EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. TÉRMINOS DE REFERENCIA INVITACIÓN PÚBLICA N° 10287142 OBJETO PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE ETB CORRESPONDIENTES A LOS ACTIVOS FIJOS, MENOR CUANTÍA Y LEASING QUE TIENEN BAJO SU RESPONSABILIDAD EL PERSONAL DE ETB Y EL PERSONAL DE TERCEROS A NIVEL NACIONAL BOGOTÁ D.C., MARZO DE 2015 NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 1 CAPITULO I 1. PRECISIONES A LAS CONTRACTUALES 1.1. OBJETO CONDICIONES GENERALES Y CONDICIONES La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. en adelante ETB, está interesada en recibir ofertas para contratar la “prestación del servicio de administración de bienes de ETB correspondientes a los activos fijos, menor cuantía y leasing que tienen bajo su responsabilidad el personal de ETB y el personal de terceros a nivel nacional”, de conformidad con las condiciones previstas en el presente documento y en el Manual de Contratación de ETB vigente, el cual debe ser consultado en la página Web de ETB www.etb.com.co El alcance está contenido en el capítulo tercero del presente documento. No se acepta la presentación de ofertas parciales Los presentes términos de referencia no constituyen oferta mercantil. 1.2. INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado con anterioridad a esta invitación. 1.3. PUBLICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Los términos de referencia serán publicados en la página Web www.etb.com.co el 05 de Marzo de 2015 a partir de las 2:00 p.m. Los términos de referencia no tendrán valor 1.4. CRONOGRAMA DEL PROCESO El cronograma proyectado para el presente proceso de invitación es el siguiente, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1.19 de los presentes términos de referencia. ASUNTO DIAS FECHA FINAL FECHA FINAL HABILES Publicación de los términos de referencia NIT 899.999.115-8 MARZO 05 DE 2015 http://www.etb.com.co 2 Plazo máximo para solicitar aclaraciones a los términos de referencia Plazo para dar respuesta a todas las solicitudes recibidas Fecha y hora para presentación de ofertas Plazo de evaluación de ofertas y solicitud de aclaraciones por Plazo de negociación Adjudicación Elaboración contrato Suscripción contrato ETB Suscripción contrato proveedor (2 días hábiles) 1.5. 4 MARZO 09 DE 2015 MARZO 12 DE 2015 2 MARZO 13 DE 2015 MARZO 16 DE 2014 MARZO 25 DE 2015 A LAS 10 HORAS 7 MARZO 26 DE 2015 ABRIL 07 DE 2015 7 ABRIL 08 DE 2015 ABRIL 16 DE 2015 5 ABRIL 17 DE 2015 ABRIL 23 DE 2015 4 ABRIL 24 DE 2015 ABRIL 29 DE 2015 2 ABRIL 30 DE 2015 MAYO 04 DE 2015 2 MAYO 05 DE 2015 MAYO 06 DE 2015 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACIÓN Bajo la presente invitación pública los participantes deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad protegiendo la información (Anexo No. 4) con la presentación de la oferta. Para el caso en que se presenten ofertas en Unión Temporal o Consorcios, todos los participantes deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad de información. El acuerdo de confidencialidad suscrito se hará extensivo a las posibles modificaciones o adiciones al capítulo técnico y/o sus anexos. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 3 1.6. ACLARACIONES O MODIFICACIONES DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA. Podrá requerirse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido de este documento, mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Abastecimiento, a la cuenta de correo electrónico [email protected] dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los términos de referencia en la página www.etb.com.co ETB publicará las respuestas a las solicitudes recibidas, en la página web www.etb.com.co, dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en el párrafo anterior. Las modificaciones a los términos de referencia se expedirán mediante Adenda y se publicarán en la página www.etb.com.co. 1.7. INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES Será requisito para celebrar el contrato que resulte de la presente invitación, la inscripción en la base de datos de proveedores de ETB. Los requisitos de inscripción se pueden consultar en la página Web www.etb.com.co. El oferente que no esté inscrito como proveedor, deberá diligenciar el Formato “Datos básicos proveedor Nacional” o “Datos básicos Proveedor Extranjero” que se adjunta como Anexo No. 2 del presente capítulo. Dentro de los 2 días siguientes a la comunicación de adjudicación, el adjudicatario que no esté inscrito, deberá allegar los documentos restantes que se requieran para su inscripción. De no cumplir con el presente requisito, ETB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de oferta. En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos entregados con la oferta, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de Bienes y Servicios de ETB, anexando los documentos que lo acrediten. 1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Para garantizar la seriedad de la oferta, es necesario constituir a favor de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., una garantía de seriedad de oferta, expedida por Entidad Bancaria o Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, en favor de particulares, por un valor asegurado del 20% del precio de su oferta, antes de IVA. La garantía de seriedad deberá constituirse en la respectiva moneda de cotización y debe acompañarse de las condiciones generales del contrato de seguro a favor de particulares, así como del recibo o certificación de pago de prima. Estos documentos deben presentarse en original y suscritos por el representante legal. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 4 La garantía debe estar vigente por un periodo de 2 meses a partir de la fecha indicada para la presentación de ofertas. Cuando los plazos establecidos en el presente documento sean prorrogados, el oferente se obliga a ampliar la vigencia de la póliza hasta la fecha a la cual se desplaza la firma del contrato. Cuando la garantía no se acompañe a la oferta, no esté debidamente constituida o no se anexe el comprobante de pago de la prima, ETB requerirá al proveedor para que subsane los documentos respectivos dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación en tal sentido. Si no se atiende el requerimiento, la oferta será descartada. 1.9. FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA Podrán participar en el proceso de invitación las personas consideradas legalmente capaces, los consorcios y uniones temporales o cualquier forma de asociación legalmente válida bajo las leyes colombianas, teniendo en cuenta lo siguiente: a) b) c) d) e) f) El oferente persona natural, el representante legal o apoderado debidamente facultado de la sociedad oferente o el representante de la unión temporal, consorcio o asociación, según el caso, debe diligenciar el Anexo Nº 1 del presente capítulo, el cual debe suscribirse por el oferente o por quien actúe en nombre y representación debidamente facultado. Dicho anexo no podrá ser modificado por el oferente. La oferta deberá ser presentada en idioma castellano. En todo caso, todos los documentos y certificaciones emitidos en idioma diferente al castellano, deberán ser presentados en su idioma original y traducidos al castellano, con excepción de los manuales y documentación técnica, los cuales podrán ser presentados en inglés. Si el Oferente no da respuesta punto a punto a cada uno de los numerales de los términos de referencia, se entenderán por aceptados. Cuando un numeral exija suministro de información adicional o documentos, éstos se deberán anexar indicando la ubicación dentro de la oferta. El oferente deberá diligenciar la totalidad de los anexos que sean proporcionados por ETB. Presentada la Oferta no se permitirá el retiro de los documentos escritos o en medio digital aportados, o su posterior incorporación, salvo que hayan sido expresamente requeridos por ETB. Si hubiese enmendaduras, únicamente serán consideradas si vienen expresamente refrendadas. El Oferente deberá acreditar el cumplimiento y pago al día de requisitos legales en seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional o equivalentes mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o contador público, acompañada de la tarjeta profesional del mismo. No podrán participar en el proceso de invitación las personas jurídicas o naturales que directa o indirectamente haya participado en el diseño o estructuración del presente proceso bien sea directamente o a través de tercero. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 5 1.9.1. CAPACIDAD, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Los oferentes deberán tener en cuenta que es parte del estudio jurídico de las ofertas, la revisión y verificación de los documentos que acreditan la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual deberán adjuntarlos a la oferta en caso que éstos no obren actualizados dentro de la Base de Datos de Proveedores de ETB. Para el efecto, el oferente deberá tener en cuenta que tratándose de personas jurídicas nacionales y extranjeras oferentes o integrantes de un oferente (en el caso de propuestas conjuntas o en asociación) cada una de ellas deberá acreditar la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual, deberá acreditar que: a) Su objeto social le permite presentar la oferta y celebrar el Contrato. b) Su duración contada a partir de la fecha del recibo de ofertas del presente proceso de invitación, no es inferior al plazo de ejecución del contrato y 1 año más. Si fuere inferior, esa circunstancia se podrá subsanar dentro del plazo que ETB indique. c) Actúan a través de un representante legal o apoderado debidamente facultado para actuar en su nombre y representación y para comprometerlas en la presentación de la oferta, la celebración y ejecución del contrato. En caso que se encuentren limitaciones a las facultades del representante legal o apoderado de la persona jurídica para presentar la propuesta o para celebrar el contrato, se deberá anexar a la propuesta el acta donde conste la decisión del órgano social competente que autorice la presentación de la misma y la suscripción del contrato. Si conforme a la ley la ejecución de la actividad objeto de contratación a través del proceso de invitación demandare determinada habilitación legal, al momento de presentación de la propuesta se deberá contar con la misma. 1.9.1.1. PERSONAS JURÍDICAS COLOMBIANAS Y EXTRANJERAS Las personas jurídicas colombianas, y las sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras deberán adjuntar a la propuesta un certificado de existencia y representación legal, expedido por Cámara de Comercio dentro de los 30 días anteriores a la fecha de recibo de ofertas del proceso de invitación, en caso de prórroga del recibo de ofertas del presente proceso, se tendrá validez con respecto al certificado la primera fecha de recibo de ofertas. El oferente extranjero para la ejecución del contrato requiere tener constituida una sucursal en Colombia de conformidad con el artículo 263 del Código de Comercio y las demás normas legales vigentes concordantes. Si al momento de presentar oferta, la sucursal está constituida, el oferente deberá acreditarla mediante un certificado actual expedido por la Cámara de Comercio donde se encuentra inscrita la sucursal y podrá NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 6 presentar su oferta a través del apoderado de la sucursal. De no tener sucursal establecida en Colombia y en todo caso, requerida para la ejecución del contrato de acuerdo con la norma antes citada, con la presentación de su oferta se obliga a acreditarla dentro de los 15 días siguientes a la comunicación de ETB de la adjudicación, adjuntando los soportes de dicha inscripción. En éste caso, para efectos de la evaluación jurídica de la oferta, el oferente extranjero deberá adjuntar el certificado expedido por la respectiva Entidad o Autoridad Competente en su país de origen, dentro de los 30 días anteriores a la fecha de recibo de ofertas, el cual, según el caso, podrá ser Certificado de incorporación, Certificate of Goodstanding, certifícate of status para limited liability partnerships or general partnerships, de acuerdo al Estado en donde se encuentre constituida la sociedad, teniendo en cuenta que cada País cuenta con una regulación de sociedades diferente. Dichos documentos deben ser traducidos al castellano. Adicionalmente, teniendo en cuenta que no en todos los países existen oficinas de registro mercantil ni homólogos al certificado de existencia y representación legal con la misma estructura del colombiano, es posible allegar poderes o actas de los órganos de administración o decisión de la sociedad en donde se pueda establecer la capacidad de la persona natural para obligar a la compañía. Dichos documentos deben ser traducidos al castellano. En caso de resultar adjudicataria la sociedad extranjera a través de su sucursal en Colombia, se entenderá que el contrato se celebrará con la sociedad extranjera (persona jurídica) a través de su sucursal (establecimiento de comercio). En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos antes mencionados, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten. 1.8.2. Ofertas presentadas en asociación ETB acepta la presentación de ofertas en consorcio, unión temporal o cualquier otra clase de asociación, caso en el cual deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar documento que indique: - - Personas integrantes de la asociación Tipo de Asociación Obligaciones – actividades a cargo de cada uno de los asociados en la ejecución del contrato, las cuales no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de ETB. Porcentaje de participación el cual debe ser acorde con lo anterior. Designación de la persona que, para todos los efectos representará a la asociación, con facultades amplias y suficientes para obligar a todos sus integrantes en la presentación y negociación de la oferta, suscripción y NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 7 - ejecución del contrato, así como judicial y extrajudicialmente. El representante designado deberá manifestar su aceptación. La duración de la asociación conformada deberá ser mínimo por el lapso comprendido entre el recibo de ofertas del proceso de invitación y la liquidación del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que con posterioridad, los integrantes del oferente conjunto estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos dentro de la ejecución del contrato. b) En todo caso, los asociados responden en forma solidaria frente a ETB por la presentación de la oferta, la suscripción del contrato y su ejecución. c) De conformidad con el literal anterior y en atención al régimen jurídico de ETB, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta presentada por la unión temporal o consorcio NO se aplicarán en proporción al porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del mismo como lo dispone la Ley 80 del 93 para Uniones Temporales y Consorcios (esta normatividad no rige para ETB); sino que por el contrario, se establece la solidaridad de los integrantes del consorcio o unión temporal sin excepción, como se explica a continuación: ETB no es parte del acuerdo de consorcio, unión temporal o cualquier asociación, y en consecuencia no contrae obligaciones respecto de las estipulaciones en él contenidas. Estas figuras son propias de la Ley 80 de 1993 ordenamiento al cual no está sometida la Empresa, por cuanto por expresa disposición del artículo 55 de la Ley 1341 de 2009, en su calidad de proveedora de TIC´s sus actos y contratos, incluidos los relativos a su régimen laboral y las operaciones de crédito, cualquiera que sea su naturaleza, sin importar la composición de su capital, se regirán por las normas del Derecho Privado. En consecuencia, sin perjuicio de las estipulaciones que convengan los miembros del consorcio o unión temporal sobre la forma de asumir entre sí las sanciones en caso de incumplimiento del contrato que llegare a celebrarse, ETB no las aplica de acuerdo con la participación de cada uno de los asociados, pues incluso en este aspecto la responsabilidad es solidaria. Si alguno de los integrantes de la asociación no ha sido registrado como proveedor de ETB, deberá presentar los documentos de que trata el numeral 1.10 de inscripción de proveedores para su respectiva inscripción de forma previa a la suscripción del contrato. La garantía de seriedad de oferta debe ser tomada por todas y cada una de las personas que integran la asociación. 1.10. LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas se recibirán en la Gerencia de Abastecimiento de ETB, ubicada en la Cra. 7 Nº 20-99 Piso 2 el 25 DE MARZO DE 2015 A LAS 10 HORAS en los términos del artículo 829 del Código de Comercio. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 8 Con la presentación de la oferta, se entenderá la aceptación del oferente a las condiciones contenidas en los presentes términos de referencia, en el manual de contratación de ETB y en los demás documentos que forman parte de los mismos, como los anexos. La oferta deberá presentarse por escrito en sobre cerrado y/o sellado en original y una copia del mismo tenor, identificados bajo el título y número de la invitación, indicando si se trata de original o copia, a su vez cada sobre deberá contener 3 paquetes en forma separada con la información jurídica, económica y técnica. Las hojas deben estar foliadas en forma consecutiva tanto en el original como en las copias. La oferta se organizará mediante un índice que contenga una relación de todos los capítulos, formatos y anexos que lo conforman, señalando el número de página donde se localizan. Además, el oferente deberá incluir en el paquete correspondiente una copia en medio digital de la información técnica de la oferta en formato no re-escribible debidamente rotulado, así como una copia en medio digital de la información financiera. El documento en medio digital debe tener en su índice enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión. En caso de contradicción entre la información contenida en la copia del medio digital y la copia física, prevalecerá la información de la copia física. Los 6 paquetes sellados y rotulados deberán contener en la parte superior la razón social y el NIT del oferente. En caso de presentarse ofertas en asociación deberá incluirse la razón social y el NIT de cada uno de los integrantes de dicha asociación. ETB podrá entregar a un oferente información acerca de las demás ofertas presentadas, luego de surtida la etapa de negociación, salvo que de manera expresa se haya señalado en la oferta que se trata de información confidencial, que ésta tenga, de acuerdo con la legislación vigente, dicho carácter o que se haya entregado separada y debidamente marcada como tal. Una vez surtida la etapa de negociación descrita en el numeral 1.15 del presente documento, ETB podrá entregar a un oferente información acerca de las demás ofertas presentadas, salvo que de manera expresa se haya señalado en la oferta que se trata de información confidencial, que ésta tenga de acuerdo con la legislación vigente dicho carácter o que se haya entregado separada y debidamente marcada como tal. ETB sólo acepta la presentación de una oferta por cada oferente. En el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de un consorcio o unión temporal, sólo será evaluada la oferta que se haya presentado en primer lugar dentro del término fijado en el presente documento, de acuerdo con el registro de recepción de ofertas. 1.11. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Durante la etapa de evaluación de las ofertas, ETB podrá solicitar al oferente vía correo electrónico, las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias, sin que haya lugar a que éste pueda modificar las condiciones de su oferta. El oferente deberá responder dentro los 2 días hábiles siguientes al recibo de la NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 9 comunicación en tal sentido, [email protected] vía correo electrónico dirigido a Las respuestas a las aclaraciones deberán estar firmadas por el representante legal o apoderado debidamente acreditado (firma escaneada o firma digitalizada). ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los 7 días hábiles siguientes a su recibo. En los casos en que la oferta no esté acompañada de todos los documentos exigidos necesarios para la evaluación jurídica, técnica o financiera, o deba corregirse o aclararse alguno de los aportados, se requerirá por escrito al oferente para que en el plazo que se indique, lo allegue o corrija. Si no lo hiciere dentro del término establecido, la oferta será descartada. En ningún caso podrá el oferente mejorar la oferta. 1.12. PROPUESTAS ALTERNATIVAS ETB no acepta propuestas que impliquen alternativas jurídicas, técnicas, económicas o financieras a las establecidas en los presentes Términos de Referencia. La propuesta alternativa adicional a la propuesta básica no será objeto de consideración por ETB. 1.13. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de ETB, la oferta será rechazada en los siguientes casos: a) Cuando el oferente haya entregado extemporáneamente la oferta. b) Cuando el oferente o uno de sus integrantes se halle incurso en una de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y la Ley. Cuando la inhabilidad sobrevenga en un oferente, se entenderá que renuncia a participar en el proceso de selección y los derechos surgidos del mismo. c) Cuando el oferente no subsane los documentos dentro del plazo señalado para tal efecto. d) Cuando sólo se presente propuesta alternativa. e) Cuando la propuesta se presente sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad para la adjudicación. f) Falta de veracidad en la información suministrada por el oferente. 1.14. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN Se entenderá aceptado por el oferente con la presentación de la oferta un compromiso anticorrupción que hará parte del Anexo 1, con base en las siguientes consideraciones: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 10 a) Que es interés del oferente apoyar la acción de ETB para fortalecer la transparencia en sus procesos de contratación y la responsabilidad de rendir cuentas. b) Que el oferente es consciente de que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redunda no sólo en beneficio de ETB, sino de los propios participantes, en cuanto garantiza que la adjudicación del contrato se hará a la oferta que ofrezca las mejores condiciones. c) Que conoce a cabalidad el Manual de Contratación de ETB. d) Que como oferente estima conveniente la formulación de un pacto explícito en cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir los procesos contractuales. 1.15. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA El oferente asume toda responsabilidad por consultar y analizar los términos de referencia, las adendas y aclaraciones a los mismos. Los términos de referencia deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada. Los títulos utilizados en los términos de referencia sirven sólo para identificar textos y no afectarán la interpretación de los mismos. Los plazos establecidos en los términos de referencia se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Para estos efectos el día sábado no se considera hábil. Todas las deducciones, errores y omisiones que realice o en que incurra el oferente con base en su propia información, interpretación, análisis o conclusiones respecto de los términos de referencia, son por su exclusiva cuenta. Por tanto, ETB no asume responsabilidad alguna por tal información, interpretación, análisis o conclusiones. Con la presentación de la oferta, se entiende que el oferente conoce la naturaleza del contrato que llegare a suscribirse, su objeto, costo y tiempo de ejecución, así mismo, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. 1.16. NEGOCIACIÓN Con todos los oferentes cuya oferta haya resultado hábil, luego del estudio jurídico, económico y técnico, ETB podrá adelantar una etapa de negociación en forma presencial o no presencial, dentro de los 7 días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa de evaluación de ofertas, con el propósito de obtener ventajas económicas o competitivas, plazo en el cual se estudiarán las contraofertas si a ello hubiere lugar, evento que será comunicado previamente a los oferentes participantes indicando el lugar, la fecha y la hora, así como las correcciones aritméticas realizadas a su oferta. A la negociación únicamente podrán asistir el representante legal del oferente o su apoderado debidamente facultado para adoptar decisiones y máximo 3 personas más. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 11 Las contraofertas deben ser entregadas en sobre cerrado, en la Gerencia de Abastecimiento de Bienes y Servicios, en medio impreso y digital [CD], diligenciando los mismos anexos financieros de la oferta inicial. No se admitirán contraofertas que contengan precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la contraoferta anterior, aún cuando el valor total de oferta fuere inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial ó contraoferta anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta. El líder del Equipo de Compras de la Gerencia de Abastecimiento dejará constancia de las contraofertas recibidas, con el nombre del oferente, fecha y hora de recibo y las remitirá para el estudio al Equipo de Estudios Económicos de la Gerencia de Planeación Financiera de la Vicepresidencia Financiera. Si al finalizar la negociación, se presenta un empate en el mejor puntaje, se solicitará a los oferentes empatados una nueva contraoferta económica. 1.17. ADJUDICACIÓN ETB podrá abstenerse de adjudicar si existen razones que así lo justifiquen. Si opta por la adjudicación, ésta se realizará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la etapa de negociación. La adjudicación se realizará a la oferta que obtenga el mayor puntaje económico. En el evento de empate, se solicitará a los oferentes empatados presentar una nueva contraoferta económica. La decisión sobre la adjudicación se comunicará al adjudicatario y a los no favorecidos dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la misma en la Gerencia de Abastecimiento. 1.18. ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El contrato deberá suscribirse dentro de los 8 días hábiles siguientes al recibo por el Sistema de Gestión Contractual de la comunicación de adjudicación en el equipo jurídico, plazo que se distribuirá así: (i) Para su elaboración: 4 días hábiles, (ii) Para firma por parte del apoderado de ETB, 2 días hábiles. (iii) Para su suscripción por parte del contratista, 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación que le curse el Equipo de Compras Administrativas de la Gerencia Abastecimiento de ETB. Para la celebración del contrato y sus modificaciones, el oferente adjudicatario, sea sociedad colombiana o sucursal en Colombia de sociedad extranjera, deberá tener vigente la matricula mercantil de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal aportado emitido por la respectiva cámara de comercio del domicilio, en el que conste que ha cumplido con la obligación legal de renovar su matrícula mercantil de acuerdo con los plazos previstos por dicha Entidad. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 12 1.19. PRÓRROGAS Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no hábil. 1.20. CONDICIONES CONTRACTUALES Las condiciones generales de ejecución contractual serán entre otras las que se enuncian a continuación: 1.20.1. Plazo de ejecución del contrato El plazo de ejecución del contrato será de 12 meses, contados a partir de la orden escrita de inicio del mismo, previa aprobación de los certificados de seguros respecto de los riesgos de cumplimiento, responsabilidad civil extracontractual, salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales y todo riesgo. 1.20.2. Garantía Contractual El Contratista deberá amparar los siguientes riesgos: I. Cumplimiento: Por un valor asegurado equivalente al 20% del precio del contrato antes de IVA, vigente desde su suscripción hasta su liquidación. II. Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: Por un valor asegurado equivalente al 5% del precio de los servicios antes de IVA, vigente el plazo de ejecución del contrato y 3 años más. III. Responsabilidad Civil Extra Contractual: Por un valor asegurado del 30% del precio del contrato antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato hasta su liquidación, sin perjuicio de las acciones que pueda iniciar ETB contra el CONTRATISTA por los daños que no se hallen cubiertos por este amparo y las que instauren los terceros en su contra. IV. Todo Riesgo: Que ampare los bienes y equipos entregados por ETB contra los riesgos de Sustracción con y sin violencia, Corriente débil, Actos Mal Intencionados de Terceros, Sabotaje, Terrorismo e Incendio, con cobertura adicional de Montaje y desmontaje, movilizaciones, con un vigencia igual a la del contrato, y el valor asegurado debe corresponder al valor total de los bienes. El deducible no debe ser superior al 10% del valor de la pérdida sin aplicación de mínimo. En caso de pérdida el contratista deberá asumir el deducible. El Beneficiario de la póliza todo riesgo debe ser ETB S.A. E.S.P. En el evento que el contratista cuente con una póliza de todo riesgo para el giro normal de sus operaciones con el cubrimiento aquí NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 13 exigido, se aceptará la certificación expedida en aplicación de esa póliza, en la que se evidencien estas coberturas. De acuerdo con lo previsto en las “Políticas Financieras de Contratación” emitidas por la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB, en atención a la magnitud de los riesgos de ETB, se implementó un esquema de aseguramiento que le permite en su condición de tomador de las pólizas, garantizar su actividad contractual y la responsabilidad frente a terceros, originada en las actuaciones de sus contratistas. Resultado de lo anterior, la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB ha suscrito convenios en virtud del cual los contratistas que suscriban contratos con ETB a partir de junio de 2008, deben adherirse a las pólizas de Cumplimiento y Responsabilidad Civil Extracontractual contratadas por ETB. Conforme con lo anterior, para la obtención de los primeros certificados de seguro, el CONTRATISTA deberá, en virtud de las Alianzas suscritas por ETB con MAPFRE y LIBERTY SEGUROS, obtenerlos con alguna de dichas aseguradoras, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario ubicada en la Carrera 7 No. 20-99 piso 2º, Área de Riesgos y Seguros, para su vinculación como cliente y la asignación inicial de cupo de seguro, aportando los documentos relacionados en el literal A del “INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL”, que puede consultar en la página web www.etb.com.co, o consultar directamente con el Equipo de Seguros de la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB. Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro, deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado Instructivo. Si ya tiene asignado el cupo, teniendo en cuenta que dicho trámite aplica para el primer contrato en el que se haya vinculado al proveedor, los posteriores certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario en ETB, y posteriormente, ETB informará en cualquiera de estos eventos al Contratista para que realice el pago de la prima respectiva. En el evento que el CONTRATISTA no pague la prima, la Unidad de Expedición de la Aseguradora y el Intermediario reportará el caso, con el fin que ETB pague la prima y a través del supervisor del contrato descuente su monto al CONTRATISTA de las sumas que le adeude a éste por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en mora. El CONTRATISTA acepta que ETB realice el respectivo descuento o compensación. Para efectos del cobro de estas penas el contrato prestará merito ejecutivo lo cual entiende y acepta el contratista con la suscripción del mismo. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 14 En el evento que la Aseguradora, en desarrollo de sus políticas de suscripción, se abstenga de emitir certificados de seguros al CONTRATISTA, éste podrá constituir las pólizas de seguros en cualquier compañía de seguro Autorizada por la Superintendencia Financiera para funcionar en Colombia ó para presentar garantía bancaria expedida por banco que tenga operaciones autorizadas en Colombia Las garantías deberán constituirse en la respectiva moneda de cotización (parte en dólares y parte en pesos) y acompañarse de las condiciones generales del contrato de seguro. En todo caso, se deberán reponer los valores asegurados cuando éstos se vean afectados por razón de siniestros. Los certificados de seguro que llegaren a requerirse en caso de modificación del contrato, deberán obtenerse dentro de los 2 días hábiles siguientes al del respectivo acuerdo. 1.20.3. Multas Si hay retardo en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones, pagará el Contratista una multa equivalente al 1.5% del precio de la parte incumplida por cada semana de atraso o proporcional por fracción, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula penal pecuniaria. En todo caso, el valor total de las multas no excederá el 30% del valor total del contrato. ETB emitirá cuenta de cobro con el valor correspondiente y podrá descontar el valor de las multas de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en mora. 1.20.4. Cláusula penal pecuniaria En caso de incumplimiento total o definitivo de cualquiera de las obligaciones del contratista, se genera a su cargo el pago de una cláusula penal pecuniaria cuyo monto será del 30% del valor del contrato. La pena no exime al contratista del cumplimiento de la obligación principal, ni del pago de los perjuicios que superen el valor de este porcentaje en los términos del artículo 1594 del Código de Civil y demás normas concordantes. ETB emitirá cuenta de cobro con el valor correspondiente y podrá descontar el valor de la cláusula penal pecuniaria de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB le indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en mora. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 15 1.20.5. Cumplimiento de requisitos legales parafiscales y salud ocupacional en seguridad social, aportes El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con el pago de las obligaciones laborales y afiliación al Sistema de Seguridad Social: Administradora de Riesgos laborales (ARL), Entidad Prestadora de Salud (EPS) y Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) y aportes parafiscales en relación con el personal que ocupe para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas. Como requisito para el trámite de las actas de recibo que sean base para el pago el contratista deberá presentar ante el supervisor del contrato dentro de los primeros 15 días hábiles de cada mes, certificación de revisor fiscal o contador público, según el caso, en la que conste los pagos de las obligaciones laborales y los aportes a la ARP, EPS y AFP, parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación) cuando a éstos haya lugar, o en su defecto, entregar al supervisor del contrato dentro del mismo plazo fotocopia de los formularios de afiliación y pago a las mencionadas entidades. 1.20.6. Acuerdo de buenas prácticas y responsabilidad corporativa El oferente deberá suscribir el Acuerdo de Buenas Prácticas y Responsabilidad Corporativa como requisito para suscribir el contrato, el cual hace parte del presente documento como Anexo No. 3 1.20.7. Propiedad intelectual ETB no se hace responsable del empleo por parte del CONTRATISTA de patentes, marcas y sistemas de trabajo, modelo de servicios, diseño industrial, software, derecho de autor, secreto comercial, entre otros, para el diseño y fabricación de los bienes o prestación del servicio contratado. En caso de reclamación por uso o violación al régimen de propiedad intelectual, el CONTRATISTA asumirá totalmente la responsabilidad, para lo cual: a) ETB deberá comunicar por escrito al CONTRATISTA sobre los litigios o acciones que un tercero haya iniciado en su contra. b) ETB deberá permitir al CONTRATISTA tener autonomía legal sobre el litigio y las formas de solución. c) ETB proporcionará la información que tenga a su disposición, que no tenga carácter reservado y que sea necesaria para la defensa de los intereses del CONTRATISTA. 1.20.8. Confidencialidad de la información Igualmente, se obliga a que la información que se le suministre durante el desarrollo del contrato, y que esté marcada como confidencial, sea manejada como tal y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a que se cause el derecho de reclamar indemnización por la parte perjudicada. En consecuencia, no podrá entregar, comunicar, copiar o dejar conocer de extraños o de personas no autorizadas, la información a que se refiere esta previsión. No se considerará violación de la confidencialidad cuando la información deba ser NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 16 entregada a autoridad competente por solicitud de parte, o cuando sea de conocimiento público. 1.20.9. Terminación del contrato El contrato que llegue a suscribirse terminará por las causales legales o por las siguientes: (i) Por mutuo acuerdo. (ii) Unilateralmente por ETB, en cualquier tiempo, dando aviso al contratista con una antelación mínima de 30 días calendario, sin que por esto haya lugar a indemnización alguna. ETB pagará únicamente al Contratista las sumas correspondientes a los servicios suministrados. 1.20.10. Exclusión de la relación laboral No se constituye vínculo laboral alguno entre ETB y el personal que el CONTRATISTA ocupe para el cumplimiento del objeto contractual. Éste dispone de autonomía y libertad técnica, administrativa y directiva para la ejecución del contrato y será el único responsable por la vinculación del personal, la cual realizará en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que ETB adquiera responsabilidad alguna por tales actos o contratos que aquel ejecute o celebre EL CONTRATISTA, en desarrollo de su autonomía técnica y administrativa, por su propia cuenta y riesgo, es quien realiza el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del objeto contratado, por lo tanto, se obliga a: a) Realizar el proceso de inducción, capacitación, dotación y entrenamiento necesario del personal de conformidad con el objeto del contrato, en el caso que aplique de acuerdo al alcance del objeto del contrato a celebrar. b) Contar con un programa de seguridad y salud en el trabajo acorde con los riesgos de las labores ejecutadas por el personal a su servicio y de conformidad con las obligaciones legales a su cargo. c) Propender por la concientización sobre seguridad e higiene en el trabajo de su personal. d) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, obligándose además a cotizar oportunamente a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia; e) Exigir al personal no vinculado mediante contrato de trabajo, su afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en la normas vigentes sobre la materia EL CONTRATISTA se obliga a suministrar durante la vigencia del contrato, así como durante los 3 años siguientes a la terminación y/o liquidación del mismo en el caso que aplique, toda la información que ETB requiera con relación al cumplimiento de las NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 17 obligaciones legales previstas a su cargo en materia de seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional del personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas. 1.20.11. Organización técnica y capacidad operativa del contratista El contratista deberá contar en Colombia durante la ejecución del contrato, con una organización técnica permanente que le permita atender y cumplir en forma autónoma y oportuna el desarrollo de las actividades contractuales, así como asistir a ETB en la solución de problemas que se puedan presentar, de tal forma que se garantice el cumplimiento del cronograma establecido, de acuerdo con las condiciones de orden técnico estipuladas, utilizando para el efecto recursos humano y técnico adecuados incluyendo grupos de soporte debidamente capacitados. 1.20.12. Cumplimiento de las normas sobre gestión ambiental El CONTRATISTA deberá dar estricto cumplimiento a las normas legales vigentes sobre gestión ambiental. En virtud de lo anterior le corresponde, entre otras obligaciones, realizar las actividades relativas a identificar, analizar y evaluar peligros, a gestionar y controlar los riesgos, a mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que puedan afectar a las personas, propiedades o medio ambiente. ETB podrá verificar su cumplimiento durante la ejecución del contrato, para cuyo efecto el contratista le suministrará la información correspondiente. 1.20.13. Habeas Data Teniendo en cuenta que para la debida ejecución del contrato, el CONTRATISTA deberá acceder y consultar las bases de datos de ETB y proveedores, previos los permisos concedidos para el efecto, el CONTRATISTA se obliga a disponer los medios necesarios para observar , cumplir e instruir a sus trabajadores sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, Ley1581 de 2012 reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377 de 2013, la Resolución 3066 de la CRC, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del OFERENTE, en caso de resultar adjudicatario, a adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de la información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB www.etb.com.co la cual se localiza en dicha página en la Zona de Contrataciones/Condiciones Generales y el Manual NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 18 de Contratación de ETB. 1.20.14. Liquidación del Contrato El contrato se liquidará por las partes dentro de los 3 meses siguientes a su terminación. 1.20.15. Domicilio Para todos los efectos, el domicilio contractual será Bogotá D.C. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 19 ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA Bogotá D.C., fecha Señores EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P Bogotá D.C. ASUNTO: INVITACIÓN PÚBLICA No. _____________ Respetados señores: En mi calidad de representante legal de _____________ (nombre del oferente o de cada una de las personas que integran cualquier forma de asociación), o _______________, actuando en nombre propio, de conformidad con las condiciones establecidas en los documentos del proceso citado en el asunto, presento oferta, para ___________________________________ En consecuencia, el (los) suscrito(s), declara (mos) que: (a) La presentación de la oferta constituye la aceptación de todos los documentos que hacen parte de la Invitación (Manual de Contratación de ETB, términos de referencia y las adendas que se emitieron respecto de los mismos), los cuales he (mos) leído y comprendido cuidadosa e íntegramente. (b) Garantizo (amos) la total correspondencia de la Oferta con el contenido de los mencionados documentos, sin salvedades, excepciones, alternativas, condicionamientos, ni modificación alguna. (c) La garantía de seriedad de la oferta tiene la vigencia exigida en los términos de referencia. (d) Los siguientes documentos de mi oferta son de carácter reservado de acuerdo con las normas legales vigentes: _____________________. (relacionarlos) (e) Acepto (amos) que cualquier comunicación que se deba cursar durante el proceso, me (nos) sea(n) enviada a las direcciones de correo electrónico señaladas en la presente comunicación. Así mismo, acepto como realizada por mí cualquier comunicación proveniente de mi dirección electrónica con destino a ETB dentro del proceso. Garantizo que la empresa que represento cuenta con todas las herramientas tecnológicas para asegurar y conservar el contenido de los documentos escritos, su autor, fecha, la circunstancia de no haber sido alterado, y su recibo por el destinatario. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 20 (f) En el evento en que la oferta resulte favorecida, me obligo a allegar, dentro de los dos 2 días hábiles siguientes a la comunicación de adjudicación, los documentos no aportados que se requieran para mi inscripción como proveedor de ETB. (En caso de no estar inscrito) o para la correspondiente actualización, y a suscribir la minuta del contrato, (o a recibir la comunicación de aceptación de la oferta conociendo que con ella se entiende celebrado el contrato) así como a presentar la documentación para la obtención de los certificados de seguro exigidos por parte de ETB dentro de los plazos establecidos. (g) Para todos los efectos relacionados con el desarrollo del presente proceso, a continuación me permito indicar la información completa, así como las direcciones electrónicas en la que recibiré cualquier notificación, comunicación o requerimientos sobre el particular: Nombre o Razón Social del oferente: [xxxxxxxx] Nombre del Representante: [xxxxxxxx] Nit o Cédula de Ciudadanía No xxxxxxxxx de xxxxxxxx Dirección Electrónica: [xxxxxxxx] Ciudad: [xxxxxxxx] Teléfono Fijo: [xxxxxxxx] Teléfono Celular: [xxxxxxxx] Datos del Contacto Nombre: [xxxxxxxx] Cédula de Ciudadanía No xxxxxxxxx de xxxxxxxx Dirección Electrónica: [xxxxxxxx] Ciudad: [xxxxxxxx] Teléfono Fijo: [xxxxxxxx] Teléfono Celular: [xxxxxxxx Adicionalmente, bajo la gravedad de juramento declaro que: (i) Para los fines previstos en el artículo 27 de la Ley 1121 de 2006, ni el capital de la sociedad, ni los recursos que se utilizarán para la ejecución del contrato que llegare a suscribirse en virtud de la adjudicación de la oferta, provienen de actividades ilícitas. (ii) Ni la sociedad, ni los socios o accionistas, ni los representantes o administradores tienen relaciones comerciales o de parentesco con empleados de ETB. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 21 (En caso de tenerlas debe diligenciarse la siguiente información: Que la sociedad ó ______________ quien es (socio, accionista, representante o administrador) tiene (n) relación comercial con ______________, quien es empleado de ETB y trabaja en ____________ (indicar área). Que ______________ quien es [socio, accionista, representante legal, miembro de Junta Directiva, etc.] tiene parentesco en _______ grado de ____________ con ______________________, quien es empleado de ETB y trabaja en ____________ (indicar área). (iii) Únicamente para las invitaciones cuyo objeto sea la contratación de servicios de outsourcing: Ni los accionistas, ni los representantes legales han sido empleados de ETB que se hayan acogido a planes de retiro voluntario o hayan recibido indemnizaciones de la empresa por cualquier concepto. (iv) Ni la sociedad, los socios o accionistas, representantes o administradores se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y en la Ley, para la presentación de la oferta y para la celebración y ejecución del contrato. Igualmente, acepto expresamente el compromiso Anticorrupción y me obligo para con ETB a: 1. Estructurar una propuesta seria, con información fidedigna y económicamente ajustadas a la realidad, que aseguren la ejecución del contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en los términos de referencia. 2. Actuar en el proceso de contratación con estricto apego a las normas jurídicas y éticas propias de este tipo de procedimientos, y conforme a los principios de buena fe, transparencia y equidad. 3. Abstenerse de realizar u ofrecer, directa o indirectamente pagos de comisiones o dádivas, sobornos u otra forma de halago a trabajador alguno de ETB o de utilizar medios de presión con ocasión del proceso en el que participa; así mismo, a impedir que alguno de los trabajadores o agente comisionista independiente lo haga en su nombre. 4. Impartir instrucciones y adoptar todas las medidas necesarias para que todos sus trabajadores, agentes o cualquier otro representante, no incurran en conductas violatorias del presente pacto, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las leyes colombianas y especialmente aquellas que rigen el proceso de selección y la relación contractual que podría derivarse del mismo, e imponer la obligación NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 22 de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los trabajadores de ETB, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que puedan influir en dichos trabajadores. 5. Cumplir con rigor las exigencias de ETB en el curso del proceso de selección y utilizar las oportunidades y mecanismos jurídicos que la Ley faculta para evitar cualquier forma de abuso del derecho. 6. No celebrar acuerdos ni incurrir en actos o conductas que tengan por objeto coludir en el proceso de selección. 7. No interferir en la etapa de evaluación de las propuestas para efectos de buscar la descalificación de sus competidores o influenciar o entorpecer el resultado del proceso. 8. Denunciar con la debida justificación y de manera inmediata ante las autoridades competentes, las Directivas de ETB, la Veeduría Distrital y los demás órganos de control, cualquier actuación irregular ejecutada pro trabajadores de ETB y/o los proponentes. Cordialmente, Representante Legal EN CASO DE PRESENTARSE OFERTA BAJO CUALQUIER FORMA DE ASOCIACIÓN LA DECLARACIÓN DEBE HACERSE RESPECTO DE TODAS LAS PERSONAS QUE LA INTEGRAN BIEN SEA POR EL REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN, O EN FORMA INDEPENDIENTE POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNA DE ELLAS O POR CADA PERSONA NATURAL. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 23 ANEXO 2 – CAPITULO I FORMATO DATOS BÁSICOS PROVEEDOR NACIONAL Día: Mes: Año: NIT. C. C. Fecha Razón Social o Nombre Diligencia en el caso que le corresponda Clase de Proveedor Extranjero Jurídica. Dirección (Diligenciar todos espacios correspondientes) Cl / Cra / Av / Diag / Trv los Ciudad Comunicación los Código Postal País Nombre Legal (Diligenciar todos espacios correspondientes) Persona Persona Natural Representante Cargo e-mail Persona de Contacto 1 Cargo en la empresa o profesión e-mail Persona de Contacto 2 Cargo en la empresa o profesión e-mail Celular Celular 2 Fax Fax 2 Teléfono Teléfono 2 1 ¿La empresa cuenta con un Sistema de Gestión? Sistema de Gestión (Calidad, Ambiental, Seguridad, etc) 1 SÍ NO 1 Cual ? ______________ ______________ _ Tipo de Contribuyente Tributarios Gran contribuyente (Diligenciar todos espacios correspondientes) los N° Resolución _________ NIT 899.999.115-8 Auto No Gran contribuyente retenedor Régimen Especial N° Resolución ________ http://www.etb.com.co 24 Régimen de pertenece IVA al cual Actividad Económica ICA N° Clasificación de empresa Pertenece contrata población vulnerable o a Obligados a declarar Renta Común Ninguno Simplificado Í N O S Í Indique cuál: OBJETO SOCIAL DEL PROVEEDOR Banco Cuenta Bancaria N° Datos para Pagos Modalidad (Diligenciar todos espacios correspondientes) los Corriente Ahorros Cta. Bancaria Abierta con NIT País del Banco CC Firma del Representante Legal Tipo Documento de Identidad N°. Documento Identidad El proveedor se responsabiliza por la información diligenciada en este formato. La información remitida tendrá validez sólo si el formato está firmado por el Representante Legal. Adjuntar certificado de representación legal vigente no mayor a 30 días. NOTA: ES IMPORTANTE QUE TODOS LOS DATOS ESTÉN COMPLETAMENTE DILIGENCIADOS Y ESTÉN VERIFICADOS POR EL EQUIPO DE PLANEACIÓN DE COMPRAS Y GESTIÓN MAESTROS, DE LO CONTRARIO NO SERA POSIBLE LA INCLUSIÓN EN LA BASE DE DATOS DE PROVEEDORES. 1 Si el objeto del contrato es extenso, resumir la parte esencial del mismo o en caso contrario transcribirlo. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 25 N O FORMAT BASIC DATA FROM SUPPLIERS Date Day Month Year Company ID : Personal ID: Bussiness Name/Trade Name Address Street (Fill all the relevant information) State/Province Contact Information (Fill all the relevant information) Town City ZIP Code P.O. Box Contact Person Nº 1 Title e-mail address Contact Person Nº 2 Title e-mail address Telephone Nº Telephone Nº 2 Management System Country 1 Mobile Nº Mobile Nº 2 Has your company a Management System ? 1 Fax Nº Fax Nº 2 Which one ? Please specify Yes No Payment Data (Fill all the relev ant infor matio n) Bank Account Number Bank Address (specify Country) Type of Account Checking NIT 899.999.115-8 1 Savings http://www.etb.com.co 26 COMPANY´S LEGAL REPRESENTATIVE SIGNATURE Name: Title: The supplier is responsable for all the information included in this format. The information included in this format is valid only if it´s send with the legal representative signature. Please, attach the certificate of the company´s legal representative; this document must be issued recently (maximum 30 days) NOTE: IT IS IMPORTANT TO FILL ALL THE INFORMATION REQUIRED IN THIS FORMAT. THIS INFORMATION MUST BE REVIEWED BY ETB SUPPLIER´S MANAGEMENT GROUP, OTHERWISE THE INCLUSION OF YOUR COMPANY IN ETB SUPPLIER´S DATABASE WILL NOT BE POSSIBLE. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 27 ANEXO No. 3 ACUERDO DE BUENAS PRÁCTICAS Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA Entre los suscritos: (i) EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. [en adelante ETB], con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., representada por JAIME ANDRES GARCIA CUELLO mayor de edad, domiciliado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía 79.786.689 de Bogotá, quien actúa en su condición de Vicepresidente Administrativo y de Gestión Humana Encargado, de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P, y en ejercicio de las facultades que como apoderado de la misma me fueron conferidas mediante escritura pública N° 2052 del 12 de diciembre de 2014 expedida en la Notaría 65 del circulo de Bogotá D.C., (ii) __________________ [en adelante ______________], con domicilio en la ciudad de Bogotá, representada por ___________________________, mayor de edad, domiciliado en ___________________, identificado con la cédula de ciudadanía número _____________________ de _____________, quien actúa en su condición de _______________________, según consta en el certificado de existencia y representación aportado con la oferta. En conjunto y cuando en el presente documento se haga alusión a las PARTES, se entenderán incluidas ETB y ____________. Las Partes hemos convenido celebrar el presente ACUERDO DE BUENAS PRÁCTICAS Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA [en adelante el Acuerdo] bajo las siguientes CONSIDERACIONES: Para ETB, la responsabilidad social es un compromiso que asumimos más allá de lo legal mediante la gestión ética y transparente con nuestros Grupos de Interés y la búsqueda permanente del equilibrio económico, social y ambiental, que contribuya a aumentar el valor de la compañía. Mediante este acuerdo buscamos atender las expectativas de nuestros contratistas1 en cuanto al fortalecimiento los mecanismos de transparencia, comportamiento ético y rendición de cuentas, así como la promoción de la adopción de prácticas de RS en la cadena de valor, obtenidas del Diálogo para “Construir la empresa que anhelamos” 2011, según el cual el 71% de nuestros contratistas, considera que ETB es una Empresa 1 Entendidos para efectos de este acuerdo como: “personas naturales o jurídicas que tienen un contrato de suministro de bienes y/o servicios con ETB así como personas naturales que tienen relación laboral con contratistas de ETB y que prestan sus servicios de manera principal en las instalaciones de ETB”. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 28 Socialmente Responsable2. Lo anterior, dentro del marco del cumplimiento de los 10 principios del Pacto Mundial y teniendo en cuenta que nuestro compromiso con nuestros contratistas en Responsabilidad Social es asegurar relaciones transparentes. LA RESPONSABILIDAD CORPORATIVA Y LAS BUENAS PRÁCTICAS Las PARTES, dando alcance al vínculo contractual existente entre ellas como resultado de la invitación a presentar oferta, cuyo objeto es “contratar la prestación del servicio de administración de bienes de ETB correspondientes a los activos fijos, menor cuantía y leasing que tienen bajo su responsabilidad el personal de ETB y el personal de terceros a nivel nacional” (en adelante EL CONTRATO), han acordado suscribir el presente acuerdo de buenas prácticas y responsabilidad corporativa que se regirá en particular por los siguientes términos y condiciones: 1. En el marco de su estrategia de sostenibilidad ETB ha establecido compromisos en materia económica, social y ambiental que se desarrollan mediante la implementación de políticas, procesos y programas enfocados a potencializar las relaciones con sus grupos de interés. Por esta razón, ETB insta al PROVEEDOR, a suministrar información sobre la incorporación de la RESPONSABILIDAD CORPORATIVA en la gestión de su empresa. 2. Al momento de ser requerido, el PROVEEDOR deberá suministrar a ETB información sobre sus prácticas en Responsabilidad Corporativa, materializadas en programas y/o actividades desarrolladas en torno a las siguientes materias: a. Promoción del respeto de los Derechos Humanos en la empresa. b. Buenas prácticas laborales en salud ocupacional, seguridad industrial y ergonomía. c. Cumplimiento de la normatividad ambiental y respeto por el Medio Ambiente. d. Transparencia y ética corporativa. 3. Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción- Las Partes manifiestan y aseguran que frente a la suscripción y desarrollo del Contrato, no hubo y no habrá ninguna solicitud, promesa, ofrecimiento o cobranza indebida con el fin de obtener algún tipo de beneficio para ninguna de las PARTES, ni para terceros, que sea o no con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público o privado. 2 Resultado del Diálogo para “Construir la empresa que anhelamos” 2011. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 29 4. Las PARTES declaran y garantizan que ningún favorecimiento, dinero o cualquier otro objeto de valor fue o será pagado, ofrecido, donado o prometido directa o indirectamente a cualquier Autoridad Pública3 con el fin de: a. Ejercer influencia indebida sobre cualquier Autoridad pública, en su capacidad oficial, societaria o comercial; para que realice o deje de realizar cualquier acto infringiendo o no sus atribuciones legales o para afectar o influenciar cualquier acto o decisión de su responsabilidad b. Obtener cualquier ventaja indebida o contraria al interés público 5. El PROVEEDOR será sujeto a auditorías y visitas de verificación del cumplimiento de las prácticas en RESPONSABILIDAD CORPORATIVA informadas en cumplimento de este Acuerdo, por parte del supervisor del contrato o quién ETB designe. 6. El incumplimiento de cualquiera de las prácticas establecidas en este Acuerdo podrá ocasionar la inmediata terminación del vínculo contractual existente, por la parte cumplida. El presente Acuerdo lo suscriben las PARTES en dos ejemplares de igual contenido y valor, en la ciudad de Bogotá D.C., a los Por ETB: Por ___________________ JAIME ANDRES GARCIA CUELLO Nombre: Vicepresidente Administrativo y de Gestión Humana (e) Represente Legal o Apoderado Apoderado 3 Autoridad Pública: Se entiende por Autoridad Pública toda persona (natural o jurídica) que desempeñe cargo, empleo o función pública o aquella que trabaje para una fundación, empresa pública, sociedad de economía mixta o empresa industrial y comercial del estado, o aquellas que aún de manera transitoria o sin remuneración, trabajen para una empresa prestadora de servicios públicos o en la ejecución de actividades de la administración pública; partido político, representante de partido o cualquier candidato a cargo público; persona (natural o jurídica) que actúe en nombre de una entidad pública o con función pública; persona (natural o jurídica) que desempeñe cargo, empleo o función en cualquier organización pública internacional. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 30 ANEXO No. 4 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Entre los suscritos: (i) EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. [en adelante ETB], con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., representada por JAIME ANDRES GARCIA CUELLO mayor de edad, domiciliado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía 79.786.689 de Bogotá, quien actúa en su condición de Vicepresidente Administrativo y de Gestión Humana Encargado, de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P, y en ejercicio de las facultades que como apoderado de la misma me fueron conferidas mediante escritura pública N° 2052 del 12 de diciembre de 2014 expedida en la Notaría 65 del circulo de Bogotá D.C., (ii) __________________ [en adelante ______________], con domicilio en la ciudad de Bogotá, representada por ___________________________, mayor de edad, domiciliado en ___________________, identificado con la cédula de ciudadanía número _____________________ de _____________, quien actúa en su condición de _______________________, según consta en el certificado de existencia y representación aportado con la oferta. En conjunto y cuando en el presente documento se haga alusión a las PARTES, se entenderán incluidas la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTA S.A. E.S.P. y xxxxxxxxxx. Las Partes hemos convenido celebrar el presente Acuerdo de Confidencialidad [en adelante el Acuerdo] que tiene como finalidad establecer los términos que rigen el uso y la protección de la información que se intercambien en la ejecución del contrato producto de la presente convocatoria. CONSIDERACIONES: (i) Que entre las Partes van a revelarse determinada información confidencial [en adelante Información Confidencial] en forma verbal o escrita. (ii) Que el presente Acuerdo de Confidencialidad tiene como finalidad establecer el uso y la protección de la información que se entreguen las Partes, dentro del Negocio. (iii) Que de conformidad con las anteriores consideraciones y con el propósito de proteger la Información Confidencial que se suministre, se adoptan las siguientes condiciones: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 31 CLÁUSULA PRIMERA: DEFINICIONES. 1. Información Confidencial: Significa cualquier información escrita, oral o visual, de propiedad de alguna parte o sobre la cual detente algún tipo de derecho. 2. Parte Reveladora: Se constituye en Parte Reveladora cualquiera de las Partes o sus Representantes que suministre información a la otra por cualquiera de los mecanismos previstos en este Acuerdo. 3. Parte Receptora: Se constituye en Parte Receptora cualquiera de las Partes que reciba información de la otra. 4. Representantes: Referido a las Partes de este Acuerdo, significará los empleados, agentes y asesores de esa Parte, de su controladora o de cualquier compañía filial, subsidiaria o que esté controlada por ella o bajo control común de esa Parte con un tercero o terceros, incluyendo a título enunciativo, sus abogados, auditores, consultores y asesores financieros independientes. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO. El Acuerdo tiene como propósito proteger, entre otros, la información que en desarrollo de la Invitación Pública y del Contrato para “la prestación del servicio de administración de bienes de ETB correspondientes a los activos fijos, menor cuantía y leasing que tienen bajo su responsabilidad el personal de ETB y el personal de terceros a nivel nacional” las partes se revelen, en especial los aspectos societarios, empresariales, técnicos, comerciales, jurídicos, estratégicos, asuntos relacionados con las operaciones de negocios presentes y futuros, condiciones financieras, planes de inversión, estudios de mercado, estructura de redes, planes de numeración, licencias o concesiones. En virtud del Acuerdo, las Partes se obligan a no revelar, divulgar, exhibir, mostrar y/o comunicar la información que reciban de la otra parte, a personas naturales o jurídicas distintas de las Partes y sus Representantes, ni a utilizarla en favor de terceros, y en consecuencia a mantenerla de manera confidencial y privada y a proteger dicha información para evitar su divulgación no autorizada, ejerciendo sobre ésta el mismo grado de diligencia utilizado por un buen comerciante para proteger información confidencial de su propiedad. CLÁUSULA TERCERA: DESTINACIÓN. La información que las Partes se revelarán sólo podrá ser utilizada para los fines señalados en el presente Acuerdo. Adicionalmente, sólo podrá reproducirse dicha Información Confidencial si resulta necesario para cumplir tal finalidad y darse a NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 32 conocer a los Representantes que tengan necesidad de conocerla para la mencionada finalidad. Se podrá revelar o divulgar la información confidencial únicamente en los siguientes eventos: (i) Que se revele con la aprobación previa y escrita de la Parte Reveladora. (ii) Que la revelación y/o divulgación de la información se realice en desarrollo o por mandato de una ley, decreto, sentencia u orden de autoridad competente en ejercicio de sus funciones legales. En este caso, la parte obligada a divulgar la información confidencial se obliga a avisar inmediatamente haya tenido conocimiento de esta obligación a la otra Parte de este convenio, para que pueda tomar las medidas necesarias para proteger su información confidencial, y de igual manera se compromete a tomar las medidas necesarias para atenuar los efectos de tal divulgación. CLÁUSULA CUARTA: CALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La Parte Receptora entiende y reconoce que, excepción hecha de cualesquiera declaraciones y garantías recogidas en un contrato que documente en forma definitiva el Negocio que puedan formalizar las Partes, toda la información facilitada por la Parte Reveladora o sus respectivos Representantes se entrega sin ninguna declaración de garantía, expresa ni tácita, sobre la precisión e integridad de la Información Confidencial facilitada, más allá de la veracidad que evidencien los mismos documentos. Salvo que en los contratos que formalicen el Negocio se establezca otra cosa, ni la Parte Reveladora ni sus respectivos Representantes incurrirán en responsabilidad ante la Parte Receptora o sus Representantes en relación con el uso de la Información Confidencial, ni por actuaciones en función de dicha Información o errores u omisiones en la misma, de manera distinta a la señalada en el Acuerdo. CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. (i) La Información Confidencial no puede ser utilizada por la Parte Receptora en detrimento de la Parte Reveladora o para fines diferentes a los establecidos en el presente documento ya que sólo podrá utilizarse en relación con los temas que se desarrollen en el contexto de este Acuerdo. (ii) La Parte Receptora no puede distribuir, publicar o divulgar la Información Confidencial a persona alguna, salvo a sus Representantes que tengan necesidad de conocerla para el propósito para el cual se divulga, siempre y cuando la Parte Receptora adopte las medidas necesarias para asegurarle a la Parte Reveladora NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 33 su derecho a limitar o restringir dicha divulgación o para hacer uso de los recursos que estén a su disposición. (iii) La Parte Receptora debe informar a cada uno de los Representantes que reciben información, de su naturaleza confidencial y de este Acuerdo y los debe instruir para que la utilicen exclusivamente con el propósito establecido en este Acuerdo. CLÁUSULA SEXTA: PROPIEDAD. La información entregada por la Parte Reveladora es propiedad exclusiva de ésta y deberá ser tratada como confidencial y resguardada bajo este entendido por la Parte Receptora, durante el término que se fija en el presente Acuerdo a partir de la fecha en que se entregue la información. Cada una de las Partes, a solicitud de la otra, devolverá y hará que sus Representantes devuelvan a la Parte Reveladora toda la Información Confidencial que de ella hayan recibido o de sus respectivos Representantes, incluidas, pero no limitadas a todos las copias, extractos y otras reproducciones de la información confidencial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que cualquiera de las Partes notifique por escrito a la otra su intención de no continuar las negociaciones, previo requerimiento en tal sentido y , además, cada una de las Partes destruirá y hará que sus Representantes destruyan todo el material que hayan creado con fundamento en la Información Confidencial entregada por la Parte Reveladora si así se le solicitare. En todo caso, el hecho de no recibir una comunicación en el sentido a que alude el párrafo anterior, no libera a la parte que ha recibido la información de su deber de custodia, en los términos señalados en el presente documento. CLÁUSULA SÉPTIMA: CLÁUSULA PENAL. En caso de incumplimiento total o parcial de cualesquiera de las obligaciones por una de las Partes, se causará a su cargo una cláusula penal pecuniaria equivalente a la suma de 1000 SMMLV, si el incumplimiento es total y proporcionalmente si es parcial. Se podrá compensar el valor de la cláusula penal pecuniaria hasta concurrencia de los valores que la Parte que exige la cláusula penal le adeude a la Parte incumplida, al igual que de cualquier suma que se le adeude por cualquier concepto. De no ser posible la compensación total o parcial, la Parte incumplida se obliga a consignar el valor o el saldo no compensado de la cláusula penal en la cuenta que la otra Parte le indique, dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que con tal fin le curse. Las partes renuncian expresamente a todo requerimiento para efectos de constitución en mora, reservándose el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto pactado, siempre que los mismos se acrediten. CLÁUSULA OCTAVA: PROHIBICIÓN DE CESIÓN. Este Acuerdo de Confidencialidad debe beneficiar y comprometer a las Partes y no puede ser cedido, vendido, asignado, ni transferido, bajo ninguna forma y a ningún título, sin contar con la autorización previa y escrita de la otra parte. CLÁUSULA NOVENA: VIGENCIA DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 34 Las restricciones y obligaciones de este Acuerdo rigen por el término de cinco (5) años a partir de la fecha de su firma, y un año más. CLÁUSULA DÉCIMA: COMUNICACIONES. Las comunicaciones que cualquiera de las Partes deba dirigir a la otra deben enviarse a las personas que se designan a continuación: ETB, Atn: CLARA GLADYS GOMEZ RODRIGUEZ Cargo: ANALISTA II Dirección. Cra 8 20-56 piso 8 Gerencia de Infraestructura Teléfono: 2422745 - 3005820830 Correo Electrónico: [email protected] Ciudad: Bogotá D.C. POR xxxxxxxxxxxxxxxx Atn: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Cargo: Representante Legal Dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxxxxxxxxx Correo Electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxx Ciudad: Bogotá D.C. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DISPOSICIONES VARIAS. (i) Este Acuerdo representa el convenio completo entre las Partes y sustituye cualquier otro verbal o escrito celebrado anteriormente entre ellas, sobre la materia objeto del Presente Acuerdo. (ii) Si alguna de las disposiciones de este Acuerdo llegare a ser ilegal, inválida o sin vigor bajo las leyes presentes o futuras o por un Tribunal, se entenderá excluida. Este Acuerdo será realizado y ejecutado, como si dicha disposición ilegal, inválida o sin vigor, no hubiera hecho parte del mismo y las restantes disposiciones aquí contenidas conservarán idéntico valor y efecto. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 35 (iii) Ni este Acuerdo, ni la entrega o recepción de información constituirá o implicará promesa de efectuar contrato alguno por cualquiera de las Partes y por tanto convienen así mismo en que, a menos que se haya formalizado entre ellas un contrato definitivo, ninguna de las Partes tendrá obligación legal alguna con respecto a la realización del Negocio en virtud del presente Acuerdo. (iv) Las Partes convienen en que no habrá desistimiento ni consentimiento a la modificación de los términos del presente Acuerdo que no obre en documento suscrito por ellas. En constancia se suscribe el presente Acuerdo, a los ___________de, en dos ejemplares del mismo tenor y valor. Por ETB: JAIME ANDRES GARCIA CUELLO Vicepresidente Administrativo y de Gestión Humana ( E ) Apoderado Por el CONTRATISTA: xxxxxxxxxxxxxxxxxx Representante Legal NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 36 CAPITULO II 2. CONDICIONES FINANCIERAS Las siguientes son las condiciones financieras aplicables a la presente contratación, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento. 2.1. ESQUEMA DE COTIZACIÓN DE LOS PRECIOS Los servicios objeto de la presente contratación deberán ser cotizados bajo el sistema de precios unitarios fijos, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento. Se entiende por sistema de precios unitarios fijos, que el precio inicialmente pactado permanecerá fijo durante el plazo de ejecución del contrato. Serán por cuenta del proveedor y se considerarán incluidos como parte del precio, todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes en la fecha de suscripción del contrato. Si durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos, serán asumidos por quien corresponda de acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado. De todo pago o abono en cuenta que se efectué, ETB hará las retenciones de ley a que haya lugar. 2.2. VALOR DE LA OFERTA Para la presentación de la oferta el oferente deberá diligenciar el Anexo Financiero N°1Cuadro Resumen del valor estimado de la Oferta. NOTA 1: El anexo financiero deberá ser suministrado en forma impresa y en medio digital en archivos formulados; es decir, no solo deberán contener datos sino fórmulas en los casos en que estás sean utilizadas. De presentarse discrepancias entre la información suministrada en medio físico (papel) y la entregada en medio magnético, prevalecerá la suministrada en medio físico. NOTA 2: Las cantidades de servicios de traspaso y/o devolución de elementos a cargo de trabajadores de ETB incluidas en el Anexo financiero son estimadas y serán tenidas en cuenta únicamente para efectos de la ponderación económica de las ofertas. Por lo anterior, en ejecución del contrato las cantidades podrán aumentar o disminuir de conformidad con los requerimientos de la compañía. NOTA 3: El Anexo financiero debe estar firmado por el Representante Legal o apoderado debidamente facultado. 2.3. CUBRIMIENTO DE LA OFERTA El valor de la oferta deberá incluir todos los servicios requeridos para cumplir a cabalidad con el objeto y alcance de la presente invitación. Todos los costos, gastos, honorarios y demás egresos que sean necesarios para el NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 37 cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, deberán quedar incluidos en su oferta económica, previo análisis que efectúe el oferente por su cuenta y riesgo, de manera que aquellos costos, gastos, honorarios y demás egresos no previstos en la oferta, no serán asumidos por ETB, ni cargados a ésta de forma alguna. 2.4. IMPUESTOS Y FACTURACIÓN 2.4.1. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS El oferente debe discriminar con exactitud el precio correspondiente de los bienes y servicios objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas que afecte la misma, indicando la base sobre la cual se liquida de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta. En el evento en que el oferente no discrimine el IVA y se cause dicho impuesto, ETB lo considerará incluido en el valor de los bienes y servicios relacionados en la oferta. En la cláusula de precio del contrato se deberán discriminar los conceptos que lo conforman y el IVA, si éste se causa. 2.4.2. RETENCIÓN A TÍTULO DE IVA EN CONTRATOS QUE INVOLUCREN PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL TERRITORIO NACIONAL CELEBRADOS CON NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA Para efectos de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, en el contrato respectivo se deberá discriminar el valor del impuesto sobre las ventas generado, que será objeto de retención por parte de ETB. El contrato servirá como soporte para todos los efectos tributarios. 2.4.3. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A OFERENTES NACIONALES El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la Renta e IVA, se determinará de conformidad con la normatividad vigente, habiéndose establecido previamente, si el oferente es declarante o no del impuesto sobre la renta, si es gran Contribuyente o Autorretenedor y el régimen de impuesto a las ventas al cual pertenece (común o simplificado) o si vende o presta servicios excluidos del IVA. 2.4.4. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA, OFERENTES NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta, se determinará al momento en el cual se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta, de acuerdo con las normas tributarias vigentes para pagos al exterior. Sobre los bienes importados bajo la modalidad FCA, ETB no aplicará retención en la fuente a título de renta, de acuerdo con el artículo 24 del Estatuto tributario y el concepto DIAN No. 71190 de 2005. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 38 2.4.5. RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 2.4.5.1. Oferente Proveedor Nacional El oferente deberá informar el régimen del impuesto de industria y comercio al cual pertenece (común o simplificado), la actividad económica y la tarifa del impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., o en las ciudades del país que le corresponda. En caso de no informarla, le será asignada la tarifa de retención más alta, la cual se aplicará al momento que se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta. En este orden de ideas el contratista deberá informar los valores y lugares de las actividades gravadas realizadas en desarrollo del contrato. 2.4.6. FACTURACIÓN PARA CONTRATISTAS EN CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL O CUALQUIER FORMA DE ASOCIACIÓN. En el evento en que la oferta sea presentada bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquier forma de asociación, los miembros de estos deberán facturar en forma independiente, por lo que en el contrato se deberá informar: (1) el NIT de cada uno de los miembros, en el caso que sea procedente, (2) el porcentaje o valor de los ingresos que le corresponda a cada uno de estos. Cabe anotar que los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación deberán facturar sus ingresos de acuerdo con su participación establecida en el Documento Consorcial. 2.5. RÉGIMEN TRIBUTARIO DE E.T.B. ETB es Gran Contribuyente (Resolución DIAN No. 00041 del 30 de enero de 2014), Autorretenedor de ingresos gravados con impuesto de renta (Decreto 2885 del 24 de Diciembre de 2001, Resolución DIAN No. 0547 del 25 de Enero de 2002), responsable del Impuesto sobre las Ventas (artículo 792 del E.T.), catalogada como Entidad de Derecho Público para efectos de la retención por concepto de ICA para la ciudad de Bogotá, D. C. (Artículo 3 Decreto No. 271 del 28 de Junio de 2002). Código CIIU 6110 2.6. CONDICIONES GENERALES Los servicios objeto de la presente contratación deben ser cotizados obligatoriamente en pesos colombianos, en números enteros, es decir sin incluir decimales. ETB se reserva el derecho de ajustar al peso por exceso o por defecto, los valores cotizados por el oferente, en cuyo caso utilizará la herramienta redondear de Excel. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 39 2.7. FORMA DE PAGO 2.7.1. SERVICIOS DE ADMINISTRACION TRABAJADORES DE ETB DE ELEMENTOS A CARGO DE El cien por ciento (100%) del precio de los servicios de administración de elementos a cargo de los trabajadores se pagarán por mensualidades vencidas iguales, a los sesenta (60) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial acompañada del Acta mensual de recibo a satisfacción de los correspondientes servicios, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de la suscripción del Acta mensual de recibo a satisfacción de los servicios, el contratista debe haber entregado al supervisor del contrato los informes detallados en el numeral 3.4 del capítulo técnico del presente documento. 2.7.2. INVENTARIO FISCAL DE ELEMENTOS A CARGO DE TRABAJADORES DE ETB El cien por ciento (100%) del precio del inventario fiscal anual se pagará de la siguiente forma: 50% del precio, a los sesenta (60) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial acompañada del Acta de recibo a satisfacción del documento que contenga el 50% de los funcionarios inventariados. Esta acta de recibo debe venir debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de acreditar la entrega del 50% de los funcionarios inventariados, el contratista deberá entregar los formatos de “lista de elementos a cargo” y “acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias”, debidamente diligenciados y firmados por el trabajador, así como los reportes diarios descritos en el numeral 3.4 del presente documento. El 50% restante del precio, a los sesenta (60) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial acompañada del Acta de recibo a satisfacción del documento que contenga el 100% de los funcionarios inventariados. Esta acta de recibo debe venir debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de acreditar la entrega del 100% de los funcionarios inventariados, el contratista deberá entregar los formatos de “lista de elementos a cargo” y “acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias”, debidamente diligenciados y firmados por el trabajador, así como los reportes diarios descritos en el numeral 3.4 del presente documento. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 40 2.7.3. SERVICIOS DE TRASPASO Y/O DEVOLUCION DE ELEMENTOS A CARGO DE TRABAJADORES DE ETB El cien por ciento (100%) del precio de los servicios de traspaso y/o devolución de elementos se pagará mediante cortes mensuales, sobre la cantidad de servicios efectivamente realizados, a los sesenta (60) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial acompañada del Acta mensual de recibo a satisfacción de los correspondientes servicios, la cual debe estar suscrita por el Supervisor del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de la firma del Acta mensual de recibo a satisfacción de los servicios, el contratista deberá entregar al supervisor del contrato los informes mensuales detallados en el numeral 3.4 junto con los documentos soporte descritos en los términos de referencia. 2.7.4. Para efectos de la firma de las Actas de recibo a satisfacción de los servicios a las que se hace referencia en los numerales 2.7.1, 2.7.2 y 2.7.3, el contratista deberá acreditar el pago de la nómina, así como de sus obligaciones en materia de seguridad social (ARL, EPS y AFP) y aportes parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación), respecto del personal utilizado para ejecutar el contrato. 2.8. ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS El Contratista deberá establecer el número de cuenta, modalidad de ésta (ahorro o corriente), y entidad financiera a la que deben abonarse los pagos. Asimismo, en el evento de cambio de la cuenta, el Contratista deberá informar de inmediato y por escrito al Supervisor del Contrato quien revisará la solicitud y dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Interna N° 00571- Actualización de Cuentas o cambio de destinatario de los pagos en el sistema SAP. 2.9. REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN MAYORES VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO Cuando se identifiquen mayores valores entregados por cualquier concepto, éstos deben ser desagregados y reintegrados a ETB; para tal efecto, se emitirá cuenta de cobro por parte de la Dirección de Facturación y Cartera, con visto bueno del supervisor, previa liquidación e indexación por parte del Equipo de Estudios Económicos de la Gerencia de Planeación Financiera. Para efectos de la liquidación e indexación mencionada anteriormente, el supervisor deberá cursar solicitud al Equipo de Estudios Económicos de la Gerencia de Planeación Financiera, en la cual deberá detallar toda la información requerida para el cálculo, esto es: el mayor valor pagado, la fecha real de pago, la fecha probable de devolución de los dineros por parte del contratista y demás información relevante para el cálculo. El proveedor podrá consignar dichos valores, o autorizar por escrito su descuento de las cuentas en trámite, para lo cual se aplicará la siguiente metodología: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 41 Se determinará la fecha en que se efectuó el respectivo pago. Se determinará el mayor monto pagado en pesos colombianos. Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista. Se indexará el monto en pesos entre la fecha en que se efectúo el respectivo pago y la fecha de devolución, utilizando los índices de precios al consumidor en el ámbito nacional, para la República de Colombia certificados por el DANE para dicho período. En caso de no contar con la inflación correspondiente al período a actualizar se tomará el promedio mensual o diario corrido del año, según sea el caso se hará el cálculo con base en ésta. Para el caso de enero, por no tener información que permita establecer el promedio, se tomará la del mismo período del año inmediatamente anterior. Para este cálculo se incluye el valor del IVA correspondiente. En el evento en que el contratista no efectúe el reintegro en la fecha fijada para el efecto, ETB aplicará intereses de mora liquidados a la tasa máxima de interés de mora certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia vigente entre la fecha fijada para la devolución de los dineros y la fecha real de pago. 2.10. EVALUACIÓN FINANCIERA DE LAS OFERTAS El estudio financiero de las ofertas incluirá la verificación de las ventas frente al valor a contratar, la verificación del cumplimiento de las condiciones de carácter financiero contenidas en los términos de referencia y la ponderación económica de las propuestas. 2.10.1. RELACION VENTAS-VALOR A CONTRATAR Las ventas reportadas por el oferente para la última vigencia fiscal no podrán ser inferiores a la suma de cuatrocientos veinticinco millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos m/cte ($425.333.333,00). Para realizar esta verificación, el oferente junto con la oferta, deberá adjuntar el Estado de Resultados del último año fiscal, debidamente suscrito por contador público, revisor fiscal o quien haga sus veces, de conformidad con la legislación aplicable para el efecto. En el evento en que la oferta sea presentada en consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación, el valor de las ventas sobre el cual se verificará esta condición, será el resultante de la sumatoria de las ventas por el porcentaje de participación informado en el Documento consorcial para cada uno de los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación. 2.10.2. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES FINANCIERAS Con la presentación de la oferta se entienden ACEPTADAS todas y cada una de las condiciones estipuladas en el presente capitulo. Cuando en la oferta se establezcan condiciones diferentes a las establecidas, en la etapa de estudio de ofertas se solicitará al oferente manifestar si accede a mantener su oferta bajo las condiciones señaladas en los términos de referencia. En caso de no aceptarlo, la oferta será descartada. 2.10.3. PONDERACIÓN ECONÓMICA DE LAS OFERTAS Las ofertas que cumplan con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros exigidos en el presente documento serán ponderadas desde el punto de vista económico, sobre una NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 42 base de 1000 puntos, para lo cual se seguirá el siguiente procedimiento: En primera instancia, las ofertas serán analizadas para determinar si en los cálculos se han cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de ponderación y selección, ETB realizará las correcciones necesarias. ETB podrá hacer correcciones aritméticas a los valores consignados por el oferente en el Anexos financieros solicitados en los siguientes casos: Cuando al verificar el valor consignado en la columna valor total, éste difiera del valor resultante de multiplicar las cantidades del ítem por el precio unitario total respectivo. Cuando al verificar las sumas y multiplicaciones totales y parciales de los mencionados anexos se encuentren errores aritméticos. En caso de presentarse discrepancias entre los valores presentados en los diferentes anexos de precios, ETB podrá hacer las correcciones necesarias y tomará para ello el valor que resulte de la aplicación de los precios unitarios, del anexo correspondiente de la oferta. Es importante anotar que si se presentan inconsistencias entre los valores presentados físicamente (papel) y los valores del medio magnético, prevalecerán los valores presentados en medio físico (papel). La asignación del puntaje económico se efectuará de la siguiente forma: Se asignará el máximo puntaje económico a la oferta que presente el menor valor estimado total. El puntaje económico para las demás ofertas será el resultado de aplicar la siguiente fórmula: Ci = (Cmax x Pmin) / Pi, donde: Ci: Puntaje económico obtenido por la Oferta i Cmax: Máximo puntaje económico, es decir 1000 puntos. Pmin: Menor valor estimado total de oferta, dentro del rango de ofertas Pi: Valor estimado total de la Oferta i En caso que ETB decida adelantar una etapa de negociación, en las contraofertas presentadas, las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la postura anterior, aún cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio estimado total de la oferta. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 43 CAPITULO III 3. CONDICIONES TECNICAS 3.1. OBJETO La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTA S.A. ESP, ETB, está interesada en recibir ofertas para contratar la prestación del servicio de administración de bienes correspondientes a activos fijos, menor cuantía y leasing que tienen bajo su responsabilidad el personal de ETB y el personal de terceros a nivel nacional, incluyendo la gestión documental asociada al proceso, de conformidad con las condiciones estipuladas en los presentes términos de referencia. 3.2. ALCANCE ETB requiere que el oferente preste los servicios de administración de los activos, elementos de trabajo, suministros, herramientas y bienes correspondientes a activos fijos, menor cuantía y leasing que tienen bajo su responsabilidad el personal de ETB y personal de terceros a nombre de ETB, a nivel nacional, los cuales son utilizados para el cumplimiento de la misión y la adecuada operación de la empresa. Para efectos de entendimiento del presente documento, todos los activos, elementos de trabajo, suministros, herramientas y bienes se denominaran “elementos”. Se estima que aproximadamente el 99.99% de los elementos se encuentran en Bogotá, en tanto que el 0.01% se encuentra distribuido en las siguientes ciudades: CIUDAD PORCENTAJE VILLAVICENCIO 0,012% BARRANQUILLA 0,056% BUCARAMANGA 0,056% CUCUTA 0,015% CALI 0,780% PEREIRA 0,081% El contratista deberá prestar los servicios logísticos de recepción, clasificación, marcación, almacenaje, conservación, custodia, transporte, entrega de elementos en sitio y en los diferentes puntos de entrega estipulados por ETB, control de inventarios de los elementos incluyendo los de activos fijos o de mayor cuantía, de menor cuantía y en leasing a cargo de los funcionarios, así como la gestión documental asociada al proceso. Las actividades se clasifican por tipo así: 1. Inventario fiscal anual 2. Administración de elementos que incluye los siguientes temas: o o Recibo de elementos, Legalización, marcación y entrega de elementos nuevos. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 44 o o o o o o o o Reintegro de elementos. Almacenaje de elementos Pérdida de elementos a reportar. Indemnización y reposición del elemento por la aseguradora. Elementos entregados a terceros Trámite de reparación de elementos. Inventario final y generación de Paz y Salvos para validación de ETB. Gestión documental. 3. Traspaso de elementos para el cual se pagara un valor fijo unitario por cada tramite que realice el contratista. Incluye la siguiente actividad: o Entrega y/o devolución de elementos en las instalaciones del contratista o Entrega y/o devolución a domicilio de elementos en el sitio que ETB lo disponga. 3.3. CONDICIONES TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS Para mayor entendimiento y evaluación de los requerimientos expresados en este capítulo, se efectúa la siguiente clasificación: Requerimiento mínimo obligatorio: son aquellos requerimientos expresados en términos tales como “ETB REQUIERE” o “EL OFERENTE DEBE”, indicando que son de cumplimiento obligatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requerimientos a cabalidad, serán rechazadas. El oferente debe responder cada uno de los numerales y literales contenidos en este documento, punto a punto si CUMPLE o NO CUMPLE a las especificaciones técnicas contenidas en este capítulo. En los casos en los que el oferente lo considere conveniente, o ETB lo exija, el oferente debe dar explicación consecuente con dicho cumplimiento, es decir, manifestar cómo cumple. De no cumplirse lo anterior, ETB podrá solicitar el pronunciamiento o explicaciones respectivas durante la etapa de estudio de ofertas, sin que con ocasión de las respuestas pueda modificar la oferta. En caso de contradicción o incongruencia entre las respuestas suministradas en el respectivo numeral o en otro aparte de la oferta, ETB formulará la solicitud de aclaración o explicación en la etapa de estudio de ofertas. Si la respuesta al requerimiento es evasiva, si no se suministra la aclaración o explicación solicitada, o si a pesar de haberse expresado “CUMPLE”, de la respuesta recibida se deduce que el requerimiento no se satisface total o parcialmente, o su cumplimiento se sujeta a condición, la oferta será descartada, si se trata de un “Requerimiento Mínimo obligatorio”. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 45 Los documentos exigidos en el presente capítulo que no hayan sido aportados con la oferta podrán ser requeridos durante la etapa de estudio de ofertas. De no atenderse el requerimiento, se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior. La respuesta a las especificaciones técnicas debe mantener la numeración, con índice que contenga la relación de todos los numerales y anexos que la conforman y debe ser presentada en dos documentos impresos (original y copia). Además el oferente debe presentar una copia de la información técnica en medio digital (en CD), formato no reescribible y debidamente rotulado. El documento en CD debe tener su índice de enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión. Todos los documentos que integren la oferta deben ser redactados en idioma Español, a excepción de los que contengan información técnica, los cuales pueden ser presentados en inglés. Si se presenta información técnica en idioma inglés y español conjuntamente, en caso de discrepancia prevalecerá la información suministrada en español. EVALUACIÓN TÉCNICA DE OFERTAS ETB evaluará técnicamente cada una de las ofertas, con base en los diferentes parámetros técnicos establecidos en el presente documento y calificará si CUMPLE o NO CUMPLE técnicamente. 3.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 3.4.1. CONDICIONES GENERALES 3.4.1.1.El contratista se obliga a prestar a ETB los servicios incluidos en el objeto y alcance de la presente invitación, a través del uso de su propia capacidad técnica, tecnología, infraestructura y plataformas de servicio. 3.4.1.2.El contratista debe proveer el personal, hardware, plataformas informáticas, sistemas de comunicación, licencias de software y en general, todos los elementos, herramientas y que sean necesarios para la prestación del servicio y el cumplimiento de las obligaciones del eventual contrato a suscribir. 3.4.1.3.El contratista debe preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información física y digital, en cumplimiento de las normas y políticas de seguridad de la información que se encuentren vigentes en ETB. El contratista se obliga a controlar la información generada durante la ejecución del contrato de acuerdo con los procedimientos y las condiciones establecidas en el “Manual de Gestión Documental” de los anexos técnicos y las indicaciones del supervisor del contrato ETB. 3.4.1.4.Base de registro automatizado de administración de elementos: Para efectos del cumplimiento del objeto contractual, el contratista deberá suministrar su propia NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 46 herramienta de registro automatizado para la administración de los elementos a cargo, en el que se registre cada una de las actividades descritas en el siguiente numeral. La información registrada en la base de datos de la herramienta debe cumplir con los requerimientos solicitados por ETB y deberá suministrar los informes actualizados de los movimientos registrados, en la periodicidad que ETB indique. ETB actualizará los movimientos en sus propias herramientas (aplicativo de ACTIVOS FIJOS, SAP, entre otras.). 3.4.1.5.ETB requiere que el horario para atención de los servicios relacionados con las actividades de agendamiento previo en instalaciones de ETB y actividades de recibo y entrega de elementos en sus instalaciones sea de lunes a viernes de 7am a 12m y 1pm a 5pm y sábados de 8am a 12m. No obstante lo anterior, ETB podrá requerir la prestación ocasional o habitual del servicio objeto del contrato los días, domingos, festivos y los días hábiles en horarios entre las 5pm y las 7am. Para tal fin, ETB informará oportunamente al contratista, a través del supervisor del contrato, las modificaciones de horario que se deban implementar, con una antelación mínima de 24 horas corrientes. Esta actividad no podrá generar ningún costo adicional para ETB. 3.4.2. INVENTARIOS FISCALES El contratista deberá realizar el inventario fiscal anual a los funcionarios de ETB, de acuerdo con los requerimientos efectuados por ETB, establecidos en el manual de inventarios y manual de logística para lo cual deberá efectuar las siguientes actividades, se estima que la cantidad de funcionarios a inventariar es de 1700, sin embargo, esta cantidad puede variar a lo largo del contrato de acuerdo con las necesidades de ETB. 3.4.2.1.PLANEAR VISITA A CENTRALES Conforme las fechas establecidas por el área de Contabilidad de ETB y que serán informadas por el supervisor del contrato al CONTRATISTA, al inicio de ejecución del eventual contrato, éste debe elaborar el cronograma de ejecución del inventario incluyendo: Fecha de inicio del inventario Nombre de las centrales, fecha y horario programados para la realización del inventario Metodología de la realización del inventario Fecha de cierre del inventario Nota: El tiempo máximo para realizar la toma de inventario fiscal es máximo 4 meses. Adicional al cronograma general, dos días antes de la toma de inventario en cada una de las centrales, el contratista deberá enviar al supervisor y al responsable en cada central, la fecha y hora de programación de cada uno de los trabajadores para la toma del inventario, con el propósito de que se presenten con todas las herramientas en la fechas y NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 47 sitios indicados. EL SUPERVISOR del contrato enviará al CONTRATISTA dos copias de la lista de elementos a cargo del trabajador suministrada del aplicativo de activos fijos que debe ser igual a la registrada en su base de registro automatizado de administración de elementos a cargo ETB, con la información registrada en ese documento se efectuara el inventario al trabajador. El Contratista deberá enviar copia firmada por las partes junto con el acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias de inventario. El contratista suministrará el personal, los equipos informáticos y los accesos de banda ancha necesarios para la toma del inventario fiscal en el que los trabajadores ingresaran con su usuario para la validación del inventario, ETB suministrara los accesos a la red corporativa para que los trabajadores validen el inventario. El cronograma debe realizarse incluyendo visita a todas las centrales con el objetivo de realizar el inventario físico. El resultado del inventario conciliado debe ser entregado al supervisor para la divulgación a más tardar a los 08 días calendario de la fecha de la ejecución de la totalidad de las visitas programadas en el cronograma. 3.4.2.2.REALIZAR VISITA A CENTRALES PARA HACER EL INVENTARIO FÍSICO El CONTRATISTA debe cumplir el cronograma fijado y efectuar las visitas programadas a las centrales de acuerdo con lo establecido en las directivas 0176 y Manual de Logística de ETB, y deberá comparar los elementos presentados por el trabajador con los registrados en el aplicativo Inventario de Devolutivos a nivel corporativo. Una vez realizado el anterior comparativo, se verifica si existe algún tipo de inconsistencia por lo que se debe tener en cuenta en la revisión: el serial, el código interno y el inmovilizado de cada elemento. Adicionalmente se debe verificar la marcación realizada con previamente con smartwater de cada herramienta sobre el código interno y el serial de la herramienta. Con base en la información obtenida, si existen o no inconsistencias, el contratista debe realizar todas las actividades de revisión, verificación, validación, ajuste o corrección, según corresponda y tomar alguna de las siguientes decisiones: 3.4.2.2.1. Verificar tipo de inconsistencia El contratista debe verificar cuales inconsistencias se presentan durante el inventario físico de elementos a cargo del trabajador: Inconsistencia con lo registrado en el aplicativo inventario de devolutivos: la descripción, serial y un número consecutivo de código interno no coincide con el elemento físico, que está presentando el trabajador. Elemento faltante: el trabajador no presenta el elemento y no está registrado como perdido en el sistema (robo o pérdida). NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 48 Elemento sobrante: elemento que no está registrado en el sistema. Una vez realizadas las actividades necesarias para la conciliación, se registra en el campo de observaciones del “acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias de inventario”, los elementos faltantes, sobrantes, tipo de inconsistencia y los compromisos o acuerdos a que se llegue con el trabajador. 3.4.2.2.2. Verificar formalizarlo procedencia del elemento sobrante y El contratista debe investigar acerca de la procedencia del elemento sobrante y determinar si es un elemento que pertenece a ETB. a. Si el trabajador posee herramientas sobrantes que se le hayan entregado y que no aparezcan bajo su cargo, El contratista deberá gestionar el formato de asignación de elementos, previa comunicación al supervisor o al delegado de ETB para que le sea suministrado el código interno e inmovilizado, según corresponda por la cuantía del elemento. El formato deberá ser firmado por el responsable y registrar el cargue de estos nuevos elementos en el sistema. b. Si el elemento está a cargo de otra persona en ETB el contratista debe consultar la identidad del elemento contra los soportes físicos y la trazabilidad del mismo y se procede a diligenciar el “acta de elemento sobrante, faltantes e inconsistencias de Inventario” en la que el trabajador registra la explicación de la obtención del elemento y aporta los documentos de soporte de obtención del elemento. En caso de que se trate de un elemento que el trabajador adquirió directamente y lo utiliza para sus labores, debe registrarse en el acta en el momento del inventario y dejar la observación. 3.4.2.2.3. Retener el elemento y reportar el caso El contratista debe tomar bajo su custodia los elementos encontrados y reportar al supervisor del contrato (quien reportará el caso a la Gerencia de Relaciones Laborales), si se presenta alguno de los siguientes casos: a. El elemento puede estar reportado a nombre de otro trabajador y registrado como faltante. b. El elemento puede estar reportado a nombre de otro trabajador y reportado en la Gerencia de Facturación, Cartera y Cobranzas y/o Gerencia Gestión de Recursos Financieros y Administrativos para su cobro. El caso se reporta mediante memorando, adjuntando el acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias de inventario marcando la casilla de elemento sobrante. Nota: Si los elementos se encuentran trocados o intercambiados entre los mismos trabajadores, se procederá a entregar a cada uno el elemento que le corresponde, según NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 49 la lista de elementos a cargo del trabajador emitida por el aplicativo de activos fijos. 3.4.2.2.4. Verificar documentación del elemento El contratista debe comparar en la lista de elementos a cargo del trabajador suministrada por el SUPERVISOR del contrato la descripción, serial, código de identificación (código interno) e inmovilizado contra la lista de elementos a cargo del trabajador. Si es un error de registro: Se debe validar con respecto a los documentos soporte que reposan en la carpeta de herramientas de los trabajadores o en el repositorio de documentos de inventario de trabajadores de ETB. El contratista deberá informar al Supervisor estas novedades. 3.4.2.2.5. Aprobar Inventario El Contratista debe verificar que el trabajador apruebe el inventario y asegurar que el funcionario firme el listado de elementos a cargo, a la fecha y hora actualizada. El contratista se debe asegurar de que se firme el acta de Faltantes, Sobrantes e Inconsistencias de inventario diligenciado, el mismo día en que se efectúa el inventario fiscal, por los responsables involucrados. 3.4.2.2.6. Reporte final Una vez finalizado el inventario, el contratista debe entregar: a. Cronograma de ejecución del inventario. b. formato “lista de elementos a cargo” debidamente diligenciados y firmados por el 100% de los trabajadores a los que se les debe realizar el inventario. c. formato de “acta de faltantes sobrantes e inconsistencias” del 100% de los trabajadores a los que se les debe realizar el inventario, con los documentos de soporte. d. Informe final de ejecución de inventario, con el detalle de inconsistencias encontradas y los documentos de soporte. 3.4.3. CONDICIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE ELEMENTOS A continuación se detallan los requerimientos particulares de cada servicio: 3.4.3.1.TRASLADO DE ELEMENTOS A BODEGAS DEL CONTRATISTA ETB requiere que el contratista realice la recogida de los elementos que tiene almacenados en sus centrales (actualmente 4 centrales) y en las bodegas de su operador logístico, y las lleve al sitio donde realizará la gestión de almacenamiento para los mismos. El precio de esta actividad debe estar incluido dentro del servicio de NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 50 Administración de elementos. Para el recibo inicial, el oferente deberá tener en cuenta que los elementos están ubicados en las siguientes direcciones: CENTRAL SAN JOSE El CARMEN SAN CARLOS BACHUE DIRECCIÓN AVENIDA BOYACÁ N° 11F-37 CARRERA 33 N° 12TRANSV. 19 N° 46-45 SUR CL 80A N° 101-47 CANTIDAD ESTIMADA 1000 1100 1000 1200 Una vez ETB le entregue el inventario físico y documental de elementos al contratista, éste se compromete a mantenerlo actualizado durante el plazo de ejecución del contrato. 3.4.3.2.LEGALIZACIÓN, MARCACIÓN Y RECIBO DE ELEMENTOS NUEVOS Los elementos a gestionar pueden ser recibidos en el sitio dispuesto por ETB cuando adquiere los elementos o directamente de los proveedores de ETB en sus instalaciones y de ETB directamente, en las instalaciones del CONTRATISTA. 3.4.3.2.1. Para la recepción de los elementos, el CONTRATISTA debe: Realizar la recepción y verificación de la mercancía con las guías del transportador y la información previamente enviada por ETB para el recibo de nuevos elementos. Llevar a cabo la inspección visual y el inventario de los elementos recibidos. Realizar el registro fotográfico de los elementos recibidos y particularmente de los que presenten novedades. Entregar al supervisor del contrato, dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de los elementos, un informe en el cual se liste la totalidad de los elementos recibidos incluyendo, según aplique, su marca, modelo y número de serial. Informar al supervisor, dentro de las 24 horas siguientes a la recepción, mediante correo electrónico, las novedades que se presenten en cada entrega de elementos (unidades faltantes, sobrantes, averías, etc.) Trasladar al laboratorio de acuerdo a las indicaciones del supervisor del contrato los elementos que requieren validación técnica por parte del laboratorio de ETB. Diligenciar el formato “MF-O4 Solicitud de Elementos“, que se anexa al presente, junto con los formatos que considere propios para el control. Para el caso de los elementos que ETB tiene en sus instalaciones de almacenamiento (bodegas propias o de su operador logístico nacional) el Contratista deberá coordinar la recogida de las mismas para trasladarlas y almacenarlas en sus instalaciones. El procedimiento será coordinado entre ETB, el operador logístico nacional y el contratista, conforme los procedimientos para retiro de mercancías en ETB. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 51 3.4.3.2.2. El CONTRATISTA debe retirar los elementos y trasladarlos bajo su completa responsabilidad, desde su sitio de ubicación hasta las instalaciones del contratista destinadas para la gestión y almacenamiento de los elementos y desde su sitio de almacenamiento hasta el sitio en el que ETB lo requiera. El CONTRATISTA debe relacionar los elementos en la plantilla establecida para cargue masivo de elementos El SUPERVISOR enviara la relación de cada uno de los códigos internos e inmovilizados de cada elemento al contratista quien actualizará esta información en su propia base de administración de elementos y procederá a marcar, según lo establecido en el numeral 3.4.3.2.2 cada uno de los elementos, para posteriormente efectuar la entrega a los nuevos responsables de acuerdo con las solicitudes de ETB. Cuando se trate de recibo de elementos por reposición de la aseguradora por la aseguradora, debe surtir las mismas actividades que para el recibo de otros elementos nuevos. MARCACIÓN El contratista deberá implementar un sistema de marcación de los elementos que cumpla con los siguientes parámetros: La marcación debe ser en material e impresión indeleble. Debe identificar cada elemento de manera única y en caso de elementos con componentes múltiples que permita la misma marcación con el mismo código La marcación debe ser realizada en cada elemento, independiente del material con el que esté fabricado. Las características e información que el Contratista debe incluir en el proceso de marcación se encuentra detallada en el documento anexo denominado “MARCACION ETIQUETAS ACTIVOS FIJOS ETB”. 3.4.3.3.ALMACENAMIENTO 3.4.3.3.1. El Contratista debe contar con un espacio físico adecuado y disponible específicamente para el almacenamiento de los elementos de ETB, entregados durante su periodo de rotación, que garantice la preservación de los elementos durante el proceso interno y la entrega a los trabajadores de ETB 3.4.3.3.2. Durante el almacenamiento, el contratista debe aplicar metodologías y procesos adecuados para la clasificación, identificación, manipulación, embalaje, almacenamiento y protección de los elementos. Detallar en la oferta los procesos, metodologías, instalaciones, medidas de seguridad, entre otras. 3.4.3.3.3. El almacenamiento incluye entre otras las siguientes actividades: Clasificación de la mercancía según su tipo, características técnicas y condiciones especiales para el almacenamiento. Ubicación de las mercancías en el sitio de almacenamiento. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 52 Almacenamiento según el sistema acordado con ETB durante la etapa de diseño, que puede ser sistema FIFO. Almacenamiento según normas ambientales y de calidad. Pólizas de Seguros para cubrimiento de los elementos bajo su custodia desde el momento de entrega. 3.4.3.3.4. ETB requiere que el contratista clasifique los elementos de conformidad con el sitio de bodegaje y según sus características físicas y de vulnerabilidad, teniendo en cuenta que en ningún momento los elementos de ETB se deben almacenar en áreas descubiertas. 3.4.3.3.5. Es necesario atender lo regulado en relación con las técnicas de almacenamiento siguiendo los parámetros que se relacionan a continuación: En estantería: Calculando su capacidad y resistencia, teniendo en cuenta que la altura más adecuada está condicionada por la capacidad portante del piso, la altura al techo, la capacidad del alcance del elemento de manipulación y la altura media de los elementos en los entrepaños; aquellos más pesados y voluminosos se almacenarán en la parte baja. El espacio de una posición en estantería siempre debe estar ocupado en al menos 80% de su capacidad total de espacio. En apilamiento ordenado: Debe considerarse la resistencia, estabilidad, ficha técnica de almacenamiento de los elementos y condiciones de manipulación del embalaje. 3.4.3.3.6. De acuerdo con los conceptos precedentes, los almacenistas, proveedores y operadores logísticos que tengan a su cargo los movimientos el almacenamiento, custodia y trasporte de elementos realizarán las actividades bajo su competencia, de conformidad con los siguientes criterios: g) Depositarán los elementos únicamente en los lugares destinados para tal fin, sin exponerlos a elementos o líquidos corrosivos, jabones, desinfectantes y en general cualquier sustancia que afecte su composición. h) Identificarán cada Ítem de los elementos depositadas dentro de las Bodegas. i) Los elementos que en razón a su tamaño sobresalgan de las estanterías deberán ser almacenados en espacio adecuados para tal fin. j) Cubrirán, empacarán y protegerán los elementos cuando éstos lo requieran. k) Respetarán la capacidad de carga de las estanterías, entrepisos y equipos de transporte. l) Asegurarán las pilas de materiales con riesgo de caída por medio de cuñas o elementos que controlen su desplazamiento. m) Evitarán las pilas de materiales de altura considerable o de aquellos que por sus características técnicas corran el riesgo de deteriorarse o dañarse. n) Colocarán las cajas de cartón en plataformas para protegerlas de la humedad. o) Ubicarán y almacenarán los elementos teniendo en cuenta los índices de rotación, colocando aquellos con más altos índices de rotación cerca de las zonas de despacho de las solicitudes. p) Colocarán los recipientes, tambores, bidones, y tanques que contengan líquidos tóxicos, ácidos, cáusticos, combustibles e inflamables, en niveles bajos y aparte de NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 53 materiales absorbentes, preferiblemente en estantería recubierta con materiales impermeables y no reactivos. q) Almacenarán según lo mencionado e identificarán físicamente por ubicación, todos aquellos materiales que hayan sido recibidos y se encuentren a la espera de una inspección de calidad, si fuera el caso. 3.4.3.3.7. Sin perjuicio de lo anterior, la manipulación de los materiales dentro de las bodegas y en su trasporte se realizará teniendo en cuenta las normas de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional establecidas para el efecto. 3.4.3.3.8. ETB requiere que el oferente entregue con la oferta el detalle de las condiciones de almacenamiento ofrecidas en términos de ubicación geográfica de las bodegas, protocolos de ingreso, ubicación y salida de la mercancía, así como las propuestas por parte del oferente en cuanto la exclusividad del espacio destinado a almacenamiento de los elementos de ETB; medidas de seguridad, esquemas de almacenamiento, controles y verificaciones sobre elementos, tiempos de rotación por estado de servicio y la demás información inherente al servicio. 3.4.3.3.9. El contratista debe contar con todos los equipos, herramientas, materiales y recursos necesarios para el normal desarrollo de la labor de recepción, almacenamiento, control y entrega de los elementos de ETB, tales como montacargas, recurso humano, zunchos, cajas, papelería, cintas, entre otros. 3.4.3.3.10. ETB requiere que el oferente presente el plan de contingencia para casos de eventualidades (emergencias, terremotos, incendios, etc.), que incluya entre otros: planes de evacuación, planes de contingencia para protección de los elementos bajo su responsabilidad, sistemas y programas de seguridad industrial y salud ocupacional, sistemas de respaldo para emergencias, entre otros. 3.4.3.3.11. Control de inventarios: ETB requiere que el contratista tenga implementado un control automatizado para el almacenamiento y gestión de los elementos que le permita, en cualquier momento que ETB lo solicite, reportar la cantidad de cada uno de los elementos que se encuentran en sus bodegas. Detallar en la oferta el procedimiento. 3.4.3.3.12. El contratista deberá informar semanalmente, mediante los formatos y procedimientos establecidos por ETB las cantidades de elementos que se encuentran bajo su custodia y realizar el cruce de los elementos entregados a los trabajadores frente a los elementos entregados por ETB al contratista en el formato establecido por la supervisión del contrato, impreso y en medio digital. Para este fin deberá acogerse a la programación y los plazos establecidos por el área contable de la ETB que será informada por el supervisor del contrato. Estos reportes deben reposar en la documentación del Contrato. 3.4.3.4.PÉRDIDA Y/O HURTO DE ELEMENTOS A REPORTAR En caso de pérdida o hurto de los elementos, el contratista deberá efectuar las siguientes actividades: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 54 Recibir por parte del responsable del elemento: copia de la denuncia presentada ante autoridad competente y reporte de robo o siniestro en el que se describa modo, tiempo y lugar de los hechos sucedidos. formato de reporte de robo con visto bueno del jefe inmediato, en el que se describa modo, tiempo y lugar de los hechos sucedidos. Fotocopia del carnet de ETB a. Una vez reciba los documentos, el contratista debe solicitar dos (2) cotizaciones (a proveedores de ETB u otros proveedores), de cada elemento involucrado en el evento y que cumplan con las características técnicas de los elementos exigidos por ETB. Si el elemento es un equipo móvil de comunicación, el contratista debe solicitar la cotización al área de Dirección Servicios Generales y Administrativos de ETB. Si el elemento del evento es suministrado por un “proveedor exclusivo”, solo se solicita la cotización a éste, junto con una certificación de exclusividad del proveedor. b. Debe generar el memorando establecido, que será entregado en la etapa de diseño e implementación, y entregarlo al supervisor del contrato, quien solicitará las firmas correspondientes en las áreas pertinentes y lo radicará según el caso en las siguientes áreas: i. Caso 1: Si el hurto sucedió fuera de las instalaciones de ETB y durante el desarrollo de las actividades propias del rol del trabajador, el memorando se debe dirigir a: Gerencia de Facturación Cartera y Cobranzas y Coordinación de Riesgos y Seguros. ii. Caso 2: Si el elemento robado o extraviado es un equipo móvil de comunicación, el memorando debe ser dirigido a: Coordinación de Riesgos y Seguros y Dirección Servicios Generales y Administrativos. Si el equipo móvil es un faltante o pérdida sin denuncio ante la fiscalía, el memorando debe ser dirigido a: Gerencia de Facturación Cartera y Cobranzas y Coordinación de Riesgos y Seguros. iii. Caso 3: cuando el hurto o perdida se efectúa dentro de las instalaciones de ETB, vehículos de ETB, el memorando se debe dirigir a: Coordinación de riesgos y seguros, Gerencia de relaciones laborales, Coordinación de seguridad y Gerencia de facturación, cartera y cobranzas. iv. Caso 4: Faltante de Inventario o pérdida sin denuncia ante autoridad competente (fiscalía), el memorando se debe dirigir a: Gerencia de Facturación, Cartera y Cobranzas Además de los otros documentos mencionados, el contratista debe anexar al memorando copia del documento de entrega al trabajador, del elemento y la lista NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 55 de elementos a cargo del trabajador en la que aparece registrado el elemento hurtado, soporte de existencia. Si el faltante de inventario se detectó durante la toma de inventario fiscal anual, debió quedar registrado en el “acta de faltantes, sobrantes e inconsistencias inventario fiscal.", debidamente firmada por el trabajador y con visto bueno de quien le efectuó el inventario fiscal y se debe anexar copia. El SUPERVISOR debe actualizar la pérdida del elemento en el aplicativo de Inventario Devolutivos. La actualización se realiza con el número de radicado del memorando de remisión, robo, pérdida o faltante. Finalmente enviara los documentos al CONTRATISTA quien efectuara la gestión documental 3.4.3.4.1. Reporte de la pérdida: El contratista deberá reportar, máximo dentro de los noventa (90) días calendario al recibo de la denuncia, la documentación establecida por ETB al supervisor de ETB. 3.4.3.5.GESTIÓN DOCUMENTAL 3.4.3.5.1. El contratista debe archivar diariamente en las carpetas de cada uno de los trabajadores, digitalizar y almacenar en archivo electrónico o base de datos, la totalidad de la documentación generada en el desarrollo del proceso de administración de elementos a cargo y los documentos generados directamente de su base de registro automatizado de administración de elementos a cargo (documentos de traspaso, devolución de elementos, de reporte de pérdidas y sus anexos y/o hurtos de elementos, reintegro de elementos, lista de elementos a cargo y demás documentos requeridos por ETB) de acuerdo con lo establecido en el MANUAL DE GESTIÓN DOCUMENTAL. El contratista debe presentar informes referidos a la información archivada cuando ETB lo requiera. 3.4.3.5.2. Para los fines del objeto contractual, ETB hará entrega al contratista de las carpetas con los documentos de gestión de elementos a cargo de los trabajadores, las cuales pasarán a custodia y administración del contratista durante la vigencia del contrato. Al finalizar el contrato, el contratista deberá entregar a ETB en medio físico y digital esta información, actualizada con toda la información generada durante la ejecución del contrato, organizada e indexada de acuerdo a las pautas que se establezcan con el supervisor del contrato. 3.4.3.5.3. El contratista debe almacenar los documentos, durante la vigencia del contrato, para todos los documentos de empleados activos; si se trata de documentos de empleados que se pensionan o retiran el contratista deberá almacenarlos hasta por dos años y después enviarlos al archivo general de ETB, en cumplimiento del proceso de gestión documental de ETB. El SUPERVISOR del contrato deberá suministrar al CONTRATISTA el proceso de gestión documental y formatos que se deben diligenciar para el traslado de la documentación al archivo General. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 56 3.4.3.5.4. El contratista deberá entregar mensualmente un archivo en Excel que contenga los índices de cada una de las carpetas de los trabajadores y un archivo que contenga la digitalización de los documentos actualizados con corte al 30 de cada mes. 3.4.3.5.5. El Contratista debe custodiar, manejar y administrar los documentos que proporcionan la evidencia de la entrega y recibo de los elementos a cargo del trabajador y por tal razón debe garantizar que éstos permanezcan legibles, fácilmente identificables y recuperables. 3.4.3.5.6. La documentación que soporte la entrega por parte del contratista y el recibo de los elementos por parte del trabajador debe ser completamente diligenciada, tener registrada la firma del trabajador que recibe el elemento, nombre y tipo y número del documento de identificación 3.4.3.5.7. En caso de que por la ausencia de dicha evidencia un trabajador de ETB niegue haber recibido los elementos reportados por parte del contratista, el contratista debe responder económicamente a ETB por los elementos. 3.4.3.5.8. El contratista deberá diligenciar nuevamente, incluyendo la toma de la firma del trabajador, la documentación faltante, deficiente o que se encuentre mal diligenciada (falta de firma, datos insuficientes, falta de veracidad en la información consignada), antes de los ocho (8) días hábiles siguientes a la solicitud por parte de la Supervisión del contrato, sin costo adicional para ETB. 3.4.3.5.9. El Contratista deberá devolver en físico y digitalizado a las instalaciones de ETB que el Supervisor indique, la totalidad de la documentación del proceso (pérdidas, traspasos, lista de elementos a cargo, perdidas, reintegros y demás documentos que fueron entregados por parte de ETB al inicio del contrato y todos los documentos generados durante la ejecución del proceso, los documentos deben estar en buen estado y legibles. 3.4.3.6.OTROS DE LA GESTIÓN DE INVENTARIOS 3.4.3.6.1. INFORMACION ESTADISTICA: A continuación se relacionan las cantidades estimadas mensuales, aclarando que éstas pueden variar a lo largo del contrato de acuerdo con las necesidades de ETB. El contratista debe considerar lo anterior en la conformación de los precios unitarios cotizados de forma que el contratista no podrá aducir la no-consideración o la consideración inadecuada de todos estos aspectos como causa de incumplimiento de ninguna de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, ni tampoco como motivo para reclamar compensación adicional o extraordinaria. CANTIDAD ESTIMADA MES CANTIDAD ESTIMADA AÑO UNA 10 100 UNA UNA 10 20 100 200 ITEM REINTEGRO (GESTION DE REINTEGRO HERRAMIENTAS DE BAJA) TRASLADO DE HERRAMIENTAS LABORATORIO PERDIDAS (GESTION DE PERDIDAS NIT 899.999.115-8 UNIDAD DE DE http://www.etb.com.co 57 HERRAMIENTAS) ALMACENAJE ADMINISTRACIÓN ELABORACION DE DOCUMENTOS GESTIÓN DOCUMENTAL – CARPETAS A ENTREGAR INICIALMENTE. EXPEDIENTES ADMINISTRADOS, DIGITALIZADOS Y ACTUALIZADOS FISICAMENTE POSICIONES ESTANTERIA LIVIANA 255 255 POSICIONES ESTANTERIA PESADA 36 36 UNIDAD 6000 6000 UNIDAD 1700 1700 3.4.3.7.ENTREGA, TRASPASO Y DEVOLUCIÓN DE ELEMENTOS 3.4.3.7.1. El CONTRATISTA deberá prestar los servicios de recepción y validación de solicitudes para el transporte, distribución y entrega de los elementos. Estas solicitudes serán enviadas al contratista a través del supervisor del contrato o por quien ETB delegue para tal actividad, al correo electrónico designado por el contratista a más tardar a las 5 pm del día hábil anterior a la fecha esperada entrega e incluirá: la identificación del trabajador a quien se debe entregar la herramienta, la dirección, fecha y hora programada para la entrega de los elementos. 3.4.3.7.2. El CONTRATISTA deberá garantizar el cumplimiento de entrega de la totalidad de las solicitudes, en la fecha y hora pactada, para lo cual deberá disponer de los recursos necesarios para atender todas las solicitudes de entrega de elementos enviadas por ETB. 3.4.3.7.3. Para ENTREGA DE ELEMENTOS A FUNCIONARIOS DE ETB, el contratista debe: Recibir la solicitud de entrega al trabajador, por parte del supervisor del contrato o el delegado por ETB, Verificar la existencia de los elementos solicitados e informar al supervisor de ETB la disponibilidad o no de los mismos, en el transcurso de las siguientes dos horas hábiles a partir del recibo de la solicitud. Alistamiento de los elementos para entrega Generación del documento de entrega o traspaso del elemento al trabajador, que corresponde a la plantilla de traspaso que ETB entregará al contratista para tal fin y que debe incluir la fecha y hora de impresión que no puede superar un día hábil para que el trabajador lo firme al momento de recibir la herramienta. Distribución y transporte de los elementos al punto de entrega solicitado y acordado. Entrega del elemento, incluyendo la firma del trabajador que recibe y del delegado del contratista que entrega, en la misma plantilla traspaso relacionado en el ítem anterior. 3.4.3.7.4. Si con ocasión de la entrega o traspaso, el funcionario de ETB debe devolver algún elemento ya sea por mal estado o sobrante, adicional a los anteriores, el contratista debe: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 58 Recibir del trabajador de ETB el elemento en devolución Llevar a cabo la inspección visual y el inventario de los elementos recibidos Validar la información del elemento a recibir Vs lo asignado. Registrar en el formato de Devolución las condiciones físicas en las que se recibe el elemento Entregar al supervisor del contrato de manera inmediata los documentos de devolución de los elementos por parte de los trabajadores para actualizar la información en el aplicativo de activos fijos, incluyendo el estado de los mismos. Si los elementos devueltos se encuentran en mal estado, el contratista debe trasladarlos al laboratorio designado por ETB para su revisión, reparación o concepto técnico de baja. Este punto se detalla en el numeral 3.4.3.8 TRAMITES PARA LA REPARACIÓN DEL ELEMENTO Y/O CONCEPTO TECNICO DE BAJA PARA REINTEGRO. Entregar semanalmente al supervisor del contrato un informe en el cual se liste la totalidad de los elementos recibidos incluyendo, cuando aplique, su marca, modelo y número de serial. 3.4.3.7.5. Para ENTREGA DE ELEMENTOS A TERCEROS, el contratista debe: Recibir la solicitud por parte del supervisor del contrato o el delegado por ETB Verificar la existencia de los elementos solicitados e informar al supervisor de ETB la disponibilidad o no de los mismos, máximo una hora después de efectuar la solicitud por parte de ETB. Alistamiento de los elementos para entrega Entregar los elementos al delegado correspondiente con previa autorización y programación enviada por el supervisor del contrato. El contratista debe hacer firmar los traspasos y acta de entrega de la herramienta donde se relacione, nombre del elemento, marca, serial, inmovilizado, código interno, cantidad de cada uno de los elementos. Por el funcionario a cargo registrado en los sistemas contables de la empresa y el tercero delegado para recibir la herramienta. Trimestralmente y de acuerdo con la programación enviada por el supervisor, el contratista debe efectuar un inventario de los elementos entregados al tercero, en los sitios indicados por el supervisor. Si existen faltantes se debe informar al supervisor del contrato y adicionalmente elaborar memorando de reporte de faltante de inventario a cargo del funcionario ETB que tiene los elementos a su cargo (supervisor del contrato con el tercero). Si se efectúa devolución total de los elementos, el contratista debe efectuar revisión de cada una de las herramientas y enviar reporte al supervisor, de las inconsistencias y faltantes encontrados y reportar las responsabilidades a cargo del funcionario que tiene las herramientas a cargo. 3.4.3.8.TRAMITES PARA LA REPARACIÓN DEL ELEMENTO Y/O CONCEPTO TECNICO DE BAJA PARA REINTEGRO NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 59 3.4.3.8.1. El CONTRATISTA debe controlar y transportar los elementos que requieren reparación y/o concepto técnico de baja al área designada por ETB según el tipo de elemento. El elemento se puede recibir en los siguientes estados: a) Reparado y/o con concepto de reutilizable: En caso de que el concepto sea de elemento “reutilizable", el contratista debe almacenar el elemento y dejarlo en estado disponible para su entrega al trabajador que lo requiera. b) Elemento para dar de baja: Si el área designada emite concepto de baja del elemento, el CONTRATISTA debe proceder a efectuar el trámite de entrega en la bodega de bajas de la Gerencia de Abastecimiento de ETB. c) Reintegro de elementos: Si el área responsable de la revisión técnica del elemento informa que el elemento no es reparable o que su vida útil finalizó, el CONTRATISTA debe efectuar el trámite de entrega a la bodega de bajas de ETB d) Para la entrega de los elementos que aplican para los conceptos de los literales b y c, el contratista debe diligenciar los formatos IMF 01, devolución IMA02, concepto técnico, junto con el concepto técnico emitido por el área competente y entregarlos al supervisor del contrato quién recogerá las firmas y devolverá los documentos debidamente firmados al CONTRATISTA. Una vez tenga estos documentos, podrá trasladar los elementos a la bodega de bajas del área de abastecimiento de ETB. Una vez se reintegra el elemento esta área emite el vale de acompañamiento que certifica la recepción del elemento por baja. e) El CONTRATISTA deberá actualizar la información en su base de registro automatizado de administración de elementos y entregar los documentos al SUPERVISOR para actualizar el movimiento de los elementos dados de baja. 3.4.3.8.2. El contratista deberá controlar y transportar los elementos que requieren reparación y / o concepto técnico de baja, a los laboratorios de ETB o a los sitios establecidos por ETB para realizar tal labor. 3.4.3.8.3. El contratista deberá elaborar la documentación requerida por ETB para el reintegro de elementos dados de baja y transportarlos a la bodega de bajas de ETB. 3.4.3.9.INVENTARIO FINAL Y GENERACIÓN DE PAZ Y SALVO El CONTRATISTA recibirá comunicación del supervisor del contrato acerca del(los) funcionario(s) próximo(s) a pensionarse, trasladarse o a retirarse y los elementos a su cargo, para lo que en conjunto con el contratista se elabore la programación del inventario final de todos y cada uno de los elementos que tiene a su cargo, en el que se revisará el elemento, número de inmovilizado, marca, serial, código interno y el estado en el que se encuentran para efectuar la recepción y generar el trámite de devolución de los mismos. EL CONTRATISTA deberá mantener actualizada la información de la administración de elementos a cargo y enviar los documentos e informar las novedades de faltantes al SUPERVISOR. Si se presentan elementos faltantes, el CONTRATISTA debe elaborar memorando de NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 60 reporte de faltante y/o pérdida del elemento y hacer entrega al SUPERVISOR del contrato para recolección de firmas radicación y actualización después de recibir los documentos radicados, adicionalmente enviara copia de la pérdida al CONTRATISTA para que actualice la información en su base de registro automatizado de administración de elementos a cargo. 3.4.3.10. INFORMES QUE DEBE PRESENTAR EL CONTRATISTA Durante la ejecución del contrato el contratista debe reportar las novedades (por ejemplo: traspasos, pérdidas, mantenimiento de herramientas, reintegros, existencias de inventarios, entre otras), en ejecución del objeto contractual, y suministrar la información que requiera ETB para el desarrollo del objeto contractual a diario, semanal o mensual según lo requiera ETB. En el tiempo que establezca para el mismo. La información mínima que deberá contener cada informe se detalla a continuación: 3.4.3.10.1. Traspasos: Nombre, ETB, cédula de funcionarios involucrados: el que entrega y el que recibe Nombre de las herramientas traspasadas o devueltas Número de inmovilizado, seria l y código interno Fecha y hora de la transacción, las cuales deben ser generadas automáticamente por la base de registro automatizado de administración de elementos. 3.4.3.10.2. Pérdidas: Nombre, ETB, cédula de los funcionarios que presentan pérdida de herramienta. Nombre de las herramientas perdidas y reportadas Número de inmovilizado, serial y código interno Fecha y hora de la transacción Número de radicado de memorando de siniestro 3.4.3.10.3. Reintegro de herramientas: Nombre de las herramientas reintegradas No. de inmovilizado, serial y código interno Fecha y hora de la transacción Número de Vale de acompañamiento de recibo de la herramienta reintegrada por el área de Abastecimiento. 3.4.3.10.4. Existencia de Inventarios: Nombre y marca de las herramientas Número de inmovilizado, serial y código interno Fecha y hora de ingreso y / o traspaso Nombre de los funcionarios que las tienen a su cargo 3.4.3.10.5. Inventario Fiscal: Nombre, marca, Número de inmovilizado, serial y código interno de las herramientas inventariadas y pendientes por inventariar. Fecha y hora de presentación del inventario por parte del trabajador NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 61 Nombre, ETB y cédula de los funcionarios que presentaron inventario y que se encuentran pendientes de inventario. Relación detallada de herramientas faltantes, sobrantes de inventario y fechas de compromiso por parte de los trabajadores para presentación de herramientas faltantes. Informe actualizado de archivo de documentos y listas de elementos a cargo de trabajadores, firmados por las dos partes. 3.4.3.10.6. En la tabla a continuación se listan los informes que debe presentar el contratista durante la ejecución del contrato y su periodicidad: LISTADO DE INFORMES REPORTE PERIODICIDAD Existencia de Herramientas total Semanal Traspasos de herramientas Mensual Pérdidas de herramientas Mensual Reintegro de herramientas Mensual Reparación de herramientas en los laboratorios o sitios designados por ETB Semanal Reporte de transacciones. Relación de los documentos de todas las transacciones realizadas durante el día. Debe incluir documentos e soporte debidamente firmados por las partes en formato PDF, de acuerdo con el numeral 0. Diario TIEMPO DE ENTREGA DEL REPORTE Plazo máximo 11 a.m. del primer día hábil de la semana siguiente a la del informe. Plazo máximo 11 a.m. del primer día hábil del mes siguiente al que corresponde el informe. Plazo máximo 11 a.m. del primer día hábil del mes siguiente al que corresponde el informe. Plazo máximo 11 a.m. del primer día hábil del mes siguiente al que corresponde el informe. Plazo máximo 11 a.m. del primer día hábil de la semana siguiente a la de informe. Plazo máximo a las 7 a.m. del día siguiente al que corresponde el informe. DURANTE LA EJECUCIÓN DEL INVENTARIO Reporte diario de ejecución de Inventario Fiscal Diario Plazo máximo a las 7 a.m. del día siguiente al que corresponde el informe de la toma del inventario Reporte de gestión documental del inventario. Debe incluir documentos de validación y formato de inconsistencias del inventario en formato PDF, de acuerdo con el numeral 0 Diario Plazo máximo a las 9 a.m. del día siguiente a la toma del inventario NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 62 3.4.3.10.7. ETB puede solicitar cualquiera de los reportes anteriores parcial o total de manera inmediata por lo que el tiempo de entrega de estos reportes no debe superar las 8 horas. 3.4.4. ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO (ANS) Es la recopilación de indicadores que permitirán medir el cumplimiento de las obligaciones del contratista. Se evaluarán, con la frecuencia acordada, los siguientes aspectos orientados a controlar el cumplimiento del contratista: No. INDICADOR 1 PESO % 25% CUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE ENTREGA DE HERRAMIENTAS A DOMICILIO DESCRIPCIÓN Cantidad de solicitudes de herramientas cumplidas efectivamente dentro de la programación establecida por ETB respecto al total de solicitudes de herramientas entregadas al contratista. METAS Y CONDICIONES 100% [ ] [ FORMA MEDICIÓN No. INDICADOR DESCRIPCIÓN A METAS Y CONDICIONES ] Se comparará la hora de la transacción registrada en el documento de traspaso de la herramienta con la hora programada por ETB para la entrega. Se contarán como Entregas NO realizadas dentro del plazo establecido por ETB, aquellas que se realicen después de dicho plazo por causas ajenas a ETB. Este plazo no será antes de las 7am del día hábil siguiente a la solicitud. 2 PESO % 25% ENTREGA DE REPORTES SOLICITADOS POR LA SUPERVISIÓN DE ETB Los plazos, formatos y condiciones exigibles para cada tipo de reporte periódico y no periódico se establecen en el numeral 0 Esta tabla podrá ser revisada una vez cada tres meses con el propósito de ajustar a las necesidades de la operación. 100% de los reportes en el plazo solicitado [ FORMA MEDICIÓN No. INDICADOR DESCRIPCIÓN METAS Y CONDICIONES ] [ ] Se entenderá incumplido este ANS si el reporte se entrega fuera del plazo estipulado, se encuentra incompleto (no contempla todos y cada uno de los aspectos mencionados) o se entrega por un medio diferente al estipulado. 3 PESO % 50.0% CUBRIMIENTO DEL INVENTARIO FISCAL ANUAL Porcentaje de trabajadores a quienes se realiza el inventario respecto al total de trabajadores de la Vicepresidencia de infraestructura Inventario al 100% de personal de la Vicepresidencia de Infraestructura del servicio dentro del plazo establecido por el área contable de ETB. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 63 [ FORMA MEDICIÓN ] [ ] Se toma como base el número total de los trabajadores activos y de los contratistas que tengan en su poder herramientas de propiedad de ETB en la fecha programada por el área contable de ETB para iniciación de las actividades de inventario. Tabla 1. Niveles de servicio requeridos por ETB Se evaluará el cumplimento de la meta de cada indicador de acuerdo con los pesos de los ANS correspondientes. Cada uno de los indicadores tiene un porcentaje de ponderación establecido en la columna “PESO” de la tabla 1 Este valor representa la importancia que tiene el indicador para la evaluación del desempeño del contratista. Para cada uno de los niveles de cumplimiento se sumarán los porcentajes de ponderación de cada uno de los indicadores cuyo valor se encuentre ubicado dentro de dicho nivel. Si el desempeño en la ejecución del contratista en un periodo dado se encuentra por debajo del 98% de los ANS establecidos se aplicará la multa establecida en el contrato sobre la facturación del mes correspondiente y será obligatorio para el contratista presentar un documento con los planes de acción de mejora a implementar sobre los servicios, en forma inmediata, para evitar la repetición de los incumplimientos. 3.4.5. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Adicional a las obligaciones y responsabilidades descritas en el presente capitulo y sus anexos el CONTRATISTA deben cumplir con lo siguiente: Asistir mensualmente a la reunión de seguimiento del Contrato en la cual se evaluará el desempeño hasta la fecha así como situaciones puntuales que por su importancia sea necesario tratar. Igualmente se hará claridad sobre los temas a que haya lugar buscando puntos de concertación y unificación de criterios en los casos que amerite. Presentar un informe, hacer la evaluación y seguimiento periódico en conjunto con los encargados por ETB, de los Acuerdos de Niveles de Servicio para garantizar la prestación de los servicios requeridos por ETB. Aplicar altos estándares de calidad en la prestación de los servicios y realizar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los mismos. Asegurar los procesos necesarios para garantizar una evolución continua en la prestación de los servicios contratados. Desarrollar e implementar métricas detalladas que soporten la evaluación de la gestión del servicio y la verificación del cumplimiento de los objetivos trazados. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 64 Registrar detalladamente en una Base de Datos debidamente estructurada todos los servicios solicitados al CONTATISTA y entregar a ETB mensualmente en el formato que ETB establezca (la entrega de esta información previa aprobación de ETB). La cual debe estar debidamente diligenciada antes de las firmas de las actas de aceptación de servicios mensuales, es decir, es prerrequisito para radicar la facturación mensual. Cooperar con otros Contratistas de ETB en el desarrollo de actividades conjuntas tendientes al cumplimiento de los requerimientos de servicio establecidos por ETB. Desarrollar e implantar planes de contingencia de continuidad del negocio que ETB establezca, de acuerdo a los servicios contratados. Asistir a los talleres de inducción ofrecida por el personal de ETB durante el comienzo del contrato, si aplican, e implementar las directrices que en el mismo se expongan en procura de prestar un servicio con altos estándares de calidad y cumpliendo los tiempos de respuesta establecidos. Acatar las directrices de ETB en cuanto a facturación siguiendo los lineamientos internos así como las exigencias de ley en dichos documentos. Hacer entrega de la misma para su revisión y trámite en las fechas pactadas según se determine por el (los) funcionarios encargados de la Supervisión del Contrato, conforme a las directrices de pago de ETB; así como hacer la entrega de los documentos originales respectivos que soporten dicho pago. Proveer la asistencia administrativa y técnica que le solicite ETB a la terminación del Contrato, para la transferencia de los servicios a ETB o a terceros; así como prestar toda la colaboración respectiva para adelantar el proceso de liquidación cuando éste tenga lugar. Cumplir con las disposiciones de orden nacional, distrital o local en lo que se refiere a seguridad industrial, aportes parafiscales, impuestos, movilidad, entre otras. Cuando surjan problemas o necesidades de mejoramiento o adaptación de las soluciones existentes, el CONTRATISTA debe asegurar la realización de las modificaciones pertinentes a las mismas, preservando su integridad. 3.4.6. ENTREGA CONTRATISTA. POR TERMINACIÓN DE CONTRATO O CAMBIO DE 3.4.6.1.Una vez vencido el plazo contractual y durante la etapa de liquidación del contrato, el contratista será responsable de devolver los bienes que tenga bajo su custodia en los sitios especificados por ETB, sin ningún cargo adicional para ETB y entregar a ETB o al nuevo contratista para el servicio, toda la información sobre documentación y operaciones en proceso para ETB, a fin de no afectar la normal continuidad en los procesos en curso. 3.4.6.2.El contratista se obliga a realizar todas las actividades de empalme necesarias, bien sea con funcionarios directos de ETB o con el nuevo contratista, a fin de asegurar una adecuada continuación de los procesos, con el mínimo impacto para ETB. Tales actividades comprenden, según apliquen y sin limitarse a: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 65 a. Permitir el acceso del nuevo contratista de ETB a las instalaciones del saliente para facilitar la transferencia de la documentación y operaciones en proceso; b. suministrar a ETB la información y documentación de las actividades relativas a los servicios y los procesos que estén en trámite o pendientes al momento deI empalme, facilitando Ia terminación o iniciación de dichas actividades por parte de ETB directa o a través del nuevo contratista con el mínimo impacto para la operación. c. Entrega de todos los documentos soporte que no hayan sido transferidos a ETB a la fecha de terminación del contrato. d. las demás actividades que se estimen necesarias para la liquidación final del contrato. 3.4.7. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL OFERENTE 3.4.7.1.ORGANIZACIÓN Y PERSONAL 3.4.7.1.1. El contratista debe disponer de personal calificado en la prestación de cada uno de los servicios, respecto del cual no se constituye vínculo laboral alguno con ETB. Deberá contar con personal suficiente para el cumplimiento de las tareas a las que se haya comprometido e inclusive para atender situaciones críticas o de emergencia. 3.4.7.1.2. El contratista dispone de autonomía y libertad técnica, administrativa y directiva para la ejecución del contrato y será el único responsable por la vinculación del personal, la cual realizará en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que ETB adquiera responsabilidad alguna. 3.4.7.1.3. El contratista se obliga a darle a toda la información y documentación suministrada por ETB el carácter de CONFIDENCIAL y el destino y manejo exclusivo para cada caso. 3.4.7.2.IMPLEMENTACIÓN Y ETAPA DE DISEÑO 3.4.7.2.1. ETB requiere que el oferente informe cuánto tiempo requiere para la implementación de la operación para ETB a partir de la eventual adjudicación de contrato y lo que requiere de parte de ETB para dar inicio a la misma. 3.4.7.2.2. ETB requiere que el plazo máximo de implementación de la operación por parte del contratista (entre otras, capacidad física, recursos de sistemas, etc.) no sea superior a dos (2) meses. Informar en la oferta el tiempo de implementación de la operación. 3.4.7.2.3. ETB requiere que durante el período de implementación de la operación, en simultáneo se realice una Etapa de Diseño, entre el contratista y ETB, en la que se realice el levantamiento de los procesos y procedimientos que sean pertinentes para el inicio de operación. Igualmente, debe realizarse un piloto de todo el proceso para finiquitar todos los detalles de la operación tanto para el contratista como para ETB. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 66 3.4.7.2.4. Plan de ejecución del proyecto: ETB requiere que el Contratista indique la metodología de gestión de proyectos que implementará y que deberá ser entregada durante la reunión de inicio del contrato. Esta metodología debe incluir según aplique, la declaración de alcance, los cronogramas, el plan de riesgos, el plan de gestión de cambios, el plan de comunicaciones, el plan de calidad y los demás que apliquen al servicio. 3.4.7.2.5. Procesos de seguimiento y control para la gestión del proyecto: ETB requiere que el Contratista se responsabilice por la realización de los informes de seguimiento, control del servicio e informes de rendimiento, en la periodicidad que se acuerde en la reunión de inicio. 3.4.7.3.CERTIFICACIONES 3.4.7.3.1. CERTIFICACIONES DE CALIDAD ETB requiere que el OFERENTE tenga implementado un Sistema de Gestión de Calidad para los procesos relacionados con el objeto de la presente invitación o esté en proceso de implementación. En el caso de tener el sistema de gestión de la calidad certificado, el oferente debe adjuntar las certificaciones de calidad vigentes de los procesos que soportan la prestación de los servicios ofrecidos, de acuerdo con los estándares de calidad de la industria, tales como ISO9001, ISO14001 o sus equivalentes. Las certificaciones deben ser emitidas por entidades certificadoras reconocidas en el ámbito nacional o internacional. En el caso en el cual el oferente tenga un sistema de gestión de calidad, pero aún no esté certificado, deberá adjuntar los resultados de una auditoría externa llevada a cabo por un ente debidamente certificado. 3.4.7.3.2. CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA El oferente debe entregar tres (3) certificaciones de experiencia directa del oferente y expedidas por el cliente, en los servicios detallados para el proceso, ejecutados o en ejecución y por lo menos una de éstas con una empresa TELCO en Colombia. Quien debe acreditar la experiencia es el oferente. La experiencia deberá demostrarse mediante certificaciones escritas, expedidas por el cliente, de servicios prestados a partir del año 2010. La experiencia que el oferente certifique no podrá ser menor en su totalidad a 4 años en el sector de telecomunicaciones. Dichas certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información: Nombre completo del contratante, fecha de inicio del contrato o servicio, vigencia firmada de contrato, detalle de la clase de servicios contratados y nombre, cargo y teléfono de la persona que certifica. No serán válidas las certificaciones en las que la vigencia del contrato sea menor a un año. Adicional a las certificaciones que entregue, el oferente debe diligenciar el siguiente cuadro específicamente con la información de cada certificación: NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 67 CLIENTE INVENTARIO FISICO DE EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES SI / NO SI / NO SI / NO MANEJO ACTIVOS DE TELCOS TIEMPO DE EXPERIENCIA TELEFONO / CIUDAD SI / NO SI / NO SI / NO ETB se reserva el derecho de verificar la información suministrada en las certificaciones y documentos aportados. En el evento que ETB encuentre que la información no es veraz, se descartará la oferta. En caso de Consorcios o uniones temporales, el requisito de experiencia puede ser aportado por uno solo de los miembros. En caso de que más de un miembro del consorcio o unión temporal aporte certificaciones de experiencia, se tomarán en cuenta las aportadas por cada uno de los integrantes. A una empresa que haya participado en un contrato en consorcio o unión temporal, la certificación de experiencia correspondiente se le reconocerá en el porcentaje que haya participado, el cual debe ser indicado en la certificación ó en el compromiso consorcial. NIT 899.999.115-8 http://www.etb.com.co 68
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