.5Z1 ;z- w UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE CIENCIAS DECANATURA RESOLUCIÓN NÚMERO 0623 DEL 04 DE MARZO DE 2015 "Por la cual se convoca el Concurso Profesoral 2015 para proveer cargos docentes en dedicaciones exclusiva, cátedra y tiempo completo en la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá" EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS En uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Acuerdo 072 de 2013, del Consejo Académico CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo 123 de 2013 adoptó el Estatuto de Personal Académico de la Universidad Nacional de Colombia, y en su Artículo 8 facultó al Consejo Académico para reglamentar los concursos profesorales. 2. Que el Consejo Académico mediante Acuerdo 072 de 2013 reglamentó los concursos profesorales para la provisión de cargos de la Carrera Profesoral Universitaria en la Universidad Nacional de Colombia. 3. Que el Artículo 8 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario y el Artículo 1° del Acuerdo 072 de 2013 del Consejo Académico, estipula que la vinculación a la planta de personal académico de la Universidad Nacional de Colombia, se hará mediante concurso profesoral abierto y público. 4. Que conforme a lo señalado en el artículo 2 del Acuerdo 072 de 2013 del Consejo Académico, corresponde al Decano de la Facultad convocar y desarrollar el concurso profesoral acorde con el Estatuto de Personal Académico vigente y previa verificación de la disponibilidad de cargos. 5. Que el Consejo de la Facultad de Ciencias en su sesión No. 46 Del 11 de Diciembre de 2014, estudió y aprobó los perfiles a convocar para proveer veinte (20) cargos docentes en dedicación exclusiva; ocho (8) cargos en dedicación cátedra y tres (3) cargos en dedicación tiempo completo y avaló la convocatoria a concurso profesoral. RESUELVE: ARTÍCULO 1. Convocar al concurso profesora! 2015 de la Facultad de Ciencias, Sede Bogotá, para proveer veinte (20) cargos docentes en dedicación exclusiva; ocho (8) cargos en dedicación cátedra y tres (3) cargos en dedicación tiempo completo. PARÁGRAFO. Pueden participar en el concurso todos los profesionales de las áreas del conocimiento convocadas, que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en la presente resolución, excepto: • Quienes se encuentren en situaciones de inhabilidad o incompatibilidad para ser nombrados, tomar posesión y ejercer cargos públicos conforme a la Constitución Política de Colombia y la ley. • Personas pensionadas. ARTÍCULO 2. PERFILES DE LOS CARGOS. Los requisitos mínimos académicos y profesionales específicos para cada uno de los cargos convocados, de acuerdo con las áreas de desempeño, son: PERFIL UNIDAD ACADÉMICA CARGOS DEDICACIÓN BÁSICA (DEPARTAMENTO) REQUISITOS MINIMOS ÁREA DE DESEMPEÑO Docencia en E01 Biología 1 Exclusiva Genética PREGRADO Profesional en Biología, Química, Medicina, Medicina veterinaria, Microbiología, Agronomía. POSTGRADO Doctorado equivalenteen e'1 área de desempeño. EXPERIENCIA Experiencia certificada en docencia universitaria e investigación en alguna de las siguientes áreas: Genética cuantitativa o citogenética molecular. UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA—SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PERFIL E02 E03 TC11 C17 E04 E05 E06 TC12 UNIDAD ACADÉMICA CARGOS DEDICACIÓN BÁSICA (DEPARTAMENTO) Biología Biología Biología Biología Matemáticas Matemáticas Matemáticas 1 1 1 1 1 1 1 Exclusiva Exclusiva Tiempo Completo Cátedra 0.5 Exclusiva Exclusiva Exclusiva Tiempo Completo Matemáticas Reclina 2 de 13 ÁREA DE DESEMPEÑO Docencia en Genética Docencia e investigación en el área de Biología marina. Docencia en el área de la ecología. Docencia en Biología yen el área de la Microbiología. Ciencias de la computación o Combinatoria Álgebra Combinatoria o Álgebra Ciencias de la computación o Matemática aplicada REQUISITOS MINIMOS PREGRADO POSTGRADO EXPERIENCIA Doctorado equivalente en el área de desempeño. Experiencia certificada en docencia universitaria e investigación en alguna de las siguientes áreas: Epigenética, genética evolutiva o genómica. Profesional en Biología, Biología marina. Doctorado equivalente en el área de desempeño. Experiencia certificada en docencia universitaria e investigación en el área de biología de invertebrados marinos. Profesional en Biología, Ecología, Ingeniería geográfica, Ingeniería forestal. Doctorado equivalente en el área de desempeño. Experiencia certificada en docencia universitaria e investigación en el área de ecología del paisaje y servicios ecosistémicos Profesional en Biología o en Microbiología. Doctorado o maestría equivalente. Experiencia certificada en docencia universitaria y profesional en el área de Microbiología. Doctorado en una de las siguientes áreas: Matemáticas, ciencias de la computación, informática Al menos dos publicaciones, en los últimos 5 años en las siguientes áreas: Combinatoria, teoría de la información, matemáticas discretas, computación científica, algoritmia, dinámica de fluidos computacional, teoría de la computación, computación gráfica, bioinformática. (En revistas con factor de impacto, libros o capítulos de libros con proceso de revisión). Se requiere experiencia docente mínima de seis (6) meses. Doctorado en matemáticas, Al menos dos publicaciones en álgebra en los últimos 5 años. (En revistas con factor de impacto, libros o capítulos de libros con proceso de revisión). Se requiere experiencia docente mínima de seis (6) meses Doctorado en matemáticas. Al menos dos publicaciones en combinatoria o en álgebra en los últimos 5 años. (En revistas con factor de impacto, libros o capítulos de libros con proceso de revisión). Se requiere experiencia docente mínima de seis (6) meses. Doctorado en una de las siguientes áreas: Matemáticas, ciencias de la computación, matemática aplicada, informática. Tesis doctoral en ciencias de la computación o en matemática aplicada, o al menos dos publicaciones en los últimos 5 años en ciencias de la computación o en matemática aplicada Profesional en Biología, Química, Medicina, Medicina veterinaria, Microbiología. Profesional en Matemáticas, Física, Estadística, ingeniería, informática, licenciatura en matemáticas. Profesional en Matemáticas, Física, Estadística, ingeniería, informática, licenciatura en matemáticas. Profesional en Matemáticas, Física, Estadística, ingeniería, informática, licenciatura en matemáticas Profesional en Matemáticas, física, estadística, ingeniería, informática, licenciatura en matemáticas. E07 Matemáticas 1 Exclusiva Análisis Profesional en Matemáticas Doctorado en matemáticas E08 Matemáticas 2 Exclusiva Actuaría o Profesional Doctorado en Al menos dos publicaciones en la línea de análisis matemático (en revistas con factor de impacto, libros o capítulos de libros con proceso de revisión). Se requiere experiencia docente mínima de seis (6) meses. Tesis doctoral en finanzas UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA—SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA Página 3 de 13 RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PERFIL UNIDAD ACADÉMICA CARGOS DEDICACIÓN BÁSICA (DEPARTAMENTO) REQUISITOS MINIMOS ÁREA DE DESEMPEÑO Finanzas cuantitativas C 11 E09 Matemáticas Estadística 1 2 PREGRADO POSTGRADO EXPERIENCIA en Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Finanzas, Economía, Matemáticas, Estadística, Física, Actuaría, Ciencias Actuariales. una de las siguientes áreas: Finanzas matemáticas, investigación de operaciones, ingeniería industrial, matemáticas aplicadas, estadística, matemáticas, economía, finanzas, ciencias actuariales, actuaría. cuantitativas o en actuaría. O al menos dos publicaciones en las áreas de finanzas cuantitativas o actuaría, en revistas indexadas, homologadas por Colciencias y reconocidas en estas áreas. O experiencia docente certificada en posgrado de al menos 3 años en asignaturas relativas a finanzas cuantitativas o actuaría. Cátedra 0.3 Actuaría Profesional en Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Finanzas, Economía, Matemáticas, Estadística. Exclusiva Docencia en cursos de estadística Básica y especializada e investigación en cualquier área de la estadística Profesional en Estadística o en Matemáticas Profesional en Estadística o en Matemáticas. C 12 Estadistica 1 Cátedra 0.4 Docencia en cursos de estadística básica y especializada C13 Farmacia 1 Cátedra 0.3 Docencia en ciencias cosméticas Profesional en Química Farmacéutica Farmacia 1 Cátedra 0.4 Docencia en farmacología Profesional en el área de las Ciencias de la Salud C14 El O Geociencias 1 Exclusiva Docencia en geología y en geofísica a nivel de pregrado y posgrado TC13 Geociencias 1 Tiempo completo Docencia en geología y geofísica a nivel de pregrado y posgrado C15 Geociencias 2 Cátedra 0.4 Docencia en geología yen geofísica a nivel de pregrado y Profesional en Geología, Geofísica, Física, Ingeniería geológica, Ingeniería geofísica, Ingeniería física. Profesional en Geología, Geofísica, Física, Ingeniería geológica, Ingeniería geofísica, Ingeniería física. Profesional en Geología, Geofísica, Título de maestría en actuaría o en ciencias actuariales o en finanzas cuantitativas Maestría en bioestadística, epidemiología o en estadística o doctorado en bioestadística o en estadística. Maestría en bioestadística, en epidemiologia o en estadística o doctorado en bioestadística o en estadística. Doctorado o Maestría equivalente en el área de desempeño Maestría o doctorado en farmacología o en toxicología o en ciencias farmacéuticas o en ciencias biomédicas Doctorado equivalente en el área de desempeño, con énfasis demostrable (tesis) en geología o geofísica Maestría equivalente en el área de desempeño con énfasis demostrable (tesis) en áreas de la geología, geofísica o geoquímica Maestría equivalente en el área de desempeño con Experiencia profesional certificada, de al menos dos años en actuaría. Si solo se certifica título de Maestría. En caso que el aspirante posea título de Doctorado en Actuaría o en Finanzas cuantitativas, no se requiere la experiencia profesional. Experiencia certificada en docencia universitaria en cursos de estadística básica o especializada Experiencia certificada en docencia universitaria en cursos de estadística básica o especializada, o experiencia profesional certificada en estadística mayor o igual a dos (2) años. Experiencia profesional certificada de al menos 5 años. con vinculación vigente, en industria cosmética . Experiencia certificada en docencia universitaria, de un año (1) en el área de desempeño Experiencia certificada en docencia universitaria certificada, mayor o igual a un año (1) o experiencia profesional, mayor o igual a tres años en geología o en geofísica Experiencia en docencia universitaria certificada, mayor o igual a un año o experiencia profesional mayor o igual a dos años, en geología o en geofísica Experiencia profesional certificada o experiencia docente certificada, mayor o igual a dos (2) años en UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA—SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PERFIL UNIDAD ACADÉMICA CARGOS DEDICACIÓN BÁSICA (DEPARTAMENTO) Páaina 4 de 13 ÁREA DE DESEMPEÑO posgrado C 16 Física E71 Instituto de Ciencias Naturales E12 E13 E14 Instituto de Ciencias Naturales Química Química 1 1 1 2 1 REQUISITOS MÍNIMOS PREGRADO POSTGRADO EXPERIENCIA Física, Química, Ingeniería geológica, Ingeniería geofísica, Ingeniería física, Ingeniería de petróleos Ingeniería de minas, Ingeniería civil énfasis demostrable (tesis) en áreas de la geología, la geofísica o la geoquímica geología, en geofísica o en geoquímica Cátedra 0.4 Docencia e investigación en física Profesional en Fisica Doctorado en física Exclusiva Docencia en biología de plantas e investigación en sistemática de eudicotiledóneas Profesional en Biología Doctorado equivalente en el área de desempeño Exclusiva Docencia en biología de plantas e investigación en sistemática de monocotiledóneas Profesional en Biología Doctorado equivalente en el área de desempeño Doctorado equivalente en el área de desempeño, con tesis doctoral en química analítica que contenga desarrollos en métodos ópticos, métodos electroquímicos o métodos de separación Doctorado equivalente en área de desempeño, con tesis doctoral en química inorgánica con énfasis en compuestos de coordinación y compuestos organometálicos. Exclusiva Docencia en el área de química analítica. Profesional en Química Exclusiva Docencia en el área de química inorgánica Profesional en Química. Doctorado equivalente en el área de desempeño, con tesis doctoral en bioquímica o en áreas afines como microbiología o biotecnología Doctorado equivalente al área de desempeño, con E15 Química 1 Exclusiva Docencia en el área de bioquímica Profesional en Química, Bioquímica, Química Farmacéutica, Biología o licenciatura en Biología y Química E16 Química 1 Exclusiva Docencia en el área de bioquímica Profesional en Química, Bioquímica, Química Experiencia docente e Investigativa certificada (publicaciones en revistas indexadas por COLCIENCIAS) en alguna de las siguientes áreas: Física computacional, nanotecnologla, mecánica estadística Experiencia certificada en el área de desempeño, con publicaciones en revistas indexadas y asociadas al conocimiento sistemático de grupos de plantas eudicotiledóneas Experiencia certificada en el área de desempeño, con publicaciones en revistas indexadas y asociadas al conocimiento sistemático de grupos de plantas monocotiledóneas Experiencia en docencia universitaria certificada, en cursos de química analítica. Experiencia certificada en Investigación en el área de desempeño. Experiencia en docencia universitaria certificada, en el área de desempeño. Experiencia en investigación certificada, en el área de desempeño. Experiencia docente Universitaria certificada de mínimo un año (1) en el área de desempeño, en tiempo completo, en cursos de bioquímica a nivel de pregrado o posgrado; deseable experiencia adicional en cursos básicos de química. Experiencia certificada en investigación preferiblemente en bioquímica y biología molecular de vegetales. Experiencia docente certificada de mínimo un año (1) en el área de desempeño, en tiempo completo, en cursos de UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA—SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PERFIL E17 UNIDAD ACADÉMICA CARGOS DEDICACIÓN BÁSICA (DEPARTAMENTO) Química 1 Exclusiva Página 5 de 13 REQUISITOS MINIMOS ÁREA DE DESEMPEÑO Docencia en el área de espectroscopia PREGRADO POSTGRADO EXPERIENCIA Farmacéutica, Biología o licenciatura en Biología y Química tesis doctoral en bioquímica o en áreas afines corno microbiología o biotecnología. Doctorado equivalente en el área de desempeño, con tesis doctoral en temas que contengan desarrollos en espectroscopia. bioquímica a nivel de pregrado o posgrado; deseable experiencia adicional en cursos básicos de química. Experiencia en investigación en cualquier área de la bioquímica. Profesional en Química o en Física Experiencia certificada en el desarrollo y diseño de técnicas espectroscópicas. Experiencia en docencia universitaria. PARÁGRAFO 1. Los tí ulos de posgrado, la productividad académica y la experiencia docente, investigativa y profesional, deben estar relacionados directamente con el área de desempeño del perfil seleccionado. ARTÍCULO 3. INSCRIPCIÓN, DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Y ENVÍO. Para participar en la convocatoria Concurso Profesoral de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá, el aspirante debe inscribirse en la página web de la Facultad de Ciencias (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral) y adjuntar todos los documentos y soportes relacionados en la hoja de vida al momento de la inscripción, requisitos mínimos exigidos en el perfil al que está aspirando, en las fechas dispuestas en el Artículo 12 de la presente resolución. Las inscripciones se cerrarán a las 17:00:00 ("hora legal de Colombia, de acuerdo con lo establecido en el numeral 14, del Artículo 6 del Decreto 4175 de 2011, mediante el cual se encarga al Instituto Nacional de Metrología, mantener, coordinar y difundir la hora legal de la República de Colombia") del día 17 del mes de abril de 2015. Por ningún motivo se aceptará documentación adicional al momento del cierre de inscripciones, ni siquiera en función aclaratoria. Para formalizar la inscripción al concurso profesoral 2015, es de carácter obligatorio: 1. Aceptar los términos y condiciones de la convocatoria. 2. Registrar los datos personales y adjuntar la información requerida sobre los estudios realizados, experiencias y productividad académica, en la página web del concurso (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral), el aspirante solo podrá aplicar a un perfil en la Facultad de Ciencias, sede Bogotá. 3. La documentación se deberá subir a la plataforma escaneada y en formato "portable file document" (PDF), el nombre de los archivos que se adjunte, no deben tener espacios ni caracteres espaciales, la capacidad máxima por archivo es de 1 MB para soportes y de 20 MB para la tesis de posgrado. 4. Unicamente se recibirán documentos a través de la página web (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral). Los documentos que se deben adjuntar en la plataforma son: a. Títulos de pregrado y de posgrado. Títulos obtenidos, exigidos para el perfil del cargo convocado. En caso de haber obtenido los títulos de pregrado o posgrado en el extranjero, o en caso de ser de origen extranjero, se deberán presentar convalidados por parte del Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo a la resolución 21707 del 22 de diciembre de 2014 del Ministerio de Educación Nacional y el parágrafo 3 del Artículo 8 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario. b. Certificaciones de experiencia. La experiencia docente, investigativa o profesional se acreditará mediante la presentación de certificaciones expedidas por entidades, empresas o instituciones públicas o privadas, legalmente constituidas, las cuales deben contener los siguientes datos: Nombre o razón social de la entidad, empresa o institución pública o privada Firma de la autoridad que expide la certificación Cargo desempeñado Relación de funciones desempeñadas o asignaturas dictadas o nombre del proyecto o actividad desarrollada Dedicación (exclusiva, tiempo completo o tiempo parcial) Tiempo de servicio o fecha de inicio y fecha de terminación Tipo de experiencia (docente, profesional, investigativa) En la dedicación parcial se debe especificar el número de horas semanales o semestrales. UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 Pectina 6 de 13 Para la acreditación de la experiencia profesional derivada del ejercicio de profesiones liberales o independientes, se podrán presentar declaraciones en donde se incluya como mínimo: - Fechas de inicio y finalización (duración del ejercicio profesional) - Relación de las actividades desempeñadas - Dedicación (exclusiva, tiempo completo o tiempo parcial) c. Matrícula o tarjeta profesional o constancia de su trámite, cuando la Ley lo exija, a los profesionales residentes en el país. El aspirante debe acreditar copia de la tarjeta o matrícula profesional o constancia de su trámite, solamente en los casos en que mediante acto administrativo expedido por el Consejo de la respectiva profesión así se requiera o cuando la ley exija este requisito para tomar posesión del cargo o para contabilizar la experiencia profesional o para el ejercicio de la profesión (Ley 53 de 1975 — Química; Ley 9 de 1974 — Geología; Ley 212 de 1995 — Química Farmacéutica; Ley 22 de 1984 — Biología; Ley 842 de 2003 y Ley 1325 de 2009 — Ingeniería; Ley 14 de 1962 — Medicina; Ley 576 de 2000 — Medicina Veterinaria). Cuando la acreditación del título de pregrado sea parte del cumplimiento de uno de los requisitos mínimos del perfil convocado, el aspirante está obligado a presentar la matrícula, tarjeta profesional o constancia de su trámite y su no presentación conllevará a la exclusión del concurso. Cuando el título de pregrado no constituya cumplimiento de uno de los requisitos mínimos del perfil, por ser un título adicional, la no presentación de la matrícula, tarjeta profesional o constancia de su trámite no conllevará a la exclusión del aspirante, pero dicho título no será tenido en cuenta para efectos de la valoración de la hoja de vida. Los aspirantes domiciliados en el extranjero, que no cuenten con matrícula profesional se les tendrá en cuenta la experiencia acreditada a partir de la terminación del programa académico, sin perjuicio que en caso de ser seleccionados como ganadores, deben acreditar el permiso temporal expedido por el respectivo consejo profesional para ejercer su profesión en Colombia. d. Un ensayo inédito en formato "portable file document" (PDF), cuyas características se detallan en el Artículo 7, numeral 7.1 de la presente resolución. Este ensayo inédito será evaluado en la etapa de prueba de competencias (componente escrito). e. Productividad académica. Soportes de las publicaciones o productividad académica (publicación de artículos en revistas indexadas, publicación de libros, capítulos de libros y patentes). La siguiente documentación es opcional, por lo cual de no aportarse no constituye causal de exclusión de la convocatoria. No obstante, en este último evento no se tendrá en cuenta para efectos de la valoración de la hoja de vida: f. Certificación de conocimiento de un segundo idioma. Se aceptan solamente los tipos de certificación aprobados por el Departamento de Lenguas Extranjeras de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de Colombia, que se encuentran listados en la Guía para aspirantes (ver lista de certificaciones aprobadas por la Universidad Nacional de Colombia en la página del concurso profesora], enlace Generalidades del proceso). PARÁGRAFO 1. Los aspirantes que incluyan títulos académicos para acreditar su nivel de estudios, o certificaciones de experiencia en idioma distinto del español, del inglés deben adjuntar con dichos títulos o certificaciones de experiencia, la traducción oficial de los mismos al español, de modo que se pueda constatar el tipo de estudio adelantado, la duración, la intensidad y el título obtenido o la clase de experiencia docente, investigativa o profesional desarrollada, descripción de funciones o dedicación. Si no se incluye la traducción, los títulos o certificaciones no se tendrán en cuenta. PARÁGRAFO 2. Los aspirantes que sean declarados ganadores, cuya lengua materna no sea el español, deben presentar una certificación de conocimiento del idioma español, la cual será avalada por el Departamento de Lenguas Extranjeras de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de Colombia. La certificación se debe presentar como máximo un mes antes de terminar el período de prueba. ARTÍCULO 4. ETAPA DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS. Una vez cerrado el proceso de inscripción, el Secretario de Facultad de Ciencias revisará el cumplimiento de los requisitos mínimos para cada uno de los cargos convocados, establecidos en el Artículo 2 de la presente resolución, verificando que la documentación se haya adjuntado dentro de los términos establecidos, que esté completa y que cumpla con las exigencias del Artículo 3 de la presente resolución. UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA-SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS - DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 Página 7 de 13 Concluido lo anterior el Decano de la Facultad de Ciencias consolidará y publicará la lista de aspirantes admitidos al concurso. ARTÍCULO 5. RESULTADOS DE LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS. El Decano de la Facultad de Ciencias publicará en la página web (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral) la lista de aspirantes admitidos al concurso, en la fecha establecida en el Artículo 12 de la presente resolución. Los aspirantes podrán presentar su reclamación ante el Decano de la Facultad de Ciencias, dentro los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la lista de admitidos, a través de la plataforma (enlace reclamaciones, disponible solo en las fechas que se encuentran disponibles en el cronograma de la presente resolución) y con el usuario asignado en la página del concurso profesoral, enlace reclamaciones: (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral). El Decano de la Facultad de Ciencias será el responsable de dar respuesta a la reclamación, por el mismo medio, con copia al correo electrónico personal del aspirante, en formato PDF, previa revisión y análisis de la solicitud, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su presentación. Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista actualizada de aspirantes admitidos, en la página web del concurso (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral), en la fecha establecida en el Artículo 12 de la presente resolución. ARTÍCULO 6. ETAPA DE VALORACIÓN DE HOJA DE VIDA. Las hojas de vida de los aspirantes admitidos serán calificadas por los jurados designados por el Consejo de la Facultad de Ciencias, sobre un total de trescientos (300) puntos de la siguiente manera: I) En la valoración de la hoja de vida se tendrán en cuenta los títulos de postgrado (maestría o doctorado) según lo establecido en el perfil (Artículo 2 de la presente resolución). Se otorgarán hasta ochenta (80) puntos como máximo si en el perfil se solicita doctorado, y se otorgarán 60 puntos como máximo si en el perfil se solicita maestría. II) Con relación a la experiencia certificada, se otorgará un máximo de 100 puntos y se valorarán los siguientes aspectos: a) Docencia certificada en educación universitaria: hasta cuarenta (40) puntos como máximo. Se ponderará con 40 puntos como máximo si cumple con el requisito mínimo exigido por el perfil al que aspira, de conformidad con el Artículo 2 de la presente resolución. En los perfiles en los cuales no se exigen años de experiencia se ponderará la dedicación en tiempo completo igual a un año con el máximo de cuarenta puntos (40). En caso de tener una dedicación menor, la valoración será proporcional de acuerdo a la siguiente regla: el tiempo completo equivale a dictar en promedio 12 horas presenciales de clase (12 horas por semana), durante 32 semanas al año. b) Investigación certificada (incluye posiciones o estancias posdoctorales): hasta cuarenta (40) puntos como máximo. Se ponderará con 40 puntos como máximo si cumple con el requisito mínimo exigido por el perfil al que aspira, de conformidad con el Artículo 2 de la presente resolución. En los perfiles en los cuales no se exigen años de experiencia se ponderará la dedicación en tiempo completo igual a un año con el máximo de cuarenta puntos (40). En caso de tener una dedicación menor, la valoración será proporcional al número de meses certificados. Por cada año de experiencia investigativa en tiempo completo se otorgarán 10 puntos. El puntaje máximo será de cuarenta (40) puntos c) Experiencia profesional certificada relacionada con el área de desempeño, diferente a docencia o investigación: hasta veinte (20) puntos como máximo. Se ponderará con 20 puntos como máximo si cumple con el requisito mínimo exigido por el perfil al que aspira, de conformidad con el Artículo 2 de la presente resolución. En los perfiles en los cuales no se exigen años de experiencia se ponderará la dedicación en tiempo completo igual a un año con el máximo de veinte puntos (20). UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 Página 8 de 13 III) Para la valoración de la productividad académica se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Publicaciones: artículos en revistas indexadas, libros, capítulos de libros y patentes (ventana: últimos 5 años cumplidos a la fecha de apertura de inscripciones del concurso profesora) 2015). El puntaje máximo que otorga por publicaciones es hasta ciento veinte (120) puntos. El puntaie otorgado a la productividad académica cuenta únicamente para efectos del concurso. Únicamente la experiencia calificada que se haya desarrollado a través de contratos de prestación de servicios, consultorías y asesorías, que no pueda certificar su dedicación en los términos señalados en el literal b. del Artículo 3, será tenida en cuenta reconociéndole una dedicación de medio tiempo (Acuerdo 023 de 2008 del Consejo Superior Universitario). Cuando en ejercicio de su profesión el aspirante haya asesorado, en el mismo período, a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez. ARTÍCULO 7. ETAPA DE VALORACIÓN PRUEBA DE COMPETENCIAS 7.1 COMPONENTE ESCRITO. Esta prueba consiste en la presentación de un ensayo inédito, escrito en idioma español, que debe ser anexado al momento de la inscripción (con las demás certificaciones relacionados en la hoja de vida) como documento en formato "portable file document" (PDF), con una extensión máxima de 7000 caracteres (contados sin espacios), en el cual el aspirante defina el plan estratégico de trabajo en la Universidad Nacional de Colombia, teniendo en cuenta los fines misionales de la Universidad y las funciones descritas en el artículo 10, del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario "(...) asume la responsabilidad de ejercer, según su categoría y dedicación, las funciones de docencia, investigación, creación Mística, extensión y dirección académica, de conformidad con la naturaleza, fines y normas internas de la Universidad" . El ensayo inédito se calificará sobre un total de trescientos (300) puntos, que serán otorgados según criterio de los jurados y deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: • • • • • • • Titulo Resumen Introducción Justificación Objetivos Propuesta Resultados esperados 7.2 COMPONENTE ORAL. Esta prueba contemplará una exposición oral (el objeto de la prueba es evaluar una clase dictada por el aspirante, en el tiempo que se menciona en la presente resolución), en idioma español, sobre uno de los temas presentados a continuación, elegido por el aspirante al momento de la inscripción: PERFIL FARMACIA C 13 FARMACIA C 14 BIOLOGÍA E 01 BIOLOGÍA E 02 BIOLOGÍA E 03 BIOLOGÍA TC 11 TEIMAS Farmacocinética en poblaciones especiales: ancianos, mujeres embarazadas. Farmacoterapia de la epilepsia. Evaluación farmacológica de nuevos fármacos. Tendencias en productos cosméticos seguridad y eficiencia de productos. Cosméticos: Aspectos regulatorios de productos. Cosméticos Evolución de los cromosomas en mamíferos Aspectos ambientales en la herencia poligénica Heredabilidad de características poligénicas RNAs no codificantes en la expresión génica Bases epigenéticas de los procesos cognitivos. Estudio genómico evolutivo a nivel comparativo. Diversidad, estructura y dinámica de invertebrados de arrecifes. Efecto del cambio climático sobre la diversidad y distribución de moluscos y crustáceos marinos. Papel de los invertebrados marinos en la restauración ecosistémica. Integración de los servicios ecosistémicos en la ecología del paisaje: retos y perspectivas en el trópico. Incorporación de los servicios ecosistémicos en la planificación ambiental: aplicaciones a nivel del paisaje UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PE FIL. BIOLOGÍA C17 MATEMÁTICAS E 08 MATEMÁTICAS C 11 MATEMÁTICAS TC 12 MATEMÁTICAS E 04 MATEMÁTICAS E 05 MATEMÁTICAS E 06 MATEMÁTICAS E 07 QUÍMICA E 13 QUÍMICA E 14 QUÍMICA E 15 QUÍMICA E 16 QUÍMICA E 17 ESTADÍSTICA E 09 ESTADÍSTICA C 12 FÍSICA C 16 INSTITUTO DE CIENCIAS NATURALES E 11 Página 9 de 13 TEMAS Sensores remotos aplicados al mapeo de los servicios ecosistémicos: avances y limitaciones. Ecología microbiana Biotecnología. Aplicaciones de hongos y bacterias. Aplicaciones de los microorganismos en la recuperación de ambientes degradados. Modelos de tasas de interés Contingencias de vida (funciones de sobrevivencia, mortalidad, tipos de anualidades, pagos de seguros, leyes de Makeham o Gompertz) Valoración de derivados de renta fija, renta variable y modelos de valoración Modelos de tasas de interés Contingencias de vida (funciones de sobrevivencia, mortalidad, tipos de anualidades, pagos de seguros, leyes de Makeham o Gompertz) Valoración de derivados de renta fija, renta variable y modelos de valoración Criptografía Teoría de particiones Redes Criptografía Teoría de particiones Redes Grupos de Sylow Campos finitos Problemas de coloración de grafos Grupos de Sylow Campos finitos Problemas de coloración de grafos Teorema espectral Teorema de los residuos de Cauchy Espacios de Sobolev Explicar el equilibrio químico, mediante una técnica analítica instrumental tal como electroquímica, cromatografía o espectrofotometría. Estrategias de cuantificación en técnicas analíticas instrumentales. Explicar un tema de analítica básica en cromatografía, espectrofotometría o electroquímica, aplicando herramientas virtuales. Teoría de grupos en compuestos de coordinación y sus aplicaciones a las espectroscopias infrarroja y Raman. Teoría del campo cristalino y aplicaciones de los complejos de metales de transición. Teoría de orbitales moleculares en relación con la formación de compuestos de coordinación Cinética enzimática Transformación genética Transporte a través de membranas - canales Cinética enzimática Transformación genética Transporte a través de membranas - canales Simetría molecular y espectroscopia Espectroscopia láser El concepto de coherencia en RMN y selección de rutas de coherencia mediante gradiente. Modelos lineales generalizados. Métodos de estimación. Diseños experimentales factoriales. Modelos lineales generalizados. Métodos de estimación. Diseños experimentales factoriales. Gas de electrones Oscilador armónico Ecuaciones de Maxwell Tendencias evolutivas en eudicotiledóneas con relación a la estructura floral. Evolución y desarrollo de la flor de las angiospermas, con énfasis en la simetría flora. Clados representativos en la filogenia actual eudicotiledóneas, y sus caracteres morfológicos sinapomórficos UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 PERFIL INSTITUTO DE CIENCIAS NATURALES E 12 GEOCIENCIAS E 10 GEOCIENCIAS TC 13 GEOCIENCIAS C 15 Página 10 de 13 TEMAS Historia evolutiva de la flor en las monocotiledóneas. Evolución y desarrollo de la flor de las angiospermas, con énfasis en la simetría floral. Clados representativos en la filogenia actual de monocotiledóneas, y sus caracteres morfológicos sinapomórficos. Modelos electro-mecánicos Ondas electromagnéticas y mecánicas en el interior de la tierra Métodos de prospección geofísica Geoquímica Estratigrafía Métodos de prospección geofísica Sistemas geotérmicos Hidroqeología Métodos de prospección geofísica La exposición oral se calificará sobre un total de cuatrocientos (400) puntos, otorgados según el criterio de los jurados. Para la exposición oral (clase preparada por el aspirante) el aspirante dispondrá de un tiempo máximo de treinta (30) minutos y los Jurados tendrán hasta quince (15) minutos para la sesión de preguntas acerca de la exposición, sobre el tema del área del concurso y sobre aspectos generales. Quienes se encuentren fuera de Colombia o de la ciudad de Bogotá D.C, (sede convocante), podrán realizar la presentación pública por videoconferencia. Los costos de la presentación en el sitio de origen serán asumidos por el aspirante. La exposición oral será de carácter público y abierto, con invitación expresa a los docentes de las Unidades Académica Básicas de la Facultad de Ciencias y al resto de la comunidad académica. No obstante, el carácter público de la presentación, solamente el Jurado de la prueba puede realizar preguntas y comentarios; los demás asistentes no podrán intervenir. PARÁGRAFO. Las exposiciones orales no serán grabadas en medios audiovisuales; por lo tanto sólo podrá obrar como prueba documental el concepto escrito del jurado, consistente en observaciones argumentadas, basadas en la presentación de los aspirantes y que justifica la calificación otorgada. ARTÍCULO 8. RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE HOJA DE VIDA Y PRUEBA DE COMPETENCIAS. Los resultados de la evaluación de hoja de vida y las pruebas de competencias (componentes escrito y oral), se publicarán en la página web del concurso "ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral" en la fecha establecida en el Artículo 12 de la presente resolución. Los aspirantes podrán presentar reclamación ante el Decano de la Facultad de Ciencias, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de resultados, a través del usuario asignado al momento de la inscripción desde la página (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral). El Decano de la Facultad de Ciencias, previa consulta, revisión y análisis por parte de los jurados, dará respuesta a la reclamación por el mismo medio, con copia al correo electrónico registrado por el aspirante al momento de la inscripción, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su presentación. Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará el listado actualizado de resultados en la página web del concurso (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral), en la fecha establecida en el Artículo 12 de la presente resolución. ARTICULO 9. RESOLUCIÓN DE GANADORES, ELEGIBLES Y CARGOS DESIERTOS. Con base en los resultados consolidados finales, el Decano de la Facultad de Ciencias expedirá resolución en la que se establezca la lista de ganadores de los perfiles convocados, la lista de elegibles y los perfiles declarados desiertos. La lista de ganadores y elegibles estará conformada por aquellos aspirantes cuyo puntaje total, en estricto orden descendente sea igual o superior a setecientos (700) puntos, en cada perfil convocado. La lista de ganadores estará conformada por los elegibles que obtengan el puntaje total más alto en cada perfil convocado. La resolución se publicará en la página web del concurso: (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral) en la fecha determinada en el Artículo 12 de la presente resolución. Contra la resolución que lista a los ganadores, elegibles y cargos desiertos del Concurso Profesoral 2015, sólo procede el recurso de reposición, el cual deberá ser interpuesto ante el Decano de la Facultad de Ciencias a través de UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA Página 11 de 13 RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 la página (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de ganadores, elegibles y cargos desiertos. En los recursos que se interpongan, deben señalarse de manera concreta los motivos de inconformidad del recurrente, so pena de rechazo del recurso. Los recursos serán tramitados y resueltos en concordancia con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 10. FACTORES DE DESEMPATE. En caso de presentarse empates entre los elegibles de un perfil dado, el Decano de la Facultad de Ciencias los resolverá teniendo en cuenta los siguientes factores, en su orden: 1. 2. 3. 4. Mayor puntaje en el componente oral de la prueba Mayor puntaje en el componente escrito de la prueba. Mayor puntaje en la valoración de la hoja de vida Mayor puntaje en la valoración de la productividad académica. De los empates que se puedan presentar, el Decano de la Facultad de Ciencias dejará en acta, constancia de la decisión final motivada y ésta se incluirá en el acto administrativo que establece la lista de ganadores, elegibles y cargos desiertos. ARTICULO 11. RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE GANADORES, ELEGIBLES Y CARGOS DESIERTOS. Bajo el mismo procedimiento descrito en el Artículo 9 de la presente resolución, si una vez resueltos los recursos, es necesario expedir un acto administrativo que modifique la lista de ganadores, elegibles y cargos desiertos, los afectados por esta modificación podrán presentar recurso de reposición dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de dicho acto administrativo. En caso de no interponerse recurso alguno contra la resolución que establece la lista de ganadores, elegibles y cargos desiertos del concurso, se entenderá que dichas decisiones quedan en firme y que no será necesario expedir una Resolución adicional ratificatoria. La publicación de la resolución actualizada y definitiva de ganadores, elegibles y cargos desiertos, se realizará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición del acto administrativo que resuelve el recurso de reposición. PARÁGRAFO 1. Cuando en cualquier etapa del concurso o hasta antes del nombramiento en período de prueba se verifique que un aspirante no cumple con los requisitos establecidos para el perfil convocado, o se encuentre en situaciones de inhabilidad para ejercer cargos públicos conforme a la Constitución Política de Colombia y la ley, o en situaciones de inhabilidades e incompatibilidades establecidas por la normatividad interna de la Universidad Nacional de Colombia, éste será excluido del proceso de selección, lo cual le será comunicado a través de la publicación de resultados en la página web del concurso profesoral. Si la exclusión se produce luego de la publicación de la resolución de ganadores, elegibles y cargos desiertos y antes de emitirse la resolución de nombramiento en período de prueba, al aspirante se le notificará la decisión mediante acto administrativo, expedido por el Decano de la Facultad de Ciencias contra el cual procede el recurso de reposición, que se debe interponer dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación. El recurso será resuelto de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. PARÁGRAFO 2. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que contiene el listado definitivo, los ganadores del concurso deberán enviar al Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje, a través del correo electrónico: [email protected], en archivos formato portable file document "PDF", la documentación adicional, si la hubiere, relacionada con títulos, experiencia y productividad académica, requerida única y exclusivamente para fines de asignación y reconocimiento de puntaje. La información adicional no se tendrá en cuenta para suplir vacíos de requisitos mínimos en la inscripción. Los ganadores que no posean documentos adicionales a los enviados con la inscripción al concurso, deberán manifestarlo por escrito mediante correo electrónico dirigido al Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje ([email protected]). Cuando el ganador no cumpla con la manifestación expresa que deberá hacer en este plazo, se entenderá que ha rechazado su designación. ARTÍCULO 12. CRONOGRAMA. DEL CONCURSO " Inscripciones Publicación de la lista de aspirantes admitidos Reclamaciones por verificación de requisitos FECHAS 9 de Marzo al 17 de Abril de 2015 19 de Mayo de 2015 20 de Mayo al 22 de Mayo de 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 Publicación actualizada de la lista de aspirantes admitidos Página 12 de 13 9 de Junio de 2015 Publicación resultados de valoración hojas de vida y prueba de competencias 1 de Septiembre de 2015 Reclamaciones por valoración de hojas de vida y prueba de competencias 7 de Septiembre al 11 de Septiembre de 2015 Publicación actualizada resultados de valoración hojas de vida y prueba de competencias 18 de Septiembre de 2015 Publicación de la resolución de ganadores, elegibles y cargos desiertos Recursos de reposición Publicación resolución definitiva de ganadores, elegibles y cargos desiertos 28 de Septiembre de 2015 29 de Septiembre al 13 de octubre de 2015 23 de Octubre de 2015 PARÁGRAFO: Este cronograma eventualmente podrá modificarse mediante acto administrativo de la decanatura de la Facultad de Ciencias que será comunicado a los aspirantes a través de la plataforma o correo electrónico registrado al momento de la inscripción, e igualmente se publicará en la página web del concurso (ciencias bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral). ARTICULO 13. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Y RECONOCIMIENTO DE LA CATEGORÍA CORRESPONDIENTE AL CARGO. Para la asignación de la categoría correspondiente, se procederá de la siguiente manera: 1. El Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje con base en la documentación recibida, asignará el puntaje salarial y el puntaje no salarial para efectos de definición de la categoría docente, que le corresponda a cada uno de los ganadores. 2. Los documentos soporte que no se encuentren adjuntos a la hoja de vida presentada por el ganador al momento de su inscripción al concurso, o que no sean enviados dentro de los plazos definidos en el Parágrafo 2 del Artículo 9 de la presente resolución, serán evaluados con posterioridad a la posesión del nuevo docente en el cargo, caso en el cual, los reconocimientos de puntaje a que haya lugar, no tendrán retroactividad a la fecha de posesión, de conformidad con lo ordenado en el Artículo 12 del Decreto 1279 de 2002. 3. Definida la asignación del puntaje, el Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje enviará la información con los documentos y las certificaciones a la dependencia de personal académico de la sede Bogotá, la cual asignará al concursante ganador a una de las categorías del personal académico, de conformidad con la reglamentación vigente (Acuerdo 123 de 2013). PARÁGRAFO. Las categorías del personal académico serán asignadas previo estudio de los documentos aportados por el aspirante en el momento de la inscripción y aquellos adicionales que el ganador entregue, de acuerdo con las condiciones y los requisitos señalados en la normatividad vigente en la Universidad Nacional de Colombia. ARTÍCULO 14. NOMBRAMIENTO DEL ELEGIBLE SELECCIONADO. Cumplido lo anterior, la dependencia de Personal Académico de la Sede Bogotá, enviará a cada uno de los ganadores, vía correo electrónico, copia del acto administrativo de nombramiento en período de prueba, el cual se viabilizará y hará efectivo para el subsiguiente período académico al proceso de selección. Si el concursante declarado ganador no acepta el nombramiento o no se posesiona en el cargo dentro del término establecido por el parágrafo 4 del artículo 8 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario, el Decano de la Facultad de Ciencias designará en su lugar, en estricto orden descendente, al elegible que en la lista correspondiente haya obtenido el siguiente mejor puntaje. En el evento en que no se disponga de elegibles o ninguno de ellos acepte, el cargo se declarará vacante. ARTÍCULO 15. VIGENCIA DE LA LISTA DE ELEGIBLES. La lista de elegibles tendrá una vigencia de ocho (8) meses a partir de la fecha de declaratoria de ganadores y elegibles, y será utilizada en estricto orden descendente de calificación. PARAGRAFO 1. Las listas de elegibles vigentes podrán utilizarse para cubrir otras vacantes que se identifiquen en la misma dedicación y área de desempeño, de acuerdo con las necesidades y los requerimientos de la Universidad en cualquiera de sus unidades académicas básicas. En este último caso, si el cargo vacante pertenece a la Facultad de Ciencias, sede Bogotá, será el Consejo de Facultad de Ciencias el encargado de verificar y avalar la concordancia del perfil del elegible con el cargo a proveer. UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA — SEDE BOGOTÁ, FACULTAD DE CIENCIAS — DECANATURA RESOLUCIÓN No.0623 del 04 de marzo de 2015 Página 13 de 13 ARTÍCULO 16. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Todas las comunicaciones y las notificaciones se realizarán en idioma español de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y deberán ser remitidas a través de la plataforma del concurso profesoral de la Facultad Ciencias, (ciencias.bogota.unal.edu.co/concursoprofesoral) tal como se menciona en la guía del aspirante. ARTÍCULO 17. ARCHIVO DE DOCUMENTOS. El Secretario de la Facultad de Ciencias será el encargado de la administración y custodia del archivo de documentos del concurso y en consecuencia, será el responsable de las solicitudes de información que sobre éstos se puedan presentar. ARTÍCULO 18. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DEL CONCURSO. Se entiende que todos los participantes involucrados en el Concurso Profesoral 2015 conocen y aceptan las condiciones y lo estipulado en el Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario y el Acuerdo 072 de 2013 del Consejo Académico, en la presente resolución y en los instructivos que hacen parte de la reglamentación del concurso profesoral. ARTÍCULO 19. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la publicación, la cual será realizada por la Secretaria General, en el sistema de información normativa, jurisprudencial y de conceptos — régimen legal de la Universidad Nacional de Colombia de conformidad con la reglamentación vigente, Numeral 2, Artículo 2, del Acuerdo 072 de 2013 del Consejo Académico. PUBLÍQUES PLASE Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días JESÚS SIGIFRED e marzo del año dos mil quince (2015) ALENCI Decano
© Copyright 2025