridos quince
-15- días a partir de la expiración
del emplazamiento, se entenderá
surtido el presente. (Art. 407 del
C. de P. Civil). Se advierte a los
emplazados que si no comparecen
en el término indicado, se les designará curador ad-ítem con quién se
surtirá la notificación y continuará
el trámite del proceso hasta su terminación. El Juzgado se encuentra
en la calle 30 No 31-64 casa de la
Justicia de Marinilla. Marinilla,
febrero veinticuatro (24) de dos mil
quince (2015), GUSTAVO CARDONA
CASTRO SECRETARIO. Fijado el
dia 2 del mes de Marzo de 2015 a
las 8:00 a.m GUSTAVO CARDONA
CASTRO SECRETARIO
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
República de Colombia Rama Judicial
EMPLAZAMIENTO JUDICIAL (Artículo 29 del Decreto 2303 de 1989)
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
DE MARINILLA (ANTIOQUIA),
EMPLAZA A: TODOS LOS QUE
SE CREAN CON DERECHO A
INTERVENIR dentro del proceso
Radicado 2015-00072-00, Agrario
de Pertenencia adelantado por Adán
María Usme Ciro frente a Personas
Indeterminadas. SE ADVIERTE A
LOS EMPLAZADOS INTERESADOS
que si no comparecer a este Juzgado dentro de los quince -15- días
siguientes a la publicación de este
requerimiento, se les designará un
Curador Ad-litem con quien se surtirá
la notificación y se continuará con
el trámite del proceso. Publíquese
el presente el día domingo en un
diario de amplia circulación en la
localidad como lo es El Colombiano
o El Mundo, y allegara copia informal de su publicación. GUSTAVO
CARDONA CASTRO SECRETARIO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER
PÚBLICO JUZGADO PROMISCUO
DE FAMILIA DE MARINILLA,
ANTIOQUIA, Calle 30 N° 31-64,
Casa de la Justicia, “Eleuterio Serna
Ramírez”, 5° piso, telefax 548 40
23 RADICADO NRO.: 05 440 31
84 001 2015 0003200 EDICTO EL
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MARINILLA ANTIOQUIA,
EMPLAZA: A todas las personas que
se crean con derecho a intervenir en el
proceso de sucesión doble e intestada
de los causantes Francisco Javier
González Marín (C.C N° 728.551)
y Rosa Amelia López de González
(C.C. N° 22.016.981), fallecidos en
su respectivo orden en San Rafael,
el día 03 de mayo de 2008, y en
Medellín el día 13 de Julio de 2010,
pero cuyo último lugar de domicilio
fue en San Rafael - Antioquia. Fíjese
el presente edicto en la secretaría del
despacho por el término legal de diez
(10) días.- Entréguense copias del
mismo a la parte interesada para que
se publique en uno de los periódicos
El Colombiano o El Mundo que
son de amplia circulación en este
municipio y en una radiodifusora
local. Marinilla - Antioquia 18 de
Febrero de 2015 Daniel Alejandro
Gómez Gallego Secretario
RAMA JUDICIAL DEL PODER
PUBLICO JUZGADO PROMISCUO
DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE
CAUCASIA EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO PROMISCUO
DE FAMILIA DE CAUCASIA (ANT.)
POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: Al señor DAIRY ARVEY
MAZO LOPERA a fin de que se presente a hacer valer sus derechos dentro
del proceso de EXONERACIÓN DE
ALIMENTOS, que ha instaurado
por medio de apoderado el señor
JAIRO ARBEY MAZO GARCÍA,
proceso abierto y radicado en este
Despacho Judicial, ubicado en la
calle 20 B No 14-31 Barrio el Pajonal
de esta localidad, bajo el numero
051543184-001-2014-00088-00.Se le significa al emplazado que
si transcurridos quince (15) días
después de publicado el emplazamiento (día domingo) en un diario
de amplia circulación (EL MUNDO
o El COLOMBIANO) no comparece,
se le designará un curador ad-litem
con quien se surtirá la notificación y
se proseguirá este asunto. (Art. 318
del C.P.C. modificado por la Ley
794 de (2003).- Fijado el presente
EDICTO EMPLAZATORIO hoy 10
de Marzo de 2015 a las ocho de la
mañana (8:00 a.m.). RUBIELA INÉS
ÁNGEL GUTIÉRREZ.-Secretaria.
E D I C TO E M P L A Z ATO R I O E L
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
DE ORALIDAD DE MEDELLÍN
EMPLAZA: A todas aquellas personas que consideren tener derecho
a intervenir en el proceso de SUCESIÓN SIMPLE INTESTADA del
señor LUIS ENRIQUE HERRERA
GIRALDO fallecido en enero 15 de
2014, en esta ciudad de Medellín,
lugar de su último domicilio, radicado bajo el N.2014-02169; para
que comparezcan a hacerlos valer
dentro de la oportunidad legal. Se
fija este edicto en lugar visible de
la secretaría del Juzgado por el
término de DIEZ (10) DÍAS Y SE
PUBLICA por una sola vez el día
DOMINGO, conforme lo indicado en los Artículos 318 y 589 del
Código de Procedimiento Civil en
el periódico EL MUNDO o en EL
COLOMBIANO. Medellín, febrero
26 de 2015 LINA ROCIO PAREJA
QUINTERO SECRETARIA DESFIJADO EL 13 DE MARZO DE 2015,
A LAS 5.00 DE LA TARDE 2015
LINA ROCIO PAREJA QUINTERO
SECRETARIA
E D I C TO E M P L A Z ATO R I O L A
S E C R E TA R I A D E L J U Z G A D O
SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALlDAD DE MEDELLIN EMPLAZA
A todas las personas que se creon
con derecho a comparecer al proceso de SUCESIÓN INTESTADA
de lo causante SUSANA ZAPATA
DE ARBOLEDA fallecida el dia
19 de mayo de 2014 en Medellín
(Ant), lugar de us ultimo domicilio. (Rdo.2014-01940). El presente
edicto se fijará por 10 días en lo
secretaría del despacho y se deberá
publicar dentro del mismo término
en un diario de amplía ciculacion
nacional (El Mundo, El Colombiano
o el Tiempo,) y en la radio local.
FIJADO HOY Marzo 6 de 2015 a
las 8 AM. DESFIJADO HOY Marzo
19 de 2015 a las 5 PM. La Secretaria MABEL ALEJANDRA MARIN
CASTRILLON
EL JUZGADO PROMISCUO DEL
CIRCUITO DE AMAGÁ ANTIOQUIA EMPLAZA A los HEREDEROS
DETERMINADOS e INDETERMINADOS de los fallecidos MARTHA
AURORA, JESÚS MARÍA, DANIEL
SALVADOR, SIXTA TULlA y LUIS
ALFONSO TANGARIFE MURIEL,
para que dentro del término de 15
días siguientes a la publicación
del presente edicto, comparezcan
a este despacho a recibir personal
notificación del auto que admitió
demanda Ordinaria Civil sobre
Declaración de Pertenencia (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva
de Dominio) propuesta por JOHN
FREDY DEOSSA ZAPATA contra
los emplazados. De no comparecer
en el plazo señalado, se les designará un curador ad Iitem, con
quien se surtirá la notificación y
se continuará el proceso hasta su
terminación (Art 318 CPCP). Se
dispone su publicación en un diario de amplia circulación en este
municipio, por una una ocasión, dia
domingo. Amaga, 10 de marzo de
2015 JUAN GUILLERMO ROMAN
ARENAS SECRETARIO
EL JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTiÓN DE
MEDELLíN, EMPLAZA Porque
necesita la comparecencia del señor
Orlando Marin Arango, dentro del
proceso ejecutivo tramitado bajo
el radicado No. 2009-1551, en el
Juzgado Once Civil Municipal de
Descongestión, Despacho que se
localiza en la Carrera 50 No. 5123, Piso 5, Edificio Mariscal Sucre
de Medellín, donde se le requiere
para notificarle personalmente
el auto dictado el 29 de junio de
2010, por medio del cual se libró
mandamiento de pago en su contra
y a favor del Círculo de Periodistas y Comunicadores Sociales de
Antioquia, CIPA. Se advierte que
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado,
que si el emplazado no comparece,
se le nombrará curador Ad-litem,
con quien se surtirá la notificación.
Julíana Barco Gonaález, Juez.
Republica de Colombia Rama Judicial del Poder Publico JUZGADO
SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE
ORALIDAD Medellín, seis (6) de
Febrero de dos mil quince (2015)
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE
ORALIDAD POR MEDIO DEL
PRESENTE EDICTO HACE SABER
Que en este despacho se tramita
bajo el radicado 2014-01230, la
sucesión intestada de la causante
MARÍA ESPERANZA MONTOYA
DE VALENCIA, fallecida el 30 de
Octubre de 2011, siendo su ultimo
domicilio la ciudad de Medellín.
Lo anterior, para los efectos de que
trata el Art. 589 del C.P.C, y todas
aquellas personas que se crean con
derecho a intervenir, lo hagan en
el termino de fijación del presente
edicto. Los interesados deberán
comparecer al Despacho, ubicado
en el Palacio de Justicia, sector la
Alpujarra, piso 12. Medellín, 6 de
Febrero de 2015. LUISA FERNANDA
MEJÍA CHICA SECRETARIA Fijado
hoy 12 de febrero del año 2015 a
las 8: 00 a.m. vence el término de
fijación el dia 25 de febrero del
año 2015 a las 5:00 p.m
EDICTO artículo 318 del C. de P.
Civil EL JUZGADO CIVIL - LABORAL DEL CIRCUITO DE EL
SANTUARIO, Antioquia EMPLAZA
Al señor MANUEL SERNA ya los
HEREDEROS INDETERMINADOS
de la señora DOLORES PINEDA,
para que en el término de quince
(15) días, después de la publicación
de este edicto, anunciado por una
sola vez, en día Domingo en el
diario EL COLOMBIANO o EL
MUNDO, comparezcan por si o
por medio de apoderado, a recibir
notificación personal del auto admisorio de demanda proferido en el
proceso ABREVIADO DE PERTENENCIA CIVIL Vivienda de Interés
Social por prescripción adquisitiva
extraordinaria de dominio, en donde es demandante JUAN PABLO
BUITRAGO GIRALDO en contra
del señor MANUEL SERNA, los
HEREDEROS INDETERMINADOS
de DOLORES PINEDA, así mismo
en contra de PERSONAS INDETERMINADAS. Rdo. 2014-00748/00.
Este emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos quince (15)
días después de su publicación. Se
le advierte a los emplazados que si
no comparece dentro del término
indicado se le designara curador
Ad- litem, con quien se efectuará la
notificación del caso y se continuará
con el trámite del proceso. JOHN
JAIRO OSSA LÓPEZ Secretario
Fijado el día 9 de Marzo de 2015,
a las 8:00 a.m
República de Colombia Rama
Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL
SUSCRITO SECRETARIO DEL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas
aquellas personas indeterminadas
o a quienes se crean con derechos
legítimos relacionados con el predio,
a los acreedores con garantía real
y otros acreedores de obligaciones
relacionadas con el predio, así como
a las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos
y procedimientos administrativos,
con el fin de que comparezcan a
hacer valer sus derechos dentro
de los quince (15) días siguientes a esta publicación, al proceso
de restitución y formalización de
tierras con radicado No. 05000-3121-002-2014-00021-00, promovido por JESÚS MARÍA MONTES
GIRALDO, a través de apoderado
judicial adscrito a la Dirección
Territorial Antioquia de la UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE
TIERRAS DESPOJADAS, con la
pretensión principal de que se le
proteja su derecho fundamental a
la restitución y formalización de
tierras y se declare la prescripción
adquisitiva de dominio sobre dos
predios innominados, ubicados en
la vereda La Hondita del Municipio
de San Carlos (Ant.), identificados
con Matricula Inmobiliaria Nº 01878741 y 018-55175 y un área total
de 1 Ha 2442 m2, sobre los cuales
el solicitante afirma la calidad de
POSEEDOR, cuyos linderos se
describen a continuación: Norte:
Partiendo desde el punto 24844
en línea recta en dirección oriente
hasta llegar al punto 24843 con
Marta Aracelly Giraldo, en 68,91
m. Oriente: Partiendo desde el punto
24813 en línea quebrada en dirección
suroccidente pasando por los puntos
24842 y 24821 hasta llegar al punto
24813 con camino de herradura
en 87,2 m. Sur: Partiendo desde
el punto 24813 en línea quebrada
en dirección suroccidente pasando
por los puntos 24812, 24811, 24810
hasta llegar al punto 24820 con vi
Granada - San Carlos en 208,86.
Occidente: Partiendo desde el punto
24820 en línea quebrada en dirección
nororiente pasando por los puntos
24819, 24818, 24826, 24829, 0,
24845 y 1 hasta llegar al punto
24844 con camino de herradura
en 153,95 m. El presente edicto se
fijará por el término de quince (15)
días calendario en un lugar visible
de la secretaría del juzgado y se
publicará una (1) vez dentro del
mismo término en el periódico “El
Mundo” y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el
Municipio de San Carlos (Ant.). A
partir de la publicación en el diario
de amplia circulación, comenzará
a correr el término de quince (15)
días hábiles para la presentación
de los opositores, de conformidad
con el artículo 88 de la Ley 1448
de 2011, en concordancia con el
literal e) del artículo 86 ejusdem.
Medellín, cinco (5º) de marzo de
dos mil quince (2015). JO RG E
ELIECER CARDONA JIMENEZ
SECREARIO
República de Colombia Rama
Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL
SUSCRITO SECRETARIO DEL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan
derechos legítimos relacionados
con el predio, los acreedores con
garantía real y otros acreedores
de obligaciones relacionadas con
el predio, así como las personas
que se consideren afectadas por la
suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin
de que comparezcan a hacer valer
sus derechos, dentro de los quince
(15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN
y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS
ABANDONADAS con radicado
No. 05000312100220140005900,
promovido por los señores SADY
ALONSO VÉLEZ ZAPATA, SILVIA ODILA CRUZ GIRALDO,
EDILMA DE JESÚS ALCARAZ
PUERTA y LUZ ELENA CARDONA PENAGOS identificados con
C.C. No. 71.613.184, 42.888.129,
21.743.897 y 42.765.639, quienes
actúan por intermedio de apoderado judicial adscrito a la UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE
TIERRAS DESPOJADAS, con la
pretensión principal de que se les
proteja sus derechos fundamentales
a la restitución y formalización, y
se les restituya a ellos junto a sus
núcleos familiares los inmuebles
denominados “La Minifalda” y
demás innominados que se identifican con los folios de matrículas
inmobiliarias 018-148686, 018149128, 018-148637, 018-148685
y 018-148638 respectivamente. De
la Oficina de Instrumentos Públicos
de Marinilla, respecto las siguientes áreas de terreno ubicadas en
la vereda Malpaso del Municipio
de Granada: (i) Un predio innominado con un área geográfica de
0,4346 m2, identificado con la ficha
predial No. 11206904 y la cédula
catastral No. 313-2-002-000-01300185-0000-0000 que linda por
el Norte “Partiendo del punto 14
en línea quebrada que paso por el
punto 11 en dirección oriente hasta
llegar al punto 12 con la finca La
Vega”. Por el Oriente “Partiendo
desde el punto 12 en línea quebrada
que pasa por los puntos 15 y 13 en
dirección sur hasta llegar al punto
9 con Luz Elena Cardona”. Por
el Sur “Partiendo desde el punto
9 en línea quebrada que pasa por
los puntos 8, 6, 4 y 10 en dirección
occidente hasta llegar al punto 3
con un camino de herradura”. Por
el Occidente “Partiendo desde el
punto 3 en línea quebrada que pasa
por los puntos 2, 1 y 16 en dirección noroccidente hasta llegar al
punto 14 con la finca La Vega.” (ii)
Un predio predio innominado con
un área geográfica de 0,1540 m2,
identificado con la ficha predial
11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000,
que linda por el Norte “Partiendo
desde el punto 9 en línea recta y en
dirección nororiente hasta llegar al
punto 14 con Sandy Vélez”. Por el
Oriente “Partiendo desde el punto
14 en línea recta y en dirección
suroccidente hasta llegar al punto
7 con Silvia Odilia Cruz Giraldo”.
Por el Sur “Partiendo desde el punto
7 en línea recta en dirección occidente con Mauricio Garzón”. Por
el Occidente “Partiendo desde el
punto 8 en línea recta en dirección
noroccidente con la Sra. Edilma”.
(iii) Un predio innominado con
un área geográfica de 0,4570 m2,
identificado con la ficha predial
11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000,
que linda por el Norte “Partiendo
desde el punto 14 en línea recta
en dirección oriente hasta llegar
al punto 11 con Sady Alonso Vélez, continuando desde éste último
punto en línea recta en dirección
oriente hasta llegar al punto 10
con Luz Elena Cardona”. Por el
Oriente “Partiendo desde el punto
10 en línea recta en dirección sur
hasta llegar al punto 3 con la señora Ruth”. Por el Sur “Partiendo
desde el punto 3 en línea quebrada
que pasa por los puntos 4, 5 y 6 en
dirección occidente hasta llegar al
punto 7 con Mauricio Garzón”. Por
el Occidente “Partiendo desde el
punto 7 en línea recta en dirección
nororiente hasta llegar al punto
14 con la señora Edilma”. (iv) Un
predio denominado La Minifalda
con un área geográfica de 0,1553
m2, identificado con la ficha predial
11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000,
que linda por el Norte “Partiendo
desde el punto 4 en línea recta en
dirección occidente hasta llegar al
punto 1 con un camino real”. Por el
Oriente “Partiendo desde el punto
1 en línea recta en dirección sur
hasta llegar al punto 2 con Silvia
Cruz”. Por el Sur “Partiendo desde
el punto 2 en línea recta en dirección
occidente hasta llegar al punto 3 con
el Sr. Mauricio”. Por el Occidente
“Partiendo desde el punto 3 en línea
recta en dirección norte hasta el
punto 4 con Duber Quiceno”. (v)
Un predio innominado con un área
geográfica de 1,6659 m2, identificado
con la ficha predial 11206905 y la
cédula catastral 313-2-002-000-01300187-0000-0000, que linda por el
Norte “Partiendo desde el punto 5
en línea quebrada que pasa por el
punto 6 en dirección oriente hasta
llegar al punto 7 con el señor Jesús
María”. Por el Oriente “Partiendo
desde el punto 7 en línea quebrada
que pasa por los puntos 8 y 9 en
dirección suroriente hasta llegar al
punto 10 con la señora Ruth”. Por
el Sur “Partiendo desde el punto 10
en línea quebrada que pasa por los
puntos 12, 13, 14 y 15 en dirección
occidente hasta llegar al punto 11
con la señora Ruth, y desde éste
último punto 11 en línea recta y en
dirección occidente hasta llegar al
punto 1 con Silvia Odila Cruz”. Por
el Occidente “Partiendo desde el
punto 1 en línea quebrada que pasa
por los puntos 2, 3 y 4 en dirección
norte hasta llegar al punto 5 con
Sady Vélez”. El presente edicto se
fijará por el término de quince (15)
días calendario en un lugar visible
de la Secretaría del Juzgado y se
publicará por una (1) vez dentro del
mismo término, en el periódico El
Mundo, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el
15
Municipio de Granada-Antioquia. A
partir de la publicación en el diario
de amplia circulación, comenzará
a correr el término de quince (15)
días hábiles para la presentación
de los opositores, de conformidad
con el art. 88 de la ley 1448 de
2011 en concordancia con el literal
e) del art. 86 ejusdem. Medellín,
veintitrés (23) de febrero de dos mil
quince (2015). JORGE ELIECER
CARDONA JIMENEZ SECREARIO
El juzgado 1º Civil del Circuito de
Rionegro Antioquia Emplaza a Raúl
Eduardo Cárdenas Roa Dentro del
Proceso Ordinario Reivindicatorio.
Rdo. #056153103001201400261.
Demandante: Damaris Lucia Flórez
Botero y Otros. Demandado Alejandro Gallo Betancur y otros. En
los términos del Art.318 del C.P.C.
Se advierte a los emplazados que
de no comparecer a este juzgado
dentro de los 15 días siguientes a la
publicación del este requerimiento,
se le nombrará un curador ad litem
con quien se surtirá la notificación
del auto 192 de enero 5 de 2015,
por medio del cual se admitió la
denuncia del pleito. Se publicara
una sola vez en un medio de escrito
de amplia circulación nacional o
en cualquier otro medio masivo
de comunicación, publíquese en
el periódico El Mundo y/o El Colombiano o en la Emisora R.C.N.
de Rionegro. Rionegro febrero 26
de 2015, Nicolás Arles Zapata Cárdenas. Srio.
Aviso de remate El Juzgado Promiscuo Mpal. de El Peñol Ant. ha señalado el 7 de abril de 2015, a las 9 a.m.
para que en el proceso Ejecutivo Singular Rdo.055414089001201200123,
incoado por Patricia Elena García
Pino y en contra de Jhon Jairo García Pino, tenga lugar el remate del
siguiente bien inmueble: “Un lote
de terreno ubicado en la vereda El
Salto, jurisdicción territorial del
Mpio. de El Peñol- Ant. Matricula
inmobiliaria #018-128268 de la
Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Marinilla Ant. El
inmueble fue avaluado en la suma
$48.000.000.oo. La subasta empezara a las 9:00 a.m. y durara por
lo menos 1 hora y será postura
admisible la que cubra el 70% del
avalúo total dado al bien, previa
consignación del 40% del avalúo
total. De conformidad con el Art.525
del C.P.C. se fija el presente aviso
en la Secretaria del Juzgado por el
término de ley y se expiden copias
para las publicaciones de radio y
prensa. La diligencia de remate
se regirá de conformidad con el
Art.527 del C.P.C., reformado por
el Art.34 de la Ley 1395 de 2010.
El Peñol, 9 marzo 2015. Yadira
Ramírez Maturana. Sria.
EDICTO, EL JUZGADO QUINCE
CIVIL EL CIRCUITO MEDELLIN
ANT. REQUIERE: A GABRIEL PINO
VILLA, ubicado en la carrera 52 No.
42-73, Palacio de Justicia (Centro
Administrativo Alpujarra), piso 13,
oficina 1309. Tipo de proceso Ejecutivo conexo demandantes: León
Fernando Jaramillo Londoño, Edilma
Pulgarin Osorio, en nombre propio y
en representación de sus hijos Leydy
Alejandra y Jhon Fernando Jaramillo
Pulgarin. Demandados:Transportes la
Mayoritaria Guayabal y Cia. S.C..A.
Traslamaya y Gabriel Pino Villa.
radicado 2013-1144. Lo anterior so
pena de notificarse por medio de
Curador Ad-Litem y continuar el
trámite normal del proceso, hasta
su concurrencia o terminación.Se da este aviso de conformidad
con el art. 318 del C. de P. Civil.
Modificado por la ley 794 de 2003,
Medellín- Ant, marzo de 2015
16
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA
P UB LICA C I Ó N E L S U S C R ITO
S E C R E TA R I O D E L J U Z G A D O
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA
EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan derechos legítimos
relacionados con los predios, los
acreedores con garantía real y otros
acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como
las p ers o nas qu e s e con s ider en
afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos,
dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ABANDONADAS con radicado No.
05000312100220150000900, promovida por los señores JULIO
A L O N S O A G U I R R E PA R R A ,
BLANCA LIGIA GIRALDO AGUIRRE, GERMÁN DE JESÚS PARRA
GIRALDO Y LUZ MÉLIDA GIRALDO NOREÑA identificados
con C.C. No. 70.825.154, 21.777.358,
70.829.420 y 43.646.088, quienes
actúan por intermedio de apoderada judicial adscrita a la UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE
TIERRAS DESPOJADAS, con la
pretensión principal de que se les
proteja sus derechos fundamentales
a la restitución y formalización, y
se les restituya a ellos junto a su
núcleos familiares los inmuebles
denominados “La Esperanza”, “La
Yulieth” y demás innominados, que
se identifican con los folios de
matrícula inmobiliaria 018-53107,
018-92731, 018-149209, 018-71189
y 018-48698. De la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla,
respecto a las siguientes áreas de
terreno ubicadas en las veredas
Galilea, Quebradona Arriba y Malpaso, corregimiento Santa Ana del
Municipio de Granada: (i) Un predio denominado La Esperanza con
un área geográfica de 0,2981 m2,
identificado con la ficha predial
11206694 y la cédula catastral 3132-002-000-0012-00013-0000-0000,
que linda por el Norte “Partiendo
del punto 15 y siguiendo en línea
recta hasta el punto 16, con rumbo
nororiental y una distancia de 80.18
metros, con el predio del señor
Horacio Aristizábal.” Por el Oriente “Partiendo del punto 16 y siguiendo la línea quebrada que lo
une con los puntos 17 (rumbo suroriental), 11 (rumbo
suroriental), completando una distancia de 104,41 metros, con el
predio del señor William Quintero.”
Por el Sur “Partiendo del punto 12
y siguiendo en línea recta hasta el
punto 13, con rumbo occidental y
una distancia de 18.46 metros, con
un camino.” Por el Occidente “Partiendo del punto 13 y siguiendo la
línea quebrada que lo une con los
puntos 14 y 15, con rumbo noroccidental y distancia de 86.08 metros,
con el predio del señor Horacio
Aristizábal.” (ii) Un predio denominado La Yulieth con un área
geográfica de 0,6846 m2, identificado con la ficha predial 11206919
y la cédula catastral 313-2-002000-0013-00199-0000-0000, que
linda por el Norte “Partiendo del
punto 8 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 7
(rumbo SE), completando una distancia de 129.48 metros, con la
cuenca Quebradona Abajo.” Por el
Oriente “Partiendo del punto 6 y
siguiendo en línea recta hasta el
punto 4, con rumbo suroccidental
y una distancia de 33.3 metros, con
predio del señor Libardo Gómez.”
Por el Sur “Partiendo del punto 4
y siguiendo la línea quebrada que
lo une con los puntos 5 (rumbo
NW) y 1 (rumbo NW), completando una distancia de 48.64 metros,
con predio del solicitante. Partiendo del punto 1 y siguiendo la línea
quebrada que lo une con los puntos
14 (rumbo SW), 13 (rumbo NW),
12 (rumbo NE) y 11 (rumbo SW),
completando una distancia de 91.8
metros, con predio del señor Alonso Aguirre.” Por el Occidente “Par-
tiendo del punto 11 y siguiendo la
línea quebrada que lo une con los
puntos 10 (rumbo NW), 9 (rumbo
NE) y 8 (rumbo NW), completando
una distancia de 66.49 metros, con
predio del solicitante.” (iii) Un
predio innominado con un área
geográfica de 0,3117 m2, identificado con la ficha predial 11206139
y la cédula catastral 313-2-002000-0006-00097-0000-0000, que
linda por el Norte “Partiendo del
punto 29 en línea recta en dirección
nororiente hasta llegar al punto 28
en colindancia con el predio de
Eusebio Barco en una distancia de
54,38 metros, luego continuando
desde el punto 28 en línea recta en
dirección suroriente hasta llegar al
punto 27 en colindancia con el predio de Víctor Galeano en una distancia de 40,08 metros”. Por el
Oriente “Partiendo desde el punto
27 en línea recta en dirección sur
hasta llegar al punto 26 en colindancia con el predio de Víctor Galeano en una distancia de 15,36
metros, luego continuando desde
el punto 26 en línea recta en dirección sur occidente hasta llegar al
punto 25 en colindancia con el
predio de Eusebio Barco en una
distancia de 31,32.” Por el Sur
“Partiendo desde el punto 25 en
línea recta y en dirección Occidente hasta llegar al punto 24 en colindancia con el predio de Gildardo Álzate en una distancia de 39,66
metros”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 24 en línea recta en dirección Norte hasta llegar
al punto 29 colindando con el predio de Eusebio Barco en una distancia de 37,74 metros”. (iv) Un
predio innominado con un área
geográfica de 1,551 m2, identificado con la ficha predial 11206695
y la cédula catastral 313-2-002000-012-00014-0000-0000, que
linda por el Norte “Partiendo del
punto 9 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 10
y 11, con rumbo nororiental y una
distancia de 70.62 metros, con el
predio del señor Germán de Jesús
Parra.” Por el Oriente “Partiendo
del punto 11 y siguiendo en línea
quebrada que lo une con los puntos
12 (rumbo suroccidental), 1 (rumbo nororiental) y 3 (rumbo suroriental), completando una distancia
de 102.43 metros, con el predio del
señor Germán de Jesús Parra.” Por
el Sur “Partiendo del punto 3 y
siguiendo en línea recta hasta el
punto 4, con rumbo suroccidental
y una distancia de 167.08 metros,
con la quebrada Las Palomas.” Por
el Occidente “Partiendo del punto
4 y siguiendo la línea quebrada que
lo une con los puntos 5 (rumbo
nororiental) y 6 (rumbo noroccidental), completando una distancia
de 67.26 metros, con el predio del
señor Humberto Parra. Partiendo
del punto 6 y siguiendo la línea
quebrada que lo une con los puntos
7, 8 y 9, con rumbo nororiental y
una distancia de 101.16 metros,
con el predio del señor Salomón
Parra”, (v) Un predio innominado
con un área geográfica de 0,3884
m2, identificado con la ficha predial
11206919 y la cédula catastral 05
313-2-002-000-013-00199-00000000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 20 y siguiendo la
línea quebrada que lo une con los
puntos 19, 18 (rumbo nororiental)
y 23 (rumbo suroriental), completando una distancia de 113.54 metros, con el predio del señor Horacio Aristizábal.” Por el Oriente
“Debido a la geometría del área de
terreno georreferenciada, no se
determina colindancia para este
punto cardinal.” Por el Sur “Partiendo del punto 23 y siguiendo en
línea resta hasta el punto 22, con
rumbo suroccidental y una distancia de 100.39 metros, con camino
real. Partiendo del punto 22 y siguiendo en línea recta hasta el
punto 21, con rumbo noroccidental
y una distancia de 35.06 metros,
con predio del señor Efraín Giraldo”. Por el Occidente “Partiendo
del punto 21 y siguiendo en línea
recta hasta el punto 20, con rumbo
nororiental y una distancia de 41.23
metros, con el predio del señor
Horacio Aristizábal”. (vi) Un
predio innominado con un área
geográfica de 0,791 m2, identificado con la ficha predial 11206720
y la cédula catastral 313-2-002000-013-00007-0000-0000, que
linda por el Norte “Partiendo del
punto 1 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 5
(rumbo NE) Y 4 (rumbo SE), completando una distancia de 48.64
metros, con predio del señor Germán
de Jesús Parra GiraIdo.” Por el
Oriente “Partiendo del punto 4 y
siguiendo en línea recta hasta el
punto 3, con rumbo suroccidental
y una distancia de 22.47 metros,
con predio del señor Libardo Gómez.” Por el Sur “Partiendo del
punto 3 y siguiendo en línea recta
hasta el punto 2, con rumbo suroccidental y una distancia de 27.84
metros, con predio del señor Horacio Aristizábal”. Por el Occidente “Partiendo del punto 2 y siguiendo en línea recta hasta el punto 1,
con rumbo noroccidental y una
distancia de 24.16 metros, con predio del señor Julio Alonso Aguirre
Parra”. El presente edicto se fijará
por el término de quince (15) días
calendario en un lugar visible de
la Secretaría del Juzgado y se publicará por una (1) vez dentro del
mismo término, en el periódico El
Mundo, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el
Municipio de Granada-Antioquia.
A partir de la publicación en el
diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de
quince (15) días hábiles para la
presentación de los opositores, de
conformidad con el art. 88 de la
ley 1448 de 2011 en concordancia
con el literal e) del art. 86 ejusdem.
Medellín, dos (2) de marzo de dos
mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO
República de Colombia Rama
Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL
SUSCRITO SECRETARÍO DEL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan
derechos legítimos relacionados
con el predio, los acreedores con
garantía real y otros acreedores
de obligaciones relacionadas con
el predio, así como las personas
que se consideren afectadas por la
suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin
de que comparezcan a hacer valer
sus derechos, dentro de los quince
(15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN
y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS
ABANDONADAS con radicado No.
05000312100220130008900, promovido por los señores ALBEIRO
DE JESÚS GARCÍA CARDONA
y JORGE EDUARDO GARCÍA
GALLEGO identificados con C.C.
No. 3.575.321 y 70.163.846 respectivamente, quienes actúan por
intermedio de apoderados judiciales
adscritos a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN
DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS
DESPOJADAS, con la pretensión
principal de que se les proteja sus
derechos fundamentales a la restitución y formalización, y se les
restituya a ellos junto a su núcleos
familiares los inmuebles denominado “La tolda” y el innominado,
que se identifica con los folio de
matrícula inmobiliaria 018-60524.
De la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla, respecto a las
siguientes áreas de terreno ubicadas en la vereda Palmichal del
Municipio de San Carlos: (i) Un
predio denominado La Tolda con
un área geográfica de 2,5966 m2,
identificado con la ficha predial
18705864 y la cédula catastral 64902-001-000-0036-00012-00-00, que
parte del punto de inicio a “22 con
el punto final a 49620, colindando
con ANTONIO HERNÁNDEZ a
una distancia de 203.86.” Parte
del punto de inicio “49620 con el
punto final a 49608, colindando con
ALBEIRO GARCÍA a una distancia
de 125.56.” Parte del punto de inicio
a “49608 con el punto final a 49612,
colindando con VÍCTOR GARCÍA
a una distancia de 134.62.” Parte
del punto de inicio a “49612 con
el punto final a 22, colindando con
ROSA MORELIA YEPES a una
distancia de 203.97.” (ii) Un predio
innominado con un área geográfica
de 2,4865 m2, identificado con la
cédula catastral 649-02-001-0000036-00013-00-00, que linda por el
Norte “Partiendo del punto 15 en
línea recta quebrada dirección Este
con una longitud de 214,16 metros
colindando con la parcela a nombre
del señor Wilson Gutiérrez hasta
encontrar el punto No. 10”. Por
el Oriente “Del punto No. 10, SE
CONTINUA EN LINEA QUEBRADA
DIRECCIÓN Sur con una longitud
de 31,86 metros colindando con la
parcela a nombre del señor Horacio
García hasta encontrar el punto
No. 8, de este punto se continua
en línea quebrada dirección Sur
con una longitud de 163,23 metros
colindando con la parcela a nombre
del señor Javier hasta encontrar el
punto No. 4, de este punto se continua en línea quebrada dirección
Sur con una longitud de 113, 01
metros colindando con la parcela
a nombre del Señor Horacio García
hasta encontrar el punto No. 1.” Por
el Sur “Del punto No. 1 se continúa
en línea quebrada dirección Oeste
con una longitud de 35,62 metros
colindando con la parcela a nombre del Señor Alberto García hasta
encontrar el punto No. 23, de este
punto se continua en línea quebrada
dirección Oeste con una longitud de
115, 3 metros colindando con una
parcela a nombre del Señor Jorge
García hasta encontrar el punto
No. 18”. Por el Occidente “Del
punto No. 18 se continúa en línea
quebrada dirección Norte con una
longitud de 143,89 metros colindando
con la parcela a nombre del señor
Antonio Hernández hasta encontrar
el punto No. 15 y cierra así linderos.” El presente edicto se fijará
por el término de quince (15) días
calendario en un lugar visible de la
Secretaría del Juzgado y se publicará
por una (1) vez dentro del mismo
término, en el periódico El Mundo,
y por medio de una radiodifusora
de amplia sintonía en el Municipio
de San Carlos-Antioquia. A partir
de la publicación en el diario de
amplia circulación, comenzará a
correr el término de quince (15)
días hábiles para la presentación
de los opositores, de conformidad
con el art. 88 de la ley 1448 de
2011 en concordancia con el literal
e) del art. 86 ejusdem. Medellín,
cuatro (4) de marzo de dos mil
quince (2015). JORGE ELIECER
CARDONA JIMENEZ SECREARIO
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA
JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL
SUSCRITO SECRETARÍO DEL
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL
CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE
ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas
aquellas personas indeterminadas
o a quienes se crean con derechos
legítimos relacionados con los
predios en mención, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas
con ios predios, asi como las personas que se consideren afectadas
por la suspensión de procesos y
procedimientos administrativos,
con el fin de que comparezcan a
hacer valer sus derechos, dentro de
los quince (15) días siguientes a
esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN
DE TIERRAS ABANDONADAS
promovido por la señora OFELIA
ROSA GONZÁLEZ DE GIRALDO,
a través de apoderada judicial adscrita a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE
RESTITUCIÓN DE TIERRAS
DESPOJADAS - TERRITORIAL
ANTIOQUIA, con radicado 05000
31 21 002 2014 00044 respecto de
los siguientes inmuebles ubicados
en la vereda “El Roble” del municipio de Granada (Ant) denominados: (i) Inmueble denominado “Los
Naranjos” identificado con un área
de 0 has 4531 mts2, cédula catastral
No. 313-02-01-00-0007-021-00-00,
ficha predial No. 11203740 y matrícula inmobiliaria No. 018-147730
con linderos Norte: Partiendo del
punto 9 y siguiendo la linea que lo
une con los puntos 10 (rumbo nororiental), 11, 12 (rumbo sur-orien-
tal) y 13 (rumbo oriental), completando una distancia de 128.9 mts,
con el predio del señor Floro Guarín. Oriente: Partiendo del punto
13 y siguiendo por la línea lo une
con ios puntos 14, 15, y 16, 1, con
rumbo sur y una distancia de 52.81
mts, con el predio del señor Floro
Guarín. Sur: Partiendo del punto 1
y siguiendo por la linea que lo une
con los puntos 2 y 3, con rumbo
nor-occidental y una distancia 19.63
mts, con el predio del señor Gustavo Giraldo. Partiendo del punto
3 y siguiendo la linea que lo une
con los puntos 4 (rumbo sur-occidente), 5 (rumbo nor-occidental),
6 (rumbo sur-occidente), completando una distancia de 32.85 mts,
con el predio del señor Lorenzo
González. Partiendo del punto 7 y
siguiendo línea recta hasta el punto 8, con rumbo nor-occidental y
una distancia de 18.82 mts, con el
predio del señor Oscar Gómez.
Occidente: Partiendo del punto 8
y siguiendo en línea recta hasta el
punto 9, can rumbo nor-occidental
y una distancia de 41.92 mts, con
el predio del señor Floro Guarín.
(II) Inmueble Innominado identificado con un área de 0 has 2880
mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-011-00-00, ficha
predial No. 11203730 y matrícula inmobiliaria No. 018-88353
con linderos Norte: Partiendo del
punto 12 y siguiendo en linea recta hasta el punto 11, con rumbo
oriental y una distancia de 8.27
mts, con el predio del señor Carlos
E. Giralda. Oriente: Partiendo del
punto 11 y siguiendo y siguiendo
la línea que lo une con los puntos
10,9 (rurnbo-sur oriental) y 8 (rumbo sur-occidental), completando
una distancia de 64.81 mts con el
predio del señor Carlos E. Giraldo.
Partiendo de! punto 8 y siguiendo
en linea recta hasta el punto 7, con
rumbo sur y una distancia de 6.7mts,
con el predio del señor Tiberio
González. Sur: Partiendo del punto 7 y siguiendo la línea que lo une
con los puntos 6, 5 (rumbo suroccidental) y 4 (rumbo nor-occidental), completando una distancia
de 32.11 mts, con el predio del
señor Gustavo Giraldo. Occidente:
Partiendo del punto 1 y siguiendo
en línea recta hasta el punto 12,
con rumbo nor-oríentai y una distancia de 56.94 mts, con el predio
del señor Carlos E Giraldo. (til)
Inmueble Innominado LOTE A
identificado con un área de 0 has
930 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-027-00-00, ficha
predial No. 11203746 y matrícula
inmobiliaria No. 018-25661 con
linderos Norte: Partiendo del punto 7 hasta el punto 8, con rumbo
nororiental y una distancia de 41.93
mts, con el predio del señor Carlos
González. Oriente: Partiendo del
punto 8 y siguiendo en línea recta
hasta el punto 9, con rumbo suroccidental y una distancia de 18.3
mts, con el predio del señor Carlos
González. Sur: Partiendo del punto 9 y siguiendo la línea quebrada
que lo une con los puntos 1 y 2,
con rumbo suroccidental y una distancia de 29.67 mts, con el predio
del señor Floro Guarín. Partiendo
del punto 2 y siguiendo la línea
quebrada que lo une con los puntos
Y (rumbo NW), Z (rumbo NE), W
(rumbo NW) X (rumbo SW) Y 6
(rumbo NW), completando una
distancia de 33.01 mts, con el lote
B de esta misma solicitud. Occidente: Partiendo del punto 6 y siguiendo en línea recta hasta el
punto 7, con rumbo nororiental y
una distancia de 16.95 mts, con el
predio del señor Pedro González.
(IV) Inmueble innominado LOTE
B identificado con un área de 0 has
205 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-023-00-00, ficha
predial No. 11203742 y matrícula
inmobiliaria No. 018-147734 con
linderos Norte: Partiendo del punto 6 y siguiendo la línea quebrada
que une con los puntos X (rumbo
SE), W (rumbo NE), 2 (rumbo SE),
Y (rumbo SE), completando una
distancia de 33.01 mts, con el Lote
A de esta misma solicitud. Oriente:
Debidos a la geometría de este lote
no se reconoce colindante por este
punto cardinal. Sur: Partiendo del
punto 2 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 3
y 4, con rumbo suroccidental y una
distancia 23.38 mts, con el predio
del señor Floro Guarín. Occidente:
Partiendo del punto 4 y siguiendo
la línea quebrada que lo une con
los puntos 5 y 6, con rumbo nororiental y una distancia de 16.4 mts,
con el predio del señor Pedro González. (V) Inmueble Innominado
identificado con un área de 0 has
431 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-063-00-00, ficha
predial No. 11203781 y matrícula
inmobiliaria No. 018-147737 con
linderos Norte: Partiendo del punto 4 y siguiendo la línea que lo une
con los puntos 5,6 (rumbo nororiental, 7, 8 y 9 (rumbo sur - oriental) completando una distancia de
30.38 mts, con el predio del señor
Albeiro Guarín. Oriente: Partiendo
del punto 9 y siguiendo la línea
que lo une con el punto 10 (rumbo
sur - oriental) y 1 (rumbo sur -occidental) completando una distancia de 28.83 mts, con el predio del
señor Orlando López. Sur: Partiendo del punto 1 y siguiendo en linea
recta hasta el punto 2, con rumbo
sur-occidental y una distancia del
15,16 mts con el predio del señor
Carlos González. Occidente: Partiendo del punto 2 y siguiendo la
linea que lo una con el punto 3
(rumbo nor-oriental) y 4 (rumbo
nor-occidental) completando una
distancia de 14.65, con el predio
del señor Jairo Gómez. (VI) Inmueble Innominado identificado con
un área de 0 has 1622 mts2, cédula catastral No. 313-02-01-00-0007064-00-00, ficha predial No.
11203730 y matricula inmobiliaria
No. 018-147738 con linderos Norte: Norte: Partiendo del punto 5 y
siguiendo en línea recta hasta el
punto 6, con rumbo nor-oriental y
una distancia de 33.91 mts, con el
predio del señar Albeiro Guarin.
Oriente: Partiendo del punto 6 y
siguiendo la línea recta hasta el
punto 1, con rumbo sur-oriental y
una distancia de 48.47 mts, con el
predio del señor Albeiro Partiendo
del punto 1 y siguiendo en linea
recta hasta el punto 2, con rumbo
sur-occidental y una distancia de
24.71 mts, con el predio del señor
Marco Piedrahita. Sur: Partiendo
del punto 2 y siguiendo por la linea
que lo une con los puntos 3 y 4,
con rumbo ñor-occidental y una
distancia de 26.96 mts, con el predio del señor Fernando López. (En
comunicación telefónica de la cual
se anexa constancia, ¡a solicitante
aclaró que su colindante es el señor
Orlando López, aunque al momento de la georreferenciación en campo se registró el nombre Fernando
López y así quedó en la copia de
cartera de campo, acta de colindando y plano de georreferenciación.). Occidente: Partiendo del
punto 4 y siguiendo en línea recta
hasta el punto 5, con rumbo noroccidental y una distancia de 33.75
mts, con el predio del señor Albeiro Guarin. El presente edicto se
fijará por el término de quince (15)
días calendario en un lugar visible
de la secretaría del Juzgado y se
publicará por una (1) sola vez, en
el periódico “El Mundo”, y por
medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio de
Granada (Aníioquia). A partir de
la publicación en el diario de amplia
circulación, comenzará a correr el
término de quince (15) días hábiles
para la presentación de las oposiciones, de conformidad con el art.
88 de la ley 1448 de 2011 en concordancia con el literal e) del art.
86 ejusdem. Medeilín, dos (2) de
marzo de dos mil quince (2015).
JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA
JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS ITINERANTE
– ANTIOQUIA EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO
CIVIL CIRCUITO ESPECIALIZADO
EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS
ITINERANTE - ANTIOQUIA, HACE
SABER: A las personas que tengan
derechos legítimos relacionados
con el predio, los acreedores con
garantía real y otros acreedores
de obligaciones relacionadas con
el predio, así como también a las
personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos
y procedimientos administrativos.
Que este despacho mediante auto
interlocutorio N° 025-20 dei trece
(13) de Febrero de dos mil Quince
(2015), ADMITIÓ la solicitud de
RESTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN
DE TIERRAS DE LAS VICTIMAS
DEL DESPOJO Y ABANDONO FORZOSO, con radicado N° 05-000-3121-101-2015-00007-00, instaurada
por GABRIEL ÁNGEL MUÑERA
CHAVARRÍA, identificado con la
cédula de ciudadanía Nro. 8.308.307
de Medellín, Antioquia, quien actúa
en calidad de Ocupante. A través
de apoderada judicial adscrita a la
Unidad Administrativa Especial de
Gestión de Restitución de Tierras
Despojadas. La presente solicitud
recae sobre el bien inmueble, ubicado
en el Departamento de Antioquia,
municipio de San Carlos, Veredas
“CAPOTAL” y “PABELLÓN”, el
cual se describe a continuación:
PREDIO “Innominado”Departamento:
Antioquia Municipio: San Carlos
Veredas: Pabellón y Capotal Oficina de Registro: Marínilla (Ant)
Matricula Inmobiliaria: 018-149198
Naturaleza del Predio: Rural Código
Catastral: 649-2-01-00-010-001-0000 y 649-2-01 -00-007-006-00-00
Área Registrada: 6 Ha 9687 m2 Relación Jurídica de la Solicitante con
el Predio: Ocupante COORDENADAS GEOGRÁFICAS Punto 5 6 7
8 9 10 13 14 16 26 23 22 21 24 25
20 19 18 17 15 28 27 1 2 3 4 5 11
12 Longitud 75º 2’ 34.47” W
75º 2’32.86 “ W 75º 2’ 30.72” W
75° 2’ 29.73” W 75° 2’ 29.36” W
75º 2’28.55” W 75° 2’ 27.01” W
75º 2’24.41” W 75° 2’ 22.57” W
75° 2’ 27.85” W 75º W 27.89” W
75° 2’27.76” W 75º 2” 26.08” W
75º 2’26.66” W 75” 2’ 25.48º W
75” 2’ 22.87” W 75º 2’22.02” W
75º 2” 21.74” W 75º 2’ 21.26” W
75º 2’ 23.34” W 75º 2’ 26.27” W
75º 2’27.94” W 75º 2’30.50” W 75º
2’ 30.32” W 75°2’ 31.18” W 75”
W 32.58” W 75° T 34.47” W 75º 2”
29.46” W 75º 2’ 29.25º W Latitud
6° 8’3.47” N 6º8’4.04” N 6º 8’
2.41” N 6º8’ 1.39” N 6º 8’ 1.95”
N 6º 8’ 1.74” N 6º 8’ 1.50” N 6°8’
1.84” N 6º 8’4.17” N 6º 8’ 5.57”
N 6º 8’ 7.06” N 6º 8’ 9.46” N 6º
8’ 9.47” N 6º 7’ 74” N 6º 8’ 7.07”
N 6º 8’ 7.69” N 6º 8’ 5.99” N 6º 8’
6.79” N 6º 8’ 5.66” N 6º 8’0.80”
N 6º 7’ 55.46” N 6° 7’ 55.05” N
6º 7’ 55.02” N 6° 7’ 56.25” N 6°
7” 56.94” N 6º 8’0.66” N 6° 8”
3.47” N 6º 7’ 59.44” N 6º 7’59.45”
N LINDEROS Y COLINDANTES
DEL PREDIO SOLICITADO A continuación, se realiza una descripción
detallada de los linderos, de acuerdo
a la información fuente relacionada
en el informe de GEORREFERENCIACIÓN EN CAMPO UAEGRTD:
NORTE: Partiendo del punto 5 y
siguiendo la línea quebrada que lo
une con los puntos 6 (rumbo NE)
y 7 (rumbo SE), completando una
distancia de 135.04 mts., con predio
del cual el solicitante desconoce el
propietario. Partiendo del punto 7
y siguiendo la linea recta hasta el
punto S, con rumbo suroriental y
una distancia de 43,73 mts., con
predio del señor Luis Albeiro Cua-
dros Gómez. Partiendo del punto 8
y siguiendo la linea recta hasta el
punto 9, con rumbo nororiental y una
distancia de 20,72 mts., con predio
del cual el solicitante desconoce el
propietario. Partiendo del punto 9 y
siguiendo la linea quebrada que lo
une con los puntos 10, 13 (rumbo
SE), 14, 16 (rumbo NE), y 26 (rumbo
NW), completando una distancia de
413,61 mts., con predio del señor
Luis Albeiro Cuadros Gómez. Partiendo del punto 26 y siguiendo la
línea quebrada que lo une con los
puntos 23 y 22, con rumbo norte y una
distancia de 118,63 mts., con predio
del cual el solicitante desconoce el
propietario. Partiendo del punto 22
y siguiendo la linea quebrada que
lo une con los puntos 21 (rumbo E),
24 (rumbo SW), 25 (rumbo SE) y
20 (rumbo NE), completando una
distancia de 231.98 mts., con
predio del cual el solicitante
desconoce el propietario. Partiendo
del punto 20 y siguiendo la linea
quebrada que lo une con los puntos
19, 18 y 17, con rumbo surorienial
y una distancia de 82,1 mts., con
predio del señor Héctor, de quien
el solicitante desconoce el apellido.
ORIENTE: Partiendo del punto 17
y siguiendo la línea quebrada que
lo une con los puntos 15 y 28, con
rumbo suroccidental y una distancia
de 349.66 mts., con predio del cual
el solicitante desconoce el propietario.
SUR: Partiendo del punto
28 y siguiendo la linea quebrada que
lo une con los puntos 27 y 1, con
rumbo suroccidental y una distancia de 131,86 mts., con predio del
señor Ivan García. OCCIDENTE:
Partiendo del punto 1 y siguiendo
la linca quebrada que lo une con los
puntos 2 (rumbo NE) y 3 (rumbo
NW), completando una distancia de
72,1 mts., con via intermunicipal,
Partiendo del punto 3 y siguiendo
la linea quebrada que lo une con
los puntos 4 y 5, con rumbo noroccidental y una distancia de 226.22
mts., con predio del señor Néstor
Morales. Lo anterior, para que comparezcan al proceso y hagan valer
sus derechos dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes a la
presente publicación, al Juzgado
Civil del Circuito Especializado en
Restitución de Tierras Itinerante de
Antioquia, ubicado en la Calle 53
Nro. 45 - 112. Edificio Colseguros.
Piso 3. Medellín. El núcleo familiar
al momento del desplazamiento, se
encontraba conformado su cónyuge
María Angélica Jiménez de Munera
y sus hijos Gloria Elena, Ezequiel,
heidy Julieth y Santiago Munera
Jiménez. Medellín, 16 de Febrero
de 2015. Publicación fijada en la
secretaria del despacho el dia 17
del mes de Febrero de 2015 a las
8:00 a.m. JOHN FREDY LONDOÑO
GONZALEZ Secretario
JUZGADO DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN BELLO ANTIOQUIA
EMPLAZA A GLORIA PATRICIA
ZAPATA GALLEGO en calidad de
Demandada dentro del proceso de
liquidación sociedad conyugal instaurada por el demandante Arol Wilson
Restrepo Rodríguez Radicado 201400103. Se advierte a la Emplazada
que de no comparecer dentro de los
15 días siguientes a esta publicación
se le designará Curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
Art. 318 CPC.
Juzgado 1 de Familia de Descongestión Itagüí. Rdo. 2014-00272. Hace
Saber a Andrés Felipe Vargas Osorio,
para que en el término de 15 días
contados a partir de la publicación
del presente edicto, comparezca por
sí o por medio de apoderado judicial
a recibir notificación personal del
auto admisorio de la demanda de
Liquidación de la Sociedad Conyugal instaurada en su contra por
Leydy Yurley Vásquez Espinosa. Se
le advierte al emplazado que si no
comparece en el término señalado
se le designara Curador Ad-Litem
con quien se surtirá la notificación
y el trámite del proceso. Itagüí,
09/03/2015. Clara Marcela Álzate
Cardona. Secretaria.
Juzgado 2 Civil Municipal de Oralidad
Itagüí. Rdo.: 2014-01968-00. Hace
Saber que por auto del 30/10/2014 y
a petición de Miguel Ángel Restrepo
Álvarez y Gloria Restrepo Álvarez, se
declaró abierto y radicado el proceso
de Sucesión Doble e Intestada de
María Álvarez Viuda de Restrepo y
Roberto Restrepo Restrepo, quienes
murieron en Itagüí el 31/03/2005 y
el 10/05/1952 respectivamente y que
tuvieron su último domicilio y asiento
de sus negocios en este municipio.
Consecuente con lo anterior y de
conformidad a lo dispuesto en los
Art. 589 y 318 del C.P.C. Se Emplaza
a todas aquellas personas que se
crean con derecho a intervenir en
el proceso sucesoral de la referida
persona. Itagüí, 15/01/2015. Fijado
el 16/01/2015 a las 8:00 a.m. María
Lucely Rodríguez. Secretaria.
Notaria 1ª de Itagüí, Emplaza a
los que se crean con derecho en la
Sucesión de Carmen Emilia Álzate
Castaño C.C. 21.621.970 y Alejandro García Baena C.C. 3.435.742
Aceptó el trámite acta No. 35 del
11/03/2015. Art. 3º. del Dcto. 902/88.
Fijado 12/03/2015 a las 8 a.m. Jaime
Andrés Madrid. Notario (E).
Notaria 1ª de Itagüí, Emplaza a los que
se crean con derecho en la Sucesión
de Antonio José Betancur Velásquez
C.C. 649.642. Aceptó el trámite acta
No. 18 del 13/02/2015, posteriormente
acta No. 32 del 04/03/2015. Art. 3º.
del Dcto. 902/88. Fijado 05/03/2015
a las 8 a.m. Jaime Andrés Madrid.
Notario (E).
Juzgado 2 Promiscuo Municipal de
Caldas Ant. Rdo. 2014-273. Emplaza
a José Manuel Patiño Echeverri para
que comparezca a este despacho a
recibir notificación personal del auto
que libro mandamiento de pago el
04/07/2013 en el proceso Ejecutivo
Hipotecario instaurado en su contra
por Consuelo del Socorro Gil Arango.
Se le advierte al Emplazado que si no
comparece en el término de 15 días
se le designará Curador Ad-Litem
con quien se surtirá la notificación.
Jesús Hernán Puerta Jaramillo. Juez.
Juzgado civil laboral del circuito
caucasia ant emplaza Javier Augusto
Lozano Rivas proceso ejecutivo
singular de mayor cuantía demandante Banco Agrario de Colombia s.a
demandado Javier Augusto Lozano
Rivas rdo 2013-00128-00 para que
comparezca a notificarse del auto
que libra mandamiento de pago en su
contra dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la publicación del
listado que se hará en los periódicos
el tiempo o el mundo en caso de no
comparecer se le advierte que se le
designara curador ad-litem con quien
se surtirá la notificación consecuente
con lo anterior disponga la parte
interesada la publicación a través
de uno de los medios expresamente
señalados en los términos del art 318
del c.p.c caucasia febrero 23/2015
Sandra Cartagena A juez
Juzgado 2 laboral de descongestión
para procesos ejecutivos del circuito de Medellín febrero 18/2015 el
juzgado 2 laboral de descongestión
para procesos ejecutivos del circuito
de Medellín emplaza al sr Héctor
Fabio Barrera Ángel a fin de que
comparezca al despacho para surtir
la notificación personal del auto que
libro mandamiento de pago en el
proceso ejecutivo laboral interpuesto
en su contra por Porvenir s.a con rdo
050013105-13-2009-00609-00 en
el cual se nombro curador ad-litem
conforme al art 29 del código procesal
del trabajo y de la seguridad social
modificado por la ley 712/2001 art
16 sírvase comparecer5 al despacho
dentro de los 15 días siguientes a la
publicación del presente edicto so
pena de continuar el proceso con el
curador ad-litem que se le nombro
el despacho se ubica en la ciudad de
Medellín en la cra 50 No 51-23 piso
2 ed mariscal sucre Andrés Duque
Acevedo serio ad-hoc
Edicto art 318 del c.p.c (2013-00315)
el juzgado 1 civil del circuito de
bello ant emplaza a John Wallace
Osorio Chaverra por intermedio
de su R/L Orlando de Jesús Osorio
salinas (por ser menor de edad) en
calidad de heredero determinado de
María Marleny Chaverra Castrillon
para que comparezcan por si o por
medio de apoderado judicial idóneo
a recibir notificación personal de la
existencia del crédito en la demanda
ejecutiva hipotecaria instaurada por
Eugenio David Andrés Prieto Quintero
como endosatario en prococuracion
de Silvia Helena Gómez Vanegas y
en contra de John Wallace Osorio
Chaverra en calidad de heredero determinado de María Marleny Chaverra
Castrillon y en contra también de los
herederos indeterminados de esta el
emplazamiento se entiende surtido
15 días después de la publicación
del listado y si los emplazados no
comparecen se les designara curador
ad-litem con quien se surtirá la
notificación y se llevara el proceso
hasta su final bello marzo 13/2015
Gustavo Adolfo Ramírez Serna serio
Juzgado 2º de Familia de Oralidad
MedellínRdo:2014-865 Hace Saber:
Que por Sentencia del 06/02/15,
debidamente ejecutoriada, se decretó
la Interdicción por discapacidad
mental absoluta de MARÍA LUISA
FRANCO ZAPATA C.C. 42.761.381
y se designó a su hermano FABIO
FRANCO ZAPATA C.C.3.325.898,
como su Curador General Legítimo.
Medellín, 20/02/15.Mabel AlejandraMarín C. Sria
Juzgado 1º de Fliade Descongestión
Med. Rdo: 2014-427 (Art. 446 del
C.P.C.) Emplaza a las personas que
se crean con derecho al ejercicio de
la guarda, de la presunta incapaz,
María Esperanza Arboleda Montoya
y que consideren que deben ser oídos
en este trámite Manifestando su
interés, o no, en asumir la guarda
de la presunta incapaz y se hagan
presente ante este Juzgado ubicado
en la Cra. 50 con Cll.54 51 Ed.
Auto Palacé Piso 6 Medellín-Ant.
Medellín enero/15. Carlos Humberto
Vergara AgudeloSrio
Juzgado 2º Civil Mpal de Oralidad de
Itagüí Rdo: 2015-00219 EMPLAZA
a los Herederos Indeterminados del
causante Ernesto de Jesús Agudelo
Vélez, con citación de Berenice
del Socorro Guzmán, en calidad
de cónyuge sobreviviente y David
Agudelo Guzmán como Heredero
Determinado, para que comparezcan
al Juzgado a oír notificación personal del auto del 03/03/15, y hagan
valer sus derechos en la Sucesión
Ilíquida dentro del proceso Verbal
de Mayor y Menor Cuantía que en
su contra les instaura Víctor José
Franco Vargas. Transcurridos 15
días después de la publicación del
listado, si los emplazados no se
presentan, se nombrará un curador
Ad-litem, con quien se surtirá la
notificación. De conformidad con
el Art. 318 del C.P.C., Modificado
por el Art. 30 Ley 794/2003. María
Lucely Rodríguez Berrío. Sria.
Edicto EmplazatorioJuzg 1º de Flia
Descongestión Itagüí-Ant. R/201300743 Hace Saber: a Néstor David
Yepes, para que en el término de 15
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca
por sí, o por medio de apoderado
judicial a recibir notificación personal
del auto admisorio de la demanda
Liquidación de la Soc. Conyugal
instaurada en su contra por Mary
Sol GallardoSepúlveda. Si en este
término el emplazado o interesado
no comparece se le designará un
Curador Ad-Lítem, con quien se
surtirá la notificación y el trámite
del proceso. De conformidad con
lo dispuesto por el Art. 318 del
C.P.C. Mod., Art. 30 Ley 794/2003.
Itagüí, 11/03/15.Clara Marcela Alzate
Cardona Sria
Juzg 2º Civil Ccto de Oralidad Itagüí R/2014-0209 EMPLAZA a los
accionados Unity Network Inmobiliaria Ltda. y Juan Esteban Parra
Franco, para que comparezcan a
este Juzgado, a fin de notificarles
el auto que libró mandamiento de
pago en su contra, promovida por
Andamios y Encofrados S.A.S. Si
transcurridos 15 días después de la
publicación del listado, los emplazados no se presentan, se designará
Curador Ad-litem, con quien se surtirá
la notificación y se continuará el
proceso. Conforme con el Art. 318
del C.P.C. Mod., por el Art. 30 Ley
794/03.Hernán Darío Rodas A.Srio
Juzgado 1º Civil Circuito de Itagüí
Rdo: 2014-00112 EMPLAZA a los
Herederos Indeterminados de los
fallecidos María Amantina Ortiz
Blandón y Carlos Eduardo Restrepo
Londoño, para que comparezcan al
Juzgado a fin de notificarles personalmente el auto admisorio de la
demanda, la reforma de la demanda,
y la adición a la admisión de la
reforma, en el proceso Declarativo
de pertenencia, instaurado por María
Berenice Restrepo de Barrera, en
contra de GALPÓN GUAYABAL S.A.,
EN LIQUIDACIÓN, representado por
Pablo Arango Álvarez, los Herederos
Determinados de María Amantina
Ortiz Blandón y Carlos Eduardo
Restrepo Londoño, quienes son:
Gabriel Arcángel, Martha Cecilia,
Carlos Darío, María Evelia, Rosa
Elisa, Ángela del Socorro, Francisco
Javier y Gladys Inés Restrepo Ortiz,
el Municipio de Itagüí, y Personas
Indeterminadas.Transcurridos 15 días
después de la publicación del listado,
si los emplazados no se presentan,
se designará un Curador Ad-Lítem,
con quien se surtirá la notificación.
Art. 318 del C.P.C. Modificado por
el Art. 30 Ley 794/2003. Marco Fidel
Ochoa Mejía Srio
Juzg 11º Civil Mpal Descongestión
Med. Origen Juzg 21º Civil MpalMed. R/2013-01086 EMPLAZA a
Ana Cecilia del Socorro Londoño
Marulanda para que comparezca al
Juzgado ubicado enCra.50 Nº 51-23
Piso 5º Ed.Mariscal Sucre Med.,a fin
de notificarle el auto del 10/09/13
que libró mandamiento de pago en
su contra, dentro del procesoEjecutivo Mixto, promovido por Bco.
FinandinaS.A.Transcurridos 15 días
después de la publicación del listado,
si la emplazada no se presenta, se
designará un Curador Ad-Lítem, con
quien se surtirá la notificación y se
continuará con el proceso hasta su
final. Art. 318 del C.P.C. Modificado
por el Art. 30 Ley 794/2003.Edwin
Andrés Bedoya Lema. Srio.
Juzg 5º Civil Mpal Descongestión
Med. R/2013-01034 Emplaza a Edgar Mauricio Velásquez Valencia
c.c. 70.559.903 para que comparezca al Juzgado ubicado enCra.50
Nº 51-23 Ed.Mariscal Sucre, piso
6,Of.605 Med.,a fin de notificarle
personalmente el auto del 15/11/13
que libró mandamiento de pago
en su contra, y a favor de BcoFinandina S.A. dentro del proceso
Ejecutivo Singular. Transcurridos
15 días después de la publicación
del listado, si el emplazado no se
presenta, se designará un Curador
Ad-Lítem, con quien se surtirá la
notificación y se continuará con el
proceso hasta su final. Art. 318 del
C.P.C. Modificado por el Art. 30
Ley 794/2003.Ana María Arroyave
Londoño .Srioa
Juzg, 5° C. del Circuito de Oralidad
de Med,emplaza: A quienes se crean
con derechos sobre el bien inmueble
que más adelante se describirá, para
que los hagan valer dentro de la
demanda verbal (pertenencia por
prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueve
Silvia Elena Cano Zapata contra
Darío Antonio, Levilíer de Jesús,
Luz Marleny, Raúl Antonio y Germán
Antonio Ramírez Sánchez; Katerine,
Tatiana y Xiomara Ramírez Soto y
demás Personas Indeterminadas que
se crean con derechos sobre el bien a
usucapir, dentro de los 15 días sigtes
a la fecha en que quede surtido el
emplazamiento. El bien a usucapir es
el siguiente: 2º y 3º piso Apto #301
de la cra 101 #48A-29 de Med, que
linda: Por debajo, losa de concreto
con el primer nivel con el 1er piso,
el 2°nivel el 1er nivel por Encima,
losa de concreto el 1° nivel con el
2° y el 2° nivel con la cubierta del
ed.; por el Frente u Oriente, fachada
con la cra 101; por atrás u Occidente,
muro de cierre con casa vecina; por
el Norte, con muro de cierre con casa
vecina 48A-33 y por el otro costado
o Sur, muro de cierre casa vecina
48A-33 y por el otro costado o Sur,
muro de cierre casa vecina #48A-27.
Área 1er nivel 20.89m2. 2° nivel
38.40m2, altura 2.50m. Cada nivel.
M. I. #001-680918.Se advierte a los
emplazados que si no comparecen
dentro del término señalado, se les
designará un curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación y
se continuará el proceso. Fijado el
04/03/2015 a las 8 a.m. este edicto
por 20 días en un lugar visible de la
sría del Juzg y se entenderá surtido
15 días después de su desfijación.
Arts. 407 y 318 del CPC., Med,
01/12/2014, Wendy Yurany Quintero
Marin. Sria 2014/01391
El Juzg, 1° C. del Circuito de Descongestión de Bello Ant. Emplaza:
a todas las personas indeterminadas
que se crean con derecho sobre el
bien inmueble objeto de la litis, para
que dentro del término de fijación de
este Edicto, que es de 20 dias y 15
días más a su desfijación, concurran
al proceso ordinario de pertenencia
con pretensión de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio,
37
instaurado Por Ofelia del Socorro
Hernández Escobar contra Rosalba
Murillo Suarez y demas personas
indeterminadas. El bien inmueble
objeto de la Litis, corresponde al
Apto 301: ubicado en Bello-Ant
enfrente a la cl 54, y está marcado
en su puerta de entrada principal
con el #50 -33 de la nomenclatura
oficinal, con un área construida de
72.89m2, un área de patio de 2.73m2,
una altura promedio de 2.4, que
linda: por el frente, con la cl 54 y
muro que da a zona de escalas; por
un costado, con parte del predio de
Gabriel Madrid de Ortega; por el
otro costado, con muro común que
lo separa del apto 302 y muros que
dan al patio del apartamento 50-31
y zona de escalas, por la parte de
atrás, con muros que dan al patio
del local 50-29 y apto 50- 31, muro
de uso común que lo separa del
apto 302 y muro que da a zona de
escalas; por el nadir, con la placa
de uso común que forma parte del
techo del apto 201 y por el cenit,
con la cubierta que forma el techo
del ed. M. I. 01N-5051708. -2.
Apto 302: ubicado en Bello-Ant,
marcado en su puerta de entrada
principal con el # 50-33,de la nomenclatura oficial de la cl 54, con
un área construida de 82.67m2, área
de patio de 2.97m2, altura promedio
de 2.4 m., que linda: por el frente,
muro de uso común que lo separa
del apto 301 y muro que da a zona
de escalas y circulación y muros que
dan a patios de local 50-29 y apto
50-31 y 201, por un costado, con
parte del predio de Gabriela Madrid
de Ortega, y muros que dan al patio
del local 50-29, aptos 50-31 y 201 y
muro de uso común que los separa
del apto 301; por el otro costado,
con parte del predio de Margarita
Rojas de Ortega, muros que dan a
patios del local 50-29, apto 50-31 y
201; por la parte de atrás, con parte
del predio de María espinal y muros
que dan a patios de aptos 50-31 y
201; por el nadir, con placa de uso
común que forma parte el techo
del apto 201 y por el cenit, con la
cubierta qué forma el techo del ed.
Este apto lo adquirió mi mandante,
por compra que hace a Héctor Milagros Gutiérrez Correa, acto realizado
el 06/06/2003, por escritura 1161,
Este apto está físicamente unido al
apto 301. Esto es, no está separado
físicamente. Al momento de la Inspección Judicial, se podrá constatar
que estos dos apartamentos forman
una unidad, que se identificarla así,
en forma genérica, sin perjuicio de
lo que relacione al momento de la
Inspección Judicial: 3° piso: frente
con la cl 54, predio marcado en su
entrada principal con el #50-33 de
la nomenclatura oficial urbana. Por
un costado con predio de Gabriela
Madrid de Ortega, Por el fondo con
muros que dan al patio del local 50-29
y apto 50-31 y parte del predio de
Maria Espinal; por el otro costado
con parte del predio de Margarita
Rojas de Ortega, muros que dan a
patio del local 50-29 y apto 50-31
apto 201 ; por el cénit con la cubierta
que forma parte del techo del ed.
y por el nadir con la placa de uso
común que forma parte del techo del
apto 201 Transcurrido 15 días sigtes
a la desfijación de este edicto, se
entendera surtido el emplazamiento
respecto de las personas indeterminadas, a quienes se designará un
curador ad-litem, quien ejercerá
el cargo hasta !a terminación del
proceso. Fijado 06/03/2015 a las 8
am., desfijado el 10/04/2015 a las
5 pm., Gustavo Adolfo Ramírez S.
Srio Edicto Emplazatorio Art. 407
CPC. R/2013-00537
El Juzg, 5° C. Mpal de descongestion de Med, ubicado en la cra 50
#51-23 piso. 6 of. 605 Emplaza a
German Alberto Ruiz Vallejo para
que comparezca en los 15 dias siguientes a esta publicación, a recibir
notificación del auto del 07/10/2013
que libro mandamiento de pago y
auto del 14/07/2014 que admite la
sustanciación de la demanda en favor
de Humberto Corrales Restrepo y
en contra del emplazado. R/ 20131037, proceso ejecutivo, Se advierte
al emplazado que si no comparece
dentro del termino indicado se le
designara curador ad-litem, con quien
se surtirá la notificación. Conforme
Art, 318 CPC., Juzg, de Origen C.
Mpal de Med.
38
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
proceso ejecutivo Dte: FORMEX
SAS., R/2014-1744, el emplazamiento
se entenderá surtido transcurrido 15
dias después de la publicación, si la
demandada no comparece al juzg,
dentro de este tiempo se procederá con
la designación de curador ad-litem.
Med, 27/02/2015 Lina Margarita
Hincapie L. Sria.
El Juzg, 6° Mpal de Pequeñas Causas
Laborales de Med, ubicado en la Cra
52 #43-50. Piso 3., emplaza A Carlos
Mario Rada Pérez, o quien haga sus
veces, en calidad de representante
legal de la sociedad Talento Efectivo
S.A., dentro del proceso que cursa
contra la sociedad Talento Efectivo
S.A.. para que dentro del termino
de 15 días se presente a recibir notificación del auto admisorio de la
demanda ordinario laboral de única
instancia con R/006- 2014-00363 00
instaurada por Daniel Yessid Zapata
Escobar y haga valer sus posibles
derechos. Este edicto conforme Art.
29 del C de P. Laboral, mod por el
Art. 16 de la Ley 712 de 2001, concordado con art. 108 del C.G.P y se
publicara en el periódico El Mundo,
El Colombiano o El Tiempo, el día
domingo. Se le advierte al emplazado,
que se le ha designado curador para
que represente los intereses de la
sociedad Enlace Textil Y Cia Ltda.
En las diligencias. Med, 29/01/2015,
Diana Chavarria Balvin Srio.
El Juzg 4° C. Mpal de Descongestión ubicado en la cra 50 #51-23,
Of. 604 ed. mariscal sucre 6° piso,
Tel. 513-13-54 Emplaza: A Miryam
Vélez Rojo y William De Jesús Sierra Acosta, con cc. No. 32.474.117
y 70.066.141 respectivamente, en
calidad de acreedores hipotecarios
de los demandados Jeny del Socorro
Villa Gaviria y Willam Orlando Muñoz
Baron, para que comparezcan con el
fin de notificarles personalmente el
auto del 13/09/2013 donde se ordenó
su citación a fin de que hagan valer
su crédito, sea o no exigible, dentro
del proceso ejecutivo instaurado
por Arrendamientos Santa Fe E.U.
R/023-2013-00751. Emplazamiento
conforme art. 318 del CPC y se
expide copia para la publicación
por el periódico el colombiano, el
Mundo, el día Domingo o la emisora
Caracol. Se entenderá surtido el
emplazamiento, transcurridos 15
días después de su publicación y
se le advierte a los emplazados que
si no comparece dentro del término
señalado, se le designará un Curador
Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Med, 02/03/2015 Natalia
Vargas S. Sria. Juzg, de origen el
23 C. Mpal de Med.
El Juzg 1° C. Mpal de Oralidad Med.
emplaza: A quienes se crean con
derecho a intervenir en la Sucesión
Doble e Intestada de Ramón Elías
Henao Pulgarín y María Noemi López
de Henao, fallecidos el 27/06/2001
y 31/01/2012,respectivamente, en
Med, lugar de su último domicilio,
para que hagan valer sus derechos
en la oportunidad prevista para ello.
Art. 589 del CPC. Abierta y R/201400089-, el 24/09/2014. Fijado el
13/03/2015 a las 8 am. Desfijado
el 27/03/2015 a las 5 pm., Pablo
Andrés Franco Benítez Srio. Med
08/10/2014.
Juzg, 19 C. Mpal de Oralidad de Med,
emplaza y demanda a Sandra maría
Salazar Valasquez cc, 43826804 y
la empresa juridica SMS Viajes y
Turismo SAS nit. 900591757-6.,
representante legal Sandra maría
Salazar Valasquez o por quien haga
sus veces , proceso ejecutivo dte:
Lezlie Wonder Berrio Cano. Auto
que libro Mandamiento de pago
del 18/07/2014, el emplazamiento
se entenderá surtido transcurridos
15 días después de la publiocacion
del listado Lucia Hincapie Lopez
Sria. Según art, 318 ibidem mod,
por el art, 30 de la ley 794/2003.
Elaborar publicación en el diario
el colombiano o el mundo
Juzg, 19 C. Mpal de Med, Emplaza:
Art, 318 del CPC., emplaza y demanda
A: Airmax MG SAS., representada
legalmente por Liliana Maria Orrego
hernandez o quienes haga sus veces
Juzg, 8° de Flia de Med de Oralidad
Avisa En providencia dictada el
18/02/2015, se decretó la interdicción
provisoria por discapacidad mental
de Maria Victoria Santana Hernández
y se designado como Curadora Legítima Provisoria a su hermana Lucia
Santana de Hidalgo c.c #21.508.082,
dentro del proceso de Jurisdicción
Voluntaria de “Interdicción por Discapacidad mental” R/2015-00119. Se
cita igualmente a los parientes que
se crean con derecho al ejercicio de
la guarda de Maria Victoria Santana
Hernandez, para que si a bien lo
tienen comparezcan al proceso a
hacer valer sus derechos y en caso
que no se presenten a declarar. Se
expide este aviso conforme art 42
N° 8 Ley 1306/2009, modif. el canon
659 del CPC, publicarse, por una
vez, en el periódico “El Mundo”
Med, 18/02/2015, Gloria Amparo
Cuervo R. Sria.
Juzg, 3 Civil Mpal de Oralidad BelloAnt, emplaza a herederos indeterminados de Nelly de Jesús Hernández
de Hincapié, para que comparezca
a recibir notificación de los autos
de admision del 19/08/2014 y auto
de corrección del 29/08/2014 en
el proceso verbal sumario Nulidad
Rotativa de contrato de compraventa,
para que comparezca dentro de los
15 días sgtes a la publicación de este
edicto. Dte, Ruben Dario Hincapie
Herrera y otros, Ddo, Luis Ubaldo
Hincapie Hernandez si lo emplazados no comparecen se les designara
curador ad-litem con quien se surtirá
la notificación. Publicarse Según
art, 318 ibidem mod, por el art, 30
de la ley 794/2003. En el diario el
colombiano o el Mundo o la emisora
rcn o caracol.
Juzg, 6°de Flia de Med, ubicado en
la cra 52 # 42-73, emplaza a Acened
Buritica Moncada con c.c.#43678265
para que comparezca dentro de ls 15
dias sgtes a esta publicación arecibir
notificación del auto interlocutorio#
2277 del 22/11/2013 donde se admitió demanda de cesación de efectos
civiles en el matrmonio católico
instaurado por Jhon Fredy Ruiz Perez
con c.c 71701408 R/2013-01317,
si el emplazado no comparece en
el termino se le designara curador
ad-litem con quien se surtirá la notificación. Publicarse Según art,
318 del C.P.C.
R/015-2014-00329 El Juzg, 13 C.
del Circuito de Oralidad de Med,
Ant, Emplaza A todas las personas
indeterminadas que se crean con
derecho sobro, el inmueble pretendido
mediante declaración de pertenencia
por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio el cual se describe
a continuación, para que desde la
fijación de este edicto hasta dentro
de los 15 días siguientes, contados
a partir de la fecha en que quede
surtido el emplazamiento, comparezcan contestando la demanda o
adoptando las demás posiciones que
estimen pertinentes frente a ella, en
este proceso verbal por prescripcion
extraordinaria de dominio incoada
por Marco Aurelio Buitrago Gallego
contra Promoval S.A. en liquidacion
y todas las personas indeterminadas
que se crean con darechos sobre el
bien inmueble, con la advertencia
que si comparecen con posterioridad,
lo tomarán en el estado en que se
encuentre, según nral 6, literal b
del art 407 del CPC. El Inmueble
cuya declaración de pertenencia
se pretende, consiste en: “Lote de
terreno, segregado de otro de mayor
extensión, ubicado en el paraje El
Cuchillón y que linda: Por lo que
seré el frente, con la cl 32 que es
el costado oriental del predio; por
el Sur, en parte con la urbanización
Acuarelas de San Diego en el sector sur-oriente; al sur con terrenos
ocupados por Movistar en parte y
en partes, con predio de Promoval
S.A., antes Constructora Girardota;
por el occidente, con predio de la
Constructora Girardota hoy Promoval
S.A. Este predio, según catastro, está
vinculado a la M.I 001-121191., de
la Of. de Registro sur. Se advierte a
los emplazados que sí no comparecen
dentro de los 15 días, Siguientes
a la fecha en que quede surtido el
emplazamiento, se les designará
un Curador Ad-litem para que los
represente, con quien se surtirá la
notificación y se continuará el proceso. Este edicto se fijará 12/03/2015
a las 8 a.m en un lugar visible de
la sria. por 20 dias y dentro de este
termino se publicará por 2 veces, en
prensa Él Colombiano o El Mundo
y por emisora local conforme Art.
407 nral 7 CPC., Med, 07/11/2014,
Santiago Fernandez B. srio.
El Notario Único de Caldas, Ant.
Emplaza: A quienes se crean con
derecho a intervenir en la Sucesión
ilíquida de Mauricio Albeiro Ochoa
Restrepo cc. 15.258.032 Fallecido
14/06/2012 en Bello Ant, Aceptado
el trámite mediante Acta 19 del
12/03/2015. Publicarse en prensa y
radio este edicto conforme art. 3º. del
Dcto 902/1988. Fijado 13/03/2014 a
las 8:00 a.m. Jose Manuel Hernandez
Franco Notario.
El Notario Único de Caldas, Ant.
Emplaza: A quienes se crean con
derecho a intervenir en la Sucesión
ilíquida e de Myriam Restrepo Giraldo
cc. 21.596.191 Fallecido 14/11/2014
en Caldas Ant, Aceptado el trámite
mediante Acta 18 del 12/03/2015.
Publicarse en prensa y radio este
edicto conforme art. 3º. del Dcto
902/1988. Fijado 13/03/2015 a las
8:00 a.m. Jose Manuel Hernandez
Franco Notario.
La Sria del Juzg 14 civil del Cto de
Oralidad de Med. Hace Saber: que
el proceso Verbal de Declaración
de Pertenencia, por prescripción
extraordinaria adquisitiva de dominio,
incoado por Tulio Sánchez Álzate
y Rubiela del Socorro Correa en
contra de Wilson Darío Sepúlveda
Acevedo y personas indeterminadas
que se crean con derecho .R/201400901, se ha emplazado a todas las
personas que se crean con derecho
al bien que se pretende usucapir,
para que concurran al proceso a más
tardar dentro de los 15 días Sgtes
a la fecha en que quede surtido el
emplazamiento. El bien inmueble
objeto de la pretensión es el Sgte:
Inmueble que aparece bajo el # de
M.I. 01N-5186714 de la Of. De registro de II.PP de Med. Zona norte
ubicado en el Mpio de Med. En el
barrio Limoncito o Enciso, en la
Clle 57 D #27- 19, 1er piso; y cuyas
especificaciones y linderos Grales
Son: lote de terreno, con casa en él
construida, con un área construida
de 36,02 mts2, área patio de 3.78
mts2, y una altura libre de 2.10 mts,
cuyos linderos son o eran; ´por el
frente o norte, con la Clle 57 D; por
el Oriente, con terrenos que fueron
de Mario García; por el Sur, con
propiedad de Martiniano Grisales
y Alberto ángel; por el Occidente,
con muros de cierre que lo separan
del Apto unifamiliar #27-29 del
mismo Edf.; por el Nadir, con el
Subsuelo sobre el cual se levantó el
Edf. Y por el cenit, con la techumbre o cubierta del Apto. Linderos
actualizados: por el frente con la
Clle 57 D, por el costado derecho,
con el inmueble con nomenclatura
27-29, por el costado izquierdo, con
el inmueble marcado en su puerta
de entrada con el # 27-17, por atrás
con propiedad de Dora Álzate. Dicho
inmueble se identifica con el folio
de M.I. #01N-5186714. El presente
edicto se fijará por el término de
20 días en un lugar visible de la
Sria, y se publicará por 2 veces,
con intervalos no menores de 5 días
calendario dentro del mismo término,
en un diariode amplia circulación
en la Ciudad y por medio de una
radiodifusora local. Se advierte a los
emplazados que si no comparecen
dentro del término indicado, el juzg.
Les nombrará un curador ad-litem,
con quien se surtirá la notificación
y se continuará el proceso hasta su
comparecencia o terminación. El
juz está en el EDF. José Felix de
Rpo – alpujarra Cra 52#42-73 of.
1308. Med. 17/02/2015. 8:AM.
Art 407-7 del CPC. Martha Paola
Berrocal M. Sria.
La Sria del Juzg 1º Mpal de Pequeñas
causas y Competencia Múltiple de
Med. Emplaza: A todas las personas
que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión doble
intestada de Ana Matilde Jaramillo
Jaramillo fallecida en el Mpio de Med,
el 27/01/05 y el Sr. José Milagros
Ramírez Hernández, fallecido en
Med el día 12/04/2000, siendo este
el último lugar de domicilio de los
causantes. Para los efectos de lo
indicado por los Art. 589 y 318 del
CPC., se fija el presente edicto en
lugar público de la Sria del Juzg
por el término legal de 10 días y se
publicará en un periódico de amplia
circulación en esta ciudad y en una
radiodifusora local por una sola vez.
Med. 03/03/15 Laura Chica C. Sria.
Fijado el 06/03/15. 8 am. Desfijado
el 20/03/15. 5 pm.
Holguin, para que haga parte en el
proceso Ejecutivo Singular, instaurado
por Cooperativa Financiera Jhon F.
Kennedy Ltda contra DeibiEstifenRincconHolguin. R/2013/01006-00,
De conformidad con el Art. 318
del CPC, modificado por el Art. 30
de la Ley 794/03, se le advierte al
emplazado que de no comparecer
transcurridos 15 días después de la
publicación del presente listado,
se le nombrará curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación
El Juzg 4º de Descongestión de
Flia de Med. R/2013/01576. Avisa:
Que mediante sentencia proferida
por este Despacho Judicial el día
12/02/15, Se decretó La Interdicción
Definitiva por Causa de discapacidad
Mental Absoluta de María Amanda
Tamayo de Ocampo y se le designó
como Curador General y Legitimó a
IvanDario Ocampo Tamayo, mayor
de edad y vecino de esta ciudad.
Copia del presente aviso se entrega
para su publicación en el periódico
Med. 12/03/15. Isabel Cristina Peña
M. Sria.
Nombre de las personas Emplazadas
Diego José Lopera Ospina Auto a
notificar y Fecha. Libra mandamiento Ejecutivo de pago 31/10/13
proferido por el Juzg 12 Civil Mpal
de Med. Proceso y Rdo Demanda
Ejecutiva Singular de Mínima Cuantía
2013/01076. Dte: Unidad Residencial Villa del Campestre P.H. Ddos:
Diego José Lopera Ospina y Oscar
Dario Galeano García. Despacho
Juzg Civil Mpal de Descongestión
de Med Código 753. Med. Cra 50
Palace # 51-23 Edf. Mariscal Sucre.
El Juzg 7º civil Mpal de Descongestión de Med. Emplaza: A Gabriel
Humberto Londoño Pineda. Para que
se presente en el proceso Ejecutivo
Singular de mínima cuantía, instaurado por Cooperativa Multiactiva de
Vivienda y Producción La Cabaña
–Cooviproc- contra Gabriel Humberto
Londoño Pineda y Carlos Andrés
Cataño Londoño, R/2013/01121.
Juzg. 4º Civil Mpal de Descongestión de Mínima y Menor Cuantía
de Med. 29/09/14. Proceso Ejecutivo Singular. Dte: Rodar y Rodar
S.A.S.Ddo: Edgar Alfredo Ramírez
Hoyos. R/2013/01062. Libra mandamiento de pago Asunto. Acumulación.
Emplaza: A todos los que tengan
créditos con títulos de ejecución
contra el Ddo Edgar Alfredo Ramírez Hoyos identificados con la C.C
98.485.772, para que comparezcan a
hacerlos valer mediante acumulación
de sus demandas, dentro de los 05
días Sgtes a la expiración del término del emplazamiento efectuado
en la forma prevista en el Art. 540
en concordancia con el Art. 318
Natalia Vargas Sria.
El Juzg8º civil Mpal de Oralidad de
Med. Ordena Incluir en el listado
Emplazatorio. A Humberto Cartagena, para que comparezca a este
despacho a notificarse del auto del
19/01/15. Por medio del cual se
admitió la Dda Verbal de Menor
Cuantía de Responsabilidad Civil
Extracontractual en su contra y en
contra de TaxCoopebombasLtda, y
Axa Colpatria Seguros S.A, a favor
de Gloria Lucia Cossio Moreno.
R/2014-00669. El emplazamiento
se tendrá surtido 15 días después de
la publicación y si el emplazado no
comparece se le designará Curador
Ad-litem con quien se surtirá la
notificación. Roberto Carlos Mendoza R. Srio.
El Juzg 10 civil del Cto de Oralidad
de Med. Emplaza: A Alvaro Vanegas
Díaz. Para que haga parte en el proceso
Responsabilidad Civil Instaurado
por Omar de Jesús Galeano Restrepo
contra Axa Colpatria Seguros S.A y
Alvaro Vanegas Díaz. R/2014/0141600, De conformidad con el Art. 318
del CPC, modificado por el Art. 30
de la Ley 794/03, se le advierte al
emplazado que de no comparecer
transcurridos 15 días después de la
publicación del presente listado,
se le nombrará curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
El Juzg de Origen 1º Civil Mpal
de Envigado. Juzg Actual 1º Civil
Mpal de Descongestión de Envigado
Ant. Emplaza: A, Albeiro de Jesús
Chavarriaga León C.C 70.586.090,
para que se haga parte en el proceso
Ejecutivo instaurado por Cooperativa
Financiera Jhon F. Kennedy Ltda
contra Albeiro de Jesús Chavarriaga
León, Carmen Elena Montoya Ramírez
43.619.072, Mary Sol Chavarriaga
León 43.725.406. R/001-2013-00539,
De conformidad con el Art. 318
del CPC, modificado por el Art. 30
de la Ley 794/03, se le advierte al
emplazado que de no comparecer
transcurridos 15 días después de la
publicación del presente listado,
se le nombrará curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación
El Juzg 1º civil Mpal de Itagui.
Emplaza: A. DeibiEstifenRinccon-
El Srio del Juzg 1º de Flia de Med.
De Oralidad Cita: A los parientes
cercanos y a todas aquellas personas
que se crean con derecho al ejercicio
de la guarda de la menor Juliana
Orejuela Ortiz para que comparezcan al proceso de Nombramiento de
Curador Legitimo promovido por
Oliva de Jesús Uribe de Ortiz en
calidad de abuela materna, a través
de Apoderada Judicial, con el fin
de ser escuchados, de conformidad
con lo dispuesto en el Art. 61 del
C.C en armonía con el Art. 446 del
CPC. R/2015/00103-00. El anterior
aviso se expide para ser publicado en
un periódico de amplia circulación
nacional, tal como lo establece el Art.
659 Num 8º del CPC, modificado por
el Art. 42 de la Ley 1306/09. Med.
23/02/15. Luis Alonso Berruecos
C. Srio. Fijado el 24/02/15. 8 am.
El notario 16 de Med. Emplaza: A
todos los que se crean con derecho
a intervenir en la Suc. De Joaquín
Guillermo Zabala Zapata. y María Orozco Villa C.C. 787.470.y
21.208.101, fallecidos el 20/10/2006
y 11/11/1988. Aceptado el trámite
mediante acta #53 del 9/03/2015, se
ordena la publicación en la prensa y
emisora local. En cumplimiento al
art. 3º del Dcto 902/1988. Fijado el
10/03/2015. 7:30 AM. Luis Alberto
Zuluaga T. Notario.
El Juzg 20 Civil Mpal de Med. Emplaza a Yolanda Cecilia Pérez Carballo.
C.C. 43.439.799, para que dentro de
los 15 días Sgtes a la publicación
de este edicto, se presente por sí o
por medio de apoderado a recibir
notificación personal del auto del
13/07/2012, que libró mandamiento
en su contra y a favor de Libia de
Jesús Palacio Arango, lo anterior de
conformidad con lo establecido en
el art. 318 del CPC reformado por el
art. 30 de la ley 794/2003. R/20120617. Se advierte al emplazado que
si no comparece dentro del término
indicado se le designará un curador
ad-litem con quien se verificará la
mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Med.
22/01/2015. Gustavo Mora C. Srio.
La Sria del Juzg 7º Laboral del
Cto de Med. Emplaza a Teresita
del Niño Jesús Henao Jaramillo y
Tatiana Botero Henao Ddas en el
proceso Laboral de doble instancia
promovido por Alba Norelly Montoya Bedoya, actuando en nombre
propio y R/L. de Nicol Yulieth Botero Montoya contra Porvenir S.A.
y otras. R/2014-01479-00, para tal
fin el despacho da un término legal de 15 días hábiles, en la cual
el edicto permanecerá fijado en la
Sria de este despacho, donde podrá
comparecer por medio de apoderado
judicial a oír la notificación personal
de la Dda y su auto admisorio,. Lo
anterior de conformidad con el art.
29 del CPT. Mod por el art. 16 de
la ley 712/2001 y en concordancia
con el art. 318 del CPC. Mod por
el art 30 de la ley 794/2003. Med.
10/02/2015. Marcela Arango. Sria.
R/2014-00364-00 Cartel de Remate el
Srio del Juzg 1º de Flia de Oralidad
de Itagui. Hace Constar: que dentro
del proceso de jurisdicción voluntaria,
licencia para la venta de derecho de
bien de incapaz, instaurado por Luz
Miriam Cano Ortiz, en representación
del incapaz John Diego Cano Ortiz,
se ha señalado el 7/04/2015, a las
3:00PM, para la venta en pública
subasta del derecho que en común y
proindiviso le pertenece al incapaz
referido, equivalente al 4.60% sobre
el Sgte bien inmueble ubicado en la
Diagonal 48# 32-24, segundo piso, de
la nomenclatura urbana del Mpio de
Itagui, que posee el incapaz referido,
cuyos linderos son: por el frente
con la Diagonal 48; por la derecha
entrando, propiedad de Luz Marina
Rico; por la Izquierda entrando propiedad de Mario de Jesús Moreno;
por la parte de atrás propiedad de
Raquel Gutiérrez Sánchez segundo
piso; por debajo, la loza o plancha
común que lo separa del primer
piso; por encima, la loza o plancha
común que lo separa del tercer piso,
identificado con M.I. #001-780439
de la Of. De registro de II.PP. de
Med. Zona Sur. Adquisición del bien:
el incapaz John Diego Cano Ortiz,
adquirió el derecho sobre los bienes
inmuebles en común y proindiviso,
según escritura pública #1834 del
12/10/2012 y aclarada por escritura
pública #944 del 28/06/2013, de la
Suc de su Madre Amantina Ortiz
de Cano. Derecho en cabeza del
incapaz: 4.60% del bien inmueble.
El derecho que le corresponde al
incapaz, pericialmente ha sido avaluado en $5.652.756.00la licitación
comenzará el día y hora señalados.
Transcurrida 1 hora desde el comienzo
de la licitación, se abrirán los sobres
y se revisarán los requisitos legales
siendo postura admisible la que cubra
el 100% del avalúo dado al bien,
previa consignación del porcentaje
legal, esto es el 40% de acuerdo
con el art. 526 del CPC. Mod por
la ley 794/2003- dicha diligencia
se realizará conforme al art. 34 de
la ley 1395/2010, que Mod. El art.
527 del CPC. Itagui, 11/03/2015.
Wilson Hernando Quiceno T. Srio
El Juzg 14 Civil Mpal de Med. Art.
318 del CPC. Emplazado: Herederos
determinados e indeterminados de María Gladys Jiménez Ruíz. Ddte: Henry
Suaza Osorio. Ddo: María Gladys
Jiménez Ruíz, C.C 32.454.587 Gloria
Cecilia GuzmanTrespalacios,C.C.
42.891.664 Alba Cecilia Buitrago
Sepúlveda. C.C42.768.820. Clase de
Proceso: ejecutivo. R/2008-0082-00el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos 15 días después de la
publicación del presente listado.
Si el emplazado no comparece, se
le designará curador ad-litem, con
quien se surtirá la notificación. Juan
David Jiménez R. Srio.
El Juzg 8 Civil Mpal de descongestión de Med. Emplaza a Ramiro
Alexander Vargas Matamoros para
que comparezca a este Juzg, ubicado
en la Cra 50#51-23, Edf. Mariscal
Sucre, Of. 608 de Med. Con el fin
de notificarles personalmente el
auto del 22/11/2013. Mediante el
cual, se libró mandamiento de pago
en su contra conjuntamente con el
auto del 6/10/2014 que lo corrigió
a favor de Olga Isabel cuartas Cuartas dentro del proceso ejecutivo.
R/2013-00729-00. El emplazamiento
se entenderá surtido transcurridos
15 días después de su publicación.
Se le advierte al emplazado que si
no comparece dentro del término
señalado se le designará un curador ad- litem, con quien se surtirá
la notificación. Med. 20/02/2015.
Gloria María Ortiz G. Sria.
El Notario único de SonsónAnt.
Emplaza: A todos los que se crean
con derecho a intervenir en la Suc.
De Juan de Dios Hidalgo Henao
C.C.757.269. falleció el 1/09/1994.
Aceptado el trámite mediante acta
#707 del 10/03/2015, en cumplimiento al art. 3º del Dcto 902/1988, se
ordena la publicación en la prensa y
emisora local. Fijado el 11/03/2015.
8:AM. Humberto Vasquez T. Notario
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
Art. 318 del CPC. El Juzg. Civil
del Cto de Andes Ant. Emplaza a
los herederos indeterminados de
Jaime Darío Henao González, para
que dentro de los 15 días Sgtes a
la publicación de este aviso, comparezcan de manera personal o por
medio de apoderado, a recibir notificación del auto proferido por este
despacho el 10/11/2014, por medio
del cual se admitió la Dda Ordinaria
Laboral. R/2014-00210-00.promivida
por Luis Alberto Quiroz Cruz. Se
advierte a los emplazados que de no
comparecer a la sede del Despacho
en el término señalado, ubicado en
el 2º piso del palacio Mpal de esta
localidad, se le designará un curador ad-litem, con quien se surtirá
la notificación y el Subsiguiente
trámite procesal hasta culminación
del proceso. Andes 19/01/2015. José
Andrés Gallego R. Srio.
Art. 318 del CPC. En consonancia
con el 60 ibídem. El Juzg civil del
Cto de Andes Ant. Emplaza a los
herederos indeterminados de Jaime
DaríoHenao González, para que dentro
de los 15 días Sgtes a la publicación de este aviso, comparezcan
de manera personal o por medio de
apoderado, a recibir notificación del
auto proferido por este despacho el
10/11/2014. Por medio del cual se
admitió la Dda Ordinaria Laboral,
R/2014-00209-00.promovido por
Luis Hernán Quiroz Correa. se advierte a los emplazados que de no
comparecer a la sede del despacho
en el término señalado, ubicado en
el 2º piso del palacio Mpal de esta
localidad, se les designará un curador ad-litem, con quien se surtirá
la notificación y el Subsiguiente
trámite procesal hasta culminación
del proceso. Andes, 1/12/2014. José
Andrés Gallego R. Srio.
La Sria del juzg 7º de Flia de Med.
Hace saber: que el Joven Samuel
Barriga Arango. C.C. 1.017.242.506
residenciado en esta Ciudad, se decretó en interdicción judicial de persona
por discapacidad mental absoluta y
no tiene libre administración de sus
bienes. Se decretó como curadora
Gral legítima, a su madre, Nora María
Arango Restrepo. C.C. 32.318.582.
lo anterior de conformidad con lo
dispuesto en el art 659-7 del CPC.
Med. 13/03/2015. R/2014-01076.
Alba Lucía Castaño G. Sria.
El Juzg 11 civil Mpal de Descongestión de Med. Cra 50 #51-23 p.5º
Mariscal Sucre. Emplaza a Fabio
Nelson Quintero y Héctor Emilio
Arbeláez. Para que haga parte en el
proceso Ejecutivo. Instaurado por:
Ángela María Garro Ruíz contra
Fabio Nelson Quintero y Héctor
Emilio Arbeláez. R/2014-0549, de
conformidad con el art. 318 del
CPC Mod por el art. 30 de la ley
794/2003, se le advierte al emplazado
que de no comparecer transcurridos
15 días después de la publicación
del presente listado, se le nombrará
curador ad-litem con quien se surtirá
la notificación.
El Notario único de CocornáAnt.
Emplaza: A todos los que se crean
con derecho a intervenir en la
Suc. De José Gabino Aristizabal
Vi l l e g a s . C . C . 6 2 5 . 3 6 9 y S u s a na Agudelo de Aristizabal. C.C.
21.654.635, fallecidos el 26/03/1995
y el 24/11/2003, respectivamente.
Aceptado el trámite mediante acta
03 del 13/03/2015. Se ordena la
publicación en la prensa y emisora
local, en cumplimiento al art. 3º del
Dcto 902/1988. Se fija por 10 días.
César Augusto Serna M. Notario.
EL JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE
MEDELLÍN EMPLAZA: a SEDAS Y
RASOS SAS-SERATEX SAS, para
que dentro de los 15 días siguientes
a la publicación de este Edicto,
comparezca a este Despacho a fin
de recibir notificación personal del
contenido de los autos que Libraron Mandamiento de Pago en su
contra de 31 de enero de 2013 y
04 de abril de 2013, en el proceso
Ejecutivo instaurado por ENKA DE
COLOMBIA S. A., en contra de
SEDAS Y RASOS SAS (SERATEX
SAS), RAÚL FERNANDO SERNA
MOLINA, RUDDY ALIRIO SALAS LÓPEZ Y ANTONIO JOSÉ
MONTOYA HOYOS, que cursaba
en el Juzgado 21 Civil Municipal de
Medellín. Lo anterior de conformidad
al art. 318 del C.P.C. reformado por
el art. 30 de la Ley 794 de 2003.
Se advierte a la emplazada que si
no comparece dentro del término
indicado se le designará Curador
Ad-litem con quien se verificará
la mencionada notificación y se
continuará el trámite del proceso.
Rdo 05001400302120130001700.
EDICTO EMPLAZATORIO. EL
JUZGADO 11 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR
CUANTIA DE MEDELLIN, CITA Y
EMPLAZA A: A JAIME GIRALDO
ALZATE identificado con C.C N°
3.324.088, para que dentro del término de quince (15) días después
de su publicación, se presenten por
sí o por medio de apoderado, a este
Despacho a fin de recibir notificación personal del auto de 02 DE
AGOSTO DE 2012, por virtud del
cual se libro mandamiento de pago
dentro proceso Ejecutivo singular,
promovido en contra de GILBERTO MARTINEZ CHICA C.C N°
70.724.345 Y JAIME GIRALDO
ALZATE C.C N° 3.324.088., por
ALBERTO ALVAREZ S S.A. radicado
05001400302120120050000. Artículo
318 del Código de Procedimiento
Civil modificado por la Ley 794 de
2003. Adviértasele al emplazado
que de no comparecer dentro del
término señalado se le designará
Curador – Ad litem con quien se
surtirá la respectiva diligencia de
notificación y con quien se continuará
el trámite del proceso.
EDICTO EMPLAZATORIO. EL
JUZGADO 05 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR
CUANTIA DE MEDELLIN, CITA
Y EMPLAZA A: A JUAN MAURICIO HENAO. identificado con C.C
N° 98602385, para que dentro del
término de quince (15) días después
de su publicación, se presenten por
sí o por medio de apoderado, a este
Despacho a fin de recibir notificación
personal del auto de 04 DE JULIO DE
2013, por virtud del cual se LIBRO
MANDAMIENTO DE PAGO dentro
proceso Ejecutivo singular, promovido en contra de JUAN MAURICIO
HENAO. identificado con C.C N°
98602385 por COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA radicado
05001400300320130064000. Artículo
318 del Código de Procedimiento
Civil modificado por la Ley 794 de
2003. Adviértasele al emplazado
que de no comparecer dentro del
término señalado se le designará
Curador – Ad litem con quien se
surtirá la respectiva diligencia de
notificación y con quien se continuará
el trámite del proceso.
EDICTO EMPLAZATORIO. EL
JUZGADO 11 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR
CUANTIA DE MEDELLIN, CITA
Y EMPLAZA A:A JHON FREDY
ARBELAEZ PEREZ. identificado
con C.C N° 1.036.392.655, para
que dentro del término de quince
(15) días después de su publicación,
se presenten por sí o por medio de
apoderado, a este Despacho a fin
de recibir notificación personal del
auto de 29 DE MAYO DE 2013, por
virtud del cual se LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO dentro proceso
Ejecutivo singular, promovido en
contra de JHON FREDY ARBELAEZ
PEREZ. identificado con C.C N°
1.036.392.655 por COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA radicado
0500140030222130046400. Artículo
318 del Código de Procedimiento
Civil modificado por la Ley 794 de
2003. Adviértasele al emplazado
que de no comparecer dentro del
término señalado se le designará
Curador – Ad litem con quien se
surtirá la respectiva diligencia de
notificación y con quien se continuará
el trámite del proceso.
Edicto Emplazatorio. JUEZ SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE
DESCONGESTION DE MINIMA
Y MENOR CUANTIA DE MEDELLIN, EMPLAZAA WILFER
ESTIBEN BEDOYA CALDERON
Y GONZALO NICOLAS ZAPATA
ESCOBAR identificado con la cédula
de ciudadanía No. 1.017.128.399 y
71.586.429 para que comparezcan a
este Despacho ubicado en CARRERA
50 # 51-23, ED MARISCAL SUCRE
OFICINA 602 de esta ciudad donde
se le requiere para recibir notificación personal del auto de fecha
21 de Abril de 2014, por medio
del cual se libró mandamiento de
pago en su contra, en el proceso
Ejecutivo Singular instaurado por
COMFENALCO Radicado 201400412.El emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos quince (15)
días después de la publicación, se
advierte al emplazado que si no
comparece dentro de este término,
se le designará curador ad litem,
con quién se surtirá la notificación.
Se ordena la publicación de este
listado, por una sola vez, en los
diarios El Colombiano o el Mundo
el día domingo, o en la radiodifusora local entre las 6 a.m. y las 11
p.m. como dispone el art. 318 del
C. de P. Civil.Medellín, Marzo 09
de 2015.Secretario.
EL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, emplaza art. 318 del C.
de P. Civil. Emplazado: MISAEL
FRANCISCO CONDE JULIO. Naturaleza del proceso: ejecutivo singular.
Demandante: CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO
ANTIOQUIA. Demandados: MISAEL
FRANCISCO CONDE JULIO. Radicado: 2014-01238. Fecha del auto:
Mandamiento de pago de enero 14
de 2015. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince
(15) días después de la publicación.
Si vencido el término el emplazado
no comparece se designará curador
Ad-litem. Medellín, 4 de marzo de
2015. LUISA FERNANDA MEJÍA
CHICA. Secretaria.
EDICTO. EL JUZGADO VEINTIDÓS
CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD
DE MEDELLÍN, EMPLAZA: Al señor
JOSÉ GABRIEL CORONADO CORONADO identificado con la cédula
de ciudadanía Nº 78.298.657, para
que dentro del término de quince (15)
días se haga presente al despacho,
con el fin de recibir notificación
personal del auto dictado el 07
de octubre de 2014, mediante el
cual se libró mandamiento de pago
de mínima cuantía en su contra y
favor de COMFENALCO, dentro del
proceso ejecutivo singular radicado
2014-01768. Lo anterior so pena de
notificarse por medio de curador Ad
litem y continuar el trámite normal
del proceso, hasta su concurrencia
o terminación. Se da este aviso de
conformidad con el artículo 318 del
C. de P. Civil, el cual se publicará
por una sola vez en el periódico
El Mundo o en Caracol Radio y
dicha publicación se hará el día
domingo. Medellín, 06 de febrero
de 2015. OSCAR E. MENDIETA
LEÓN. Secretario.
EL JUZGADO LABORAL DEL
CIRCUITO DE BELLO, Calle 47
Nro. 48-51, oficina 202, emplaza:
al sr. JUAN CARLOS VILLEGAS
URREGO, propietario del establecimiento “INSTITUCIÓN EDUCATIVA
LEÓN XIII”, para que comparezcan
al proceso ordinario instaurado por
SOCORRO SALAZAR PELÁEZ en
contra de JUAN CARLOS VILLEGAS
URREGO, radicado 2008-0242-00.
Se le advierte a la demandada que se
le designó curador ad-litem, quien lo
representa en el trámite del proceso.
Bello, mayo 21 2014. El Srio, JUAN
CARLOS SALAZAR NOREÑA.
Emplazamiento, artículo 318 del
Código de Procedimiento Civil,
emplazados: DORIA LEONICIA
LÓPEZ y SILFREDO MAJARRES
ZUMAQUE. JUZGADO SEXTO
DE FAMILIA, proceso: ordinario
de declaración de unión marital de
hecho, demandante: CAROLINA
ANDREA ZULETA MARÍN, demandados: Herederos Determinados
e Indeterminados de SILFREDO
MANJARRES LÓPEZ, radicado:
05001 31 10 006 2013 01318 00.
Publíquese por una sola vez, en el
periódico “El Colombiano” o El
“Mundo”, un día domingo y se entenderá surtido, transcurridos quince
días hábiles después de su publicación
y si en ese término no comparece,
se le nombrará un curador ad-litem
que lo represente. Medellín, dieciséis
de febrero de dos mil quince. ALBA
NELLY SALDARRIAGA NOREÑA.
Secretaria.
EL SECRETARIO DEL JUZGADO
CIVIL DEL CIRCUITO DE FREDONIA, ANTIOQUIA, EMPLAZA: a la
señora BEATRIZ ELENA CASTRO
DE MONTOYA para que comparezca
a este Juzgado situado en la Calle 49
Nro. 51-20 sede judicial, segundo
piso del municipio de Fredonia a
recibir notificación personal del
auto admisorio del veintiuno (21)
de febrero de dos mil doce (2012)
por medio del cual se admitió la
presente demanda dentro del proceso especial de servidumbre de
tránsito promovido por contra los
antes citados con radicado nro.:
2.011-00179-00. El emplazamiento
se surtirá mediante la publicación
por una sola vez, de este edicto en
el periódico “El Colombiano o El
Mundo, el día domingo conforme a
lo indicado en el artículo 30 de la
Ley 794 de 2003 que modificó el
artículo 318 del C.P.C. Se le advierte
a la citada que el emplazamiento
se entenderá surtido quince (15)
días después de la publicación del
presente edicto, evento en el cual
sino comparecen se les designará un curador ad-litem, con quien
se surtirá la aludida notificación.
Fredonia, febrero veintitrés (23)
de 2015. ALEXANDER ALBERTO
LÓPEZ GRANADOS. Secretario.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
VEINTISÉIS CIVIL MUNICIPAL
DE ORALIDAD DE MEDELLÍN
ANTIOQUIA, EMPLAZA: A la
señora GLORIA DEL SOCORRO
JARAMILLO JIMÉNEZ, identificada
con C.C. 32.483.147, para que en
el término de quince (15) días contados a partir de la publicación del
listado de emplazados, comparezca
al Juzgado ubicado en la Carrera 52
# 42-73 piso 15 Edificio José Félix
de Restrepo –Palacio de Justicia-,
a recibir notificación personal del
auto del 22 de octubre de 2014,
que libró mandamiento de pago en
su contra, y en favor del BANCO
COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A., dentro del proceso
ejecutivo con radicado 2014-00437.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días
después de su publicación. Se le
advierte a la persona emplazada
que si no comparece dentro del
término señalado, se le designará
un curador ad-litem, con quien se
surtirá la notificación. Medellín,
16 de diciembre de 2014. MÓNICA
ANDREA BARRERA VELÁSQUEZ.
Secretaria.
Aviso (Artículo 318 del C. de P. Civil).
Demandante: BANCO COLPATRIA
MULTIBANCA COLPATRIA S.A.
Demandado: CARLOS ALBERTO
GIRALDO VELÁSQUEZ. Sujeto
emplazada: CARLOS ALBERTO
GIRALDO VELÁSQUEZ. Juzgado
que la requiere: QUINTO CIVIL
DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN
ubicado en la Carrera 52 No. 4273, Piso No. 12, Oficina No. 1209
Edificio José Félix de Restrepo – La
Alpujarra. Naturaleza o clase de
proceso: ejecutivo. Clase de providencia: auto que libro mandamiento
de pago del 20 de mayo y el auto que
lo corrige del 17 de junio de 2014.
Número de radicación: 05001 31
03 005 2014 00406 00. Advertencia: se advierte al emplazado que
dispone del término de quince (15)
días siguientes a la publicación del
listado para comparecer a recibir la
correspondiente notificación, y en
caso de no hacerlo se le designará
curador ad-litem con quien se surtirá
la notificación y se continuará con el
trámite del proceso. Medellín, 16 de
octubre de 2014. WENDY YURANY
QUINTERO MARÍN. Secretaria.
EDICTO. EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO
DE FAMILIA DE CONCORDIA,
ANTIOQUIA, por medio del presente, emplaza: a todos los Herederos
Indeterminados del señor DARÍO
POSADA GONZÁLEZ que se consideren con derecho a intervenir en el
proceso ordinario de filiación extramatrimonial, iniciado por la señora
PIEDAD CECILIA QUINTERO en
contra de HERNÁN DARÍO y LINA
MARÍA POSADA, en su calidad de
herederos determinados del finado
DARÍO POSADA GONZÁLEZ; proceso radicado bajo el número 201500009 con el fin de que se presenten
39
a la secretaría del Despacho, ubicado
en el municipio de Concordia, en la
Calle 18 No. 19-10 oficina 201, al
frente del monumento de la madre
y se hagan parte dentro del proceso.
Para los efectos del artículo 318 del
C.P.C., se fija el presente edicto en
lugar visible de la Secretaría del
Despacho por el término de quince
(15) días y se expide copia para su
publicación en el periódico El Mundo
o el Colombiano en día domingo y
en una emisora local. Concordia,
marzo 09 de 2015. JUAN CAMILO
GUTIÉRREZ GARCÍA. Secretario.
Fijado hoy, marzo 10 de 2015, a
las 8:00 a.m.
00 instaurado en su contra. Se le
advierte a los emplazados que una
vez expirado el término del emplazamiento, sin que haya comparecido
a recibir notificación personal del
citado auto, se le designará curador
Ad-litem con quien se surtirá la notificación respectiva. Como medios
de comunicación para publicar o
emitir el respectivo emplazamiento se
indican los siguientes: periódico El
Colombiano, El Tiempo, El Mundo u
otro de amplia circulación. Emisora
radio Caracol o RCN. Medellín,
veinticuatro (24) de febrero de dos
mil quince (2015). BEATRIZ ELENA
ECHEVERRI LOPERA. Secretaria.
EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL
DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN,
EMPLAZA A: ILUCOBRES, por
intermedio de su representante legal o por quien haga sus veces, y a
los señores JHONY ALEXANDER
PARRA MOLINA y DAVID PARRA
MOLINA, para que comparezcan a
recibir notificación personal, del
auto de fecha 28 de noviembre de
2013, que libró mandamiento de pago
en su contra, con corrección del 7
de marzo de 2014 y acumulación
y mandamiento del 7 de marzo de
2014, dictados dentro del proceso
ejecutivo singular. Demandante:
BANCOLOMBIA S.A. y FONDO
NACIONAL DE GARANTÍAS. Demandado: ILUCOBRES, JHONY
ALEXANDER PARRA MOLINA
y DAVID PARRA MOLINA. Radicado: 2013-924. Se advierte que el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos quince (15) días después
de la publicación del listado, que si
los emplazados no comparecen se
les nombrará un curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
De conformidad con el Artículo 318
del C. P. C. modificado por el Art.
30 de la Ley 794/03.
Edicto emplazatorio. EL JUZGADO
VEINTE CIVIL MUNICIPAL DE
MEDELLÍN, EMPLAZA a la demandada LUZ ANGELA RODRÍGUEZ
AZUERO con C.C. Nro. 63.514.060,
para que dentro de los quince (15)
días siguientes a la publicación de
este edicto, se presente por si o
por medio de apoderado a recibir
notificación personal delos autos
de fecha 14 de septiembre de 2012,
que libró mandamiento de pago y el
auto del 13 de noviembre de 2012
que corrigió el mandamiento de pago
en su contra a favor del BANCO
DE BOGOTÁ S.A. Lo anterior de
conformidad con lo establecido en
el artículo 318 del CPC reformado
por el artículo 30 de la Ley 794 de
2003. Radicado 20120822. Se advierte
al emplazado que si no comparece
dentro del término indicado se le
designará un curador Ad-litem con
quien se verificará la mencionada
notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 10 de
marzo de 2015. GUSTAVO MORA
CARDONA. Secretario.
Radicado: 005-2014-00717. EDICTO
EMPLAZATORIO. EL JUZGADO
PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL
DEL CIRCUITO, EMPLAZA: A
GLORIA PATRICIA DÍAZ CORREA
para que dentro de los quince (15)
días siguientes a la publicación de
este edicto, comparezca a este Despacho a recibir notificación personal
del contenido del auto del 30 de
septiembre de 2014 (fl. 23 C-2),
que ordena citarlo como acreedor
hipotecario, para que haga valer
sus derechos sean o no exigibles,
en el proceso ejecutivo instaurado
por BANCO COLPATRIA S.A., en
contra de FABIO HERNÁN CARDONA HERRERA. Lo anterior de
conformidad con lo establecido en el
Art. 539 del C. de P. Civil. Se advierte
al emplazado que si no comparece
dentro del término indicado se le
designará un curador ad-litem con
quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite
del proceso. Medellín, 05 de marzo
de 2015 FERNEY VELÁSQUEZ
MONSALVE. Secretario.
Edicto emplazatorio Rdo. 201401362. EL JUZGADO SEGUNDO
DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN DE MEDELLÍN, emplaza:
Al señor JORGE EMIRO GENES
SOLORZANO para que dentro del
término de quince 15 días, contados
a partir de la fecha de publicación
comparezca, a este Juzgado, a recibir notificación del auto de fecha
primero (01) de noviembre de dos
mil trece (2013), mediante el cual
se admitió la demanda, de aumento
de cuota alimentaria, con radicado
2013-01362, instaurado en su contra por SARA YESENIA GENES
CALLEJAS. Medellín, cinco (05)
de diciembre de dos mil catorce
(2014). XIOMARA GÓMEZ HOYOS. Secretaria.
EDICTO. EL JUZGADO VEINTICUATRO CIVIL MUNICIPAL DE
ORALIDAD DE MEDELLÍN, ANTIOQUIA, EMPLAZA: A la señora
LUZ ESTELLA ARBELÁEZ AMAYA,
para que comparezca al Juzgado
24 Civil Municipal de Oralidad de
Medellín, ubicado en esta ciudad
(Edificio José Félix de Restrepo,
Carrera 52 Nº 42-74, piso 15 teléfono
Nº 261-52-97), dentro del término
de quince (15) días, a recibir notificación personal del contenido del
auto interlocutorio Nº 2183 emitido
el 16 de diciembre de 2014 el cual
se admitió la demanda a favor de
la COOPERATIVA MULTIACTIVA
DE RECAUDOS DE COLOMBIA
“COMULTCOLOMBIA”, dentro del
proceso con radicado Nº 2014-00689-
Emplazamiento judicial (Artículo
30 de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 318 del C. de P.
Civil). EL JUZGADO PRIMERO
CIVIL MUNICIPAL DE RIONEGRO
ANTIOQUIA, emplaza a los señores CARLOS ALBERTO GIRALDO
SÁNCHEZ y HÉCTOR ALONSO
VERGARA MUÑOZ en calidad de
demandados en el siguiente proceso.
Proceso: ejecutivo. Demandante:
CONFIAR. Demandado: CARLOS
ALBERTO GIRALDO y HÉCTOR
A. VERGARA. Radicado Nro.:
2014-00163-00. En los términos
del artículo 30 de la Ley 794 de
2003, que modificó el artículo 318
del Código de Procedimiento Civil,
se advierte alos emplazados que si
no comparecen a este Juzgado dentro
de los quince (15) días siguientes a
la publicación de este requerimiento,
se les designará curador ad litem,
con quien se seguirá el trámite del
proceso. Rionegro, enero 13 de 2015.
Cordialmente, MARITZA RAMIREZ
VALENCIA. Secretaria.
JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE APARTADÓ ANTIOQUIA,
edicto emplazatorio, el suscrito
secretario hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso de
liquidación de sociedad patrimonial
conformada por los señores OLGA
PATRICIA UBARNE JIMÉNEZ y
ÁNGEL PALACIO CUESTA. Por lo
que se cita, llama y emplaza, a los que
se crean con derecho a intervenir en
el proceso de liquidación de sociedad
patrimonial de los señores OLGA
PATRICIA UBARNE JIMÉNEZ y
ÁNGEL PALACIO CUESTA, para
que comparezcan al Despacho con
el fin de intervenir y hacer valer
sus créditos, si los poseen. Proceso
radicado bajo el número 05045-3184-001-2015-00084-00. Para los
efectos del artículo 589 del Código
de Procedimiento Civil, se fija el
presente edicto, en cartelera pública
de la secretaría por el término de
diez (10) días hábiles y se publicará
por una sola vez en el periódico
El Mundo, el día domingo y en la
emisora Apartadó Estéreo cualquier
día de la semana entre las seis (6:00)
de la mañana y las once (11:00)
de la noche. Apartadó, Antioquia,
marzo 02 de 2015. HUMBERLEY
VALOYES QUEJADA. Secretario.
Fijación: se fija el presente edicto
en cartelera pública de la secretaría
hoy, 05 de Marzo de 2015, a las
8:00 de la mañana. Desfijación: se
desfija el presente edicto hoy, 18
de marzo de 2015, a las cinco de
la tarde (5:00 pm).
EDICTO. LA SECRETARIA DEL
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL, ANTIOQUIA,
EMPLAZA: A quienes se crean con
40
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
surtirá la mencionada notificación
y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 11 de marzo de
2015, Por, LEONARDO GÓMEZ
RENDÓN. Juez.
derecho a intervenir en el proceso
de sucesión intestada, de los causantes RAÚL ANTONIO TORRES
y CARMEN EMILIA ZAPATA, para
que comparezcan a este Despacho
en el término de diez (10) días, de
conformidad con el artículo 589 del
Código de Procedimiento Civil, y se
notifique del auto admisorio de la
demanda de sucesión interpuesta por
el señor RAÚL ANTONIO TORRES
ZAPATA y OTROS, cuyo radicado
es 05 667 40 89 001 2015-00004.
Siendo el municipio de San Rafael,
Antioquia, el lugar de su último
domicilio y asiento de sus bienes.
San Rafael, Antioquia, 26 de febrero
de 2015. Fijado, hoy 09 de marzo de
2015 a las 8:00 a.m. LILIA ROSA
GÓMEZ MARÍN. Secretaria.
Radicado: 002-2013-00858. LA SECRETARIA DEL TRECE CIVIL
MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN
DE MÍNIMA Y MENOR CUANTÍA
DE MEDELLÍN, EMPLAZA: Al
señor JANIO YAÑEZ PERNETH
para que comparezca a este Juzgado, ubicado en la carrea 50 nro.
51-23, Edificio Mariscal Sucre,
piso 5, oficina 504, con el fin de
notificarle personalmente el auto
de fecha 20 de septiembre de 2013
y corrección fechada 8 de octubre
de 2013, a través de los cuales se
libró mandamiento de pago a favor
de ADRIANA MORENO MORENO
y en su contra, en proceso radicado
2013-00858 que tiene como Juzgado
de origen el 2 Civil Municipal de
Medellín. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince
(15) días después de su publicación.
Se le advierte al emplazado que si
no comparecen dentro del término
señalado, se les designará un curador ad litem, con quien se surtirá
la notificación. Medellín, 25 de
febrero de 2015.
EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 00102. JUZGADO
SEGUNDO (2) CIVIL MUNICIPAL
DE DESCONGESTIÓN DE BELLO,
EMPLAZA: Al demandado LUIS
FERNANDO MESA RESTREPO,
para que dentro de los quince (15)
días siguientes a la publicación de
este edicto, comparezcan a este Despacho a recibir notificación personal
del mandamiento de pago auto de
fecha 23 de mayo de 2014, que se
libró dentro del proceso ejecutivo
singular instaurado por BANCO
AGRARIO DE COLOMBIA S.A.
como parte demandante, conforme
a lo estipulado en el art. 318 de
C.P.C. Se advierte al emplazado
que si no comparece dentro del
término indicado se les designará
un curador Ad-litem con quien se
surtirá la mencionada notificación
y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 11 de marzo de
2015, Por, LILIANA MARÍA VILLA
MESA. Juez.
EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 00393. JUZGADO
SEGUNDO (2) CIVIL CIRCUITO DE
ORALIDAD ITAGUÍ, EMPLAZA:
A los demandados, COMERFOOD
LT D A . y J U A N D AV I D M E S A
BARRIENTOS, para que dentro
de los quince (15) días siguientes
a la publicación de este edicto,
comparezcan a este Despacho a
recibir notificación personal del
mandamiento de pago auto de fecha
12 de septiembre de 2014, que se
libró dentro del proceso ejecutivo
singular instaurado por BANCO
AGRARIO DE COLOMBIA S.A.
como parte demandante, conforme
a lo estipulado en el art. 318 de
C.P.C. Se advierte al emplazado
que si no comparece dentro del
término indicado se les designará
un curador Ad-litem con quien se
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL
MUNICIPAL DE ORALIDAD DE
MEDELLÍN, EMPLAZA A: OMAR
DARÍO MAZO HOLGUÍN, para
que comparezcan a recibir notificación personal, del auto de fecha
14 de octubre de 2014, que libra
mandamiento de pago en su contra,
dictado dentro del proceso ejecutivo singular. Demandante: BANCO
CORPBANCA. Demandado: OMAR
DARÍO MAZO HOLGUÍN. Radicado: 2014-01238. Se advierte que el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado,
que si el emplazado no comparece
se le nombrará un curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
De conformidad con el Artículo 318
del C. P. C. modificado por el Art.
30 de la Ley 794/03.
EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL
MUNICIPAL DE ORALIDAD DE
MEDELLÍN, EMPLAZA A: MARTHA LUCÍA RENGIFO JARAMILLO, para que comparezcan a recibir
notificación personal, del auto de
fecha 17 de octubre de 2014, que
libra mandamiento de pago en su
contra, dictado dentro del proceso
ejecutivo singular de menor cuantía. Demandante: BANCO CORPBANCA. Demandado: MARTHA
LUCÍA RENGIFO JARAMILLO.
Radicado: 2014-1442. Se advierte
que el emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos quince (15) días
después de la publicación del listado,
que si la emplazada no comparece
se le nombrará un curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
De conformidad con el Artículo 318
del C. P. C. modificado por el Art.
30 de la Ley 794/03.
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE LOS
MILAGROS ANTIOQUIA, listado
de emplazamiento a los señores:
WILSON RAMÍREZ LOAIZA y
DIOMEDES MENDOZA ESPITIA,
proceso: ejecutivo, radicado N: 2014
00064. Demandante: COTRAFA
C O O P E R AT I VA F I N A N C I E R A .
Demandado: WILSON RAMÍREZ
LOAIZA – DIOMEDES MENDOZA
ESPITIA, asunto: emplazamiento.
En los términos del artículo 30 de
la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 318 del Código de
Procedimiento Civil, se advierte
a los señores WILSON RAMÍREZ
LOAIZA y DIOMEDES MENDOZA
ESPITIA, que deben comparecer a
este Juzgado dentro de los quince
(15) días siguientes a la publicación
de este listado y si no comparece en
el término citado, se les designará
curador Ad-litem con quien se surtirá
la debida notificación. Publíquese
en el periódico el Colombiano y/o
en el Mundo y en la radiodifusora
de esta localidad. San Pedro de
los Milagros Antioquia, marzo dos
(02) de 2015. JHENRRY DE JESÚS
CORREA LÓPEZ. Secretario.
CARTEL DE REMATE. EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BELLO,
HACE SABER: Que en el proceso
ejecutivo con título hipotecario del
BANCO CAJA SOCIAL contra HÉCTOR FABIO LLOREDA y MARTA
CECILIA VELÁSQUEZ, radicado
2011-01087, se ha señalado el 9
de abril de 2015 a las 9:00 a.m.,
para que se realice la diligencia de
remate del siguiente bien: “Inmueble
ubicado en la Calle 58 Nº 63-71
interior 203 de la, Barrio El Paraíso,
del municipio de Bello, al que le
corresponde el folio de matrícula
inmobiliaria 01N-5095866 de la
Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Medellín – Zona Norte,
de propiedad de los demandados. El
bien que será rematado está avaluado
en la suma de SESENTA Y SIETE
MILLONES NOVECIENTOS OCHO
MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO
PESOS M.L. ($67.908.618 M.L.).
Será postura admisible la que cubra
el 70% del avalúo, previa consignación del 40% que se depositará en
la cuenta que el Juzgado tiene en el
Banco Agrario de Bello. Bello, 5 de
marzo de 2015. DIANA MARCELA
GIRALDO CEBALLOS. Secretaria.
Edicto emplazatorio. EL JUZGADO
TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE
ORALIDAD DE MEDELLÍN, emplaza: a CONSTRUIR TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN
y OSCAR ANDRÉS CANO, para
que comparezcan a este Juzgado
en el término de quince (15) días,
el cual está situado en la Carrera
52 No. 42-73 edificio José Félix
de Restrepo, piso 12, con el fin de
notificarle el auto calendado del 18
de noviembre de 2014, por medio del
cual se libró mandamiento de pago
en su contra y a favor de CONFIAR
C O O P E R AT I VA F I N A N C I E R A ,
en proceso ejecutivo con radicado
2014-01912. A los emplazados se
les hace saber que si no comparecen
en la oportunidad antes indicada
se les nombrará curador ad-litem.
Medellín, 27 de febrero de 2015.
RAFAEL RICARDO ECHEVERRI
ESTRADA. Secretario.
Edicto emplazatorio. LA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO
DE FAMILIA DE ORALIDAD DE
MEDELLÍN, ordena incluir en el
listado emplazatorio a los demandados YONY DE JESÚS y MIRIAM
RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, para
que comparezcan a este despacho
judicial ubicado en la carrera 52
Nº 42-73 Of. 308, a notificarse del
auto admisorio de la demanda de
cancelación de patrimonio de familia
– rad. 2014-00590-00, instaurado
en su contra por la señora ANGELA
MARÍA PÉREZ ROBLEDO – Artículo 318 CPC, modificado por el art.
30 numerales 3 y 4 de la ley 794 de
2003. Se advierte a los emplazados
que de no concurrir en el término
de 15 días contados a partir de la
publicación del presente edicto, se
les nombrará curador Ad-litem que
los represente. Medellín, marzo 5 de
2015. GLORIA AMPARO CUERVO
RUIZ. Secretaria.
RADICADO: 2014-0589. EDICTO.
EL SECRETARIO DEL JUZGADO
VEINTIOCHO CIVIL MUNICIPAL
DE ORALIDAD DE MEDELLIN,
ubicado en la carrera 52 no. 42 –
73 Edificio José Félix de Restrepo
piso 15 – LaAlpujarra Medellín,
EMPLAZAAl señor MAURICIO
MONSERRATE ESCOBAR MUÑOZ,
para que en el término de quince (15)
días después de la publicación del
listado, comparezca a este Despacho
judicial a recibir personal notificación del auto del 13 de mayo de
2014, por medio del cual se libró
mandamiento de pago a favor del
PATRIMONIO AUTONOMO FC-RF
SOLUCIONES, cuya vocera es la
Fiduciaria Colpatria S.A., dentro
del proceso ejecutivo singular instaurado por la Fiduciaria Colpatria
S.A., dentro del proceso ejecutivo
singular instaurado por el BANCO
DE BOGOTÁ S.A., en su contra,
tramitado bajo el radicado No. 20140589.Se advierte al emplazado que
si no comparece dentro de término
indicado, se le designará curador
ad litem con quien se verificará
la mencionada notificación y se
continuará el trámite del proceso.
Publíquese el edicto en el Mundo
o el Colombiano, en su edición
nacional el día domingo.Lo anterior
de conformidad a lo establecido en
el Artículo 318 del estatuto adjetivo
Civil, modificado por el Artículo 30
de la Ley 794 de 2.003.Secretario.
JUZGADO PROMISCUO DEL
CIRCUITO DE SANTA ROSA DE
OSOS – ANTIOQUIA doce (12) de
marzo de dos mil quince (2015),
emplaza: a PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con algún
derecho sobre el siguiente bien
inmueble, que se desprende de otro
de mayor extensión ubicado en la
vereda El Roble, conocido con el
nombre de “El Descanso” en Santa
Rosa de Osos – Antioquia. Linderos
únicos y actuales del predio de
menor extensión que se pretende
usucapir: “Partiendo del kilómetro
1 por la carretera que de Santa Rosa
de Osos va para Guadalupe hasta
llegar a la escuela El Roble; a mano
derecha hacia el camino lindando
con la escuela a encontrar lindero
con Ramón Atehortúa; atraviesa
el camino a encontrar lindero con
propiedad de María Edilma Guerra
Granda; sigue línea recta a salir a
la carretera veredal y por ésta hasta
la carretera que de Santa Rosa de
Osos conduce a Guadalupe y por
toda ella al punto de partida”. Área
total de 13 ha. Linderos antiguos del
lote de mayor extensión: “De una
peñolera que está en la quebrada
chamba arriba, lindando con propiedad de Antonio Machado hasta
salir a la carretera que conduce a
Yarumal; sigue por la carretera
hacia abajo atravesando el camino
que va para Angostura hasta llegar
a lindar con terreno de propiedad
de los herederos de Jesús Antonio
Amaya, haciendo escuadra; sigue
por todo el borde del camino que
conduce a Angostura lindando con
propiedad de Israel Amaya y Pedro
Montoya hasta llegar a una puerta
de golpe que está junto a un pino;
vuelve y hace escuadra hacia la
derecha y sigue por una chamba
abajo lindando con terrenos de la
finca de Jenara Amaya a caer a un
amagamiento que sale de propiedad
de la citada Amaya, amagamiento
abajo lindando con propiedad de
José de Jesús Quintero hasta llegar
a la peñolera, punto de partida”.
Linderos actualizados del lote de
mayor extensión: “Partiendo de
la carretera troncal que va para
Yarumal en lindero con propiedad
de Jesús Roldán , con éste por una
cañada; sigue luego por un monte
con el mismo Roldán; con éste a
encontrar lindero con propiedad del
señor Rubén Vélez, con éste hasta
una carretera veredal, atraviesa ésta
a encontrar lindero con propiedad
de la señora Edilma Guerra Granda;
por chamba a encontrar lindero
con Ramiro Atehortúa; sigue con
éste hasta la escuela El Roble y
con ésta a la carretera que va para
Carolina, atraviesa ésta a lindar
con la avícola, por ésta a encontrar
lindero con propiedad de Benjamín
Betancur, con éste a encontrar lindero con Joaquín Emilio Pérez, con
éste a la carretera troncal; por toda
la carretera al punto de partida”.
Inmueble identificado con matrícula
inmobiliaria Nº 025-5057 de la
Oficina de Registro de Instrumentos
Públicos de Santa Rosa de Osos.El
emplazamiento se hace en virtud
del proceso ordinario agrario de
pertenencia (prescripción adquisitiva
extraordinaria de dominio), radicado
con el número 056863189001-201200211 promovido por OCTAVIO
DE JESÚS GUERRA VANEGAS,
C.C. Nº 3.598.399 en contra de
J E S Ú S A N TO N I O Q U I N T E R O
VIANA, C.C. Nº 544.164; María
Mercedes Quintero Viana, C.C. Nº
22.054.057; Ana Francisca Quintero
Viana; C.C. Nº 22.053.954; María
Josefa Quintero Viana; C.C. Nº
22.053.176; José Isidro Quintero
Viana, C.C. Nº 527.664; Ignacia
de Jesús Quintero Viana, C.C. Nº
22.052.826; Ignacio de Jesús Quintero Viana, (sin identificación);
Marta Inés Amaya Quintero, C.C.
Nº22.053.885; María Fabiola Amaya Quintero, C.C. Nº 22.056.057;
Jorge Iván Amaya Quintero; C.C.
Nº3.597.290; María Eumelia Quintero
Ardila, C.C. Nº 32.418.594; María
Doralba Quintero Guerra, C.C. Nº
22.058.290; María Omaira Quintero
Guerra, C.C. Nº 43.508.791; Claudia
Patricia Quintero Guerra, C.C. Nº
43.740.269; Edwar Alcides Quintero
Chauster, C.C. Nº 88.267.979; Jhon
Fredy Quintero Guerra, C.C. Nº
88.197.235; Luis Fernando Quintero
Guerra, C.C. Nº 13.459.426; María
Eugenia Quintero Ardila, C.C. Nº
32.418.594; Paula Andrea Quintero
Guerra, C.C. Nº 43.158.945; Luz
Mary Quintero Guerra, C.C. Nº
43.740.268; Nidia Yaneth Quintero
Guerra, C.C. Nº 43.748.810; José
David Quintero Restrepo, C.C. Nº
70.052.515; María Teresa Zapata
Quintero, C.C. Nº 22.055.901; y
personas Indeterminadas, que se
crean con algún derecho sobre el
inmueble descrito pretendido en
usucapión y objeto del proceso,
para que a más tardar dentro de los
quince (15) días siguientes a la fecha
en que se quede surtido el emplazamiento, hagan valer el derecho
que creen tener. El edicto se fijará
por el término de veinte (20) días
en un lugar visible de la secretaría
del Despacho y se publicará por dos
(2) veces con intervalos no menos
de cinco (5) días dentro del mismo
término en el periódico El Mundo
o El Colombiano de Medellín y en
la emisora de Santa Rosa de Osos.
Transcurridos quince (15) días a
partir de la expiración del edicto,
se tendrá surtido respecto a los demandados emplazados PERSONAS
INDETERMINADAS a quienes se
les nombrará un curador Ad-litem,
quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Artículo 407
del Código de Procedimiento Civil.
LEONARDO ÁNGEL ROLDÁN
PÉREZ. Secretario. Fijado en la
secretaría del Despacho el 13MAR.
2015 a las 8:00 a.m. Se desfija el
17 ABR 2015 a las 5 p.m.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE
D E S C O N G E S T I O N D E M E D ELLÍN, emplaza a los demandados
OMAR ALBERTO GAVIRIA PÉREZ,
identificado con C.C. 15.323.240 y
HERNÁN DE JESÚS MONTOYA
GIRALDO, identificado con C.C.
3.582.651, para que comparezcan
a este Juzgado, ubicado en la Carrera 50 Nº 51-23 Edificio Mariscal
de Sucre, Piso 6, Of. 605 de Medellín, con el fin de notificarles
personalmente el auto de fecha
23 de abril de 2014, a través del
cual se libró mandamiento de pago
en favor de BANCO PROCREDIT
DE COLOMBIA S.A. y en contra
de OMAR ALBERTO GAVIRIA
PÉR EZ y H ER N Á N D E J ESÚ S
MONTOYA GIRALDO con radicado
Nº 2014-00259. El emplazamiento
se entenderá surtido transcurridos
quince (15) días después de su
publicación. Se le advierte a los
emplazados, que sino comparecen
dentro del término señalado, se les
designará un curador Ad-litem, con
quien se surtirá la notificación. ANA
MARÍA ARROYAVE LONDOÑO.
Secretaria.
Edicto emplazatorio. Radicado 007
2014 174. EL JUZGADO SEGUNDO
CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLÍN,
emplaza a ADRIAN DE JESÚS VILLA, MARIO ALONSO HOLGUÍN
RAMÍREZ y MARISOL HOLGUÍN
RAMÍREZ, para que dentro de los
quince (15) días siguientes a la
publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho a recibir
personal notificación del contenido
del auto de fecha julio 04 de 2014,
que libró mandamiento de pago
en su contra dentro del proceso
ejecutivo singular instaurada por
BANCO PROCREDIT COLOMBIA
S.A. Lo anterior de conformidad con
lo establecido en el art. 318 del C.
de P. Civil, reformado por el Art.
30 de la Ley 794/03. Se advierte a
la emplazada que si no comparece
dentro del término indicado se le
designará un curador Ad-litem con
quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite
del proceso. Medellín, marzo 9 de
2015. LUISA FERNANDA LONDOÑO TOVAR. Secretaria.
JUZGADO PRIMERO CIVIL CIRC U I TO I TA G U Í . R a d i c a d o N o .
002-2013-00164. Cartel de remate,
hace saber: Que dentro del proceso
ejecutivo hipotecario instaurado
por BANCO BBVA COLOMBIA
S.A. contra CARLOS ALBERTO
RODRÍGUEZ ACEVEDO se ha
señalado como fecha y hora para
llevar a cabo la diligencia de venta
en pública subasta el día martes
veintiocho (28) de abril de dos mil
quince (2015) a la una de la tarde
(1:00 p.m.) del siguiente inmueble:
Inmueble identificado con el folio de
matrícula inmobiliaria 001-957348
ubicado en la Calle 96BSur No.
55-246 de la Estrella, Antioquia.
Será postura admisible la que cubra
el setenta por ciento (70%) del
avalúo total del inmueble antes
descrito, el cual asciende a la suma
de CIENTO OCHENTA Y CUATRO
MILLONES OCHOCIENTOS DOS
MIL PESOS ($184.802.000.00),
previa consignación del cuarenta
por ciento (40%) de dicho valor
para poder licitar. El remate al que
se hace alusión estará sujeto a las
disposiciones de que trata la ley
1395 de julio 12 de 2010. Itagüí,
febrero 27 de 2015. MARCO FIDEL
OCHOA MEJÍA. Secretario. Fijado
el 03 de marzo, a las 8:00 a.m. de
2015. Desfijado el 27 de abril, a
las 5:00 p.m. de 2015.
EDICTO. LA SECRETARIA DEL
JUZGADO DOCE DE FAMILIA
EN ORALIDAD DE MEDELLÍN,
EMPLAZA: A las personas que se
crean con derecho de intervenir en
el proceso de sucesión testada de la
causante INÉS EMILIA SUÁREZ
VIUDA DE MONTOYA, fallecida en
la ciudad de Medellín, lugar de su
último domicilio, el 12 de octubre
de 2013, a fin de que hagan valer sus
derechos (artículo 589 del Código
de Procedimiento Civil). Radicado
No. 050013160012-2014-002278-00.
Fecha de fijación de edicto: 6 de
marzo de 2015 a las 8 a.m. fecha de
desfijación de edicto: 19 de marzo
de 2015 a las 5 p.m. ADRIANA
MARÍA RÍOS JIMÉNEZ. Secretaria.
AVISO DE REMATE. EL JUZGADO
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ENVIGADO ANTIOQUIA,
HACE SABER: Que en el proceso
hipotecario de TITULARIZADORA
COLOMBIANA S.A., cesionaria
y endosataria de COLMENA hoy
BCSC en contra de CARLOS MARIO
ÁLVAREZ BARRERA y MARÍA
ELENA SOTO SALAZAR, Radicado
2011-000523, conforme al auto de 25
de febrero de 2015, el cual adiciona
auto del 19 de diciembre de 2014,
se ha señalado el día diecinueve
(19) de mayo de dos mil quince
(2015), a las ocho de la mañana
(8:00 a.m.), para llevar a efecto la
diligencia de remate de los bienes a
saber: Ubicación de los inmuebles:
* Calle 23Sur No. 28-49, apartacasa
514 lote 15 mz. D Bloque 114,
matrícula inmobiliaria 001-667631.
Avalúo total: inmueble matricula
001-667631, está avaluado en la
suma de $423.775.000. * Calle 23Sur
No. 28-49, garaje 5, bloque 114
matricula inmobiliaria 001-667624.
Avalúo total: inmueble matrícula
001-667624, está avaluado en la
suma de $69.382.129. Será postura
admisible la que cubra el 70% del
avalúo total, previa consignación
del 40% del avalúo total en el Banco Agrario de Colombia, sucursal
Envigado. Los interesados deberán
presentar su oferta en sobre cerrado,
de conformidad con lo establecido
en el Art. 527 del C. de P. Civil,
reformado por el artículo 34 de la
Ley 1395 de 2010. La diligencia
mencionada, comenzará a la hora
indicada y tendrá una duración mínima de una hora. Dado en Envigado
Antioquia, a los veinticinco (25)
días del mes de febrero de dos mil
quince (2015). JAIME ALBERTO
ARAQUE C. Secretario.
Edicto emplazatorio. Art. 318 del
C.P.C. Juzgado que requiere: JUZGADO 10 CIVIL MUNICIPAL ORAL
DE MEDELLÍN, ubicado en Palacio
de Justicia La Alpujarra Cra. 52
No. 42-73 de Medellín, nombre
del emplazado: ANDRÉS FELIPE
ABAD GONZÁLEZ, naturaleza del
proceso: proceso ejecutivo prendario, demandante: BANCOLOMBIA
S.A. Demandado: JOSÉ AZARIAS
AGUDELO GUTIÉRREZ, auto a notificar: 26 de noviembre de 2014 libró
mandamiento de pago. Se advierte
que el emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos quince (15)
días después de la publicación del
listado, si el emplazado no comparece
se le nombrará curador ad litem con
quien se surtirá la notificación.
16 de febrero de 2015. WILLIAM
MOLINA ARANGO. Secretario.
EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 01512. JUZGADO
TRECE (13º) CIVIL CIRCUITO DE
MEDELLÍN, EMPLAZA: Al demandado JUAN DIEGO VELÁSQUEZ
ÁLVAREZ, para que dentro de los
quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezca
a este Despacho a recibir notificación personal del mandamiento de
pago del día 12 de diciembre de
2014 ejecutivo singular instaurado
por BANCOLOMBIA S.A. como
parte demandante, conforme a lo
estipulado en el art. 318 de C.P.C.
Se advierte alas emplazadas que si
no comparecen dentro del término
indicado se les designará un curador Ad-litem con quien se surtirá
la mencionada notificación y se
continuará el trámite del proceso.
Medellín, 11 de marzo de 2015,
Por, MARÍA CLARA OCAMPO
CORREA. Juez.
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
AVISO DE REMATE. EL JUZGADO
PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL
MUNICIPAL DE MEDELLIN, HACE
SABER:Que dentro del proceso
ejecutivo hipotecario identificado
bajo el radicado 0500140 03001 2012
01531 00 promovido porBANCOLOMBIA S.A. en contra de JORGE
ELIÉCER RENTERÍA URRUTIA y
LUZ LEILA MEDINA SAAVEDRA,
se ha señalado el día nueve (9) de
Abril de dos mil quince (2015), a
las diez de la mañana (10:00 a.m.),
para llevar a cabo ladiligencia de
remate del inmueble trabado en la
litis, ubicado en la Calle 65A No.
97-143 Lote 3 Manzana 7 Conjunto
Residencial Urbanización La Macarena P.H., e identificado conel
fo l i o d e m a t r í c u l a i n m o b i liar ia
Nro.01N-5302415 de la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos
de Medellín, Zona Norte, avaluado
en la suma de $40.264.500.00.Será
postura admisible la que cubra el
70% delavalúo dado al bien inmueble
y postor hábil quienpreviamente
consigne el 40% del mismo, en el
Banco Agrario, sucursal Ciudad
Botero, en la cuenta de la Oficina
de Ejecución Civil Municipal de
Medellín. Los interesados deberán
presentar en sobre cerrado sus ofertas
para adquirir el bien subastado. El
sobre deberá contener además de
la oferta suscrita por el interesado,
el depósito previsto en el artículo
526 del C.P.C., de conformidad con
lo señalado en el artículo 34 de la
Ley 1395 de 2010. Lo depósitos de
dineros para efecto de la presente
diligencia deberán efectuarse en la
cuenta Nº 050012041700 del Banco
Agrario, de la Oficina de Ejecución
Civil Municipal de Descongestión
de Medellín. La licitación empezará
a la hora señalada, y no cerrará sin
haber transcurrido una (1) hora por
lo menos. La licitación se llevará a
cabo,conforme a lo normado en la
Ley 1395 del 12 de julio de 2010.
Publíquese aviso por un periódico
de amplia circulación en el lugar, en
este caso, El Mundo, El Colombiano
o El Tiempo y por radiodifusora
local. El aviso se publicará con
antelación no inferior a diez días
a la fecha señalada para el remate,
de conformidad con el artículo 55
de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 525 del C.P.Civil.
Con la copia o la constancia de la
publicación del aviso se allegará un
certificado de tradición y libertad
del inmueble actualizado, expedido
dentro de los cinco días anteriores
a la fecha prevista para la diligencia del remate. Se advierte, que en
el evento de que con relación al
inmueble objeto de la subasta se
adeuden cuotas de administración
con posterioridad al mes de agosto de
2001 y que no fueron canceladas por
su actual propietaria; el adquirente
del inmueble se hace solidariamente
responsable con el propietario, del
pago de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 2
de la Ley 675 de 2001. Medellín,
27 de febrero de 2015. CLAUDIA
ELENA VELÁSQUEZ GONZÁLEZ.
Secretaria Oficina Ejecución Civil
Municipal de Medellín.
AVISO DE REMATE. EL JUZGADO
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
DE ENVIGADO ANTIOQUIA, HACE
SABER: Que en el proceso ejecutivo
con acción mixta que convoca a
COLTEBIENES LTDA. en contra
de TORTAS Y TORTAS S.A., y/o
JAIRO DE JESUS CRUZ MUÑOZ
y que tiene demandante acumulante
a BANCOLOMBIA S.A. en contra
de los mismos demandados, con
número de radicación 05266 31 03
001 2013 00525 00; se ha señalado
el día nueve (9) del mes de junio
de 2015, a las ocho de la mañana
(8:00 a.m.), para llevar a efecto
la diligencia de remate sobre los
bienes a saber: El que se diferencia
con matrícula inmobiliaria No. 001538298; avaluado en $114.307.500,
se localiza según el certificado de
tradición y libertad en el municipio
de Medellín en: 1) Calle 49B No.
67A-25 Segundo piso Apto 201, 2)
Calle 49B No. 67A-25 Int. 0201
(dirección catastral). Será postura
admisible la que cubra el 70% del
avalúo total, previa consignación
del 40% del avalúo total en el Banco Agrario de Colombia, sucursal
Envigado. Los interesados deberán
presentar su oferta en sobre cerrado,
de conformidad con lo establecido
en el Art. 527 del C. de P. Civil,
reformado por el artículo 34 de la
Ley 1395 de 2010. La diligencia
mencionada, comenzará a la hora
indicada y tendrá una duración mínima de una hora. Envigado, seis (6)
de marzo de dos mil quince (2015).
Atentamente, JAIME ALBERTO
ARAQUE C. Secretario.
AVISO DE REMATE. EL JUZGADO
SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
DE ENVIGADO ANTIOQUIA, HACE
SABER: Que en el proceso ejecutivo
con acción mixta que convoca a
COLTEBIENES LTDA. en contra
de TORTAS Y TORTAS S.A., y/o
JAIRO DE JESUS CRUZ MUÑOZ
y que tiene demandante acumulante
a BANCOLOMBIA S.A. en contra
de los mismos demandados, con
número de radicación 05266 31 03
001 2013 00525 00; se ha señalado
el día cuatro (4) del mes de junio
de 2015, a las ocho de la mañana
(8:00 a.m.), para llevar a efecto
la diligencia de remate sobre los
bienes a saber: * El que se diferencia con matrícula inmobiliaria
No. 001-751173; está avaluado en
$250.459.860 y aparece en el certificado de tradición y libertad en el
municipio de Medellín en: 1) Calle
20Sur No. 35-142 Edf. San Sebastián
de la Frontera segundo piso Apto
202, 2) Calle 20Sur No. 35-142
Edf. San Sebastián de la Frontera
Int. 0202 (dirección catastral). *
El que se diferencia con matrícula
inmobiliaria No. 001-751168; está
avaluado en $28.000.000 y aparece en
el certificado de tradición y libertad
en el municipio de Medellín en: 1)
Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San
Sebastián de la Frontera segundo nivel
parqueadero 5, 2) Calle 20Sur No.
35-142 Int. 9905 (dirección catastral).
* El que se diferencia con matrícula
inmobiliaria No. 001-751171; está
avaluado en $4.000.000 y aparece en
el certificado de tradición y libertad
en el municipio de Medellín en: 1)
Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San
Sebastián de la Frontera segundo
nivel Cuarto Útil 2, 2) Calle 20Sur
No. 35-142 Int. 8902 (dirección
catastral). Será postura admisible la
que cubra el 70% del avalúo total,
previa consignación del 40% del
avalúo total en el Banco Agrario de
Colombia, sucursal Envigado. Los
interesados deberán presentar su
oferta en sobre cerrado, de conformidad con lo establecido en el Art.
527 del C. de P. Civil, reformado
por el artículo 34 de la Ley 1395
de 2010. La diligencia mencionada,
comenzará a la hora indicada y tendrá
una duración mínima de una hora.
Envigado, seis (6) de marzo de dos mil
quince (2015). Atentamente, JAIME
ALBERTO ARAQUE C. Secretario.
CARTEL DE REMATE LA SECRETARIA DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO
DE MEDELLÍN HACE SABER:
Que el proceso Ejecutivo Mixto
incoado por BANCOLOMBIA S.A.
en contra de la Sociedad CORACI S.A.S. y de los señores JUAN
FERNANDO RAMÓN ZAPATA,
SARA CAROLINA CIFUENTES
GÓ¬MEZ y ANGELA MARÍA GÓMEZ DE CI¬FUENTES, con Radicado
Nro. 011/2013-00161-00, al cual se
encuentra acumu¬lado el proceso
Ejecutivo Singular ins¬taurado por
Bancolombia S.A., encontra de la
Sociedad CORACI S.A.S. y Juan
Fernando Ramón Zapata, registrado
bajo el No.701/2014-00007, se ha
señalado el 08 de abril del 2015,
a las 8:00 a.m. para que realice la
diligencia de los siguientes bienes
inmuebles: * Inmueble ubicado en
la carrera 43A No.1-50, séptimo
piso, Oficina 706, Torre 3, Segunda
Etapa, perteneciente al Conjunto
Inmobilia¬rio San Fernando Plaza P.H., identifi¬cado con folio de
Matrícula Inmobi¬liaria 001-952303
de la Oficina de Re¬gistro de Instrumentos Públicos Zona Sur de
Medellín. Avaluado en la suma de
cuatrocientos sesenta y dos millones ciento cincuenta mil pesos m.l.
($462.150.000.oo Cfr.fol. 59 C-2).
* In¬mueble ubicado en la carrera
43A No.1-50 Piso 1, parqueadero
144 P-1, Segunda Etapa, perteneciente al Conjunto Inmobiliario San
Fernando Plaza P.H. Identificado
con folio de Matrícula Inmobiliaria
No.001-952518 de la oficina de
Registro de Instrumentos Públicos
Zona Sur de Mede¬llín. Avaluado
en la suma de veinticinco millones
de pesos m.l. (25.000.000.oo). *
Inmueble ubicado en la carrera 43A
No.1-50, Piso 1, par¬queadero 145
P-1, Segunda Etapa, perteneciente
al Conjunto Inmobilia¬rio San Fernando Plaza P.H. Identifica¬do con
folio de Matrícula Inmobiliaria 001952519 de la oficina de Registro de
Instrumentos Públicos Zona Sur de
Medellín, Avaluado en de veinticinco
millones de pesos m.l. (25.000.000.
o¬o). Será postura admisible la que
cu¬bra el 70% del avalúo de dichos
pre¬dios (Art. 523 del C. De P. Civil). Además, será necesario que se
realice el depósito para hacer postura
consis¬tente en una previa consignación del 40% sobre el avalúo del
respectivo bien conforme lo establece
el artículo 526 del Código Adjetivo
Civil. Final¬mente, se advierte a
los postores que la almoneda se
realizará conforme al precepto 527
Ibíd. Modificado por el canon 34 de
la ley 1395 de 2010. Me¬dellín, 04
de marzo de 2015. FERNEY VELÁSQUEZ MONSALVE, Secretario.
El Juzgado Civil del Cto de Marinilla,
Ant. Rdo. 2015-00051-00. Emplaza
a las personas indeterminadas que
se crean con algún derecho sobre
el bien inmueble que mas adelante
se detallara. Para que comparezcan
en el termino de 20 dias al proceso
Agrario-Prescripción Extraordinaria
Adquisitiva de Dominio- que en
su contra les promueve William
Hernan Medina Moscote. Lote a
Usucapir: Un Lote de terreno con
un area aproximada de 64.770 m2,
con sus mejoras y anexidades con
servidumbres activas u pasivas, ubicado en la Vereda Bonilla el chilco
del Mpio de El peñol, Ant., cuyos
linderos son: “por el frente con la
carretera veredal de Bonilla arriba,
Por un costado con predios de de
William Medina, sigue a predios de
Gerardo Galeano, por el fondo con
el mismo predio de Gerardo Galeano, por un costado con predios de
Fabio Vergara”. El presente edicto
se fijara por el termino de 20 dias
en un lugar visible de la sria del
juzgado y se publicara por 2 veces
con intervalos no menores de 5
dias calendario dentro del mismo
termino, en Prensa y emisora local.
Transcurridos 15 dias a partir de la
expiración del emplazamiento, se
entenderá surtido el presente (Art.
407 del C.P.C.). Se advierte a los
emplazados que si no comparecen en
el término indicado, se les designara
curador Ad-litem con quien se surtirá
la notificación y continuara el tramite
del proceso hasta su terminación.
El Juzgado se encuentra en la calle
30 No. 31-64, casa de la justicia de
Marinilla. Marinilla 11/02/2015.
Fijado el 26/02/2015 a las 8:00 a.m.
Gustavo Cardona. Srío.
El Juzgado Promiscuo Mpal de El
Retiro, Ant. Rdo. 2014-00207 Emplaza a las personas indeterminadas
que se crean con derecho sobre el
inmueble objeto de esta Litis, para
que comparezcan dentro del proceso Verbal Especial de pertenencia
para otorgar titulo de propiedad
por prescripción extraordinaria de
dominio, que ha promovido Luz
Estela Castañeda Echeverri. En el
Juzgado, ubicado en la calle 18 Zea
No. 21-01, donde se les requiere para
notificarlos personalmente del auto
dictado el 24/02/2015, por medio del
cual se admitio la demanda dentro
del mencionado proceso. El bien
que se pretende usucapir es el sgte:
un lote de terreno identificado con
el código catastral Nº 05-607-0000-00-00-0009-0086-5-00-00-0000,
que hace parte de otro de mayor
extensión que se encuentre registrado
en la oficina de registro de II.PP
de la Ceja, Ant con el F.M.I. No.
017-21362. Los linderos actuales
son: Lote 1B: un lote de terreno
ubicado en la via Pantanillo,. El
Retiro, Sector “La Palencia”, el
cual posee un area comprobada de
1.122 mts2 y el cual se encuentra
delimitado por los sgtes linderos:
por el Norte, en una extensión de
33.55 mts2 con predio de propiedad de Anna Maria Coe Salazar y
Roger Graham Coe Salazar; por el
oriente, en una extensión de 19.52
mts2 con predio de propiedad de
Albertina Martinez; por el sur, en
una extensión de 42.27 mts2 con via
de acceso a este lote y a predios
del sector, por el occidente, en una
extensión de 38.22 mts2 con predio
de Anna Maria Coe Salazar y Roger
Graham Coe Salazar. Lote 1D. un
lote de terreno con una construcción
existente, ubicado en la via Pantanillo- El Retiro, sector “La Palencia”,
El Cual Posee un area comprobada
de 413 mts2 y el cual se encuentra
delimitado por los sgtes linderos. Por
el Norte, en una extensión de 28.5
Mts2 con via de acceso a este lote y
a predios del sector; por el oriente,
en una extensión de 14.38 mts2 con
la misma via de acceso a este lote
y a predios del sector; por el sur,
en una extensión de 29.18 mts2 con
predio de Samuel Roman Calderon;
por el occidente, en una extensión de
13.05 mts2 con predio de propiedad
de Jose Ignacio Uribe Yepes. Se
advierte que el emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos 15
dias después de la fecha de desfijacion del presente edicto, que si
los emplazados no comparecen se
le nombrara curador Ad-litem con
quien se surtirá la notificación. Se
fija el presente edicto en un lugar
visible de la sría por el termino de
20 dias y se ordena su publicación
por 2 ocasiones, con intervalos no
menores a 5 dias calendario, dentro
del mismo termino, en prensa y
emisora local, El Retiro 24/02/2015.
Fijado hoy 27/02/2015 a las 8.00
a.m. Leslie Steve Jaramillo. Srío.
El Juzgado Civil Mpal de Girardota,
Ant. Rdo. 2014-00276. Emplaza a
los colindantes que se crean con
derechos sobre el 50% del bien inmueble situado en la cabecera de
“El Umbi” del Mpio de Girardota
llamado “El Barriadero”, materia del
proceso Verbal Especial (saneamiento
de Titulo de la Falsa Tradicion),
de minima cuantia, instaurado por
Alberto Hincapie Giraldo. C.C.
71.001-771 contra los herederos
determinados e indeterminados de
Marco Antonio Valencia Zapata. C.C.
654.757, teniéndose como herederos
determinados a Abelardo de Jesus
Valencia Alzate. C.C. 655.554, Fabio de Jesus Valencia Alzate. C.C.
3.487.122, Marco Antonio Valencia
Alzate. C.C. 3.487.501, Miguel Angel
Valencia Alzate C.C.3.488.118 y las
señoras Leonor Valencia Alzate.
C.C. 21.763.136 y Maria Bertalina
Valencia Alzate. C.C. 21.762.030,
inmueble que linda: “Por el pie, con
propiedad de Belisario Morales; por
un costado, con el vendedor en la
dirección que da al árbol de Chagualo; por la parte de encima, con
propiedad de Victor Zapata; y por
el otro costado, con propiedad de
Eustaquia Alzate y el comprador”.
Con la nueva formación catastral
quedo como paraje El Totumo, llamado “El Barriadero” de este Mpio
de Girardota, y particularmente a
Miriam Ayde Mosquera Rodriguez,
Luis Ivan Castrillon Alzate, Maria
del Socorro Morales Ramirez, Belisario Morales Cataño, Luis Alfonso
Morales Rua, Margarita Maria Velez,
Luis Alberto Morales Gonzalez, Jose
Israel Morales Rua y Rosa Margarita
Montoya Sierra, quienes figuran en
el certificado expedido por la Dirección de Sistemas de información
y Catastro de la gobernación de
Ant. Art. 407 del C.P.C., el presente
edicto se fijara por el termino de 20
dias en un lugar visible de la sría
del juzgado, y se publicara por 2
veces con intervalos no menores de
5 dias calendario dentro del mismo
termino, en prensa y emisora local.
Transcurridos 15 dias a partir de
la expiración del emplazamiento,
se entenderá surtido el mismo. Se
advierte a los emplazados que si no
comparecen en el termino indicado,
se les designara curador Ad-litem con
quien se surtirá la notificación y
continuara con el tramite del proceso
hasta su terminación. El juzgado
esta situado en la calle 6 No. 14-43
piso 4º del Mpio de Girardota, Ant.
Girardota 02/03/2015. Fijado en un
lugar visible de la secretaria por
el termino de 20 dias hábiles hoy
02/03/2015 a las 8.00 A.M. Camilo
Pineda Cañas. Srío.
El Juzgado Promiscuo del Cto de
Cisneros, Ant. Rdo. 2014-00253-00.
Emplaza a las personas indeterminadas que se crean con derecho de
intervenir en el proceso Ordinario
de pertenencia (por prescripción
extraordinaria de dominio), sobre
el bien inmueble objeto de litigio
ubicado en el area urbana del Mpio
de Santo Domingo, Ant., en la Carrera 17 A No. 16-13 LT, con un
area de 0,162 mts2, según ficha
predial No. 21503788, comprendido
por los sgtes linderos: por el Norte
con los predios 690100002700039,
6901001054008400007, con la Cra
17 y con caño Calle Enriquez; por
el oriente, con el caño de la calle Enriquez, por el Sur, con los
predios 6900100103400003/00002;
y por el occidente con el predio
6901001003400005. Cedula catastral
No. 6900100103400001000000. Dicho
inmueble se encuentra inmatriculado; proceso promovido por Nubia
Maria Cifuentes Osorio en contra
de personas indeterminadas que se
tramita en este juzgado. Para que
comparezcan por si o por medio
de apoderado dentro del termino
de 20 dias hábiles, a recibir notificación personal del auto admisorio
de la demanda. Art. 318 y 407 del
C.P.C. El presente edicto se fija por
el termino de 20 dias en un lugar
visible de la sría del despacho y
se publicara por 2 veces en prensa
y emisora local. Transcurrido 15
dias después de la publicación, se
entenderá surtido el emplazamiento,
si no comparecieren las personas
interesadas se les designará curador Ad-litem, con quien se surtirá
la notificación y se continuara el
proceso hasta la terminación. Cisneros, Ant. 20/02/2015. Fijado hoy
23/02/2015 a las 8:00 a.m. Martha
Lyliam Jaramillo. Sría.
El Juzgado 13 Civil del Cto de Med.
Rdo. 2015-00131. Emplaza a todas
las personas indeterminadas que se
crean con derecho sobre el inmueble
pretendido mediante declaración de
pertenencia por prescripción Adquisitiva Ordinaria de dominio, el cual
se describe a continuación, para
que desde la fijación del presente
edicto hasta dentro de los 15 dias
sgtes, contados a partir de la fecha
en que quede surtido el emplazamiento, comparezcan contestando
la demanda o adoptando las demás
posiciones que estimen pertinentes
frente a ella, en este proceso verbal
de pertenencia instaurado por Blanca
Ines Orrego de Puerta en contra de
Nelson John, Sonia Celina, Aura y
Oscar Eleazar Puerta Gallo; Hector
Wilson, Maryory Y Alba Luz Puerta
Orrego en calidad de herederos determinados de Fanny Puerta Gallo;
Liliana Duque Puerta en calidad
de heredero determinado de Ofelia
Puerta Gallo; Loenel Gomez Puerta
en calidad de heredero de Graciela Puerta Gallo; Romulo y Nubia
Hernandez Puerta como herederos
determinados de Blanca Puerta Gallo;
Janeth, Elena y Aide Puerta Velez
como herederos determinados de
Edisson Puerta Gallo, Gladys Puerta
en calidad de heredero determinado
de Jairo Puerta Gallo; y herederos
determinados e indeterminados de
Saul Emilio Puerta Gallo; todos como
herederos determinados de Victor
Puerta Gallo, con la advertencia que
si comparecen con posterioridad,
lo tomaran en el estado en que se
encuentre, Nral 6º, literal b, del
Art. 407 del C.P.C. el inmueble
cuya declaración de pertenencia se
pretende, se encuentra alinderado
asi: Linderos Generales “Un lote
de terreno con casa de habitación,
marcada con el Nº 51-15, y el local
Rio de Oro Nº 70 A-91, 70 A-89,
70 A-85, con todas sus mejoras y
anexidades, situado en esta ciudad
de Med, en la calle 71 El Fundingo,
Barrio El Fundungo, y que corresponde los sgtes linderos: por el frente,
que da al norte, con la calle 71 El
Fundungo; por el sur, con propiedad
de Francisco y Gilberto Echeverry;
por el costado Oriental, con la Cra
Bolivar (51); y por el otro costado
occidental, con propiedad del comprador”. Linderos específicos del
inmueble a prescribir: “piso primero: Apartamento de la demandante:
“Inmueble ubicado en la ciudad de
Med, Barrio EL Fundungo, en calle
71 No. 51-15, cuenta con los sgtes
linderos actuales: por el frente o
Norte, con la calle 71; por el costado derecho u occidente, con local
comercial marcado con el Nº 51-21
de Blanca Orrego; por el costado
izquierdo u oriente, con local en
esquina marcado en el No. 70 A-89
de la Cra 51 Bolivar; por encima,
con el apto segundo piso marcado
con el No. 51-17. Area aproximada
conforme al avaluo realizado es de
70 M2. Se advierte a los emplazados
que si no comparecen dentro de
los 15 dias sgtes a la fecha en que
quede surtido el emplazamiento, se
les designara un curador Ad-litem
para que los represente, con quien
se surtirá la notificación y se continuara con el tramite del proceso.
Este edicto se fijara en un lugar
41
visible de la sría por 20 dias y dentro
de este termino, se publicara por 2
veces, con intervalos no menores
de 5 dias calendario, en prensa
y emisora local. Art. 407 Nral 7
C.P.C. Med, 25/02/2015. Fijado el
03/03/2015 a las 8:00 a.m. Santiago
Fernandez. Srío.
El Juzgado 2º Civil del Cto de Med.
Rdo. 2008-00395-00. Emplaza a herederos indeterminados de Armando de
Jesus Londoño Hernandez la señora
Carmen Rosa Londoño Hernandez,
Dora Estella; Gloria Amparo, Monica Maria, Ana Elizabeth y Jhon
Jairo Londoño Durango y demás
personas indeterminadas. Clase de
Proceso Abreviado de Pertenencia.
Naturaleza Ordinario. Dte: Edilma
Silva Morales, Wilber Alejandro
Monsalve Silva. Ddos: Herederos
indeterminados de Armando de Jesus
Londoño Hernandez la señora Carmen
Rosa Londoño Hernandez, Dora
Estella; Gloria Amparo, Monica
Maria, Ana Elizabeth y Jhon Jairo
Londoño Durango y demás personas
indeterminadas. Advertencia A los
emplazados. El emplazamiento se
entenderá surtido 15 dias después de
la publicación del listado como ha
quedado ordenado. Si el emplazado
no comparece se designara curador
Ad-litem con quien se surtirá la
notificación. Art. 318 del C.P.C.
El Juzgado 2º de Ejecución Civil Mpal
de Med. Rdo. 007-2008-00063-00.
Hace saber: que dentro del proceso
ejecutivo hipotecario, promovido
por BBVA Colombia S.A. en contra
de Fanny de Jesus Ramirez Reyes
y Juan Carlos Bedoya Gallo se ha
señalado el dia 07/04/2015 a las
10:30 a.m., para llevar a cabo la
diligencia de remate del inmueble
trabado en la litis ubicado en la calle
49ª Nº 38-51 Apto segunda planta
de Med, e identificado con el F.M.I.
No. 001-652482 de la oficina de
II.PP. de Med, zona sur, avaluado en
la suma de $ 179.220.800.oo. Sera
postura admisible la que cubra el 70%
del avaluo dado al bien inmueble y
postor hábil quien previamente consigne el 40% de mismo, en el banco
Agrario, sucursal ciudad Botero, en
la cuenta de la oficina de Ejecución
Civil Mpal de Med. Los interesados
deberán presentar en sobre Cerrado
sus ofertas para adquirir el bien
subastado. El sobre deberá contener
además de la oferta suscrita por el
interesado, el deposito previsto en
el Art. 526 del C.P.C., Art. 34 de
la ley 1395/2010. Los depósitos de
dineros para efecto de la presente
diligencia deberá efectuarse en la
cuenta Nº 050012041700 del Banco
Agrario de la oficina de ejecución
Civil Mpal de Descongestion de
Med. La licitación empezara a la
hora señalada, y no cerrara sin haber
transcurrido una hora por lo menos.
ley 1395 del 12/07/2010. Publíquese
Prensa y Emisora local. El aviso se
publicara con antelación no inferior
a 10 dias a la fecha señalada para el
remate, Art. 55 de la ley 794/2003,
que modifico el Art. 525 del C.P.C.
Con la copia o la constancia de la
publicación del aviso se allegara un
certificado de tradición y libertad
del inmueble actualizado, expedido
dentro de los 5 dias anteriores a la
fecha prevista para la diligencia del
remate. Med, 04/03/2015. Claudia
Elena Velasquez. Sría. Of. De Ejecución Civil Mpal. De Med.
El juzgado 9º de Flia de Med. Rdo.
2013-428. Avisa que mediante sentencia fechada del 25/11/2014, se
decreto la interdicción definitiva
por discapacidad mental absoluta de
Jhonatan Andres Uribe Alvarez. C.C.
98.607.509, y se le designo como
guardadora general y legitima a su
madre, Carmen Emma Alvarez Serna,
C.C. 36.524.609. Publiquese. Med,
06/02/2015. Mario H. Gaviria. Srío.
El Juzgado Promiscuo de Flia de
Yarumal, Ant. Hace Saber que mediante auto fechado el 26/02/2015,
este despacho declaro abierto y rdo
el proceso de sucesión intestada
de Jairo de Jesus Uribe Arboleda,
fallecido en el Mpio de Copacabana,
Ant el 24/09/2014, pero el asiento
principal de sus negocios fue el Mpio
de Yarumal, Ant. por lo anterior, se
emplaza a todas aquellas personas
que se crean con derecho a intervenir
en el proceso o que tengan interés
jurídico a fin de que lo hagan valer
en su debida oportunidad procesal.
Yarumal, 06/03/2015. Gloria M.
Perez. Sría.
42
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
El Juzgado 8º Laboral de Descongestion del Cto de Med. Rdo.
021-2009-0891-00. Emplaza a la
sociedad Ritzio Colombia S.A. en
liquidación en calidad de demandado
representada legalmente por Juan
Carlos Gonzales Vargas en calidad
de liquidador de Ritzio Colombia
S.A. en liquidación o quien haga
sus veces, para que en el termino
de 15 dias sgtes a la fijación del
presente edicto, comparezca ante
este despacho el cual se ubica en
la calle 49 # 45-65 piso 5, con el
fin de notificarle personalmente del
auto que admite la demanda instaurado por Helman Ignacio Restrepo
Monsalve. Se advierte al emplazado
que el presente, se entenderá surtido
transcurridos 15 dias después de la
publicación del mismo y se le designa
como curador Ad-litem a uno de los
abogados de la lista de Auxiliares
de la justicia, con quien se surtirá la
notificación y se continuara con el
tramite normal del proceso art 219
del C.P.L. y el art 318 del C.P.C.
modificado por el art. 30 de la Ley
794/2003. Med, 05/02/2015. Marcos
Leonardo Cardona. Srío.
El juzgado 6º Civil Mpal de Oralidad
de Med. Rdo. 2014-00400. Emplaza
John Dairon Yepes Serna y Faber
Orley Yepes Salazar. Naturaleza del
proceso: Ejecutivo Singular: Dte: Inmobiliaria Jimenez Asociados S.A.S.
Ddos. John Dairon Yepes Serna,
Luis Angel Salazar Osorio y Faber
Yepes Salazar. El emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos 15
dias después de la publicación. Si
los emplazados no comparecieren
al juzgado dentro de este tiempo,
se procederá con la designación de
curadora Ad-litem. Med. 27/02/2015.
Art. 318 del C.P.C. Luisa Fernanda
Mejia. Sría.
El Juzgado 2º de Ejecución Civil
del Cto de Med. Emplaza a Segundo Alvarez y Jaime Alberto Lopez
Gomez, quienes deben comparecer
a notificarse personalmente del auto
proferido el dia 15/07/2014, dentro
del proceso ejecutivo hipotecario
adelantado por Margarita Rojas viuda
de Callejas contra Maria Brigida
Montoya Balvin, para que a mas
tardar en el termino de 15 dias
sgtes a la publicación del listado de
emplazados, comparezcan al juzgado
a recibir notificación personal de la
providencia delanteramente mencionada, mediante el que se les ordeno
citar en su calidad de acreedores
hipotecarios del inmueble identificado con la M.I. Nº 001-176053,
para que dentro de los 5 dias sgtes
a su notificación personal haga valer
sus créditos sean o no exigibles. El
emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después
de la publicación del listado. Si
el emplazado no comparece, se
le designara curador ad-litem, con
quien se surtirá la notificación. Publiquese. Med, 25/02/2015. Ferney
Velasquez. Srío. El Juzgado 5º Civil
del Cto de Oralidad de Med. Rdo.
2015-00125-00. Emplaza a todas
las personas que se crean con derechos sobre el bien inmueble que
mas adelante se describirá, para
que los hagan valer dentro de la
demanda verbal (pertenencia por
prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueve
Jorge Alirio Lopez Franco en contra
de personas indeterminadas que se
crean con derechos sobre el bien a
usucapir, dentro de los 15 dias sgtes
contados a partir de la fecha en que
quede surtido el emplazamiento. El
bien a usucapir es el sgte: “Inmueble
ubicado en la calle 47 No. 2BB-136
de Med, que linda: por el frente o
sur, en 9.90 mts. Con la calle 47;
por el oriente, en 25,40 mts, Con
el inmueble identificado con la dirección 2BB-141 de la calle 47; por
el Norte, en 5.26 mts, Con el solar
que le queda al vendedor y que da
a la calle 47A, y por el occidente;
en 24.40 mts, con el inmueble identificado con la dirección 2BB-128
de la calle 47. Se advierte a los
emplazados que si no comparecen
dentro del termino señalado, se les
designara un curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación y
se continuara con el tramite del
proceso. Se fija el presente edicto
por el termino de 20 dias en un lugar
visible de la sría del juzgado y se
entenderá surtido 15 dias después de
su desfijacion. Arts. 407 y 318 del
C.P.C. Med, 11/02/2015. Fijado el
09/03/2015 a las 8:00 a.m. Wendy
Yurany Quintero. Sría.
El Juzgado Promiscuo Mpal de
Donmatias, Ant. Rdo- 001-201500019-00 Emplaza al representante
legal de la promotora Luis Eduardo
Rendon Ltda, el cual se requiere su
comparecencia, dentro del proceso
ordinario de prescripción extintiva
del derecho real de hipoteca, promovido por Gloria Stella Ramirez
Garcia, quien actúan a través de
apoderado, para que se presente a
este juzgado, ubicado en la Cra 30
Nº 30-25, segundo piso, del Mpio
de Donmatias, a fin de notificarle
personalmente la providencia datada
del 25/02/2015, mediante la cual
se admite demanda en su contra.
Se le advierte al emplazado que
si no comparece transcurridos 15
dias después de la publicación de
este edicto, se le designara curador
Ad-litem, con quien se surtirá la
notificación. Art. 318 del C.P.C.
modificado por la ley 794/2003.
Publiquese, Donmatias 05/03/2015.
Gloria E. Cortes. Sría.
El Juzgado 10 civil Mpal de Descongestion de Med. Rdo. 026-201301226-00. Emplaza a Gloria Patricia
Bedoya Marulanda, a fin de que
sirva comparecer ante este despacho
a recibir notificación personal del
auto del 25/02/2014, mediante el
cual se libro mandamiento de pago
en su contra, dentro del proceso
Ejecutivo singular que promueve
Quanta Telecomunicaciones S.A.S.
se le advierte que de no comparecer
dentro de los 15 dias sgtes a la fijación del presente, se les designara
un curador Ad-litem con quien se
surtirá dicha notificación y continuara el tramite del proceso. Med,
16/02/2015. Tatiana Londoño. Sría.
El Juzgado 10º de Flia de Oralidad
de Med. Rdo. 2014-02029-00. Avisa
la interdicción definitiva por discapacidad mental absoluta de: Jesus
Erarbe Garcia Godoy, decretada en
fallo del 10/02/2015 y el nombramiento de Regner de Jesus Garcia
Godoy, como su curador general y
legitimo y de Isaura Ester Godoy Silva
como suplente. Art 659 del C.P.C.,
se fija el presente hoy 25/02/2015 a
las 8:00 a.m. Publiquese. Yamile
Stella Giraldo. Sría.
El Juzgado 13 Civil del Cto de
Oralidad de Med, Ant. Rdo. 201401275. Emplaza a todas las personas
indeterminadas que se crean con
derecho sobre el inmueble pretendido
mediante declaración de pertenencia por prescripción adquisitiva
extraordinaria de dominio el cual
se describe a continuación, para
que desde la fijación del presente
edicto hasta dentro de los 15 dias
sgtes, contados a partir de la fecha
en que quede surtido el emplazamiento, comparezcan contestando
la demanda o adoptando las demás
posiciones que estimen pertinentes
frente a ella, en este proceso verbal
de pertenencia por prescripción
adquisitiva extraordinaria de dominio instaurado por Anibal de Jesus
Mesa Herrera contra Blanca Orrego Mejia, Aquileo de Jesus Orrego
Mejia, Camila Andrea Betancur
Lotero, Gilma Cecilia Orrego Bolivar, Witer Maria Ortega Castro,
Martha Lucia Orrego Bolivar, Leydy Natalia Betancur Perez, Sandra
Liliana Lotero Santamaria, Maria
Margarita Orrego Mejia, Claudia
Yaneth Betancur Muñoz, Luz Dary
Moncada, Carlos Andres Ortega
Arias y Monica Patricia Betancur
Hernandez, con la advertencia que
si comparecen con posterioridad,
lo tomaran en el estado en que se
encuentre, Nral 6º, literal b del Art
407 del C.P.C. el inmueble cuya
declaración de pertenencia se pretende
esta alinderado de la sgte manera: “El
Predio objeto del litigio, (El cual
se comprende del lote, sus mejoras
y anexidades) se encuentra ubicado
en la ciudad de Med, distinguido
con la nomenclatura urbana Cra 52
Nº 125-54 y alinderado de manera
general asi: por el sur con Cra 52
Nº. 125-50; por el Norte Cr 51D
Nº 05-126 Quebrada Negra; por el
occidente; con la Cra 52 No. 125-66,
125-72, 125-74, 125-5-86, 125-88;
por el oriente con la Cra 52 y los
Nº 125-37, 125-43, 125-49, 125-53,
125-51.” Nº de M.I. 01N-177601.
Se advierte a los emplazados que
si no comparecen dentro de los 15
dias sgtes a la fecha en que se
quede surtido el emplazamiento, se
les designara un curador Ad-litem
para que los represente. Con quien se
surtirá la notificación y se continuara
con el tramite del proceso. Este
edicto se fijara en un lugar visible
de la sría por 20 dias y dentro de
este termino, se publicara por 2
veces, con intervalos no menores
de 5 dias calendario, en prensa
y emisora local. Art. 407 Nral 7º
C.P.C. Med, 18/11/2014. Fijado el
12/03/2015 a las 8:00 a.m. Santiago
Fernandez. Srío.
El Juzgado 4º de Flia de Oralidad
de Med. Rdo. 2014-2341. Emplaza
a Absalon Antonio Jaramillo Hincapie, para que en el termino de
15 dias, se presente a este juzgado
(Cra. 52 No. 42-73 of. 304) a fin de
recibir notificación personal del
auto admisorio de la demanda de
desafectación a vivienda familiar.
Promovida en su contra por Maria
Teresa Mejia Tabares. Se le advierte
al emplazado que si no comparece
dentro del termino indicado se le
nombrara un curador Ad-litem que lo
represente en el proceso Art. 318 del
C.P.C. Publiquese. Med, 24/02/2014.
Jose David Agudelo. Srío.
El Juzgado 1º de Flia Oral del Cto
de Envigado, Ant. Rdo. 2014-0083900. Emplaza a los acreedores de la
sociedad conyugal de Angela Maria
Rodriguez Hurtado y German Alonso
Gutierrez Ramirez. Dte: Angela Maria
Rodriguez Hurtado. Ddo: German
Alonso Gutierrez Ramirez. Proceso
Liquidación de sociedad conyugal.
Fecha del edicto. 16/02/2015. Emplaza a los acreedores de la sociedad
conyugal formada por Angela Maria
Rodríguez Hurtado y German Alongo
Gutiérrez Ramírez, para que comparezcan a este despacho y hagan valer
sus créditos. Art. 589 del C.P.C. Se
fija el presente edicto por el termino
de 10 dias, en un lugar visible de
la sría del despacho. Publíquese en
prensa y emisora local. Envigado,
16/02/2015. Bertha Ligia Zuleta. Sría.
El Juzgado 1º de Flia del Cto de
Bello Ant. de Oralidad. Rdo. 201400348. Emplaza a Ana Catalina y
Lina Maria Isaza Lopez. Proceso
Verbal Sumario (Exoneración de
la cuota Alimentaria). Dte: Jairo
Isaza Alzate. Ddo: Lina Maria Y
Ana Catalina Isaza Lopez. Se le
advierte a las emplazadas que si no
comparecen a este juzgado dentro de
los 15 dias sgtes a esta publicación,
se le designara curador Ad-litem,
con quien se surtirá la notificación.
Duvan Alberto Ramirez. Srío.
El Juzgado promiscuo Mpal de
Granada, Ant. Rdo. 2015-00012.
Emplaza a: todas aquellas personas
que se crean con derecho para intervenir en el proceso de sucesión
doble e intestada de Ramon Tulio
Aristizabal Lopez y Ana Graciela
Gomez Zuluaga, quienes fallecieron,
el dia 22/10/2003 y 13/08/2013,
respectivamente, siendo Granada y
Med, el ultimo domicilio y asiento
principal de sus negocios. Proceso
abierto y Rdo, en este juzgado el
dia 03/03/2015. Arts 589 y 318
del C.P.C. se fijas el presente edicto
por el termino de 10 dias en lugar
publico de la sría de este despacho.
Publiquese en prensa y emisora local.
Fijado hoy 10/03/2015, a las 8.00
a.m. Maria Margarita Zapata. Sría.
El Juzgado 2º Civil del Cto de Bello,
Ant. Rdo. 2014-741. Emplazados:
Ana Rita, Luis Eduardo y Manuel
Antonio Gallego Restrepo, asi como
a los herederos indeterminados
de Nicolas Alberto Vasquez Gallego y de Hector Gallego Gomez.
Ddos: Ana Rita, Luis Eduardo y
Manuel Antonio Gallego Restrepo,
Jose Manuel, Margarita y Francisco
Antonio Gallego Gomez, Mary Luz,
Wilson de Jesus y Alexandra Maria
Vasquez Gallego, Maria Pastora,
Isabel, William y Hector Gallego
Gomez, herederos indeterminados
de Nicolas Alberto Vasquez Gallego y de Hector Gallego Gomez
y personas indeterminadas, Dtes:
Rodrigo Gallego Gomez y Rosalina
Jimenez. Proceso Ordinario de pertenencia, Art. 318 del C.P.C. mod.
Por el Art. 30 de la ley 794/2003. El
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos 15 dias después de la
publicación del presente listado,
si el emplazado no comparece se
le designara curador Ad-litem con
quien se surtirá la notificación.
Gloria Paulina Muñoz. Sría.
El Juzgado 11 Civil Mpal de Oralidad
de Med. Rdo. 2014-00774. Emplaza
a todas las personas que se crean con
derecho a intervenir en el proceso
de sucesión doble intestada de Juan
Evangelista Martinez Macias y Maria
Ermilda Quintero Herrera, fallecidos
el 16/09/1988 y 08/11/1996, sucesivamente, la segunda en esta ciudad.
Para los anteriores efectos, se fija
este edicto por el termino de 10 dias
en la sría del despacho, Publiquese
en prensa y emisora local. Art. 589
del C.P.C. Med, 21/01/2015. Fijado
el 23/01/2015 a las 8:00 a.m. Juliana
Muñoz. Sría.
El Juzgado 10 de Flia de Oralidad
de Med. Rdo. 2015-061. Emplaza a
los acreedores de la sociedad conyugal formada por Hector de Jesus
Cordoba Marulanda y Marleny del
Socorro Zapata Hernandez para que
hagan valer sus créditos. Art. 589
del C.P.C. se fija por el termino de
10 dias. Med, 13/02/2015. Fijado el
16/02/2015 a las 8:00 a.m. Yamile
Stella Giraldo. Sría.
El Juzgado 5º Civil Mpal de Descongestion de Med. Rdo. 2013-1336.
Emplaza a la sociedad Arrendamientos
Horizontes S.A.S. para que comparezca a este juzgado, ubicado en la
Cra 50 Nº 51-23 edificio Mariscal de
Sucre, piso 6º, of. 605 de Med, con
el fin de notificarle personalmente
el auto de fecha del 17/01/2014,
a través del cual se libro mandamiento de pago a favor Sebastian
Velasquez Restrepo y en contra de
Arrendamientos Horizontes S.A.S. el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos 15 dias después de su
publicación. Se le advierte a las
emplazadas que si no comparecen
dentro del termino señalado, se les
designara un curador Ad-litem, con
quien se surtirá la notificación. Ana
Maria Arroyave. Sría.
El Juzgado 11 Civil Mpal. De Oralidad de Med. Rdo. 2014-00774-00
Emplaza, A Humberto, Fernando
Antonio, Blanca Aurora, Rodolfo
de Jesus y Martha Dolly Martinez
Quintero y Luz Estela Quintero, para
que comparezcan a este juzgado el
cual esta situado en la Cr. 52 Nº 42-73,
Edifcio Jose Felix de Restrepo piso
14 a recibir notificaciones personales
del auto del 21/01/2015, por medio
del cual se declaro abierto proceso
de sucesión doble intestada de Luis
Eduardo Martínez Quintero. Publíquese. Los interesados tendrá 15 dias
hábiles para comparecer ante este
despacho, si vencido dicho termino
no han comparecido se les nombrara
curador Ad-litem con quien se surtirá
la Notificación. Med. 21/01/2015.
Juliana Muñoz. Sria.
Edicto el juzgado civil del cto de
turbo Ant emplaza a todas las personas indeterminadas que se crean
con derecho sobre el bien inmueble que más adelante se especifica
para que concurran a este despacho
judicial ubicado en la calle 100 #
13-75 del Mpio de turbo a recibir
notificación personal del auto que
admite demanda ordinaria agraria
de pertenencia por prescripción
adquisitiva extraordinaria de dominio instaurada por Darío De Jesús
Hurtado Correa contra Elkin Hernán
Betancur Betancur y otros Rdo.
2014-567 a mas tardar dentro del
término de 20 días y 15 más siguientes a la fecha en que quede surtido
el emplazamiento el bien sobre el
que se alega la prescripción es el
siguiente inmueble rural denominado
la lucha ubicado en la vereda cedro
corregimiento de mulatos Mpio de
necocli departamento de Ant con M.I.
N°034-67757 con un área aproximada
de 9 H.T. 3.374M2 cuyo linderos
generales son norte con Rocío del
Socorro Giraldo Álzate y carretera
arboletes necocli este con zona de
carretera arboletes necocli y zona
protectora quebrada el cedro sur
con María Dionisia Cavadia Anaya
oeste con Clímaco rivera se advierte
a los emplazados que en caso de
no comparecer dentro del término
señalado se les designara curador
ad-litem para que los represente
en el proceso hasta su terminación
art 407 del c.p.c. se fija el presente
edicto en lugar visible de la seria
por el termino de 20 días fijado el
05/03/15 a las 8 am desfijado el
09/04/15 a las 5 pm Liliana Paola
Barrios Yepes seria
Edicto el juzgado 5° civil Mpal de
descongestión de Medellín Emplaza a Diana Usuga Cardona en
nombre propio y en representación
de los menores Sofía, Jacobo y
Samuel Arango usuga- herederos
determinados de Andrés Fernando
Arango Estrada c.c. 43.781.202
para que comparezca a este juzgado
ubicado en la Cra 50 # 51-23 ed.
Mariscal sucre piso 6° of. 605 de
Medellín con el fin de notificarle
personalmente el auto de 15/08/13 a
través del cual se libró mandamiento
de pago en favor de Erika Johana
Gaviria Hincapié y en contra de
la emplazada Rdo. 2012-0153 el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos 15 días después de
su publicación se le advierte a las
emplazadas que si no comparecen
dentro del término señalado se les
designara un curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación Ana
María Arroyave seria
Edicto el juzgado 5° civil del Cto
de oralidad de Medellín, emplaza
a todas las personas que se crean
con derechos sobre el bien inmueble
que más adelante se describa para
que los hagan valer dentro de la
demanda verbal pertenencia por
prescripción ordinaria adquisitiva
de dominio de vivienda de interés
social que promueve la señora Gloria
Amparo Taborda Cano en contra
Antonio de Jesús Loaiza y demás
las personas indeterminadas que se
crean con derecho sobre los bienes
a usucapir dentro de los (15) días
siguientes contados a partir de la
fecha en que quede surtido el emplazamiento el bien a usucapir es
el siguiente inmueble ubicado en
la trasversal 49 sur N° 59 c – 58
interior 0101 sector cabecera san
Antonio de prado de Medellín manzana 47 lote 8 de la urbanización
el limonar II sector 3 que linda por
el norte en 6 mts con lote 11 por el
sur en 6 mts con la calle 5 AA por
el oriente en 9mts con lote 7 por
el occidente en 9 mts con lote 9
area total 54 mts 2 área construida
27 mts 2 matricula inmobiliaria
N°001-699228 se advierte a los
emplazados que si no comparecen
dentro del término señalado se les
designara un curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación y
se continuara con el trámite del
proceso se fija el presente edicto
por el termino de (20) días en un
lugar visible de la secretaria del
juzgado y se entenderá surtido (15)
días después de su des fijación
Arts 407 y 318 del c.p.c Medellín
15 de diciembre de 2014 fijado
23/02/15 a las 8am Wendy Yurany
Quintero seria
Edicto el juzgado 12° civil del Cto
de oralidad de Medellín emplaza a
todas las personas que se crean con
derecho al bien que se describe más
adelante para que se concurran a
más tardar dentro de los 15 días
siguientes a la fecha en que quede
surtido el emplazamiento dentro de
la demanda verbal sobre declaración
judicial de pertenencia prescripción
adquisitiva extraordinaria de dominio
instaurada por Hernel De Jesús Uribe
Gómez contra personas indeterminadas que puedan tener interés en el
proceso Rdo. -2015-00168 el bien
objeto del proceso es el siguiente
inmueble ubicado en esta ciudad
de Medellín en la carrera 52 N° 82
-36, 82- 44 y 82 -46 con todas sus
mejoras y anexidades dependencias
servidumbres y que linda por el sur
con propiedad de Ancizar Giraldo
inmueble identificado con el # 8232 por el occidente con la carrera
52 (Carabobo) por el norte con el
inmueble distinguido con la placa
82-48 de propiedad de jovany Antonio
Rendón Suarez por atrás o sea hacia
el oriente con la carrera 51c se fija
el edicto por el termino de 20 días
en un lugar visible de la secretaria
del juzgado y se publica 2 veces con
intervalos no menores de (5) días
calendarios entro el mismo término,
en un diario de amplia circulación
en la localidad que bien pueden
ser el mundo o el colombiano y
por medio de una radiodifusora
local transcurridos quince (15)
días a partir de la expiración del
emplazamiento se entenderá surtido
el mismo respecto de las personas
indeterminadas a las que se designara curador ad-litem que ejercerá
el cargo hasta la terminación del
proceso las personas que concurran
al proceso en virtud del emplazamiento podrá contestar la demanda
dentro de los (15) días siguientes a
la fecha en que aquel queda surtido
las que se presenten posteriormente
tomaran el proceso en estado en que
se encuentre Medellín 18/02/2015
fijado 23/02/2015 a las 8 am en
un lugar visible de la secretaria
del despacho por el término legal
desfijado hoy 20/03/2015 a las 5
pm Mayra guzmán ríos secretaria
Edicto la notaria única del circulo de
Puerto Berrio Emplaza a quienes se
crean con derecho a intervenir dentro
de los 10 días sgtes a la publicación
de presente edicto en el periódico
sucesión de Carlos Julio Gómez
Bustos (Q.E.P.D) CC 3.547.215
quien falleció el 01/10/2010 en
puerto Berrio s iendo s u ultimo
domicilio y asiento principal de
sus negocios aceptado el tramite
mediante acta 04/ de 17/02/15 se
fija hoy 12/03/2015 a las 7.30 am
juan B Rengifo paredes notario
Edicto el juzgado 21° civil Mpal
de oralidad de Medellín Emplaza
a todas las personas determinadas
e indeterminadas que se crean con
derecho para intervenir en el proceso
de sucesión intestada del causante
Oscar De Jesús García Acevedo
c.c. 71.296.115 fallecido en Medellín el 06/06/12 siendo el Mpio
de Medellín el lugar de su ultimo
domicilio Rdo.-2014-428 Medellín
19/12/14 constancia se fija edicto
hoy 11/03/15 a las 8 am en lugar
visible de la seria Natalia bailarín
Madrid seria
Edicto el juzgado promiscuo de
familia de yarumal emplaza a todos
los que se crean con derecho al
ejercicio de la guarda de la presunta
interdicta Marta Esneda Mora Lopera c.c. 43.821.906 a fin de que lo
hagan valer dentro del proceso de
interdicción judicial por discapacidad
mental Rdo. 2015-33 núm. 3° art 42
de la ley 1306/09 que modifico el
art 659 del c.p.c. yarumal 09/03/15
gloria M. Pérez seria
Edicto el juzgado 5° Mpal de pequeñas causas laborales de Medellín hace
saber que Emplaza al representante
legal de la sociedad confecciones
fabilon s.a.s. representada legalmente
por Etiel Antonio Osorio Torres o
quien haga sus veces que debe comparecer al despacho ubicado en la
Cra 52 N°43-52 3° piso Ed. Álvarez
estrada p.h. de manera personal o
por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal
del auto admisorio de la demanda
ordinaria laboral promovida por
Argelia Patricia Herrera Pereañez
contra la sociedad confecciones
fabilon s.a.s. Rdo. 005-2013-814 el
emplazamiento se entenderá surtido
transcurridos 15 días después de
la publicación que se efectuara
art 29 del c.p.t. y de la s.s. art 318
del c.p.c. aplicable por analogía al
procedimiento laboral Leidy Yovanna
Gómez seria
Edicto el juzgado promiscuo del
cto de amaga Ant Rdo. 21-2015
Emplaza a quienes se crean con
derecho a intervenir en el proceso
ordinario civil sobre declaración
de pertenencia prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio
propuesto por Luz Elena Cardona
de Piedrahita en contra personas
indeterminadas en donde se reclama
el siguiente bien en usucapión lote de
terreno situado en el corregimiento
camiloce del Mpio de amaga con
área de 8.073M2 alinderado así
siendo sus linderos actuales por el
norte en 87.50mts aproximadamente
con propiedad de Gonzalo Villa
Vargas por el oriente en 117.93mts
aproximadamente con predio de Luz
Elena Cardona de Piedrahita por el
sur en 80.52mts aproximadamente con propiedad de Doris Muñoz
y por el occidente en 127.34mts
aproximadamente con propiedad de
Oscar Agudelo bien distinguido con
la M.I. 033-12554 cuyos linderos
antiguos eran por cabecera con predio
de Tulio Fernández por un costado
con Martin Emilio Molina por el pie
con terreno de Felipe Ángel y por
el otro costado con inmuebles de
delfín gallego y José Piedrahita las
personas que intervengan deberán
hacerlo en el término de 20 días
que durara fijado este edicto y 15
días con la advertencia de que si
no comparece en dicho plazo se
les designara curador ad litem con
quien se surtirá la notificación y
se continuara el proceso hasta su
terminación este edicto está fijado en
la seria del juzgado amaga 05/03/15
juan Guillermo Román serio
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
Edicto el notario único del clo de
amaga emplaza a todas las personas
que se crean con derecho a intervenir
en la liquidación de la herencia de
los señores Luis Eduardo Tangarife
González y María mercedes acosta
correa con c.c. 575.101 y 21.478.012
fallecidos en el Mpio de angelopolis el
día 08/07/91 el primero y el 01/02/99
la segunda siendo dicho Mpio su
ultimo domicilio deberán hacerlo
dentro de los 10 días siguientes a
la publicación del presente edicto
se fijara en un lugar visible de la
notaria por 10 días hábiles a partir
de hoy acta N°03 del 06/03/15 Rodrigo Alexander Montoya notario (E)
Edicto el juzgado 1° de familia oral
del cto de Envigado Emplaza a
Rubén Darío Pérez Cervantes para
que comparezca a este juzgado a
recibir personal notificación del
auto que admitió demanda dentro
del proceso verbal de cesación de
los efectos civiles de matrimonio
religioso instaurado en su contra
por Luz Dary Ortiz Vallejo Rdo.
2015-0023 se advierte al emplazado que si no comparece dentro del
término indicado se le nombrara
curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara
el proceso art 318 del c.p.c Hernán
Nicolás Pérez Juez
Edicto el juzgado 16° civil del cto
requiere a los herederos indeterminados del causante José Guillermo
Gómez Vásquez para que concurran
al proceso ordinario de simulación
proveniente del juzgado 14° civil del
cto de Medellín el cual es promovido
Mario Fernando Gómez Manco contra
Yesenia Gómez mirando los aquí
emplazados y otros Rdo. 014-20131078 se les advierte además que el
emplazamiento se entenderá surtido
15 días después de la publicación del
listado como ha quedado ordenado y
que si los emplazados no comparecen
se les designara curador ad-litem
con quien se surtirá la notificación
verónica Tamayo seria .
Edicto el juzgado 11° civil Mpal de
descongestión de Medellín Emplaza
a María Lucero Gómez Echeverry cc
43.568.086 para que comparezca a
este juzgado antes indicado con el
fin de notificarle personalmente el
contenido del auto de 24/07/2013
por medio se libró mandamiento de
pago en su contra y Gersain Mejía
Ospina a favor de leasing Bolívar s.a
compañía de financiamiento comercial
dentro del proceso ejecutivo Rdo.
011-2013-502 el emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos 15
días después de su publicación se
le advierte a los emplazados que si
no comparecen dentro del término
señalado se les designara un curador
ad-litem con quien se surtirá la notificación Juliana Barco González Juez
Edicto el juzgado 1° promiscuo Mpal
oral con función de control de garantías de Copacabana en proceso
ordinario de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de
dominio Rdo.-2015-00074 instaurado
por Darío de Jesús Zapata Cardona
contra Simón Zapata Cardona y demás
personas indeterminadas que se crean
con derecho sobre 75% del derecho
de Simón Pedro Zapata Cardona
sobre el inmueble identificado con
M.I. N°012-19653 Rdo. 001-2014354 se ordenó emplazar a todas
aquellas personas indeterminadas
que se crean tener derechos sobre
el bien objeto de esta demanda para
que dentro del término de fijación del
presente edicto 20 días o dentro de
los 15 días subsiguientes al mismo
se presente al juzgado 1° promiscuo
Mpal oral con función de control de
garantías de Copacabana Ant ubicado
en la Cra 48 N°50-143 piso 2 del
c.c. jazmin plaza Copacabana con
el fin de notificarse personalmente
del auto del 30 de mayo de abril del
2013 por medio del cual se admitió
la presente demanda el bien objeto de
esta demanda que se pretende adquirir por prescripción es el siguiente
derecho proindiviso equivalente al
75% de un lote de terreno con casa
de habitación de material y teja de
barro demás mejoras y anexidades
situado en el paraje de granizal o
los suelos jurisdicción del Mpio de
Copacabana de una superficie aproximada de 4 hectáreas distinguido en
catastro departamental con el N°740
y comprendido por los siguientes
linderos por el pie con propiedad de
Francisco Luis Marín Jiménez de un
mojón a otro mojón por un costado
con propiedad de Gilberto López
por el otro costado con propiedad
de Darío Ospina y por la cabecera
con el mismo Gilberto López identificado con M.I. N°012-19653 de la
oficina de registro de instrumentos
públicos de Girardota se les advierte
a los llamados que si no comparecen
dentro del término indicado se le
designara curador ad-litem que les
representara y con quien se surtirá la
diligencia de notificación aludida y
las subsiguientes dentro del proceso
fijado hoy 06/03/15 a las 8 am diana
patricia Jaramillo seria
Edicto el juzgado 7° civil Mpal
de oralidad de Medellín Rdo. 0072014-775 Emplaza a David Zoraca
Herrera para que dentro de los 15 días
siguientes a la publicación de este
edicto comparezca a este despacho
por sí o por apoderado judicial a
recibir la notificación personal del
auto que libra mandamiento de pago
en su contra de fecha 15/01/15 en
proceso ejecutivo prendario que lo
instaura la entidad Banco Davivienda
s.a. Rdo. 2014-775 art 318 del c.p.c.
reformado por el art 30 de la ley
794/03 se advierte al emplazado que
si no comparece dentro del término
indicado se le designara curador
ad-litem con quien se verificara la
mencionada notificación y se continuara el trámite del proceso Medellín
02/03/15 Wilfredo Vega serio
Edicto el juzgado 4 de familia en
oralidad de Medellín Rdo.743-2014
emplaza a Jorge Iván Londoño Cartagena mayor de edad cuyos demás
datos personales se desconocen para
que se presente a este juzgado ubicado en el edificio jose felix de
Restrepo piso 3 oficina 304 centro
administrativo la alpujarra para estar
a derecho dentro del proceso de
muerte presunta por desaparecimiento
instaurado por Gerardo Londoño
igualmente se previene a quienes
tengan noticias de su paradero y
todos aquellos que tengan relación
con el para que las comuniquen al
juzgado en cumplimiento al numeral
2 del Art. 657 del C.P.C. el señor
Jorge Iván Londoño Cartagena salió
hacia su lugar de trabajo en el oriente
antioqueño el día 2/11/1999 y hasta
la fecha no se ha obtenido ninguna
noticia de su paradero no se sabe si
está vivo o muerto Medellín mayo
30/14 fijado 03/06/14 a las 8am
José Agudelo Serio
Edicto el juzgado 2° civil Mpal de
Envigado Rdo. 2012-1318 juzgado que
requiere 2° civil Mpal de envigado
emplazado Gloria María Sánchez
Monsalve auto a notificar 18/12/12
que libro orden de pago en su contra
proceso ejecutivo prendario demandada Gloria María Sánchez Monsalve
demandante Banco Davivienda s.a.
Aviso art 318 del c.p.c. demandante
Gilma hincapié de Sánchez demandado
Mario Emilio Suescun Bermúdez
y personas indeterminadas sujeto
emplazado Mario Emilio Suescun
Bermúdez juzgado que lo requiere
5° civil del cto de Medellín ubicado
en la Cra 52 N°42-73 piso 12° ofi.
1209 ed. José Félix de Restrepo
proceso verbal de mayor cuantía
clase de providencia auto que admite
la demanda del 21/01/15 Rdo. 0052014-1540 se advierte al emplazado
que dispone del termino de 15 días
siguientes a la publicación del listado para comparecer a recibir las
correspondientes notificaciones y en
casa de no hacerlo se le designara
curador ad-litem con quien se surtirá
la notificación y se continuara con el
tramite del proceso Medellín 17/02/15
Wendy Yurany quintero seria
Edicto el juzgado promiscuo Mpal
de santa rosa de osos de Ant ordena
incluir en el listado emplazatorio
a Erick Olaf Campanelli Altamar
para que comparezca a notificarse
personalmente del auto del 02/02/15
proferido por esta dependencia judicial y que libra mandamiento de
pago en su contra dentro del proceso
ejecutivo instaurado por Martha
Amparo Coronado Zapata quien
actúa por intermedio de apoderada
judicial legalmente constituida con
Rdo. 2015-00020 el emplazamiento
se entenderá surtido transcurridos
15 días después de la publicación
y si el emplazado no comparece se
le designara curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación art
318 del c.p.c. reformado por el art
30 de la ley 794/03 Rubén Darío
Ramírez serio.
El Juzgado 2º Civil Mpal de Bello, Ant. Rdo. 2013-00773. Hace
Saber al publico que según auto
del 12/11/2014 dentro del proceso
ejecutivo, instaurado por Asociación de Padres de Flia de los Niños
Usuarios del Hogar Infantil “La
chocita” representada legalmente por
Edna Sirley Bermúdez Lopez. C.C.
39.580.724 contra Alexander Rozo
Salazar CC 94.376.30 se ha fijado el
dia 09/04/2015 a las 9:00 a.m., para
llevar a cabo la diligencia del art
527 del C.P.C. sobre: a) 1 televisor
de plasma de 42 pulgadas, marca
Samsung, modelo PL43E490B4FX29,
serial Z5Y93CQCA00210N; b) 1
teatro en casa con 4 parlantes, modelo
SH34SL-SP/N: MEZ61906301 y 1
Subwoofer modelo SH34SL-SP/N:
MEZ61906301. El anterior bien antes
descrito fueron avaluados de conformidad con el art 516 del C.P.C.
asi: a) 1 televisor de plasma de 42
pulgadas, marca Samsung, modelo
PL43E490B4FX29, serial Z5Y93CQCA00210N; avaluado en la suma de
$ 779.000; b) 1 teatro en casa con
4 parlantes, modelo SH34SL-SP/N:
MEZ61906301 y 1 Subwoofer modelo SH34SL-SP/N: MEZ61906301,
avaluado en la suma de $190.000.
Para un total de $969.000. La subasta
comenzara transcurrida una hora a
partir del comienzo de la licitación,
previo control de legalidad siendo
postura admisible la que cubra el
70% del avaluo dado al bien, previa
consignación del 40%. Art. 527 del
C.P.C., las posturas se realizara en
sobre cerrado. Bello, 12/11/2014.
Jose Dario Reina. Srío.
El Juzgado 5º Civil del Cto de Oralidad de Med. Rdo. 2015-00013-00
Emplaza: a todas las personas que
se crean con derechos sobre el bien
inmueble que mas adelante se describirá, para que los hagan valer dentro
de la demanda verbal (pertenencia
por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueven Maria Nohelia, Maria Nelida,
Aicardo de Jesus, Mario de Jesus,
Luis Huberto, Amparo, Consuelo,
Luis Fernando, Maria Fabiola, Raul
Dario, Martha Cecilia, Gloria Ines y
Hernan Ramiro Alvarez Cano contra
personas indeterminadas, dentro de
los 15 dias sgtes contados a partir
de la fecha en que quede surtido el
emplazamiento. El bien a usucapir
es el sgte: Lote de terreno o finca
denominada Rastrojo Largo, situada
en la fracción “San Sebastian”, hoy
corregimiento “San Sebastian Palmitas” de Med, distinguido catastralmente con el No. 52, que linda: por
la cabecera, con el camino real que
gira de Med, para Antioquia; por un
costado, con terreno de Jesus Maria
Alvarez y Pascual Marin, sirviendo
de línea la quebrada El Empedrado;
y por el pie y el otro costado, con
el camino que del expresado (sic)
sigue para la cabecera de la fracción
dicha, y con finca de Francisco Perez.
Descripción y linderos actuales del
citado predio: “Lote de terreno o
finca denominado Rastrojo Largo,
situada en el actual corregimiento
de Palmitas de Med, con un area
aproximada de 30.890,17 mts2, según
ficha predial y un area construida
de 270,90 mts2, según la misma
ficha predial, y cuyos linderos actuales tomados de la ficha catastral
o plano predial son los sgtes: por
el Oriente, donde tiene su acceso,
en parte con los predios 132 y 133
que son o fueron de Libia Perez,
via de acceso de por medio, y en
parte con los predios 134, 135 y
136 que son o fueron de herederos
de Libardo Ortiz; por el sur, con los
predios 143 y 53 que son o fueron
de Luis Alvarez o Augusto Alvarez;
por el suroccidente, con el predio
50, via a Ebejico de por medio;
por el occidente, con los predios 74
y 138 que son o fueron de Aicardo
Alvarez y Mario Alvarez; y por el
Norte, con el predio 73 que es o fue
de Carlos Alvarez y predio 137 que
es o fue de los herederos de Libardo
Ortiz. Se fija el presente edicto por
el término de 20 dias en un lugar
visible de la sría del juzgado y se
entenderá surtido 15 dias después de
su desfijacion. Arts. 407 y 318 del
C.P.C. Med, 17/02/2015. Fijado el
27/02/2015 a las 8.00 a.m. Wendy
Yurany Quintero. Sría.
La Sría de la oficina de Ejecución
Civil del Cto de Med. Rdo. 0052012-00056. Hace Saber: que el
proceso ejecutivo incoado por Jorge
Eliecer Morales Gomez en contra
de Augusto Vasquez Diaz, se ha
señalado el 06/04/2015, a las 8:00
a.m., para que realice la diligencia
de remate del sgte bien inmueble:
un lote de terreno, con una superficie aproximada de 22.6 hectáreas,
son sus mejoras, anexidades, usos,
costumbres y servidumbres activas
y pasivas, hoy con casa de material
y con servicio de energía eléctrica,
situado en la Vereda San Pablo,
jurisdicción del Mpio de San Luis,
alinderado asi: Partiendo de la puerta
de golpe que esta en el camino a
San Luis arriba hasta llegar a un
palo de gallinazo, lindero con Carmen Ciro, dicho palo se abre en 3
brazos a metro de altura, y el palo
esta adentro del camino a unos 6 mts
mas o menos del mismo, de este palo
en travesia de la derecha, directo a
caer a una canoíta, sigue alambrado
arriba a un charco de baño hasta
caer a la quebrada la Brillonda, de
aquí arriba hasta encontrar las 2
quebradas o sea el lavadero a salirse
al camino real que conduce a la
vereda Africa, hasta llegar a la otra
quebrada con propiedad de Carlos
Ciro o quebrada abajo hasta salir
a la quebrada la Brillonda, luego
gira hacia la izquierda quebrada
arriba hasta coger un filito lindando
con propiedad de Carlos Zuluaga
y de allí un camino arriba hasta el
encuentro del camino del Macanal,
sigue de para abajo hasta encontrar
en lindero con Reinaldo Ramirez,
de allí quebrada abajo hasta salir a
la finca de San Pablo o inversiones Oriente y de este al punto de
partida, o sea la puerta de golpe.
Identificado con F.M.I. No. 0180039041 de la oficina de registro
de II.PP de Marinilla, Ant. Avaluado
en $ 232.017.600.oo. Sera postura
admisible la que cubra el 70% del
avaluo de dichos bienes Art. 523
del C.P.C. Además, sera necesario
que se realice el deposito para hacer
postura consistente en una previa
consignación del 40% sobre el avaluo
de los respectivos bienes. Art. 526
del C.A.C. finalmente, se advierte
a los postores que la almoneda se
realizara conforme al precepto 527
ibid. Modificado por el canon 34 de
la ley 1395/2010. Med, 02/03/2015.
Ferney Velasquez. Srío.
El Juzgado 11 Civil del Cto de Med.
Rdo.012-2008-00599-00. Emplaza
a Jorge Humberto Giraldo Ortiz, a
fin de que comparezca a la demanda
ejecutiva instaurado por Mauricio
Zuluaga Ruiz contra Jorge Humberto
Giraldo Ortiz. A recibir notificación
personal del auto que libro mandamiento de pago. Se advierte al
emplazado que si no comparece al
proceso dentro de los 15 dias sgtes
a la publicación del presente listado,
se les designara curador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación.
Med, 23/02/2015.
El Juzgado 14 Civil del Cto de Oralidad de Med. Rdo. 2014-01615.
Emplaza a Rosalba Bedoya de Solivan,
Leon Dario Bedoya Moreno, Martha
Mery Mesa Bedoya, Beatriz Elena
Mesa Bedoya, Gloria Stella Cardona Bedoya, Maria Julied Cardona
Bedoya y Wendy Cristina Cardona
Bedoya, para que se presente a
este juzgado y se haga parte en el
proceso Divisorio instaurado por
Nelson Humberto Hurtado Bedoya
contra Rosalba Bedoya de Soltivan y
otros. El emplazamiento se entenderá
surtido transcurridos 15 días después
de la publicación del edicto, si los
emplazados no comparecen, se les
designara un curador ad-Litem con
quien se surtirá la notificación y se
continuara el trámite del Proceso hasta
su culminación. Publíquese en prensa
local el Domingo. Art. 318 del C.P.C.
Muriel Massa. Juez,
El Juzgado 16 Civil del Cto de Med.
Rdo. 2013-00444. Emplaza a los herederos indeterminados de Mario de Jesus
Garcia Jimenez, dentro del proceso
de declarativo de división por venta
de bien común incoado por Ligia del
Socorro y Libardo Molina Valencia
contra de los herederos determinados
de Mario de Jesus Garcia Jimenez,
quienes son Maria Eugenia, Gloria
Ofir y Beatriz Garcia Baena, Daniel
Garcia Cortes y herederos indeterminados. Se advierte a los citados que
el emplazamiento se entenderá surtido
15 dias después de la publicación del
listado como ha quedado ordenado,
y si no comparecen se les designara
curador Ad-litem con quien se surtirá
la notificación. Veronica Tamayo. Sría.
El Juzgado 5º de Flia de Oralidad de
Med. Rdo. 2015-00156. Emplaza a
todas aquellas personas que consideren tener derecho a intervenir en el
proceso de sucesión simple intestada
de Ascension Gonzalez Rodriguez de
Gonzalez, fallecida el 11/08/2002, en
Med, lugar de su ultimo domicilio.
Para que comparezcan a hacerlos
valer dentro de la oportunidad legal.
Se fija este edicto en lugar visible de
la sría del juzgado por el termino de
10 dias. Publiques en prensa y emisora
local. Art. 318 y 589 del C.P.C. Med,
04/03/2015. Fijado el 05/03/2015 a
las 8:00 a.m. Lina Rocio Pareja. Sría.
El Juzgado 8º de Flia de Oralidad de
Med. Emplaza a Maria Elena Alvarez
Cordoba, cuyo paradero se desconoce,
para que comparezca en el termino 15
dias al proceso de cesación de efectos
civiles de matrimonio católico que en
su contra promovió Nestor de Jesus
Gallego Escobar. Si no comparece,
se le nombrara curador Ad-litem,
con quien se surtirá la notificación.
Med, 24/02/2015. Gloria Amparo
Cuervo. Sría.
El Juzgado 3º Civil Mpal de Bello,
Ant. Rdo. 2015-00069 Emplaza a
todas las personas que se crean con
derecho a intervenir en el proceso de
sucesión intestada de Ligia Bedoya
Restrepo, fallecida en Med, el dia
25/05/2012, siendo Bello lugar de
su ultimo domicilio, para que dentro
del termino de 10 dias contados a
partir de la fijación de este edicto, se
presenten al juzgado ubicado en la
calle 47 No. 48-51 cuarto piso Bello,
donde se encuentra abierto y Rdo, el
proceso. Para que hagan valer sus
derechos. Art. 589 del C.P.C. Bello,
23/02/2015. Fijado el 27/02/2015 a
las 8:00 a.m. Luz Maria Pineda. Sría.
El Juzgado 9º Laboral de Descongestion
del Cto de Med. Rdo. 001-2011-0012400. Emplaza Heidy Correa Londoño en
calidad de litis consorte necesario por
pasiva cuyos domicilios y direcciones
se desconocen, para que dentro del
termino de 15 dias sgtes a la fecha
de publicación del presente edicto
comparezca a este despacho ubicado
en la calle 49 No. 45-65, piso 6º Med,
con el fin de que por intermedio de
apoderado judicial, se haga presente
dentro del proceso Ordinario laboral
instaurado por Pedro Emilio Correa
Tuberquia contra Colpensiones EICE.
Se le advierte que de no comparecer
dentro del termino indicado, se le
designara un curador ad-litem con
quien se surtirá la notificación y se
continuara el proceso. Art 29 del C.P.L
y Art. 318 del C.P.C. El presente edicto
se fijara en un lugar visible de la sría
del juzgado y se publicara por una
sola vez dentro del mismo termino
en prensa o emisora local. Ivonne
Milena Moncada. Sría.
El Juzgado 11 de Flia de Med, Ant.
Rdo. 2014-1009. Emplaza a Jaime
Alonso Restrepo Palacio, quien deberá
comparecer a notificarse personalmente
del auto 1503 del 27/11/2014, dentro
del proceso liquidación sociedad
conyugal instaurado en su contra por
Maria Teresa Sierra Escobar. Al
emplazado se le advierte que debe
comparecer dentro de los 15 dias sgtes
a esta publicación. Ley 794/2003. Se
le hace saber que si no comparece
se le designara un curador Ad-litem,
con quien se surtirá la notificación.
Publíquese. Med, 04/03/2015. Sergio
Andres Mejia. Srío.
El Juzgado 1º Civil Mpal de Oralidad
de Envigado, Ant. Rdo. 2009-00114-00.
Hace Saber: que en el proceso ejecutivo
mixto (con prenda) instaurado por
Planautos S.A. Nit. 8909240076-4,
contra Sandra Yamile Lopez Escobar
con C.C. 43740938. Se señalo el dia
10/04/2015 a las 8:00 a.m. con el fin
de llevar a efecto la venta en publica
subasta del sgte bien mueble: Vehículo
de placas EKX865, clase automóvil,
marca Renault línea logan, carrocería
sedan, color Gris Perla, modelo 2007,
capacidad 4 pasajeros, el cual fue
avaluado en la suma de $19.200.000.
oo. Sera postura admisible la que
cubra el 70% del avaluo total, previa
consignación del 40% del mismo, en
la cuenta 052662041001 del Banco
Agrario de Colombia, sucursal Envigado, Ant. Fernando Cruz. Srío.
El Juzgado 8º de Ejecución Civil Mpal
de Med. Rdo. 009-2012-00941-00.
43
Hace Saber: Que dentro del proceso
ejecutivo prendario promovido por
Planautos S.A. contra Carlos Andres
Morales Castro se ha señalado el
dia 14/05/2015 a la 1:30 p.m., para
llevar a cabo la diligencia de remate
del vehiculo de placas KAN 736. El
avaluo dado del vehiculo total es $
15.300.000. Sera postura admisible
la que cubra el 70% del avaluo dado
al bien y postor hábil quien previamente consigne el 40% del mismo,
en el Banco Agrario, sucursal ciudad
Botero, en la cuenta de la oficina
de ejecución civil Mpal de Med, la
lactación empezara a la hora señalada,
y no se cerrara sin haber transcurrido
una hora por lo menos. Ley 1395 del
12/07/2010. Publíquese en prensa y
emisora local. El aviso se publicara
por una vez, con antelación no inferior
a 10 dias a la fecha señalada para el
remate. Med, 20/02/2015. Claudia
Elena Velasquez. Sría.
El Juzgado 23 civil Mpal de Med.
Rdo. 2014-560. Emplaza a Rafael de
Jesus Velasquez Acosta. Naturaleza
del proceso: Verbal Sumario. Dte: Jose
Maria Palacio Perez. C.C.70.125.225.
providencia a notificar. Admision
de demanda del 29/05/2014. Ddo:
Rafael de Jesus Velasquez Acosta.
El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de
la publicación. Si el demandado no
comparece al juzgado dentro de este
tiempo, se procederá con la designación de curador ad-litem. Publiquese.
Art. 318 del C.P.C. Med, 05/12/2014.
Marta Orjuela. Sría.
El Juzgado 1º Promiscuo Mpal de la
Ceja, Ant. Rdo. 2014-00007. Emplaza
a Gerardo Rios Botero, para que dentro
de los 15 dias sgtes a la publicación
de este edicto, comparezca a este
despacho a recibir personal notificación del contenido del auto de fecha
03/02/2014 que declaro abierto y rdo
el proceso de sucesión de Teresa de
Jesus Botero de Rios, auto dictado
dentro del proceso de sucesión. Art.
318 del C.P.C. reformado por el art.
30 de la ley 794/2003. Se advierte
al emplazado que si no comparece
dentro del termino indicado se le
designara un curador Ad-litem con
quien se verificara la mencionada
notificación y se continuara el tramite
del proceso. La Ceja, 05/03/2015.
Hernan Garces. Srío.
Juzgado 2° Civil Ccto.de Oralidad
Itaguí,rad.20140040200,emplaza a
personas desconocidas e indeterminadas que se crean con derecho sobre
el bien que se detallará ,para que
comparezcan en el término de 10 días
a la demanda prescripción adquisitiva
extraordinaria de dominio,trámite
verbal,que en su contra y Blanca Elena Gómez Arboleda,les promueve
Pedro Nel Gómez González y Paula
Andrea García Mesa.Lote de mayor
extensión:lote N° 08 en paraje la Bermejala de La Estrella,hoy Caldas,con
área aproximada de 1.249M2,alinderado
actualmente:por el frente,en 21M,con
camino de servidumbre,cañada de por
medio,por un costado,en 62M,con
lotes 7 resultante de esta división
material,propiedad de John Jairo Gómez
Arboleda,por el otro costado en 57M.
con lote 9 resultante de esta división material propiedad de Germán Andrés Gómez Arboleda,M.I.N°001-714863 oficina de registro de IIPP de Medellin,zona
sur.Lote a usucapir:lote con terreno con
casa de un área de 70M2,en paraje La
Bermejala,de La Estrella,hoy Caldas
desgajado del de mayor ext.que contiene
M.I.N°001-714863 oficina de registro
IIPP de Medellin,zona sur,linderos:por
el frente,con carretera que conduce al
Pueblo Viejo La Estrella;por atrás
y costado izquierdo,con Alfredo
Valencia;por costado derecho,con
sucesorio de Héctor Parra.El edicto
se fijará por el término de 20 dias
en Sría,se publicará por 2 veces
con intervalos no menores de 5
dias calendario dentro del mismo
término,en El Mundo y por medio de
radiodifusora de amplia sintonía en
la región o área metropolitana,entre
7 a m . y 1 0 p m . Tr a n s c u r r i d o s 1 5
dias a partir de la expiraciono del
emplazamiento,se entenderá surtido
el presente.Art.407CPC.Se advierte a
los emplazados que si no comparecen
en el término indicado,se designará
curador adlitem con quien se surtirá la
notificación y continuará trámite del
proceso hasta su terminación.Juzgado
situado en 5° piso del Ed.Nacional
Judicial.Fijado feb.19/2015,8am.
Desfijado marzo 18/2015,5pm.Hernan
Darío Rodas.Srio
44
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
Juzgado 3° Civil del Ccto.
Medellin,emplaza a todas las personas
que se crean con derecho sobre el
bien ubicado en perímetro urbano de
Medellin,en Cll.44 N° 68 A 46,hoy
Cll.44 N° 68 A 50,5° piso,oficina 501
y hace parte de un Ed.P.H.denominado
Centro
44
Profesional
Residencial,con extensión aprox.
de 21.85M2,altura de 3.30M.,con
M.I.001298515,alinderado:por el
frente o sur en 5.50M,con Cll.44
(San Juan),por el norte en 3M.con
escaleras grales.del ed.,en 1.80M,con
hall de escaleras grales.,por oriente
en 4.20M.con Of.502,por occidente
en 4.20M.con Cra.69,por nadir con
Of.401 y por cenit con techumbre
del ed.,el cuarto de servicios de esta
oficina está comprendido por los
sgtes.linderos:por el frente o sur,en
2.25M,en parte con Of.502 y en
parte con hall de escaleras grales.del
edificio,por el norte en 2.25M.con
Dpto.503,por oriente en 1.55M.con
cocineta de a Of.502,por occidente
en 1.55M,con hall de escaleras del
ed.,por nadir con cuarto de servicios
de la Of.401,por cenit con techumbre
de ed.Sobre el inmueble objeto de
litigio se pretende la declaración de
pertenencia dentro del proceso ordinario reivindicatorio,instaurado por Maria Victoria Sánchez Montoya,contra
Juan Guillermo González Escobar.
Edicto se fijará en Sría.por el término de 20 días y en ese término se
publicará 2 veces con intervalos no
inferiores a 5 dias calendario dentro
del mismo término,en diario de amplia circulación y radiodifusora del
lugar entre 7am.y 10pm.La página
en que aparezca la publicación y
constancia autenticada del directorio
de la emisora sobre su transmisión,se
agregarán al expediente.Las personas
emplazadas concurrirán al proceso
a más tardar dentro de los 15 dias
sgtes.a la fecha en la que quede surtido el emplazamiento.Transcurridos
15 dias a partir de la expiración del
plazo de 20,se entenderá surtido
el emplazamiento respecto de las
personas indeterminadas,a éstas se
designará curador adlitem,quien ejercerá el cargo hasta la culminación del
proceso.Fijado marzo 2/2015,8am.
Desfijación marzo 30/2015,5pm.
Nelson Alejandro Soto.Srio
Rosalba Beatriz Mesa Mesa,avisa que
estando a su servicio falleció Luis
Fernando Franco Soto,cc.70.602.176
en enero 3/2015.Quien se crea con derecho a reclamar prestaciones,hacerlo
en el tel.4180236.2° aviso
Juzgado 9° Civil del Ccto.de Oralidad
Medellin,emplaza a herederos indeterminados de Maria Benicia Betancur
Correa,para que en el término de 15
dias,comparezcan a notificarse del
contenido del auto admisorio de la
demanda demanda verbal (pertenencia
por prescripción extraordinaria de
dominio),instaurada por Maria Natividad Ospina Marin,contra herederos
indeterminados de Maria Benicia
Betancur Correa y demás personas
indeterminadas.Se expide para fines
indicados en el art.318CPC,reformado
por la ley 794/2003 Liliana Alvarez.Sria
Juzgado 9° Civil del Ccto.de Oralidad de Medellin,emplaza a aquellas
personas que se crean con derechos
sobre el bien que se identifica,sobre
el cual ha solicitado la prescripción adquisitiva extraordinaria de
dominio,en proceso verbal promovido por Maria Natividad Ospina
Marín,contra herederos de Maria
Benicia Betancur Correa y de las
demás personas indeterminadas
que se crean con derechos sobre
el inmueble que se determina:Bien
ubicado en Medellin,barrio
Aranjuez,en Cra.49,nomenclatura
urbana 95-19 alinderado,lote de terreno con 2 casas,con sus mejoras y
anexidades,situado en barrio Berlin
de Medellin,con N° 95-19,linda:por el
frente,con Cra.47,por occidente,con
terreno de Manuel J.Alvarez y Cía,por
un costado,con propiedad del donante y por el otro costado con
propiedad de Otilia Tobón,tiene 7
varas de frente por 8 de fondo.Hoy
según actualización de catastro,está
ubicado sobre la Cra.49 mide 60M.
de frente por 6.40M,de fondo;sus
colindantes han cambiado,sin que
se conozca quienes son los actuales vecinos.M.I.01N-324185.Se
expide edicto de conformidad al
art.407CPC,se entenderá surtido
el emplazamiento transcurridos 15
dias después de la fijación del edicto
por 20 dias.Fijado en Sría,marzo
9/2015,8am.Liliana Alvarez.Sria.
Rad.20140146600
Juzgado 24° Administrativo Oral de
Medellin,emplaza a Ignacio de Jesús
Galeano Arango,cc.70.120.399,para
que dentro de los 15 dias sgtes.al de
la publicación del edicto,comparezca
al despacho en Cll.42 N° 48-55
Medellin y reciba personalmente
notificación del auto por medio del
que se vinculó como sujeto pasivo
(parte demandada),en la acción popular promovida por Luis Fernando
Franco Restrepo,contra el Municipio
de Medellin y otros,rad.201301043.
En caso de no comparecer dentro de
dicho término,se designará curador
adlitem que represente a la entidad en
causa.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.
Marzo 5/2015.Lorena Pineda.Sria
Juzgado 3° de Flia.Medellin de
Oralidad,cita a personas que se crean
con derecho a la guarda de Carlos Arturo Aristizábal,para que se presenten
al juzgado en la oportunidad legal y
hagan valer sus derechos.Art.30 ley
794/2003 y Nral.3° del art.659 de
la ley 1306/2009.Feb.3/2015.Paula
Andrea Sánchez.Sria
Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Juan Pablo
Arboleda,cc.3.383.737,quien debe
comparecer a notificarse personalmente del auto de junio 11/2014
que admitió la demanda,dentro del
proceso abreviado de Banco Finandina S.A,rad. 201400124,contra
Juan Pablo Arboleda.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Marzo 3/2015.Daniel Esteban
Villa.Juez
Juzgado 6° Civil de Descongestión del
Ccto.Medellin,emplaza a herederos
indeterminados de Ismenia Franco
Aguilar Vda.de López, quienes deben
comparecer a notificarse personalmente dentro del proceso reivindicatorio de Josefina López Franco
de Ochoa,rad. 20120005200,contra
Hernando de Jesús Aguilar Sánchez.Pasados 15 dias después de
la publicación,de no presentarse
los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Gloria Estela García.Juez
Juzgado 13 Civil Mpal de Medellin proviene del Juzgado 17 Civil
Mpal de Medellín, emplaza a Carlos Bernardo Duque Mesa,quien
debe comparecer a notificarse personalmente de la providencia de
feb.6/2013 que libró mandamiento
de pago dentro del proceso ejecutivo singular de Cesar Augusto Rios
Ossa,rad.201420121038,contra Carlos
Bernardo Duque Mesa,Néstor Poy
Valentierra Jaramillo,Provicol Ltda.
Alberto Torres Pérez.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Ligia Estela Zapata.Sria.
Juzgado 13° Civil Mpal
Juzgado 1° de Flia.del Ccto.de Envigado Oralidad emplaza a Diego
Jonnahatan Espitia Castañeda y a
la familia por línea paterna de Juan
Pablo Espitia Echeverri,quienes deben
comparecer a notificarse personalmente dentro del proceso verbal sobre
suspensión de patria potestad de
Verónica Echeverri Aristizábal,quien
actúa a favor y en repr.del menor
Juan Pablo Espitia Echeverri,rad.
20140102700,contra Diego Jonnahatan Espitia Castañeda.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Hernán Nicolás Pérez.Juez
Juzgado 18° Civil Mpal.de Oralidad
Medellin,emplaza a León Alberto
Ospina Piedrahita,quien debe comparecer a notificarse personalmente del
auto que libró mandamiento ejecutivo
de nov.6/2014,dentro del proceso
ejecutivo de Confiar Cooperativa
Financiera rad.20141502,contra León
Alberto Ospina Piedrahita después
de la publicación,de no presentarse
el emplazado se nombrará curador
adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.
Margarita Chavarriaga.Juez
Juzgado 22° Civil Mpal.de Oralidad
Medellin,emplaza a Edilberto Carvajal González,cc.93.336.807,para
que dentro del término de 15 dias
se presente con el fin de recibir
notificación personal del auto de
agosto 21/2014,mediante el cual
se libró mandamiento de pago de
mínima cuantía en su contra,a favor
de la Cooperativa Financiera John
F.Kennedy Ltda,dentro del proceso
ejecutivo singular,rad. 201401310;so
pena de notificarse por medio de curador adlitem y continuar trámite del
proceso hasta su terminación.Aviso
de conformidad al art.318CPC,se
publicará 1 vez en El Mundo,domingo.
Feb.10/2015.Oscar E.Mendieta.Srio
Juzgado Pcuo.Mpal.Carepa
Ant,emplaza a Ivan Darío Padilla
Baleta,para que comparezca a recibir notificación personal del auto
que libró mandamiento de pago de
nov.29/2013,proferido en su contra dentro del proceso ejecutivo de
mínima cuantía,rad.20130065500,
instaurado por Confiar Cooperativa Financiera,a través de la apoderada Dra.Gloria Esther Arango
Arango.El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15
dias después de la publicación del
auto en El Mundo,domingo.Vencido
el término sin que comparezca el
demandado,se designará curador
adlitem,con quien se surtirá la notificación.art.318CPC,art.30 ley 794/03.
Abr.11/2014 Hernando Estrada.Srio
Juzgado 1° de Flia.del Ccto.de
Medellin de Oralidad,emplaza
a quienes se crean con derecho
en el proceso de sucesión doble
intestada,rad.20140067000 de Carlos
Antonio Herrera Álvarez y Sofía
Montoya de Herrera,cc.600.501
y 21.569.235,fallecidos en
M e d e l l i n , f e b . 11 / 2 0 1 3 y m a y o
16/99,respectiv;Medellin,su último
domicilio y asiento de sus bienes.
Para efectos del art.589CPC,se libra
el edicto.Fijado enero 23/2015,8am.
Desfijado feb.5/2015,5pm.Luis Alonso Berruecos.Srio
Juzgado 14° de Oralidad de Familia
Medellin,avisa mediante sentencia 021
de marzo 4/2015,este despacho decretó interdicción por discapacidad mental absoluta de Amparo del Socorro
Cano Agudelo,cc.43.555.986,nacida
oct.5/45 de Medellin,hija de Raúl y
María Lourdes,quien por este mismo
decreto,no cta.con la libre admón.y
disposición de sus bienes,conforme
a lo probado,razonado y expuesto en la sentencia.A la incapaz
se designó guardadora legítima
y general a Maria Victoria Cano
Agudelo,cc.13´451.077;en los términos de la ley 1306/2009.Se expide
aviso en cumplimiento al Nral.8 del
art.42 de la ley 1306/2010.Publicar
1 vez en El Mundo Marzo 9/2015.
Angélica Leonor Ramirez.Sria
Juzgado 3° Civil Mpal.Medellin,en
Cra.52 N° 42-73,Ed.José Félix de
Restrepo,piso 12,emplaza a Héctor
de Jesús Salazar Mesa,quien debe
comparecer a notificarse personalmente del auto de sept.8/2014
dentro del proceso verbal sumario de Carlos A lcides R amirez
Londoño,rad.20140823,contra Héctor
de Jesús Salazar Mesa.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Feb.25/2015.Rafael Ricardo
Echeverri.Srio
Juzgado Pcuo.del Ccto.de Titiribí
Ant.cita y emplaza a personas indeterminadas que se crean con derechos
sobre el inmueble en corregimiento
de Otramina,comprensión territorial
de este mpio.consistente en lote de
terreno de forma triangular que tiene
una ext.de 300 a 400M2,linda:por
el frente con carretera que conduce
del alto de Otramina al puente de
quebrada “Sinifaná”,corregimiento
de Bolombolo;por el pie y un costado
con quebrada denominada Frana y
por el otro costado con propiedad de
Gerardo Mejía.Este emplazamiento
se hace para que comparezcan al
proceso de pertenencia,rad.20150
001500,promovido por Alba Rosa
Uribe Campillo contra personas
indeterminadas que se crean con
derecho en el inmueble.Se advierte
a los emplazados que de no comparecer dentro de dicho término,se
designará curador adlitem,con quien
se surtirá la notificación y ejercerá
el cargo hasta la terminación del
proceso. Para efectos del Nral.6° del
art.407CPC,se expiden copias para
publicar 2 veces,con intervalos no
menores de 5 dias calendario dentro
del mismo término,en El Mundo y
radiodifusora de este mpio.,entre
7am.y 10pm.Fíjese edicto por 20
dias en Sría.Fijado marzo 9/2015
Aicardo Quintero.Srio
Emplazamiento.El gerente liquidador
de la sociedad Frigorifico Urabá
Darien Caribe “Frigourabá Limitada” en liquidación nit 800000352
en cumplimiento a lo ordenado en
los art.12 de la ley 1105/2006 y
24 del Dto.002319/2014 del Dpto.
de Antioquia,por medio de este
medio se permite emplazar a todas
las personas que se consideren con
derecho a formular reclamaciones
contra la entidad,a fin de que se
presenten indicando el motivo de
su reclamación y la prueba en que
se fundamenta,dentro de los 15 dias
sgtes.a la última publicación de este
aviso,con la advertencia de que una
vez vencido éste,el liquidador no
tendrá facultad para aceptar ninguna reclamación,las reclamaciones
deberán ser dirigidas a la Cra.99
N° 96-35 Of.404 Apartacentro de
Apartadó Ant.con copia a los correos
electrónicos frigouraba@yahoo.
es y mauricioparracruz@hotmail.
com,en igual sentido se emplaza
a quienes tengan en su poder a
cualquier título,activos de la entidad
para los fines de su devolución y
cancelación.Maurici Andrés Parra
Cruz,Gerente liquidador.Se fija
marzo 11/2015.Mauricio Andrés
Parra.Gerente Liquidador
Juzgado 9° Laboral del Ccto.Medellin emplaza a Ester Julia Rojas,se
requiere con el fin de notificarle
personalmente el auto mediante el
cual se admitió demanda ordinaria
laboral de 1ª instancia,promovida
por Aracelly Jiménez de
Ossa,contra Colpensiones,proceso
rad.20130120200.Se hace saber a la
emplazada en caso de no concurrir
en el término de 15 días sgtes.a
la publicación,se continuará trámite del proceso,se advierte que
de conformidad al art.53CPC,la
oportunidad para presentar demanda
de intervención ad excludendum
precluye con sentencia de 1ª instancia.Juzgado en Medellin,Cra.52
N° 42-73,Of.1009,Palacio de
Justicia,Ed.José Félix de Restrepo.
Diego Alberto Osorio.Srio
Juzgado 1° de Flia.Oral del Ccto.
de Envigado,emplaza a quienes se
crean con derecho en el proceso de
sucesión de Luis Alejandro Berrio
Rodriguez,fallecido dic.11/2011
en Envigado,para que comparezcan al despacho en Cra.43 N° 38
sur 42,2° piso,Palacio de Justicia
Alvaro Medina Ochoa,Envigado.
Proceso sucesión abierto y rad.
mediante auto de feb.12/2015 .Se
fija en Sría.por el término de 10
dias,se publicará en periódico de
amplia circulación y radiodifusora
local,conforme al art.589CPC.Bertha
Ligia Zulueta.Sria
Juzgado 1° Pcuo.Mpal.Apartadó
Ant.emplaza a Hosneider Cogollo
Gamboa.cc.1.040.366.127,para que
comparezca al despacho en Cll.103
B N° 98-48,Ed.Horacio Montoya
Gil,2° piso,por sí o por apoderado
a recibir notificación del auto en
que se libró mandamiento de pago
de abr.3/2014 en proceso ejecutivo
de mínima cuantía,rad.20140009800
que en el juzgado promueve en su
contra Confiar Cooperativa Financiera.El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias
después de la publicación,en El
Mundo,domingo Si el demandado no
comparece dentro de este tiempo,se
procederá con designación de curador adlitem,con quien se surtirá la
notificación.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Freddy Leonardo Gómez.Juez
Juzgado 1° Pcuo.Mpal.Apartadó Ant.
emplaza a Emilson Anaya Vertel.
cc.70.529.206,para que comparezca al despacho en Cll.103 B N°
98-48,Ed.Horacio Montoya Gil,2°
piso,por sí o por apoderado a recibir notificación del auto en que
se libró mandamiento de pago de
mayo 2/2013 en proceso ejecutivo
de mínima cuantía,rad.20130021600
que en el juzgado promueve en su
contra Confiar Cooperativa Financiera.El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias
después de la publicación,en El
Mundo,domingo Si el demandado no
comparece dentro de este tiempo,se
procederá con designación de curador adlitem,con quien se surtirá la
notificación.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Freddy Leonardo Gómez.Juez
Juzgado 3° de Flia.de Medellin de
Oralidad,cita a personas que se crean
con derecho a la guarda de Cesar
Augusto Moreno Sierra para que se
presenten en la oportunidad legal
y hagan valer sus derechos,art.30
ley 794/2003 y Nral.3° del art.659
de la ley 1306/2009 Marzo 4/2015.
Paula Andrea Sánchez.Sria
Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad
Envigado,emplaza a Gustavo Alonso
Madrid Salazar,cc.70.555.149,con el
fin de que en el término de 15 dias
sgtes.a la publicación,comparezcan
a recibir notificación personal del
auto mediante el cual se libró mandamiento de pago de oct.24/2014,en
virtud de la demanda ejecutiva
singular promovida en su contra
por Cooperativa Financiera Jhon
F. K e n n e d y r a d . 2 0 1 4 0 0 8 3 8 0 0 . S e
hace saber a los emplazados que
si no comparece dentro del término señalado,se nombrará curador
adlitem,quien se notificará del auto
y se adelantará proceso.Se expide
al tenor del art.318CPC,art.30 ley
794/03.Juzgado en Envigado Cra.43
N° 38 sur 42,Palacio de Justicia
Alvaro Medina Ochoa,3° piso.Enero
26/2015.Carolina Usuga.Sria
Juzgado 1° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Gustavo Alonso Madrid Salazar,quien
debe comparecer a notificarse
personalmente del auto 1869 de
nov.12/2014 que libró mandamiento
ejecutivo de pago,dentro del proceso ejecutivo de Coopkennedy
rad.20140095400,contra Gustavo
Madrid y otro.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Fernando Cruz.Srio
Juzgado 1° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Gustavo Alonso Madrid Salazar,quien
debe comparecer a notificarse
personalmente del auto 1610 de
oct.10/2014 que libró mandamiento
ejecutivo de pago,dentro del proceso ejecutivo de Coopkennedy
rad.20140082400,contra Gustavo
Madrid y otro.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Fernando Cruz.Srio
Juzgado
Pcuo.Mpal.Carepa Ant,en Cra.86 N° 80-09,2°
piso,Carepa,emplaza a Arneis de Jesús
Pacheco Quiroz,cc.71.256.313,quien
debe comparecer a notificarse
personalmente del auto de mayo
14/2013 que libró mandamiento de
pago,dentro del proceso ejecutivo de
mínima cuantía de Confiar Coperativa
Financiera rad.20130020600,contra
Arneis de Jesús Pacheco Quiroz y
otro.Pasados 15 dias después de
la publicación,de no presentarse
el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art 318CPC art.30 ley
794/03.Alicia Pacheco.Juez
Juzgado 6° Civil Mpal.de Descongestión proviene del Jusgado 6
Civil Mupal de Medellin,emplaza a
herederos indeterminados de Jesús
Emilio Arango Alvarez,cc.3.412.025
quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto que
libró mandamiento de pago,dentro
del proceso ejecutivo singular de
Corporación Acción por Antioquia
Actuar Famienpresas,rad.2002630
,contra Jesús Emilio Arango Alvarez.Pasados 15 dias después de
la publicación,de no presentarse
el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art 318CPC art.30 ley
794/03.Marzo 10/2015.Ana Maria
Ortiz.Sria
Juzgado 18° Civil Mpal.
Medellin,emplaza a Anibal de Jesús
Henao López,quien debe comparecer
a notificarse personalmente del auto
que libró mandamiento de pago de
junio 3/2014,dentro del proceso ejecutivo de mínima cuantía de Cooperativa Multiactiva Coopfur Ltda,repr.
legalmente por Diana Alexandra Melo
Medina,rad.20140251,contra Anibal
de Jesús Henao López.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art 318CPC art.30 ley
794/03.Margarita Chavarriaga.Juez
Juzgado 2° Pcuo.Mpal.de
Caucasia,emplaza a Jhon Jader
Alvarez Cordero,quien debe comparecer a notificarse personalmente
del auto de mayo 3/2011que libró
mandamiento de pago,dentro del
proceso ejecutivo singular de menor cuantía de Inversora Pichincha
S.A.,rad.20110011400,contra Jhon
Jader Alvarez Cordero.Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art 318CPC art.30 ley
794/03.Ana Cristina Rendón.Juez
Juzgado 12° Civil del Ccto.de Oralidad de Medellin,emplaza a todas las
personas que se crean con derecho
al bien que se describe para que
concurran,a más tardar dentro de los
15 dias sgtes.a la fecha en que quede
surtido el emplazamiento,dentro de
la demanda verbal sobre declaración
judicial de pertenencia-prescripción adquisitiva extraordinaria de
dominio,instaurada por Ricaurte
de Jesús García Dominguez y Benjamin García Dominguez,contra
Luz Marina Torres Builes,Oscar
de Jesús Torres Builes,Flora María
Torres Builes,Maria Yolanda Torres
Builes,Maria Fanny Torres Builes y
Nelly de Jesús Torres Builes,José
H u m b e r t o To r r e s S i e r r a , R o s a
D o r i e B e d o y a To r r e s , G e r m a n
A lejan d ro B ed o y a To rres , J aime
Alonso Bedoya Torres,Gloria Astrid Bedoya Torres y Jhon Sergio
Bedoya Torres,Rosalbina Cardona
Torres,Otoniel Cardona Torres,Carlos
Mario Cardona Torres,Nohemy del
Socorro Cardona Torres,Emilio de
Jesús Cardona Torres,Maria Isabel
Cardona Torres y Maria Eugenia
Cardona Torres,León Orlando Lara
Torres,José Javier Lara Torres,Olga
Marlene Lara Torres,Luz Amparo
Lara Torres y Jorge Hernan Lara
Torres y demás personas indeterminadas que puedan tener interés
en el proceso rad.20140155300.El
bien objeto del proceso es:lote de
terreno,en esta ciudad,barrio Belen
Parque,en Cll.30 A # 79-52,linda:por
el frente con calle Céspedes;por
costado de abajo,con propiedad que
es o fue de Ulpiano Piedrahita,hoy
de Maximiliano Lotero,quien es
obligado a mantener este cerco a
su costa,quedando el comprador a
tope con dicha propiedad;por atrás
o centro,con quebrada Picacha o
camino viejo de Aguas Frías;por
arriba con finca que fue de Salvador
Yepes,hoy de Nicolás y Salvador
Alvarez.M.I.001-203789.Se fija
edicto por el término de 20 dias
en Sría,se publicará por 2 veces,con
intevalos no menores de 5 dias calendario entro el mismo término,en
El Mundo o El Colombiano y radiodifusora local.Transcurridos 15
dias a partir de la expiración del
emplazamiento,se entenderá surtido
el mismo respecto de las personas
indeterminadas,a las que se designará
curador adlitem que ejercerá el cargo
hasta la terminación del proceso.Las
personas que concurran al proceso
en virtud del emplazamiento,podrán
contestar la demanda dentro de los
15 dias sgtes.a la fecha en que aquel
quede surtido.Las que se presenten
posteriormente tomarán el proceso
en estado en que se encuentre.Fijado
marzo 4/2015,8am,por el término
legal.Desfijado abr.8/2015,5pm.
Mayra Alejandra Guzman.Sria
Juzgado 4° Civil Mpal.de Desc o n g e s tió n d e mín ima y me n o r
cuantía,Medellin,emplaza a Gonzalo Carvajal Goez,para que en
el término de 15 dias sgtes.a la
publicación,comparezca a recibir notificación del auto de abr.29/2014,por
medio del cual se libró mandamiento
de pago en su contra y de Ramiro
de Jesús Guisao Galeano,a favor
de Cooperativa Financiera John
F.Kennedy Ltda.en proceso ejecutivo
singular,rad.20140011700,proveni
ente del juzgado 22° Civil Mpal.y
9° Civil Mpal.de Descongestión.Se
advierte que de no comparecer en la
oportunidad indicada,se nombrará
curador adlitem,con quien se surtirá
la notificación.Art.318CPC,art.30 ley
794/03. Natalia Vargas Sierra Sria
EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015
Juzgado 7° Civil del Ccto.
Medellin,emplaza a Ana Exilda
Jiménez de Ramirez,para que en
el término de 15 dias,a partir de
la publicación,comparezcan al
juzgado,en Cra.52 N° 42-73,Of.1301
del Ed.José Félix de Restrepo,a
recibir notificación personal del
auto que admitió demanda ordinaria de pertenencia,sobre el inmueble ubicado en Cll.48D # 65 A
57 local 10 de Medellin,instaurado
en su contra por Martha Patricia
Santos Hernández,rad.201300571.
Pu b l i ca c i ó n d e c o n f o r m idad al
art.318CPC,art.30 ley 794/03.
Feb.20/2015 Ana María Ruiz.Sria
Juzgado 8° Civil Mpal.de Descongestión Medellin,origen 24° Civil
Mpal,emplaza a Jorge Ivan Valencia
Vargas,para que comparezca al juzgado en Cra.50 N° 51-23,Ed.Mariscal
Sucre,Of.608 Medellin,con el fin de
notificarle personalmente el auto de
julio 24/2013 mediante el cual se libró
mandamiento de pago en su contra,a
favor de la Cooperativa Financiera
John F.Kennedy Ltda,dentro del
proceso ejecutivo,rad.20130067800.
El emplazamiento se entenderá
surtido,transcurridos 15 dias después de su publicación.Se advierte
a la emplazada,que si no comparece
dentro del término,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la
notificación.Art. 318CPC,art.30 ley
794/03.Feb.11/2015.Gloria María
Ortiz.Sria
Juzgado 10° Civil Mpal.de Descongestión de mínima y menor
cuantía,Medellin,Cra.52 # 4273,piso 15,Ed.José Félix de Restrepo Alpujarra,Medellin,emplaza
a Jairo de Jesús Henao
Trujillo,cc.8.292.877,quien debe
comparecer a notificarse personalmente del auto de abr.11/2013 que
libró mandamiento de pago,dentro
del proceso ejecutivo de Cooperativa
Financiera Cotrafa,rad.20130021100
contra Jairo de Jesús Henao Trujillo.Pasados 15 dias después de
la publicación,de no presentarse
el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso,art.318CPC,art.30 ley
794/03.Liliana María Carvajal.Juez
Juzgado 1° Civil Mpal.de
Oralidad,Envigado,emplaza
a Pedro Arlex Quintero
Moreno,cc.72.956.283,quien debe
comparecer a notificarse personalmente del auto 582 de mayo
30/2014 que libró mandamiento de
pago ejecutivo,dentro del proceso
ejecutivo de Banco de Bogotá,rad.
20140011900,contra Pedro Arlex
Quintero Moreno.Pasados 15 dias
después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso,art.318CPC,art.30 ley
794/03.Fernando Cruz Srio
Juzgado 28° Civil Mpal.
Medellin,avisa que se necesita la comparecencia de Jairo de Jesús Londoño
Salazaar,cc.15.319.760 dentro del proceso ejecutivo.Dte.Banco de Bogotá
S.A,contra el emplazado,tramitado
bajo rad.201401762,en el juzgado
28° Civil Mpal,despacho que se
localiza en cra.52 N° 42-73,Palacio de Justicia,Ed.José Félix de
Restrepo,Medellin,donde se le requiere para notificarle personalmente
del auto de julio 25/2014 donde
se libró mandamiento de pago.Se
advierte que el emplazamiento se
entenderá surtido transcurridos
15 dias después de la publicación
del listado,que si el emplazado,no
comparece se le nombrará curador adlitem,con quien se surtirá la
notificacion,art.318CPC,art.30 ley
794/03.Alba Rocío Restrepo.Juez
Juzgado 5 de flia de oralidad Medellín, avisa: que mediante sentencia
proferida de febr. 24/2015, se decretó
interdicción judicial definitiva por
discapacidad mental absoluta de Marisol Quintero Ríos cc: 1.152.461.514.
Nombrando curadora general legítima
a Alirian del Socorro Quintero Ríos,
cc: 22.025.247. El aviso se libra
de conformidad al Art 659 c.p.c y
será publicado en el mundo. Febr.
24/2015. Lina Rocío Pareja sria.
Juzgado23 civil Mupal Medellín,
emplaza a Uriel Mauricio ramos
Álvarez, para que comparezca a
oír notificación personal dentro del
proceso de Carlos Javier Posada
Giraldo contra Uriel Mauricio Ramos
Álvarez. Pasados 15 días después
de la publicación, de no presentarse
el emplazado, se nombrara curador
Ad-litem con quien continuara el
proceso. Art 318 c.p.cmod por el
art 30 de ley 794/2003. María Elena
Gaviria jueza.
Juzgado 7 civil del Ccto de Medellín,
emplaza a Ana Exilda Jiménez de
Ramírez para que en el término de
15 días contados a partir de la publicación comparezcan al despacho
en cra 52 Nº 42-73 of 1301 Ed José
Félix de Restrepo, a recibir notificación personal del auto que admitió
demanda ordinaria de partencia sobre
el bien en calle 48 D Nº 65 A-57
local 10 de Medellín, instaurado en
su contra por Martha Patricia Santos
Hernández, Rad 2013-00571. Se
elabora edicto para publicación d
conform con el Art 318 c.p.c. febr.
20/2015. Ana María Ruíz. Sría.
Juzgado 2 civil Mupal de descongestión de envigado, emplaza a Manuel
Alejandro correa Bustamante para
que comparezca a oír notificación
personal del auto de julio 9/2013,
y abr 25/2014, dentro el proceso
abreviado de restitución de bien
inmueble de arrendamientos Envigado S.A.S. contra Gabriela Suarez
Reyes, MónicaGarcía Cardona, Blanca
Inés Correa Orozco y Manuel Alejandro correa Bustamante. Pasados
15 después de la publicación de no
presentarse elemplazada se nombrara
curador ad-litem con quien continuara
el proceso. Art 318 c.p.cmod por
el Art 30 ley 794/2003, juan pablo
Upegui. Srio.
Juzgado 14 civil del Ccto de oralidad
Medellín, hace saber que en proceso
verbal declaración de pertenencia,
por prescripción extraordinaria
adquisitiva de dominio, incoado
por Gloria del Socorro Vásquez de
Arango contra Ester Julia Toro vda
de Mosquera, VirgelinaMosquera
Toro, Martha Lilia Mosquera Toro,
Marta Libia Mosquera Toro, Elizabeth
Mosquera Toro, Luis Alberto Mosquera Toro, Nelson ArleyMosquera
Toro, Luis Alberto Mosquera, María
Romelia Mosquera Toro, y personas
indeterminadas que se crean con
derecho. Rad. 2015-00142, se ha
emplazado a las personas que se
crean con derecho al bien que se
pretende usucapir, para que concurran
al proceso a más tardar dentro de los
15 días sgtes a la fecha en que quede
surtido el emplazamiento. El bien
objeto de la pretensión hace parte
de lote mayor ext linderos: lote de
mayor ext situado sobre inmueble
en calle 107 B N 76-4, barrio Santander de esta ciudad linderos: por
el frente o sur, en extensión de 8M
con calle 107; por atrás o norte,
con ext de 8M con casa No 76-9,
que se reservó la vendedora; por un
costado u oriente, en 9.60M con cra
1ª, por otro costado u occidente, en
9.60M con lote 20 de la manzana
74. Lote que se pretender adquirir
por prescripción 3º piso pretendido
linderos: por atrás con Virgelina Rojas
y Ana Lenis; por un costado Laura
Rosa Gaviria; por el otro costado
con cra 108 y por el frente con calle
107 B, de esta ciudad. Inmueble se
identifica con M.I 01N-5006431.
El edicto se fijara por el termino de
20 días en sría se publicara 2 veces,
con intervalos no menores de 5 días
calendario dentro del mismo término,
en diario de amplia circulación y
radio difusora local. Se advierte a
los emplazados que si comparecen
dentro del término indicado, el juzgado les nombrara curador ad-litem,
con quien se surtirá la notificación
y continuara el proceso has su comparecencia o terminación. Juzgado
14 civil del Ccto Medellín en la
alpujarra, Ed. JoséFélix de Restrepo,
cra 52 Nº 42-73 of 1308 Medellín.
Fijado sria marzo 10/2015 8 a.m. por
el término de 20 dias hábiles. Art
407-7 C.P.C.Desfijadoabr 13/2015
5 p.m. Martha PaolaBerrocal. Sría.
Juzgado 2 civil Ccto de oralidad
Itagüí. Rad 2015-00084-00 emplaza
a personas desconocidas e indeterminadas que se crean con derecho
sobre el bien que se detallara para
que comparezca en el término de 10
días a la demanda de prescripción
adquisitiva extraordinaria de dominio,
tramite verbal, que en su contra y
de Simón Montoya, les promueve
Francisco Antonio y Marco Fidel
Arrubla Restrepo, Federico de Jesús,
Aura Nelly, Ana Cecilia, MaríaEster,
Oscar de Jesús, María del socorro,
JoséVicente, OlgaAmanda, Luis Ignacio, Luis Eduardo y José Alejandro
García Arrubla; Teresita de Jesús,
Heriberto de Jesús, María Libia, Luis
Alfonso y Octavio de Jesús Arrubla
cuartas; gloria cristina Adriana María
y William Alfonso Londoño Arrubla;
ÁngelaMaría, Marleny del socorro,
Olga luz, luz Mery, luz Irene, Jaime
Alveiro, Luz Gladis, y gloria Elsy
Arrubla Salazar. Bien inmueble
a usucapir: inmueble ubicado en
Itagüí, en diagonal 43 Nº 28-143,
linderos por el frente u oriente, en
24M con calle de servidumbre, hoy
diagonal 43, por occidente, en 24M
con propiedad de Alirio Ospina, por
el norte en 17M, con calle 29, por
atrás o sur, en 17M con Jardines
Montesacro. M.I Nº 001-704986
de la oficina de registro II.PP de
Medellín zona sur. El edicto se fijara
por el termino de 20 días en sría se
publicara 2 veces con intervalos no
menores de 5 díascalendario dentro del mismo término, en diario
de amplia circulación El Mundo Y
radio difusora de amplia sintonía
en la región, entre 7 a.m. y 10 p.m.
Transcurridos 15 días a partir de la
expiración del emplazamiento, se
entenderá surtido presente. Art 407
c.p.c. se advierte a los emplazados
que si no comparecen en el término
indicado se designarácurador Ad-litem
con quien se surtirá la notificación y
continuara trámite de proceso hasta
su terminación. Juzgado situado en
5 piso de Ed Nacional Judicial.
Fijado marzo6/2015 8 a.m. desfijado
abril 10/2015 5 p.m. HernánDarío
rodas. Srio.
Juzgado 2 civil Mupal de descongestión de envigado, emplaza a
Blanca Inés Correa Orozco para
que comparezca a oír notificación
personal del auto de julio 9/2013, y
abr 25/2014, dentro el proceso abreviado de restitución de bien inmueble
de arrendamientos Envigado S.A.S.
contra Gabriela Suarez reyes, MónicaGarcía Cardona, Blanca Inés Correa
Orozco y Manuel Alejandro correa
Bustamante. Pasados 15 después
de la publicación de no presentarse
la emplazada se nombrara curador
ad-litem con quien continuara el
proceso. Art 318 c.p.cmod por el
Art 30 ley 794/2003, juan pablo
upegui. Srio.
Juzgado 1 civil CctoItagüí Rad 201000233, remate hace saber, que dentro
del proceso ejecutivo instaurado por
Gradesa S.A. contra Luis Fernando
Vásquez moreno se señaló para la
diligencia venta en pública subasta del derecho que el demandado
posee en los bienes embargados,
secuestrados y avaluados que se
especificaran, que equivale a un
50% del mismo en abr 7/2015 1 p.m.
Sera postura admisible la que cubra
el 70% del avaluó total del derecho
que le corresponde al demandado en
el inmueble en parcelación valle del
Tonusco 2ª etapa lote 2-23 vereda
el espinal de santa fe de Antioquia
con M.I 024-0018265, el cual asciende a $ 105.309.840.oo previa
consignación del 40% de dicho vr
para poder licitar. El reámateestá
sujeto a los lineamientos jurídicos
de que trata la ley. 1395/2010. Febr.
9/2015. Marco Fidel Ochoa. Sria
Juzgado 2° Civil de Oralidad del
Ccto.de Bello Ant,emplaza a las
personas interesadas que se crean con
derecho sobre el bien inmueble objeto
de la litis,para que comparezcan a
hacerlo valer dentro del proceso
declarativo de pertenencia con pretensión de prescripción adquisitiva
extraordinaria de dominio,instaurado
por Maria Teresa Restrepo Tobón
en contra de la Sra.Maria Senelia Gil Montoya y demás personas
indeterminadas,rad.20140079100.
El presente edicto se fija por el
término de 20 dias en lugar visible
de la Sría.del Juzgado,dentro del
cual se deben hacer las publicaciones Num.7°,art.407CPC;el emplazamiento se entiende surtido dentro
de los 15 dias sgtes.al término en
cita,fecha en la cual se desfijará el
edicto lit.b,Num.6°,art.407CPC,el
cual vence 15 dias después,para la
defensa de los derechos que crean
tener quien (es) comparezcan en
virtud de este emplazamiento
(Num.8°,art.407,lit.b,num.6° y
num.9° del art.407CPC.Las personas indeterminadas disponen del
término de 15 dias,contados a partir
de la fecha en que el emplazamiento
quede surtido para que comparezcan
al proceso,oportunidad dentro de la
cual pueden contestar la demana
(lit.b,Nral.6° y 9°,art.407).Si no
comparecen,transcurridos los términos indicados,se designará curador
adlitem,con quien se adelantará el
proceso hasta la terminación.El
bien inmueble objeto del litigio
se encuentra ubicado en el Mpio.
de Bello,en Cra.50 N° 27B-173,se
encuentra comprendido dentro de
los sgtes.linderos:por el frente con
autopista norte en 6.40M,por un
costado con inmueble ubicado en
Cra.50 N° 27-191 de propiedad de
Nora Restrepo Tobón en una extensión
de 21.7M,por el otro costado con
el inmueble ubicado en Cra.50 N°
27B-165 de propiedad de la sucesión del finado José Escobar en una
extensión de 21.7M,y por la parte
de atrás,con inmueble ubicado en
Cll.29ª N° 50-33 de propiedad de
Orlando Paniagua en una extensión
de 6.40M.Este inmueble se identifica
con M.I.01N-1638 de la oficina de
registro de IIPP zona norte.Se da
cumplimiento al art.407CPC.Fijado
marzo 12/2015,8am.Desfijado mayo
8/2015,5pm.Vence junio 1/2015,5pm.
Gloria Paulina Muñoz.Sria
Juzgado 1° Civil del Ccto.
de
Oralidad,Envigado.
E m p l a z a d o : p e r s o n a s
indeterminadas;Dte.Lina Patricia
Hernández Vélez,demandado: personas indeterminadas;proceso verbal
(pertenencia);rad.20150000400.Se
emplaza a todas las personas que se
crean con derecho sobre el bien,cuya
declaración de pertenencia o adquisición del dominio por prescripción
extraordinaria demanda Lina Patricia Hernández Vélez,para que
comparezcan a estar a derecho en el
proceso a más tardar dentro de los
15 dias sgtes.a la fecha en que quede
surtido el emplazamiento.El bien
pretendido es:lote de terreno con casa
sobre él construída,en vereda Pan de
Azúcar,con área de 119.50M2,aprox.
linderos grales.y actualizados:por el
frente u occidente,en 4.70M,aprox
con Cll.82 sur,via veredal que conduce de Sabaneta a la variante a
Caldas;por el fondo u oriente,en
3.15M,aprox.con propiedad de Luz
Fary Bedoya y Fernando Moncada,por
el sur en 13.35M,aprox,con servidumbre peatonal o vía de acceso a
la propiedad de Rodrigo de Jesús
Ayala Villa y su cónyuge;por el
norte en 13.35M,aprox.con muro
que lo separa de propiedad de Yasmin Bedoya y Carlos Moncada.Sin
M.I.conocida,provista de servicios
públicos de acueducto,alcantarillado,
energía y tel.Inmueble distinguido en
su puerta actualmente con N° 32-78
(110) de la Cll.82 sur nomenclatura
actual de Sabaneta.Este edicto se
fijará por el término de 20 dias
en Sría,y se entenderá surtido una
vez transcurran los 15 dias sgtes.a
la expiración del emplazamiento.
Fijado marzo 3/2015 8 am.Guillermo
Salgado.Srio
Juzgado 5° de Flia.de Descongestión
Medellin,emplaza a Miguel Angel
Martinez Herrera y a las personas
que tengan noticias de él para que las
comuniquen al juzgado en proceso
jurisdicción voluntaria de muerte presunta por desaparecimiento,instaurado
por Martha Isabel Martinez Herrera
,art.657CPC,rad.201300363.Miguel
Ángel Martinez Herrera,se ausentó
de su residencia hace más de 28
años desde junio /84,sin que hasta
el momento se tenga conocimiento
de su paradero;salió en un vehículo
tipo camión,con el propósito de hacer
uno de los viajes que usualmente
realizaba con ocasión de su labor
desempeñada (transportador).Sin
embargo mi poderdante junto con
el resto de la flia.,no volvió a saber
nada del paradero de Miguel Angel.
Se advierte al emplazado que pasados
15 dias después de la publicación del
edicto,si no comparece,se designará
curador adlitem,con quien continuará
trámite del proceso.Dic. 12/2014.
Paula Milena Montoya.Sria
Juzgado 4° de Ejecución Civil
Mpal,proviene del 8° Civil Mpal.
de Medellin,emplaza a herederos
indeterminados de Goetz Pfeil Schneider (sentencia de fecha proferida
en feb.13/2008 y el auto de julio
21/2009 por concepto de costas),lo
anterior de conformidad a providencia de mayo 2/2011,folio 10 y
exigencia de notificación de auto de
feb.2/2015,para que comparezcan a oir
notificación dentro del proceso ejecutivo a continuación del proceso de
responsabilidad extracontractual,dte.
Carlos Andrés Ochoa Zapata,contra
Goetz P feil Schneider,Luis Felipe
Celis Echeverri y Alfredo Pombo
Leyva.Pasados 15 dias después de
la publicación,de no presentarse
los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso,art.318CPC,mod.por el
art.30 de la ley 794/2003. Claudia
Elena Velasquez Sria
Juzgado 2° de Flia.de Oralidad de
Medellin,emplaza a Rigoberto Hernández Cerquera,cc.93.372.159,para
que en el término de 15 dias a partir de
la publicación del edicto,comparezca
con o sin apoderado a recibir notificación personal del auto de marzo 5/2015,que admitió la demanda
verbal-privación de la patria potestad
promovida en su contra por Ana
María Gómez Velásquez,quien actúa
en representación legal del adolescente Manuel Santiago Hernández
Gómez,rad.201500190.Se ordena
el emplazamiento de parientes por
línea paterna del adolescente,para
que digan lo que estimen pertinente en relación con el proceso.
Se advierte al emplazado que si
no comparece,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la
notificación.Marzo 5/2015.Mabel
Alejandra Marin.Sria
Juzgado
1°
de
Flia.de
Descongestión,Itaguí,hace saber a
todos los que se crean con derecho en
el proceso de sucesión intestada de
Fabio Velásquez Restrepo,fallecido
junio 12/2007 en Medellin,quien se
domiciliaba para la época en Itaguí.
Publicación se realizará domingo en El
Mundo y radiodifusora local,art.589
en armonía con el 318CPC,mod.por
la ley 794/2003,art.30.Feb.23/2015.
Clara Marcela Alzate.Sria
Juzgado 5° de Flia.de Descongestión de Medellin,avisa que dentro
del proceso jurisdicción voluntaria promovido por Olga Lucía
Gil López,mediante sentencia N°
003,emitida feb.2/2015,se declaró interdicción por discapacidad
mental absoluta de José Gilberto
Gil Botero,quien no tiene la libre
admón.y disposición de sus bienes;se
designó curadora general y legítima a Angela María Gil López,cc.
42.969.502.Para fines del ord.8°
del art.659CPC,se expide copia
para publicación,domingo en El
Mundo.Marzo 12/2015.Paula Milena
Montoya.Sria
Juzgado 5° de Flia.de Oralidad
Medellin,emplaza a todas las personas que consideren tener derecho
en el proceso de sucesión testada de Amanda del Socorro Duque
Aristizábal,fallecida nov.20/2014
en Medellin,lugar de su último
domicilio,rad.201500288,para que
comparezcan a hacerlos valer dentro
de la oportunidad legal.Se fija en
Sría.por el término de 10 dias,se
publica 1 vez domingo, conforme lo
indicado en arts.318 y 589CPC,en El
Mundo.Fijado marzo 11/2015,8am.
Desfijado marzo 26/2015,5pm.Lina
Rocío Pareja Sria
Juzgado 5°Civil Mpal.de Descongestión Medellin,emplaza
a Leidy Johana Londoño
Gómez,cc.1017.186.189,para que
comparezca al juzgado en Cra.50
N° 51-23,Ed.Mariscal Sucre,Of.605
Medellin,con el fin de notificarle personalmente el auto de sept.25/2013,a
través del cual se libró mandamiento
de pago en su contra,a favor de
Cooperativa John F.Kennedy,dentro
del proceso rad.20130095600.
El emplazamiento se entenderá
surtido,transcurridos 15 dias después
de su publicación,se advierte a los
emplazados,que si no comparecen
dentro del término,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la
notificación.Art.318CPC,art.30 ley
794/03.Ana María Arroyave.Sria
Juzgado 11° Civil Mpal.de Descongestión Medellin,avisa que se
requiere la comparecencia de Eyner
Zamir Vélez Vélez,dentro del proceso
ejecutivo.Dte.Cooperativa Financiera
John F.Kennedy Ltda,contra Eyner
Zamir Vélez Vélez y otro,tramitado
bajo rad. 20130111300,en el Juzgado
11° Civil Mpal.de Descongestión
de Medellin,despacho que se localiza en Cra.50 N° 51-23 Of.502
45
de Medellin,donde se le requiere
para notificarle personalmente del
auto interlocutorio 1417,dictado
en sept.27/2013,por medio del cual
se libra mandamiento de pago.Se
advierte que el emplazamiento se
entenderá surtido,transcurridos 15
dias después de la publicación,si el
emplazado no comparece,se nombrará
curador adlitem con quien se surtirá
la notificación.Art.318CPC,mod.por
art.30 ley 794/03 Juliana Barco.Juez
Juzgado 5° de Ejecución Civil Mpal.
Medellin,emplaza a todos los que
tengan créditos con títulos de ejecución contra Frutícola Los Andes
S.A. y Jiménez Quintero y Cía.
Ltda.,para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación
de sus demandas,dentro de los 5 dias
sgtes.a la expiración del término
del emplazamiento dentro del proceso ejecutivo de Coninsa Ramón
H.S.A,contra los deudores,rad.bajo
expediente 22/2014.Sria. Beatriz
Eugenia Uribe Jueza
Juzgado 8 Civil Mupal de Descongestion Medellin viene del Juzgado
24 Civil Mupal de Medellín,emplaza
a Hernando Arbeláez Muñoz,quien
debe comparecer a notificarse personalmente del auto de agosto 6/2014
dentro del proceso ejecutivo de Cooperativa Financiera John F.Kennedy
Ltda,rad.20130019200,contra Tito
Sánchez Gutiérrez y Hernando Arbeláez Muñoz.Pasados 15 dias después
de la publicación,de no presentarse
el emplazados,se nombrará curador
adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.
Luz Marina Restrepo.Juez
Juzgado 28° Civil Mpal.de Oralidad Medellin,origen Juzgado 11° de
descongestión,avisa que se necesita la
comparecencia de Yeny Carolina Sánchez Rojas,cc.1.046.933.006,dentro
del proceso ejecutivo singular de mínima cuantía.Dte.Confiar Cooperativa
Financiera representada legalmente
por Liliana Rinckoar Aparicio,contra
Yeny Carolina Sánchez Rojas y Astrid
Elena Mazo Vahos,tramitado bajo
rad.201400537,en el juzgado 28° Civil
Mpal.de Oralidad,despacho que se
localiza en cra.52 N° 42-73,of.1504
de Medellin,donde se le requiere para
notificarle personalmente del auto
de mayo 14/2014 mediante el cual se
libró mandamiento ejecutivo de pago.
Se advierte que el emplazamiento
se entenderá surtido,transcurridos
15 dias después de la publicación
del listado,que si la emplazada,no
comparece se le nombrará curador adlitem,con quien se surtirá la
notificacion,art.318CPC,art.30 ley
794/03.Alba Rocío Restrepo.Juez
Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad
Bello,emplaza a Angela Marcela
Taborda Restrepo y Alejandro Tellez
Molina,quienes deben comparecer a
notificarse personalmente del mandamiento de pago de mayo 23/2014,dentro del proceso ejecutivo de Cooperativa Financiera John F.Kennedy
Ltda,rad.20140008600,contra Angela
Marcela Taborda Restrepo y Alejandro
Tellez Molina.Pasados 15 dias después
de la publicación,de no presentarse
los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art. 318CPC,art.30 ley
794/03.Ana Julieta Rodriguez.Juez
Juzgado 4 Civil Mupal de Descongestion Medellin viene del
Juzgado 22 Civil Mupal de
Medellín,emplaza a Gonzalo Carvajal Goez,cc.1.038.804.287,quien
debe comparecer a notificarse
personalmente,dentro del proceso
de Cooperativa Financiera John
F.Kennedy Ltda,rad.20140117,contra
Gonzalo Carvajal Goez. Pasados 15
dias después de la publicación,de no
presentarse el emplazado,se nombrará
curador adlitem,con quien continuará
el proceso.Art.318CPC,art.30 ley
794/03
Notaria Único de La Ceja Ant,emplaza
a las personas que se consideren con
derecho dentro de los 10 dias sgtes.a la
publicación en trámite de liquidación
de la sucesión de Isabelina Monsalve
de Uribe,cc.# 21.890.607,fallecida
en La Ceja,marzo 12/2010.Aceptado
trámite en esta notaria,mediante acta
15 de marzo 12/2015.Se ordena publicación del edicto en El Mundo y
radiodifusora local,en cumplimiento
al art.3° del Dcto.902/88 ordenándose
su fijación en Notaria por término de
10 dias.Se fija marzo 12/2015,8am.
Mario José de Jesús Cardona.Notario