EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 EDICTO EMPLAZATORIO REPUBLICA DE COLOMBIA Rama Jurisdiccional del poder publico JUZGADO VEINTE PENAL MUNICIPAL CON FUNCION DE CONTROL DE GARANTIAS Medellín, tres (3) de febrero de dos mil quince (2015) EMPLAZA Al señor JOHN ALEXANDER ZULUAGA TORO identificado con C.C 71.769.613 de Medellín, nacido en Medellín (Ant.), nacido el 8 de junio 1977 en Medellín (Ant ) para que en el termino de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a esta agencia judicial a la audiencia de formulación de imputación, dentro del proceso con CUI 050016000206201291177 numero interno 2014126549, Que se adelanta en su contra por la presunta conducta de abuso de confianza; se hace saber al emplazado que si comparece en el término señalado, se oirá o administrar la justicia que Ie asiste, pero si vencido el mismo, no comparece se declarara persona ausente y se procederá conforme con lo previsto en el articulo 127 del Código de Procedimiento Penal, ley 906 de 2004. El edicto Se Fija en la Secretaria del Despacho siendo las 6:00 A.M. del 03 de febrero de 2015 y se desfija el 9 de febrero de 2015 a las 2:00 P:M Copia del edicto se publicara en medio radial y prensa. MARLENY PELAEZ JURADO JUEZ EDICTO EMPLAZATORIO REPUBLICA DE COLOMBIA Rama Jurisdiccional del Poder Publi co. JUZGADO VEINTE PENAL MUNICIPAL CON FUNCION DE CONTROL DE GARANTIAS. Medellín, Febrero Veintitres (23) de dos mil Quince (2015). EMPLAZA Al Señor CRISTIAN ALBERTO RODRIGUEZ CARMONA, identificado con Cedula de Ciudadanía 1.017.192.526 expedida en Medellín, nació el veintisiete (27) de agosto de 1989, en Medellín — Antioquia, de 26 años de edad, hijo de ANA MARIA, Estado Civil Soltero, estudio hasta primero, mide 1,68 de estatura, habitante de la calle; para que en el termino de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a esta agencia judicial a la audiencia de formulación de imputaci6n, dentro del proceso con CUI 050016000206201043334 y numero interno 2014-66668, que se adelanta en su contra por la presunta conducta de TRAFICO, FABRICACION 0 PORTE DE ESTUPEFACIENTES; se hace saber al emplazado que si comparece en el termino señalado, se oirá o administrara la justicia que le asiste, pero si vencido el mismo, no comparece se declarara persona ausente y se procederá conforme con lo previsto en el articulo 127 del Código de Procedimiento Penal, ley 906 de 2004. El edicto se Fija en la Secretaria del Despacho siendo las 6:00 A.M. del 24 de Febrero de 2015 y se desfija el 2 de Marzo de 2015 a las 2:00 P.M. Copia del edicto se publicara en medio radial y prensa. MARLEY PELAEZ JURADO JUEZ EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE GUARNE-ANTIOQUIA: EMPLAZA Al señor JHON JAIRO LONDOÑO ORDOÑEZ (a. el argentino) identificado con cédula de ciudadanía N° 71.556.041, nacido el 22 de Febrero de 1969 en Bogotá Cundinamarca, hijo de Doris Ordoñez, sin más datos, para que se haga presente a este Despacho judicial ubicado en la calle 51 N° 50-28, parque principal de Guarne, en el término de cinco (5) días hábiles so pena de declararlo persona ausente. El citado aparece como indiciado dentro de investigación penal que adelanta la Fiscalía 127 Seccional de Guarne Antioquia, por el delito de CONSTREÑIMIENTO ILEGAL, dentro del CUI 053186100127201480317 y NI 2014-00057. Este Edicto se publicará por el término de cinco días hábiles en la secretaría del Juzgado, en un medio radial y en un diario de amplia circulación regional. Artículo 127 del C. de P. Penal. Guarne, Antioquia Febrero 25 de 2015 MARIA ELENA BENTACUR MONSALVE SECRETARIA EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN DE MEDELLÍN AVISA: Que mediante sentencia proferida el dieciséis (16) de febrero de dos mil quince (2015), SE DECRETÓ LA INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, de la señora MÓNICA PATRICIA SERNA PASOS identificado con C.C. 43.277.900, nombrando como CURADORA L E G Í T I M A a s u madr e, s eñ o ra LUZ ELENA PASOS MARTÍNEZ identificada con CC. 32.324.666. El presente aviso se libra de conformidad al artículo 659 del C.P.C. y será publicado en el Periódico EL MUNDO, o, EL COLOMBIANO. Medellín, veinticinco (25) de febrero de dos mil quince (2015). XIOMARA GOMEZ HOYOS SECRETARIA República De Colombia Rama Judicial Del Poder Público Juzgado Trece De Familia De Oralidad Del Circuito De Medellín Dieciocho de diciembre de dos mil catorce LA SECRETARIA DEL JUZGADO TRECE DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, AVISA: A todos los que se crean con derecho de ejercer la guarda sobre CRISTIAN DARÍO VASQUEZ RUIZ que se admitió solicitud de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA con el fin de obtener INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD ABSOLUTA, cuyo solicitante fue su madre GLADYS AMPARO RUIZ ARANGO, el proceso cursa en el despacho con el radicado 2014-1021. Se elabora el presente aviso para ser publicado en el periódico “El Colombiano” o “El Tiempo”, conforme a las disposiciones del artículo 42, numeral 8º de la Ley 1306 de 2009, el numeral 3 del artículo 659 en concordancia con el artículo 446 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 61 del Código Civil. MARCELA OLARTE SECRETARIA RADICADO: 2015-00120 EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA A las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA GUARDA de MARLENE DE LA MISERICORDIAS VÁSQUEZ MOLINA, para que se presenten a este Juzgado en la oportunidad legal y hagan valer sus derechos. Artículo 30 de la Ley 794 de 2003 y numeral 3º del artículo 659 de la Ley 1306 de 2009. Medellín, 24 de Febrero de 2015 PAULA ANDREA SÁNCHEZ GÓMEZ SECRETARIA EDICTO LA SUSCRITA JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL DE SANTA ROSA DE OSOS, ANTIOQUIA, CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y LAS CONFERIDAS ESPECIALMENTE POR LA LEY 906 DE 2004, EN SU ARTICULO 127 SEÑALA QUE EN AUDIENCIA PRELIMINAR DE FEBRERO 12 DE 2015, POR PETICIÓN DE LA SEÑORA FISCAL 075 LOCAL DE DONMATIAS ANTIOQUIA, EMPLAZA Al señor ALEXANDER FERRER, identificado con la C.C. Nro. 2.265.384, Nacido 3 de junio de 1967 en el Municipio de Coello, Tolima, residente en la carrera 15 NR 63ª -05 Bogotá, D-C Teléfonos cel 312 588 20 87 345 80 77, 212 43 50, 896 65 65, hijo de, sol soltero, sin ocupación conocida, para que comparezca a la diligencia de formulación de imputación dentro de la investigación que se adelanta por el delito de INASISTENCIA ALIMENTARIA, en contra del señor ALEXANDER FERRER donde aparece como víctima su menor hija, CUI Nro. 052376000275201180037, numero interno 2013-00010, se le advierte que en caso de no presentarse dentro de los cinco (05) días siguientes a partir del emplazamiento, se declarara PERSONA AUSENTE, y se le nombrar defensor de Oficio de los Abogados Inscritos en la Defensoría Pública. El presente EDICTO es fijado el día de hoy, 12 de febrero 2015, a las 8:00 am en lugar público visible de la Secretaria del Juzgado por el término legal de Cinco (05) copia del mismo será publicada en un periódico de amplia circulación local y por medio radial. YOLIMA AMPARO OCAMPO HERNÁN DEZ JUEZ RADICADO: 2015-00281 EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA A las PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA GUARDA de LUIS ALBERTO MANRIQUE TORO, para que se presenten a este Juzgado en la oportunidad legal y hagan valer sus derechos. Artículo 30 de la Ley 794 de 2003 y numeral 3º del artículo 659 de la Ley 1306 de 2009. Medellín, 20 de febrero de 2015 PAULA ANDREA SÁNCHEZ GÓMEZ SECRETARIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO LA SECRETARIA DEL JUZGADO CATORCE DE FAMILIA DE ORALIDAD MEDELLIN AVISA Que mediante audiencia oral celebrada por este Despacho el día 18 de febrero del año en curso, se decretó la interdicción por discapacidad mental absoluta del señor Andrés Felipe Zuluaga Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.017’126.732, nacido el 11 de septiembre de 1982, hija de Ramón de Jesús y Blanca Libia, quien por esta misma providencia no cuenta con la libre administración y disposición de sus bienes. Se le designó como curadora al señor Ramón de Jesús Zuluaga Quintero, portador de la cédula de ciudadanía número 70’070.369. Se expide el presente aviso en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 42 de la Ley 1306 de 2010, debiendo ser publicado por una sola vez en el periódico El Mundo. Medellín, 18 de febrero de 2015 MARY MEJIA GRISALES Secretaria ED ICTO EMPLA ZATO RIO : EL SUSCRITO JUEZ TREINTA Y UNO PENAL MUNICIPAL DE MEDELLIN CON FUNCIÓN DE GARANTÍAS Y SU SECRETARIA, por medio del presente EDICTO: CITA, LLAMA Y EMPLAZA AL SEÑOR TONY SIBAJA ESCOBAR, identificado con la C.C 15.612.946 de Tierralta (Córdoba), para que en un término de cinco (5) días hábiles contado a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a este Despacho a la AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN, dentro del proceso radicado bajo el SPOA 05001-60-00-207-200802039, N.I 2013-114616, que en su contra se viene investigando por la conducta punible de ACCESO C A R N A L A BU SIV O C O N ME NOR DE 14 AÑOS AGRAVADO, EN CONCURSO HOMOGÉNEO Y SUCESIVO CON EL DELITO DE ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS AGRAVADO. Se hace saber al emplazado que si comparece en el término señalado, se le oirá y administrará la justicia que lo asiste; pero si vencido el mismo no comparece, se le declarará persona ausente y se procederá conforme a lo previsto en el art. 127 de la Ley 906 de 2004. El presente EDICTO se fija en lugar visible de la secretaría del Despacho, siendo las 6:00 horas del día 23 de febrero de 2015. Copia del presente EDICTO se publicará en un medio radial y de prensa de cobertura local. GUILLERMO DURAN URIBE JUEZ ANA MARIA MUÑOZ TAMAYO SECRETARIA Se desfija el 02 de marzo de 2015 a las 14:00 horas GUILLERMO DURAN URIBE JUEZ LA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN AVISA Que en este Juzgado se está tramitando el proceso de Jurisdicción Voluntaria de “Interdicción por Discapacidad mental” de la señora MAGNOLIA EDITH VELEZ HENAO, presentado a través del ICBF por la señora MILBIA CECILIA VELEZ HENAO, distinguido con el radicado 201500341-00. Se CITA a los parientes que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de MAGNOLIA EDITH VELEZ HENAO, para que si a bien lo tienen comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos. Se expide el presente aviso en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 N° 8 Ley 1306 de 2009, modificatorio del canon 659 del Código de Procedimiento Civil, debiendo ser publicado, por una vez, en el periódico “El Mundo”. Medellín, febrero 26 de 2015 GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ SECRETARIA REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE MEDELLÍN EMPLAZA A las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación de la Sociedad Conyugal formada por los señores FÉLIX ANTONIO ZULUAGA CIRO y MARÍA BEATRIZ ÁLVAREZ VILLEGAS, para que haga valer sus créditos dentro de la oportunidad legal. Medellín 02 de marzo de 2015 ALBA NELLY SALDARRIAGA NORENA Secretaria CONSTANCIA DE FIJACIÓN Fijado hoy 02 de marzo de 2015, A las 8 a.m. CONSTANCIA DESFIJACION Desfijado hoy 13 de marzo de 2015, A las 5 p.m. ALBA NELLY SALDARRIAGA NOREÑA Secretaria LA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN AVISA Que en este Juzgado se está tramitando el proceso de Jurisdicción Voluntaria de “Interdicción por Discapacidad mental” del señor JU A N SEB A STIA N C A R R EÑ O HIDALGO, presentado a través del ICBF por las señoras MARTA ROCÍO HIDALGO y ALEJANDRA CARREÑO HIDALGO, distinguido con el radicado 2015-00375-00. Se CITA a los parientes que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de JUAN SEBASTIAN CARREÑO HIDALGO, para que si a bien lo tienen comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos. Se expide el presente aviso en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 N° 8 Ley 1306 de 2009, modificatorio del canon 659 del Código de Procedimiento Civil, debiendo ser publicado, por una vez, en el periódico “El Mundo”. Medellín, marzo 4 de 2015 GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ SECRETARIA REPÚBLICA DE COLOMBIA JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO. MEDELLÍN AVISO A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EN GENERAL EL SUSCRITO JUEZ PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 21 DE LA LEY 472 DE 1998, HACE SABER: Que mediante providencia del 19 de Febrero de 2010 se dispuso informar a la COMUNIDAD EN GENERAL la admisión de la ACCIÓN POPULAR presentada por el señor JORGE MARIO DUEÑAS ROMERO contra la sociedad ALMACENES FLAMINGO S.A., representada por el señor JOSÉ ALEJANDRO RESTREPO RESTREPO o por quien haga sus veces, tendiente a que se declare que la demandada está trasgrediendo el derecho colectivo a los ciudadanos con limitación física y movilidad reducida, con la falta de adecuación del inmueble ubicado en la Calle 48 N° 49-35 de Medellín donde funciona una agencia de dicha entidad. Se expide este aviso de conformidad con lo ordenado en la mencionada providencia, para su publicación a través de un medio masivo de comunicación. Medellín, 05 de Marzo de 2015 JOSÉ ALEJANDRO GOMEZ OROZCO Juez Primero Civil del Circuito de Medellín. DEMENCIA POSTRAUMATICA GRAVE EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN, AVISA: Que mediante sentencia proferida el 11 de febrero de la presente anualidad (2015), SE DECRETÓ LA INTERDICCIÓN JUDICIAL DEFINITIVA POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA, de CARLOS ALEXIS GÓMEZ MUÑOZ IDENTIFICADO CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA No 98.707.760 de Bello Antioquia, nombrando como CURADORA GENERAL LEGÍTIMA a su MADRE, señora DORA ELENA MUÑOZ MARTÍNEZ IDENTIFICADA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA No 43.050.357 de Medellín El presente aviso se libra de conformidad al artículo 659 del C.P.C. y será publicado en el Periódico EL MUNDO, o EL COLOMBIANO. Medellín, febrero 11 de 2015. LINA ROCIO PAREJA QUINTERO SECRETARIA REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN, CITA: A todas aquellas personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda del señor DIDIER GARCÍA QUEJADA para que se presenten a éste Despacho Judicial y lo hagan valer dentro del proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL instaurado por SOL MARÍA QUEJADA SANTOS, radicado N° 2014-2341 Para los efectos indicados en el artículo 446 del C.P.C., se ordena la anterior citación y publicación por una vez en un Periódico de amplia circulación de la ciudad. Medellín, NOVIEMBRE 19 DE 2014. LINA ROCIO PAREJA QUINTERO SECRETARIA REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL EDICTO LA SECRETA R I A D E L J U Z G A D O D O C E DE FAMILIA EN ORALIDAD DE MEDELLÍN EMPLAZA: A las personas que se crean con derecho a intervenir en la Liquidación de la Sociedad Conyugal formada por los señores Fabio Alberto Ossa Builes y Margarita del Socorro Penagos Escobar, para que hagan valer sus créditos dentro de la oportunidad legal. Radicado No. 0500131600122014-02264-00. Fecha de fijación de edicto: 28 de enero de 2015 a las 8 A.M. Fecha de desfijación de edicto: 10 de febrero de 2015 a las 5 P.M. ADRIANA MARIA RIOS JIMÉNEZ SECRATARIA JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN AVISO: EL SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN DE ORALIDAD CITA: A los parientes cercanos y a todas aquellas personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda del presunto discapacitado DAVID VARGAS GALEANO quien se identifica con la cédula de ciudadanía número 1.128.421.349, para que comparezcan al proceso de INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA promovida DAVID VARGAS GALEANO por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO REGIONAL ANTIOQUIA en interés del señor siendo interesada la madre de éste la soñera RUBIELA GALEANO DE VARGAS identificadas con la cédula de ciudadanía número 1.128.421.349, con el fin de ser escuchados, tal como lo ordena el artículo 61 del Código Civil concordante con el artículo 446 del Código de Procedimiento Civil. El anterior aviso se expide para ser publicado en un periódico de amplia circulación nacional, que será “El Mundo” de ésta ciudad, tal como lo establece el artículo 659 numeral 8º del C.P.C., modificado por el artículo 42 de la ley 1306 de 2009. Medellín, 06 de marzo de 2015 LUIS ALONSO BERRUECOS CERVANTES SECRETARIO FIJADO: 11 de Marzo de 2015 a las 8:00 a.m LUIS ALONSO BERRUECOS CERVANTES SECRETARIO RADICADO. 050013160001-201500219-00 LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN, ANT. EMPLAZA: Al señor JAVIER OSORIO NIETO, para que en el término de quince (15) días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezca a este Juzgado a recibir notificación personal del auto a través del cual se admitió la demanda de FIJACIÓN CUOTA ALIMENTARIA, promovida en su contra por la señora FRANCI YAMILE LÓPEZ LOAIZA, radicado bajo 11 el Nro. 02239-2014. Se le advierte al emplazado que si no comparece se le designará un Curador Ad-litem, con quien se surtirá la respectiva notificación. Publíquese en un medio escrito de amplia circulación nacional, bien sea el periódico El Mundo o El Tiempo, día domingo. Medellín (Ant.), diciembre 12 de 2014 MABEL ALEJANDRA MARIN CASTRILLON Secretaria EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE MEDELLÍN, AVISA Que mediante auto del 25 de marzo de 2014, se dispuso citar a los parientes más cercanos del presunto capaz HERNÁN ALONSO RESTREPO HERRERA a fin de establecer quienes tienen derecho a ejercer la guarda respectiva, de conformidad con el artículo 61 Código Civil, dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria de “INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA’’ presentado por la señora MARÍA ÁRCELA HERRERA DE RESTREPO. Radicado 2014-00398. Se expide el presente aviso en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 659-3 y 446 inciso 3 C.P.C., debiendo ser publicado, por una vez un día domingo, en un periódico de amplia circulación. Medellín, febrero 27 de 2015 SERGIO ANDRES MEJIA HENAO SECRETARIO EDICTO EMPLAZATORIO NUMERO 002 JUZGADO SEXTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS EMPLAZA Al señora ÁNGELA MARÍA GARCÍA RAMÍREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 43.220.648 de Medellín - Antioquia, sin más datos, para que en termino de cinco (05) días hábiles contados a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a esta agencia judicial a notificarse de la fecha y hora de la audiencia de formulación de imputación dentro del proceso radicado número 05001 60 00248 2010 00904, numero interno 2014132618, que se adelanta en su contra, por la presunta conducta punible de ABUSO DE CONFIANZA; se hace saber al emplazado que si comparece en el termino señalado, se oirá o administrará la justicia que lo asiste, pero si vencido el mismo, no comparece, se declarará persona ausente y se procederá conforme con lo previsto en el articulo 127 CPP. El edicto se FIJA en la secretaria del Despacho siendo las 06:00 AM del 11 de marzo de 2015 y se DESFIJA el 17 de marzo de 2015 a las 14:00 PM. Copia del edicto se publicará en medio radial y prensa, CATALINA PIEDRAHITA GUTIERREZ JUEZ EL SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTE LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLIN, EMPLAZA RADICADO 2012-01005 Al señor JAIRO ANÍBAL GÓMEZ o quien haga sus veces y JHON JAIRO HERNÁNDEZ o quien haga sus veces, en calidad de representantes legales de CONFECCIONES LUTHIER S.A.S Y CONFECCIONES WOW JEANS S.A. respectivamente, para que dentro del término de DIEZ (10) días se presente a este despacho a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda Ordinaria Laboral, que en su contra se ha instaurado por ARTURO OTALVARO ARIAS; El Despacho se encuentra ubicado en la carrera 51 N° 50-21 EDIFICIO BANCO DE LONDRES tel. 2513664. Se le advierte al emplazado que en caso de no comparecer dentro del término antes citado, se surtirá la notificación personal con curador Ad-Litem designado para el efecto, con quien además se continuará el trámite del proceso. Lo anterior con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 29 del C. de P. Laboral y 320 del C. de P. Civil modificado por el artículo 30 de la ley 794 de 2003. Medellín, dieciséis (16) de diciembre de dos mil catorce (2014) OLIVERO ALEXANDER MUNERA CATAÑO SECRETARIO 12 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL - SECRETARIA GENERAL AREA DE PRESTACIONES SOCIALES - EDICTOS EL SUSCRITO JEFE DEL AREA PRESTACIONES SOCIALES DE LA POLICIA NACIONAL E M P L A Z A: EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto MORENO SANCHEZ CAMILO ANDRES , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.016.072.076, fallecido el día 24/10/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto GARCIA CORREALES OSNAIDER, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1,105,683,529, fallecido el día 28/11/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto HERNANDEZ GUTIERREZ ROGER ALFONSO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 85,153,764, fallecido el día 30/11/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto GARZON CUELLAR WILMER ARLEY , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.032.452.161, fallecido el día 28/12/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto POLANCO HERNANDEZ ANGEL DAVID , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.124.031.826, fallecido el día 29/12/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto GONZÁLEZ TÉLLEZ CARLOS ALFREYDI, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.032.391.016, fallecido el día 05/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto CUELLAR MUÑOZ JHON JAIRO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 14.700.130, fallecido el día 06/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto CASTRILLÓN SERRANO VÍCTOR JULIO , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 77.021.466, fallecido el día 06/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto LASSO BRAND GUSTAVO ADOLFO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 94.331.675, fallecido el día 06/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto AMAYA ALFONSO EDWIN ALIRIO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.122.122.746, fallecido el día 13/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto PENAGOS VARGAS JEHIMY LIZETH , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.020.752.357, fallecido el día 19/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto SEÑA JORGE LUIS , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.069.479.441, fallecido el día 20/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto SUAREZ NAVARRO MAURICIO JOSÉ , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.102.836.941, fallecido el día 20/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto FÉLIX RIVERA JOSÉ , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 15.877.868, fallecido el día 21/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto ROMERO SANABRIA RICARDO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 79.948.968, fallecido el día 21/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto CORREA CHAVARRO MARTHA ISABEL, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.012.357.834, fallecido el día 21/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto CHANTRE BALLESTEROS JHON ANDERSON, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.024.483.575, fallecido el día 23/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto BELTRÁN MOLINA ENDER, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1,018,465,067, fallecido el día 27/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto SILVA CHACÓN FRANKLIN , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 79.755.242, fallecido el día 31/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VALBUENA MORA JOSÉ LUIS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 80.200.406, fallecido el día 04/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto ARIAS TARIFA ROBERT ENRIQUE, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 77.177.340, fallecido el día 04/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto ROBLES FORNARIS VÍCTOR DE JESÚS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.082.953.984, fallecido el día 08/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área de Prestaciones Sociales Carrera 59 N’ 26-21 CAN- Bogota [email protected] / www.policia.gov.co publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto ORDOÑEZ MORA JINNY, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 94.538.631, fallecido el día 09/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VIERA CRUZ ENMANUEL, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 15.878.347, fallecido el día 09/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VASQUEZ CUEVAS MIKI ZAMIR , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 74.085.008, fallecido el día 16/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto LLERENA MOSQUERA OSCAR LUIS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.143.436.228, fallecido el día 16/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto RAYO FORERO ANDRES ENRIQUE , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 80.732.621, fallecido el día 18/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto LOBO RODRIGUEZ ALEXANDER, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 13.389.850, fallecido el día 18/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto SANTOS ÑAÑEZ JULIO CESAR, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.030.622.198, fallecido el día 20/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto ZUÑIGA BUYUCUE CRISTIAN VITELIO , quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.075.264.448, fallecido el día 21/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto DIAZ MATEUS HECTOR CLAUSNEL, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 86.074.208, fallecido el día 22/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto BORJA MONTAÑA CARLOS VLADIMIR, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 80.007.825, fallecido el día 23/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 13 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL - SECRETARIA GENERAL AREA DE PRESTACIONES SOCIALES - EDICTOS EL SUSCRITO JEFE DEL AREA PRESTACIONES SOCIALES DE LA POLICIA NACIONAL E M P L A Z A: EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VELEZ CARDENAS OCTAVIO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 94.288.967, fallecido el día 23/02/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto NIÑO GARAVITO DIEGO ARMANDO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.023.886.207, fallecido el día 02/03/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto GALEANO ROJAS DUVANI ALBERDI, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 10286471, fallecido el día 13/10/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por el extinto VELILLA QUIROZ EDGAR JAVIER, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 3838423, fallecido el día 11/03/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por la extinta FIGUEREDO CHAPARRO CLAUDIA MILENA, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1057584774, fallecido el día 11/03/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por la extinta CAMACHO BOHADA GIOVANNI, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1090383373, fallecido el día 06/03/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: A todas las personas que consideren tener derecho a reclamar las prestaciones causadas por la extinta RIVERO ARENALES LUIS FRANCISCO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 13872550, fallecido el día 03/03/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor CASTAÑO VALENCIA OSCAR DARIO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 75.049.880, quien falleció el día 01/12/2014, las siguientes personas: La señora LILIANA MARIA RUA RAMIREZ, identificada con cédula No. 43.707.767, en calidad de cónyuge y en representación del menor OSCAR JULIAN CASTAÑO RUA en calidad de hijo del causante. La joven ANA MARIA CASTAÑO ARBOLEDA, identificada con cédula No. 1.055.836.964, en calidad de hija mayor del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor PEÑA PANIAGUA JOSE TULIO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 10.187.969, quien falleció el día 07/12/2014, las siguientes personas: El menor JOHAN STEVAN PEÑA MEDINA, en calidad de hijo del causante, representado por la señora JESSYCA MILENA MEDINA RINCON, identificada con cédula de ciudadanía No.1.054.544.722. La señora MERCEDES PANIAGUA ZAPATA, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.710.867, en calidad de madre del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, no se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor SALDAÑA SANCHEZ SAIN FERNANDO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.013.598.264, quien falleció el día 08/12/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor GARZON CASTAÑEDA HERMES SANTIAGO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 79.210.613, quien falleció el día 13/12/2014, las siguientes personas: La señora DAMARYS LILIA MORALES HERNANDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.383.818, en calidad de cónyuge y en representación del menor NICOLAS GARZON MORALES, SAMUEL GARZON MORALES y EDDY SANTIAGO GARZON MORALES del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor ACOSTA SILVERA JERSON EFRAIN, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.048.283.566, quien falleció el día 14/12/2014, las siguientes personas: El señor EFRAIN ANTONIO ACOSTA BUELVAS, identificado con cédula de ciudadanía No.91.214.82, en calidad de padre del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor MONTOYA MONTOYA YEISON ALEXIS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.035.862.656, quien falleció el día 27/12/2014, las siguientes personas: Los señores FLOR MARIA MONTOYA QUINTERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 21.744.291 y LUIS IVAN MONTOYA RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.3.480.940, en calidad de padres del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, no se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor JAIME ROJAS MAYER FERNEY, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.030.638.328, quien falleció el día 28/12/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor SINISTERRA CASTRO VICTOR HUGO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 16.894.413, quien falleció el día 28/12/2014, las siguientes personas: La señora ELSY ANDREA PRECIADO JURADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 29.509.825, en calidad de compañera permanente y en presentación de la menor LAURA SINISTERRA PRECIADO, en calidad de hija del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, no se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor FLOREZ RAMIREZ ROBY, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.087.124.304, quien falleció el día 29/12/2014. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor ALVEAR ZUÑIGA IVAN STIVEN, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.118.304.556, quien falleció el día 29/12/2014, las siguientes personas: La señora MARIA OFIR ZUÑIGA MAZUERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 31.473.757, en calidad de madre del causante Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor DIAZ BURGOS YUBER JOSE, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.102.814.890, quien falleció el día 30/12/2014, las siguientes personas: La señora ANA MERCEDES JAIMES DURAN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.093.762.019, en calidad de compañera permanente y en representación del menor MAXIMILIANO DIAZ JAIMES, en calidad de hijo del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área de Prestaciones Sociales Carrera 59 N’ 26-21 CAN- Bogota [email protected] / www.policia.gov.co el fallecimiento del señor RONDON JEFERSON, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.018.347.295, quien falleció el día 30/12/2014, las siguientes personas: El señor abogado HECTOR GEOVOLO LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 719291295 y T.P. No. 115362 del Consejo Superior de la Judicatura, apoderado de la señora MARIA NUBIOLA RONDON JARAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 30351343, en calidad de madre del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo.Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor HERNÁNDEZ GARRIDO JORGE ELIECER, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 12.636.317, quien falleció el día 01/01/2015, las siguientes personas: La señora IVON CECILIA LARA CORREA, identificada con cédula de ciudadanía No. 26.717.677, en calidad de cónyuge y en representación de los menores FRAY YALID HERNANDEZ LARA, y NASLY YINETH HERNANDEZ LARA, en calidad de hijos del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor GETIAL MUÑOZ RUBÉN ALBEIRO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.089.196.365, quien falleció el día 01/01/2015, las siguientes personas: El señor ANGEL MARIA GENTIAL NANDAR, identificado con cédula de ciudadanía No.5.262.186, en calidad de padre del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor CAMPAÑA JAIME FERNANDO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 71.764.816, quien falleció el día 02/01/2015, las siguientes personas: La menor MAFER TATIANA CAMPAÑA RICAURTE, en calidad de hija representada por la señora BETHI MAVEL RICAURTE ENRIQUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 27.470.925 La señora NANCY ESMERALDA CORAL PABON, identificada con cédula de ciudadanía No. 66.928.981, en calidad de presunta compañera permanente y en representación de los menores FERNANDO CAMPAÑA CORAL y ANDREA ESMERALDA CAMPAÑA CORAL, en calidad de hijos del causante. El señor abogado JORGE ALBERTO ARCILA RIOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.273.839 y T.P. No. 102.886 del Consejo Superior de la Judicatura, apoderado de la señora ANGELICA MURILLO BENTACOURT, identificada con cédula de ciudadanía No. 31.096.969, en calidad de presunta compañera del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, no se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor HERNÁNDEZ ÁLVAREZ STEVENSON DAVIS, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.090.439.134, quien falleció el día 05/01/2015. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor ROJAS GOMEZ JOSE LIZARAZO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 4.948.348, quien falleció el día 08/05/2010, las siguientes personas: La señora INES CRUZ RIVERA, identificada con cédula de ciudadania No. 26.596.959, en calidad de conyuge del causante. La joven MARITZA LILIANA ROJAS CRUZ, identificada con cédula de ciudadania No.31.584.575, en calidad de hija mayor del causante. El joven JOSE LIZARAZO ROJAS CRUZ, identificada con cédula de ciudadania No.94.543.4254, en calidad de hijo mayor del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales EDICTO: EL JEFE DEL ÁREA DE PRESTACIONES SOCIALES E M P L A Z A: Que a la fecha de publicación del presente edicto, se han presentado a reclamar las prestaciones causadas por el fallecimiento del señor POVEDA CORREDOR RAUL, quien se identificaba con cédula de ciudadanía No. 91.349.383, quien falleció el día 20/08/2010, las siguientes personas: El señor abogado HERNAN DOMINGUEZ ARIAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5704926 y T.P. No. 29474 del Consejo Superior de la Judicatura, apoderado de la señora SAIRA VIVIANA VINASCO VARGAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.544.654, en calidad de cónyuge y en representación de los menores JUAN DIEGO POVEDA VINASCO, JOSE MANUEL POVEDA VINASCO y MELANY ALEJANDRA POVEDA VINASCO, en calidad de hijos del causante. Vencido el término de treinta (30) días desde la publicación del EDICTO, se procederá al reconocimiento de las prestaciones sociales a las personas que hayan probado su derecho, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del trabajo. Se comunica a los 15 días del mes de Marzo de 2015. Coronel PABLO ANTONIO CRIOLLO REY Jefe Área Prestaciones Sociales 14 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 E D I C TO E M P L A Z ATO R I O L A SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BELLO ANT. EMPLAZA: A LAS PERSONAS INTERESADAS que se crean con derecho sobre el bien, inmueble objeto de la litis, para que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso DECLARATIVO DE PERTENENCIA de VIVIENDA DE INTERES SOCIAL con pretensión de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, instaurada por los señores JOSE NOE BEDOYA BUSTAMANTE y BEDSY MARIA RAMIREZ BOTERO en contra de la sociedad VIVIENDAS Y URBANIZACIONES. LTDA (EN LIQUIDACION), representada legalmente por el señor Jesús Eduardo Cuartas Vallejo y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS. RADICADO: 2014-. 00943-00. El presente edicto se fija por el término de veinte (20) días en un lugar visible, de la secretaría del Juzgado, dentro del cual se deben hacer las publicaciones (num. 7°, Art. 407 C. de P. C.); el emplazamiento se entiende surtido dentro de los quince (15) días siguientes al término en cita, fecha en la cual se desfijara el edicto (literal b. Num. 6°, Art. 407 C. de P. C.); el cual, vence quince días después, para la defensa de los derechos que crean tener quien (es) comparezcan en virtud de este emplazamiento (Num. 8°, Art., 407, literal b. num. 6° y num. 9°, del Art. 407 C. de P. C.) las personas indeterminadas disponen del término de quince (15) días contados a partir de la fecha en que el emplazamiento quede surtido para que comparezcan al proceso, oportunidad dentro de la cual pueden contestar la demanda (literal b. numeral 6° y 9°, artículo 407). Si no comparecen, Transcurridos los términos antes indicados, se designará un Curador Ad-litem, con quien se adelantará el proceso hasta la terminación El bien inmueble objeto de usucapión, corresponde al lote de terreno Nro. 27 de la manzana 01 del Conjunto Valerias Unidad Abierta, situado en el Municipio de Bello, y que corresponde a la casa identificada con el numero66BB-65 de la calle 57, comprendido dentro de los siguientes linderos: por el Norte, en una distancia de 5.00 metros con frente a la calle 57; por el Oriente, en una distancia de 13.00 metros con muro de junta de la casa de habitación del conjunto Valerias Unidad Abierta Identificada con el numero. 66BB-59 de la calle 57 de propiedad de Gloria Estela Patiño Clavijo; por el sur en una distancia de 5.00 metros con muro medianero que lo separa del lote Nro. 8 con casa de habitación del conjunto residencial Valerias Unidad Cerrada, manzana 1, que corresponde a la carrera 57B Nro. 56B-30, casa 148 de propiedad de Francisco Javier Bedoya Restrepo; por el Occidente en una distancia de 13.00 metros con muro medianero, con casa de habitación del conjunto Residencial Valerias Unidad Abierta identificada con el numero 66BB-71 de la calle 57 de propiedad de Diana Patricia Londoño Gómez; Gabriel Darío Londoño Gómez y Miriam Londoño Gómez. El área del lote es de 65.00 metros cuadrados aproximadamente. Inmueble identificado con la matricula inmobiliaria Nro. 01N-5094512 de la Oficina de Instrumentos Públicos zona norte. Se da cumplimento al art. 407 del C. de P. Civil. Fijado El día 19 del mes de Febrero del año 2.015 a las 8:00 a.m Desfijado el día 16 del mes de Abril del año 2.015, a las 5.00 p.m. Vence el día 08 del mes de Mayo del año 2.015, a las 5.00 p.m. GLORIA PAULINA MUÑOZ JIMENEZ SECRETARIA LISTADO DE EMPLAZADOS CONFORME AL ARTICULO 318 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EMPLAZAR A: LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE SEÑOR LEÓN MEDINA TRUJILLO (qepd) PARA QUE COMPAREZCAN AL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE GUARNE ANTIOQUIA. DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBUCACION DE ÉSTE LISTADO. PARA NOTIFICARLE EL AUTO QUE ORDENA LA NOTIFICACION DE LA EXISTENCIA DEL CREDITO DE FECHA FEBRERO 10 DE 2015. PROFERIDO EN EL PROCESO: EJECUTTVO SINGULAR DEMANDANTES: DORIE ACOSTA MESA Y PABLO MORENO ACOSTA. DEMANDADOS: VERÓNICA MEDINA DE LOS RIOS Y SANDRA MILENA MEDINA DE LOS RÍOS en su calidad de herederos determinados del causante señor LEÓN MEDINA TRUJILLO (qepd) Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL MISMO CAUSANTE LEÓN MEDINA TRUJILLO (qepd), RADICADO 2015-00012 JUZGADO UBICADO EN EL PALACIO DE JUSTICIA DE GUARNE ANTIOQUIA CALLE 51 No.50-28 PARQUE PRINCIPAL DE DICHA LOCALIDAD.EL SECRETARIO, WILMER ALEXIS ZAPATA HERNANDEZ EL Juzgado 28 Civil municipal de Medellín, situado en el Edificio José Félix de Restrepo. Hace saber: que en el proceso ORDINARIO DE PERDIDA DE LA POSESION, instaurado por Sandra Nayiber Herrera Prenns, contra Personas indeterminadas, radicado 028-2014-002341, se ordenó el emplazamiento de personas indeterminadas que se crean con derecho a intervenir para que se notifiquen del auto admisorio de la demanda dentro de los 15 días hábiles a esta publicación, caso contrario, el juez le designará curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Alba Rocío Restrepo Cardozo. Juez. EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE TURBO, ANTIOQUIA EMPLAZA A: TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derecho sobre el bien inmueble que más adelante, se especifica, para que concurran a este Despacho Judicial ubicado en la calle, 100 No. 13 - 75, del Municipio de Turbo, a recibir notificación personal del auto que ADMITE demanda Ordinaria Agraria de Pertenencia por Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, instaurada por FELIPE VILLA ORTIZ contra PERSONAS INDETERMINADAS Radicado 2014-00305, a más tardar dentro del término de veinte (20) días y quince (15) días más siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien sobre el que se alega la prescripción es el siguiente: Inmueble rural, ubicado en el Corregimiento El Tres, Municipio de Turbo, Departamento de Antioquia, con cédula catastral 2100000070008300000000, con un área aproximada, de SETECIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (790m2), cuyo linderos generales son: ORIENTE.- Con vía Turbo Apartadó en 16.16 m2; OCCIDENTE.- Con Isabelina Vega de David en 16.60 m2; NORTE.- Con Clara Inés López en: 41.30 m2, SUR.-ConRaúl Afranio León Herrera y Rosalba en 41 m2. Se advierte a los emplazados que en caso de no comparecer dentro del término señalado, se les designará Curador Ad - Lítem, para que los represente en el proceso hasta su terminación, El presente edicto será publicado por dos (2) veces, dentro del término de fijación, en el periódico el COLOMBIANO o EL MUNDO y en la Radiodifusora el LITORAL A . M. MIL 60 afiliada a Caracol Radio con sede en Turbo. Para efectos del Artículo 407 del C. P.C., se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaria, por el término de veinte (20) días. FIJADO EL 18 DE FEBRERO DE 2015, A LAS 8:00 A.M. LILIANA PAOLA BARRIOS YEPEZ SECRETARIA DESFIJADO 17 DE MARZO DE 2015, A LAS 5:00 P.M. LILIANA PAOLA BARRIOS YEPEZ SECRETARIA REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JURISDICCIONAL DEL PODER PÚBLICO. DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA, JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE APARTADO - ANTIOQUIA. EDICTO EMPLAZATORIO. LA SECRETARIA AD-HOC DEL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE APARTADO – ANTIOQUIA EM- PLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho sobre el bien inmueble que por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio ha solicitado el señor CIRO HERNÁN DE JESÚS GONZÁLEZ DUQUE, mediante la demanda ORDINARIA DE PERTENENCIA, radicado N° 050453103001-2014-00838 00 que promueve a través de Apoderado Judicial en contra de Placida Serna Torres y Terceras personas que se crean con derecho sobre el bien inmueble objeto de la pertenencia, a fin de que comparezcan a este Despacho Judicial dentro de los Quince (15) días siguientes a la última publicación del presente edicto. se trata de un bien inmueble ubicado en el municipio de Chigorodó Antioquia, lote de terreno urbano número 11 de la manzana 07 barrio Los Balsos, con un área de 103.50 metros2 y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, 7.06 metros con la calle No. 97; al ESTE, en 17.55 metros con el predio No. 7-23-14 y nomenclatura calle 97 No. 107-99 (anteriormente lote No. 12); al SUR, en 5.92 metros con el predio No. 7-2312 y nomenclatura carrera 108 No. 96-02 (antes lote No. 10);y al OESTE, 17.65 metros con la carrera No. 108, dirección del predio calle 97 con KR 108 No. 107-107, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 008-4210 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Apartado. Para los fines indicados en el artículo 407, numeral 7º del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto en un lugar de la Secretaría de este Despacho por el término de veinte (20) días y se publicará por dos veces con intervalos no menores a cinco (5) días calendario en el Periódico EL MUNDO y/o EL COLOMBIANO, y en la Emisora RCN, entre las siete de la mañana (07:00 A.M.) y las diez de la noche (10:00 P.M.) Se le advierte a los emplazados que si dentro de dicho término no comparecen al Despacho, se les designará CURADOR AD-LÍTEM, con quien se surtirá el trámite del proceso hasta su terminación. ApartadóAntioquia, Veinticuatro (24) de Noviembre de dos mil catorce (2014) KELY NATALIA ECHEVERRI DAVID SECRETARIA AD-HOC del Juzgado, y se publicará por dos veces con intervalos no menores de cinco (5) días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad, esto es, “El Mundo” o “El Colombiano” o “El Tiempo”, y en una de las emisoras de la localidad, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido el mismo. Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término indicado, se les designará curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y continuará con el trámite del proceso hasta su terminación. El Juzgado está situado en la calle 6 nro. 14 - 43 piso 4 del Municipio de Girardota Antioquia Girardota, 9 DE MARZO DE 2015 CAMILO PINEDA CAÑAS SECRETARIO. Fijado en lugar visible de la secretaría por el término de veinte (20) días hábiles hoy, nueve (9) de marzo de dos mil quince (2015), a Ias ocho de las mañana (8:00 a.m.). CAMILO PINEDA CAÑAS SECRETARIO EMPLAZAMIENTO EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE ORALlDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA A LA JOVEN KAREN MELlZA CANO ALVAREZ, DENTRO DEL PRESENTE PROCESO DE EXONERACION DE CUOTA ALlMENTARIA, RADICADO 2015-00250, PROMOVIDO POR JUAN RAMON CANO MONSALVE EN CONTRA DE LA JOVEN KAREN MELlZA CANO ALVAREZ. SI LA EMPLAZADA NO CONCURRE EN EL TERMINO DE 15 DÍAS HABILES SE LES DESIGNARÁ CURADOR AD LlTEM CON QUIEN SE SURTIRÁ LA NOTIFICACIÓN. ALBA LUCIA CASTAÑO GIRALDO Secretaría AVISO EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA SUCURSAL ALPUJARRA avisa a quien pueda interesar QUE LA SEÑORA NANCY MEJlA VALLEJO, mayor de edad y de esta vecindad DIO AVISO AL BANCO DEL HURTO ocurrido 11 de Abril de 2013 cuando fue atracada le hurtaron el original del Tituló Valor CDT 13310CDT1006977 EMITIDO POR EL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA SUCURSAL ALPUJARRA por la suma de CATORCE MILLONES DE PESOS ML ($ 14.000.000) CON PLAZO DE vencimiento de CIENTO OCHENTA DlAS CREADO EN OCTUBRE 29 DE 2014 Y CON VENCIMIENTO A Abril 29 de 2015. las personas que tengan algún interés o crean que el titulo les pertenece, deberán comparecer al BANCO AGRARIO DE COLOMBIA SUCURSAL LA ALPUJARRA, y así manifestarlo.la publicación de este AVISO se hace de acuerdo a lo establecido por el arto 398 del Código General del Proceso para Tramitar ante el Banco Agrario de Colombia la Cancelación y Reposición de Titulo Valor Atentamente, NANCY MEJIA VALLEJO c.c, 39.421.643 Medellín, Marzo 10 de 2015. REPÚBLICA DE COLOMBIA Rama Judicial EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO CIVIL MUNICIPAL DE GIRARDOTA ANTIOQUIA Situado en la calle 6 nro. 14-43 piso 4 de esta localidad EMPLAZA A, las personas que se crean con derechos sobre el bien inmueble situado en el paraje Guayabal o San esteban de Girardota, de una pucha de cabida aproximadamente, con casa de tapias y tejas construida por el exponente con servidumbres de tránsito y acueducto por propiedad del vendedor, materia del proceso VERBAL ESPECIAL (TITULACION DE LA POSESION - ORDINARIA, LEY 1561 DE 2012), radicado 2014-00137 de mínima cuantía, instaurado por la señora LUZ ANGELA CORDOBA con c.c. 21.682.850, en contra de PERSONAS INDETERMINADAS, Y que linda: “Por el frente con propiedad de herederos de doña Mercedes Sierra, por el costado izquierdo, con la misma Carmen Cadavid y por la parte de atrás, con el vendedor por mojones conocidos”, con matrícula inmobiliaria la nro. 012-20272 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Girardota, del cual no se desprende titular de derecho real de dominio y se observa enajenación de derechos sucesorales en cuerpo cierto del señor MARTIN CORDOBA a favor de la señora MARUJA CORDOBA CORDOBA y de ésta a LUZ ANGELA CORDOBA. Tal como lo ordena el artículo 407 del Código de procedimiento Civil, el presente edicto se fijará por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la secretaría JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL SANTA FE DE ANTIOQUIA - ANTIOQUIA Cinco (05) de Marzo dos mil quince (2015) OFICIO CIVIL NRO. 226 Señores JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL Buriticá- Antioquia Cordial saludo, Por medio del presente me permito comunicarle que en el proceso de EJECUTIVO SINGULAR, promovida por el señor GUILLERMO LEON VARGAS AVENDAÑO, y donde figura como demandados los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR GUSTAVO DE JESUS MORENO COSSIO, radicado en éste Despacho Judicial bajo el número 05- 042-40-89-001-2015-00003-00, mediante Providencia fechada Doce (12) de Febrero de dos mil quince (2015), se dispuso oficiarle para que CERTIFIQUE si allí se adelanta proceso sucesoral del causante GUSTAVO DE JESUS MORENO COSSIO; y en caso positivo, se suministre nombre y dirección de herederos reconocidos en el proceso. Por lo tanto sírvase proceder de conformidad. Atentamente, YEISON ANDRES CASTAÑO QUINTERO Secretario REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE APARTADO –ANTIOQUIA Cinco (05) de Marzo de Dos Mil Quince (2015) EL SUSCRITO SECRETARIO EMPLAZA A los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL CAUSANTE PEDRO LIBARDO ALCARAZ GARCÍA, para comparecer a éste Despacho dentro del término de quince (15) días por si o por intermedio de apoderado judicial, para recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO, promovida por la señora SAHADA LUZ ÁLVAREZ en contra de JOHN ALEXANDER ALCARAZ ÁLVAREZ, YULISSA FERNANDA ALCARAZ GIRALDO y MANUELA ALCARAZ ALVAREZ, estas últimas menores de edad representadas, legalmente por la señora ESMERALDA GIRALDO GAVIRIA y pro la demandante respectivamente, todos en calidad de Herederos Determinados del causante PEDRO LIBARDO ALCARAZ GARCÍA así como en contra de los Herederos indeterminados de éste. Radicado 2015-0071 - 00. Si transcurrido dicho término, no comparece personal alguna, se nombraré curador ad-litem, con quien se continuara el proceso hasta su culminación. El presente EDICTO se publicara, en día domingo, en el Diario “El Mundo” o “El Colombiano” Lo anterior de conformidad con el artículo 318 del C.P.C HUMBERLEY VALOYES QUEJADA Secretario EDICTO LA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLIN ANTIOQUIA. EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN INTESTADA, radicado 2014-00645-01, del causante JUAN JOSÉ OSORIO ARENAS, fallecido en Medellín - Ant., el 27 de noviembre de 2013, siendo éste el lugar de su último domicilio. Para los efectos del artículo 589 y 318 CPC, se fija el presente edicto en lugar público de la Secretaría del Juzgado por el término legal de diez (10) días y se publicará en un periódico de amplia circulación en esta ciudad y en una radiodifusora local, por una sola vez. Medellín, diciembre 4 de 2014. GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ SECRETARIA FIJADO 12 MARZO DE 2015 GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ SECRETARIA EL JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL DESCONGETION DE MEDELLIN, Despacho que se localiza en la carrera 50 No 51 -23, piso 5 Edificio Mariscal Sucre de Medellín, mediante auto del 26 de noviembre de 2014, ordenó: EMPLAZAR el demandado JESÚS ANTONIO EUSE VELASQUEZ con cédula de ciudadanía 98.529.008, en los términos del artículo 318 del C.P.C., para que en el término de 15 días contados a partir de la publicación del edicto, comparezca al Juzgado a oír o recibir notificación personal del auto que libró mandamiento de pago en su contra, de fecha 06 de noviembre de 2013, dentro del proceso ejecutivo Singular bajo el Radicado 2011-0113100 con origen del Juzgado 21 Civil Municipal de Medellín, instaurado por RAPIDO OCHOA S.A. La Juez, Juliana Barco González EDICTO EMPLAZATORIO DE TERCEROS ACREEDORES Por medio del presente escrito el JUZGADO 1 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE ENVIGADO, ubicado en la carrera 43 calle 38 sur 42 de Envigado, EMPLAZA a todas las personas que tengan créditos con títulos de ejecución en contra de HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE MARIA VICTORIA MUÑOZ RESTREPO para que comparezcan a hacerlos valer mediante la acumulación de sus demandas dentro de los cinco (5) días siguientes a la expiración del término de este emplazamiento. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación. Este emplazamiento fue ordenando dentro del proceso ejecutivo singular de MINIMA CUANTÍA que cursa en dicho juzgado, proceso que se identifica con el radicado 05266405300120140093600que adelanta la propiedad horizontal URBANIZACION LA HACIENDA P.H., identificado con Nit. 811.043.673-2, el cual se acumuló a la demanda que se identifica con el radicado principal 05266400300120090135500 y donde se ordena el emplazamiento por medio del auto1839 del 10 de Noviembre de 2014 y 2 de febrero de 2015. El presente edicto se pública en los términos del artículo 318 del CPC CARTEL DE REMATE LA SECRETARIA DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN HACE SABER: Que en el proceso Ejecutivo Hipotecario incoado por John Isaza Acosta contra Alberto de Jesús Ocampo García, con Radicado Nro.010/2012-00951, se ha señalado el 13 de Abril de 2015. a la 1:00 P.M, para que se realice la diligencia de remate del inmueble identificado con matricula inmobiliaria N° 001-902253 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín, zona sur, local numero 7 ubicado en la carrera 43 N° 49-06, segundo piso del Edificio Comercial San Ignacio propiedad horizontal de la ciudad de Medellín. El inmueble se encuentra avaluado en la suma de $493.267.500,oo y será postura admisible la que cubra el 70 % del avalúo (art 523 del C. de P. Civil). Además, será necesario que se realice el depósito para hacer postura consistente en una previa consignación del 40% sobre el avalúo del respectivo bien conforme lo establece el artículo 526 del estatuto procesal en mención. Finalmente, se advierte a los postores que la almoneda se realizará conforme al artículo 527 ibíd. Modificado por el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010. Medellín, Nueve de Marzo de 2015 FERNEY VELASQUEZ MONSALVE SECRETARIA EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado. 2014-00037. El JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA. EMPLAZA: A los herederos indeterminados de ALEJANDRO MORALES y su heredero determinado señor LUÍS EDUARDO MORALES GIL para que hagan valer sus derechos, dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación, en el estado actual del proceso de restitución de tierras iniciado por JAIRO DE JESÚS MORALES a través de la COMISIÓN COLOMBIANA DE JURISTAS, con la pretensión principal de adquirir por “prescripción adquisitiva de dominio” un inmueble rural con un área de 3 ha 1928 mts2 denominado “La Tiembla” que se encuentra ubicado en la Vereda “Calderas Arriba” del Municipio de San Carlos – Antioquia; bien identificado con matricula inmobiliaria bajo el libro No. 1, Tomo No. 2, folio 435, No. 783 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla, donde figura como propietario inscrito el señor ALEJANDRO MORALES (q.e.p.d). Medellín, cinco (5) de marzo de dos mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMÉNEZ. Secretario. Radicado 2015-00072-00 EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE MARINILLA ANTIOQUIA EMPLAZA A las PERSONAS INDETERMINADAS que se crea con algún derecho sobre el bien inmueble que más adelante se detallará, para que comparezcan en el término de veinte (20) días al proceso Agrario -Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio- que en su contra les promueve Adán María Usme Ciro. LOTE A USUCAPIR Un bien inmueble ubicado en la vereda Farallones (La Araña), área rural del municipio de San Rafael Ant., identificado con el numero predial 201006000270000000 cuyos linderos actuales son; “por el Norte entre los puntos 33 a 35 del plano, en 51.08 metros, con Alirio Garcés, hoy Javier Garcés; entre los puntos 35 y 1 del plano, en 194,10 metros, con los sucesores de Francisco D. Garcés; entre los puntos 1 a 3 del plano, en 163,82 metros, con la vía San Rafael - Medellín; por el Oriente, entre los puntos 3 a 9 del plano, en 416,28 metros, con los sucesores de Francisco D. Garcés; por el Sur entre los puntos 9 a 12 del plano, en 321,83 metros, con el río Guatapé; por el Occidente entre los puntos 12 a 18 del plano, en 43,17 metros, con Marco Alirio Zuluaga; entre los puntos 18 a 28 del plano, en 383,34 con los sucesores de Francisco Zuluaga; entre los puntos 28 a 33 del plano, en 135,05 metros, (punto de partida y encierra), con los sucesores de Jesús Parra”. Dicho inmueble se identifica con el folio de matrícula inmobiliaria No. 018-8646 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Marinilla. El presente edicto se fijará por el término de veinte -20- días en un lugar visible de la secretaria del Juzgado y se publicará por dos -2- veces con intervalos no menores de cinco -5- días calendario dentro del mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad como es El Colombiano o El Mundo, y por medio de la emisora Galáctica Estéreo o COREDI 90.5 FM de este municipio, en las horas comprendidas entre las siete de la mañana y las diez de la noche. Transcurridos quince -15- días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido el presente. (Art. 407 del C. de P. Civil). Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término indicado, se les designará curador ad-ítem con quién se surtirá la notificación y continuará el trámite del proceso hasta su terminación. El Juzgado se encuentra en la calle 30 No 31-64 casa de la Justicia de Marinilla. Marinilla, febrero veinticuatro (24) de dos mil quince (2015), GUSTAVO CARDONA CASTRO SECRETARIO. Fijado el dia 2 del mes de Marzo de 2015 a las 8:00 a.m GUSTAVO CARDONA CASTRO SECRETARIO EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 República de Colombia Rama Judicial EMPLAZAMIENTO JUDICIAL (Artículo 29 del Decreto 2303 de 1989) EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE MARINILLA (ANTIOQUIA), EMPLAZA A: TODOS LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR dentro del proceso Radicado 2015-00072-00, Agrario de Pertenencia adelantado por Adán María Usme Ciro frente a Personas Indeterminadas. SE ADVIERTE A LOS EMPLAZADOS INTERESADOS que si no comparecer a este Juzgado dentro de los quince -15- días siguientes a la publicación de este requerimiento, se les designará un Curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuará con el trámite del proceso. Publíquese el presente el día domingo en un diario de amplia circulación en la localidad como lo es El Colombiano o El Mundo, y allegara copia informal de su publicación. GUSTAVO CARDONA CASTRO SECRETARIO REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MARINILLA, ANTIOQUIA, Calle 30 N° 31-64, Casa de la Justicia, “Eleuterio Serna Ramírez”, 5° piso, telefax 548 40 23 RADICADO NRO.: 05 440 31 84 001 2015 0003200 EDICTO EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE MARINILLA ANTIOQUIA, EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión doble e intestada de los causantes Francisco Javier González Marín (C.C N° 728.551) y Rosa Amelia López de González (C.C. N° 22.016.981), fallecidos en su respectivo orden en San Rafael, el día 03 de mayo de 2008, y en Medellín el día 13 de Julio de 2010, pero cuyo último lugar de domicilio fue en San Rafael - Antioquia. Fíjese el presente edicto en la secretaría del despacho por el término legal de diez (10) días.- Entréguense copias del mismo a la parte interesada para que se publique en uno de los periódicos El Colombiano o El Mundo que son de amplia circulación en este municipio y en una radiodifusora local. Marinilla - Antioquia 18 de Febrero de 2015 Daniel Alejandro Gómez Gallego Secretario RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CAUCASIA EDICTO EMPLAZATORIO EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CAUCASIA (ANT.) POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: Al señor DAIRY ARVEY MAZO LOPERA a fin de que se presente a hacer valer sus derechos dentro del proceso de EXONERACIÓN DE ALIMENTOS, que ha instaurado por medio de apoderado el señor JAIRO ARBEY MAZO GARCÍA, proceso abierto y radicado en este Despacho Judicial, ubicado en la calle 20 B No 14-31 Barrio el Pajonal de esta localidad, bajo el numero 051543184-001-2014-00088-00.Se le significa al emplazado que si transcurridos quince (15) días después de publicado el emplazamiento (día domingo) en un diario de amplia circulación (EL MUNDO o El COLOMBIANO) no comparece, se le designará un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se proseguirá este asunto. (Art. 318 del C.P.C. modificado por la Ley 794 de (2003).- Fijado el presente EDICTO EMPLAZATORIO hoy 10 de Marzo de 2015 a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). RUBIELA INÉS ÁNGEL GUTIÉRREZ.-Secretaria. E D I C TO E M P L A Z ATO R I O E L JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN EMPLAZA: A todas aquellas personas que consideren tener derecho a intervenir en el proceso de SUCESIÓN SIMPLE INTESTADA del señor LUIS ENRIQUE HERRERA GIRALDO fallecido en enero 15 de 2014, en esta ciudad de Medellín, lugar de su último domicilio, radicado bajo el N.2014-02169; para que comparezcan a hacerlos valer dentro de la oportunidad legal. Se fija este edicto en lugar visible de la secretaría del Juzgado por el término de DIEZ (10) DÍAS Y SE PUBLICA por una sola vez el día DOMINGO, conforme lo indicado en los Artículos 318 y 589 del Código de Procedimiento Civil en el periódico EL MUNDO o en EL COLOMBIANO. Medellín, febrero 26 de 2015 LINA ROCIO PAREJA QUINTERO SECRETARIA DESFIJADO EL 13 DE MARZO DE 2015, A LAS 5.00 DE LA TARDE 2015 LINA ROCIO PAREJA QUINTERO SECRETARIA E D I C TO E M P L A Z ATO R I O L A S E C R E TA R I A D E L J U Z G A D O SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALlDAD DE MEDELLIN EMPLAZA A todas las personas que se creon con derecho a comparecer al proceso de SUCESIÓN INTESTADA de lo causante SUSANA ZAPATA DE ARBOLEDA fallecida el dia 19 de mayo de 2014 en Medellín (Ant), lugar de us ultimo domicilio. (Rdo.2014-01940). El presente edicto se fijará por 10 días en lo secretaría del despacho y se deberá publicar dentro del mismo término en un diario de amplía ciculacion nacional (El Mundo, El Colombiano o el Tiempo,) y en la radio local. FIJADO HOY Marzo 6 de 2015 a las 8 AM. DESFIJADO HOY Marzo 19 de 2015 a las 5 PM. La Secretaria MABEL ALEJANDRA MARIN CASTRILLON EL JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE AMAGÁ ANTIOQUIA EMPLAZA A los HEREDEROS DETERMINADOS e INDETERMINADOS de los fallecidos MARTHA AURORA, JESÚS MARÍA, DANIEL SALVADOR, SIXTA TULlA y LUIS ALFONSO TANGARIFE MURIEL, para que dentro del término de 15 días siguientes a la publicación del presente edicto, comparezcan a este despacho a recibir personal notificación del auto que admitió demanda Ordinaria Civil sobre Declaración de Pertenencia (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) propuesta por JOHN FREDY DEOSSA ZAPATA contra los emplazados. De no comparecer en el plazo señalado, se les designará un curador ad Iitem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su terminación (Art 318 CPCP). Se dispone su publicación en un diario de amplia circulación en este municipio, por una una ocasión, dia domingo. Amaga, 10 de marzo de 2015 JUAN GUILLERMO ROMAN ARENAS SECRETARIO EL JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTiÓN DE MEDELLíN, EMPLAZA Porque necesita la comparecencia del señor Orlando Marin Arango, dentro del proceso ejecutivo tramitado bajo el radicado No. 2009-1551, en el Juzgado Once Civil Municipal de Descongestión, Despacho que se localiza en la Carrera 50 No. 5123, Piso 5, Edificio Mariscal Sucre de Medellín, donde se le requiere para notificarle personalmente el auto dictado el 29 de junio de 2010, por medio del cual se libró mandamiento de pago en su contra y a favor del Círculo de Periodistas y Comunicadores Sociales de Antioquia, CIPA. Se advierte que emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, que si el emplazado no comparece, se le nombrará curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Julíana Barco Gonaález, Juez. Republica de Colombia Rama Judicial del Poder Publico JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD Medellín, seis (6) de Febrero de dos mil quince (2015) LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER Que en este despacho se tramita bajo el radicado 2014-01230, la sucesión intestada de la causante MARÍA ESPERANZA MONTOYA DE VALENCIA, fallecida el 30 de Octubre de 2011, siendo su ultimo domicilio la ciudad de Medellín. Lo anterior, para los efectos de que trata el Art. 589 del C.P.C, y todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir, lo hagan en el termino de fijación del presente edicto. Los interesados deberán comparecer al Despacho, ubicado en el Palacio de Justicia, sector la Alpujarra, piso 12. Medellín, 6 de Febrero de 2015. LUISA FERNANDA MEJÍA CHICA SECRETARIA Fijado hoy 12 de febrero del año 2015 a las 8: 00 a.m. vence el término de fijación el dia 25 de febrero del año 2015 a las 5:00 p.m EDICTO artículo 318 del C. de P. Civil EL JUZGADO CIVIL - LABORAL DEL CIRCUITO DE EL SANTUARIO, Antioquia EMPLAZA Al señor MANUEL SERNA ya los HEREDEROS INDETERMINADOS de la señora DOLORES PINEDA, para que en el término de quince (15) días, después de la publicación de este edicto, anunciado por una sola vez, en día Domingo en el diario EL COLOMBIANO o EL MUNDO, comparezcan por si o por medio de apoderado, a recibir notificación personal del auto admisorio de demanda proferido en el proceso ABREVIADO DE PERTENENCIA CIVIL Vivienda de Interés Social por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, en donde es demandante JUAN PABLO BUITRAGO GIRALDO en contra del señor MANUEL SERNA, los HEREDEROS INDETERMINADOS de DOLORES PINEDA, así mismo en contra de PERSONAS INDETERMINADAS. Rdo. 2014-00748/00. Este emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación. Se le advierte a los emplazados que si no comparece dentro del término indicado se le designara curador Ad- litem, con quien se efectuará la notificación del caso y se continuará con el trámite del proceso. JOHN JAIRO OSSA LÓPEZ Secretario Fijado el día 9 de Marzo de 2015, a las 8:00 a.m República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas indeterminadas o a quienes se crean con derechos legítimos relacionados con el predio, a los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como a las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación, al proceso de restitución y formalización de tierras con radicado No. 05000-3121-002-2014-00021-00, promovido por JESÚS MARÍA MONTES GIRALDO, a través de apoderado judicial adscrito a la Dirección Territorial Antioquia de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS, con la pretensión principal de que se le proteja su derecho fundamental a la restitución y formalización de tierras y se declare la prescripción adquisitiva de dominio sobre dos predios innominados, ubicados en la vereda La Hondita del Municipio de San Carlos (Ant.), identificados con Matricula Inmobiliaria Nº 01878741 y 018-55175 y un área total de 1 Ha 2442 m2, sobre los cuales el solicitante afirma la calidad de POSEEDOR, cuyos linderos se describen a continuación: Norte: Partiendo desde el punto 24844 en línea recta en dirección oriente hasta llegar al punto 24843 con Marta Aracelly Giraldo, en 68,91 m. Oriente: Partiendo desde el punto 24813 en línea quebrada en dirección suroccidente pasando por los puntos 24842 y 24821 hasta llegar al punto 24813 con camino de herradura en 87,2 m. Sur: Partiendo desde el punto 24813 en línea quebrada en dirección suroccidente pasando por los puntos 24812, 24811, 24810 hasta llegar al punto 24820 con vi Granada - San Carlos en 208,86. Occidente: Partiendo desde el punto 24820 en línea quebrada en dirección nororiente pasando por los puntos 24819, 24818, 24826, 24829, 0, 24845 y 1 hasta llegar al punto 24844 con camino de herradura en 153,95 m. El presente edicto se fijará por el término de quince (15) días calendario en un lugar visible de la secretaría del juzgado y se publicará una (1) vez dentro del mismo término en el periódico “El Mundo” y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio de San Carlos (Ant.). A partir de la publicación en el diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de quince (15) días hábiles para la presentación de los opositores, de conformidad con el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011, en concordancia con el literal e) del artículo 86 ejusdem. Medellín, cinco (5º) de marzo de dos mil quince (2015). JO RG E ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ABANDONADAS con radicado No. 05000312100220140005900, promovido por los señores SADY ALONSO VÉLEZ ZAPATA, SILVIA ODILA CRUZ GIRALDO, EDILMA DE JESÚS ALCARAZ PUERTA y LUZ ELENA CARDONA PENAGOS identificados con C.C. No. 71.613.184, 42.888.129, 21.743.897 y 42.765.639, quienes actúan por intermedio de apoderado judicial adscrito a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS, con la pretensión principal de que se les proteja sus derechos fundamentales a la restitución y formalización, y se les restituya a ellos junto a sus núcleos familiares los inmuebles denominados “La Minifalda” y demás innominados que se identifican con los folios de matrículas inmobiliarias 018-148686, 018149128, 018-148637, 018-148685 y 018-148638 respectivamente. De la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla, respecto las siguientes áreas de terreno ubicadas en la vereda Malpaso del Municipio de Granada: (i) Un predio innominado con un área geográfica de 0,4346 m2, identificado con la ficha predial No. 11206904 y la cédula catastral No. 313-2-002-000-01300185-0000-0000 que linda por el Norte “Partiendo del punto 14 en línea quebrada que paso por el punto 11 en dirección oriente hasta llegar al punto 12 con la finca La Vega”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 12 en línea quebrada que pasa por los puntos 15 y 13 en dirección sur hasta llegar al punto 9 con Luz Elena Cardona”. Por el Sur “Partiendo desde el punto 9 en línea quebrada que pasa por los puntos 8, 6, 4 y 10 en dirección occidente hasta llegar al punto 3 con un camino de herradura”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 3 en línea quebrada que pasa por los puntos 2, 1 y 16 en dirección noroccidente hasta llegar al punto 14 con la finca La Vega.” (ii) Un predio predio innominado con un área geográfica de 0,1540 m2, identificado con la ficha predial 11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo desde el punto 9 en línea recta y en dirección nororiente hasta llegar al punto 14 con Sandy Vélez”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 14 en línea recta y en dirección suroccidente hasta llegar al punto 7 con Silvia Odilia Cruz Giraldo”. Por el Sur “Partiendo desde el punto 7 en línea recta en dirección occidente con Mauricio Garzón”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 8 en línea recta en dirección noroccidente con la Sra. Edilma”. (iii) Un predio innominado con un área geográfica de 0,4570 m2, identificado con la ficha predial 11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo desde el punto 14 en línea recta en dirección oriente hasta llegar al punto 11 con Sady Alonso Vélez, continuando desde éste último punto en línea recta en dirección oriente hasta llegar al punto 10 con Luz Elena Cardona”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 10 en línea recta en dirección sur hasta llegar al punto 3 con la señora Ruth”. Por el Sur “Partiendo desde el punto 3 en línea quebrada que pasa por los puntos 4, 5 y 6 en dirección occidente hasta llegar al punto 7 con Mauricio Garzón”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 7 en línea recta en dirección nororiente hasta llegar al punto 14 con la señora Edilma”. (iv) Un predio denominado La Minifalda con un área geográfica de 0,1553 m2, identificado con la ficha predial 11206904 y la cédula catastral 3132-002-000-013-00185-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo desde el punto 4 en línea recta en dirección occidente hasta llegar al punto 1 con un camino real”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 1 en línea recta en dirección sur hasta llegar al punto 2 con Silvia Cruz”. Por el Sur “Partiendo desde el punto 2 en línea recta en dirección occidente hasta llegar al punto 3 con el Sr. Mauricio”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 3 en línea recta en dirección norte hasta el punto 4 con Duber Quiceno”. (v) Un predio innominado con un área geográfica de 1,6659 m2, identificado con la ficha predial 11206905 y la cédula catastral 313-2-002-000-01300187-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo desde el punto 5 en línea quebrada que pasa por el punto 6 en dirección oriente hasta llegar al punto 7 con el señor Jesús María”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 7 en línea quebrada que pasa por los puntos 8 y 9 en dirección suroriente hasta llegar al punto 10 con la señora Ruth”. Por el Sur “Partiendo desde el punto 10 en línea quebrada que pasa por los puntos 12, 13, 14 y 15 en dirección occidente hasta llegar al punto 11 con la señora Ruth, y desde éste último punto 11 en línea recta y en dirección occidente hasta llegar al punto 1 con Silvia Odila Cruz”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 1 en línea quebrada que pasa por los puntos 2, 3 y 4 en dirección norte hasta llegar al punto 5 con Sady Vélez”. El presente edicto se fijará por el término de quince (15) días calendario en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado y se publicará por una (1) vez dentro del mismo término, en el periódico El Mundo, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el 15 Municipio de Granada-Antioquia. A partir de la publicación en el diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de quince (15) días hábiles para la presentación de los opositores, de conformidad con el art. 88 de la ley 1448 de 2011 en concordancia con el literal e) del art. 86 ejusdem. Medellín, veintitrés (23) de febrero de dos mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO El juzgado 1º Civil del Circuito de Rionegro Antioquia Emplaza a Raúl Eduardo Cárdenas Roa Dentro del Proceso Ordinario Reivindicatorio. Rdo. #056153103001201400261. Demandante: Damaris Lucia Flórez Botero y Otros. Demandado Alejandro Gallo Betancur y otros. En los términos del Art.318 del C.P.C. Se advierte a los emplazados que de no comparecer a este juzgado dentro de los 15 días siguientes a la publicación del este requerimiento, se le nombrará un curador ad litem con quien se surtirá la notificación del auto 192 de enero 5 de 2015, por medio del cual se admitió la denuncia del pleito. Se publicara una sola vez en un medio de escrito de amplia circulación nacional o en cualquier otro medio masivo de comunicación, publíquese en el periódico El Mundo y/o El Colombiano o en la Emisora R.C.N. de Rionegro. Rionegro febrero 26 de 2015, Nicolás Arles Zapata Cárdenas. Srio. Aviso de remate El Juzgado Promiscuo Mpal. de El Peñol Ant. ha señalado el 7 de abril de 2015, a las 9 a.m. para que en el proceso Ejecutivo Singular Rdo.055414089001201200123, incoado por Patricia Elena García Pino y en contra de Jhon Jairo García Pino, tenga lugar el remate del siguiente bien inmueble: “Un lote de terreno ubicado en la vereda El Salto, jurisdicción territorial del Mpio. de El Peñol- Ant. Matricula inmobiliaria #018-128268 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Marinilla Ant. El inmueble fue avaluado en la suma $48.000.000.oo. La subasta empezara a las 9:00 a.m. y durara por lo menos 1 hora y será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo total dado al bien, previa consignación del 40% del avalúo total. De conformidad con el Art.525 del C.P.C. se fija el presente aviso en la Secretaria del Juzgado por el término de ley y se expiden copias para las publicaciones de radio y prensa. La diligencia de remate se regirá de conformidad con el Art.527 del C.P.C., reformado por el Art.34 de la Ley 1395 de 2010. El Peñol, 9 marzo 2015. Yadira Ramírez Maturana. Sria. EDICTO, EL JUZGADO QUINCE CIVIL EL CIRCUITO MEDELLIN ANT. REQUIERE: A GABRIEL PINO VILLA, ubicado en la carrera 52 No. 42-73, Palacio de Justicia (Centro Administrativo Alpujarra), piso 13, oficina 1309. Tipo de proceso Ejecutivo conexo demandantes: León Fernando Jaramillo Londoño, Edilma Pulgarin Osorio, en nombre propio y en representación de sus hijos Leydy Alejandra y Jhon Fernando Jaramillo Pulgarin. Demandados:Transportes la Mayoritaria Guayabal y Cia. S.C..A. Traslamaya y Gabriel Pino Villa. radicado 2013-1144. Lo anterior so pena de notificarse por medio de Curador Ad-Litem y continuar el trámite normal del proceso, hasta su concurrencia o terminación.Se da este aviso de conformidad con el art. 318 del C. de P. Civil. Modificado por la ley 794 de 2003, Medellín- Ant, marzo de 2015 16 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA P UB LICA C I Ó N E L S U S C R ITO S E C R E TA R I O D E L J U Z G A D O SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan derechos legítimos relacionados con los predios, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como las p ers o nas qu e s e con s ider en afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ABANDONADAS con radicado No. 05000312100220150000900, promovida por los señores JULIO A L O N S O A G U I R R E PA R R A , BLANCA LIGIA GIRALDO AGUIRRE, GERMÁN DE JESÚS PARRA GIRALDO Y LUZ MÉLIDA GIRALDO NOREÑA identificados con C.C. No. 70.825.154, 21.777.358, 70.829.420 y 43.646.088, quienes actúan por intermedio de apoderada judicial adscrita a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS, con la pretensión principal de que se les proteja sus derechos fundamentales a la restitución y formalización, y se les restituya a ellos junto a su núcleos familiares los inmuebles denominados “La Esperanza”, “La Yulieth” y demás innominados, que se identifican con los folios de matrícula inmobiliaria 018-53107, 018-92731, 018-149209, 018-71189 y 018-48698. De la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla, respecto a las siguientes áreas de terreno ubicadas en las veredas Galilea, Quebradona Arriba y Malpaso, corregimiento Santa Ana del Municipio de Granada: (i) Un predio denominado La Esperanza con un área geográfica de 0,2981 m2, identificado con la ficha predial 11206694 y la cédula catastral 3132-002-000-0012-00013-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 15 y siguiendo en línea recta hasta el punto 16, con rumbo nororiental y una distancia de 80.18 metros, con el predio del señor Horacio Aristizábal.” Por el Oriente “Partiendo del punto 16 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 17 (rumbo suroriental), 11 (rumbo suroriental), completando una distancia de 104,41 metros, con el predio del señor William Quintero.” Por el Sur “Partiendo del punto 12 y siguiendo en línea recta hasta el punto 13, con rumbo occidental y una distancia de 18.46 metros, con un camino.” Por el Occidente “Partiendo del punto 13 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 14 y 15, con rumbo noroccidental y distancia de 86.08 metros, con el predio del señor Horacio Aristizábal.” (ii) Un predio denominado La Yulieth con un área geográfica de 0,6846 m2, identificado con la ficha predial 11206919 y la cédula catastral 313-2-002000-0013-00199-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 8 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 7 (rumbo SE), completando una distancia de 129.48 metros, con la cuenca Quebradona Abajo.” Por el Oriente “Partiendo del punto 6 y siguiendo en línea recta hasta el punto 4, con rumbo suroccidental y una distancia de 33.3 metros, con predio del señor Libardo Gómez.” Por el Sur “Partiendo del punto 4 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 5 (rumbo NW) y 1 (rumbo NW), completando una distancia de 48.64 metros, con predio del solicitante. Partiendo del punto 1 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 14 (rumbo SW), 13 (rumbo NW), 12 (rumbo NE) y 11 (rumbo SW), completando una distancia de 91.8 metros, con predio del señor Alonso Aguirre.” Por el Occidente “Par- tiendo del punto 11 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 10 (rumbo NW), 9 (rumbo NE) y 8 (rumbo NW), completando una distancia de 66.49 metros, con predio del solicitante.” (iii) Un predio innominado con un área geográfica de 0,3117 m2, identificado con la ficha predial 11206139 y la cédula catastral 313-2-002000-0006-00097-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 29 en línea recta en dirección nororiente hasta llegar al punto 28 en colindancia con el predio de Eusebio Barco en una distancia de 54,38 metros, luego continuando desde el punto 28 en línea recta en dirección suroriente hasta llegar al punto 27 en colindancia con el predio de Víctor Galeano en una distancia de 40,08 metros”. Por el Oriente “Partiendo desde el punto 27 en línea recta en dirección sur hasta llegar al punto 26 en colindancia con el predio de Víctor Galeano en una distancia de 15,36 metros, luego continuando desde el punto 26 en línea recta en dirección sur occidente hasta llegar al punto 25 en colindancia con el predio de Eusebio Barco en una distancia de 31,32.” Por el Sur “Partiendo desde el punto 25 en línea recta y en dirección Occidente hasta llegar al punto 24 en colindancia con el predio de Gildardo Álzate en una distancia de 39,66 metros”. Por el Occidente “Partiendo desde el punto 24 en línea recta en dirección Norte hasta llegar al punto 29 colindando con el predio de Eusebio Barco en una distancia de 37,74 metros”. (iv) Un predio innominado con un área geográfica de 1,551 m2, identificado con la ficha predial 11206695 y la cédula catastral 313-2-002000-012-00014-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 9 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 10 y 11, con rumbo nororiental y una distancia de 70.62 metros, con el predio del señor Germán de Jesús Parra.” Por el Oriente “Partiendo del punto 11 y siguiendo en línea quebrada que lo une con los puntos 12 (rumbo suroccidental), 1 (rumbo nororiental) y 3 (rumbo suroriental), completando una distancia de 102.43 metros, con el predio del señor Germán de Jesús Parra.” Por el Sur “Partiendo del punto 3 y siguiendo en línea recta hasta el punto 4, con rumbo suroccidental y una distancia de 167.08 metros, con la quebrada Las Palomas.” Por el Occidente “Partiendo del punto 4 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 5 (rumbo nororiental) y 6 (rumbo noroccidental), completando una distancia de 67.26 metros, con el predio del señor Humberto Parra. Partiendo del punto 6 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 7, 8 y 9, con rumbo nororiental y una distancia de 101.16 metros, con el predio del señor Salomón Parra”, (v) Un predio innominado con un área geográfica de 0,3884 m2, identificado con la ficha predial 11206919 y la cédula catastral 05 313-2-002-000-013-00199-00000000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 20 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 19, 18 (rumbo nororiental) y 23 (rumbo suroriental), completando una distancia de 113.54 metros, con el predio del señor Horacio Aristizábal.” Por el Oriente “Debido a la geometría del área de terreno georreferenciada, no se determina colindancia para este punto cardinal.” Por el Sur “Partiendo del punto 23 y siguiendo en línea resta hasta el punto 22, con rumbo suroccidental y una distancia de 100.39 metros, con camino real. Partiendo del punto 22 y siguiendo en línea recta hasta el punto 21, con rumbo noroccidental y una distancia de 35.06 metros, con predio del señor Efraín Giraldo”. Por el Occidente “Partiendo del punto 21 y siguiendo en línea recta hasta el punto 20, con rumbo nororiental y una distancia de 41.23 metros, con el predio del señor Horacio Aristizábal”. (vi) Un predio innominado con un área geográfica de 0,791 m2, identificado con la ficha predial 11206720 y la cédula catastral 313-2-002000-013-00007-0000-0000, que linda por el Norte “Partiendo del punto 1 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 5 (rumbo NE) Y 4 (rumbo SE), completando una distancia de 48.64 metros, con predio del señor Germán de Jesús Parra GiraIdo.” Por el Oriente “Partiendo del punto 4 y siguiendo en línea recta hasta el punto 3, con rumbo suroccidental y una distancia de 22.47 metros, con predio del señor Libardo Gómez.” Por el Sur “Partiendo del punto 3 y siguiendo en línea recta hasta el punto 2, con rumbo suroccidental y una distancia de 27.84 metros, con predio del señor Horacio Aristizábal”. Por el Occidente “Partiendo del punto 2 y siguiendo en línea recta hasta el punto 1, con rumbo noroccidental y una distancia de 24.16 metros, con predio del señor Julio Alonso Aguirre Parra”. El presente edicto se fijará por el término de quince (15) días calendario en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado y se publicará por una (1) vez dentro del mismo término, en el periódico El Mundo, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio de Granada-Antioquia. A partir de la publicación en el diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de quince (15) días hábiles para la presentación de los opositores, de conformidad con el art. 88 de la ley 1448 de 2011 en concordancia con el literal e) del art. 86 ejusdem. Medellín, dos (2) de marzo de dos mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL SUSCRITO SECRETARÍO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ABANDONADAS con radicado No. 05000312100220130008900, promovido por los señores ALBEIRO DE JESÚS GARCÍA CARDONA y JORGE EDUARDO GARCÍA GALLEGO identificados con C.C. No. 3.575.321 y 70.163.846 respectivamente, quienes actúan por intermedio de apoderados judiciales adscritos a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS, con la pretensión principal de que se les proteja sus derechos fundamentales a la restitución y formalización, y se les restituya a ellos junto a su núcleos familiares los inmuebles denominado “La tolda” y el innominado, que se identifica con los folio de matrícula inmobiliaria 018-60524. De la Oficina de Instrumentos Públicos de Marinilla, respecto a las siguientes áreas de terreno ubicadas en la vereda Palmichal del Municipio de San Carlos: (i) Un predio denominado La Tolda con un área geográfica de 2,5966 m2, identificado con la ficha predial 18705864 y la cédula catastral 64902-001-000-0036-00012-00-00, que parte del punto de inicio a “22 con el punto final a 49620, colindando con ANTONIO HERNÁNDEZ a una distancia de 203.86.” Parte del punto de inicio “49620 con el punto final a 49608, colindando con ALBEIRO GARCÍA a una distancia de 125.56.” Parte del punto de inicio a “49608 con el punto final a 49612, colindando con VÍCTOR GARCÍA a una distancia de 134.62.” Parte del punto de inicio a “49612 con el punto final a 22, colindando con ROSA MORELIA YEPES a una distancia de 203.97.” (ii) Un predio innominado con un área geográfica de 2,4865 m2, identificado con la cédula catastral 649-02-001-0000036-00013-00-00, que linda por el Norte “Partiendo del punto 15 en línea recta quebrada dirección Este con una longitud de 214,16 metros colindando con la parcela a nombre del señor Wilson Gutiérrez hasta encontrar el punto No. 10”. Por el Oriente “Del punto No. 10, SE CONTINUA EN LINEA QUEBRADA DIRECCIÓN Sur con una longitud de 31,86 metros colindando con la parcela a nombre del señor Horacio García hasta encontrar el punto No. 8, de este punto se continua en línea quebrada dirección Sur con una longitud de 163,23 metros colindando con la parcela a nombre del señor Javier hasta encontrar el punto No. 4, de este punto se continua en línea quebrada dirección Sur con una longitud de 113, 01 metros colindando con la parcela a nombre del Señor Horacio García hasta encontrar el punto No. 1.” Por el Sur “Del punto No. 1 se continúa en línea quebrada dirección Oeste con una longitud de 35,62 metros colindando con la parcela a nombre del Señor Alberto García hasta encontrar el punto No. 23, de este punto se continua en línea quebrada dirección Oeste con una longitud de 115, 3 metros colindando con una parcela a nombre del Señor Jorge García hasta encontrar el punto No. 18”. Por el Occidente “Del punto No. 18 se continúa en línea quebrada dirección Norte con una longitud de 143,89 metros colindando con la parcela a nombre del señor Antonio Hernández hasta encontrar el punto No. 15 y cierra así linderos.” El presente edicto se fijará por el término de quince (15) días calendario en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado y se publicará por una (1) vez dentro del mismo término, en el periódico El Mundo, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio de San Carlos-Antioquia. A partir de la publicación en el diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de quince (15) días hábiles para la presentación de los opositores, de conformidad con el art. 88 de la ley 1448 de 2011 en concordancia con el literal e) del art. 86 ejusdem. Medellín, cuatro (4) de marzo de dos mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA PUBLICACIÓN EL SUSCRITO SECRETARÍO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE ANTIOQUIA EMPLAZA: A todas aquellas personas indeterminadas o a quienes se crean con derechos legítimos relacionados con los predios en mención, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con ios predios, asi como las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación al proceso de RESTITUCIÓN y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ABANDONADAS promovido por la señora OFELIA ROSA GONZÁLEZ DE GIRALDO, a través de apoderada judicial adscrita a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS - TERRITORIAL ANTIOQUIA, con radicado 05000 31 21 002 2014 00044 respecto de los siguientes inmuebles ubicados en la vereda “El Roble” del municipio de Granada (Ant) denominados: (i) Inmueble denominado “Los Naranjos” identificado con un área de 0 has 4531 mts2, cédula catastral No. 313-02-01-00-0007-021-00-00, ficha predial No. 11203740 y matrícula inmobiliaria No. 018-147730 con linderos Norte: Partiendo del punto 9 y siguiendo la linea que lo une con los puntos 10 (rumbo nororiental), 11, 12 (rumbo sur-orien- tal) y 13 (rumbo oriental), completando una distancia de 128.9 mts, con el predio del señor Floro Guarín. Oriente: Partiendo del punto 13 y siguiendo por la línea lo une con ios puntos 14, 15, y 16, 1, con rumbo sur y una distancia de 52.81 mts, con el predio del señor Floro Guarín. Sur: Partiendo del punto 1 y siguiendo por la linea que lo une con los puntos 2 y 3, con rumbo nor-occidental y una distancia 19.63 mts, con el predio del señor Gustavo Giraldo. Partiendo del punto 3 y siguiendo la linea que lo une con los puntos 4 (rumbo sur-occidente), 5 (rumbo nor-occidental), 6 (rumbo sur-occidente), completando una distancia de 32.85 mts, con el predio del señor Lorenzo González. Partiendo del punto 7 y siguiendo línea recta hasta el punto 8, con rumbo nor-occidental y una distancia de 18.82 mts, con el predio del señor Oscar Gómez. Occidente: Partiendo del punto 8 y siguiendo en línea recta hasta el punto 9, can rumbo nor-occidental y una distancia de 41.92 mts, con el predio del señor Floro Guarín. (II) Inmueble Innominado identificado con un área de 0 has 2880 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-011-00-00, ficha predial No. 11203730 y matrícula inmobiliaria No. 018-88353 con linderos Norte: Partiendo del punto 12 y siguiendo en linea recta hasta el punto 11, con rumbo oriental y una distancia de 8.27 mts, con el predio del señor Carlos E. Giralda. Oriente: Partiendo del punto 11 y siguiendo y siguiendo la línea que lo une con los puntos 10,9 (rurnbo-sur oriental) y 8 (rumbo sur-occidental), completando una distancia de 64.81 mts con el predio del señor Carlos E. Giraldo. Partiendo de! punto 8 y siguiendo en linea recta hasta el punto 7, con rumbo sur y una distancia de 6.7mts, con el predio del señor Tiberio González. Sur: Partiendo del punto 7 y siguiendo la línea que lo une con los puntos 6, 5 (rumbo suroccidental) y 4 (rumbo nor-occidental), completando una distancia de 32.11 mts, con el predio del señor Gustavo Giraldo. Occidente: Partiendo del punto 1 y siguiendo en línea recta hasta el punto 12, con rumbo nor-oríentai y una distancia de 56.94 mts, con el predio del señor Carlos E Giraldo. (til) Inmueble Innominado LOTE A identificado con un área de 0 has 930 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-027-00-00, ficha predial No. 11203746 y matrícula inmobiliaria No. 018-25661 con linderos Norte: Partiendo del punto 7 hasta el punto 8, con rumbo nororiental y una distancia de 41.93 mts, con el predio del señor Carlos González. Oriente: Partiendo del punto 8 y siguiendo en línea recta hasta el punto 9, con rumbo suroccidental y una distancia de 18.3 mts, con el predio del señor Carlos González. Sur: Partiendo del punto 9 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 1 y 2, con rumbo suroccidental y una distancia de 29.67 mts, con el predio del señor Floro Guarín. Partiendo del punto 2 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos Y (rumbo NW), Z (rumbo NE), W (rumbo NW) X (rumbo SW) Y 6 (rumbo NW), completando una distancia de 33.01 mts, con el lote B de esta misma solicitud. Occidente: Partiendo del punto 6 y siguiendo en línea recta hasta el punto 7, con rumbo nororiental y una distancia de 16.95 mts, con el predio del señor Pedro González. (IV) Inmueble innominado LOTE B identificado con un área de 0 has 205 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-023-00-00, ficha predial No. 11203742 y matrícula inmobiliaria No. 018-147734 con linderos Norte: Partiendo del punto 6 y siguiendo la línea quebrada que une con los puntos X (rumbo SE), W (rumbo NE), 2 (rumbo SE), Y (rumbo SE), completando una distancia de 33.01 mts, con el Lote A de esta misma solicitud. Oriente: Debidos a la geometría de este lote no se reconoce colindante por este punto cardinal. Sur: Partiendo del punto 2 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 3 y 4, con rumbo suroccidental y una distancia 23.38 mts, con el predio del señor Floro Guarín. Occidente: Partiendo del punto 4 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 5 y 6, con rumbo nororiental y una distancia de 16.4 mts, con el predio del señor Pedro González. (V) Inmueble Innominado identificado con un área de 0 has 431 mts2, cédula catastral No. 31302-01-00-0007-063-00-00, ficha predial No. 11203781 y matrícula inmobiliaria No. 018-147737 con linderos Norte: Partiendo del punto 4 y siguiendo la línea que lo une con los puntos 5,6 (rumbo nororiental, 7, 8 y 9 (rumbo sur - oriental) completando una distancia de 30.38 mts, con el predio del señor Albeiro Guarín. Oriente: Partiendo del punto 9 y siguiendo la línea que lo une con el punto 10 (rumbo sur - oriental) y 1 (rumbo sur -occidental) completando una distancia de 28.83 mts, con el predio del señor Orlando López. Sur: Partiendo del punto 1 y siguiendo en linea recta hasta el punto 2, con rumbo sur-occidental y una distancia del 15,16 mts con el predio del señor Carlos González. Occidente: Partiendo del punto 2 y siguiendo la linea que lo una con el punto 3 (rumbo nor-oriental) y 4 (rumbo nor-occidental) completando una distancia de 14.65, con el predio del señor Jairo Gómez. (VI) Inmueble Innominado identificado con un área de 0 has 1622 mts2, cédula catastral No. 313-02-01-00-0007064-00-00, ficha predial No. 11203730 y matricula inmobiliaria No. 018-147738 con linderos Norte: Norte: Partiendo del punto 5 y siguiendo en línea recta hasta el punto 6, con rumbo nor-oriental y una distancia de 33.91 mts, con el predio del señar Albeiro Guarin. Oriente: Partiendo del punto 6 y siguiendo la línea recta hasta el punto 1, con rumbo sur-oriental y una distancia de 48.47 mts, con el predio del señor Albeiro Partiendo del punto 1 y siguiendo en linea recta hasta el punto 2, con rumbo sur-occidental y una distancia de 24.71 mts, con el predio del señor Marco Piedrahita. Sur: Partiendo del punto 2 y siguiendo por la linea que lo une con los puntos 3 y 4, con rumbo ñor-occidental y una distancia de 26.96 mts, con el predio del señor Fernando López. (En comunicación telefónica de la cual se anexa constancia, ¡a solicitante aclaró que su colindante es el señor Orlando López, aunque al momento de la georreferenciación en campo se registró el nombre Fernando López y así quedó en la copia de cartera de campo, acta de colindando y plano de georreferenciación.). Occidente: Partiendo del punto 4 y siguiendo en línea recta hasta el punto 5, con rumbo noroccidental y una distancia de 33.75 mts, con el predio del señor Albeiro Guarin. El presente edicto se fijará por el término de quince (15) días calendario en un lugar visible de la secretaría del Juzgado y se publicará por una (1) sola vez, en el periódico “El Mundo”, y por medio de una radiodifusora de amplia sintonía en el Municipio de Granada (Aníioquia). A partir de la publicación en el diario de amplia circulación, comenzará a correr el término de quince (15) días hábiles para la presentación de las oposiciones, de conformidad con el art. 88 de la ley 1448 de 2011 en concordancia con el literal e) del art. 86 ejusdem. Medeilín, dos (2) de marzo de dos mil quince (2015). JORGE ELIECER CARDONA JIMENEZ SECREARIO EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS ITINERANTE – ANTIOQUIA EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CIVIL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS ITINERANTE - ANTIOQUIA, HACE SABER: A las personas que tengan derechos legítimos relacionados con el predio, los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, así como también a las personas que se consideren afectadas por la suspensión de procesos y procedimientos administrativos. Que este despacho mediante auto interlocutorio N° 025-20 dei trece (13) de Febrero de dos mil Quince (2015), ADMITIÓ la solicitud de RESTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS DE LAS VICTIMAS DEL DESPOJO Y ABANDONO FORZOSO, con radicado N° 05-000-3121-101-2015-00007-00, instaurada por GABRIEL ÁNGEL MUÑERA CHAVARRÍA, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 8.308.307 de Medellín, Antioquia, quien actúa en calidad de Ocupante. A través de apoderada judicial adscrita a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. La presente solicitud recae sobre el bien inmueble, ubicado en el Departamento de Antioquia, municipio de San Carlos, Veredas “CAPOTAL” y “PABELLÓN”, el cual se describe a continuación: PREDIO “Innominado”Departamento: Antioquia Municipio: San Carlos Veredas: Pabellón y Capotal Oficina de Registro: Marínilla (Ant) Matricula Inmobiliaria: 018-149198 Naturaleza del Predio: Rural Código Catastral: 649-2-01-00-010-001-0000 y 649-2-01 -00-007-006-00-00 Área Registrada: 6 Ha 9687 m2 Relación Jurídica de la Solicitante con el Predio: Ocupante COORDENADAS GEOGRÁFICAS Punto 5 6 7 8 9 10 13 14 16 26 23 22 21 24 25 20 19 18 17 15 28 27 1 2 3 4 5 11 12 Longitud 75º 2’ 34.47” W 75º 2’32.86 “ W 75º 2’ 30.72” W 75° 2’ 29.73” W 75° 2’ 29.36” W 75º 2’28.55” W 75° 2’ 27.01” W 75º 2’24.41” W 75° 2’ 22.57” W 75° 2’ 27.85” W 75º W 27.89” W 75° 2’27.76” W 75º 2” 26.08” W 75º 2’26.66” W 75” 2’ 25.48º W 75” 2’ 22.87” W 75º 2’22.02” W 75º 2” 21.74” W 75º 2’ 21.26” W 75º 2’ 23.34” W 75º 2’ 26.27” W 75º 2’27.94” W 75º 2’30.50” W 75º 2’ 30.32” W 75°2’ 31.18” W 75” W 32.58” W 75° T 34.47” W 75º 2” 29.46” W 75º 2’ 29.25º W Latitud 6° 8’3.47” N 6º8’4.04” N 6º 8’ 2.41” N 6º8’ 1.39” N 6º 8’ 1.95” N 6º 8’ 1.74” N 6º 8’ 1.50” N 6°8’ 1.84” N 6º 8’4.17” N 6º 8’ 5.57” N 6º 8’ 7.06” N 6º 8’ 9.46” N 6º 8’ 9.47” N 6º 7’ 74” N 6º 8’ 7.07” N 6º 8’ 7.69” N 6º 8’ 5.99” N 6º 8’ 6.79” N 6º 8’ 5.66” N 6º 8’0.80” N 6º 7’ 55.46” N 6° 7’ 55.05” N 6º 7’ 55.02” N 6° 7’ 56.25” N 6° 7” 56.94” N 6º 8’0.66” N 6° 8” 3.47” N 6º 7’ 59.44” N 6º 7’59.45” N LINDEROS Y COLINDANTES DEL PREDIO SOLICITADO A continuación, se realiza una descripción detallada de los linderos, de acuerdo a la información fuente relacionada en el informe de GEORREFERENCIACIÓN EN CAMPO UAEGRTD: NORTE: Partiendo del punto 5 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 6 (rumbo NE) y 7 (rumbo SE), completando una distancia de 135.04 mts., con predio del cual el solicitante desconoce el propietario. Partiendo del punto 7 y siguiendo la linea recta hasta el punto S, con rumbo suroriental y una distancia de 43,73 mts., con predio del señor Luis Albeiro Cua- dros Gómez. Partiendo del punto 8 y siguiendo la linea recta hasta el punto 9, con rumbo nororiental y una distancia de 20,72 mts., con predio del cual el solicitante desconoce el propietario. Partiendo del punto 9 y siguiendo la linea quebrada que lo une con los puntos 10, 13 (rumbo SE), 14, 16 (rumbo NE), y 26 (rumbo NW), completando una distancia de 413,61 mts., con predio del señor Luis Albeiro Cuadros Gómez. Partiendo del punto 26 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 23 y 22, con rumbo norte y una distancia de 118,63 mts., con predio del cual el solicitante desconoce el propietario. Partiendo del punto 22 y siguiendo la linea quebrada que lo une con los puntos 21 (rumbo E), 24 (rumbo SW), 25 (rumbo SE) y 20 (rumbo NE), completando una distancia de 231.98 mts., con predio del cual el solicitante desconoce el propietario. Partiendo del punto 20 y siguiendo la linea quebrada que lo une con los puntos 19, 18 y 17, con rumbo surorienial y una distancia de 82,1 mts., con predio del señor Héctor, de quien el solicitante desconoce el apellido. ORIENTE: Partiendo del punto 17 y siguiendo la línea quebrada que lo une con los puntos 15 y 28, con rumbo suroccidental y una distancia de 349.66 mts., con predio del cual el solicitante desconoce el propietario. SUR: Partiendo del punto 28 y siguiendo la linea quebrada que lo une con los puntos 27 y 1, con rumbo suroccidental y una distancia de 131,86 mts., con predio del señor Ivan García. OCCIDENTE: Partiendo del punto 1 y siguiendo la linca quebrada que lo une con los puntos 2 (rumbo NE) y 3 (rumbo NW), completando una distancia de 72,1 mts., con via intermunicipal, Partiendo del punto 3 y siguiendo la linea quebrada que lo une con los puntos 4 y 5, con rumbo noroccidental y una distancia de 226.22 mts., con predio del señor Néstor Morales. Lo anterior, para que comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presente publicación, al Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras Itinerante de Antioquia, ubicado en la Calle 53 Nro. 45 - 112. Edificio Colseguros. Piso 3. Medellín. El núcleo familiar al momento del desplazamiento, se encontraba conformado su cónyuge María Angélica Jiménez de Munera y sus hijos Gloria Elena, Ezequiel, heidy Julieth y Santiago Munera Jiménez. Medellín, 16 de Febrero de 2015. Publicación fijada en la secretaria del despacho el dia 17 del mes de Febrero de 2015 a las 8:00 a.m. JOHN FREDY LONDOÑO GONZALEZ Secretario JUZGADO DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN BELLO ANTIOQUIA EMPLAZA A GLORIA PATRICIA ZAPATA GALLEGO en calidad de Demandada dentro del proceso de liquidación sociedad conyugal instaurada por el demandante Arol Wilson Restrepo Rodríguez Radicado 201400103. Se advierte a la Emplazada que de no comparecer dentro de los 15 días siguientes a esta publicación se le designará Curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Art. 318 CPC. Juzgado 1 de Familia de Descongestión Itagüí. Rdo. 2014-00272. Hace Saber a Andrés Felipe Vargas Osorio, para que en el término de 15 días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezca por sí o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de Liquidación de la Sociedad Conyugal instaurada en su contra por Leydy Yurley Vásquez Espinosa. Se le advierte al emplazado que si no comparece en el término señalado se le designara Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación y el trámite del proceso. Itagüí, 09/03/2015. Clara Marcela Álzate Cardona. Secretaria. Juzgado 2 Civil Municipal de Oralidad Itagüí. Rdo.: 2014-01968-00. Hace Saber que por auto del 30/10/2014 y a petición de Miguel Ángel Restrepo Álvarez y Gloria Restrepo Álvarez, se declaró abierto y radicado el proceso de Sucesión Doble e Intestada de María Álvarez Viuda de Restrepo y Roberto Restrepo Restrepo, quienes murieron en Itagüí el 31/03/2005 y el 10/05/1952 respectivamente y que tuvieron su último domicilio y asiento de sus negocios en este municipio. Consecuente con lo anterior y de conformidad a lo dispuesto en los Art. 589 y 318 del C.P.C. Se Emplaza a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso sucesoral de la referida persona. Itagüí, 15/01/2015. Fijado el 16/01/2015 a las 8:00 a.m. María Lucely Rodríguez. Secretaria. Notaria 1ª de Itagüí, Emplaza a los que se crean con derecho en la Sucesión de Carmen Emilia Álzate Castaño C.C. 21.621.970 y Alejandro García Baena C.C. 3.435.742 Aceptó el trámite acta No. 35 del 11/03/2015. Art. 3º. del Dcto. 902/88. Fijado 12/03/2015 a las 8 a.m. Jaime Andrés Madrid. Notario (E). Notaria 1ª de Itagüí, Emplaza a los que se crean con derecho en la Sucesión de Antonio José Betancur Velásquez C.C. 649.642. Aceptó el trámite acta No. 18 del 13/02/2015, posteriormente acta No. 32 del 04/03/2015. Art. 3º. del Dcto. 902/88. Fijado 05/03/2015 a las 8 a.m. Jaime Andrés Madrid. Notario (E). Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Caldas Ant. Rdo. 2014-273. Emplaza a José Manuel Patiño Echeverri para que comparezca a este despacho a recibir notificación personal del auto que libro mandamiento de pago el 04/07/2013 en el proceso Ejecutivo Hipotecario instaurado en su contra por Consuelo del Socorro Gil Arango. Se le advierte al Emplazado que si no comparece en el término de 15 días se le designará Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación. Jesús Hernán Puerta Jaramillo. Juez. Juzgado civil laboral del circuito caucasia ant emplaza Javier Augusto Lozano Rivas proceso ejecutivo singular de mayor cuantía demandante Banco Agrario de Colombia s.a demandado Javier Augusto Lozano Rivas rdo 2013-00128-00 para que comparezca a notificarse del auto que libra mandamiento de pago en su contra dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la publicación del listado que se hará en los periódicos el tiempo o el mundo en caso de no comparecer se le advierte que se le designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación consecuente con lo anterior disponga la parte interesada la publicación a través de uno de los medios expresamente señalados en los términos del art 318 del c.p.c caucasia febrero 23/2015 Sandra Cartagena A juez Juzgado 2 laboral de descongestión para procesos ejecutivos del circuito de Medellín febrero 18/2015 el juzgado 2 laboral de descongestión para procesos ejecutivos del circuito de Medellín emplaza al sr Héctor Fabio Barrera Ángel a fin de que comparezca al despacho para surtir la notificación personal del auto que libro mandamiento de pago en el proceso ejecutivo laboral interpuesto en su contra por Porvenir s.a con rdo 050013105-13-2009-00609-00 en el cual se nombro curador ad-litem conforme al art 29 del código procesal del trabajo y de la seguridad social modificado por la ley 712/2001 art 16 sírvase comparecer5 al despacho dentro de los 15 días siguientes a la publicación del presente edicto so pena de continuar el proceso con el curador ad-litem que se le nombro el despacho se ubica en la ciudad de Medellín en la cra 50 No 51-23 piso 2 ed mariscal sucre Andrés Duque Acevedo serio ad-hoc Edicto art 318 del c.p.c (2013-00315) el juzgado 1 civil del circuito de bello ant emplaza a John Wallace Osorio Chaverra por intermedio de su R/L Orlando de Jesús Osorio salinas (por ser menor de edad) en calidad de heredero determinado de María Marleny Chaverra Castrillon para que comparezcan por si o por medio de apoderado judicial idóneo a recibir notificación personal de la existencia del crédito en la demanda ejecutiva hipotecaria instaurada por Eugenio David Andrés Prieto Quintero como endosatario en prococuracion de Silvia Helena Gómez Vanegas y en contra de John Wallace Osorio Chaverra en calidad de heredero determinado de María Marleny Chaverra Castrillon y en contra también de los herederos indeterminados de esta el emplazamiento se entiende surtido 15 días después de la publicación del listado y si los emplazados no comparecen se les designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se llevara el proceso hasta su final bello marzo 13/2015 Gustavo Adolfo Ramírez Serna serio Juzgado 2º de Familia de Oralidad MedellínRdo:2014-865 Hace Saber: Que por Sentencia del 06/02/15, debidamente ejecutoriada, se decretó la Interdicción por discapacidad mental absoluta de MARÍA LUISA FRANCO ZAPATA C.C. 42.761.381 y se designó a su hermano FABIO FRANCO ZAPATA C.C.3.325.898, como su Curador General Legítimo. Medellín, 20/02/15.Mabel AlejandraMarín C. Sria Juzgado 1º de Fliade Descongestión Med. Rdo: 2014-427 (Art. 446 del C.P.C.) Emplaza a las personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda, de la presunta incapaz, María Esperanza Arboleda Montoya y que consideren que deben ser oídos en este trámite Manifestando su interés, o no, en asumir la guarda de la presunta incapaz y se hagan presente ante este Juzgado ubicado en la Cra. 50 con Cll.54 51 Ed. Auto Palacé Piso 6 Medellín-Ant. Medellín enero/15. Carlos Humberto Vergara AgudeloSrio Juzgado 2º Civil Mpal de Oralidad de Itagüí Rdo: 2015-00219 EMPLAZA a los Herederos Indeterminados del causante Ernesto de Jesús Agudelo Vélez, con citación de Berenice del Socorro Guzmán, en calidad de cónyuge sobreviviente y David Agudelo Guzmán como Heredero Determinado, para que comparezcan al Juzgado a oír notificación personal del auto del 03/03/15, y hagan valer sus derechos en la Sucesión Ilíquida dentro del proceso Verbal de Mayor y Menor Cuantía que en su contra les instaura Víctor José Franco Vargas. Transcurridos 15 días después de la publicación del listado, si los emplazados no se presentan, se nombrará un curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el Art. 318 del C.P.C., Modificado por el Art. 30 Ley 794/2003. María Lucely Rodríguez Berrío. Sria. Edicto EmplazatorioJuzg 1º de Flia Descongestión Itagüí-Ant. R/201300743 Hace Saber: a Néstor David Yepes, para que en el término de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca por sí, o por medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda Liquidación de la Soc. Conyugal instaurada en su contra por Mary Sol GallardoSepúlveda. Si en este término el emplazado o interesado no comparece se le designará un Curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y el trámite del proceso. De conformidad con lo dispuesto por el Art. 318 del C.P.C. Mod., Art. 30 Ley 794/2003. Itagüí, 11/03/15.Clara Marcela Alzate Cardona Sria Juzg 2º Civil Ccto de Oralidad Itagüí R/2014-0209 EMPLAZA a los accionados Unity Network Inmobiliaria Ltda. y Juan Esteban Parra Franco, para que comparezcan a este Juzgado, a fin de notificarles el auto que libró mandamiento de pago en su contra, promovida por Andamios y Encofrados S.A.S. Si transcurridos 15 días después de la publicación del listado, los emplazados no se presentan, se designará Curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso. Conforme con el Art. 318 del C.P.C. Mod., por el Art. 30 Ley 794/03.Hernán Darío Rodas A.Srio Juzgado 1º Civil Circuito de Itagüí Rdo: 2014-00112 EMPLAZA a los Herederos Indeterminados de los fallecidos María Amantina Ortiz Blandón y Carlos Eduardo Restrepo Londoño, para que comparezcan al Juzgado a fin de notificarles personalmente el auto admisorio de la demanda, la reforma de la demanda, y la adición a la admisión de la reforma, en el proceso Declarativo de pertenencia, instaurado por María Berenice Restrepo de Barrera, en contra de GALPÓN GUAYABAL S.A., EN LIQUIDACIÓN, representado por Pablo Arango Álvarez, los Herederos Determinados de María Amantina Ortiz Blandón y Carlos Eduardo Restrepo Londoño, quienes son: Gabriel Arcángel, Martha Cecilia, Carlos Darío, María Evelia, Rosa Elisa, Ángela del Socorro, Francisco Javier y Gladys Inés Restrepo Ortiz, el Municipio de Itagüí, y Personas Indeterminadas.Transcurridos 15 días después de la publicación del listado, si los emplazados no se presentan, se designará un Curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación. Art. 318 del C.P.C. Modificado por el Art. 30 Ley 794/2003. Marco Fidel Ochoa Mejía Srio Juzg 11º Civil Mpal Descongestión Med. Origen Juzg 21º Civil MpalMed. R/2013-01086 EMPLAZA a Ana Cecilia del Socorro Londoño Marulanda para que comparezca al Juzgado ubicado enCra.50 Nº 51-23 Piso 5º Ed.Mariscal Sucre Med.,a fin de notificarle el auto del 10/09/13 que libró mandamiento de pago en su contra, dentro del procesoEjecutivo Mixto, promovido por Bco. FinandinaS.A.Transcurridos 15 días después de la publicación del listado, si la emplazada no se presenta, se designará un Curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su final. Art. 318 del C.P.C. Modificado por el Art. 30 Ley 794/2003.Edwin Andrés Bedoya Lema. Srio. Juzg 5º Civil Mpal Descongestión Med. R/2013-01034 Emplaza a Edgar Mauricio Velásquez Valencia c.c. 70.559.903 para que comparezca al Juzgado ubicado enCra.50 Nº 51-23 Ed.Mariscal Sucre, piso 6,Of.605 Med.,a fin de notificarle personalmente el auto del 15/11/13 que libró mandamiento de pago en su contra, y a favor de BcoFinandina S.A. dentro del proceso Ejecutivo Singular. Transcurridos 15 días después de la publicación del listado, si el emplazado no se presenta, se designará un Curador Ad-Lítem, con quien se surtirá la notificación y se continuará con el proceso hasta su final. Art. 318 del C.P.C. Modificado por el Art. 30 Ley 794/2003.Ana María Arroyave Londoño .Srioa Juzg, 5° C. del Circuito de Oralidad de Med,emplaza: A quienes se crean con derechos sobre el bien inmueble que más adelante se describirá, para que los hagan valer dentro de la demanda verbal (pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueve Silvia Elena Cano Zapata contra Darío Antonio, Levilíer de Jesús, Luz Marleny, Raúl Antonio y Germán Antonio Ramírez Sánchez; Katerine, Tatiana y Xiomara Ramírez Soto y demás Personas Indeterminadas que se crean con derechos sobre el bien a usucapir, dentro de los 15 días sigtes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien a usucapir es el siguiente: 2º y 3º piso Apto #301 de la cra 101 #48A-29 de Med, que linda: Por debajo, losa de concreto con el primer nivel con el 1er piso, el 2°nivel el 1er nivel por Encima, losa de concreto el 1° nivel con el 2° y el 2° nivel con la cubierta del ed.; por el Frente u Oriente, fachada con la cra 101; por atrás u Occidente, muro de cierre con casa vecina; por el Norte, con muro de cierre con casa vecina 48A-33 y por el otro costado o Sur, muro de cierre casa vecina 48A-33 y por el otro costado o Sur, muro de cierre casa vecina #48A-27. Área 1er nivel 20.89m2. 2° nivel 38.40m2, altura 2.50m. Cada nivel. M. I. #001-680918.Se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del término señalado, se les designará un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso. Fijado el 04/03/2015 a las 8 a.m. este edicto por 20 días en un lugar visible de la sría del Juzg y se entenderá surtido 15 días después de su desfijación. Arts. 407 y 318 del CPC., Med, 01/12/2014, Wendy Yurany Quintero Marin. Sria 2014/01391 El Juzg, 1° C. del Circuito de Descongestión de Bello Ant. Emplaza: a todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el bien inmueble objeto de la litis, para que dentro del término de fijación de este Edicto, que es de 20 dias y 15 días más a su desfijación, concurran al proceso ordinario de pertenencia con pretensión de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, 37 instaurado Por Ofelia del Socorro Hernández Escobar contra Rosalba Murillo Suarez y demas personas indeterminadas. El bien inmueble objeto de la Litis, corresponde al Apto 301: ubicado en Bello-Ant enfrente a la cl 54, y está marcado en su puerta de entrada principal con el #50 -33 de la nomenclatura oficinal, con un área construida de 72.89m2, un área de patio de 2.73m2, una altura promedio de 2.4, que linda: por el frente, con la cl 54 y muro que da a zona de escalas; por un costado, con parte del predio de Gabriel Madrid de Ortega; por el otro costado, con muro común que lo separa del apto 302 y muros que dan al patio del apartamento 50-31 y zona de escalas, por la parte de atrás, con muros que dan al patio del local 50-29 y apto 50- 31, muro de uso común que lo separa del apto 302 y muro que da a zona de escalas; por el nadir, con la placa de uso común que forma parte del techo del apto 201 y por el cenit, con la cubierta que forma el techo del ed. M. I. 01N-5051708. -2. Apto 302: ubicado en Bello-Ant, marcado en su puerta de entrada principal con el # 50-33,de la nomenclatura oficial de la cl 54, con un área construida de 82.67m2, área de patio de 2.97m2, altura promedio de 2.4 m., que linda: por el frente, muro de uso común que lo separa del apto 301 y muro que da a zona de escalas y circulación y muros que dan a patios de local 50-29 y apto 50-31 y 201, por un costado, con parte del predio de Gabriela Madrid de Ortega, y muros que dan al patio del local 50-29, aptos 50-31 y 201 y muro de uso común que los separa del apto 301; por el otro costado, con parte del predio de Margarita Rojas de Ortega, muros que dan a patios del local 50-29, apto 50-31 y 201; por la parte de atrás, con parte del predio de María espinal y muros que dan a patios de aptos 50-31 y 201; por el nadir, con placa de uso común que forma parte el techo del apto 201 y por el cenit, con la cubierta qué forma el techo del ed. Este apto lo adquirió mi mandante, por compra que hace a Héctor Milagros Gutiérrez Correa, acto realizado el 06/06/2003, por escritura 1161, Este apto está físicamente unido al apto 301. Esto es, no está separado físicamente. Al momento de la Inspección Judicial, se podrá constatar que estos dos apartamentos forman una unidad, que se identificarla así, en forma genérica, sin perjuicio de lo que relacione al momento de la Inspección Judicial: 3° piso: frente con la cl 54, predio marcado en su entrada principal con el #50-33 de la nomenclatura oficial urbana. Por un costado con predio de Gabriela Madrid de Ortega, Por el fondo con muros que dan al patio del local 50-29 y apto 50-31 y parte del predio de Maria Espinal; por el otro costado con parte del predio de Margarita Rojas de Ortega, muros que dan a patio del local 50-29 y apto 50-31 apto 201 ; por el cénit con la cubierta que forma parte del techo del ed. y por el nadir con la placa de uso común que forma parte del techo del apto 201 Transcurrido 15 días sigtes a la desfijación de este edicto, se entendera surtido el emplazamiento respecto de las personas indeterminadas, a quienes se designará un curador ad-litem, quien ejercerá el cargo hasta !a terminación del proceso. Fijado 06/03/2015 a las 8 am., desfijado el 10/04/2015 a las 5 pm., Gustavo Adolfo Ramírez S. Srio Edicto Emplazatorio Art. 407 CPC. R/2013-00537 El Juzg, 5° C. Mpal de descongestion de Med, ubicado en la cra 50 #51-23 piso. 6 of. 605 Emplaza a German Alberto Ruiz Vallejo para que comparezca en los 15 dias siguientes a esta publicación, a recibir notificación del auto del 07/10/2013 que libro mandamiento de pago y auto del 14/07/2014 que admite la sustanciación de la demanda en favor de Humberto Corrales Restrepo y en contra del emplazado. R/ 20131037, proceso ejecutivo, Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del termino indicado se le designara curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Conforme Art, 318 CPC., Juzg, de Origen C. Mpal de Med. 38 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 proceso ejecutivo Dte: FORMEX SAS., R/2014-1744, el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido 15 dias después de la publicación, si la demandada no comparece al juzg, dentro de este tiempo se procederá con la designación de curador ad-litem. Med, 27/02/2015 Lina Margarita Hincapie L. Sria. El Juzg, 6° Mpal de Pequeñas Causas Laborales de Med, ubicado en la Cra 52 #43-50. Piso 3., emplaza A Carlos Mario Rada Pérez, o quien haga sus veces, en calidad de representante legal de la sociedad Talento Efectivo S.A., dentro del proceso que cursa contra la sociedad Talento Efectivo S.A.. para que dentro del termino de 15 días se presente a recibir notificación del auto admisorio de la demanda ordinario laboral de única instancia con R/006- 2014-00363 00 instaurada por Daniel Yessid Zapata Escobar y haga valer sus posibles derechos. Este edicto conforme Art. 29 del C de P. Laboral, mod por el Art. 16 de la Ley 712 de 2001, concordado con art. 108 del C.G.P y se publicara en el periódico El Mundo, El Colombiano o El Tiempo, el día domingo. Se le advierte al emplazado, que se le ha designado curador para que represente los intereses de la sociedad Enlace Textil Y Cia Ltda. En las diligencias. Med, 29/01/2015, Diana Chavarria Balvin Srio. El Juzg 4° C. Mpal de Descongestión ubicado en la cra 50 #51-23, Of. 604 ed. mariscal sucre 6° piso, Tel. 513-13-54 Emplaza: A Miryam Vélez Rojo y William De Jesús Sierra Acosta, con cc. No. 32.474.117 y 70.066.141 respectivamente, en calidad de acreedores hipotecarios de los demandados Jeny del Socorro Villa Gaviria y Willam Orlando Muñoz Baron, para que comparezcan con el fin de notificarles personalmente el auto del 13/09/2013 donde se ordenó su citación a fin de que hagan valer su crédito, sea o no exigible, dentro del proceso ejecutivo instaurado por Arrendamientos Santa Fe E.U. R/023-2013-00751. Emplazamiento conforme art. 318 del CPC y se expide copia para la publicación por el periódico el colombiano, el Mundo, el día Domingo o la emisora Caracol. Se entenderá surtido el emplazamiento, transcurridos 15 días después de su publicación y se le advierte a los emplazados que si no comparece dentro del término señalado, se le designará un Curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Med, 02/03/2015 Natalia Vargas S. Sria. Juzg, de origen el 23 C. Mpal de Med. El Juzg 1° C. Mpal de Oralidad Med. emplaza: A quienes se crean con derecho a intervenir en la Sucesión Doble e Intestada de Ramón Elías Henao Pulgarín y María Noemi López de Henao, fallecidos el 27/06/2001 y 31/01/2012,respectivamente, en Med, lugar de su último domicilio, para que hagan valer sus derechos en la oportunidad prevista para ello. Art. 589 del CPC. Abierta y R/201400089-, el 24/09/2014. Fijado el 13/03/2015 a las 8 am. Desfijado el 27/03/2015 a las 5 pm., Pablo Andrés Franco Benítez Srio. Med 08/10/2014. Juzg, 19 C. Mpal de Oralidad de Med, emplaza y demanda a Sandra maría Salazar Valasquez cc, 43826804 y la empresa juridica SMS Viajes y Turismo SAS nit. 900591757-6., representante legal Sandra maría Salazar Valasquez o por quien haga sus veces , proceso ejecutivo dte: Lezlie Wonder Berrio Cano. Auto que libro Mandamiento de pago del 18/07/2014, el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publiocacion del listado Lucia Hincapie Lopez Sria. Según art, 318 ibidem mod, por el art, 30 de la ley 794/2003. Elaborar publicación en el diario el colombiano o el mundo Juzg, 19 C. Mpal de Med, Emplaza: Art, 318 del CPC., emplaza y demanda A: Airmax MG SAS., representada legalmente por Liliana Maria Orrego hernandez o quienes haga sus veces Juzg, 8° de Flia de Med de Oralidad Avisa En providencia dictada el 18/02/2015, se decretó la interdicción provisoria por discapacidad mental de Maria Victoria Santana Hernández y se designado como Curadora Legítima Provisoria a su hermana Lucia Santana de Hidalgo c.c #21.508.082, dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria de “Interdicción por Discapacidad mental” R/2015-00119. Se cita igualmente a los parientes que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de Maria Victoria Santana Hernandez, para que si a bien lo tienen comparezcan al proceso a hacer valer sus derechos y en caso que no se presenten a declarar. Se expide este aviso conforme art 42 N° 8 Ley 1306/2009, modif. el canon 659 del CPC, publicarse, por una vez, en el periódico “El Mundo” Med, 18/02/2015, Gloria Amparo Cuervo R. Sria. Juzg, 3 Civil Mpal de Oralidad BelloAnt, emplaza a herederos indeterminados de Nelly de Jesús Hernández de Hincapié, para que comparezca a recibir notificación de los autos de admision del 19/08/2014 y auto de corrección del 29/08/2014 en el proceso verbal sumario Nulidad Rotativa de contrato de compraventa, para que comparezca dentro de los 15 días sgtes a la publicación de este edicto. Dte, Ruben Dario Hincapie Herrera y otros, Ddo, Luis Ubaldo Hincapie Hernandez si lo emplazados no comparecen se les designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación. Publicarse Según art, 318 ibidem mod, por el art, 30 de la ley 794/2003. En el diario el colombiano o el Mundo o la emisora rcn o caracol. Juzg, 6°de Flia de Med, ubicado en la cra 52 # 42-73, emplaza a Acened Buritica Moncada con c.c.#43678265 para que comparezca dentro de ls 15 dias sgtes a esta publicación arecibir notificación del auto interlocutorio# 2277 del 22/11/2013 donde se admitió demanda de cesación de efectos civiles en el matrmonio católico instaurado por Jhon Fredy Ruiz Perez con c.c 71701408 R/2013-01317, si el emplazado no comparece en el termino se le designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación. Publicarse Según art, 318 del C.P.C. R/015-2014-00329 El Juzg, 13 C. del Circuito de Oralidad de Med, Ant, Emplaza A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobro, el inmueble pretendido mediante declaración de pertenencia por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio el cual se describe a continuación, para que desde la fijación de este edicto hasta dentro de los 15 días siguientes, contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento, comparezcan contestando la demanda o adoptando las demás posiciones que estimen pertinentes frente a ella, en este proceso verbal por prescripcion extraordinaria de dominio incoada por Marco Aurelio Buitrago Gallego contra Promoval S.A. en liquidacion y todas las personas indeterminadas que se crean con darechos sobre el bien inmueble, con la advertencia que si comparecen con posterioridad, lo tomarán en el estado en que se encuentre, según nral 6, literal b del art 407 del CPC. El Inmueble cuya declaración de pertenencia se pretende, consiste en: “Lote de terreno, segregado de otro de mayor extensión, ubicado en el paraje El Cuchillón y que linda: Por lo que seré el frente, con la cl 32 que es el costado oriental del predio; por el Sur, en parte con la urbanización Acuarelas de San Diego en el sector sur-oriente; al sur con terrenos ocupados por Movistar en parte y en partes, con predio de Promoval S.A., antes Constructora Girardota; por el occidente, con predio de la Constructora Girardota hoy Promoval S.A. Este predio, según catastro, está vinculado a la M.I 001-121191., de la Of. de Registro sur. Se advierte a los emplazados que sí no comparecen dentro de los 15 días, Siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, se les designará un Curador Ad-litem para que los represente, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso. Este edicto se fijará 12/03/2015 a las 8 a.m en un lugar visible de la sria. por 20 dias y dentro de este termino se publicará por 2 veces, en prensa Él Colombiano o El Mundo y por emisora local conforme Art. 407 nral 7 CPC., Med, 07/11/2014, Santiago Fernandez B. srio. El Notario Único de Caldas, Ant. Emplaza: A quienes se crean con derecho a intervenir en la Sucesión ilíquida de Mauricio Albeiro Ochoa Restrepo cc. 15.258.032 Fallecido 14/06/2012 en Bello Ant, Aceptado el trámite mediante Acta 19 del 12/03/2015. Publicarse en prensa y radio este edicto conforme art. 3º. del Dcto 902/1988. Fijado 13/03/2014 a las 8:00 a.m. Jose Manuel Hernandez Franco Notario. El Notario Único de Caldas, Ant. Emplaza: A quienes se crean con derecho a intervenir en la Sucesión ilíquida e de Myriam Restrepo Giraldo cc. 21.596.191 Fallecido 14/11/2014 en Caldas Ant, Aceptado el trámite mediante Acta 18 del 12/03/2015. Publicarse en prensa y radio este edicto conforme art. 3º. del Dcto 902/1988. Fijado 13/03/2015 a las 8:00 a.m. Jose Manuel Hernandez Franco Notario. La Sria del Juzg 14 civil del Cto de Oralidad de Med. Hace Saber: que el proceso Verbal de Declaración de Pertenencia, por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, incoado por Tulio Sánchez Álzate y Rubiela del Socorro Correa en contra de Wilson Darío Sepúlveda Acevedo y personas indeterminadas que se crean con derecho .R/201400901, se ha emplazado a todas las personas que se crean con derecho al bien que se pretende usucapir, para que concurran al proceso a más tardar dentro de los 15 días Sgtes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien inmueble objeto de la pretensión es el Sgte: Inmueble que aparece bajo el # de M.I. 01N-5186714 de la Of. De registro de II.PP de Med. Zona norte ubicado en el Mpio de Med. En el barrio Limoncito o Enciso, en la Clle 57 D #27- 19, 1er piso; y cuyas especificaciones y linderos Grales Son: lote de terreno, con casa en él construida, con un área construida de 36,02 mts2, área patio de 3.78 mts2, y una altura libre de 2.10 mts, cuyos linderos son o eran; ´por el frente o norte, con la Clle 57 D; por el Oriente, con terrenos que fueron de Mario García; por el Sur, con propiedad de Martiniano Grisales y Alberto ángel; por el Occidente, con muros de cierre que lo separan del Apto unifamiliar #27-29 del mismo Edf.; por el Nadir, con el Subsuelo sobre el cual se levantó el Edf. Y por el cenit, con la techumbre o cubierta del Apto. Linderos actualizados: por el frente con la Clle 57 D, por el costado derecho, con el inmueble con nomenclatura 27-29, por el costado izquierdo, con el inmueble marcado en su puerta de entrada con el # 27-17, por atrás con propiedad de Dora Álzate. Dicho inmueble se identifica con el folio de M.I. #01N-5186714. El presente edicto se fijará por el término de 20 días en un lugar visible de la Sria, y se publicará por 2 veces, con intervalos no menores de 5 días calendario dentro del mismo término, en un diariode amplia circulación en la Ciudad y por medio de una radiodifusora local. Se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del término indicado, el juzg. Les nombrará un curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su comparecencia o terminación. El juz está en el EDF. José Felix de Rpo – alpujarra Cra 52#42-73 of. 1308. Med. 17/02/2015. 8:AM. Art 407-7 del CPC. Martha Paola Berrocal M. Sria. La Sria del Juzg 1º Mpal de Pequeñas causas y Competencia Múltiple de Med. Emplaza: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión doble intestada de Ana Matilde Jaramillo Jaramillo fallecida en el Mpio de Med, el 27/01/05 y el Sr. José Milagros Ramírez Hernández, fallecido en Med el día 12/04/2000, siendo este el último lugar de domicilio de los causantes. Para los efectos de lo indicado por los Art. 589 y 318 del CPC., se fija el presente edicto en lugar público de la Sria del Juzg por el término legal de 10 días y se publicará en un periódico de amplia circulación en esta ciudad y en una radiodifusora local por una sola vez. Med. 03/03/15 Laura Chica C. Sria. Fijado el 06/03/15. 8 am. Desfijado el 20/03/15. 5 pm. Holguin, para que haga parte en el proceso Ejecutivo Singular, instaurado por Cooperativa Financiera Jhon F. Kennedy Ltda contra DeibiEstifenRincconHolguin. R/2013/01006-00, De conformidad con el Art. 318 del CPC, modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03, se le advierte al emplazado que de no comparecer transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado, se le nombrará curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación El Juzg 4º de Descongestión de Flia de Med. R/2013/01576. Avisa: Que mediante sentencia proferida por este Despacho Judicial el día 12/02/15, Se decretó La Interdicción Definitiva por Causa de discapacidad Mental Absoluta de María Amanda Tamayo de Ocampo y se le designó como Curador General y Legitimó a IvanDario Ocampo Tamayo, mayor de edad y vecino de esta ciudad. Copia del presente aviso se entrega para su publicación en el periódico Med. 12/03/15. Isabel Cristina Peña M. Sria. Nombre de las personas Emplazadas Diego José Lopera Ospina Auto a notificar y Fecha. Libra mandamiento Ejecutivo de pago 31/10/13 proferido por el Juzg 12 Civil Mpal de Med. Proceso y Rdo Demanda Ejecutiva Singular de Mínima Cuantía 2013/01076. Dte: Unidad Residencial Villa del Campestre P.H. Ddos: Diego José Lopera Ospina y Oscar Dario Galeano García. Despacho Juzg Civil Mpal de Descongestión de Med Código 753. Med. Cra 50 Palace # 51-23 Edf. Mariscal Sucre. El Juzg 7º civil Mpal de Descongestión de Med. Emplaza: A Gabriel Humberto Londoño Pineda. Para que se presente en el proceso Ejecutivo Singular de mínima cuantía, instaurado por Cooperativa Multiactiva de Vivienda y Producción La Cabaña –Cooviproc- contra Gabriel Humberto Londoño Pineda y Carlos Andrés Cataño Londoño, R/2013/01121. Juzg. 4º Civil Mpal de Descongestión de Mínima y Menor Cuantía de Med. 29/09/14. Proceso Ejecutivo Singular. Dte: Rodar y Rodar S.A.S.Ddo: Edgar Alfredo Ramírez Hoyos. R/2013/01062. Libra mandamiento de pago Asunto. Acumulación. Emplaza: A todos los que tengan créditos con títulos de ejecución contra el Ddo Edgar Alfredo Ramírez Hoyos identificados con la C.C 98.485.772, para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas, dentro de los 05 días Sgtes a la expiración del término del emplazamiento efectuado en la forma prevista en el Art. 540 en concordancia con el Art. 318 Natalia Vargas Sria. El Juzg8º civil Mpal de Oralidad de Med. Ordena Incluir en el listado Emplazatorio. A Humberto Cartagena, para que comparezca a este despacho a notificarse del auto del 19/01/15. Por medio del cual se admitió la Dda Verbal de Menor Cuantía de Responsabilidad Civil Extracontractual en su contra y en contra de TaxCoopebombasLtda, y Axa Colpatria Seguros S.A, a favor de Gloria Lucia Cossio Moreno. R/2014-00669. El emplazamiento se tendrá surtido 15 días después de la publicación y si el emplazado no comparece se le designará Curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Roberto Carlos Mendoza R. Srio. El Juzg 10 civil del Cto de Oralidad de Med. Emplaza: A Alvaro Vanegas Díaz. Para que haga parte en el proceso Responsabilidad Civil Instaurado por Omar de Jesús Galeano Restrepo contra Axa Colpatria Seguros S.A y Alvaro Vanegas Díaz. R/2014/0141600, De conformidad con el Art. 318 del CPC, modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03, se le advierte al emplazado que de no comparecer transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado, se le nombrará curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. El Juzg de Origen 1º Civil Mpal de Envigado. Juzg Actual 1º Civil Mpal de Descongestión de Envigado Ant. Emplaza: A, Albeiro de Jesús Chavarriaga León C.C 70.586.090, para que se haga parte en el proceso Ejecutivo instaurado por Cooperativa Financiera Jhon F. Kennedy Ltda contra Albeiro de Jesús Chavarriaga León, Carmen Elena Montoya Ramírez 43.619.072, Mary Sol Chavarriaga León 43.725.406. R/001-2013-00539, De conformidad con el Art. 318 del CPC, modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03, se le advierte al emplazado que de no comparecer transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado, se le nombrará curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación El Juzg 1º civil Mpal de Itagui. Emplaza: A. DeibiEstifenRinccon- El Srio del Juzg 1º de Flia de Med. De Oralidad Cita: A los parientes cercanos y a todas aquellas personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de la menor Juliana Orejuela Ortiz para que comparezcan al proceso de Nombramiento de Curador Legitimo promovido por Oliva de Jesús Uribe de Ortiz en calidad de abuela materna, a través de Apoderada Judicial, con el fin de ser escuchados, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 61 del C.C en armonía con el Art. 446 del CPC. R/2015/00103-00. El anterior aviso se expide para ser publicado en un periódico de amplia circulación nacional, tal como lo establece el Art. 659 Num 8º del CPC, modificado por el Art. 42 de la Ley 1306/09. Med. 23/02/15. Luis Alonso Berruecos C. Srio. Fijado el 24/02/15. 8 am. El notario 16 de Med. Emplaza: A todos los que se crean con derecho a intervenir en la Suc. De Joaquín Guillermo Zabala Zapata. y María Orozco Villa C.C. 787.470.y 21.208.101, fallecidos el 20/10/2006 y 11/11/1988. Aceptado el trámite mediante acta #53 del 9/03/2015, se ordena la publicación en la prensa y emisora local. En cumplimiento al art. 3º del Dcto 902/1988. Fijado el 10/03/2015. 7:30 AM. Luis Alberto Zuluaga T. Notario. El Juzg 20 Civil Mpal de Med. Emplaza a Yolanda Cecilia Pérez Carballo. C.C. 43.439.799, para que dentro de los 15 días Sgtes a la publicación de este edicto, se presente por sí o por medio de apoderado a recibir notificación personal del auto del 13/07/2012, que libró mandamiento en su contra y a favor de Libia de Jesús Palacio Arango, lo anterior de conformidad con lo establecido en el art. 318 del CPC reformado por el art. 30 de la ley 794/2003. R/20120617. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se le designará un curador ad-litem con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Med. 22/01/2015. Gustavo Mora C. Srio. La Sria del Juzg 7º Laboral del Cto de Med. Emplaza a Teresita del Niño Jesús Henao Jaramillo y Tatiana Botero Henao Ddas en el proceso Laboral de doble instancia promovido por Alba Norelly Montoya Bedoya, actuando en nombre propio y R/L. de Nicol Yulieth Botero Montoya contra Porvenir S.A. y otras. R/2014-01479-00, para tal fin el despacho da un término legal de 15 días hábiles, en la cual el edicto permanecerá fijado en la Sria de este despacho, donde podrá comparecer por medio de apoderado judicial a oír la notificación personal de la Dda y su auto admisorio,. Lo anterior de conformidad con el art. 29 del CPT. Mod por el art. 16 de la ley 712/2001 y en concordancia con el art. 318 del CPC. Mod por el art 30 de la ley 794/2003. Med. 10/02/2015. Marcela Arango. Sria. R/2014-00364-00 Cartel de Remate el Srio del Juzg 1º de Flia de Oralidad de Itagui. Hace Constar: que dentro del proceso de jurisdicción voluntaria, licencia para la venta de derecho de bien de incapaz, instaurado por Luz Miriam Cano Ortiz, en representación del incapaz John Diego Cano Ortiz, se ha señalado el 7/04/2015, a las 3:00PM, para la venta en pública subasta del derecho que en común y proindiviso le pertenece al incapaz referido, equivalente al 4.60% sobre el Sgte bien inmueble ubicado en la Diagonal 48# 32-24, segundo piso, de la nomenclatura urbana del Mpio de Itagui, que posee el incapaz referido, cuyos linderos son: por el frente con la Diagonal 48; por la derecha entrando, propiedad de Luz Marina Rico; por la Izquierda entrando propiedad de Mario de Jesús Moreno; por la parte de atrás propiedad de Raquel Gutiérrez Sánchez segundo piso; por debajo, la loza o plancha común que lo separa del primer piso; por encima, la loza o plancha común que lo separa del tercer piso, identificado con M.I. #001-780439 de la Of. De registro de II.PP. de Med. Zona Sur. Adquisición del bien: el incapaz John Diego Cano Ortiz, adquirió el derecho sobre los bienes inmuebles en común y proindiviso, según escritura pública #1834 del 12/10/2012 y aclarada por escritura pública #944 del 28/06/2013, de la Suc de su Madre Amantina Ortiz de Cano. Derecho en cabeza del incapaz: 4.60% del bien inmueble. El derecho que le corresponde al incapaz, pericialmente ha sido avaluado en $5.652.756.00la licitación comenzará el día y hora señalados. Transcurrida 1 hora desde el comienzo de la licitación, se abrirán los sobres y se revisarán los requisitos legales siendo postura admisible la que cubra el 100% del avalúo dado al bien, previa consignación del porcentaje legal, esto es el 40% de acuerdo con el art. 526 del CPC. Mod por la ley 794/2003- dicha diligencia se realizará conforme al art. 34 de la ley 1395/2010, que Mod. El art. 527 del CPC. Itagui, 11/03/2015. Wilson Hernando Quiceno T. Srio El Juzg 14 Civil Mpal de Med. Art. 318 del CPC. Emplazado: Herederos determinados e indeterminados de María Gladys Jiménez Ruíz. Ddte: Henry Suaza Osorio. Ddo: María Gladys Jiménez Ruíz, C.C 32.454.587 Gloria Cecilia GuzmanTrespalacios,C.C. 42.891.664 Alba Cecilia Buitrago Sepúlveda. C.C42.768.820. Clase de Proceso: ejecutivo. R/2008-0082-00el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado. Si el emplazado no comparece, se le designará curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Juan David Jiménez R. Srio. El Juzg 8 Civil Mpal de descongestión de Med. Emplaza a Ramiro Alexander Vargas Matamoros para que comparezca a este Juzg, ubicado en la Cra 50#51-23, Edf. Mariscal Sucre, Of. 608 de Med. Con el fin de notificarles personalmente el auto del 22/11/2013. Mediante el cual, se libró mandamiento de pago en su contra conjuntamente con el auto del 6/10/2014 que lo corrigió a favor de Olga Isabel cuartas Cuartas dentro del proceso ejecutivo. R/2013-00729-00. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de su publicación. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del término señalado se le designará un curador ad- litem, con quien se surtirá la notificación. Med. 20/02/2015. Gloria María Ortiz G. Sria. El Notario único de SonsónAnt. Emplaza: A todos los que se crean con derecho a intervenir en la Suc. De Juan de Dios Hidalgo Henao C.C.757.269. falleció el 1/09/1994. Aceptado el trámite mediante acta #707 del 10/03/2015, en cumplimiento al art. 3º del Dcto 902/1988, se ordena la publicación en la prensa y emisora local. Fijado el 11/03/2015. 8:AM. Humberto Vasquez T. Notario EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 Art. 318 del CPC. El Juzg. Civil del Cto de Andes Ant. Emplaza a los herederos indeterminados de Jaime Darío Henao González, para que dentro de los 15 días Sgtes a la publicación de este aviso, comparezcan de manera personal o por medio de apoderado, a recibir notificación del auto proferido por este despacho el 10/11/2014, por medio del cual se admitió la Dda Ordinaria Laboral. R/2014-00210-00.promivida por Luis Alberto Quiroz Cruz. Se advierte a los emplazados que de no comparecer a la sede del Despacho en el término señalado, ubicado en el 2º piso del palacio Mpal de esta localidad, se le designará un curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación y el Subsiguiente trámite procesal hasta culminación del proceso. Andes 19/01/2015. José Andrés Gallego R. Srio. Art. 318 del CPC. En consonancia con el 60 ibídem. El Juzg civil del Cto de Andes Ant. Emplaza a los herederos indeterminados de Jaime DaríoHenao González, para que dentro de los 15 días Sgtes a la publicación de este aviso, comparezcan de manera personal o por medio de apoderado, a recibir notificación del auto proferido por este despacho el 10/11/2014. Por medio del cual se admitió la Dda Ordinaria Laboral, R/2014-00209-00.promovido por Luis Hernán Quiroz Correa. se advierte a los emplazados que de no comparecer a la sede del despacho en el término señalado, ubicado en el 2º piso del palacio Mpal de esta localidad, se les designará un curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación y el Subsiguiente trámite procesal hasta culminación del proceso. Andes, 1/12/2014. José Andrés Gallego R. Srio. La Sria del juzg 7º de Flia de Med. Hace saber: que el Joven Samuel Barriga Arango. C.C. 1.017.242.506 residenciado en esta Ciudad, se decretó en interdicción judicial de persona por discapacidad mental absoluta y no tiene libre administración de sus bienes. Se decretó como curadora Gral legítima, a su madre, Nora María Arango Restrepo. C.C. 32.318.582. lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el art 659-7 del CPC. Med. 13/03/2015. R/2014-01076. Alba Lucía Castaño G. Sria. El Juzg 11 civil Mpal de Descongestión de Med. Cra 50 #51-23 p.5º Mariscal Sucre. Emplaza a Fabio Nelson Quintero y Héctor Emilio Arbeláez. Para que haga parte en el proceso Ejecutivo. Instaurado por: Ángela María Garro Ruíz contra Fabio Nelson Quintero y Héctor Emilio Arbeláez. R/2014-0549, de conformidad con el art. 318 del CPC Mod por el art. 30 de la ley 794/2003, se le advierte al emplazado que de no comparecer transcurridos 15 días después de la publicación del presente listado, se le nombrará curador ad-litem con quien se surtirá la notificación. El Notario único de CocornáAnt. Emplaza: A todos los que se crean con derecho a intervenir en la Suc. De José Gabino Aristizabal Vi l l e g a s . C . C . 6 2 5 . 3 6 9 y S u s a na Agudelo de Aristizabal. C.C. 21.654.635, fallecidos el 26/03/1995 y el 24/11/2003, respectivamente. Aceptado el trámite mediante acta 03 del 13/03/2015. Se ordena la publicación en la prensa y emisora local, en cumplimiento al art. 3º del Dcto 902/1988. Se fija por 10 días. César Augusto Serna M. Notario. EL JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE MEDELLÍN EMPLAZA: a SEDAS Y RASOS SAS-SERATEX SAS, para que dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este Edicto, comparezca a este Despacho a fin de recibir notificación personal del contenido de los autos que Libraron Mandamiento de Pago en su contra de 31 de enero de 2013 y 04 de abril de 2013, en el proceso Ejecutivo instaurado por ENKA DE COLOMBIA S. A., en contra de SEDAS Y RASOS SAS (SERATEX SAS), RAÚL FERNANDO SERNA MOLINA, RUDDY ALIRIO SALAS LÓPEZ Y ANTONIO JOSÉ MONTOYA HOYOS, que cursaba en el Juzgado 21 Civil Municipal de Medellín. Lo anterior de conformidad al art. 318 del C.P.C. reformado por el art. 30 de la Ley 794 de 2003. Se advierte a la emplazada que si no comparece dentro del término indicado se le designará Curador Ad-litem con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Rdo 05001400302120130001700. EDICTO EMPLAZATORIO. EL JUZGADO 11 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR CUANTIA DE MEDELLIN, CITA Y EMPLAZA A: A JAIME GIRALDO ALZATE identificado con C.C N° 3.324.088, para que dentro del término de quince (15) días después de su publicación, se presenten por sí o por medio de apoderado, a este Despacho a fin de recibir notificación personal del auto de 02 DE AGOSTO DE 2012, por virtud del cual se libro mandamiento de pago dentro proceso Ejecutivo singular, promovido en contra de GILBERTO MARTINEZ CHICA C.C N° 70.724.345 Y JAIME GIRALDO ALZATE C.C N° 3.324.088., por ALBERTO ALVAREZ S S.A. radicado 05001400302120120050000. Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil modificado por la Ley 794 de 2003. Adviértasele al emplazado que de no comparecer dentro del término señalado se le designará Curador – Ad litem con quien se surtirá la respectiva diligencia de notificación y con quien se continuará el trámite del proceso. EDICTO EMPLAZATORIO. EL JUZGADO 05 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR CUANTIA DE MEDELLIN, CITA Y EMPLAZA A: A JUAN MAURICIO HENAO. identificado con C.C N° 98602385, para que dentro del término de quince (15) días después de su publicación, se presenten por sí o por medio de apoderado, a este Despacho a fin de recibir notificación personal del auto de 04 DE JULIO DE 2013, por virtud del cual se LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO dentro proceso Ejecutivo singular, promovido en contra de JUAN MAURICIO HENAO. identificado con C.C N° 98602385 por COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA radicado 05001400300320130064000. Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil modificado por la Ley 794 de 2003. Adviértasele al emplazado que de no comparecer dentro del término señalado se le designará Curador – Ad litem con quien se surtirá la respectiva diligencia de notificación y con quien se continuará el trámite del proceso. EDICTO EMPLAZATORIO. EL JUZGADO 11 CIVIL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR CUANTIA DE MEDELLIN, CITA Y EMPLAZA A:A JHON FREDY ARBELAEZ PEREZ. identificado con C.C N° 1.036.392.655, para que dentro del término de quince (15) días después de su publicación, se presenten por sí o por medio de apoderado, a este Despacho a fin de recibir notificación personal del auto de 29 DE MAYO DE 2013, por virtud del cual se LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO dentro proceso Ejecutivo singular, promovido en contra de JHON FREDY ARBELAEZ PEREZ. identificado con C.C N° 1.036.392.655 por COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA radicado 0500140030222130046400. Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil modificado por la Ley 794 de 2003. Adviértasele al emplazado que de no comparecer dentro del término señalado se le designará Curador – Ad litem con quien se surtirá la respectiva diligencia de notificación y con quien se continuará el trámite del proceso. Edicto Emplazatorio. JUEZ SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTION DE MINIMA Y MENOR CUANTIA DE MEDELLIN, EMPLAZAA WILFER ESTIBEN BEDOYA CALDERON Y GONZALO NICOLAS ZAPATA ESCOBAR identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.017.128.399 y 71.586.429 para que comparezcan a este Despacho ubicado en CARRERA 50 # 51-23, ED MARISCAL SUCRE OFICINA 602 de esta ciudad donde se le requiere para recibir notificación personal del auto de fecha 21 de Abril de 2014, por medio del cual se libró mandamiento de pago en su contra, en el proceso Ejecutivo Singular instaurado por COMFENALCO Radicado 201400412.El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación, se advierte al emplazado que si no comparece dentro de este término, se le designará curador ad litem, con quién se surtirá la notificación. Se ordena la publicación de este listado, por una sola vez, en los diarios El Colombiano o el Mundo el día domingo, o en la radiodifusora local entre las 6 a.m. y las 11 p.m. como dispone el art. 318 del C. de P. Civil.Medellín, Marzo 09 de 2015.Secretario. EL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, emplaza art. 318 del C. de P. Civil. Emplazado: MISAEL FRANCISCO CONDE JULIO. Naturaleza del proceso: ejecutivo singular. Demandante: CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA. Demandados: MISAEL FRANCISCO CONDE JULIO. Radicado: 2014-01238. Fecha del auto: Mandamiento de pago de enero 14 de 2015. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación. Si vencido el término el emplazado no comparece se designará curador Ad-litem. Medellín, 4 de marzo de 2015. LUISA FERNANDA MEJÍA CHICA. Secretaria. EDICTO. EL JUZGADO VEINTIDÓS CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA: Al señor JOSÉ GABRIEL CORONADO CORONADO identificado con la cédula de ciudadanía Nº 78.298.657, para que dentro del término de quince (15) días se haga presente al despacho, con el fin de recibir notificación personal del auto dictado el 07 de octubre de 2014, mediante el cual se libró mandamiento de pago de mínima cuantía en su contra y favor de COMFENALCO, dentro del proceso ejecutivo singular radicado 2014-01768. Lo anterior so pena de notificarse por medio de curador Ad litem y continuar el trámite normal del proceso, hasta su concurrencia o terminación. Se da este aviso de conformidad con el artículo 318 del C. de P. Civil, el cual se publicará por una sola vez en el periódico El Mundo o en Caracol Radio y dicha publicación se hará el día domingo. Medellín, 06 de febrero de 2015. OSCAR E. MENDIETA LEÓN. Secretario. EL JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE BELLO, Calle 47 Nro. 48-51, oficina 202, emplaza: al sr. JUAN CARLOS VILLEGAS URREGO, propietario del establecimiento “INSTITUCIÓN EDUCATIVA LEÓN XIII”, para que comparezcan al proceso ordinario instaurado por SOCORRO SALAZAR PELÁEZ en contra de JUAN CARLOS VILLEGAS URREGO, radicado 2008-0242-00. Se le advierte a la demandada que se le designó curador ad-litem, quien lo representa en el trámite del proceso. Bello, mayo 21 2014. El Srio, JUAN CARLOS SALAZAR NOREÑA. Emplazamiento, artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, emplazados: DORIA LEONICIA LÓPEZ y SILFREDO MAJARRES ZUMAQUE. JUZGADO SEXTO DE FAMILIA, proceso: ordinario de declaración de unión marital de hecho, demandante: CAROLINA ANDREA ZULETA MARÍN, demandados: Herederos Determinados e Indeterminados de SILFREDO MANJARRES LÓPEZ, radicado: 05001 31 10 006 2013 01318 00. Publíquese por una sola vez, en el periódico “El Colombiano” o El “Mundo”, un día domingo y se entenderá surtido, transcurridos quince días hábiles después de su publicación y si en ese término no comparece, se le nombrará un curador ad-litem que lo represente. Medellín, dieciséis de febrero de dos mil quince. ALBA NELLY SALDARRIAGA NOREÑA. Secretaria. EL SECRETARIO DEL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE FREDONIA, ANTIOQUIA, EMPLAZA: a la señora BEATRIZ ELENA CASTRO DE MONTOYA para que comparezca a este Juzgado situado en la Calle 49 Nro. 51-20 sede judicial, segundo piso del municipio de Fredonia a recibir notificación personal del auto admisorio del veintiuno (21) de febrero de dos mil doce (2012) por medio del cual se admitió la presente demanda dentro del proceso especial de servidumbre de tránsito promovido por contra los antes citados con radicado nro.: 2.011-00179-00. El emplazamiento se surtirá mediante la publicación por una sola vez, de este edicto en el periódico “El Colombiano o El Mundo, el día domingo conforme a lo indicado en el artículo 30 de la Ley 794 de 2003 que modificó el artículo 318 del C.P.C. Se le advierte a la citada que el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación del presente edicto, evento en el cual sino comparecen se les designará un curador ad-litem, con quien se surtirá la aludida notificación. Fredonia, febrero veintitrés (23) de 2015. ALEXANDER ALBERTO LÓPEZ GRANADOS. Secretario. LA SECRETARIA DEL JUZGADO VEINTISÉIS CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN ANTIOQUIA, EMPLAZA: A la señora GLORIA DEL SOCORRO JARAMILLO JIMÉNEZ, identificada con C.C. 32.483.147, para que en el término de quince (15) días contados a partir de la publicación del listado de emplazados, comparezca al Juzgado ubicado en la Carrera 52 # 42-73 piso 15 Edificio José Félix de Restrepo –Palacio de Justicia-, a recibir notificación personal del auto del 22 de octubre de 2014, que libró mandamiento de pago en su contra, y en favor del BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A., dentro del proceso ejecutivo con radicado 2014-00437. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación. Se le advierte a la persona emplazada que si no comparece dentro del término señalado, se le designará un curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Medellín, 16 de diciembre de 2014. MÓNICA ANDREA BARRERA VELÁSQUEZ. Secretaria. Aviso (Artículo 318 del C. de P. Civil). Demandante: BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A. Demandado: CARLOS ALBERTO GIRALDO VELÁSQUEZ. Sujeto emplazada: CARLOS ALBERTO GIRALDO VELÁSQUEZ. Juzgado que la requiere: QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN ubicado en la Carrera 52 No. 4273, Piso No. 12, Oficina No. 1209 Edificio José Félix de Restrepo – La Alpujarra. Naturaleza o clase de proceso: ejecutivo. Clase de providencia: auto que libro mandamiento de pago del 20 de mayo y el auto que lo corrige del 17 de junio de 2014. Número de radicación: 05001 31 03 005 2014 00406 00. Advertencia: se advierte al emplazado que dispone del término de quince (15) días siguientes a la publicación del listado para comparecer a recibir la correspondiente notificación, y en caso de no hacerlo se le designará curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuará con el trámite del proceso. Medellín, 16 de octubre de 2014. WENDY YURANY QUINTERO MARÍN. Secretaria. EDICTO. EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE CONCORDIA, ANTIOQUIA, por medio del presente, emplaza: a todos los Herederos Indeterminados del señor DARÍO POSADA GONZÁLEZ que se consideren con derecho a intervenir en el proceso ordinario de filiación extramatrimonial, iniciado por la señora PIEDAD CECILIA QUINTERO en contra de HERNÁN DARÍO y LINA MARÍA POSADA, en su calidad de herederos determinados del finado DARÍO POSADA GONZÁLEZ; proceso radicado bajo el número 201500009 con el fin de que se presenten 39 a la secretaría del Despacho, ubicado en el municipio de Concordia, en la Calle 18 No. 19-10 oficina 201, al frente del monumento de la madre y se hagan parte dentro del proceso. Para los efectos del artículo 318 del C.P.C., se fija el presente edicto en lugar visible de la Secretaría del Despacho por el término de quince (15) días y se expide copia para su publicación en el periódico El Mundo o el Colombiano en día domingo y en una emisora local. Concordia, marzo 09 de 2015. JUAN CAMILO GUTIÉRREZ GARCÍA. Secretario. Fijado hoy, marzo 10 de 2015, a las 8:00 a.m. 00 instaurado en su contra. Se le advierte a los emplazados que una vez expirado el término del emplazamiento, sin que haya comparecido a recibir notificación personal del citado auto, se le designará curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación respectiva. Como medios de comunicación para publicar o emitir el respectivo emplazamiento se indican los siguientes: periódico El Colombiano, El Tiempo, El Mundo u otro de amplia circulación. Emisora radio Caracol o RCN. Medellín, veinticuatro (24) de febrero de dos mil quince (2015). BEATRIZ ELENA ECHEVERRI LOPERA. Secretaria. EL JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, EMPLAZA A: ILUCOBRES, por intermedio de su representante legal o por quien haga sus veces, y a los señores JHONY ALEXANDER PARRA MOLINA y DAVID PARRA MOLINA, para que comparezcan a recibir notificación personal, del auto de fecha 28 de noviembre de 2013, que libró mandamiento de pago en su contra, con corrección del 7 de marzo de 2014 y acumulación y mandamiento del 7 de marzo de 2014, dictados dentro del proceso ejecutivo singular. Demandante: BANCOLOMBIA S.A. y FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS. Demandado: ILUCOBRES, JHONY ALEXANDER PARRA MOLINA y DAVID PARRA MOLINA. Radicado: 2013-924. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, que si los emplazados no comparecen se les nombrará un curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el Artículo 318 del C. P. C. modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03. Edicto emplazatorio. EL JUZGADO VEINTE CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLÍN, EMPLAZA a la demandada LUZ ANGELA RODRÍGUEZ AZUERO con C.C. Nro. 63.514.060, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, se presente por si o por medio de apoderado a recibir notificación personal delos autos de fecha 14 de septiembre de 2012, que libró mandamiento de pago y el auto del 13 de noviembre de 2012 que corrigió el mandamiento de pago en su contra a favor del BANCO DE BOGOTÁ S.A. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 318 del CPC reformado por el artículo 30 de la Ley 794 de 2003. Radicado 20120822. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se le designará un curador Ad-litem con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 10 de marzo de 2015. GUSTAVO MORA CARDONA. Secretario. Radicado: 005-2014-00717. EDICTO EMPLAZATORIO. EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO, EMPLAZA: A GLORIA PATRICIA DÍAZ CORREA para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezca a este Despacho a recibir notificación personal del contenido del auto del 30 de septiembre de 2014 (fl. 23 C-2), que ordena citarlo como acreedor hipotecario, para que haga valer sus derechos sean o no exigibles, en el proceso ejecutivo instaurado por BANCO COLPATRIA S.A., en contra de FABIO HERNÁN CARDONA HERRERA. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el Art. 539 del C. de P. Civil. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se le designará un curador ad-litem con quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 05 de marzo de 2015 FERNEY VELÁSQUEZ MONSALVE. Secretario. Edicto emplazatorio Rdo. 201401362. EL JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE DESCONGESTIÓN DE MEDELLÍN, emplaza: Al señor JORGE EMIRO GENES SOLORZANO para que dentro del término de quince 15 días, contados a partir de la fecha de publicación comparezca, a este Juzgado, a recibir notificación del auto de fecha primero (01) de noviembre de dos mil trece (2013), mediante el cual se admitió la demanda, de aumento de cuota alimentaria, con radicado 2013-01362, instaurado en su contra por SARA YESENIA GENES CALLEJAS. Medellín, cinco (05) de diciembre de dos mil catorce (2014). XIOMARA GÓMEZ HOYOS. Secretaria. EDICTO. EL JUZGADO VEINTICUATRO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, ANTIOQUIA, EMPLAZA: A la señora LUZ ESTELLA ARBELÁEZ AMAYA, para que comparezca al Juzgado 24 Civil Municipal de Oralidad de Medellín, ubicado en esta ciudad (Edificio José Félix de Restrepo, Carrera 52 Nº 42-74, piso 15 teléfono Nº 261-52-97), dentro del término de quince (15) días, a recibir notificación personal del contenido del auto interlocutorio Nº 2183 emitido el 16 de diciembre de 2014 el cual se admitió la demanda a favor de la COOPERATIVA MULTIACTIVA DE RECAUDOS DE COLOMBIA “COMULTCOLOMBIA”, dentro del proceso con radicado Nº 2014-00689- Emplazamiento judicial (Artículo 30 de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 318 del C. de P. Civil). EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE RIONEGRO ANTIOQUIA, emplaza a los señores CARLOS ALBERTO GIRALDO SÁNCHEZ y HÉCTOR ALONSO VERGARA MUÑOZ en calidad de demandados en el siguiente proceso. Proceso: ejecutivo. Demandante: CONFIAR. Demandado: CARLOS ALBERTO GIRALDO y HÉCTOR A. VERGARA. Radicado Nro.: 2014-00163-00. En los términos del artículo 30 de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se advierte alos emplazados que si no comparecen a este Juzgado dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este requerimiento, se les designará curador ad litem, con quien se seguirá el trámite del proceso. Rionegro, enero 13 de 2015. Cordialmente, MARITZA RAMIREZ VALENCIA. Secretaria. JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE APARTADÓ ANTIOQUIA, edicto emplazatorio, el suscrito secretario hace saber que en este Despacho se tramita el proceso de liquidación de sociedad patrimonial conformada por los señores OLGA PATRICIA UBARNE JIMÉNEZ y ÁNGEL PALACIO CUESTA. Por lo que se cita, llama y emplaza, a los que se crean con derecho a intervenir en el proceso de liquidación de sociedad patrimonial de los señores OLGA PATRICIA UBARNE JIMÉNEZ y ÁNGEL PALACIO CUESTA, para que comparezcan al Despacho con el fin de intervenir y hacer valer sus créditos, si los poseen. Proceso radicado bajo el número 05045-3184-001-2015-00084-00. Para los efectos del artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente edicto, en cartelera pública de la secretaría por el término de diez (10) días hábiles y se publicará por una sola vez en el periódico El Mundo, el día domingo y en la emisora Apartadó Estéreo cualquier día de la semana entre las seis (6:00) de la mañana y las once (11:00) de la noche. Apartadó, Antioquia, marzo 02 de 2015. HUMBERLEY VALOYES QUEJADA. Secretario. Fijación: se fija el presente edicto en cartelera pública de la secretaría hoy, 05 de Marzo de 2015, a las 8:00 de la mañana. Desfijación: se desfija el presente edicto hoy, 18 de marzo de 2015, a las cinco de la tarde (5:00 pm). EDICTO. LA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL, ANTIOQUIA, EMPLAZA: A quienes se crean con 40 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 11 de marzo de 2015, Por, LEONARDO GÓMEZ RENDÓN. Juez. derecho a intervenir en el proceso de sucesión intestada, de los causantes RAÚL ANTONIO TORRES y CARMEN EMILIA ZAPATA, para que comparezcan a este Despacho en el término de diez (10) días, de conformidad con el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, y se notifique del auto admisorio de la demanda de sucesión interpuesta por el señor RAÚL ANTONIO TORRES ZAPATA y OTROS, cuyo radicado es 05 667 40 89 001 2015-00004. Siendo el municipio de San Rafael, Antioquia, el lugar de su último domicilio y asiento de sus bienes. San Rafael, Antioquia, 26 de febrero de 2015. Fijado, hoy 09 de marzo de 2015 a las 8:00 a.m. LILIA ROSA GÓMEZ MARÍN. Secretaria. Radicado: 002-2013-00858. LA SECRETARIA DEL TRECE CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE MÍNIMA Y MENOR CUANTÍA DE MEDELLÍN, EMPLAZA: Al señor JANIO YAÑEZ PERNETH para que comparezca a este Juzgado, ubicado en la carrea 50 nro. 51-23, Edificio Mariscal Sucre, piso 5, oficina 504, con el fin de notificarle personalmente el auto de fecha 20 de septiembre de 2013 y corrección fechada 8 de octubre de 2013, a través de los cuales se libró mandamiento de pago a favor de ADRIANA MORENO MORENO y en su contra, en proceso radicado 2013-00858 que tiene como Juzgado de origen el 2 Civil Municipal de Medellín. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación. Se le advierte al emplazado que si no comparecen dentro del término señalado, se les designará un curador ad litem, con quien se surtirá la notificación. Medellín, 25 de febrero de 2015. EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 00102. JUZGADO SEGUNDO (2) CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTIÓN DE BELLO, EMPLAZA: Al demandado LUIS FERNANDO MESA RESTREPO, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho a recibir notificación personal del mandamiento de pago auto de fecha 23 de mayo de 2014, que se libró dentro del proceso ejecutivo singular instaurado por BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. como parte demandante, conforme a lo estipulado en el art. 318 de C.P.C. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se les designará un curador Ad-litem con quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 11 de marzo de 2015, Por, LILIANA MARÍA VILLA MESA. Juez. EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 00393. JUZGADO SEGUNDO (2) CIVIL CIRCUITO DE ORALIDAD ITAGUÍ, EMPLAZA: A los demandados, COMERFOOD LT D A . y J U A N D AV I D M E S A BARRIENTOS, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho a recibir notificación personal del mandamiento de pago auto de fecha 12 de septiembre de 2014, que se libró dentro del proceso ejecutivo singular instaurado por BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. como parte demandante, conforme a lo estipulado en el art. 318 de C.P.C. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se les designará un curador Ad-litem con quien se EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA A: OMAR DARÍO MAZO HOLGUÍN, para que comparezcan a recibir notificación personal, del auto de fecha 14 de octubre de 2014, que libra mandamiento de pago en su contra, dictado dentro del proceso ejecutivo singular. Demandante: BANCO CORPBANCA. Demandado: OMAR DARÍO MAZO HOLGUÍN. Radicado: 2014-01238. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, que si el emplazado no comparece se le nombrará un curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el Artículo 318 del C. P. C. modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA A: MARTHA LUCÍA RENGIFO JARAMILLO, para que comparezcan a recibir notificación personal, del auto de fecha 17 de octubre de 2014, que libra mandamiento de pago en su contra, dictado dentro del proceso ejecutivo singular de menor cuantía. Demandante: BANCO CORPBANCA. Demandado: MARTHA LUCÍA RENGIFO JARAMILLO. Radicado: 2014-1442. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, que si la emplazada no comparece se le nombrará un curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. De conformidad con el Artículo 318 del C. P. C. modificado por el Art. 30 de la Ley 794/03. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE LOS MILAGROS ANTIOQUIA, listado de emplazamiento a los señores: WILSON RAMÍREZ LOAIZA y DIOMEDES MENDOZA ESPITIA, proceso: ejecutivo, radicado N: 2014 00064. Demandante: COTRAFA C O O P E R AT I VA F I N A N C I E R A . Demandado: WILSON RAMÍREZ LOAIZA – DIOMEDES MENDOZA ESPITIA, asunto: emplazamiento. En los términos del artículo 30 de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se advierte a los señores WILSON RAMÍREZ LOAIZA y DIOMEDES MENDOZA ESPITIA, que deben comparecer a este Juzgado dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este listado y si no comparece en el término citado, se les designará curador Ad-litem con quien se surtirá la debida notificación. Publíquese en el periódico el Colombiano y/o en el Mundo y en la radiodifusora de esta localidad. San Pedro de los Milagros Antioquia, marzo dos (02) de 2015. JHENRRY DE JESÚS CORREA LÓPEZ. Secretario. CARTEL DE REMATE. EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BELLO, HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo con título hipotecario del BANCO CAJA SOCIAL contra HÉCTOR FABIO LLOREDA y MARTA CECILIA VELÁSQUEZ, radicado 2011-01087, se ha señalado el 9 de abril de 2015 a las 9:00 a.m., para que se realice la diligencia de remate del siguiente bien: “Inmueble ubicado en la Calle 58 Nº 63-71 interior 203 de la, Barrio El Paraíso, del municipio de Bello, al que le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria 01N-5095866 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín – Zona Norte, de propiedad de los demandados. El bien que será rematado está avaluado en la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO PESOS M.L. ($67.908.618 M.L.). Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% que se depositará en la cuenta que el Juzgado tiene en el Banco Agrario de Bello. Bello, 5 de marzo de 2015. DIANA MARCELA GIRALDO CEBALLOS. Secretaria. Edicto emplazatorio. EL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, emplaza: a CONSTRUIR TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN y OSCAR ANDRÉS CANO, para que comparezcan a este Juzgado en el término de quince (15) días, el cual está situado en la Carrera 52 No. 42-73 edificio José Félix de Restrepo, piso 12, con el fin de notificarle el auto calendado del 18 de noviembre de 2014, por medio del cual se libró mandamiento de pago en su contra y a favor de CONFIAR C O O P E R AT I VA F I N A N C I E R A , en proceso ejecutivo con radicado 2014-01912. A los emplazados se les hace saber que si no comparecen en la oportunidad antes indicada se les nombrará curador ad-litem. Medellín, 27 de febrero de 2015. RAFAEL RICARDO ECHEVERRI ESTRADA. Secretario. Edicto emplazatorio. LA SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, ordena incluir en el listado emplazatorio a los demandados YONY DE JESÚS y MIRIAM RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, para que comparezcan a este despacho judicial ubicado en la carrera 52 Nº 42-73 Of. 308, a notificarse del auto admisorio de la demanda de cancelación de patrimonio de familia – rad. 2014-00590-00, instaurado en su contra por la señora ANGELA MARÍA PÉREZ ROBLEDO – Artículo 318 CPC, modificado por el art. 30 numerales 3 y 4 de la ley 794 de 2003. Se advierte a los emplazados que de no concurrir en el término de 15 días contados a partir de la publicación del presente edicto, se les nombrará curador Ad-litem que los represente. Medellín, marzo 5 de 2015. GLORIA AMPARO CUERVO RUIZ. Secretaria. RADICADO: 2014-0589. EDICTO. EL SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTIOCHO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE MEDELLIN, ubicado en la carrera 52 no. 42 – 73 Edificio José Félix de Restrepo piso 15 – LaAlpujarra Medellín, EMPLAZAAl señor MAURICIO MONSERRATE ESCOBAR MUÑOZ, para que en el término de quince (15) días después de la publicación del listado, comparezca a este Despacho judicial a recibir personal notificación del auto del 13 de mayo de 2014, por medio del cual se libró mandamiento de pago a favor del PATRIMONIO AUTONOMO FC-RF SOLUCIONES, cuya vocera es la Fiduciaria Colpatria S.A., dentro del proceso ejecutivo singular instaurado por la Fiduciaria Colpatria S.A., dentro del proceso ejecutivo singular instaurado por el BANCO DE BOGOTÁ S.A., en su contra, tramitado bajo el radicado No. 20140589.Se advierte al emplazado que si no comparece dentro de término indicado, se le designará curador ad litem con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Publíquese el edicto en el Mundo o el Colombiano, en su edición nacional el día domingo.Lo anterior de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 del estatuto adjetivo Civil, modificado por el Artículo 30 de la Ley 794 de 2.003.Secretario. JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SANTA ROSA DE OSOS – ANTIOQUIA doce (12) de marzo de dos mil quince (2015), emplaza: a PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con algún derecho sobre el siguiente bien inmueble, que se desprende de otro de mayor extensión ubicado en la vereda El Roble, conocido con el nombre de “El Descanso” en Santa Rosa de Osos – Antioquia. Linderos únicos y actuales del predio de menor extensión que se pretende usucapir: “Partiendo del kilómetro 1 por la carretera que de Santa Rosa de Osos va para Guadalupe hasta llegar a la escuela El Roble; a mano derecha hacia el camino lindando con la escuela a encontrar lindero con Ramón Atehortúa; atraviesa el camino a encontrar lindero con propiedad de María Edilma Guerra Granda; sigue línea recta a salir a la carretera veredal y por ésta hasta la carretera que de Santa Rosa de Osos conduce a Guadalupe y por toda ella al punto de partida”. Área total de 13 ha. Linderos antiguos del lote de mayor extensión: “De una peñolera que está en la quebrada chamba arriba, lindando con propiedad de Antonio Machado hasta salir a la carretera que conduce a Yarumal; sigue por la carretera hacia abajo atravesando el camino que va para Angostura hasta llegar a lindar con terreno de propiedad de los herederos de Jesús Antonio Amaya, haciendo escuadra; sigue por todo el borde del camino que conduce a Angostura lindando con propiedad de Israel Amaya y Pedro Montoya hasta llegar a una puerta de golpe que está junto a un pino; vuelve y hace escuadra hacia la derecha y sigue por una chamba abajo lindando con terrenos de la finca de Jenara Amaya a caer a un amagamiento que sale de propiedad de la citada Amaya, amagamiento abajo lindando con propiedad de José de Jesús Quintero hasta llegar a la peñolera, punto de partida”. Linderos actualizados del lote de mayor extensión: “Partiendo de la carretera troncal que va para Yarumal en lindero con propiedad de Jesús Roldán , con éste por una cañada; sigue luego por un monte con el mismo Roldán; con éste a encontrar lindero con propiedad del señor Rubén Vélez, con éste hasta una carretera veredal, atraviesa ésta a encontrar lindero con propiedad de la señora Edilma Guerra Granda; por chamba a encontrar lindero con Ramiro Atehortúa; sigue con éste hasta la escuela El Roble y con ésta a la carretera que va para Carolina, atraviesa ésta a lindar con la avícola, por ésta a encontrar lindero con propiedad de Benjamín Betancur, con éste a encontrar lindero con Joaquín Emilio Pérez, con éste a la carretera troncal; por toda la carretera al punto de partida”. Inmueble identificado con matrícula inmobiliaria Nº 025-5057 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Rosa de Osos.El emplazamiento se hace en virtud del proceso ordinario agrario de pertenencia (prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio), radicado con el número 056863189001-201200211 promovido por OCTAVIO DE JESÚS GUERRA VANEGAS, C.C. Nº 3.598.399 en contra de J E S Ú S A N TO N I O Q U I N T E R O VIANA, C.C. Nº 544.164; María Mercedes Quintero Viana, C.C. Nº 22.054.057; Ana Francisca Quintero Viana; C.C. Nº 22.053.954; María Josefa Quintero Viana; C.C. Nº 22.053.176; José Isidro Quintero Viana, C.C. Nº 527.664; Ignacia de Jesús Quintero Viana, C.C. Nº 22.052.826; Ignacio de Jesús Quintero Viana, (sin identificación); Marta Inés Amaya Quintero, C.C. Nº22.053.885; María Fabiola Amaya Quintero, C.C. Nº 22.056.057; Jorge Iván Amaya Quintero; C.C. Nº3.597.290; María Eumelia Quintero Ardila, C.C. Nº 32.418.594; María Doralba Quintero Guerra, C.C. Nº 22.058.290; María Omaira Quintero Guerra, C.C. Nº 43.508.791; Claudia Patricia Quintero Guerra, C.C. Nº 43.740.269; Edwar Alcides Quintero Chauster, C.C. Nº 88.267.979; Jhon Fredy Quintero Guerra, C.C. Nº 88.197.235; Luis Fernando Quintero Guerra, C.C. Nº 13.459.426; María Eugenia Quintero Ardila, C.C. Nº 32.418.594; Paula Andrea Quintero Guerra, C.C. Nº 43.158.945; Luz Mary Quintero Guerra, C.C. Nº 43.740.268; Nidia Yaneth Quintero Guerra, C.C. Nº 43.748.810; José David Quintero Restrepo, C.C. Nº 70.052.515; María Teresa Zapata Quintero, C.C. Nº 22.055.901; y personas Indeterminadas, que se crean con algún derecho sobre el inmueble descrito pretendido en usucapión y objeto del proceso, para que a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que se quede surtido el emplazamiento, hagan valer el derecho que creen tener. El edicto se fijará por el término de veinte (20) días en un lugar visible de la secretaría del Despacho y se publicará por dos (2) veces con intervalos no menos de cinco (5) días dentro del mismo término en el periódico El Mundo o El Colombiano de Medellín y en la emisora de Santa Rosa de Osos. Transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del edicto, se tendrá surtido respecto a los demandados emplazados PERSONAS INDETERMINADAS a quienes se les nombrará un curador Ad-litem, quien ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Artículo 407 del Código de Procedimiento Civil. LEONARDO ÁNGEL ROLDÁN PÉREZ. Secretario. Fijado en la secretaría del Despacho el 13MAR. 2015 a las 8:00 a.m. Se desfija el 17 ABR 2015 a las 5 p.m. LA SECRETARIA DEL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE D E S C O N G E S T I O N D E M E D ELLÍN, emplaza a los demandados OMAR ALBERTO GAVIRIA PÉREZ, identificado con C.C. 15.323.240 y HERNÁN DE JESÚS MONTOYA GIRALDO, identificado con C.C. 3.582.651, para que comparezcan a este Juzgado, ubicado en la Carrera 50 Nº 51-23 Edificio Mariscal de Sucre, Piso 6, Of. 605 de Medellín, con el fin de notificarles personalmente el auto de fecha 23 de abril de 2014, a través del cual se libró mandamiento de pago en favor de BANCO PROCREDIT DE COLOMBIA S.A. y en contra de OMAR ALBERTO GAVIRIA PÉR EZ y H ER N Á N D E J ESÚ S MONTOYA GIRALDO con radicado Nº 2014-00259. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de su publicación. Se le advierte a los emplazados, que sino comparecen dentro del término señalado, se les designará un curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. ANA MARÍA ARROYAVE LONDOÑO. Secretaria. Edicto emplazatorio. Radicado 007 2014 174. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLÍN, emplaza a ADRIAN DE JESÚS VILLA, MARIO ALONSO HOLGUÍN RAMÍREZ y MARISOL HOLGUÍN RAMÍREZ, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho a recibir personal notificación del contenido del auto de fecha julio 04 de 2014, que libró mandamiento de pago en su contra dentro del proceso ejecutivo singular instaurada por BANCO PROCREDIT COLOMBIA S.A. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el art. 318 del C. de P. Civil, reformado por el Art. 30 de la Ley 794/03. Se advierte a la emplazada que si no comparece dentro del término indicado se le designará un curador Ad-litem con quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, marzo 9 de 2015. LUISA FERNANDA LONDOÑO TOVAR. Secretaria. JUZGADO PRIMERO CIVIL CIRC U I TO I TA G U Í . R a d i c a d o N o . 002-2013-00164. Cartel de remate, hace saber: Que dentro del proceso ejecutivo hipotecario instaurado por BANCO BBVA COLOMBIA S.A. contra CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ ACEVEDO se ha señalado como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de venta en pública subasta el día martes veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015) a la una de la tarde (1:00 p.m.) del siguiente inmueble: Inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 001-957348 ubicado en la Calle 96BSur No. 55-246 de la Estrella, Antioquia. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo total del inmueble antes descrito, el cual asciende a la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL PESOS ($184.802.000.00), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) de dicho valor para poder licitar. El remate al que se hace alusión estará sujeto a las disposiciones de que trata la ley 1395 de julio 12 de 2010. Itagüí, febrero 27 de 2015. MARCO FIDEL OCHOA MEJÍA. Secretario. Fijado el 03 de marzo, a las 8:00 a.m. de 2015. Desfijado el 27 de abril, a las 5:00 p.m. de 2015. EDICTO. LA SECRETARIA DEL JUZGADO DOCE DE FAMILIA EN ORALIDAD DE MEDELLÍN, EMPLAZA: A las personas que se crean con derecho de intervenir en el proceso de sucesión testada de la causante INÉS EMILIA SUÁREZ VIUDA DE MONTOYA, fallecida en la ciudad de Medellín, lugar de su último domicilio, el 12 de octubre de 2013, a fin de que hagan valer sus derechos (artículo 589 del Código de Procedimiento Civil). Radicado No. 050013160012-2014-002278-00. Fecha de fijación de edicto: 6 de marzo de 2015 a las 8 a.m. fecha de desfijación de edicto: 19 de marzo de 2015 a las 5 p.m. ADRIANA MARÍA RÍOS JIMÉNEZ. Secretaria. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ENVIGADO ANTIOQUIA, HACE SABER: Que en el proceso hipotecario de TITULARIZADORA COLOMBIANA S.A., cesionaria y endosataria de COLMENA hoy BCSC en contra de CARLOS MARIO ÁLVAREZ BARRERA y MARÍA ELENA SOTO SALAZAR, Radicado 2011-000523, conforme al auto de 25 de febrero de 2015, el cual adiciona auto del 19 de diciembre de 2014, se ha señalado el día diecinueve (19) de mayo de dos mil quince (2015), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), para llevar a efecto la diligencia de remate de los bienes a saber: Ubicación de los inmuebles: * Calle 23Sur No. 28-49, apartacasa 514 lote 15 mz. D Bloque 114, matrícula inmobiliaria 001-667631. Avalúo total: inmueble matricula 001-667631, está avaluado en la suma de $423.775.000. * Calle 23Sur No. 28-49, garaje 5, bloque 114 matricula inmobiliaria 001-667624. Avalúo total: inmueble matrícula 001-667624, está avaluado en la suma de $69.382.129. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo total, previa consignación del 40% del avalúo total en el Banco Agrario de Colombia, sucursal Envigado. Los interesados deberán presentar su oferta en sobre cerrado, de conformidad con lo establecido en el Art. 527 del C. de P. Civil, reformado por el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010. La diligencia mencionada, comenzará a la hora indicada y tendrá una duración mínima de una hora. Dado en Envigado Antioquia, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de dos mil quince (2015). JAIME ALBERTO ARAQUE C. Secretario. Edicto emplazatorio. Art. 318 del C.P.C. Juzgado que requiere: JUZGADO 10 CIVIL MUNICIPAL ORAL DE MEDELLÍN, ubicado en Palacio de Justicia La Alpujarra Cra. 52 No. 42-73 de Medellín, nombre del emplazado: ANDRÉS FELIPE ABAD GONZÁLEZ, naturaleza del proceso: proceso ejecutivo prendario, demandante: BANCOLOMBIA S.A. Demandado: JOSÉ AZARIAS AGUDELO GUTIÉRREZ, auto a notificar: 26 de noviembre de 2014 libró mandamiento de pago. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, si el emplazado no comparece se le nombrará curador ad litem con quien se surtirá la notificación. 16 de febrero de 2015. WILLIAM MOLINA ARANGO. Secretario. EDICTO EMPLAZATORIO. Radicado: 2014 01512. JUZGADO TRECE (13º) CIVIL CIRCUITO DE MEDELLÍN, EMPLAZA: Al demandado JUAN DIEGO VELÁSQUEZ ÁLVAREZ, para que dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación de este edicto, comparezca a este Despacho a recibir notificación personal del mandamiento de pago del día 12 de diciembre de 2014 ejecutivo singular instaurado por BANCOLOMBIA S.A. como parte demandante, conforme a lo estipulado en el art. 318 de C.P.C. Se advierte alas emplazadas que si no comparecen dentro del término indicado se les designará un curador Ad-litem con quien se surtirá la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Medellín, 11 de marzo de 2015, Por, MARÍA CLARA OCAMPO CORREA. Juez. EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 AVISO DE REMATE. EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLIN, HACE SABER:Que dentro del proceso ejecutivo hipotecario identificado bajo el radicado 0500140 03001 2012 01531 00 promovido porBANCOLOMBIA S.A. en contra de JORGE ELIÉCER RENTERÍA URRUTIA y LUZ LEILA MEDINA SAAVEDRA, se ha señalado el día nueve (9) de Abril de dos mil quince (2015), a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para llevar a cabo ladiligencia de remate del inmueble trabado en la litis, ubicado en la Calle 65A No. 97-143 Lote 3 Manzana 7 Conjunto Residencial Urbanización La Macarena P.H., e identificado conel fo l i o d e m a t r í c u l a i n m o b i liar ia Nro.01N-5302415 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín, Zona Norte, avaluado en la suma de $40.264.500.00.Será postura admisible la que cubra el 70% delavalúo dado al bien inmueble y postor hábil quienpreviamente consigne el 40% del mismo, en el Banco Agrario, sucursal Ciudad Botero, en la cuenta de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Medellín. Los interesados deberán presentar en sobre cerrado sus ofertas para adquirir el bien subastado. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 526 del C.P.C., de conformidad con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010. Lo depósitos de dineros para efecto de la presente diligencia deberán efectuarse en la cuenta Nº 050012041700 del Banco Agrario, de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Descongestión de Medellín. La licitación empezará a la hora señalada, y no cerrará sin haber transcurrido una (1) hora por lo menos. La licitación se llevará a cabo,conforme a lo normado en la Ley 1395 del 12 de julio de 2010. Publíquese aviso por un periódico de amplia circulación en el lugar, en este caso, El Mundo, El Colombiano o El Tiempo y por radiodifusora local. El aviso se publicará con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 794 de 2003, que modificó el artículo 525 del C.P.Civil. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso se allegará un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco días anteriores a la fecha prevista para la diligencia del remate. Se advierte, que en el evento de que con relación al inmueble objeto de la subasta se adeuden cuotas de administración con posterioridad al mes de agosto de 2001 y que no fueron canceladas por su actual propietaria; el adquirente del inmueble se hace solidariamente responsable con el propietario, del pago de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 675 de 2001. Medellín, 27 de febrero de 2015. CLAUDIA ELENA VELÁSQUEZ GONZÁLEZ. Secretaria Oficina Ejecución Civil Municipal de Medellín. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ENVIGADO ANTIOQUIA, HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo con acción mixta que convoca a COLTEBIENES LTDA. en contra de TORTAS Y TORTAS S.A., y/o JAIRO DE JESUS CRUZ MUÑOZ y que tiene demandante acumulante a BANCOLOMBIA S.A. en contra de los mismos demandados, con número de radicación 05266 31 03 001 2013 00525 00; se ha señalado el día nueve (9) del mes de junio de 2015, a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), para llevar a efecto la diligencia de remate sobre los bienes a saber: El que se diferencia con matrícula inmobiliaria No. 001538298; avaluado en $114.307.500, se localiza según el certificado de tradición y libertad en el municipio de Medellín en: 1) Calle 49B No. 67A-25 Segundo piso Apto 201, 2) Calle 49B No. 67A-25 Int. 0201 (dirección catastral). Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo total, previa consignación del 40% del avalúo total en el Banco Agrario de Colombia, sucursal Envigado. Los interesados deberán presentar su oferta en sobre cerrado, de conformidad con lo establecido en el Art. 527 del C. de P. Civil, reformado por el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010. La diligencia mencionada, comenzará a la hora indicada y tendrá una duración mínima de una hora. Envigado, seis (6) de marzo de dos mil quince (2015). Atentamente, JAIME ALBERTO ARAQUE C. Secretario. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ENVIGADO ANTIOQUIA, HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo con acción mixta que convoca a COLTEBIENES LTDA. en contra de TORTAS Y TORTAS S.A., y/o JAIRO DE JESUS CRUZ MUÑOZ y que tiene demandante acumulante a BANCOLOMBIA S.A. en contra de los mismos demandados, con número de radicación 05266 31 03 001 2013 00525 00; se ha señalado el día cuatro (4) del mes de junio de 2015, a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), para llevar a efecto la diligencia de remate sobre los bienes a saber: * El que se diferencia con matrícula inmobiliaria No. 001-751173; está avaluado en $250.459.860 y aparece en el certificado de tradición y libertad en el municipio de Medellín en: 1) Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San Sebastián de la Frontera segundo piso Apto 202, 2) Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San Sebastián de la Frontera Int. 0202 (dirección catastral). * El que se diferencia con matrícula inmobiliaria No. 001-751168; está avaluado en $28.000.000 y aparece en el certificado de tradición y libertad en el municipio de Medellín en: 1) Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San Sebastián de la Frontera segundo nivel parqueadero 5, 2) Calle 20Sur No. 35-142 Int. 9905 (dirección catastral). * El que se diferencia con matrícula inmobiliaria No. 001-751171; está avaluado en $4.000.000 y aparece en el certificado de tradición y libertad en el municipio de Medellín en: 1) Calle 20Sur No. 35-142 Edf. San Sebastián de la Frontera segundo nivel Cuarto Útil 2, 2) Calle 20Sur No. 35-142 Int. 8902 (dirección catastral). Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo total, previa consignación del 40% del avalúo total en el Banco Agrario de Colombia, sucursal Envigado. Los interesados deberán presentar su oferta en sobre cerrado, de conformidad con lo establecido en el Art. 527 del C. de P. Civil, reformado por el artículo 34 de la Ley 1395 de 2010. La diligencia mencionada, comenzará a la hora indicada y tendrá una duración mínima de una hora. Envigado, seis (6) de marzo de dos mil quince (2015). Atentamente, JAIME ALBERTO ARAQUE C. Secretario. CARTEL DE REMATE LA SECRETARIA DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN HACE SABER: Que el proceso Ejecutivo Mixto incoado por BANCOLOMBIA S.A. en contra de la Sociedad CORACI S.A.S. y de los señores JUAN FERNANDO RAMÓN ZAPATA, SARA CAROLINA CIFUENTES GÓ¬MEZ y ANGELA MARÍA GÓMEZ DE CI¬FUENTES, con Radicado Nro. 011/2013-00161-00, al cual se encuentra acumu¬lado el proceso Ejecutivo Singular ins¬taurado por Bancolombia S.A., encontra de la Sociedad CORACI S.A.S. y Juan Fernando Ramón Zapata, registrado bajo el No.701/2014-00007, se ha señalado el 08 de abril del 2015, a las 8:00 a.m. para que realice la diligencia de los siguientes bienes inmuebles: * Inmueble ubicado en la carrera 43A No.1-50, séptimo piso, Oficina 706, Torre 3, Segunda Etapa, perteneciente al Conjunto Inmobilia¬rio San Fernando Plaza P.H., identifi¬cado con folio de Matrícula Inmobi¬liaria 001-952303 de la Oficina de Re¬gistro de Instrumentos Públicos Zona Sur de Medellín. Avaluado en la suma de cuatrocientos sesenta y dos millones ciento cincuenta mil pesos m.l. ($462.150.000.oo Cfr.fol. 59 C-2). * In¬mueble ubicado en la carrera 43A No.1-50 Piso 1, parqueadero 144 P-1, Segunda Etapa, perteneciente al Conjunto Inmobiliario San Fernando Plaza P.H. Identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria No.001-952518 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos Zona Sur de Mede¬llín. Avaluado en la suma de veinticinco millones de pesos m.l. (25.000.000.oo). * Inmueble ubicado en la carrera 43A No.1-50, Piso 1, par¬queadero 145 P-1, Segunda Etapa, perteneciente al Conjunto Inmobilia¬rio San Fernando Plaza P.H. Identifica¬do con folio de Matrícula Inmobiliaria 001952519 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos Zona Sur de Medellín, Avaluado en de veinticinco millones de pesos m.l. (25.000.000. o¬o). Será postura admisible la que cu¬bra el 70% del avalúo de dichos pre¬dios (Art. 523 del C. De P. Civil). Además, será necesario que se realice el depósito para hacer postura consis¬tente en una previa consignación del 40% sobre el avalúo del respectivo bien conforme lo establece el artículo 526 del Código Adjetivo Civil. Final¬mente, se advierte a los postores que la almoneda se realizará conforme al precepto 527 Ibíd. Modificado por el canon 34 de la ley 1395 de 2010. Me¬dellín, 04 de marzo de 2015. FERNEY VELÁSQUEZ MONSALVE, Secretario. El Juzgado Civil del Cto de Marinilla, Ant. Rdo. 2015-00051-00. Emplaza a las personas indeterminadas que se crean con algún derecho sobre el bien inmueble que mas adelante se detallara. Para que comparezcan en el termino de 20 dias al proceso Agrario-Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio- que en su contra les promueve William Hernan Medina Moscote. Lote a Usucapir: Un Lote de terreno con un area aproximada de 64.770 m2, con sus mejoras y anexidades con servidumbres activas u pasivas, ubicado en la Vereda Bonilla el chilco del Mpio de El peñol, Ant., cuyos linderos son: “por el frente con la carretera veredal de Bonilla arriba, Por un costado con predios de de William Medina, sigue a predios de Gerardo Galeano, por el fondo con el mismo predio de Gerardo Galeano, por un costado con predios de Fabio Vergara”. El presente edicto se fijara por el termino de 20 dias en un lugar visible de la sria del juzgado y se publicara por 2 veces con intervalos no menores de 5 dias calendario dentro del mismo termino, en Prensa y emisora local. Transcurridos 15 dias a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido el presente (Art. 407 del C.P.C.). Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término indicado, se les designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y continuara el tramite del proceso hasta su terminación. El Juzgado se encuentra en la calle 30 No. 31-64, casa de la justicia de Marinilla. Marinilla 11/02/2015. Fijado el 26/02/2015 a las 8:00 a.m. Gustavo Cardona. Srío. El Juzgado Promiscuo Mpal de El Retiro, Ant. Rdo. 2014-00207 Emplaza a las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el inmueble objeto de esta Litis, para que comparezcan dentro del proceso Verbal Especial de pertenencia para otorgar titulo de propiedad por prescripción extraordinaria de dominio, que ha promovido Luz Estela Castañeda Echeverri. En el Juzgado, ubicado en la calle 18 Zea No. 21-01, donde se les requiere para notificarlos personalmente del auto dictado el 24/02/2015, por medio del cual se admitio la demanda dentro del mencionado proceso. El bien que se pretende usucapir es el sgte: un lote de terreno identificado con el código catastral Nº 05-607-0000-00-00-0009-0086-5-00-00-0000, que hace parte de otro de mayor extensión que se encuentre registrado en la oficina de registro de II.PP de la Ceja, Ant con el F.M.I. No. 017-21362. Los linderos actuales son: Lote 1B: un lote de terreno ubicado en la via Pantanillo,. El Retiro, Sector “La Palencia”, el cual posee un area comprobada de 1.122 mts2 y el cual se encuentra delimitado por los sgtes linderos: por el Norte, en una extensión de 33.55 mts2 con predio de propiedad de Anna Maria Coe Salazar y Roger Graham Coe Salazar; por el oriente, en una extensión de 19.52 mts2 con predio de propiedad de Albertina Martinez; por el sur, en una extensión de 42.27 mts2 con via de acceso a este lote y a predios del sector, por el occidente, en una extensión de 38.22 mts2 con predio de Anna Maria Coe Salazar y Roger Graham Coe Salazar. Lote 1D. un lote de terreno con una construcción existente, ubicado en la via Pantanillo- El Retiro, sector “La Palencia”, El Cual Posee un area comprobada de 413 mts2 y el cual se encuentra delimitado por los sgtes linderos. Por el Norte, en una extensión de 28.5 Mts2 con via de acceso a este lote y a predios del sector; por el oriente, en una extensión de 14.38 mts2 con la misma via de acceso a este lote y a predios del sector; por el sur, en una extensión de 29.18 mts2 con predio de Samuel Roman Calderon; por el occidente, en una extensión de 13.05 mts2 con predio de propiedad de Jose Ignacio Uribe Yepes. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la fecha de desfijacion del presente edicto, que si los emplazados no comparecen se le nombrara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Se fija el presente edicto en un lugar visible de la sría por el termino de 20 dias y se ordena su publicación por 2 ocasiones, con intervalos no menores a 5 dias calendario, dentro del mismo termino, en prensa y emisora local, El Retiro 24/02/2015. Fijado hoy 27/02/2015 a las 8.00 a.m. Leslie Steve Jaramillo. Srío. El Juzgado Civil Mpal de Girardota, Ant. Rdo. 2014-00276. Emplaza a los colindantes que se crean con derechos sobre el 50% del bien inmueble situado en la cabecera de “El Umbi” del Mpio de Girardota llamado “El Barriadero”, materia del proceso Verbal Especial (saneamiento de Titulo de la Falsa Tradicion), de minima cuantia, instaurado por Alberto Hincapie Giraldo. C.C. 71.001-771 contra los herederos determinados e indeterminados de Marco Antonio Valencia Zapata. C.C. 654.757, teniéndose como herederos determinados a Abelardo de Jesus Valencia Alzate. C.C. 655.554, Fabio de Jesus Valencia Alzate. C.C. 3.487.122, Marco Antonio Valencia Alzate. C.C. 3.487.501, Miguel Angel Valencia Alzate C.C.3.488.118 y las señoras Leonor Valencia Alzate. C.C. 21.763.136 y Maria Bertalina Valencia Alzate. C.C. 21.762.030, inmueble que linda: “Por el pie, con propiedad de Belisario Morales; por un costado, con el vendedor en la dirección que da al árbol de Chagualo; por la parte de encima, con propiedad de Victor Zapata; y por el otro costado, con propiedad de Eustaquia Alzate y el comprador”. Con la nueva formación catastral quedo como paraje El Totumo, llamado “El Barriadero” de este Mpio de Girardota, y particularmente a Miriam Ayde Mosquera Rodriguez, Luis Ivan Castrillon Alzate, Maria del Socorro Morales Ramirez, Belisario Morales Cataño, Luis Alfonso Morales Rua, Margarita Maria Velez, Luis Alberto Morales Gonzalez, Jose Israel Morales Rua y Rosa Margarita Montoya Sierra, quienes figuran en el certificado expedido por la Dirección de Sistemas de información y Catastro de la gobernación de Ant. Art. 407 del C.P.C., el presente edicto se fijara por el termino de 20 dias en un lugar visible de la sría del juzgado, y se publicara por 2 veces con intervalos no menores de 5 dias calendario dentro del mismo termino, en prensa y emisora local. Transcurridos 15 dias a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido el mismo. Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el termino indicado, se les designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y continuara con el tramite del proceso hasta su terminación. El juzgado esta situado en la calle 6 No. 14-43 piso 4º del Mpio de Girardota, Ant. Girardota 02/03/2015. Fijado en un lugar visible de la secretaria por el termino de 20 dias hábiles hoy 02/03/2015 a las 8.00 A.M. Camilo Pineda Cañas. Srío. El Juzgado Promiscuo del Cto de Cisneros, Ant. Rdo. 2014-00253-00. Emplaza a las personas indeterminadas que se crean con derecho de intervenir en el proceso Ordinario de pertenencia (por prescripción extraordinaria de dominio), sobre el bien inmueble objeto de litigio ubicado en el area urbana del Mpio de Santo Domingo, Ant., en la Carrera 17 A No. 16-13 LT, con un area de 0,162 mts2, según ficha predial No. 21503788, comprendido por los sgtes linderos: por el Norte con los predios 690100002700039, 6901001054008400007, con la Cra 17 y con caño Calle Enriquez; por el oriente, con el caño de la calle Enriquez, por el Sur, con los predios 6900100103400003/00002; y por el occidente con el predio 6901001003400005. Cedula catastral No. 6900100103400001000000. Dicho inmueble se encuentra inmatriculado; proceso promovido por Nubia Maria Cifuentes Osorio en contra de personas indeterminadas que se tramita en este juzgado. Para que comparezcan por si o por medio de apoderado dentro del termino de 20 dias hábiles, a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda. Art. 318 y 407 del C.P.C. El presente edicto se fija por el termino de 20 dias en un lugar visible de la sría del despacho y se publicara por 2 veces en prensa y emisora local. Transcurrido 15 dias después de la publicación, se entenderá surtido el emplazamiento, si no comparecieren las personas interesadas se les designará curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación y se continuara el proceso hasta la terminación. Cisneros, Ant. 20/02/2015. Fijado hoy 23/02/2015 a las 8:00 a.m. Martha Lyliam Jaramillo. Sría. El Juzgado 13 Civil del Cto de Med. Rdo. 2015-00131. Emplaza a todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el inmueble pretendido mediante declaración de pertenencia por prescripción Adquisitiva Ordinaria de dominio, el cual se describe a continuación, para que desde la fijación del presente edicto hasta dentro de los 15 dias sgtes, contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento, comparezcan contestando la demanda o adoptando las demás posiciones que estimen pertinentes frente a ella, en este proceso verbal de pertenencia instaurado por Blanca Ines Orrego de Puerta en contra de Nelson John, Sonia Celina, Aura y Oscar Eleazar Puerta Gallo; Hector Wilson, Maryory Y Alba Luz Puerta Orrego en calidad de herederos determinados de Fanny Puerta Gallo; Liliana Duque Puerta en calidad de heredero determinado de Ofelia Puerta Gallo; Loenel Gomez Puerta en calidad de heredero de Graciela Puerta Gallo; Romulo y Nubia Hernandez Puerta como herederos determinados de Blanca Puerta Gallo; Janeth, Elena y Aide Puerta Velez como herederos determinados de Edisson Puerta Gallo, Gladys Puerta en calidad de heredero determinado de Jairo Puerta Gallo; y herederos determinados e indeterminados de Saul Emilio Puerta Gallo; todos como herederos determinados de Victor Puerta Gallo, con la advertencia que si comparecen con posterioridad, lo tomaran en el estado en que se encuentre, Nral 6º, literal b, del Art. 407 del C.P.C. el inmueble cuya declaración de pertenencia se pretende, se encuentra alinderado asi: Linderos Generales “Un lote de terreno con casa de habitación, marcada con el Nº 51-15, y el local Rio de Oro Nº 70 A-91, 70 A-89, 70 A-85, con todas sus mejoras y anexidades, situado en esta ciudad de Med, en la calle 71 El Fundingo, Barrio El Fundungo, y que corresponde los sgtes linderos: por el frente, que da al norte, con la calle 71 El Fundungo; por el sur, con propiedad de Francisco y Gilberto Echeverry; por el costado Oriental, con la Cra Bolivar (51); y por el otro costado occidental, con propiedad del comprador”. Linderos específicos del inmueble a prescribir: “piso primero: Apartamento de la demandante: “Inmueble ubicado en la ciudad de Med, Barrio EL Fundungo, en calle 71 No. 51-15, cuenta con los sgtes linderos actuales: por el frente o Norte, con la calle 71; por el costado derecho u occidente, con local comercial marcado con el Nº 51-21 de Blanca Orrego; por el costado izquierdo u oriente, con local en esquina marcado en el No. 70 A-89 de la Cra 51 Bolivar; por encima, con el apto segundo piso marcado con el No. 51-17. Area aproximada conforme al avaluo realizado es de 70 M2. Se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro de los 15 dias sgtes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento, se les designara un curador Ad-litem para que los represente, con quien se surtirá la notificación y se continuara con el tramite del proceso. Este edicto se fijara en un lugar 41 visible de la sría por 20 dias y dentro de este termino, se publicara por 2 veces, con intervalos no menores de 5 dias calendario, en prensa y emisora local. Art. 407 Nral 7 C.P.C. Med, 25/02/2015. Fijado el 03/03/2015 a las 8:00 a.m. Santiago Fernandez. Srío. El Juzgado 2º Civil del Cto de Med. Rdo. 2008-00395-00. Emplaza a herederos indeterminados de Armando de Jesus Londoño Hernandez la señora Carmen Rosa Londoño Hernandez, Dora Estella; Gloria Amparo, Monica Maria, Ana Elizabeth y Jhon Jairo Londoño Durango y demás personas indeterminadas. Clase de Proceso Abreviado de Pertenencia. Naturaleza Ordinario. Dte: Edilma Silva Morales, Wilber Alejandro Monsalve Silva. Ddos: Herederos indeterminados de Armando de Jesus Londoño Hernandez la señora Carmen Rosa Londoño Hernandez, Dora Estella; Gloria Amparo, Monica Maria, Ana Elizabeth y Jhon Jairo Londoño Durango y demás personas indeterminadas. Advertencia A los emplazados. El emplazamiento se entenderá surtido 15 dias después de la publicación del listado como ha quedado ordenado. Si el emplazado no comparece se designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Art. 318 del C.P.C. El Juzgado 2º de Ejecución Civil Mpal de Med. Rdo. 007-2008-00063-00. Hace saber: que dentro del proceso ejecutivo hipotecario, promovido por BBVA Colombia S.A. en contra de Fanny de Jesus Ramirez Reyes y Juan Carlos Bedoya Gallo se ha señalado el dia 07/04/2015 a las 10:30 a.m., para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble trabado en la litis ubicado en la calle 49ª Nº 38-51 Apto segunda planta de Med, e identificado con el F.M.I. No. 001-652482 de la oficina de II.PP. de Med, zona sur, avaluado en la suma de $ 179.220.800.oo. Sera postura admisible la que cubra el 70% del avaluo dado al bien inmueble y postor hábil quien previamente consigne el 40% de mismo, en el banco Agrario, sucursal ciudad Botero, en la cuenta de la oficina de Ejecución Civil Mpal de Med. Los interesados deberán presentar en sobre Cerrado sus ofertas para adquirir el bien subastado. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el deposito previsto en el Art. 526 del C.P.C., Art. 34 de la ley 1395/2010. Los depósitos de dineros para efecto de la presente diligencia deberá efectuarse en la cuenta Nº 050012041700 del Banco Agrario de la oficina de ejecución Civil Mpal de Descongestion de Med. La licitación empezara a la hora señalada, y no cerrara sin haber transcurrido una hora por lo menos. ley 1395 del 12/07/2010. Publíquese Prensa y Emisora local. El aviso se publicara con antelación no inferior a 10 dias a la fecha señalada para el remate, Art. 55 de la ley 794/2003, que modifico el Art. 525 del C.P.C. Con la copia o la constancia de la publicación del aviso se allegara un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los 5 dias anteriores a la fecha prevista para la diligencia del remate. Med, 04/03/2015. Claudia Elena Velasquez. Sría. Of. De Ejecución Civil Mpal. De Med. El juzgado 9º de Flia de Med. Rdo. 2013-428. Avisa que mediante sentencia fechada del 25/11/2014, se decreto la interdicción definitiva por discapacidad mental absoluta de Jhonatan Andres Uribe Alvarez. C.C. 98.607.509, y se le designo como guardadora general y legitima a su madre, Carmen Emma Alvarez Serna, C.C. 36.524.609. Publiquese. Med, 06/02/2015. Mario H. Gaviria. Srío. El Juzgado Promiscuo de Flia de Yarumal, Ant. Hace Saber que mediante auto fechado el 26/02/2015, este despacho declaro abierto y rdo el proceso de sucesión intestada de Jairo de Jesus Uribe Arboleda, fallecido en el Mpio de Copacabana, Ant el 24/09/2014, pero el asiento principal de sus negocios fue el Mpio de Yarumal, Ant. por lo anterior, se emplaza a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso o que tengan interés jurídico a fin de que lo hagan valer en su debida oportunidad procesal. Yarumal, 06/03/2015. Gloria M. Perez. Sría. 42 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 El Juzgado 8º Laboral de Descongestion del Cto de Med. Rdo. 021-2009-0891-00. Emplaza a la sociedad Ritzio Colombia S.A. en liquidación en calidad de demandado representada legalmente por Juan Carlos Gonzales Vargas en calidad de liquidador de Ritzio Colombia S.A. en liquidación o quien haga sus veces, para que en el termino de 15 dias sgtes a la fijación del presente edicto, comparezca ante este despacho el cual se ubica en la calle 49 # 45-65 piso 5, con el fin de notificarle personalmente del auto que admite la demanda instaurado por Helman Ignacio Restrepo Monsalve. Se advierte al emplazado que el presente, se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación del mismo y se le designa como curador Ad-litem a uno de los abogados de la lista de Auxiliares de la justicia, con quien se surtirá la notificación y se continuara con el tramite normal del proceso art 219 del C.P.L. y el art 318 del C.P.C. modificado por el art. 30 de la Ley 794/2003. Med, 05/02/2015. Marcos Leonardo Cardona. Srío. El juzgado 6º Civil Mpal de Oralidad de Med. Rdo. 2014-00400. Emplaza John Dairon Yepes Serna y Faber Orley Yepes Salazar. Naturaleza del proceso: Ejecutivo Singular: Dte: Inmobiliaria Jimenez Asociados S.A.S. Ddos. John Dairon Yepes Serna, Luis Angel Salazar Osorio y Faber Yepes Salazar. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación. Si los emplazados no comparecieren al juzgado dentro de este tiempo, se procederá con la designación de curadora Ad-litem. Med. 27/02/2015. Art. 318 del C.P.C. Luisa Fernanda Mejia. Sría. El Juzgado 2º de Ejecución Civil del Cto de Med. Emplaza a Segundo Alvarez y Jaime Alberto Lopez Gomez, quienes deben comparecer a notificarse personalmente del auto proferido el dia 15/07/2014, dentro del proceso ejecutivo hipotecario adelantado por Margarita Rojas viuda de Callejas contra Maria Brigida Montoya Balvin, para que a mas tardar en el termino de 15 dias sgtes a la publicación del listado de emplazados, comparezcan al juzgado a recibir notificación personal de la providencia delanteramente mencionada, mediante el que se les ordeno citar en su calidad de acreedores hipotecarios del inmueble identificado con la M.I. Nº 001-176053, para que dentro de los 5 dias sgtes a su notificación personal haga valer sus créditos sean o no exigibles. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación del listado. Si el emplazado no comparece, se le designara curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Publiquese. Med, 25/02/2015. Ferney Velasquez. Srío. El Juzgado 5º Civil del Cto de Oralidad de Med. Rdo. 2015-00125-00. Emplaza a todas las personas que se crean con derechos sobre el bien inmueble que mas adelante se describirá, para que los hagan valer dentro de la demanda verbal (pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueve Jorge Alirio Lopez Franco en contra de personas indeterminadas que se crean con derechos sobre el bien a usucapir, dentro de los 15 dias sgtes contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien a usucapir es el sgte: “Inmueble ubicado en la calle 47 No. 2BB-136 de Med, que linda: por el frente o sur, en 9.90 mts. Con la calle 47; por el oriente, en 25,40 mts, Con el inmueble identificado con la dirección 2BB-141 de la calle 47; por el Norte, en 5.26 mts, Con el solar que le queda al vendedor y que da a la calle 47A, y por el occidente; en 24.40 mts, con el inmueble identificado con la dirección 2BB-128 de la calle 47. Se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del termino señalado, se les designara un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara con el tramite del proceso. Se fija el presente edicto por el termino de 20 dias en un lugar visible de la sría del juzgado y se entenderá surtido 15 dias después de su desfijacion. Arts. 407 y 318 del C.P.C. Med, 11/02/2015. Fijado el 09/03/2015 a las 8:00 a.m. Wendy Yurany Quintero. Sría. El Juzgado Promiscuo Mpal de Donmatias, Ant. Rdo- 001-201500019-00 Emplaza al representante legal de la promotora Luis Eduardo Rendon Ltda, el cual se requiere su comparecencia, dentro del proceso ordinario de prescripción extintiva del derecho real de hipoteca, promovido por Gloria Stella Ramirez Garcia, quien actúan a través de apoderado, para que se presente a este juzgado, ubicado en la Cra 30 Nº 30-25, segundo piso, del Mpio de Donmatias, a fin de notificarle personalmente la providencia datada del 25/02/2015, mediante la cual se admite demanda en su contra. Se le advierte al emplazado que si no comparece transcurridos 15 dias después de la publicación de este edicto, se le designara curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Art. 318 del C.P.C. modificado por la ley 794/2003. Publiquese, Donmatias 05/03/2015. Gloria E. Cortes. Sría. El Juzgado 10 civil Mpal de Descongestion de Med. Rdo. 026-201301226-00. Emplaza a Gloria Patricia Bedoya Marulanda, a fin de que sirva comparecer ante este despacho a recibir notificación personal del auto del 25/02/2014, mediante el cual se libro mandamiento de pago en su contra, dentro del proceso Ejecutivo singular que promueve Quanta Telecomunicaciones S.A.S. se le advierte que de no comparecer dentro de los 15 dias sgtes a la fijación del presente, se les designara un curador Ad-litem con quien se surtirá dicha notificación y continuara el tramite del proceso. Med, 16/02/2015. Tatiana Londoño. Sría. El Juzgado 10º de Flia de Oralidad de Med. Rdo. 2014-02029-00. Avisa la interdicción definitiva por discapacidad mental absoluta de: Jesus Erarbe Garcia Godoy, decretada en fallo del 10/02/2015 y el nombramiento de Regner de Jesus Garcia Godoy, como su curador general y legitimo y de Isaura Ester Godoy Silva como suplente. Art 659 del C.P.C., se fija el presente hoy 25/02/2015 a las 8:00 a.m. Publiquese. Yamile Stella Giraldo. Sría. El Juzgado 13 Civil del Cto de Oralidad de Med, Ant. Rdo. 201401275. Emplaza a todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el inmueble pretendido mediante declaración de pertenencia por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio el cual se describe a continuación, para que desde la fijación del presente edicto hasta dentro de los 15 dias sgtes, contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento, comparezcan contestando la demanda o adoptando las demás posiciones que estimen pertinentes frente a ella, en este proceso verbal de pertenencia por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio instaurado por Anibal de Jesus Mesa Herrera contra Blanca Orrego Mejia, Aquileo de Jesus Orrego Mejia, Camila Andrea Betancur Lotero, Gilma Cecilia Orrego Bolivar, Witer Maria Ortega Castro, Martha Lucia Orrego Bolivar, Leydy Natalia Betancur Perez, Sandra Liliana Lotero Santamaria, Maria Margarita Orrego Mejia, Claudia Yaneth Betancur Muñoz, Luz Dary Moncada, Carlos Andres Ortega Arias y Monica Patricia Betancur Hernandez, con la advertencia que si comparecen con posterioridad, lo tomaran en el estado en que se encuentre, Nral 6º, literal b del Art 407 del C.P.C. el inmueble cuya declaración de pertenencia se pretende esta alinderado de la sgte manera: “El Predio objeto del litigio, (El cual se comprende del lote, sus mejoras y anexidades) se encuentra ubicado en la ciudad de Med, distinguido con la nomenclatura urbana Cra 52 Nº 125-54 y alinderado de manera general asi: por el sur con Cra 52 Nº. 125-50; por el Norte Cr 51D Nº 05-126 Quebrada Negra; por el occidente; con la Cra 52 No. 125-66, 125-72, 125-74, 125-5-86, 125-88; por el oriente con la Cra 52 y los Nº 125-37, 125-43, 125-49, 125-53, 125-51.” Nº de M.I. 01N-177601. Se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro de los 15 dias sgtes a la fecha en que se quede surtido el emplazamiento, se les designara un curador Ad-litem para que los represente. Con quien se surtirá la notificación y se continuara con el tramite del proceso. Este edicto se fijara en un lugar visible de la sría por 20 dias y dentro de este termino, se publicara por 2 veces, con intervalos no menores de 5 dias calendario, en prensa y emisora local. Art. 407 Nral 7º C.P.C. Med, 18/11/2014. Fijado el 12/03/2015 a las 8:00 a.m. Santiago Fernandez. Srío. El Juzgado 4º de Flia de Oralidad de Med. Rdo. 2014-2341. Emplaza a Absalon Antonio Jaramillo Hincapie, para que en el termino de 15 dias, se presente a este juzgado (Cra. 52 No. 42-73 of. 304) a fin de recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda de desafectación a vivienda familiar. Promovida en su contra por Maria Teresa Mejia Tabares. Se le advierte al emplazado que si no comparece dentro del termino indicado se le nombrara un curador Ad-litem que lo represente en el proceso Art. 318 del C.P.C. Publiquese. Med, 24/02/2014. Jose David Agudelo. Srío. El Juzgado 1º de Flia Oral del Cto de Envigado, Ant. Rdo. 2014-0083900. Emplaza a los acreedores de la sociedad conyugal de Angela Maria Rodriguez Hurtado y German Alonso Gutierrez Ramirez. Dte: Angela Maria Rodriguez Hurtado. Ddo: German Alonso Gutierrez Ramirez. Proceso Liquidación de sociedad conyugal. Fecha del edicto. 16/02/2015. Emplaza a los acreedores de la sociedad conyugal formada por Angela Maria Rodríguez Hurtado y German Alongo Gutiérrez Ramírez, para que comparezcan a este despacho y hagan valer sus créditos. Art. 589 del C.P.C. Se fija el presente edicto por el termino de 10 dias, en un lugar visible de la sría del despacho. Publíquese en prensa y emisora local. Envigado, 16/02/2015. Bertha Ligia Zuleta. Sría. El Juzgado 1º de Flia del Cto de Bello Ant. de Oralidad. Rdo. 201400348. Emplaza a Ana Catalina y Lina Maria Isaza Lopez. Proceso Verbal Sumario (Exoneración de la cuota Alimentaria). Dte: Jairo Isaza Alzate. Ddo: Lina Maria Y Ana Catalina Isaza Lopez. Se le advierte a las emplazadas que si no comparecen a este juzgado dentro de los 15 dias sgtes a esta publicación, se le designara curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Duvan Alberto Ramirez. Srío. El Juzgado promiscuo Mpal de Granada, Ant. Rdo. 2015-00012. Emplaza a: todas aquellas personas que se crean con derecho para intervenir en el proceso de sucesión doble e intestada de Ramon Tulio Aristizabal Lopez y Ana Graciela Gomez Zuluaga, quienes fallecieron, el dia 22/10/2003 y 13/08/2013, respectivamente, siendo Granada y Med, el ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Proceso abierto y Rdo, en este juzgado el dia 03/03/2015. Arts 589 y 318 del C.P.C. se fijas el presente edicto por el termino de 10 dias en lugar publico de la sría de este despacho. Publiquese en prensa y emisora local. Fijado hoy 10/03/2015, a las 8.00 a.m. Maria Margarita Zapata. Sría. El Juzgado 2º Civil del Cto de Bello, Ant. Rdo. 2014-741. Emplazados: Ana Rita, Luis Eduardo y Manuel Antonio Gallego Restrepo, asi como a los herederos indeterminados de Nicolas Alberto Vasquez Gallego y de Hector Gallego Gomez. Ddos: Ana Rita, Luis Eduardo y Manuel Antonio Gallego Restrepo, Jose Manuel, Margarita y Francisco Antonio Gallego Gomez, Mary Luz, Wilson de Jesus y Alexandra Maria Vasquez Gallego, Maria Pastora, Isabel, William y Hector Gallego Gomez, herederos indeterminados de Nicolas Alberto Vasquez Gallego y de Hector Gallego Gomez y personas indeterminadas, Dtes: Rodrigo Gallego Gomez y Rosalina Jimenez. Proceso Ordinario de pertenencia, Art. 318 del C.P.C. mod. Por el Art. 30 de la ley 794/2003. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación del presente listado, si el emplazado no comparece se le designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Gloria Paulina Muñoz. Sría. El Juzgado 11 Civil Mpal de Oralidad de Med. Rdo. 2014-00774. Emplaza a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión doble intestada de Juan Evangelista Martinez Macias y Maria Ermilda Quintero Herrera, fallecidos el 16/09/1988 y 08/11/1996, sucesivamente, la segunda en esta ciudad. Para los anteriores efectos, se fija este edicto por el termino de 10 dias en la sría del despacho, Publiquese en prensa y emisora local. Art. 589 del C.P.C. Med, 21/01/2015. Fijado el 23/01/2015 a las 8:00 a.m. Juliana Muñoz. Sría. El Juzgado 10 de Flia de Oralidad de Med. Rdo. 2015-061. Emplaza a los acreedores de la sociedad conyugal formada por Hector de Jesus Cordoba Marulanda y Marleny del Socorro Zapata Hernandez para que hagan valer sus créditos. Art. 589 del C.P.C. se fija por el termino de 10 dias. Med, 13/02/2015. Fijado el 16/02/2015 a las 8:00 a.m. Yamile Stella Giraldo. Sría. El Juzgado 5º Civil Mpal de Descongestion de Med. Rdo. 2013-1336. Emplaza a la sociedad Arrendamientos Horizontes S.A.S. para que comparezca a este juzgado, ubicado en la Cra 50 Nº 51-23 edificio Mariscal de Sucre, piso 6º, of. 605 de Med, con el fin de notificarle personalmente el auto de fecha del 17/01/2014, a través del cual se libro mandamiento de pago a favor Sebastian Velasquez Restrepo y en contra de Arrendamientos Horizontes S.A.S. el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de su publicación. Se le advierte a las emplazadas que si no comparecen dentro del termino señalado, se les designara un curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Ana Maria Arroyave. Sría. El Juzgado 11 Civil Mpal. De Oralidad de Med. Rdo. 2014-00774-00 Emplaza, A Humberto, Fernando Antonio, Blanca Aurora, Rodolfo de Jesus y Martha Dolly Martinez Quintero y Luz Estela Quintero, para que comparezcan a este juzgado el cual esta situado en la Cr. 52 Nº 42-73, Edifcio Jose Felix de Restrepo piso 14 a recibir notificaciones personales del auto del 21/01/2015, por medio del cual se declaro abierto proceso de sucesión doble intestada de Luis Eduardo Martínez Quintero. Publíquese. Los interesados tendrá 15 dias hábiles para comparecer ante este despacho, si vencido dicho termino no han comparecido se les nombrara curador Ad-litem con quien se surtirá la Notificación. Med. 21/01/2015. Juliana Muñoz. Sria. Edicto el juzgado civil del cto de turbo Ant emplaza a todas las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre el bien inmueble que más adelante se especifica para que concurran a este despacho judicial ubicado en la calle 100 # 13-75 del Mpio de turbo a recibir notificación personal del auto que admite demanda ordinaria agraria de pertenencia por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio instaurada por Darío De Jesús Hurtado Correa contra Elkin Hernán Betancur Betancur y otros Rdo. 2014-567 a mas tardar dentro del término de 20 días y 15 más siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento el bien sobre el que se alega la prescripción es el siguiente inmueble rural denominado la lucha ubicado en la vereda cedro corregimiento de mulatos Mpio de necocli departamento de Ant con M.I. N°034-67757 con un área aproximada de 9 H.T. 3.374M2 cuyo linderos generales son norte con Rocío del Socorro Giraldo Álzate y carretera arboletes necocli este con zona de carretera arboletes necocli y zona protectora quebrada el cedro sur con María Dionisia Cavadia Anaya oeste con Clímaco rivera se advierte a los emplazados que en caso de no comparecer dentro del término señalado se les designara curador ad-litem para que los represente en el proceso hasta su terminación art 407 del c.p.c. se fija el presente edicto en lugar visible de la seria por el termino de 20 días fijado el 05/03/15 a las 8 am desfijado el 09/04/15 a las 5 pm Liliana Paola Barrios Yepes seria Edicto el juzgado 5° civil Mpal de descongestión de Medellín Emplaza a Diana Usuga Cardona en nombre propio y en representación de los menores Sofía, Jacobo y Samuel Arango usuga- herederos determinados de Andrés Fernando Arango Estrada c.c. 43.781.202 para que comparezca a este juzgado ubicado en la Cra 50 # 51-23 ed. Mariscal sucre piso 6° of. 605 de Medellín con el fin de notificarle personalmente el auto de 15/08/13 a través del cual se libró mandamiento de pago en favor de Erika Johana Gaviria Hincapié y en contra de la emplazada Rdo. 2012-0153 el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de su publicación se le advierte a las emplazadas que si no comparecen dentro del término señalado se les designara un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación Ana María Arroyave seria Edicto el juzgado 5° civil del Cto de oralidad de Medellín, emplaza a todas las personas que se crean con derechos sobre el bien inmueble que más adelante se describa para que los hagan valer dentro de la demanda verbal pertenencia por prescripción ordinaria adquisitiva de dominio de vivienda de interés social que promueve la señora Gloria Amparo Taborda Cano en contra Antonio de Jesús Loaiza y demás las personas indeterminadas que se crean con derecho sobre los bienes a usucapir dentro de los (15) días siguientes contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento el bien a usucapir es el siguiente inmueble ubicado en la trasversal 49 sur N° 59 c – 58 interior 0101 sector cabecera san Antonio de prado de Medellín manzana 47 lote 8 de la urbanización el limonar II sector 3 que linda por el norte en 6 mts con lote 11 por el sur en 6 mts con la calle 5 AA por el oriente en 9mts con lote 7 por el occidente en 9 mts con lote 9 area total 54 mts 2 área construida 27 mts 2 matricula inmobiliaria N°001-699228 se advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del término señalado se les designara un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara con el trámite del proceso se fija el presente edicto por el termino de (20) días en un lugar visible de la secretaria del juzgado y se entenderá surtido (15) días después de su des fijación Arts 407 y 318 del c.p.c Medellín 15 de diciembre de 2014 fijado 23/02/15 a las 8am Wendy Yurany Quintero seria Edicto el juzgado 12° civil del Cto de oralidad de Medellín emplaza a todas las personas que se crean con derecho al bien que se describe más adelante para que se concurran a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento dentro de la demanda verbal sobre declaración judicial de pertenencia prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio instaurada por Hernel De Jesús Uribe Gómez contra personas indeterminadas que puedan tener interés en el proceso Rdo. -2015-00168 el bien objeto del proceso es el siguiente inmueble ubicado en esta ciudad de Medellín en la carrera 52 N° 82 -36, 82- 44 y 82 -46 con todas sus mejoras y anexidades dependencias servidumbres y que linda por el sur con propiedad de Ancizar Giraldo inmueble identificado con el # 8232 por el occidente con la carrera 52 (Carabobo) por el norte con el inmueble distinguido con la placa 82-48 de propiedad de jovany Antonio Rendón Suarez por atrás o sea hacia el oriente con la carrera 51c se fija el edicto por el termino de 20 días en un lugar visible de la secretaria del juzgado y se publica 2 veces con intervalos no menores de (5) días calendarios entro el mismo término, en un diario de amplia circulación en la localidad que bien pueden ser el mundo o el colombiano y por medio de una radiodifusora local transcurridos quince (15) días a partir de la expiración del emplazamiento se entenderá surtido el mismo respecto de las personas indeterminadas a las que se designara curador ad-litem que ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento podrá contestar la demanda dentro de los (15) días siguientes a la fecha en que aquel queda surtido las que se presenten posteriormente tomaran el proceso en estado en que se encuentre Medellín 18/02/2015 fijado 23/02/2015 a las 8 am en un lugar visible de la secretaria del despacho por el término legal desfijado hoy 20/03/2015 a las 5 pm Mayra guzmán ríos secretaria Edicto la notaria única del circulo de Puerto Berrio Emplaza a quienes se crean con derecho a intervenir dentro de los 10 días sgtes a la publicación de presente edicto en el periódico sucesión de Carlos Julio Gómez Bustos (Q.E.P.D) CC 3.547.215 quien falleció el 01/10/2010 en puerto Berrio s iendo s u ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios aceptado el tramite mediante acta 04/ de 17/02/15 se fija hoy 12/03/2015 a las 7.30 am juan B Rengifo paredes notario Edicto el juzgado 21° civil Mpal de oralidad de Medellín Emplaza a todas las personas determinadas e indeterminadas que se crean con derecho para intervenir en el proceso de sucesión intestada del causante Oscar De Jesús García Acevedo c.c. 71.296.115 fallecido en Medellín el 06/06/12 siendo el Mpio de Medellín el lugar de su ultimo domicilio Rdo.-2014-428 Medellín 19/12/14 constancia se fija edicto hoy 11/03/15 a las 8 am en lugar visible de la seria Natalia bailarín Madrid seria Edicto el juzgado promiscuo de familia de yarumal emplaza a todos los que se crean con derecho al ejercicio de la guarda de la presunta interdicta Marta Esneda Mora Lopera c.c. 43.821.906 a fin de que lo hagan valer dentro del proceso de interdicción judicial por discapacidad mental Rdo. 2015-33 núm. 3° art 42 de la ley 1306/09 que modifico el art 659 del c.p.c. yarumal 09/03/15 gloria M. Pérez seria Edicto el juzgado 5° Mpal de pequeñas causas laborales de Medellín hace saber que Emplaza al representante legal de la sociedad confecciones fabilon s.a.s. representada legalmente por Etiel Antonio Osorio Torres o quien haga sus veces que debe comparecer al despacho ubicado en la Cra 52 N°43-52 3° piso Ed. Álvarez estrada p.h. de manera personal o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de la demanda ordinaria laboral promovida por Argelia Patricia Herrera Pereañez contra la sociedad confecciones fabilon s.a.s. Rdo. 005-2013-814 el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación que se efectuara art 29 del c.p.t. y de la s.s. art 318 del c.p.c. aplicable por analogía al procedimiento laboral Leidy Yovanna Gómez seria Edicto el juzgado promiscuo del cto de amaga Ant Rdo. 21-2015 Emplaza a quienes se crean con derecho a intervenir en el proceso ordinario civil sobre declaración de pertenencia prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio propuesto por Luz Elena Cardona de Piedrahita en contra personas indeterminadas en donde se reclama el siguiente bien en usucapión lote de terreno situado en el corregimiento camiloce del Mpio de amaga con área de 8.073M2 alinderado así siendo sus linderos actuales por el norte en 87.50mts aproximadamente con propiedad de Gonzalo Villa Vargas por el oriente en 117.93mts aproximadamente con predio de Luz Elena Cardona de Piedrahita por el sur en 80.52mts aproximadamente con propiedad de Doris Muñoz y por el occidente en 127.34mts aproximadamente con propiedad de Oscar Agudelo bien distinguido con la M.I. 033-12554 cuyos linderos antiguos eran por cabecera con predio de Tulio Fernández por un costado con Martin Emilio Molina por el pie con terreno de Felipe Ángel y por el otro costado con inmuebles de delfín gallego y José Piedrahita las personas que intervengan deberán hacerlo en el término de 20 días que durara fijado este edicto y 15 días con la advertencia de que si no comparece en dicho plazo se les designara curador ad litem con quien se surtirá la notificación y se continuara el proceso hasta su terminación este edicto está fijado en la seria del juzgado amaga 05/03/15 juan Guillermo Román serio EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 Edicto el notario único del clo de amaga emplaza a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación de la herencia de los señores Luis Eduardo Tangarife González y María mercedes acosta correa con c.c. 575.101 y 21.478.012 fallecidos en el Mpio de angelopolis el día 08/07/91 el primero y el 01/02/99 la segunda siendo dicho Mpio su ultimo domicilio deberán hacerlo dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto se fijara en un lugar visible de la notaria por 10 días hábiles a partir de hoy acta N°03 del 06/03/15 Rodrigo Alexander Montoya notario (E) Edicto el juzgado 1° de familia oral del cto de Envigado Emplaza a Rubén Darío Pérez Cervantes para que comparezca a este juzgado a recibir personal notificación del auto que admitió demanda dentro del proceso verbal de cesación de los efectos civiles de matrimonio religioso instaurado en su contra por Luz Dary Ortiz Vallejo Rdo. 2015-0023 se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se le nombrara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara el proceso art 318 del c.p.c Hernán Nicolás Pérez Juez Edicto el juzgado 16° civil del cto requiere a los herederos indeterminados del causante José Guillermo Gómez Vásquez para que concurran al proceso ordinario de simulación proveniente del juzgado 14° civil del cto de Medellín el cual es promovido Mario Fernando Gómez Manco contra Yesenia Gómez mirando los aquí emplazados y otros Rdo. 014-20131078 se les advierte además que el emplazamiento se entenderá surtido 15 días después de la publicación del listado como ha quedado ordenado y que si los emplazados no comparecen se les designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación verónica Tamayo seria . Edicto el juzgado 11° civil Mpal de descongestión de Medellín Emplaza a María Lucero Gómez Echeverry cc 43.568.086 para que comparezca a este juzgado antes indicado con el fin de notificarle personalmente el contenido del auto de 24/07/2013 por medio se libró mandamiento de pago en su contra y Gersain Mejía Ospina a favor de leasing Bolívar s.a compañía de financiamiento comercial dentro del proceso ejecutivo Rdo. 011-2013-502 el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de su publicación se le advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del término señalado se les designara un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación Juliana Barco González Juez Edicto el juzgado 1° promiscuo Mpal oral con función de control de garantías de Copacabana en proceso ordinario de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio Rdo.-2015-00074 instaurado por Darío de Jesús Zapata Cardona contra Simón Zapata Cardona y demás personas indeterminadas que se crean con derecho sobre 75% del derecho de Simón Pedro Zapata Cardona sobre el inmueble identificado con M.I. N°012-19653 Rdo. 001-2014354 se ordenó emplazar a todas aquellas personas indeterminadas que se crean tener derechos sobre el bien objeto de esta demanda para que dentro del término de fijación del presente edicto 20 días o dentro de los 15 días subsiguientes al mismo se presente al juzgado 1° promiscuo Mpal oral con función de control de garantías de Copacabana Ant ubicado en la Cra 48 N°50-143 piso 2 del c.c. jazmin plaza Copacabana con el fin de notificarse personalmente del auto del 30 de mayo de abril del 2013 por medio del cual se admitió la presente demanda el bien objeto de esta demanda que se pretende adquirir por prescripción es el siguiente derecho proindiviso equivalente al 75% de un lote de terreno con casa de habitación de material y teja de barro demás mejoras y anexidades situado en el paraje de granizal o los suelos jurisdicción del Mpio de Copacabana de una superficie aproximada de 4 hectáreas distinguido en catastro departamental con el N°740 y comprendido por los siguientes linderos por el pie con propiedad de Francisco Luis Marín Jiménez de un mojón a otro mojón por un costado con propiedad de Gilberto López por el otro costado con propiedad de Darío Ospina y por la cabecera con el mismo Gilberto López identificado con M.I. N°012-19653 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Girardota se les advierte a los llamados que si no comparecen dentro del término indicado se le designara curador ad-litem que les representara y con quien se surtirá la diligencia de notificación aludida y las subsiguientes dentro del proceso fijado hoy 06/03/15 a las 8 am diana patricia Jaramillo seria Edicto el juzgado 7° civil Mpal de oralidad de Medellín Rdo. 0072014-775 Emplaza a David Zoraca Herrera para que dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto comparezca a este despacho por sí o por apoderado judicial a recibir la notificación personal del auto que libra mandamiento de pago en su contra de fecha 15/01/15 en proceso ejecutivo prendario que lo instaura la entidad Banco Davivienda s.a. Rdo. 2014-775 art 318 del c.p.c. reformado por el art 30 de la ley 794/03 se advierte al emplazado que si no comparece dentro del término indicado se le designara curador ad-litem con quien se verificara la mencionada notificación y se continuara el trámite del proceso Medellín 02/03/15 Wilfredo Vega serio Edicto el juzgado 4 de familia en oralidad de Medellín Rdo.743-2014 emplaza a Jorge Iván Londoño Cartagena mayor de edad cuyos demás datos personales se desconocen para que se presente a este juzgado ubicado en el edificio jose felix de Restrepo piso 3 oficina 304 centro administrativo la alpujarra para estar a derecho dentro del proceso de muerte presunta por desaparecimiento instaurado por Gerardo Londoño igualmente se previene a quienes tengan noticias de su paradero y todos aquellos que tengan relación con el para que las comuniquen al juzgado en cumplimiento al numeral 2 del Art. 657 del C.P.C. el señor Jorge Iván Londoño Cartagena salió hacia su lugar de trabajo en el oriente antioqueño el día 2/11/1999 y hasta la fecha no se ha obtenido ninguna noticia de su paradero no se sabe si está vivo o muerto Medellín mayo 30/14 fijado 03/06/14 a las 8am José Agudelo Serio Edicto el juzgado 2° civil Mpal de Envigado Rdo. 2012-1318 juzgado que requiere 2° civil Mpal de envigado emplazado Gloria María Sánchez Monsalve auto a notificar 18/12/12 que libro orden de pago en su contra proceso ejecutivo prendario demandada Gloria María Sánchez Monsalve demandante Banco Davivienda s.a. Aviso art 318 del c.p.c. demandante Gilma hincapié de Sánchez demandado Mario Emilio Suescun Bermúdez y personas indeterminadas sujeto emplazado Mario Emilio Suescun Bermúdez juzgado que lo requiere 5° civil del cto de Medellín ubicado en la Cra 52 N°42-73 piso 12° ofi. 1209 ed. José Félix de Restrepo proceso verbal de mayor cuantía clase de providencia auto que admite la demanda del 21/01/15 Rdo. 0052014-1540 se advierte al emplazado que dispone del termino de 15 días siguientes a la publicación del listado para comparecer a recibir las correspondientes notificaciones y en casa de no hacerlo se le designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara con el tramite del proceso Medellín 17/02/15 Wendy Yurany quintero seria Edicto el juzgado promiscuo Mpal de santa rosa de osos de Ant ordena incluir en el listado emplazatorio a Erick Olaf Campanelli Altamar para que comparezca a notificarse personalmente del auto del 02/02/15 proferido por esta dependencia judicial y que libra mandamiento de pago en su contra dentro del proceso ejecutivo instaurado por Martha Amparo Coronado Zapata quien actúa por intermedio de apoderada judicial legalmente constituida con Rdo. 2015-00020 el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación y si el emplazado no comparece se le designara curador ad-litem con quien se surtirá la notificación art 318 del c.p.c. reformado por el art 30 de la ley 794/03 Rubén Darío Ramírez serio. El Juzgado 2º Civil Mpal de Bello, Ant. Rdo. 2013-00773. Hace Saber al publico que según auto del 12/11/2014 dentro del proceso ejecutivo, instaurado por Asociación de Padres de Flia de los Niños Usuarios del Hogar Infantil “La chocita” representada legalmente por Edna Sirley Bermúdez Lopez. C.C. 39.580.724 contra Alexander Rozo Salazar CC 94.376.30 se ha fijado el dia 09/04/2015 a las 9:00 a.m., para llevar a cabo la diligencia del art 527 del C.P.C. sobre: a) 1 televisor de plasma de 42 pulgadas, marca Samsung, modelo PL43E490B4FX29, serial Z5Y93CQCA00210N; b) 1 teatro en casa con 4 parlantes, modelo SH34SL-SP/N: MEZ61906301 y 1 Subwoofer modelo SH34SL-SP/N: MEZ61906301. El anterior bien antes descrito fueron avaluados de conformidad con el art 516 del C.P.C. asi: a) 1 televisor de plasma de 42 pulgadas, marca Samsung, modelo PL43E490B4FX29, serial Z5Y93CQCA00210N; avaluado en la suma de $ 779.000; b) 1 teatro en casa con 4 parlantes, modelo SH34SL-SP/N: MEZ61906301 y 1 Subwoofer modelo SH34SL-SP/N: MEZ61906301, avaluado en la suma de $190.000. Para un total de $969.000. La subasta comenzara transcurrida una hora a partir del comienzo de la licitación, previo control de legalidad siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluo dado al bien, previa consignación del 40%. Art. 527 del C.P.C., las posturas se realizara en sobre cerrado. Bello, 12/11/2014. Jose Dario Reina. Srío. El Juzgado 5º Civil del Cto de Oralidad de Med. Rdo. 2015-00013-00 Emplaza: a todas las personas que se crean con derechos sobre el bien inmueble que mas adelante se describirá, para que los hagan valer dentro de la demanda verbal (pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio) que promueven Maria Nohelia, Maria Nelida, Aicardo de Jesus, Mario de Jesus, Luis Huberto, Amparo, Consuelo, Luis Fernando, Maria Fabiola, Raul Dario, Martha Cecilia, Gloria Ines y Hernan Ramiro Alvarez Cano contra personas indeterminadas, dentro de los 15 dias sgtes contados a partir de la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien a usucapir es el sgte: Lote de terreno o finca denominada Rastrojo Largo, situada en la fracción “San Sebastian”, hoy corregimiento “San Sebastian Palmitas” de Med, distinguido catastralmente con el No. 52, que linda: por la cabecera, con el camino real que gira de Med, para Antioquia; por un costado, con terreno de Jesus Maria Alvarez y Pascual Marin, sirviendo de línea la quebrada El Empedrado; y por el pie y el otro costado, con el camino que del expresado (sic) sigue para la cabecera de la fracción dicha, y con finca de Francisco Perez. Descripción y linderos actuales del citado predio: “Lote de terreno o finca denominado Rastrojo Largo, situada en el actual corregimiento de Palmitas de Med, con un area aproximada de 30.890,17 mts2, según ficha predial y un area construida de 270,90 mts2, según la misma ficha predial, y cuyos linderos actuales tomados de la ficha catastral o plano predial son los sgtes: por el Oriente, donde tiene su acceso, en parte con los predios 132 y 133 que son o fueron de Libia Perez, via de acceso de por medio, y en parte con los predios 134, 135 y 136 que son o fueron de herederos de Libardo Ortiz; por el sur, con los predios 143 y 53 que son o fueron de Luis Alvarez o Augusto Alvarez; por el suroccidente, con el predio 50, via a Ebejico de por medio; por el occidente, con los predios 74 y 138 que son o fueron de Aicardo Alvarez y Mario Alvarez; y por el Norte, con el predio 73 que es o fue de Carlos Alvarez y predio 137 que es o fue de los herederos de Libardo Ortiz. Se fija el presente edicto por el término de 20 dias en un lugar visible de la sría del juzgado y se entenderá surtido 15 dias después de su desfijacion. Arts. 407 y 318 del C.P.C. Med, 17/02/2015. Fijado el 27/02/2015 a las 8.00 a.m. Wendy Yurany Quintero. Sría. La Sría de la oficina de Ejecución Civil del Cto de Med. Rdo. 0052012-00056. Hace Saber: que el proceso ejecutivo incoado por Jorge Eliecer Morales Gomez en contra de Augusto Vasquez Diaz, se ha señalado el 06/04/2015, a las 8:00 a.m., para que realice la diligencia de remate del sgte bien inmueble: un lote de terreno, con una superficie aproximada de 22.6 hectáreas, son sus mejoras, anexidades, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, hoy con casa de material y con servicio de energía eléctrica, situado en la Vereda San Pablo, jurisdicción del Mpio de San Luis, alinderado asi: Partiendo de la puerta de golpe que esta en el camino a San Luis arriba hasta llegar a un palo de gallinazo, lindero con Carmen Ciro, dicho palo se abre en 3 brazos a metro de altura, y el palo esta adentro del camino a unos 6 mts mas o menos del mismo, de este palo en travesia de la derecha, directo a caer a una canoíta, sigue alambrado arriba a un charco de baño hasta caer a la quebrada la Brillonda, de aquí arriba hasta encontrar las 2 quebradas o sea el lavadero a salirse al camino real que conduce a la vereda Africa, hasta llegar a la otra quebrada con propiedad de Carlos Ciro o quebrada abajo hasta salir a la quebrada la Brillonda, luego gira hacia la izquierda quebrada arriba hasta coger un filito lindando con propiedad de Carlos Zuluaga y de allí un camino arriba hasta el encuentro del camino del Macanal, sigue de para abajo hasta encontrar en lindero con Reinaldo Ramirez, de allí quebrada abajo hasta salir a la finca de San Pablo o inversiones Oriente y de este al punto de partida, o sea la puerta de golpe. Identificado con F.M.I. No. 0180039041 de la oficina de registro de II.PP de Marinilla, Ant. Avaluado en $ 232.017.600.oo. Sera postura admisible la que cubra el 70% del avaluo de dichos bienes Art. 523 del C.P.C. Además, sera necesario que se realice el deposito para hacer postura consistente en una previa consignación del 40% sobre el avaluo de los respectivos bienes. Art. 526 del C.A.C. finalmente, se advierte a los postores que la almoneda se realizara conforme al precepto 527 ibid. Modificado por el canon 34 de la ley 1395/2010. Med, 02/03/2015. Ferney Velasquez. Srío. El Juzgado 11 Civil del Cto de Med. Rdo.012-2008-00599-00. Emplaza a Jorge Humberto Giraldo Ortiz, a fin de que comparezca a la demanda ejecutiva instaurado por Mauricio Zuluaga Ruiz contra Jorge Humberto Giraldo Ortiz. A recibir notificación personal del auto que libro mandamiento de pago. Se advierte al emplazado que si no comparece al proceso dentro de los 15 dias sgtes a la publicación del presente listado, se les designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Med, 23/02/2015. El Juzgado 14 Civil del Cto de Oralidad de Med. Rdo. 2014-01615. Emplaza a Rosalba Bedoya de Solivan, Leon Dario Bedoya Moreno, Martha Mery Mesa Bedoya, Beatriz Elena Mesa Bedoya, Gloria Stella Cardona Bedoya, Maria Julied Cardona Bedoya y Wendy Cristina Cardona Bedoya, para que se presente a este juzgado y se haga parte en el proceso Divisorio instaurado por Nelson Humberto Hurtado Bedoya contra Rosalba Bedoya de Soltivan y otros. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 días después de la publicación del edicto, si los emplazados no comparecen, se les designara un curador ad-Litem con quien se surtirá la notificación y se continuara el trámite del Proceso hasta su culminación. Publíquese en prensa local el Domingo. Art. 318 del C.P.C. Muriel Massa. Juez, El Juzgado 16 Civil del Cto de Med. Rdo. 2013-00444. Emplaza a los herederos indeterminados de Mario de Jesus Garcia Jimenez, dentro del proceso de declarativo de división por venta de bien común incoado por Ligia del Socorro y Libardo Molina Valencia contra de los herederos determinados de Mario de Jesus Garcia Jimenez, quienes son Maria Eugenia, Gloria Ofir y Beatriz Garcia Baena, Daniel Garcia Cortes y herederos indeterminados. Se advierte a los citados que el emplazamiento se entenderá surtido 15 dias después de la publicación del listado como ha quedado ordenado, y si no comparecen se les designara curador Ad-litem con quien se surtirá la notificación. Veronica Tamayo. Sría. El Juzgado 5º de Flia de Oralidad de Med. Rdo. 2015-00156. Emplaza a todas aquellas personas que consideren tener derecho a intervenir en el proceso de sucesión simple intestada de Ascension Gonzalez Rodriguez de Gonzalez, fallecida el 11/08/2002, en Med, lugar de su ultimo domicilio. Para que comparezcan a hacerlos valer dentro de la oportunidad legal. Se fija este edicto en lugar visible de la sría del juzgado por el termino de 10 dias. Publiques en prensa y emisora local. Art. 318 y 589 del C.P.C. Med, 04/03/2015. Fijado el 05/03/2015 a las 8:00 a.m. Lina Rocio Pareja. Sría. El Juzgado 8º de Flia de Oralidad de Med. Emplaza a Maria Elena Alvarez Cordoba, cuyo paradero se desconoce, para que comparezca en el termino 15 dias al proceso de cesación de efectos civiles de matrimonio católico que en su contra promovió Nestor de Jesus Gallego Escobar. Si no comparece, se le nombrara curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Med, 24/02/2015. Gloria Amparo Cuervo. Sría. El Juzgado 3º Civil Mpal de Bello, Ant. Rdo. 2015-00069 Emplaza a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de sucesión intestada de Ligia Bedoya Restrepo, fallecida en Med, el dia 25/05/2012, siendo Bello lugar de su ultimo domicilio, para que dentro del termino de 10 dias contados a partir de la fijación de este edicto, se presenten al juzgado ubicado en la calle 47 No. 48-51 cuarto piso Bello, donde se encuentra abierto y Rdo, el proceso. Para que hagan valer sus derechos. Art. 589 del C.P.C. Bello, 23/02/2015. Fijado el 27/02/2015 a las 8:00 a.m. Luz Maria Pineda. Sría. El Juzgado 9º Laboral de Descongestion del Cto de Med. Rdo. 001-2011-0012400. Emplaza Heidy Correa Londoño en calidad de litis consorte necesario por pasiva cuyos domicilios y direcciones se desconocen, para que dentro del termino de 15 dias sgtes a la fecha de publicación del presente edicto comparezca a este despacho ubicado en la calle 49 No. 45-65, piso 6º Med, con el fin de que por intermedio de apoderado judicial, se haga presente dentro del proceso Ordinario laboral instaurado por Pedro Emilio Correa Tuberquia contra Colpensiones EICE. Se le advierte que de no comparecer dentro del termino indicado, se le designara un curador ad-litem con quien se surtirá la notificación y se continuara el proceso. Art 29 del C.P.L y Art. 318 del C.P.C. El presente edicto se fijara en un lugar visible de la sría del juzgado y se publicara por una sola vez dentro del mismo termino en prensa o emisora local. Ivonne Milena Moncada. Sría. El Juzgado 11 de Flia de Med, Ant. Rdo. 2014-1009. Emplaza a Jaime Alonso Restrepo Palacio, quien deberá comparecer a notificarse personalmente del auto 1503 del 27/11/2014, dentro del proceso liquidación sociedad conyugal instaurado en su contra por Maria Teresa Sierra Escobar. Al emplazado se le advierte que debe comparecer dentro de los 15 dias sgtes a esta publicación. Ley 794/2003. Se le hace saber que si no comparece se le designara un curador Ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Publíquese. Med, 04/03/2015. Sergio Andres Mejia. Srío. El Juzgado 1º Civil Mpal de Oralidad de Envigado, Ant. Rdo. 2009-00114-00. Hace Saber: que en el proceso ejecutivo mixto (con prenda) instaurado por Planautos S.A. Nit. 8909240076-4, contra Sandra Yamile Lopez Escobar con C.C. 43740938. Se señalo el dia 10/04/2015 a las 8:00 a.m. con el fin de llevar a efecto la venta en publica subasta del sgte bien mueble: Vehículo de placas EKX865, clase automóvil, marca Renault línea logan, carrocería sedan, color Gris Perla, modelo 2007, capacidad 4 pasajeros, el cual fue avaluado en la suma de $19.200.000. oo. Sera postura admisible la que cubra el 70% del avaluo total, previa consignación del 40% del mismo, en la cuenta 052662041001 del Banco Agrario de Colombia, sucursal Envigado, Ant. Fernando Cruz. Srío. El Juzgado 8º de Ejecución Civil Mpal de Med. Rdo. 009-2012-00941-00. 43 Hace Saber: Que dentro del proceso ejecutivo prendario promovido por Planautos S.A. contra Carlos Andres Morales Castro se ha señalado el dia 14/05/2015 a la 1:30 p.m., para llevar a cabo la diligencia de remate del vehiculo de placas KAN 736. El avaluo dado del vehiculo total es $ 15.300.000. Sera postura admisible la que cubra el 70% del avaluo dado al bien y postor hábil quien previamente consigne el 40% del mismo, en el Banco Agrario, sucursal ciudad Botero, en la cuenta de la oficina de ejecución civil Mpal de Med, la lactación empezara a la hora señalada, y no se cerrara sin haber transcurrido una hora por lo menos. Ley 1395 del 12/07/2010. Publíquese en prensa y emisora local. El aviso se publicara por una vez, con antelación no inferior a 10 dias a la fecha señalada para el remate. Med, 20/02/2015. Claudia Elena Velasquez. Sría. El Juzgado 23 civil Mpal de Med. Rdo. 2014-560. Emplaza a Rafael de Jesus Velasquez Acosta. Naturaleza del proceso: Verbal Sumario. Dte: Jose Maria Palacio Perez. C.C.70.125.225. providencia a notificar. Admision de demanda del 29/05/2014. Ddo: Rafael de Jesus Velasquez Acosta. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación. Si el demandado no comparece al juzgado dentro de este tiempo, se procederá con la designación de curador ad-litem. Publiquese. Art. 318 del C.P.C. Med, 05/12/2014. Marta Orjuela. Sría. El Juzgado 1º Promiscuo Mpal de la Ceja, Ant. Rdo. 2014-00007. Emplaza a Gerardo Rios Botero, para que dentro de los 15 dias sgtes a la publicación de este edicto, comparezca a este despacho a recibir personal notificación del contenido del auto de fecha 03/02/2014 que declaro abierto y rdo el proceso de sucesión de Teresa de Jesus Botero de Rios, auto dictado dentro del proceso de sucesión. Art. 318 del C.P.C. reformado por el art. 30 de la ley 794/2003. Se advierte al emplazado que si no comparece dentro del termino indicado se le designara un curador Ad-litem con quien se verificara la mencionada notificación y se continuara el tramite del proceso. La Ceja, 05/03/2015. Hernan Garces. Srío. Juzgado 2° Civil Ccto.de Oralidad Itaguí,rad.20140040200,emplaza a personas desconocidas e indeterminadas que se crean con derecho sobre el bien que se detallará ,para que comparezcan en el término de 10 días a la demanda prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio,trámite verbal,que en su contra y Blanca Elena Gómez Arboleda,les promueve Pedro Nel Gómez González y Paula Andrea García Mesa.Lote de mayor extensión:lote N° 08 en paraje la Bermejala de La Estrella,hoy Caldas,con área aproximada de 1.249M2,alinderado actualmente:por el frente,en 21M,con camino de servidumbre,cañada de por medio,por un costado,en 62M,con lotes 7 resultante de esta división material,propiedad de John Jairo Gómez Arboleda,por el otro costado en 57M. con lote 9 resultante de esta división material propiedad de Germán Andrés Gómez Arboleda,M.I.N°001-714863 oficina de registro de IIPP de Medellin,zona sur.Lote a usucapir:lote con terreno con casa de un área de 70M2,en paraje La Bermejala,de La Estrella,hoy Caldas desgajado del de mayor ext.que contiene M.I.N°001-714863 oficina de registro IIPP de Medellin,zona sur,linderos:por el frente,con carretera que conduce al Pueblo Viejo La Estrella;por atrás y costado izquierdo,con Alfredo Valencia;por costado derecho,con sucesorio de Héctor Parra.El edicto se fijará por el término de 20 dias en Sría,se publicará por 2 veces con intervalos no menores de 5 dias calendario dentro del mismo término,en El Mundo y por medio de radiodifusora de amplia sintonía en la región o área metropolitana,entre 7 a m . y 1 0 p m . Tr a n s c u r r i d o s 1 5 dias a partir de la expiraciono del emplazamiento,se entenderá surtido el presente.Art.407CPC.Se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término indicado,se designará curador adlitem con quien se surtirá la notificación y continuará trámite del proceso hasta su terminación.Juzgado situado en 5° piso del Ed.Nacional Judicial.Fijado feb.19/2015,8am. Desfijado marzo 18/2015,5pm.Hernan Darío Rodas.Srio 44 EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 Juzgado 3° Civil del Ccto. Medellin,emplaza a todas las personas que se crean con derecho sobre el bien ubicado en perímetro urbano de Medellin,en Cll.44 N° 68 A 46,hoy Cll.44 N° 68 A 50,5° piso,oficina 501 y hace parte de un Ed.P.H.denominado Centro 44 Profesional Residencial,con extensión aprox. de 21.85M2,altura de 3.30M.,con M.I.001298515,alinderado:por el frente o sur en 5.50M,con Cll.44 (San Juan),por el norte en 3M.con escaleras grales.del ed.,en 1.80M,con hall de escaleras grales.,por oriente en 4.20M.con Of.502,por occidente en 4.20M.con Cra.69,por nadir con Of.401 y por cenit con techumbre del ed.,el cuarto de servicios de esta oficina está comprendido por los sgtes.linderos:por el frente o sur,en 2.25M,en parte con Of.502 y en parte con hall de escaleras grales.del edificio,por el norte en 2.25M.con Dpto.503,por oriente en 1.55M.con cocineta de a Of.502,por occidente en 1.55M,con hall de escaleras del ed.,por nadir con cuarto de servicios de la Of.401,por cenit con techumbre de ed.Sobre el inmueble objeto de litigio se pretende la declaración de pertenencia dentro del proceso ordinario reivindicatorio,instaurado por Maria Victoria Sánchez Montoya,contra Juan Guillermo González Escobar. Edicto se fijará en Sría.por el término de 20 días y en ese término se publicará 2 veces con intervalos no inferiores a 5 dias calendario dentro del mismo término,en diario de amplia circulación y radiodifusora del lugar entre 7am.y 10pm.La página en que aparezca la publicación y constancia autenticada del directorio de la emisora sobre su transmisión,se agregarán al expediente.Las personas emplazadas concurrirán al proceso a más tardar dentro de los 15 dias sgtes.a la fecha en la que quede surtido el emplazamiento.Transcurridos 15 dias a partir de la expiración del plazo de 20,se entenderá surtido el emplazamiento respecto de las personas indeterminadas,a éstas se designará curador adlitem,quien ejercerá el cargo hasta la culminación del proceso.Fijado marzo 2/2015,8am. Desfijación marzo 30/2015,5pm. Nelson Alejandro Soto.Srio Rosalba Beatriz Mesa Mesa,avisa que estando a su servicio falleció Luis Fernando Franco Soto,cc.70.602.176 en enero 3/2015.Quien se crea con derecho a reclamar prestaciones,hacerlo en el tel.4180236.2° aviso Juzgado 9° Civil del Ccto.de Oralidad Medellin,emplaza a herederos indeterminados de Maria Benicia Betancur Correa,para que en el término de 15 dias,comparezcan a notificarse del contenido del auto admisorio de la demanda demanda verbal (pertenencia por prescripción extraordinaria de dominio),instaurada por Maria Natividad Ospina Marin,contra herederos indeterminados de Maria Benicia Betancur Correa y demás personas indeterminadas.Se expide para fines indicados en el art.318CPC,reformado por la ley 794/2003 Liliana Alvarez.Sria Juzgado 9° Civil del Ccto.de Oralidad de Medellin,emplaza a aquellas personas que se crean con derechos sobre el bien que se identifica,sobre el cual ha solicitado la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio,en proceso verbal promovido por Maria Natividad Ospina Marín,contra herederos de Maria Benicia Betancur Correa y de las demás personas indeterminadas que se crean con derechos sobre el inmueble que se determina:Bien ubicado en Medellin,barrio Aranjuez,en Cra.49,nomenclatura urbana 95-19 alinderado,lote de terreno con 2 casas,con sus mejoras y anexidades,situado en barrio Berlin de Medellin,con N° 95-19,linda:por el frente,con Cra.47,por occidente,con terreno de Manuel J.Alvarez y Cía,por un costado,con propiedad del donante y por el otro costado con propiedad de Otilia Tobón,tiene 7 varas de frente por 8 de fondo.Hoy según actualización de catastro,está ubicado sobre la Cra.49 mide 60M. de frente por 6.40M,de fondo;sus colindantes han cambiado,sin que se conozca quienes son los actuales vecinos.M.I.01N-324185.Se expide edicto de conformidad al art.407CPC,se entenderá surtido el emplazamiento transcurridos 15 dias después de la fijación del edicto por 20 dias.Fijado en Sría,marzo 9/2015,8am.Liliana Alvarez.Sria. Rad.20140146600 Juzgado 24° Administrativo Oral de Medellin,emplaza a Ignacio de Jesús Galeano Arango,cc.70.120.399,para que dentro de los 15 dias sgtes.al de la publicación del edicto,comparezca al despacho en Cll.42 N° 48-55 Medellin y reciba personalmente notificación del auto por medio del que se vinculó como sujeto pasivo (parte demandada),en la acción popular promovida por Luis Fernando Franco Restrepo,contra el Municipio de Medellin y otros,rad.201301043. En caso de no comparecer dentro de dicho término,se designará curador adlitem que represente a la entidad en causa.Art.318CPC,art.30 ley 794/03. Marzo 5/2015.Lorena Pineda.Sria Juzgado 3° de Flia.Medellin de Oralidad,cita a personas que se crean con derecho a la guarda de Carlos Arturo Aristizábal,para que se presenten al juzgado en la oportunidad legal y hagan valer sus derechos.Art.30 ley 794/2003 y Nral.3° del art.659 de la ley 1306/2009.Feb.3/2015.Paula Andrea Sánchez.Sria Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Juan Pablo Arboleda,cc.3.383.737,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de junio 11/2014 que admitió la demanda,dentro del proceso abreviado de Banco Finandina S.A,rad. 201400124,contra Juan Pablo Arboleda.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Marzo 3/2015.Daniel Esteban Villa.Juez Juzgado 6° Civil de Descongestión del Ccto.Medellin,emplaza a herederos indeterminados de Ismenia Franco Aguilar Vda.de López, quienes deben comparecer a notificarse personalmente dentro del proceso reivindicatorio de Josefina López Franco de Ochoa,rad. 20120005200,contra Hernando de Jesús Aguilar Sánchez.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Gloria Estela García.Juez Juzgado 13 Civil Mpal de Medellin proviene del Juzgado 17 Civil Mpal de Medellín, emplaza a Carlos Bernardo Duque Mesa,quien debe comparecer a notificarse personalmente de la providencia de feb.6/2013 que libró mandamiento de pago dentro del proceso ejecutivo singular de Cesar Augusto Rios Ossa,rad.201420121038,contra Carlos Bernardo Duque Mesa,Néstor Poy Valentierra Jaramillo,Provicol Ltda. Alberto Torres Pérez.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Ligia Estela Zapata.Sria. Juzgado 13° Civil Mpal Juzgado 1° de Flia.del Ccto.de Envigado Oralidad emplaza a Diego Jonnahatan Espitia Castañeda y a la familia por línea paterna de Juan Pablo Espitia Echeverri,quienes deben comparecer a notificarse personalmente dentro del proceso verbal sobre suspensión de patria potestad de Verónica Echeverri Aristizábal,quien actúa a favor y en repr.del menor Juan Pablo Espitia Echeverri,rad. 20140102700,contra Diego Jonnahatan Espitia Castañeda.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Hernán Nicolás Pérez.Juez Juzgado 18° Civil Mpal.de Oralidad Medellin,emplaza a León Alberto Ospina Piedrahita,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto que libró mandamiento ejecutivo de nov.6/2014,dentro del proceso ejecutivo de Confiar Cooperativa Financiera rad.20141502,contra León Alberto Ospina Piedrahita después de la publicación,de no presentarse el emplazado se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03. Margarita Chavarriaga.Juez Juzgado 22° Civil Mpal.de Oralidad Medellin,emplaza a Edilberto Carvajal González,cc.93.336.807,para que dentro del término de 15 dias se presente con el fin de recibir notificación personal del auto de agosto 21/2014,mediante el cual se libró mandamiento de pago de mínima cuantía en su contra,a favor de la Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,dentro del proceso ejecutivo singular,rad. 201401310;so pena de notificarse por medio de curador adlitem y continuar trámite del proceso hasta su terminación.Aviso de conformidad al art.318CPC,se publicará 1 vez en El Mundo,domingo. Feb.10/2015.Oscar E.Mendieta.Srio Juzgado Pcuo.Mpal.Carepa Ant,emplaza a Ivan Darío Padilla Baleta,para que comparezca a recibir notificación personal del auto que libró mandamiento de pago de nov.29/2013,proferido en su contra dentro del proceso ejecutivo de mínima cuantía,rad.20130065500, instaurado por Confiar Cooperativa Financiera,a través de la apoderada Dra.Gloria Esther Arango Arango.El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación del auto en El Mundo,domingo.Vencido el término sin que comparezca el demandado,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.art.318CPC,art.30 ley 794/03. Abr.11/2014 Hernando Estrada.Srio Juzgado 1° de Flia.del Ccto.de Medellin de Oralidad,emplaza a quienes se crean con derecho en el proceso de sucesión doble intestada,rad.20140067000 de Carlos Antonio Herrera Álvarez y Sofía Montoya de Herrera,cc.600.501 y 21.569.235,fallecidos en M e d e l l i n , f e b . 11 / 2 0 1 3 y m a y o 16/99,respectiv;Medellin,su último domicilio y asiento de sus bienes. Para efectos del art.589CPC,se libra el edicto.Fijado enero 23/2015,8am. Desfijado feb.5/2015,5pm.Luis Alonso Berruecos.Srio Juzgado 14° de Oralidad de Familia Medellin,avisa mediante sentencia 021 de marzo 4/2015,este despacho decretó interdicción por discapacidad mental absoluta de Amparo del Socorro Cano Agudelo,cc.43.555.986,nacida oct.5/45 de Medellin,hija de Raúl y María Lourdes,quien por este mismo decreto,no cta.con la libre admón.y disposición de sus bienes,conforme a lo probado,razonado y expuesto en la sentencia.A la incapaz se designó guardadora legítima y general a Maria Victoria Cano Agudelo,cc.13´451.077;en los términos de la ley 1306/2009.Se expide aviso en cumplimiento al Nral.8 del art.42 de la ley 1306/2010.Publicar 1 vez en El Mundo Marzo 9/2015. Angélica Leonor Ramirez.Sria Juzgado 3° Civil Mpal.Medellin,en Cra.52 N° 42-73,Ed.José Félix de Restrepo,piso 12,emplaza a Héctor de Jesús Salazar Mesa,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de sept.8/2014 dentro del proceso verbal sumario de Carlos A lcides R amirez Londoño,rad.20140823,contra Héctor de Jesús Salazar Mesa.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Feb.25/2015.Rafael Ricardo Echeverri.Srio Juzgado Pcuo.del Ccto.de Titiribí Ant.cita y emplaza a personas indeterminadas que se crean con derechos sobre el inmueble en corregimiento de Otramina,comprensión territorial de este mpio.consistente en lote de terreno de forma triangular que tiene una ext.de 300 a 400M2,linda:por el frente con carretera que conduce del alto de Otramina al puente de quebrada “Sinifaná”,corregimiento de Bolombolo;por el pie y un costado con quebrada denominada Frana y por el otro costado con propiedad de Gerardo Mejía.Este emplazamiento se hace para que comparezcan al proceso de pertenencia,rad.20150 001500,promovido por Alba Rosa Uribe Campillo contra personas indeterminadas que se crean con derecho en el inmueble.Se advierte a los emplazados que de no comparecer dentro de dicho término,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación y ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso. Para efectos del Nral.6° del art.407CPC,se expiden copias para publicar 2 veces,con intervalos no menores de 5 dias calendario dentro del mismo término,en El Mundo y radiodifusora de este mpio.,entre 7am.y 10pm.Fíjese edicto por 20 dias en Sría.Fijado marzo 9/2015 Aicardo Quintero.Srio Emplazamiento.El gerente liquidador de la sociedad Frigorifico Urabá Darien Caribe “Frigourabá Limitada” en liquidación nit 800000352 en cumplimiento a lo ordenado en los art.12 de la ley 1105/2006 y 24 del Dto.002319/2014 del Dpto. de Antioquia,por medio de este medio se permite emplazar a todas las personas que se consideren con derecho a formular reclamaciones contra la entidad,a fin de que se presenten indicando el motivo de su reclamación y la prueba en que se fundamenta,dentro de los 15 dias sgtes.a la última publicación de este aviso,con la advertencia de que una vez vencido éste,el liquidador no tendrá facultad para aceptar ninguna reclamación,las reclamaciones deberán ser dirigidas a la Cra.99 N° 96-35 Of.404 Apartacentro de Apartadó Ant.con copia a los correos electrónicos frigouraba@yahoo. es y mauricioparracruz@hotmail. com,en igual sentido se emplaza a quienes tengan en su poder a cualquier título,activos de la entidad para los fines de su devolución y cancelación.Maurici Andrés Parra Cruz,Gerente liquidador.Se fija marzo 11/2015.Mauricio Andrés Parra.Gerente Liquidador Juzgado 9° Laboral del Ccto.Medellin emplaza a Ester Julia Rojas,se requiere con el fin de notificarle personalmente el auto mediante el cual se admitió demanda ordinaria laboral de 1ª instancia,promovida por Aracelly Jiménez de Ossa,contra Colpensiones,proceso rad.20130120200.Se hace saber a la emplazada en caso de no concurrir en el término de 15 días sgtes.a la publicación,se continuará trámite del proceso,se advierte que de conformidad al art.53CPC,la oportunidad para presentar demanda de intervención ad excludendum precluye con sentencia de 1ª instancia.Juzgado en Medellin,Cra.52 N° 42-73,Of.1009,Palacio de Justicia,Ed.José Félix de Restrepo. Diego Alberto Osorio.Srio Juzgado 1° de Flia.Oral del Ccto. de Envigado,emplaza a quienes se crean con derecho en el proceso de sucesión de Luis Alejandro Berrio Rodriguez,fallecido dic.11/2011 en Envigado,para que comparezcan al despacho en Cra.43 N° 38 sur 42,2° piso,Palacio de Justicia Alvaro Medina Ochoa,Envigado. Proceso sucesión abierto y rad. mediante auto de feb.12/2015 .Se fija en Sría.por el término de 10 dias,se publicará en periódico de amplia circulación y radiodifusora local,conforme al art.589CPC.Bertha Ligia Zulueta.Sria Juzgado 1° Pcuo.Mpal.Apartadó Ant.emplaza a Hosneider Cogollo Gamboa.cc.1.040.366.127,para que comparezca al despacho en Cll.103 B N° 98-48,Ed.Horacio Montoya Gil,2° piso,por sí o por apoderado a recibir notificación del auto en que se libró mandamiento de pago de abr.3/2014 en proceso ejecutivo de mínima cuantía,rad.20140009800 que en el juzgado promueve en su contra Confiar Cooperativa Financiera.El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de la publicación,en El Mundo,domingo Si el demandado no comparece dentro de este tiempo,se procederá con designación de curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Freddy Leonardo Gómez.Juez Juzgado 1° Pcuo.Mpal.Apartadó Ant. emplaza a Emilson Anaya Vertel. cc.70.529.206,para que comparezca al despacho en Cll.103 B N° 98-48,Ed.Horacio Montoya Gil,2° piso,por sí o por apoderado a recibir notificación del auto en que se libró mandamiento de pago de mayo 2/2013 en proceso ejecutivo de mínima cuantía,rad.20130021600 que en el juzgado promueve en su contra Confiar Cooperativa Financiera.El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de la publicación,en El Mundo,domingo Si el demandado no comparece dentro de este tiempo,se procederá con designación de curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Freddy Leonardo Gómez.Juez Juzgado 3° de Flia.de Medellin de Oralidad,cita a personas que se crean con derecho a la guarda de Cesar Augusto Moreno Sierra para que se presenten en la oportunidad legal y hagan valer sus derechos,art.30 ley 794/2003 y Nral.3° del art.659 de la ley 1306/2009 Marzo 4/2015. Paula Andrea Sánchez.Sria Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Gustavo Alonso Madrid Salazar,cc.70.555.149,con el fin de que en el término de 15 dias sgtes.a la publicación,comparezcan a recibir notificación personal del auto mediante el cual se libró mandamiento de pago de oct.24/2014,en virtud de la demanda ejecutiva singular promovida en su contra por Cooperativa Financiera Jhon F. K e n n e d y r a d . 2 0 1 4 0 0 8 3 8 0 0 . S e hace saber a los emplazados que si no comparece dentro del término señalado,se nombrará curador adlitem,quien se notificará del auto y se adelantará proceso.Se expide al tenor del art.318CPC,art.30 ley 794/03.Juzgado en Envigado Cra.43 N° 38 sur 42,Palacio de Justicia Alvaro Medina Ochoa,3° piso.Enero 26/2015.Carolina Usuga.Sria Juzgado 1° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Gustavo Alonso Madrid Salazar,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto 1869 de nov.12/2014 que libró mandamiento ejecutivo de pago,dentro del proceso ejecutivo de Coopkennedy rad.20140095400,contra Gustavo Madrid y otro.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Fernando Cruz.Srio Juzgado 1° Civil Mpal.de Oralidad Envigado,emplaza a Gustavo Alonso Madrid Salazar,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto 1610 de oct.10/2014 que libró mandamiento ejecutivo de pago,dentro del proceso ejecutivo de Coopkennedy rad.20140082400,contra Gustavo Madrid y otro.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Fernando Cruz.Srio Juzgado Pcuo.Mpal.Carepa Ant,en Cra.86 N° 80-09,2° piso,Carepa,emplaza a Arneis de Jesús Pacheco Quiroz,cc.71.256.313,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de mayo 14/2013 que libró mandamiento de pago,dentro del proceso ejecutivo de mínima cuantía de Confiar Coperativa Financiera rad.20130020600,contra Arneis de Jesús Pacheco Quiroz y otro.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art 318CPC art.30 ley 794/03.Alicia Pacheco.Juez Juzgado 6° Civil Mpal.de Descongestión proviene del Jusgado 6 Civil Mupal de Medellin,emplaza a herederos indeterminados de Jesús Emilio Arango Alvarez,cc.3.412.025 quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto que libró mandamiento de pago,dentro del proceso ejecutivo singular de Corporación Acción por Antioquia Actuar Famienpresas,rad.2002630 ,contra Jesús Emilio Arango Alvarez.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art 318CPC art.30 ley 794/03.Marzo 10/2015.Ana Maria Ortiz.Sria Juzgado 18° Civil Mpal. Medellin,emplaza a Anibal de Jesús Henao López,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto que libró mandamiento de pago de junio 3/2014,dentro del proceso ejecutivo de mínima cuantía de Cooperativa Multiactiva Coopfur Ltda,repr. legalmente por Diana Alexandra Melo Medina,rad.20140251,contra Anibal de Jesús Henao López.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art 318CPC art.30 ley 794/03.Margarita Chavarriaga.Juez Juzgado 2° Pcuo.Mpal.de Caucasia,emplaza a Jhon Jader Alvarez Cordero,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de mayo 3/2011que libró mandamiento de pago,dentro del proceso ejecutivo singular de menor cuantía de Inversora Pichincha S.A.,rad.20110011400,contra Jhon Jader Alvarez Cordero.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art 318CPC art.30 ley 794/03.Ana Cristina Rendón.Juez Juzgado 12° Civil del Ccto.de Oralidad de Medellin,emplaza a todas las personas que se crean con derecho al bien que se describe para que concurran,a más tardar dentro de los 15 dias sgtes.a la fecha en que quede surtido el emplazamiento,dentro de la demanda verbal sobre declaración judicial de pertenencia-prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio,instaurada por Ricaurte de Jesús García Dominguez y Benjamin García Dominguez,contra Luz Marina Torres Builes,Oscar de Jesús Torres Builes,Flora María Torres Builes,Maria Yolanda Torres Builes,Maria Fanny Torres Builes y Nelly de Jesús Torres Builes,José H u m b e r t o To r r e s S i e r r a , R o s a D o r i e B e d o y a To r r e s , G e r m a n A lejan d ro B ed o y a To rres , J aime Alonso Bedoya Torres,Gloria Astrid Bedoya Torres y Jhon Sergio Bedoya Torres,Rosalbina Cardona Torres,Otoniel Cardona Torres,Carlos Mario Cardona Torres,Nohemy del Socorro Cardona Torres,Emilio de Jesús Cardona Torres,Maria Isabel Cardona Torres y Maria Eugenia Cardona Torres,León Orlando Lara Torres,José Javier Lara Torres,Olga Marlene Lara Torres,Luz Amparo Lara Torres y Jorge Hernan Lara Torres y demás personas indeterminadas que puedan tener interés en el proceso rad.20140155300.El bien objeto del proceso es:lote de terreno,en esta ciudad,barrio Belen Parque,en Cll.30 A # 79-52,linda:por el frente con calle Céspedes;por costado de abajo,con propiedad que es o fue de Ulpiano Piedrahita,hoy de Maximiliano Lotero,quien es obligado a mantener este cerco a su costa,quedando el comprador a tope con dicha propiedad;por atrás o centro,con quebrada Picacha o camino viejo de Aguas Frías;por arriba con finca que fue de Salvador Yepes,hoy de Nicolás y Salvador Alvarez.M.I.001-203789.Se fija edicto por el término de 20 dias en Sría,se publicará por 2 veces,con intevalos no menores de 5 dias calendario entro el mismo término,en El Mundo o El Colombiano y radiodifusora local.Transcurridos 15 dias a partir de la expiración del emplazamiento,se entenderá surtido el mismo respecto de las personas indeterminadas,a las que se designará curador adlitem que ejercerá el cargo hasta la terminación del proceso.Las personas que concurran al proceso en virtud del emplazamiento,podrán contestar la demanda dentro de los 15 dias sgtes.a la fecha en que aquel quede surtido.Las que se presenten posteriormente tomarán el proceso en estado en que se encuentre.Fijado marzo 4/2015,8am,por el término legal.Desfijado abr.8/2015,5pm. Mayra Alejandra Guzman.Sria Juzgado 4° Civil Mpal.de Desc o n g e s tió n d e mín ima y me n o r cuantía,Medellin,emplaza a Gonzalo Carvajal Goez,para que en el término de 15 dias sgtes.a la publicación,comparezca a recibir notificación del auto de abr.29/2014,por medio del cual se libró mandamiento de pago en su contra y de Ramiro de Jesús Guisao Galeano,a favor de Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda.en proceso ejecutivo singular,rad.20140011700,proveni ente del juzgado 22° Civil Mpal.y 9° Civil Mpal.de Descongestión.Se advierte que de no comparecer en la oportunidad indicada,se nombrará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Art.318CPC,art.30 ley 794/03. Natalia Vargas Sierra Sria EL MUNDO Domingo 15 de marzo de 2015 Juzgado 7° Civil del Ccto. Medellin,emplaza a Ana Exilda Jiménez de Ramirez,para que en el término de 15 dias,a partir de la publicación,comparezcan al juzgado,en Cra.52 N° 42-73,Of.1301 del Ed.José Félix de Restrepo,a recibir notificación personal del auto que admitió demanda ordinaria de pertenencia,sobre el inmueble ubicado en Cll.48D # 65 A 57 local 10 de Medellin,instaurado en su contra por Martha Patricia Santos Hernández,rad.201300571. Pu b l i ca c i ó n d e c o n f o r m idad al art.318CPC,art.30 ley 794/03. Feb.20/2015 Ana María Ruiz.Sria Juzgado 8° Civil Mpal.de Descongestión Medellin,origen 24° Civil Mpal,emplaza a Jorge Ivan Valencia Vargas,para que comparezca al juzgado en Cra.50 N° 51-23,Ed.Mariscal Sucre,Of.608 Medellin,con el fin de notificarle personalmente el auto de julio 24/2013 mediante el cual se libró mandamiento de pago en su contra,a favor de la Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,dentro del proceso ejecutivo,rad.20130067800. El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de su publicación.Se advierte a la emplazada,que si no comparece dentro del término,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Art. 318CPC,art.30 ley 794/03.Feb.11/2015.Gloria María Ortiz.Sria Juzgado 10° Civil Mpal.de Descongestión de mínima y menor cuantía,Medellin,Cra.52 # 4273,piso 15,Ed.José Félix de Restrepo Alpujarra,Medellin,emplaza a Jairo de Jesús Henao Trujillo,cc.8.292.877,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de abr.11/2013 que libró mandamiento de pago,dentro del proceso ejecutivo de Cooperativa Financiera Cotrafa,rad.20130021100 contra Jairo de Jesús Henao Trujillo.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso,art.318CPC,art.30 ley 794/03.Liliana María Carvajal.Juez Juzgado 1° Civil Mpal.de Oralidad,Envigado,emplaza a Pedro Arlex Quintero Moreno,cc.72.956.283,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto 582 de mayo 30/2014 que libró mandamiento de pago ejecutivo,dentro del proceso ejecutivo de Banco de Bogotá,rad. 20140011900,contra Pedro Arlex Quintero Moreno.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso,art.318CPC,art.30 ley 794/03.Fernando Cruz Srio Juzgado 28° Civil Mpal. Medellin,avisa que se necesita la comparecencia de Jairo de Jesús Londoño Salazaar,cc.15.319.760 dentro del proceso ejecutivo.Dte.Banco de Bogotá S.A,contra el emplazado,tramitado bajo rad.201401762,en el juzgado 28° Civil Mpal,despacho que se localiza en cra.52 N° 42-73,Palacio de Justicia,Ed.José Félix de Restrepo,Medellin,donde se le requiere para notificarle personalmente del auto de julio 25/2014 donde se libró mandamiento de pago.Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido transcurridos 15 dias después de la publicación del listado,que si el emplazado,no comparece se le nombrará curador adlitem,con quien se surtirá la notificacion,art.318CPC,art.30 ley 794/03.Alba Rocío Restrepo.Juez Juzgado 5 de flia de oralidad Medellín, avisa: que mediante sentencia proferida de febr. 24/2015, se decretó interdicción judicial definitiva por discapacidad mental absoluta de Marisol Quintero Ríos cc: 1.152.461.514. Nombrando curadora general legítima a Alirian del Socorro Quintero Ríos, cc: 22.025.247. El aviso se libra de conformidad al Art 659 c.p.c y será publicado en el mundo. Febr. 24/2015. Lina Rocío Pareja sria. Juzgado23 civil Mupal Medellín, emplaza a Uriel Mauricio ramos Álvarez, para que comparezca a oír notificación personal dentro del proceso de Carlos Javier Posada Giraldo contra Uriel Mauricio Ramos Álvarez. Pasados 15 días después de la publicación, de no presentarse el emplazado, se nombrara curador Ad-litem con quien continuara el proceso. Art 318 c.p.cmod por el art 30 de ley 794/2003. María Elena Gaviria jueza. Juzgado 7 civil del Ccto de Medellín, emplaza a Ana Exilda Jiménez de Ramírez para que en el término de 15 días contados a partir de la publicación comparezcan al despacho en cra 52 Nº 42-73 of 1301 Ed José Félix de Restrepo, a recibir notificación personal del auto que admitió demanda ordinaria de partencia sobre el bien en calle 48 D Nº 65 A-57 local 10 de Medellín, instaurado en su contra por Martha Patricia Santos Hernández, Rad 2013-00571. Se elabora edicto para publicación d conform con el Art 318 c.p.c. febr. 20/2015. Ana María Ruíz. Sría. Juzgado 2 civil Mupal de descongestión de envigado, emplaza a Manuel Alejandro correa Bustamante para que comparezca a oír notificación personal del auto de julio 9/2013, y abr 25/2014, dentro el proceso abreviado de restitución de bien inmueble de arrendamientos Envigado S.A.S. contra Gabriela Suarez Reyes, MónicaGarcía Cardona, Blanca Inés Correa Orozco y Manuel Alejandro correa Bustamante. Pasados 15 después de la publicación de no presentarse elemplazada se nombrara curador ad-litem con quien continuara el proceso. Art 318 c.p.cmod por el Art 30 ley 794/2003, juan pablo Upegui. Srio. Juzgado 14 civil del Ccto de oralidad Medellín, hace saber que en proceso verbal declaración de pertenencia, por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, incoado por Gloria del Socorro Vásquez de Arango contra Ester Julia Toro vda de Mosquera, VirgelinaMosquera Toro, Martha Lilia Mosquera Toro, Marta Libia Mosquera Toro, Elizabeth Mosquera Toro, Luis Alberto Mosquera Toro, Nelson ArleyMosquera Toro, Luis Alberto Mosquera, María Romelia Mosquera Toro, y personas indeterminadas que se crean con derecho. Rad. 2015-00142, se ha emplazado a las personas que se crean con derecho al bien que se pretende usucapir, para que concurran al proceso a más tardar dentro de los 15 días sgtes a la fecha en que quede surtido el emplazamiento. El bien objeto de la pretensión hace parte de lote mayor ext linderos: lote de mayor ext situado sobre inmueble en calle 107 B N 76-4, barrio Santander de esta ciudad linderos: por el frente o sur, en extensión de 8M con calle 107; por atrás o norte, con ext de 8M con casa No 76-9, que se reservó la vendedora; por un costado u oriente, en 9.60M con cra 1ª, por otro costado u occidente, en 9.60M con lote 20 de la manzana 74. Lote que se pretender adquirir por prescripción 3º piso pretendido linderos: por atrás con Virgelina Rojas y Ana Lenis; por un costado Laura Rosa Gaviria; por el otro costado con cra 108 y por el frente con calle 107 B, de esta ciudad. Inmueble se identifica con M.I 01N-5006431. El edicto se fijara por el termino de 20 días en sría se publicara 2 veces, con intervalos no menores de 5 días calendario dentro del mismo término, en diario de amplia circulación y radio difusora local. Se advierte a los emplazados que si comparecen dentro del término indicado, el juzgado les nombrara curador ad-litem, con quien se surtirá la notificación y continuara el proceso has su comparecencia o terminación. Juzgado 14 civil del Ccto Medellín en la alpujarra, Ed. JoséFélix de Restrepo, cra 52 Nº 42-73 of 1308 Medellín. Fijado sria marzo 10/2015 8 a.m. por el término de 20 dias hábiles. Art 407-7 C.P.C.Desfijadoabr 13/2015 5 p.m. Martha PaolaBerrocal. Sría. Juzgado 2 civil Ccto de oralidad Itagüí. Rad 2015-00084-00 emplaza a personas desconocidas e indeterminadas que se crean con derecho sobre el bien que se detallara para que comparezca en el término de 10 días a la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, tramite verbal, que en su contra y de Simón Montoya, les promueve Francisco Antonio y Marco Fidel Arrubla Restrepo, Federico de Jesús, Aura Nelly, Ana Cecilia, MaríaEster, Oscar de Jesús, María del socorro, JoséVicente, OlgaAmanda, Luis Ignacio, Luis Eduardo y José Alejandro García Arrubla; Teresita de Jesús, Heriberto de Jesús, María Libia, Luis Alfonso y Octavio de Jesús Arrubla cuartas; gloria cristina Adriana María y William Alfonso Londoño Arrubla; ÁngelaMaría, Marleny del socorro, Olga luz, luz Mery, luz Irene, Jaime Alveiro, Luz Gladis, y gloria Elsy Arrubla Salazar. Bien inmueble a usucapir: inmueble ubicado en Itagüí, en diagonal 43 Nº 28-143, linderos por el frente u oriente, en 24M con calle de servidumbre, hoy diagonal 43, por occidente, en 24M con propiedad de Alirio Ospina, por el norte en 17M, con calle 29, por atrás o sur, en 17M con Jardines Montesacro. M.I Nº 001-704986 de la oficina de registro II.PP de Medellín zona sur. El edicto se fijara por el termino de 20 días en sría se publicara 2 veces con intervalos no menores de 5 díascalendario dentro del mismo término, en diario de amplia circulación El Mundo Y radio difusora de amplia sintonía en la región, entre 7 a.m. y 10 p.m. Transcurridos 15 días a partir de la expiración del emplazamiento, se entenderá surtido presente. Art 407 c.p.c. se advierte a los emplazados que si no comparecen en el término indicado se designarácurador Ad-litem con quien se surtirá la notificación y continuara trámite de proceso hasta su terminación. Juzgado situado en 5 piso de Ed Nacional Judicial. Fijado marzo6/2015 8 a.m. desfijado abril 10/2015 5 p.m. HernánDarío rodas. Srio. Juzgado 2 civil Mupal de descongestión de envigado, emplaza a Blanca Inés Correa Orozco para que comparezca a oír notificación personal del auto de julio 9/2013, y abr 25/2014, dentro el proceso abreviado de restitución de bien inmueble de arrendamientos Envigado S.A.S. contra Gabriela Suarez reyes, MónicaGarcía Cardona, Blanca Inés Correa Orozco y Manuel Alejandro correa Bustamante. Pasados 15 después de la publicación de no presentarse la emplazada se nombrara curador ad-litem con quien continuara el proceso. Art 318 c.p.cmod por el Art 30 ley 794/2003, juan pablo upegui. Srio. Juzgado 1 civil CctoItagüí Rad 201000233, remate hace saber, que dentro del proceso ejecutivo instaurado por Gradesa S.A. contra Luis Fernando Vásquez moreno se señaló para la diligencia venta en pública subasta del derecho que el demandado posee en los bienes embargados, secuestrados y avaluados que se especificaran, que equivale a un 50% del mismo en abr 7/2015 1 p.m. Sera postura admisible la que cubra el 70% del avaluó total del derecho que le corresponde al demandado en el inmueble en parcelación valle del Tonusco 2ª etapa lote 2-23 vereda el espinal de santa fe de Antioquia con M.I 024-0018265, el cual asciende a $ 105.309.840.oo previa consignación del 40% de dicho vr para poder licitar. El reámateestá sujeto a los lineamientos jurídicos de que trata la ley. 1395/2010. Febr. 9/2015. Marco Fidel Ochoa. Sria Juzgado 2° Civil de Oralidad del Ccto.de Bello Ant,emplaza a las personas interesadas que se crean con derecho sobre el bien inmueble objeto de la litis,para que comparezcan a hacerlo valer dentro del proceso declarativo de pertenencia con pretensión de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio,instaurado por Maria Teresa Restrepo Tobón en contra de la Sra.Maria Senelia Gil Montoya y demás personas indeterminadas,rad.20140079100. El presente edicto se fija por el término de 20 dias en lugar visible de la Sría.del Juzgado,dentro del cual se deben hacer las publicaciones Num.7°,art.407CPC;el emplazamiento se entiende surtido dentro de los 15 dias sgtes.al término en cita,fecha en la cual se desfijará el edicto lit.b,Num.6°,art.407CPC,el cual vence 15 dias después,para la defensa de los derechos que crean tener quien (es) comparezcan en virtud de este emplazamiento (Num.8°,art.407,lit.b,num.6° y num.9° del art.407CPC.Las personas indeterminadas disponen del término de 15 dias,contados a partir de la fecha en que el emplazamiento quede surtido para que comparezcan al proceso,oportunidad dentro de la cual pueden contestar la demana (lit.b,Nral.6° y 9°,art.407).Si no comparecen,transcurridos los términos indicados,se designará curador adlitem,con quien se adelantará el proceso hasta la terminación.El bien inmueble objeto del litigio se encuentra ubicado en el Mpio. de Bello,en Cra.50 N° 27B-173,se encuentra comprendido dentro de los sgtes.linderos:por el frente con autopista norte en 6.40M,por un costado con inmueble ubicado en Cra.50 N° 27-191 de propiedad de Nora Restrepo Tobón en una extensión de 21.7M,por el otro costado con el inmueble ubicado en Cra.50 N° 27B-165 de propiedad de la sucesión del finado José Escobar en una extensión de 21.7M,y por la parte de atrás,con inmueble ubicado en Cll.29ª N° 50-33 de propiedad de Orlando Paniagua en una extensión de 6.40M.Este inmueble se identifica con M.I.01N-1638 de la oficina de registro de IIPP zona norte.Se da cumplimiento al art.407CPC.Fijado marzo 12/2015,8am.Desfijado mayo 8/2015,5pm.Vence junio 1/2015,5pm. Gloria Paulina Muñoz.Sria Juzgado 1° Civil del Ccto. de Oralidad,Envigado. E m p l a z a d o : p e r s o n a s indeterminadas;Dte.Lina Patricia Hernández Vélez,demandado: personas indeterminadas;proceso verbal (pertenencia);rad.20150000400.Se emplaza a todas las personas que se crean con derecho sobre el bien,cuya declaración de pertenencia o adquisición del dominio por prescripción extraordinaria demanda Lina Patricia Hernández Vélez,para que comparezcan a estar a derecho en el proceso a más tardar dentro de los 15 dias sgtes.a la fecha en que quede surtido el emplazamiento.El bien pretendido es:lote de terreno con casa sobre él construída,en vereda Pan de Azúcar,con área de 119.50M2,aprox. linderos grales.y actualizados:por el frente u occidente,en 4.70M,aprox con Cll.82 sur,via veredal que conduce de Sabaneta a la variante a Caldas;por el fondo u oriente,en 3.15M,aprox.con propiedad de Luz Fary Bedoya y Fernando Moncada,por el sur en 13.35M,aprox,con servidumbre peatonal o vía de acceso a la propiedad de Rodrigo de Jesús Ayala Villa y su cónyuge;por el norte en 13.35M,aprox.con muro que lo separa de propiedad de Yasmin Bedoya y Carlos Moncada.Sin M.I.conocida,provista de servicios públicos de acueducto,alcantarillado, energía y tel.Inmueble distinguido en su puerta actualmente con N° 32-78 (110) de la Cll.82 sur nomenclatura actual de Sabaneta.Este edicto se fijará por el término de 20 dias en Sría,y se entenderá surtido una vez transcurran los 15 dias sgtes.a la expiración del emplazamiento. Fijado marzo 3/2015 8 am.Guillermo Salgado.Srio Juzgado 5° de Flia.de Descongestión Medellin,emplaza a Miguel Angel Martinez Herrera y a las personas que tengan noticias de él para que las comuniquen al juzgado en proceso jurisdicción voluntaria de muerte presunta por desaparecimiento,instaurado por Martha Isabel Martinez Herrera ,art.657CPC,rad.201300363.Miguel Ángel Martinez Herrera,se ausentó de su residencia hace más de 28 años desde junio /84,sin que hasta el momento se tenga conocimiento de su paradero;salió en un vehículo tipo camión,con el propósito de hacer uno de los viajes que usualmente realizaba con ocasión de su labor desempeñada (transportador).Sin embargo mi poderdante junto con el resto de la flia.,no volvió a saber nada del paradero de Miguel Angel. Se advierte al emplazado que pasados 15 dias después de la publicación del edicto,si no comparece,se designará curador adlitem,con quien continuará trámite del proceso.Dic. 12/2014. Paula Milena Montoya.Sria Juzgado 4° de Ejecución Civil Mpal,proviene del 8° Civil Mpal. de Medellin,emplaza a herederos indeterminados de Goetz Pfeil Schneider (sentencia de fecha proferida en feb.13/2008 y el auto de julio 21/2009 por concepto de costas),lo anterior de conformidad a providencia de mayo 2/2011,folio 10 y exigencia de notificación de auto de feb.2/2015,para que comparezcan a oir notificación dentro del proceso ejecutivo a continuación del proceso de responsabilidad extracontractual,dte. Carlos Andrés Ochoa Zapata,contra Goetz P feil Schneider,Luis Felipe Celis Echeverri y Alfredo Pombo Leyva.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso,art.318CPC,mod.por el art.30 de la ley 794/2003. Claudia Elena Velasquez Sria Juzgado 2° de Flia.de Oralidad de Medellin,emplaza a Rigoberto Hernández Cerquera,cc.93.372.159,para que en el término de 15 dias a partir de la publicación del edicto,comparezca con o sin apoderado a recibir notificación personal del auto de marzo 5/2015,que admitió la demanda verbal-privación de la patria potestad promovida en su contra por Ana María Gómez Velásquez,quien actúa en representación legal del adolescente Manuel Santiago Hernández Gómez,rad.201500190.Se ordena el emplazamiento de parientes por línea paterna del adolescente,para que digan lo que estimen pertinente en relación con el proceso. Se advierte al emplazado que si no comparece,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Marzo 5/2015.Mabel Alejandra Marin.Sria Juzgado 1° de Flia.de Descongestión,Itaguí,hace saber a todos los que se crean con derecho en el proceso de sucesión intestada de Fabio Velásquez Restrepo,fallecido junio 12/2007 en Medellin,quien se domiciliaba para la época en Itaguí. Publicación se realizará domingo en El Mundo y radiodifusora local,art.589 en armonía con el 318CPC,mod.por la ley 794/2003,art.30.Feb.23/2015. Clara Marcela Alzate.Sria Juzgado 5° de Flia.de Descongestión de Medellin,avisa que dentro del proceso jurisdicción voluntaria promovido por Olga Lucía Gil López,mediante sentencia N° 003,emitida feb.2/2015,se declaró interdicción por discapacidad mental absoluta de José Gilberto Gil Botero,quien no tiene la libre admón.y disposición de sus bienes;se designó curadora general y legítima a Angela María Gil López,cc. 42.969.502.Para fines del ord.8° del art.659CPC,se expide copia para publicación,domingo en El Mundo.Marzo 12/2015.Paula Milena Montoya.Sria Juzgado 5° de Flia.de Oralidad Medellin,emplaza a todas las personas que consideren tener derecho en el proceso de sucesión testada de Amanda del Socorro Duque Aristizábal,fallecida nov.20/2014 en Medellin,lugar de su último domicilio,rad.201500288,para que comparezcan a hacerlos valer dentro de la oportunidad legal.Se fija en Sría.por el término de 10 dias,se publica 1 vez domingo, conforme lo indicado en arts.318 y 589CPC,en El Mundo.Fijado marzo 11/2015,8am. Desfijado marzo 26/2015,5pm.Lina Rocío Pareja Sria Juzgado 5°Civil Mpal.de Descongestión Medellin,emplaza a Leidy Johana Londoño Gómez,cc.1017.186.189,para que comparezca al juzgado en Cra.50 N° 51-23,Ed.Mariscal Sucre,Of.605 Medellin,con el fin de notificarle personalmente el auto de sept.25/2013,a través del cual se libró mandamiento de pago en su contra,a favor de Cooperativa John F.Kennedy,dentro del proceso rad.20130095600. El emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de su publicación,se advierte a los emplazados,que si no comparecen dentro del término,se designará curador adlitem,con quien se surtirá la notificación.Art.318CPC,art.30 ley 794/03.Ana María Arroyave.Sria Juzgado 11° Civil Mpal.de Descongestión Medellin,avisa que se requiere la comparecencia de Eyner Zamir Vélez Vélez,dentro del proceso ejecutivo.Dte.Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,contra Eyner Zamir Vélez Vélez y otro,tramitado bajo rad. 20130111300,en el Juzgado 11° Civil Mpal.de Descongestión de Medellin,despacho que se localiza en Cra.50 N° 51-23 Of.502 45 de Medellin,donde se le requiere para notificarle personalmente del auto interlocutorio 1417,dictado en sept.27/2013,por medio del cual se libra mandamiento de pago.Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de la publicación,si el emplazado no comparece,se nombrará curador adlitem con quien se surtirá la notificación.Art.318CPC,mod.por art.30 ley 794/03 Juliana Barco.Juez Juzgado 5° de Ejecución Civil Mpal. Medellin,emplaza a todos los que tengan créditos con títulos de ejecución contra Frutícola Los Andes S.A. y Jiménez Quintero y Cía. Ltda.,para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas,dentro de los 5 dias sgtes.a la expiración del término del emplazamiento dentro del proceso ejecutivo de Coninsa Ramón H.S.A,contra los deudores,rad.bajo expediente 22/2014.Sria. Beatriz Eugenia Uribe Jueza Juzgado 8 Civil Mupal de Descongestion Medellin viene del Juzgado 24 Civil Mupal de Medellín,emplaza a Hernando Arbeláez Muñoz,quien debe comparecer a notificarse personalmente del auto de agosto 6/2014 dentro del proceso ejecutivo de Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,rad.20130019200,contra Tito Sánchez Gutiérrez y Hernando Arbeláez Muñoz.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03. Luz Marina Restrepo.Juez Juzgado 28° Civil Mpal.de Oralidad Medellin,origen Juzgado 11° de descongestión,avisa que se necesita la comparecencia de Yeny Carolina Sánchez Rojas,cc.1.046.933.006,dentro del proceso ejecutivo singular de mínima cuantía.Dte.Confiar Cooperativa Financiera representada legalmente por Liliana Rinckoar Aparicio,contra Yeny Carolina Sánchez Rojas y Astrid Elena Mazo Vahos,tramitado bajo rad.201400537,en el juzgado 28° Civil Mpal.de Oralidad,despacho que se localiza en cra.52 N° 42-73,of.1504 de Medellin,donde se le requiere para notificarle personalmente del auto de mayo 14/2014 mediante el cual se libró mandamiento ejecutivo de pago. Se advierte que el emplazamiento se entenderá surtido,transcurridos 15 dias después de la publicación del listado,que si la emplazada,no comparece se le nombrará curador adlitem,con quien se surtirá la notificacion,art.318CPC,art.30 ley 794/03.Alba Rocío Restrepo.Juez Juzgado 3° Civil Mpal.de Oralidad Bello,emplaza a Angela Marcela Taborda Restrepo y Alejandro Tellez Molina,quienes deben comparecer a notificarse personalmente del mandamiento de pago de mayo 23/2014,dentro del proceso ejecutivo de Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,rad.20140008600,contra Angela Marcela Taborda Restrepo y Alejandro Tellez Molina.Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse los emplazados,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art. 318CPC,art.30 ley 794/03.Ana Julieta Rodriguez.Juez Juzgado 4 Civil Mupal de Descongestion Medellin viene del Juzgado 22 Civil Mupal de Medellín,emplaza a Gonzalo Carvajal Goez,cc.1.038.804.287,quien debe comparecer a notificarse personalmente,dentro del proceso de Cooperativa Financiera John F.Kennedy Ltda,rad.20140117,contra Gonzalo Carvajal Goez. Pasados 15 dias después de la publicación,de no presentarse el emplazado,se nombrará curador adlitem,con quien continuará el proceso.Art.318CPC,art.30 ley 794/03 Notaria Único de La Ceja Ant,emplaza a las personas que se consideren con derecho dentro de los 10 dias sgtes.a la publicación en trámite de liquidación de la sucesión de Isabelina Monsalve de Uribe,cc.# 21.890.607,fallecida en La Ceja,marzo 12/2010.Aceptado trámite en esta notaria,mediante acta 15 de marzo 12/2015.Se ordena publicación del edicto en El Mundo y radiodifusora local,en cumplimiento al art.3° del Dcto.902/88 ordenándose su fijación en Notaria por término de 10 dias.Se fija marzo 12/2015,8am. Mario José de Jesús Cardona.Notario
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