Seguro de Desgravamen

SEGURO DE DESGRAVAMEN
Caja Arequipa puede contratar en beneficio propio, por cuenta propia, riesgo y costo, un seguro de desgravamen que coberture el capital
prestado; en cuyo caso el costo del seguro no será trasladado al cliente, correspondiéndole a Caja Arequipa la evaluación de la
procedencia de la indemnización, conforme a sus procedimientos internos, así como las condiciones y restricciones específicas de la
póliza.
Las condiciones y restricciones más importantes de la póliza del seguro de desgravamen contratado por Caja Arequipa, de ser el caso, se
encuentran en el siguiente cuadro:
PRINCIPALES CONDICIONES
DE LAS PÓLIZAS
VIGENCIA
31.12.2013 / 31.12.2014
LA POSITIVA
COBERTURAS
* Muerte natural
* Muerte accidental
* Invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente
MATERIA DEL SEGURO
(SUMA ASEGURADA)
Saldo insoluto de la deuda de uno o más créditos superiores a S/. 8,000. por prestatario.
ASEGURADOS
Prestatarios de créditos: Personas naturales, incluyendo los titulares de E.I.R.L.
LÍMITES DE EDAD
* De ingreso
* De permanencia
SUMA ASEGURADA MÁXIMA
BENEFICIARIO
70 años cumplidos
75 años cumplidos
A) Hasta 70 años: US$ 500,000
B) Entre 70 y 75 años: US$ 25,000
Caja Arequipa al 100%
Suicidio consciente o inconsciente durante el primer año de vigencia del seguro,
o cualquier reingreso.
Guerra civil o internacional, declarada o no, Ley marcial, intervención directa o indirecta
en servicio militar, paramilitar, policial o parapolicial.
Intervención directa o indirecta en actos delictuosos, subversivos o terroristas.
EXCLUSIONES
Enfermedades, lesiones o defectos preexistentes al inicio del seguro. Esta exclusión queda
sin efecto si al momento del fallecimiento o invalidez la relación crediticia de la CMAC
con el prestatario es mayor a 12 meses contínuos e ininterrumpidos.
Continuidad de tiempo adicional de 30 días para otorgar un nuevo crédito.
No cumplir con la Cláusula de Garantía.
Fallecimiento a consecuencia de SIDA, sólo para saldos mayores a S/. 20,000.
G-SSTA-14-04-01
PLAZO DENUNCIA DE SINIESTROS
De acuerdo a lo establecido en la póliza de seguro contratada.