Official Registry of Legal Notices

Friday, March 6, 2015
35
Official Registry of Legal Notices
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE
SALA SUPERIOR.
FIRSTBANK PUERTO
RICO; DLJ MORTGAGE
CAPITAL, INC.
Parte Demandante VS
SUCESION DE JOSE
ANTONIO RAMIREZ
TORO compuesta por
su hija menor de edad:
NATALIA ANGELIS
RAMIREZ ESCOBAR
representada por
JANELLY ESCOBAR
RIVERA como madre
de la menor y en
su capacidad como
conyugue supersitite en
cuanto a la Cuota Viudal
Usufructuaria, FULANO
DE TAL Y SUTANO DE
TAL, como posibles
herederos desconocidos
Parte Demandada
CIVIL NUM.: JCD2012-0933
SALON NÚM.: G-28 SOBRE
ACCION CIVIL DE: COBRO DE
DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA.
A: SUCESION DE JOSE
ANTONIO RAMIREZ
TORO compuesta por
su hija menor de edad:
NATALIA ANGELIS
RAMIREZ ESCOBAR
representada por
JANELLY ESCOBAR
RIVERA como madre
de la menor y en
su capacidad como
conyugue supersitite en
cuanto a la Cuota Viudal
Usufructuaria, FULANO
DE TAL Y SUTANO DE
TAL, como posibles
herederos desconocidos;
Y AL PUBLICO EN
GENERAL:
El que suscribe, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior, Centro Judicial
de Ponce, Ponce , Puerto Rico,
hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL;
y a el siguiente gravamen posterior: FIRSTBANK DE PUERTO RICO A cuyo favor aparece
un Pagaré, por la suma de
$16,312.00, intereses al 7 1/8%
anual y a vencer el 1 de julio del
año 2020, según consta de la
escritura #493, otorgada en San
Juan, el 28 de junio de 2005,
ante la Notario Griselle Arbona
Martínez, inscrito al folio 199
vuelto del tomo 177 de Santa
Isabel, finca #3,294, inscripción
8va. y última. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el
día 13 de noviembre de 2014,
por la Secretaria del Tribunal,
procederé a vender y venderé
en pública subasta y al mejor
postor la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA:
Parcela marcada con el número
147 del Barrio Playa, radicada
en el término municipal de Santa Isabel, Puerto Rico, con una
cabida superficial de 354.87
metros cuadrados. En lindes:
NORTE, con calle número 7 de
la comunidad: SUR, con parcela
número 146 de la comunidad:
ESTE, con parcela número 149
de la comunidad y OESTE, con
parcela número 145 de la comunidad. Inscrita al folio 130 del
tomo 94 de Santa Isabel, Registro de la Propiedad de Guayama, Sección de Guayama, finca
número 3,294. El producto de la
subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde
alcance, la SENTENCIA dictada
a su favor, el día 15 de mayo de
2013, en el presente caso civil,
a saber la suma de $60,497.35
de principal, más intereses al
7.125% anual desde el día 1ro.
de agosto de 2011, más la suma
de $6,524.80, por concepto de
honorarios de abogado y costas
autorizadas por el Tribunal, más
las cantidades que se adeudan
mensualmente a partir del día
1ro. de septiembre de 2011, por
concepto de seguro hipotecario,
cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se
hagan en virtud de la escritura
de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará
libre de toda carga o gravamen
que afecte la mencionada finca,
excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto
se notifica y se hace saber la
fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA
subasta, si esto fuera necesario,
a los efectos de que cualquier
persona o personas con algún
interés puedan comparecer a la
celebración de dicha subasta.
La adjudicación se hará al mejor
postor, quien deberá consignar
el importe de su oferta en el acto
mismo de la adjudicación, en
efectivo (moneda del curso legal
de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del
Tribunal. LA PRIMERA subasta
se llevará a efecto el día 31 DE
MARZO DE 2015 A LA 1:30 DE
LA TARDE, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el
Centro Judicial de Ponce, Ponce, Puerto Rico. Que el precio
mínimo fijado para la PRIMERA
SUBASTA es de $65,248.00.
Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto
el día 7 DE ABRIL DE 2015 A LA
1:30 DE LA TARDE, en la oficina
antes mencionada del Alguacil
que suscribe. El precio mínimo
para la SEGUNDA SUBASTA
será de $43,498.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes
del tipo mínimo estipulado para
la PRIMERA subasta. Que de
ser necesaria la celebración
de una TERCERA SUBASTA,
la misma se llevará a efecto el
día 14 DE ABRIL DE 2015 A LA
1:30 DE LA TARDE, en la oficina
antes mencionada del Alguacil
que suscribe. El precio mínimo
para la TERCERA SUBASTA
será de $32,624.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo
mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase
desierta la tercera subasta se
dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse
al acreedor la finca aquí antes
descrita, dentro de los diez (10)
días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad
de la cantidad adeudada si ésta
fuera igual o menor al monto
del tipo mínimo de la tercera
subasta, y abonándose dicho
monto a la cantidad adeudada si
ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley
Hipotecaria y del Registro de la
Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721)
Para conocimiento de la parte
demandada y de toda aquella
persona o personas que tengan
interés inscrito con posterioridad
a la inscripción del gravamen
que se está ejecutando, y para
conocimiento de todos los licitadores y el público en general,
el presente Edicto se publicará
por espacio de dos (2) semanas
consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días
entre ambas publicaciones, en
un diario de circulación general
en el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico y se fijará además
en tres (3) lugares públicos del
Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como
la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos
los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser
examinados en la Secretaría de
este Tribunal, durante las horas
laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Ponce, Puerto
Rico, hoy día 29 de diciembre
de 2014. Luis Burgos Morales,
091 Alg. Auxiliar, Alguacil Supervisor División de Subastas
Tribunal de Primera Instancia
Sala Superior de Ponce.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS
SALA SUPERIOR.
E.M.I. EQUITY
MORTGAGE INC.
DEMANDANTE VS.
VICTOR ANIBAL
BAEZ HERNANDEZ,
ZULAIRAM DALIXA
RAMOS Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
DEMANDADOS
CIVIL NUM.: ECD2014-0595
(402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil
que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido
dirigido al Alguacil que suscribe
por la Secretaría del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS,
SALA SUPERIOR, en el caso de
epígrafe procederá a vender en
pública subasta al mejor postor
en efectivo, cheque certificado
en moneda legal de los Estados
Unidos de América el día 23 de
abril de 2015 a las 11:15 de la
maсana en su oficina sita en el
local que ocupa en el edificio del
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE
CAGUAS SALA SUPERIOR,
todo derecho, título e interés
que tenga la parte demandada
de epígrafe en el inmueble de
su propiedad que ubica en Urb.
Los Robles, D-25 Calle 3, Gurabo, P.R 00778 y que se describe
a continuación: URBANA: Solar
numero 25-D, segъn el plano
de inscripciуn del proyecto denominado Urbanizaciуn Los
Robles, radicada en el Barrio
Hato Nuevo del tйrmino municipal de Gurabo, Puerto Rico,
con una cabida superficial de
300.30 metros cuadrados. En
lindes por el NORTE, en 13.00
metros lineales, con el Cementerio Municipal de Gurabo; por
el SUR, en 13.00 metros lineales, con la calle nъmero 3; por el
ESTE, en 23.10 metros lineales,
con el lote nъmero 24; y por el
OESTE, en 23.10 metros lineales con lote nъmero 26. Contiene una residencia de una sola
planta construida de concreto y
bloques para una sola familia.
La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio
92 del Tomo 229 de Gurabo,
Finca número 8781, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo
mínimo para la primera subasta
del inmueble antes relacionado,
será el dispuesto en la Escritura
de Hipoteca, es decir la suma
de $119,025.00. Si no hubiere
remate ni adjudicación en la
primera subasta del inmueble
mencionado, se celebrará una
segunda subasta en las oficinas
del Alguacil que suscribe el día
30 de abril de 2015 a las 3:15 de
la tarde. En la segunda subasta
que se celebre servirá de tipo
mínimo las dos terceras partes
(2/3) del precio pactado en la
primera subasta, o sea la suma
de $79,350.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en
la segunda subasta se celebrará
una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe
el día 7 de mayo de 2015 a las
3:15 de la tarde. Para la tercera
subasta servirá de tipo mínimo
la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o
sea, la suma de $59,512.50. La
hipoteca a ejecutarse en el caso
de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 30,
otorgada el día 25 de enero de
2011, ante el Notario Reinaldo
Segurola Pérez y consta inscrita
al Folio 5 del Tomo 472 de Gurabo, Finca número 8,781, Registro de la Propiedad de Caguas,
Sección Segunda, Inscripción
Cuarta (4ta). Dicha subasta se
llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante
total o parcialmente según sea
el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente
a la suma de $113,482.76 de
principal, intereses sobre dicha
suma al tipo convenido de cinco
(5.00%) porciento anual desde
el primero (1ro.) de marzo de
2014, hasta su completo pago,
más $1,891.36 de intereses
devengados hasta el día 31
de mayo de 2014, la suma de
$0.00 por concepto de otros cargos devengados hasta la misma
fecha y la cantidad líquida y
estipulada de $11,902.50 para
costas, gastos y honorarios de
abogado, así como cualesquiera otras sumas que aparezcan
de la faz del contrato y/o que
correspondan a intereses y cargos por demora posterior a esa
fecha y hasta la fecha en que se
pague la deuda en su totalidad.
Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de
manifiesto en la SECRETARIA
DEL TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA CENTRO JUDICIAL
DE CAGUAS, SALA SUPERIOR
durante las horas laborables.
Se entenderá que todo licitador
acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y
los preferentes, si los hubiere, al
crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose
que el rematante los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio
de remate. La propiedad no está
sujeta a gravámenes anteriores
y/o preferentes según surge de
las constancias del Registro de
la Propiedad en un estudio de
FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346
título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se
notifica a los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la
inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o
derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del
actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados
en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se
celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito,
de sus intereses, otros cargos
y las costas y honorarios de
abogado asegurados quedando subrogados en los derechos
del acreedor ejecutante. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la
ley por espacio de dos semanas
en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como la alcaldía,
el Tribunal y la colecturía. Este
Edicto será publicado mediante
edictos dos veces en un diario
de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el
presente Edicto de subasta bajo
mi firma y sello de este Tribunal
en Caguas, Puerto Rico, hoy día
10 de febrero de 2015. Ramón
L. Hernández Cintrón, Alguacil.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
SAN JUAN.
DLJ MORTGAGE
CAPITAL, INC.
Parte Demandante Vs.
EILEEN ACOSTA DUPREY
Parte Demandada
CIVIL NUM. KCD2012-1685
(807) SOBRE: EJECUCION DE
HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO
ANUNCIO DE SUBASTA. El
suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de
Puerto Rico, Sala de San Juan,
a los demandados de epígrafe y
al público en general hace saber que los autos y documentos
del caso de epígrafe estarán de
manifiesto en la Secretaría del
Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública
subasta al mejor postor, en
moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América,
en mi oficina en este Tribunal
el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble
que se relaciona más adelante
•
para pagar la SENTENCIA por
$207,586.06 por concepto de
principal, $3,693.13 por concepto de intereses acumulados,
$125.79 por concepto de cargos
por demora, los cuales al igual
que los intereses continúan acumulándose hasta su total pago,
más la suma de $20,832.91
como cantidad estipulada para
honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca;
y cualesquiera otras sumas que
por cualesquiera concepto legal
se devenguen hasta el día de la
subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: PROPIEDAD
HORIZONTAL:
Apartamento
#602 del Condominio Paseo
del Rocio, Módulo 6, situado
en la Carretera Estatal PR-176,
en el Barrio Cupey del término
municipal de San Juan, Puerto
Rico. Este apartamento está
construido en hormigón reforzado. Tiene un nivel con su puerta
de entrada desde la escalera
por el lindero Este y por ella
se sale al puente que conduce
al Edificio de estacionamiento.
Este apartamento tiene un área
total aproximada de 119.84 metros cuadrados, equivalentes a
1,200.00 pies cuadrados. Linderos: por el Norte, colinda con
doble pared medianera que lo
separa del apartamento #501 y
con pared exterior que lo separa
del área común limitada correspondiente al apartamento #501;
por el Sur, con pared medianera
que lo separa del área no excavada que es área común; por el
Este, con pared exterior que lo
separa del área exterior común
y de la escalera de salida que
es área común; y por el Oeste,
con pared exterior que lo separa del patio que es área común
limitada correspondiente a este
apartamento. Este apartamento
consta de sala-comedor, balcón,
cocina con closet de alacena,
área de lavandería con linen
closet, baño, 2 dormitorios, 2
closets, dormitorio master, baño
master y closet vestidor. Este
apartamento goza del uso exclusivo de un patio que es elemento
común limitado, el cual está delimitado por verjas, según surge
de los planos del proyecto. A
este apartamento le corresponden los estacionamientos 123 y
124 en el 1er. nivel del edificio
de estacionamiento del Condominio. A este apartamento le corresponde una participación de
1.2817% en los Elementos Comunes del Condominio. Inscrita
al folio ciento uno (101) del tomo
setecientos veintiséis (726) de
Río Piedras Sur, finca número
veinte mil quinientos cincuenta
y uno (20,551), Registro de la
Propiedad San Juan, Sección
Cuarta. Dirección Física: Cond.
Paseo del Rocio, Apt. 602, San
Juan, Puerto Rico 00924. La pri-
mera subasta se llevará a cabo
el día 17 de marzo de 2015, a
las 9:30 de la mañana, y servirá
de tipo mínimo para la misma la
suma de $208,329.08 sin admitirse oferta inferior. En el caso
de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la
primera subasta, se celebrará
una segunda subasta el día 25
de marzo de 2015, a las 9:30 de
la mañana, y el precio mínimo
para esta segunda subasta será
el de dos terceras partes del
precio mínimo establecido para
la primera subasta, o a sea, la
suma de $138,886 05. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se
celebrará una tercera subasta el
día 7 de abril de 2015, a las 9:30
de la mañana, y el tipo mínimo
para esta tercera subasta será
la mitad del precio establecido
para la primera subasta, o sea,
la suma de $104,164.54. Si se
declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el
procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor
hipotecario dentro de los diez
días siguientes a la fecha de la
última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad
de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto
del tipo de la tercera subasta y
abonándose dicho monto a la
cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier
licitador que la propiedad queda
sujeta al gravamen del Estado
Libre Asociado y CRIM sobre
la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el
pago de dichas contribuciones
es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo
licitador acepte como suficiente
la titulación y que los cargos y
gravámenes anteriores y los
preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes
en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse su
extinción al precio rematante.
Y para conocimiento de licitadores, del público en general y
para su publicación en un periódico de circulación general
diaria en Puerto Rico y en los
sitios públicos de acuerdo a las
disposiciones de la Regla 51.7
de las de Procedimiento Civil,
expedido el presente en San
Juan, Puerto Rico a 17 de febrero de 2015. Diana I. Navarro
Cruz, Alguacil Auxiliar, Alguacil
Del Tribunal.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
RIO GRANDE.
DLJ MORTGAGE
email: [email protected]
Legal Notice
CAPITAL, INC.
Parte Demandante Vs.
NELLYE
GARAY MELENDEZ
Parte Demandada
CIVIL NUM. N3CI 2011-00822
SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y
COBRO DE DINERO ANUNCIO
DE SUBASTA. El suscribiente,
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia de Puerto Rico, Sala
de Río Grande, a los demandados de epígrafe y al público
en general hace saber que los
autos y documentos del caso
de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal
durante horas laborables y que
venderá en pública subasta al
mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de América en efectivo, cheque
certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, en mi oficina
en este Tribunal el derecho que
tenga la parte demandada en el
inmueble que se relaciona más
adelante para pagar la SENTENCIA por $152,185.46 del
balance principal, los intereses
sobre dicho principal al 5 3/4%
desde el primero de diciembre
de 2010 hasta su completo
pago; el 5% computado sobre
cada mensualidad de $720.71
por concepto de cargos por demora desde el primero de enero
de 2011 a razón de $36.03, más
la suma de $12,350.00 como
cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada
en la escritura de hipoteca; y
cuales quiera otras sumas que
por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día
de la subasta. La propiedad a
venderse en pública subasta se
describe como sigue: URBANA:
solar radicado en la Urbanización Los Árboles, situada en el
Barrio Zarzal de Río Grande, y
contiene una casa de concreto
reforzado diseñada para una
familia. Construida de acuerdo
con los planos y especificaciones aprobadas por la Junta de
Planificación de Puerto Rico y
otras agencias gubernamentales. Solar número diez guión G
(10-G), con una cabida de trescientos doce metros cuadrados
(312.00). En lindes por el Norte,
con la calle número quinientos
diecinueve (519), en una distancia de trece metros (13.00), por
el Sur, con los solares números
veinticuatro (24) y veinticinco
(25) en una distancia de trece
metros (13.00), por el Este, con
el solar número nueve (9) en
una distancia de veinticuatro
metros (24.00) y por el Oeste,
con el solar número once (11)
en una distancia de veinticuatro
metros (24.00). Inscrita al folio
ciento cuarenta y seis (146) del
tomo cuatrocientos ochenta
(480) de Río Grande, finca número veinticinco mil novecientos cinco (25,905), Registro de
Carolina III. La propiedad antes
descrita se encuentra afecta a
un gravamen posterior al que
se pretende ejecutar, el cual se
describe de la siguiente manera:
36
Hipoteca: Escritura #122, otorgado en San Juan, el día 5 de
agosto de 2007, ante la Notario
Esther Marie Reyes Alvarez. Inscrita al folio 149 del tomo 480
de Río Grande; inscripción 3ra.
Constituida a favor de Firstbank
of Puerto Rico, o a su orden.
Principal: $37,000.00. Intereses:
9.825% anual. Vencimiento: 1ro.
de octubre de 2037. La primera
subasta se llevará a cabo el día
9 de abril de 2015, a las 10:00
de la mañana, y servirá de tipo
mínimo para la misma la suma
de $123,500.00, sin admitirse
oferta inferior. En el caso de que
el inmueble a ser subastado no
fuera adjudicado en la primera
subasta, se celebrará una segunda subasta el día 16 de abril
de 2015, a las 10:00 de la mañana, y el precio mínimo para esta
segunda subasta será el de dos
terceras partes del precio mínimo establecido para la primera
subasta, o a sea la suma de
$82,333.33. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará
una tercera subasta el día 23
de abril de 2015, a las 10:00
de la mañana, y el tipo mínimo
para esta tercera subasta será
la mitad del precio establecido
para la primera subasta, o sea,
la suma de $61,750.00. Si se
declarase desierta la tercera
subasta, se dará por terminado
el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los
diez días siguientes a la fecha
de la última subasta, si así lo
estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada
conforme a la sentencia, si ésta
fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta
y abonándose dicho monto a la
cantidad adeudada si ésta fuera
mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda
sujeta al gravamen del Estado
Libre Asociado y CRIM sobre
la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el
pago de dichas contribuciones
es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo
licitador acepte como suficiente
la titulación y que los cargos y
gravámenes anteriores y los
preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes
en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse su
extinción al precio rematante.
Y para conocimiento de licitadores, del público en general y
para su publicación en un periódico de circulación general
diaria en Puerto Rico y en los
sitios públicos de acuerdo a las
disposiciones de la Regla 51.8
de las de Procedimiento Civil,
así como para la publicación
en un periódico de circulación
general diaria y en el Estado
Libre Asociado de Puerto Rico,
por espacio de dos semanas
con antelación a la fecha de la
primera subasta y por lo menos
una vez por semana. Expedido el presente en Río Grande,
Puerto Rico a 20 de noviembre
The San Juan Daily Star
Friday, March 6, 2015
de 2014. Ma. De Lourdes Lopez suales de $11.03. Constituida
Moreira, Alguacil, Placa 251, Al- por la Escritura # 212, otorgada
en Aguadilla, el 10 de agosto de
guacil del Tribunal.
1960, ante el notario Luis Torres,
e inscrita al folio 156 del tomo
LEGAL NOTICE
139, finca 6395 (finca madre de
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE las fincas 11621 y 11622) e insPUERTO RICO TRIBUNAL DE cripción primera. Observación:
PRIMERA INSTANCIA SALA En esta finca 35322 de AguadiSUPERIOR DE AGUADILLA.
lla en las cargas relacionan que
LSREF2 ISLAND
por su procedencia la finca se
halla afecta a dos hipotecas por
HOLDINGS, LTD.
la suma de $1,400.00 cada una,
Parte Demandante v.
pero se verificó ésta hipoteca
UNIVERSITY PLAZA
la finca 6395 y es una hipoRENTAL, INC.; WILFREDO en
teca únicamente por la suma de
ROLDAN VALLE, JULIA $1,400.00. Por sí: HIPOTECA:
SOLANO VALENTÍN y constituida por el titular registral
en garantía de un pagaré a favor
la Sociedad Legal de
Gananciales compuesta de Firstbank Puerto Rico, por la
suma de $620,000.00 con inteentre ambos; IVAN
reses al 1% sobre la tasa de inROLDÁN VALLE,
terés preferencial fluctuante de
tiempo en tiempo “prime rate” y
MIOSOTY RAMOS
FERRER y la Sociedad vencimiento a la presentación.
por la Escritura # 48,
Legal de Gananciales Constituida
otorgada en Mayagüez, el 7 de
compuesta entre ambos, febrero de 2008, ante el notario
Parte Demandada
Gary Biaggi Silva, e inscrita al
CIVIL NÚM. ACD2011-0209 folio 174 del tomo 639 de Agua(604) SOBRE: COBRO DE dilla, finca 35322 e inscripción
DINERO Y EJECUCIÓN DE segunda. DEMANDA: del 3 de
HIPOTECA POR LA VÍA OR- agosto de 2011, seguido en el
DINARIA AVISO DE SUBASTA Tribunal de Primera Instancia,
ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- Sala de Aguadilla, caso civil #
RICA EL PRESIDENTE DE LOS ACD2011-0209 sobre Cobro de
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRI- Dinero y Ejecución de Hipoteca,
CA S.S. EL PUEBLO DE PUER- Firstbank Puerto Rico demanTO RICO. YO, Carlos Rivera dante vs University Plaza Rental
Lopez, el Alguacil que suscribe, Inc., Wilfredo Roldán Valle, Julia
por la presente anuncia y hace Solano Valentín y la sociedad
constar, que en cumplimiento legal de gananciales compuesde un Nuevo Mandamiento de ta por ambos, Iván Roldán VaEjecución de Sentencia sobre lle, Miosoty Ramos Ferrer y la
Bienes Inmuebles y Muebles ex- sociedad legal de gananciales
pedido el 2 de febrero de 2015, compuesta por ambos, demanprocederé a vender en pública dados. Por la misma se reclama
subasta y al mejor postor, quien la suma de $598,983.20 y otras
pagará el importe de la venta en sumas, garantizadas con hipotedinero efectivo o en cheque cer- ca por la suma de $620,000.00.
tificado o en cheque de gerente Inscrita el 22 de octubre de
a la orden del alguacil suscri- 2014 al folio 174 del tomo 639
biente en moneda de curso legal de Aguadilla, finca 35322. Anode los Estados Unidos de Amé- tación A. DEMANDA: se presenrica el día 16 de abril de 2015 a tó bajo fincas 11621 y 11622 de
las 10:00 de la mañana, en mi Aguadilla, el 12 de diciembre de
oficina localizada en el Centro 2012, Aviso de Demanda del 3
Judicial de Aguadilla, todo título, de agosto de 2011, seguido en
derecho o interés que corres- el Tribunal de Primera Instancia,
ponda a la parte demandada so- Sala de Aguadilla, caso civil #
bre el inmueble que se describe ACD2011- 0209 sobre Cobro de
a continuación: RUSTICA: Par- Dinero y Ejecución de Hipoteca,
cela radicada en el Barrio Co- Firstbank Puerto Rico demanrrales del término municipal de dante vs University Plaza Rental
Aguadilla, Puerto Rico, con una Inc., Wilfredo Roldán Valle, Julia
cabida superficial de 3,866.51 Solano Valentín y la sociedad
metros cuadrados, colinda por legal de gananciales, demandael Norte, con la carretera Esta- dos. Por la misma se reclama la
tal número 409; por el Sur, con suma de $598,983.20 y otras suIglesia Bautista Perea; por el mas, garantizadas con hipoteca
Este con la Sucesión Monserra- por la suma de $620,000.00 la
te Calero; y por el Oeste con la cual surge presentada al asienparcela número 69. Surge por to 1000 del Diario 831. El gravaagrupación de las fincas núme- men objeto de ejecución en este
ro 11,621 inscrita al folio 294 procedimiento es la que surge
del tomo 277 y finca número de la Escritura de Hipoteca #48
11,622 inscrita al folio uno del otorgada en Mayagüez ante el
tomo 278 de Aguadilla, Registro Notario Público Gary Biaggi Silde la Propiedad de Puerto Rico, va el 7 de febrero de 2008, en
Sección de Aguadilla. DIREC- la cual se establece como precio
CIÓN FISÍCA: SR #459 KM 3.1, mínimo para la primera subasta
Corrales Ward, Aguadilla, PR la suma de $620,000.00. De no
Por su procedencia: Hipoteca adjudicarse la propiedad en la
a favor de la Corporación de primera subasta, se celebrará
Renovación Urbana y Vivienda una segunda subasta, en las
de Puerto Rico por la suma de mismas oficinas de este Algua$ 1,400.00 no consta intereses, cil, el día 23 de abril de 2015 a
pagadero en 240 plazos men- las 10:00 de la mañana. El tipo
mínimo para la segunda subasta
serán dos terceras partes (2/3)
del tipo mínimo de la primera
subasta, o sea, $413,333.33.
De no adjudicarse la propiedad
en esa segunda subasta, se
celebrará una tercera subasta
en las mismas oficinas de este
Alguacil, día 30 de abril de 2015
a las 10:00 de la mañana. El
precio mínimo para la tercera
subasta será la mitad (1/2) del
tipo mínimo que se pactara
para la primera subasta, o sea,
$310,000.00. Esta subasta se
hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el
importe adeudado al LSREF2
ISLAND HOLDINGS, LTD., INC.,
según la sentencia dictada a su
favor en este caso ascendente a
la suma de $598,983.20 de principal, $58,836.40 en intereses
y $33,122.91 por concepto de
cargos por mora, para un total
de $690,942.51, más los intereses que continúan acumulándose a la tasa de interés pactada
hasta su total y completo pago;
se reclama también en esta demanda honorarios de abogado
por no menos de $62,000.00 o
sea, el 10% del importe inicial
del pagaré, todo según pactado.
Se entiende que todo licitador
que comparezca a la subasta
señalada en este caso, acepta
como bastante la titulación que
da base a las mismas. La venta
en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se
verificará libre de toda carga o
gravamen posterior que afecte
dicha propiedad. Se entiende
que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente,
si lo hubiera, al crédito que da
base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose
además, que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Que los autos
y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en
la secretaría del tribunal durante
las horas laborables. POR LA
PRESENTE, se le notifica a los
titulares de créditos y/o cargas
registrales posteriores, si alguno, que se celebrarán las SUBASTAS en las fechas, horas y
sitio anteriormente señalados,
y se les invita a que concurran
a dichas subastas, si les conviniere, o se les invita a satisfacer,
antes del remate, el importe del
crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de
abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los
derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan
los requisitos y cualificaciones
de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA
SU PUBLICACIУN en el tablón
de edictos de este Tribunal y
en dos (2) lugares públicos del
Municipio dónde se celebrarán
las subastas señaladas. Además en un periódico de circulación general en dos ocasiones
y mediante correo certificado
a la última dirección conocida
de la parte demandada. EXPE-
DIDO el presente EDICTO DE
SUBASTA en Aguadilla Puerto
Rico, a 11 de febrero de 2015.
Carlos Rivera Lopez, Alguacil
Regional, Alguacil Tribunal De
Primera Instancia Sala Superior
De Aguadilla.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE TOA ALTA.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
PARTE DEMANDANTE VS.
SAMUEL ROSARIO
FUENTES; NORMA IRIS
ZAYAS CARRASQUILLO
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
PARTE DEMANDADA
CIVIL NÚM. CD14-0447 SOBRE: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR
LA VÍA ORDINARIA ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS
UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO
AVISO DE PÚBLICA SUBASTA.
El Alguacil que suscribe por la
presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de
la Sentencia en Rebeldía con
fecha de 3 de julio de 2014; la
Orden de Ejecución de Sentencia 15 de enero de 2015 y
el Mandamiento de Ejecución
de 29 de enero de 2015 en el
caso de epígrafe, procederé a
vender el día 7 DE ABRIL DE
2015, a las 11:30 de la mañana
en mi oficina, localizada en el
Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior de Toa Alta, en el
Barrio Contorno, Calle Muñoz
Rivera, (al lado del Cuartel de la
Policía) Toa Alta, Puerto Rico, al
mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados
Unidos de América todo título,
derecho o interés de la parte
demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar
marcado con el número 35 de la
manzana Q en la Urbanización
Las Colinas, del Barrio Candelaria de Toa Baja, con un área
de 261.41 metros cuadrados.
En lindes por el: NORTE: Con el
solar número 34, es 23.00 metros; SUR: Con el solar número
36, en 23.00 metros; ESTE: Con
el solar número 17, en 11.936
metros; OESTE: Con el solar
número 14, en 10.80 metros.
Enclava una casa de concreto.
La propiedad consta inscrita al
Folio 220 del Tomo 346 de Toa
Baja. Finca #20,596. Registro
de la Propiedad de Bayamón,
Sección II. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio
222 del Tomo 346 de Toa Baja.
Finca #20,596. Registro de la
Propiedad de Bayamón. Inscripción quinta. El tipo mínimo
para la primera subasta será de
$72,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se
celebrará una segunda subasta,
el día 14 DE ABRIL DE 2015, a la
11:30 de la mañana en el mismo
lugar, en la cual el tipo mínimo
será de dos terceras partes del
tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $48,000.00.
De no haber adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará
una tercera subasta el día 21 DE
ABRIL DE 2015, a las 11:30 de
la mañana, en el mismo lugar,
en la cual el tipo mínimo será
la mitad del precio pactado, o
sea, $36,000.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se
dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el
acreedor la finca dentro de los
diez (10) días siguientes, si así lo
estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada
si ésta fuera igual o menor que
el monto del tipo de la tercera
subasta, y abonándose dicho
monto a la cantidad adeudada
si ésta fuera mayor.
Dicho
remate se llevará a cabo para
con su producto satisfacer a la
demandante el importe de la
Sentencia en Rebeldía dictada el 3 de julio de 2014, por la
suma de $6,313.42 de principal,
intereses sobre dicha suma al
7.125% anual desde el 1 de
marzo de 2013 hasta su completo pago, más $18.00 mensual por seguros contra riesgos, más el pago mensual por
contribuciones territoriales, más
$32.61 mensual por concepto
de recargos por demora adeudados desde el día 1 de marzo
de 2013 hasta su total pago, y
hasta la cantidad estipulada de
$7,200.00 para costas, gastos y
honorarios de abogados, más
$1,625.40 por recargos acumulados, así como cualquier otra
suma que contenga el contrato
de préstamo. Para mayor información los interesados podrán
referirse al expediente del caso
que obra en los archivos de la
Secretaría del Tribunal bajo el
número de epígrafe, durante
horas laborables, y para su
publicación en un periódico de
circulación general en Puerto
Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por
semana; y para su fijación en los
sitios públicos requeridos por
ley; EXPIDO el presente Aviso
de Pública Subasta en Toa Alta,
Puerto Rico, hoy 9 de febrero de
2015. Angel Vazquez, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA SALA SUPERIOR
DE TOA ALTA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
DE MANATI.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Demandante VS.
CARMEN YESENIA
DIAZ COLON
Demandada
CIVIL NÚM. CD2014-193 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO
(VIA ORDINARIA) EDICTO DE
SUBASTA ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA EL PRESIDENTE
DE LOS ESTADOS UNIDOS SS
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
P. R.
A: CARMEN YESENIA
DIAZ COLON;
AUTORIDAD PARA EL
FINANCIAMIENTO DE LA
VIVIENDA DE PUERTO
RICO
El Alguacil que suscribe, anuncia y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de
Ejecución de Sentencia que me
ha sido dirigido por la Secretaría
del Tribunal, procederé a vender
en pública subasta y al mejor
postor, de contado y en moneda
del curso legal de los Estados
Unidos de América, todo derecho, título e interés que tenga
la parte demandada sobre la
siguiente propiedad: Barrio Garrochales, Parcela #462, Carr.
140 Int, Barceloneta, PR 00617.
RUSTICA: Parcela marcada con
el número cuatrocientos sesenta y dos (#462) en el Plano de
Parcelación de la Comunidad
Rural Angostura del Barrio Garrochales del término municipal
de Barceloneta, con una cabida
superficial de trescientos cincuenta y cuatro punto treinta
(354.30) metros cuadrados, y
en lindes por el NORTE, con
Parcela número cuatrocientos sesenta y tres (463) de la
Comunidad; por el SUR, con
Parcela número cuatrocientos
sesenta y uno (461) y la calle de
la Comunidad; por el ESTE, con
calle de la Comunidad; y por el
OESTE, con Parcelas número
cuatrocientos cincuenta y nueve
(459) y cuatrocientos sesenta
(460) de la Comunidad. Consta
inscrito al tomo hoja móvil 223
de Barceloneta, finca #11,994
del Registro de la Propiedad de
Puerto Rico, Sección de Manatí.
La primera subasta se llevará a
cabo el día 7 de abril de 2015, a
las 11:00 de la mañana, en mis
oficinas sitas en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Manatí. En relación a la finca a subastarse, la cantidad mínima de
licitación en la Primera Subasta
será la suma de $41,000.00.
Dicha venta se llevará a efecto,
para con su producto satisfacer
a la parte demandante el importe de su Sentencia, a saber:
Suma Principal $34,615.72, más
los intereses correspondientes
a razón de 6.50% anual desde
el 1ro de septiembre de 2013,
más los cargos por demora
que corresponden a los plazos
atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de
la tasa pactada de 5% de cualquier pago que esté en mora por
más de quince (15) días desde
la fecha de su vencimiento, más
adelantos para el pago, entre
otros, de seguros y contribuciones, entre otros; aquellos
que se acumulen hasta la fecha
de la subasta. Estipulado para
costas, gastos y honorarios de
abogado $4,100.00, más cualquier otra suma que resulte
por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho por la
demandante, en virtud de las
The San Juan Daily Star
disposiciones de la escritura de
hipoteca. Si la primera subasta
del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará
una SEGUNDA SUBASTA el día
14 de abril de 2015, a las 11:00
de la mañana, en el mismo sitio
y servirá de tipo mínimo las dos
terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o
sea, la suma de $27,333.33. Si
la segunda subasta no produjere
remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA
el día 21 de abril de 2015, a las
11:00 de la mañana, en el mismo lugar y regirá como tipo de
la tercera subasta la mitad del
precio pactado para la primera,
o sea, la suma de $20,500.00.
De declararse desierta la tercera subasta, se dará por terminado el proceso de subastas, pudiendo adjudicarse el inmueble
a la parte demandante dentro
de los diez (10) días siguientes,
si así lo estimare conveniente
por la totalidad de las cantidades adeudadas, si ésta fuera
igual o menor que el monto
del tipo de la tercera subasta o
abonándose dicho monto a las
cantidades adeudadas, si éstas
fueran mayores. GRAVAMEN
POSTERIOR Esta propiedad
está afecta al siguiente gravamen posterior a la hipoteca que
es objeto de ejecución: HIPOTECA en garantía de pagaré a
favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de
Puerto Rico, o a su orden, por
la suma principal de $15,000.00,
sin intereses, vencedero el día
5 de junio de 2011, constituida
mediante la escritura número
732, otorgada en San Juan,
Puerto Rico, el día 5 de junio
de 2003, ante la notario Gerorgette M. Rodriguez, e inscrita al
folio 139 del tomo 268 de Barceloneta, finca número 11,994,
inscripción tercera. Una vez ejecutada la venta de dicha propiedad, proceda a poner al licitador
victorioso en posesión física de
la propiedad dentro del plazo
de veinte (20) días contados a
partir de la venta en pública subasta. Para más información, a
las personas interesadas se les
notifica que las Actas y demás
constancias del expediente de
este caso están disponibles en
la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser
examinadas por los interesados.
Este EDICTO DE SUBASTA se
publicará en los lugares públicos correspondientes y en un
periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto
Rico. En Manatí, Puerto Rico, a
12 de febrero de 2015. CARLOS
MIGUEL COLON BURGOS,
ALGUACIL SUPERVISOR DIVISION DE EJECUCIÓN DE
SENTENCIAS TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE MANATI.
Friday, March 6, 2015
CRESPO MENDEZ
Demandante v.
HOUSING INVESTMENT
CORPORATION,
JUAN DEL PUEBLO Y
JUANA DEL PUEBLO
y cualesquier persona
desconocida con posible
interés en la obligación
cuya cancelación por
decreto judicial se
solicita.
Demandados
CIVIL NUM. DCP2015-0041
SOBRE: CANCELACION DE
PAGARE EXTRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, SS. EL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO )
A: HOUSING
INVESTMENT
CORPORATION
Por la presente se Ie notifica
que ha sido presentada en este
Tribunal una Demanda en su
contra en el pleito de epígrafe.
En este caso la parte demandante ha radicado una Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagare
hipotecario a favor de Housing
Investment Corporation, por la
suma de $15,200.00. EI pagare por fue suscrito el día 5 de
octubre de1968, ante el notario
Mario M. Oronoz, garantizado
por hipoteca constituida mediante la Escritura número 308,
sobre la siguiente propiedad:
URBANA: Solar marcado con el
número 17 del Bloque G, radicado en la Urbanización Rexville,
situada en el Barrio Pajaros de
Bayamón, Puerto Rico, con una
cabida de 325.00 metros cuadrados, en lindes por el NORTE,
con una distancia de 13 metros
con los solares numero 7 y 8 del
Bloque H; por el SUR, en una
distancia de 13 metros con la
Calle 6”; por el ESTE, en una
distancia de 25 metros, con el
solar número 18 del Bloque G; y
por el OESTE, en una distancia
de 25 metros con el solar 16 del
Bloque G. Enclava una casa residencial para una sola familia.
Finca #35,041, inscrita al folio
81 del tomo 769 de Bayamón
Sur, Registro de la Propiedad
de Bayamón, Sección I. La parte demandante alega que dicho
pagare ha sido saldado según
mas detalladamente consta en
la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria
de este Tribunal. Por tratarse
de una obligación hipotecaria
y pudiendo usted tener interés
en este caso o quedar afectado
por el remedio solicitado, se Ie
emplaza por este edicto que se
publicara una vez en un periódico de circulación diaria general
de Puerto Rico y se Ie requiere
para que radique en este TribuLEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE nal su contestación y notifique
PUERTO RICO TRIBUNAL DE con copia de ella a la abogada
PRIMERA INSTANCIA SALA de la parte demandante la Lcda.
Zilmarie Delgado Pieras, 33 CaSUPERIOR DE BAYAMON.
lle Resolución, Suite 302, San
DELIA MONSERRATE
Juan, PR 00920-2727; Tel. (787)
782-6500, dentro de los treinta
(30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo así
dentro del termino indicado, el
Tribunal podrá anotar su rebeldía y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en
la Demanda sin mas citarle ni
oírle. EXPEDIDO bajo ml firma y
sello de este Tribunal, en Bayamon, Puerto Rico, hoy dia 24 de
febrero de 2015. Ruth N. Aponte
Cotto, Secretaria Regional II.
Ie dictara sentencia concediendo el remedio solicitado sin mas
citarle no oírle. EXPEDIDO bajo
mi firma y con el sello del Tribunal. DADO en San Juan, Puerto
Rico hoy 24 de febrero de 2015.
Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional. Por: Margarita
Muñiz Mendez, Secretaria Aux.
a Sala.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE GUAYAMA.
nal, en Guayama, Puerto Rico,
hoy dia 30 de enero de 2015.
Marisol Rosado Rodriguez, Secretaria Regional I. Shirly Ann
Rodriguez Mendoza, Secretaria
Auxiliar del Tribunal I.
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO.
ACM PALMYRA CFL, LLC,
Plaintiff, vs.
THE ESTATE OF MIGUEL
JUAN VAZQUEZ LOPEZ
LEGAL NOTICE
COMPOSED BY MARIA
CITIMORTGAGE, INC.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
TERESA VAZQUEZ
Demandante vs.
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
FLORES,
HILDA TERESA
RAFAEL RODRIGUEZ
PRIMERA INSTANCIA SALA
VAZQUEZ
FLORES, JANE
RODRIGUEZ
SU
SUPERIOR DE SAN JUAN.
DOE, JOHN DOE, AND
ESPOSA ALMA AGNES
BANCO SANTANDER
HIS WIDOW TERESA
COLON SANTIAGO Y LA
PUERTO RICO,
DEL
CARMEN VERA;
DEMANDANTE V.
SOCIEDAD LEGAL DE
DEPARTAMENTO DE
GUILLERMO RAMON
BIENES GANANCIALES
HACIENDA; CENTRO DE
FERNANDEZ CORTES,
COMPUESTA POR
RECAUDACIONES DE
SU ESPOSA MARIA DEL
AMBOS
INGRESOS MUNICIPALES
Demandados
CARMEN GUTIERREZ
CIVIL NUM. GCD2014-0379
“CRIM”
BERMUDEZ Y LA
(307) SOBRE: COBRO DE
SOCIEDAD LEGAL DE DINERO Y EJECUCION DE CIVIL NO.Defendants.
12-1202 (SEC) RE:
BIENES GANANCIALES HIPOTECA POR LA VIA ORDI- COLLECTION OF MONIES,
NARIA EMPLAZAMIENTO POR FORECLOSURE OF MORTGACOMPUESTA POR
EDICTO ESTADOS UNIDOS GE NOTICE OF SALE.
AMBOS
DE AMERICA EL PRESIDENTE
DEMANDADOS
TO: THE ESTATE OF
CIVIL NUM: KCD2014-2716 DE LOS ESTADOS UNIDOS MIGUEL JUAN VAZQUEZ
SS.
EL
ESTADO
LIBRE
ASO(602) SOBRE: COBRO DE
LOPEZ COMPOSED BY
DINERO Y EJECUCION DE CIADO DE PUERTO RICO.
RAFAEL RODRIGUEZ MARIA TERESA VAZQUEZ
HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR
FLORES, HILDA TERESA
RODRIGUEZ, y la
EDlCTO ESTADOS UNIDOS DE
VAZQUEZ FLORES, JANE
Sociedad de Bienes
AMERICA EL PRESIDENTE DE
DOE, JOHN DOE, AND
Gananciales compuesta
LOS ESTADOS UNIDOS SS EL
HIS WIDOW TERESA
con
ALMA
AGNES
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
DEL CARMEN VERA;
PUERTO RICO.
COLON SANTIAGO,
DEPARTAMENTO DE
A: GUILLERMO RAMON Quede emplazado y notificado
FERNANDEZ CORTES, que en este Tribunal se ha ra- HACIENDA; CENTRO DE
dicado Demanda sobre Cobro
SU ESPOSA MARIA DEL de Dinero y Ejecución de Hi- RECAUDACIONES DE
CARMEN GUTIERREZ poteca, en la que se alega que INGRESOS MUNICIPALES
“CRIM” CHALETS DE
usted(es) Ie adeuda(n) a la deBERMUDEZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE mandante lo siguiente: La suma SAN LORENZO CALLE
$53,190.57 de principal mas
11 APARTAMENTO 102-B
BIENES GANANCIALES de
los intereses sobre dichas suARECIBO, PR 00612;
COMPUESTA POR
mas devengados desde el día 1
#11 EXTENSION SAN
AMBOS;
de marzo de 2011, mas aquellos
a devengarse hasta el pago total
LORENZO ARECIBO,
DIRECCIONES
PR 00612; CALLE
CONOCIDAS: 1109 PH de la deuda a razón 6.00000%
anual, mas las primas de segura
LUIS GANDIA #56
MONTE ATENAS II, SAN hipotecario y riesgo, recargos
ARECIBO, PR 00612;
JUAN, PUERTO RICO por demora y cualesquiera otras
DEPARTAMENTO DE
00969 PO BOX 16230, cantidades pactadas en la escritura de hipoteca desde la fecha
HACIENDA EDIFICIO
SAN JUAN, PUERTO
antes mencionada y hasta la
INTENDENTE RAMIREZ
RICO 00908.
fecha del total pago de las misPor la presente se Ie notifica que
#10 PASEO COVADONGA,
mas, mas la suma estipulada
se ha radicado en su contra una
de $6,500.00 por concepto de OFICINA 101 SAN JUAN,
Demanda en Cobro de Dinero
costas, gastos y honorarios de
PR 00902; CENTRO DE
y Ejecución de Hipoteca por la
abogado incurridos por concepRECAUDACIONES DE
Via Ordinaria. Se Ie emplaza y
to de un préstamo hipotecario,
requiere para que notifique al
INGRESOS
MUNICIPALES
se advierte que si no contestam)
Lcdo. Ivan Sanchez Limardo,
CARRETERA
ESTATAL 1
la demanda, radicando el origiVIG Tower, Suite 1005, 1225
KM
17.2
SAN
JUAN, PR
nal de la contestaci6n en este
Ave. Ponce de Leon, San Juan,
Tribunal y enviando copia de la 00926 And THE GENERAL
Puerto Rico 00907; Tel. (787)
contestaci6n a Carmen ApontePUBLIC;
724-2097 Fax (787) 724-2161;
abogado de la parte demandante, con copia de la contestación a la Demanda dentro de
los treinta (30) días siguientes
a la publicación de este edicto
y radicar el original de dicha
contestación en este Tribunal
en donde podrá enterarse de su
contenido. Si dejare de hacerlo,
podrá anotarsele la rebeldía y se
Reyes, 1499 W. Palmetto Park
Road, Suite 300, Boca Rat6n,
FL33486, teléfono 877-3384101, dentro del termino de
treinta (30) dias de la publicación
de este Edicto, se Ie anotara la
rebeldía y se dictara Sentencia
en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin mas citarle
ni oírle. EXPEDIDO BAJO MI
FIRMA, y el sello de este Tribu-
WHEREAS: On October 8, 2014,
the Court entered an Order for
Default Judgment and a Default
Judgment in favor of ACM PALMYRA CFL, LLC against Defendants for the principal amount
of $114,091.80, interests in
the amount of $39,817.33, in
accrued interest as of March
15, 2012 which continue to ac-
crue at 6.375% per annum until payment in full, accrued late
charges, and any disbursement
made by plaintiff on behalf of
defendants in accordance with
the mortgage deed, plus costs,
and $11,600.00 in attorney’s
fees; The records of the case
and of these proceeding may be
examined by the parties at the
Office of the Clerk of the United
States District Court, Federal
Building, Chardon Avenue, Hato
Rey, Puerto Rico. WHEREAS:
Pursuant to the terms of the
aforementioned judgment and
the order of execution thereof,
the following property belonging
to the Defendants will be sold at
a public auction: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento residencial identificado con
el número B guion ciento dos
(B-102), localizado en el primer
piso del edificio B del complejo
conocido como Chalets de San
Lorenzo Apartments, ubicado en
el barrio Hato Abajo del término
municipal de Arecibo, tiene un
área superficial de ciento veinticuatro punto cero ochenta siete
(124.087) metros cuadrados. En
lindes por e NORTE, en una distancia de cincuenta pies seis pulgadas (50’6”) con el apartamento B guion ciento tres (B-103);
por el SUR, en una distancia
de cincuenta pies seis pulgadas
(50”6”) con área verde; por el
ESTE, en una distancia de treinta pies cinco pulgadas (30’5”)
con el pasillo que le da acceso y
por el OESTE, en una distancia
de veinticuatro pies nueve pulgadas (24’9”) con área verde.
Su puerta principal da acceso se
encuentra localizada en su lado
Este, la cual se comunica con el
pasillo del primer piso. Contiene
dos (2) cuartos dormitorios, dos
(2) baños, un walk-in closet, un
closet y un closet pasillo (linen),
sala-comedor, family, cocina,
laundry y un balcón. Estacionamiento: Le pertenece el uso
y disfrute exclusivo de dos (2)
espacios para estacionamiento
identificados B guion ciento dos
guion uno (B-102-1) y B guion
ciento dos guion dos (B-102-2)
en el plano. Le pertenece además el uso y disfrute exclusivo
de un área de patio de sesenta
punto cinco mil trescientos cuarenta y nueve (60.5349) metros
cuadrados, localizado en su
lado Sur y Oeste, que se describe como sigue: por el NORTE,
en cincuenta pies seis pulgadas
(50’6”) con el apartamento B
guion ciento dos (B-102) y en
siete pies cinco pulgadas (7’5”)
con el patio del apartamento B
guion ciento tres (B-103); por
el SUR, en cincuenta y siete
pies nueve pulgadas (57’9”) con
área de estacionamiento; por el
ESTE, en tres pies tres pulgadas (3’3”) con área común y en
veinticuatro pies nueve pulgadas (24’9”) con el apartamento
B guion ciento dos (B-102) y por
el OESTE, con treinta y cuatro
pies siete pulgadas (34’7”) con
la calle San Lorenzo. Porcentaje: Elementos comunes: uno
punto novecientos treinta y
tres por ciento (1.933%). WHE-
37
Legal Notice
REAS: The property is subject
to the following liens: 1: Senior
Liens: At entry 826 of daily
book 823, presented on May
12th, 2005, deed #205, executed in Arecibo, Puerto Rico, on
April 29th, 2005, before Notary
Kermidt R. Troche Mercado,
about mortgage in favor of R-G
Premier Bank of Puerto Rico,
in the original principal amount
of $116,000.00, with 6.375%
annual interest, due on May
1st, 2035. At entry 827 of daily
book 823, presented on May
12th, 2005, deed #206, executed in Arecibo, Puerto Rico, on
April 29th, 2005, before Notary
Kermidt R. Troche Mercado,
about mortgage in favor of R-G
Premier Bank of Puerto Rico, in
the original principal amount of
$29,000.00, with 6.625% annual
interest, due on May 1st, 2020.
At entry 298 of daily book 832,
presented on May 3rd, 2007,
lawsuit executed in the Court
of First Instance of Arecibo, civil case CCD2007-0341 (405),
by the concept of Collection of
Money and Foreclosure of Mortgage, followed by R-G Mortgage Corporation, plaintiff, versus
Miguel Juan Vazquez Lopez and
Teresa Del Carmen Flores Vera,
defendants, by the amount of
$29,000.00, plus interests. At
entry 1376 of daily book 835,
presented on May 23rd, 2008,
Court Order dated February
13th, 2008 and Writ dated February 19th, 2008, executed in
the Court of First Instance of
Arecibo, civil case CCD20070341, by the concept of Collection of Money and Foreclosure
of Mortgage, followed by R-G
Mortgage Corporation, plaintiff,
versus Teresa Del Carmen Flores Vera, Maria Teresa Vazquez
Flores and Hilda Vazquez Flores as members of Miguel Juan
Vazquez Lopez’s succession,
defendants, by the amount of
$28,545.28, plus interests. At
entry 1047 of daily book 840,
presented on January 14th,
2010, Court Order dated October 16th, 2007 and Writ dated
October 18th, 2007, executed
in the Court of First Instance of
Arecibo, civil case CCD20070251, by the concept of Collection of Money and Foreclosure
of Mortgage, followed by R-G
Mortgage Corporation, plaintiff, versus Teresa Del Carmen
Flores Vera, Maria Teresa Vazquez Flores and Hilda Vazquez
Flores as members of Miguel
Juan Vazquez Lopez’s succession, defendants, by the amount
of $114,093.80, plus interests.
2. Junior Lien: At entry 1069 of
daily book 853, presented on
November 17th, 2014, Court Order dated October 8th, 2014 and
Writ dated October 20th, 2014,
executed in the U.S. District
Court for the Puerto Rico District, civil case 12-1202 (SEC),
followed by ACM Palmyra CFL,
LLC, plaintiff, versus Maria Teresa Vazquez Flores, defendant,
foreclosure the apartment for the
amount of $114,091.80. 3. Other
Liens: By reason of its origin this
property is encumbered by the
following: Easement in favor of
Autoridad de Energía Eléctrica
Easement in favor of Autoridad
de Acueductos y Alcantarillados
Easement in favor of Puerto Rico
Telephone Company Restrictive
conditions Easement in favor of
Commonwealth of Puerto Rico
Potential bidders are advised to
verify the extent of preferential
liens with the holders thereof.
It shall be understood that each
bidder accepts as sufficient the
title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not
limited to any property tax, liens,
(express, tacit, implied of legal),
shall continue in effect it being
understood further that the successful bidder accepts them and
is subrogated in the responsibility for the same and that the bid
price shall not be applied toward
their cancellation. WHEREAS:
The lien executed is the aforementioned junior lien and the
sale of property under execution
will be made at the judicial sale
and/or auction to the highest
bidder. (See Rule 51.7 and Rule
56.4 of the Puerto Rico Rules of
Civil Procedure of (2009). WHEREAS: Said sale to be made by
the appointed Special Master is
subject to confirmation by the
United States District Court for
the District of Puerto Rico and
the deed of conveyance and
possession to the property will
be executed and delivered only
after such confirmation. NOW
THEREFORE, public notice is
hereby given that the appointed Special Master, pursuant to
the provisions of the Judgment
herein before referred to, will,
on the 3rd day of April 2015, at
10:00 a.m., in the Office of the
Clerk of the United States District Court, Room 150, Federal
Building, Chardon Avenue, Hato
Rey, Puerto Rico in accordance with 28 U.S.C 2001, will sell
at public auction to the highest
bidder, the property described
herein, the proceeds of said sale
to be applied in the manner and
form provided by the Court’s
Judgment. In San Juan, Puerto
Rico, this 27th day of February,
2015. Aguedo de la Torre, Special Master.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE PONCE.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante vs.
ISHA YILIANI ROMAN
SOTO y su esposo
JAVIER EDGARDO
RIVERA NIEVES y la
Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta
por ambos
Demandados
CIVIL NUM. JCD2014-0163
(G-28) SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca
por la Vía Ordinaria) EDICTO DE
SUBASTA
Legal Notice
Al: Público en General
A: ISHA YILIANI ROMAN
SOTO y su esposo
JAVIER EDGARDO
RIVERA NIEVES y la
Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta
por ambos; R-G PREMIER
BANK OF PUERTO RICO,
por tener Hipoteca en
Garantía de Pagaré a
su favor por la suma de
$15,000.00
Yo, ADELLE E. MORALES RODRIGUEZ, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada
y a los acreedores y personas
con interés sobre la propiedad
que más adelante se describe,
y al público en general, HAGO
SABER: Que el día 1ro. de abril
de 2015, a las 11:00 de la mañana en mi oficina, sita en el
Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior de Ponce, Ponce,
Puerto Rico, venderé en Pública
Subasta la propiedad inmueble
que más adelante se describe y
cuya venta en pública subasta
se ordenó por la vía ordinaria.
Los autos y todos los documentos correspondientes al
procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría
durante horas laborables. Que
en caso de no producir remate
ni adjudicación en la primera
subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta
para la venta de la susodicha
propiedad, el día 8 de abril de
2015, a las 11:00 de la mañana;
y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará
una tercera subasta el día 15 de
abril de 2015, a las 11:00 de la
mañana en mi oficina sita en el
lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue:
URBANA: Solar marcado con
el número nueve (9) del Bloque
KK de la Urbanización Villa del
Carmen en Ponce, Puerto Rico,
con una cabida superficial de
trescientos treinta y ocho punto cero cero metros cuadrados
(338.00 m.c.). En lindes por el
NORTE, en veintiséis punto
cero cero metros (26.00 m.),
con el Solar número ocho (8)
del mismo Bloque; por el SUR,
en veintiséis punto cero cero
metros (26.00 m.), con el Solar número diez (10) del mismo
Bloque; por el ESTE, en trece
punto cero cero metros (13.00
m.), con Avenida Bucaná de la
Urbanización; y por el OESTE,
en trece punto cero cero metros
(13.00 m.), con la Calle Constancia de la Urbanización. Enclava una casa. Este solar está
afecto a una servidumbre de
paso a favor de la Puerto Rico
Telephone Company. La escritura de hipoteca se encuentra
inscrita al folio 136 del tomo
1,917 de Ponce, Registro de la
Propiedad de Ponce, Sección I,
finca 40,357. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a
la parte demandante la suma de
$53,642.32 de principal, intereses al 6.50% anual, desde el día
38
1ro. de agosto de 2013, hasta su
completo pago, más la cantidad
de $6,000.00 estipulada para
costas, gastos y honorarios de
abogado, más recargos acumulados todas cuyas sumas están
líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la
primera subasta para el inmueble será de $60,000.00 y de ser
necesaria una segunda subasta,
la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o
sea, la suma de $40,000.00 y de
ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $30,000.00.
La propiedad se adjudicará al
mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta
en moneda legal y corriente de
los Estados Unidos de América
en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes,
entendiéndose que el rematante
los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los
mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate.
La propiedad hipotecada a ser
ejecutada se encuentra afecta
al siguiente gravamen preferente: Anotacion Preventiva de
Embargo sobre esta finca como
propiedad de Carlos Javier Millán Torres y su esposa Rosa M.
Maldonado Rodríguez a favor
de The Bank and Trust of Puerto
Rico, por la suma de $7,344.95,
con intereses pactados hasta
el 10 de febrero del 2003, por
$1,985.85 y $800.00 para gastos y honorarios de abogado;
según Orden del día 21 de julio
de 2004, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Ponce, en el Caso Civil Número JCD 203-0407, sobre cobro de dinero, seguido por The
Bank and Trust of Puerto Rico
versus Carlos J. Milllán Torres
y su esposa Rosa M. Maldonado Rodríguez, inscrita al folio
136 vuelto del tomo 1,917 de
Ponce, finca 40,357, Anotación
“A”. Registro de la Propiedad
de Ponce, Sección Primera. El
embargo antes mencionado ha
sido cancelado mediante Instancia presentada y pendiente
de inscripción en el Registro de
la Propiedad de Ponce, Sección
Primera. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública
subasta se encuentra afecta al
siguiente gravamen posterior:
Hipoteca en Garantía de Pagaré
a favor de R-G Premier Bank of
Puerto Rico, o a su orden, por la
suma principal de $15,000.00,
con intereses al 6 3/4% anual,
vencedero el día 1ro. de enero
de 2021, según consta de la
Escritura Número 455, otorgada
en Ponce, Puerto Rico, el día 7
de diciembre de 2005, ante el
Notario Público Omar Iván Arill
Vizcarrondo, inscrita al folio 137
vuelto del tomo 1917 de Ponce,
Registro de la Propiedad de
Ponce, Sección Primera, finca
número 40,357, inscripción novena. EN TESTIMONIO DE LO
CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y compa-
The San Juan Daily Star
Friday, March 6, 2015
recencia de los licitadores, bajo
mi firma y sello del Tribunal, en
Ponce, Puerto Rico, a 28 de
enero de 2015. Adelle E. Morales Rodriguez, 254, Alguacil Tribunal Sala Superior De Ponce.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de CAROLINA.
BANCO SANTANDER DE
PUERTO RICO
Demandante V.
HEDWIN
MARTINEZ AGOSTO
Demandado(a)
Civil: FCD2008-0266 Sala: 408
Sobre: EJECUCION DE HIPOTECA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: EDWIN MARTINEZ
AGOSTO, CARMEN
NOEMI JIMENEZ COLON
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que
15 de diciembre de 2014, este
Tribunal ha dictado Sentencia,
Sentencia Parcial o Resolución
en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada
en autos donde podrá usted
enterarse detalladamente de
los términos de la misma. Esta
notificación se publicará una
sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de
Puerto Rico, dentro de los 10
días siguientes a su notificación.
Y, siendo o representado usted
una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la
Sentencia, Sentencia Parcial o
Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 26 de febrero de 2015. En CAROLINA,
Puerto Rico, el 26 de febrero de
2015. Miriam Rosa Maldonado,
Secretaria. Damaris Torres Ruiz,
Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de San Lorenzo.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Demandante V.
ZAIDA ENID
ELEUTICE MARTINEZ
Demandado(a)
Civil: E2CI2014-0236 Sobre:
COBRO DE DINERO NOTIFICACION DE SENTENCIA POR
EDICTO.
A: ZAIDA ENID
ELEUTICE MARTINEZ
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 23 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la
cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación
por edicto de esta notificación,
dirijo a usted esta notificación
que se considerará hecha en la
fecha de la ultima publicación
de este edicto. Copia de esta
notificación ha sido archivada
en los autos de este caso, con
fecha de 25 de febrero de 2015.
En San Lorenzo, Puerto Rico,
el 25 de febrero de 2015. Irma
I. Arroyo Gonzalez, Secretaria.
Sheila Roldan Rodriguez, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, TRIBUNAL GENERAL DE
JUSTICIA, Tribunal de Primera
Instancia, Sala Superior de San
Lorenzo.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Demandante V.
JOSE ANTONIO RIVERA
BERGARA Y AWILDA
MARIA ACOSTA MEDINA
Demandado(a)
Civil: E2CI2014-0575 Sobre:
EJECUCION DE HIPOTECA Y
COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA) NOTIFICACION DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: JOSE ANTONIO
RIVERA BERGARA Y
AWILDA MARIA ACOSTA
MEDINA
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 23 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 25 de febrero de 2015. En San Lorenzo,
Puerto Rico, el 25 de febrero de
2015. Irma I. Arroyo Gonzalez,
Secretaria. Sheila Roldan Rodriguez, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de CAGUAS.
FIRSTBANK
PUERTO RICO
Demandante V.
NORMA IRIS
TORRES RODRIGUEZ
Demandado(a)
Civil: ECD2014-1164 Sobre:
EJECUCION DE HIPOTECA Y
COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA) NOTIFICACION DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: NORMA IRIS TORRES
RODRIGUEZ- URB
BOSQUE REAL; 4G CALLE
ROBLES, CIDRA, PR
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 20 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir
de la publicación por edicto de
esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha
sido archivada en los autos de
este caso, con fecha de 27 de
febrero de 2015. En CAGUAS,
Puerto Rico, el 27 de febrero de
2015. Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Luz E. Rodriguez
Morales, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de CAROLINA.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
JOHN FINLAY
MALDONADO,
FULANA DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandado(a)
Civil: FCD2014-0987 (407) Sobre: COBRO DE DINERO POR
LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR
EDICTO.
A: JOHN FINLAY
MALDONADO,
FULANO DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 24 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir
de la publicación por edicto de
esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
ultima publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha
sido archivada en los autos de
este caso, con fecha de 27 de
febrero de 2015. En CAROLINA,
Puerto Rico, el 27 de febrero de
2015. Miriam Rosa Maldonado,
Secretaria. Zoraida Rivera Latimer, Secretaria Auxiliar.
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 23 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la ultima publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 25 de febrero de 2015. En
BAYAMON, Puerto Rico, el 25
de febrero de 2015. Ruth Aponte
Cotto, Secretaria. Marie E. Monroig, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC
Demandante V.
IVEMAR DELGADO
HERNANDEZ
Demandado(a)
Civil Num: DCD2014-2397 Sala:
401 Sobre: COBRO DE DINERO
Y EJECUCION DE HIPOTECA
LEGAL NOTICE
POR LA VIA ORDINARIA. NOEstado Libre Asociado de Puer- TIFICACION DE SENTENCIA
to Rico, TRIBUNAL GENERAL POR EDICTO.
DE JUSTICIA, Tribunal de PriA: IVEMAR DELGADO
mera Instancia, Sala Superior
HERNANDEZ
de BAYAMON.
(Nombre de las partes a las que se
BANCO POPULAR DE le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscriPUERTO RICO, INC
be le notifica a usted que 25 de
Demandante V.
KELVIN CARRASQUILLO febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, SentenORTIZ, SU ESPOSA
cia Parcial o Resolución en este
FULANA DE TAL Y LA caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
SOCIEDAD LEGAL
donde podrá usted enterarse
DE GANANCIALES
detalladamente de los términos
COMPUESTA POR
de la misma. Esta notificación
AMBOS
se publicará una sola vez en un
Demandado(a)
periódico de circulación general
Civil Num: DCD2014-1157 Sala: en la Isla de Puerto Rico, dentro
401 Sobre: COBRO DE DINE- de los 10 días siguientes a su
RO Y POR LA VIA ORDINARIA. notificación. Y, siendo o repreNOTIFICACION DE SENTEN- sentado usted una parte en el
CIA POR EDICTO.
procedimiento sujeta a los térmiA: KELVIN
nos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
CARRASQUILLO
puede establecerse recurso de
ORTIZ, SU ESPOSA
revisión o apelación dentro del
FULANA DE TAL Y LA término de 30 días contados a
SOCIEDAD LEGAL
partir de la publicación por edic-
to de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la ultima publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 27 de febrero de 2015. En
BAYAMON, Puerto Rico, el 27
de febrero de 2015. Ruth Aponte
Cotto, Secretaria. Marie E. Monroig, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de Ponce.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
JOSEPH D.
MORAZA RIVERA
Demandado(a)
Civil Num: JCD2014-0525 Sala:
605 Sobre: COBRO DE DINERO
NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: JOSEPH D.
MORAZA RIVERA,
ANABEL GUITIERREZ
RUVALCABA Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS- A SER
NOTIFICADO POR
EDICTO POR CONDUCTO
DE LA LCDA. GINA
H. FERRER MEDINA
- CONDOMINIO LAS
NEREIDAS LOCAL 1-B,
CALLE MENDEZ VIGO
ESQUINA AMADOR
RAMIREZ SILVA,
MAYAGÜEZ, PUERTO
RICO 00681, APARTADO
2342, MAYAGÜEZ,
PUERTO RICO 006812342
LCDA. GINA H. FERRER
MEDINA - CONDOMINIO
LAS NEREIDAS LOCAL
1-B, CALLE MENDEZ
VIGO ESQUINA AMADOR
RAMIREZ SILVA,
MAYAGÜEZ, PUERTO
RICO 00681, APARTADO
2342, MAYAGÜEZ,
PUERTO RICO 006812342
(Nombre de las partes a las que se
le notifican la sentencia por edicto)
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 30 de
diciembre de 2014, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o repre-
The San Juan Daily Star
sentado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la
cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación
por edicto de esta notificación,
dirijo a usted esta notificación
que se considerará hecha en la
fecha de la ultima publicación
de este edicto. Copia de esta
notificación ha sido archivada
en los autos de este caso, con
fecha de 27 de febrero de 2015.
En Ponce, Puerto Rico, el 27
de febrero de 2015. Luz Mayra
Caraballo Garcia, Secretaria Regional. Joan M. Rosario Albino,
Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL
DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior
de BAYAMON.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC
Demandante V.
MILAGROS CRUZ
RAMOS; ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA
Demandado(a)
Caso Civil Num: DCD2014-2018
(502) Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA.
NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: MILAGROS CRUZ
RAMOS; ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA,
SAN PATRICIO OFFICE
CENTER, 7 TABONUCO
STREET, GUAYNABO PR
00968.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 9 de
febrero de 2015, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación se
publicará una sola vez en un periódico de circulación general en
la Isla de Puerto Rico, dentro de
los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado
usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de
la Sentencia, Sentencia Parcial
o Resolución, de la cual puede
establecerse recurso de revisión
o apelación dentro del término
de 30 días contados a partir de
la publicación por edicto de esta
notificación, dirijo a usted esta
notificación que se considerará
hecha en la fecha de la ultima
publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 26 de febrero
de 2015. En BAYAMON, Puerto
Rico, el 26 de febrero de 2015.
Ruth Aponte Cotto, Secretaria
del Tribunal. Lenitzia Aponte Torres, Secretaria Auxiliar.
Friday, March 6, 2015
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE CAROLINA .
AUTORIDAD PARA EL
FINANCIAMIENTO DE LA
VIVIENDA DE PUERTO
RICO, representado por
el BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
DEMANDANTE V.
JOSE ALFREDO
SALDAÑA BIRRIEL
DEMANDADA
CIVIL NÚM: FCD2013-1959
SALA: SOBRE: EJECUCIÓN
DE HIPOTECA POR LA VIA
ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADO UNIDOS DE
AMERICA EL PRESIDENTE DE
LOS ESTADOS UNIDOS SS EL
PUEBLO DE PUERTO RICO.
YO, RAUL RIVERA RUIZ , Alguacil, División de Subastas del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala de Carolina, Puerto Rico:
CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento con
un MANDAMIENTO DE EJECUCION DE SENTENCIA que me
ha sido dirigido por el Secretario de este Tribunal en el caso
arriba mencionado, venderé en
pública subasta al mejor postor
entre la AUTORIDAD PARA EL
FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO y
aquellas personas que reúnan
los requisitos y calificaciones de
Ley, de contado y por moneda
del cuño legal de los Estados
Unidos de América, en mí oficina sita en el Tribunal de Primera
Instancia, Sala de Carolina, el
día 1 de abril de 2015, a las 9:45
a.m. todo derecho, título o interés que tenga la parte demandada en la finca que se describe
más adelante. El tipo mínimo
para la primera subasta lo será
la suma de $60,000.00. De no
adjudicarse la propiedad en
esa primera subasta, se establecerán una segunda y tercera
subasta, en las mismas oficinas
de este Alguacil, respectivamente, el día 8 de abril de 2015 a
las 9:00 a.m. y el 15 de abril
de 2015 a las 9:00. Los tipos
mínimos para dichas segundas
y tercera subastas lo serán respectivamente, las dos terceras
partes y la mitad del tipo mínimo
que se pactara para la primera
subasta, o sea, $40,000.00 y
$30,000.00 respectivamente. La
propiedad objeto de subasta se
describe como sigue: URBANA:
PROPIEDAD
HORIZONTAL:
Apartamento Residencial número D guión cuarenta y dos
guión cinco (D-42-5) de forma
rectangular, localizado en el
Condominio Los Naranjales
V-B-C sesenta (60) Edificio D
guión cuarenta y dos (D-42), el
cual está localizado en la Carretera Estatal número ochocientos
setenta y cuatro (874), hectómetro ocho (8), situado en el Barrio
Hoyo Mulas del Municipio de
Carolina, Puerto Rico, con un
área total privada de setecientos veinte (720) pies cuadrados,
siendo sus medidas lineales
treinta y tres (33) pies con cinco
(5) pulgadas de largo por veinticinco (25) pies con seis (6) pulgadas de ancho y sus linderos
y descripción son las siguientes:
Por el NORTE, con el Apartamento número D guión cuarenta
y dos guión seis (D-42-6); por el
ESTE, con la entrada principal y
patio; por el SUR, con el patio y
área de jardín y por el OESTE,
con el patio y área de jardín. La
puerta principal tiene acceso a
las escaleras. Esta unidad de vivienda consiste de lo siguiente:
sala, comedor, balcón con área
de cuarenta y cuatro (44) pies
cuadrados que da al patio y al
área de jardín, cuarto número
uno con un (1) “closet”, cuarto
número dos con un (1) “closet”,
cuarto número tres con un (1)
“closet”, pasillo con tres de almacenaje, baño que incluye poceta, lavamanos e inodoro, cocina con fregadero, espacio para
nevera, estufa y horno y “closet”
de almacenaje, donde está localizado un calentador con capacidad de treinta (30) galones
de aguas. Consta inscrita al folio
veintiséis (26) del tomo mil trescientos sesenta y siete (1367)
de Carolina; finca número treinta y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho (34,748). Registro
de la Propiedad de Carolina,
Sección Segunda. La dirección
residencial es: Los Naranjales,
Apartamento D guión cuarenta
y dos (D-42), Carolina, Puerto
Rico, cero cero nueve ocho cinco
(00985). Que dicho inmueble se
encuentra gravado por: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de La Autoridad para
el Financiamiento de la Vivienda
de Puerto Rico, por la suma de
tres mil novecientos sesenta y
cuatro dólares con cero centavos ($3,964.00) de principal, sin
intereses y (no se expresa fecha
de vencimiento), según consta
de la escritura número seiscientos veintiséis (626), otorgada
en Carolina, el día cuatro (4)
de diciembre de dos mil ocho
(2,008), ante el notario Carlos
E. Umpierre Schuck, e inscrita
al folio veintiséis (26) del tomo
mil trescientos sesenta y siete
(1,367) de Carolina, finca número treinta y dos mil setecientos
cuarenta y ocho (34,748), inscripción veintidós (22). Sujeta
a cláusulas de “La Llave Para
Tu Hogar”, por seis (6) años.
Dichos remates se llevarán a
efecto para con su producto satisfacer a la parte demandante
el importe de la Sentencia que
ha obtenido ascendente a la
suma de $55,816.58 de principal; intereses al 7% anual desde el día 1ro de junio de 2013,
hasta el pago total del principal;
$5,880.00 para costas, gastos y
honorarios de abogado; y demás
créditos accesorios. Los autos y
todos los documentos correspondientes al procedimiento de
ejecución de hipoteca por la vía
ordinaria incoado en este caso,
estarán de manifiesto en la Secretaría de este Honorable Tribunal durante horas laborables.
Se entiende que todo licitador
que comparezca a la subasta
señalada en este caso acepta
como bastante la titulación que
da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente,
si lo hubiere, al crédito que da
base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose
además, que el remanente los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos.
Sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Por el presente se le notifica los titulares
de créditos y/o cargas regístrales posteriores, que se celebrarán las subastas en las fechas,
horas y sitio anteriormente señalados, y se les invitan a que
concurran a dichas subastas si
les conviniere, o se les invita a
satisfacer antes del remate, el
importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de
abogado asegurados, quedándose entonces subrogados en
los derechos del acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan
los requisitos y cualificaciones
de Ley para que pueda efectuar
tal subrogación. Y para su publicación en el tablón de edictos
de este Tribunal y en Tres (3)
lugares públicos del municipio,
donde habrá de celebrarse la
subasta, tales como la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía. Se
publicará además en la Colecturía del lugar de residencia del
demandado, cuando éste fuere
conocido. Así mismo este aviso
será publicado mediante edicto
dos (2) veces en un periódico de
circulación general diaria en el
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por el término de dos (2)
semanas consecutivas con un
intervalo de por lo menos siete
(7) días entre ambas publicaciones. En adición se le notificará
este aviso a la parte demandada
mediante correo certificado con
acuse de recibo. El Alguacil de
este Tribunal venderá la propiedad antes descrita en pública
subasta, al mejor postor entre la
AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA
DE PUERTO RICO y aquellas
personas que reúnan los requisitos y calificaciones de Ley, libre de cargas y gravámenes de
clase alguna. El Alguacil pondrá
al comprador en posesión de la
propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes de la
misma dentro del término legal
de veinte (20) días a contar de
la fecha en que se efectúe la
venta en pública subasta y se
encuentra facultado a a romper
cualquier cerradura de la propiedad para efectuar lanzamiento
de sus ocupantes. EXPEDIDO
el presente en Carolina, Puerto Rico a 18 de septiembre de
2014. Raul Rivera Ruiz, Division
De Subastas Tribunal De Primera Instancia Sala De Carolina.
Demandante vs.
LUIS HOMMY CRUZ
RIVERA Y WALDELIS
REYES GONZALEZ, Y
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
POR AMBOS
Demandados
CIVIL NUM. NSCI200401042
(308) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA.
A: AL PÚBLICO EN
GENERAL:
El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Fajardo, hago saber: Que en
cumplimiento de Mandamiento
de Ejecución de Sentencia, expedido con fecha 8 de julio de
2008, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se
describe a continuación: RUSTICA: PARCELA MARCADA
CON EL NUMERO 115 EN EL
PLANO DE PARCELACION DE
LA COMUNIDAD RURAL ESPANTA SUENO DEL BARRIO
FLORENCIO DEL TERMINO
MUNICIPAL DE FAJARDO,
CON UNA CABIDA SUPERFICIAL DE 0.4046 CUERDAS,
EQUIVALENTES A 15903.05
METROS CUADRADOS, EN
LINDES POR EL NORTE, CON
PARCELA NUMERO 115-A, NUMERO 116B Y NUMERO 116-A
DE LA COMUNIDAD; POR EL
SUR, CON LA CALLE NUMERO
1 DE LA COMUNIDAD; POR EL
ESTE, CON UN ACCESO QUE
LO SEPARA DE LA PARCELA
NUMERO 118-A DE LA COMUNIDAD Y POR EL OESTE, CON
PARCELA NUMERO 114 DE LA
COMUNIDAD 10371 INSCRITA
AL FOLIO 216 DEL TOMO 430
DE FAJARDO, REGISTRO DE
LA PROPIEDAD DE FAJARDO.
Propiedad localizada en: 30T
115 1.0INT SR976 FLORENCIO,
FAJARDO, PR 00738-0000 El
producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante
hasta donde alcance, la suma
de $70,754.54 de principal, intereses al tipo del 6.000% anual
según ajustado, más la suma
de $7,242.70 por concepto de
honorarios de abogado y costas
autorizadas por el Tribunal, más
las cantidades que se adeudan
mensualmente por concepto de
seguro hipotecario, cargos por
demora, y otros adeudados que
se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en
pública subasta de la referida
propiedad se verificará libre de
toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada
finca, a cuyo efecto se notifica
y se hace saber la fecha, hora
y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA subasta, si esto
fuera necesario, a los efectos de
que cualquier persona o personas con algún interés puedan
LEGAL NOTICE
comparecer a la celebración
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE de dicha subasta. LA PRIMERA
PUERTO RICO TRIBUNAL DE SUBASTA se llevará a efecto
PRIMERA INSTANCIA SALA el día 9 de abril de 2015 a las
SUPERIOR DE FAJARDO.
9:15 de la mañana en la oficina
BANK OF AMERICA, N.A. del referido Alguacil, sita en el
edificio que ocupa el Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Fajardo. El precio mínimo fijado
para la PRIMERA subasta lo es
la suma de $72,427.00. De ser
necesaria la celebración de una
SEGUNDA SUBASTA la misma
se llevará a efecto el día 16 de
abril de 2015 a las 9:30 mañana
en la oficina antes mencionada
del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA
SUBASTA será de $48,284.67,
equivalente a dos terceras partes del tipo mínimo estipulado
para la PRIMERA SUBASTA.
Si no se produce remate ni adjudicación en la primera ni la
segunda subasta, se celebrará
una TERCERA SUBASTA el día
23 de abril de 2015, a las 9:45
de la mañana en la oficina antes mencionada del Alguacil que
suscribe. El precio mínimo para
la TERCERA SUBASTA será la
suma de $36,213.50, equivalente a la mitad del precio pactado.
Se le advierte a los licitadores
que la adjudicación se hará al
mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en
el acto mismo de la adjudicación
en moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América
y para conocimiento de la parte
demandada y de toda aquella
persona o personas que tengan
interés inscrito con posterioridad
a la inscripción del gravamen
que se está ejecutando y para
conocimiento de los licitadores
y el público en general, y para
su publicación dos veces en un
periódico de circulación diaria
en toda la isla de Puerto Rico y
se fijará, además, en tres sitios
públicos del Municipio en que ha
de celebrarse dicha venta, tales
como la Alcaldía, el Tribunal y la
Colecturía. Se le advierte, además, a todos los interesados
que todos los documentos relacionados con la presente acción
de ejecución de hipoteca, así
como de la subasta, estarán
disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal
durante las horas laborables.
Se entenderá que todo licitador
acepta como suficiente la titularidad o titulación de la propiedad
antes descrita objeto de esta subasta. EXPIDO EL PRESENTE
EDICTO, en San Juan, Puerto
Rico, hoy día 4 de marzo 2015.
Yomaris Senquiz Cruz, Alguacil
#089, Alguacil Del Tribunal Sala
De Fajardo.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE SAN JUAN.
SCOTIABANK DE
PUERTO RICO
Demandante vs.
JOSE ANTONIO SEGURA
MATOS y su esposa
MARIA ESTELA DE LA
CRUZ y la Sociedad Legal
de Bienes Gananciales
compuesta por ambos
CIVIL
Demandados
NUM. KCD2014-2374
39
Legal Notice
(503) SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca
por la Vía Ordinaria) EDICTO DE
SUBASTA.
Al: Público en General
A: JOSE ANTONIO
SEGURA MATOS y su
esposa MARIA ESTELA
DE LA CRUZ y la
Sociedad Legal de Bienes
Gananciales compuesta
por ambos
Yo, PEDRO HIEYE GONZALEZ,
Alguacil, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a
los acreedores y personas con
interés sobre la propiedad que
más adelante se describe, y al
público en general, HAGO SABER: Que el día 6 de abril de
2015, a las 11:30 de la mañana
en mi oficina, sita en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, San Juan,
Puerto Rico, venderé en Pública
Subasta la propiedad inmueble
que más adelante se describe y
cuya venta en pública subasta
se ordenó por la vía ordinaria al
mejor postor quien hará el pago
en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal
de Primera Instancia. Los autos
y todos los documentos correspondientes al procedimiento
incoado, estarán de manifiesto
en la Secretaría durante horas
laborables. Que en caso de no
producir remate ni adjudicación
en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la
susodicha propiedad, el día 13
de abril de 2015, a las 11:30 de
la mañana y en caso de no producir remate ni adjudicación, se
celebrará una tercera subasta
el día 20 de abril de 2015, a las
11:30 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse
en pública subasta se describe
como sigue: URBANA: Solar en
Río Piedras, Puerto Rico, marcado con el número Cuarenta y
Siete (47) en el Plano de Urbanización de la finca de la Sucesión
Blanco Romano de que se segregó, con una cabida o medida superficial de DOSCIENTOS
CUARENTA Y OCHO PUNTO
CUARENTA (248.40) METROS
CUADRADOS. En lindes por el
SUR, que es su frente, en doce
punto cero cero (12.00) metros,
con la Avenida Jesús Blanco;
por el fondo, al NORTE, en doce
punto dieciocho (12.18) metros,
con terrenos de la Urbanización
Aranda; por el ESTE, derecha
entrando, en veintidós punto
diez (22.10) metros, con Solar
número Cuarenta y Ocho (48) de
la Urbanización; y por el OESTE,
izquierda entrando, en diecinueve punto treinta (19.30) metros,
con el solar número cuarenta y
seis (46) de dicha Urbanización.
Enclava una casa de concreto
de una planta, de cuatro habitaciones, sala, comedor y cocina
con un garaje anexo. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 80 vuelto del tomo
1493 de Río Piedras Norte, Re-
gistro de la Propiedad de San
Juan, Sección Segunda, finca
número 389, inscripción décimo quinta. La dirección física
de la propiedad antes descrita
es: Urbanización Santa Rita, 17
Calle Julián Blanco, San Juan,
Puerto Rico. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a
la parte demandante la suma
de $168,567.81 de principal, intereses al 5 1/2% anual, desde
día 1ro. de noviembre de 2012,
hasta su completo pago, más
la cantidad de $17,729.90 estipulada para costas, gastos y
honorarios de abogado y recargos acumulados, todas cuyas
sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima
de licitación en la primera subasta para el inmueble será de
$177,299.00 y de ser necesaria
una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a
2/3 partes de aquella, o sea, la
suma de $118,199.33 y de ser
necesaria una tercera subasta,
la cantidad mínima será la mitad
del precio pactado, es decir, la
suma de $88,649.50. La propiedad se adjudicará al mejor
postor, quien deberá satisfacer
el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los
Estados Unidos de América en
el momento de la adjudicación
y que las cargas y gravámenes
preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido
el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de
los licitadores, bajo mi firma y
sello del Tribunal, en San Juan,
Puerto Rico, a 25 de febrero de
2015. Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Divisiуn De Ejecucion De
Sentencias Tribunal De Primera
Instancia Sala Superior De San
Juan.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE SAN JUAN.
BANCO COOPERATIVO
DE PUERTO RICO
Demandante vs.
SUCESION DE CARLOS
ALFARO VASALLO
compuesta por sus
padres CARLOS
ALBERTO ALFARO
ORTIZ y MARIA ISABEL
VASALLO LOPEZ;
DEPARTAMENTO
DE HACIENDA,
por conducto de la
División de Caudales
Relictos; CENTRO DE
RECAUDACION DE
INGRESOS MUNICIPALES
(CRIM)
Demandados
CIVIL NUM. KCD2014-1278
(905) SOBRE: COBRO DE DI-
Legal Notice
NERO (Ejecución de Hipoteca
por la Vía Ordinaria) EDICTO
DE SUBASTA.
Al: Público en General
A: A LA PARTE
DEMANDADA
Yo, DIANA I. NAVARRO CRUZ,
Alguacil Auxiliar, Alguacil de
este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y
personas con interés sobre la
propiedad que más adelante se
describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 6
de abril de 2015 a las 11:00 de
la mañana en mi oficina, sita en
el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan,
Puerto Rico, venderé en Pública
Subasta la propiedad inmueble
que más adelante se describe y
cuya venta en pública subasta
se ordenó por la vía ordinaria.
Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante
horas laborables. Que en caso
de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta
a celebrarse, se celebrará una
segunda subasta para la venta
de la susodicha propiedad, el
día 13 de abril de 2015, a las
11:00 de la mañana; y en caso
de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera
subasta el día 20 de abril de
2015, a las 11:00 de la mañana en mi oficina sita en el lugar
antes indicado. La propiedad a
venderse en pública subasta se
describe como sigue: URBANA:
Propiedad Horizontal: Edificio A:
Apartamento número A guión
Nueve (A-9), localizado en el
piso tres del Edificio A del Condominio Malín, compuesto de un
área total de CUATROCIENTOS
SETENTA Y UNO PUNTO TRECE PIES CUADRADO (471.13
P.C.). El apartamento colinda
por el NORTE, con el patio lateral; por el SUR, con el pasillo
y el apartamento número Ocho
(8); por el ESTE, Calle Hoare;
por el OESTE, con patio lateral.
Tiene un área de sala-comedor
de Ciento Ochenta y Uno punto
Sesenta y Nueve (181.69) pies
cuadrados, de cocina Cincuenta
y Ocho punto Cincuenta y Ocho
(58.58) pies cuadrados; un baño
de Treinta y Dos punto Cero
Seis (32.06) pies cuadrados; un
dormitorio de Ciento Diez punto
Cuarenta y Siete (110.47) pies
cuadrados; un closet de Cuarenta punto Treinta y Tres (40.33)
pies cuadrados y un balcón. La
entrada principal está situada al
Sur del apartamento y sale al
pasillo y escalera. Las terminaciones son de paredes empañetadas, con un área de baños y
de cocina de azulejos y con piso
de losetas de vinyl y con un plafón acústico. Este apartamento
será dedicado única y exclusivamente para vivienda. Le corresponde una participación en los
elemenos comunes generales y
del Condominio de cinco punto
veintidós porciento (5.22%). La
escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 140 del tomo
384 de Santurce Sur, Registro
40
de la Propiedad de San Juan,
Sección Primera, finca número
21,712, inscripción segunda. La
dirección física de la propiedad
antes descrita es: Condominio
Malín, Apartamento 9-A, Miramar, San Juan, Puerto Rico. La
subasta se llevará a efecto para
satisfacer a la parte demandante
la suma de $65,585.15 de principal, intereses al 7 1/2% anual,
desde el 1ro. de enero de 2014
hasta su completo pago, más la
cantidad de $7,605.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado y recargos
acumulados. Que la cantidad
mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble
será de $76,050.00 y de ser necesaria una segunda subasta,
la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella,
o sea, la suma de $50,700.00 y
de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $38,025.00.
La propiedad se adjudicará al
mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta
en moneda legal y corriente de
los Estados Unidos de América
en efectivo, cheque certificado o
giro postal a nombre del Alguacil
del Tribunal, en el momento de
la adjudicación y que las cargas
y gravámenes preferentes, si los
hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL,
expido el presente Edicto para
conocimiento y comparecencia
de los licitadores, bajo mi firma y
sello del Tribunal, en San Juan,
Puerto Rico, a 25 de febrero de
2015. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar, Alguacil Tribunal
Sala Superior De San Juan.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
BAYAMON.
DLJ MORTGAGE
CAPITAL, INC.
Parte Demandante Vs.
JOSE ISMAEL
RIVERA OTERO
Parte Demandada
CIVIL NUM. DCD2011-2373
(501) SOBRE: COBRO DE
DINERO Y EJECUCION DE
HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia de
Puerto Rico, Sala de Bayamón,
a los demandados de epígrafe y
al público en general hace saber
que los autos y documentos del
caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables
y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda
de curso legal de los Estados
Unidos de América, en mi oficina en este Tribunal el derecho
que tenga la parte demandada
en el inmueble que se relacio-
The San Juan Daily Star
Friday, March 6, 2015
na más adelante para pagar la
SENTENCIA por $124,239.71
de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho
principal y computados al 7.75%
anual desde el día primero de
febrero de 2011 hasta su total
pago y completo pago; más el
5% computado sobre cada mensualidad de $929.54; cargos por
demora a razón de $46.48 mensuales hasta su total pago, más
la suma de $12,975.00 como
cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en
la escritura de hipoteca; y cualesquiera otras sumas que por
cualesquiera concepto legal se
devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse
en pública subasta se describe
como sigue: URBANA: Solar
radicado en la Urbanización
Sierra Bayamón, situada en el
Barrio Hato Tejas de Bayamón,
que se describe con el número 7
de la manzana 63, con un área
de 576.03 metros cuadrados, y
en lindes por el Norte, con los
solares 8, 9 y 10, en distancia
de 38.569 metros; por el Sur,
con el solar 6, en distancia de
28.249 metros; por el Este, con
los solares 46 y 47 en distancia
de 25.50 metros; y por el Oeste, con la calle 53, en distancia
de un arco de 12.364 metros.
Inscrita al folio ciento ochenta y seis (186) del tomo ciento
noventa y ocho (198) de Bayamón Norte, finca número nueve
mil seiscientos cuarenta y dos
(9,642) (antes 30,676), Registro
de la Propiedad, Sección III de
Bayamón. La propiedad antes
descrita se encuentra afecta a
un gravamen posterior al que
se pretende ejecutar, el cual se
describe de la siguiente manera:
Embargo: A favor de los Estados
Unidos de América, por la suma
de $39,948.00 contra José Rivera, fecha 26 de febrero de
2014, anotado al folio 200 del
tomo 6, Asiento 5. La primera
subasta se llevará a cabo el día
15 de abril de 2015, a las 9:30
de la mañana, servirá de tipo
mínimo para la misma la suma
de $129,750.00 sin admitirse
oferta inferior. En el caso de que
el inmueble a ser subastado no
fuera adjudicado en la primera
subasta, se celebrará una segunda subasta el día 22 de abril
de 2015, a las 1:30 de la tarde,
y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos
terceras partes del precio mínimo establecido para la primera
subasta, o a sea, la suma de
$86,500 00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará
una tercera subasta el día 29 de
abril de 2015, a las 1:30 de la
tarde, y el tipo mínimo para esta
tercera subasta será la mitad del
precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de
$64,875.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará
por terminado el procedimiento,
pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a
la fecha de la última subasta, si
así lo estimase conveniente, por
la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si
ésta fuera igual o menor que el
monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta
fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad
queda sujeta al gravamen del
Estado Libre Asociado y CRIM
sobre la propiedad inmueble
por contribuciones adeudadas
y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad
del licitador. Que se entenderá
por todo licitador acepte como
suficiente la titulación y que los
cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes en entendiéndose
que el rematador los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin
destinarse su extinción al precio
rematante. Y para conocimiento de licitadores, del público en
general y para su publicación
en un periódico de circulación
general diaria en Puerto Rico y
en los sitios públicos de acuerdo
a las disposiciones de la Regla
51.7 de las de Procedimiento
Civil, expedido el presente en
Bayamón, Puerto Rico a 18 de
septiembre de 2014. Alg. Freddy
Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Del Tribunal.
CONYUGE FULANA DE
TAL YLA SOCIEDAD
LEGAL DE GANANCIALES
QUE AMBOS COMPONEN,
EDGARDO MALAVЙ
SANABRIA, CARMEN
ADNA ALVAREZ ORTIZ
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES QUE
AMBOS COMPONEN
Por la presente se Ie notifica
que la parte demandante ha
presentado ante este tribunal
una Demanda de Ratificación
de Compraventa solicitando la
concesión del siguiente remedio: Se declare la ratificación de
la compraventa otorgada entre
las partes, así como la imposición a la parte demandada de
costas, gastos y honorarios de
abogado. Representa a la parte
demandante la abogada cuyo
nombre y dirección se consigna
a continuación:
LCDA. BEATRIZ CAY VAZQUEZ
RUA 18,234 Col. 19,147
P.O. Box 1809,
Caguas, P.R. 00726-1809
Tel. (787) 731-0526;
Fax (787) 905-7768
Email:
[email protected]
Se le apercibe que si no compareciere usted a presentar
alegación sobre dicha demanda
dentro del termino de treinta (30)
días a a partir de la publicación
LEGAL NOTICE
del edicto, podrá dictarse SenESTADO LIBRE ASOCIADO DE tencia concediendo el remedio
PUERTO RICO TRIBUNAL DE solicitado en la Demanda. En
PRIMERA INSTANCIA SALA DE San Lorenzo, Puerto Rico, a 27
SAN LORENZO.
de febrero de 2015. Irma I. Arroyo Gonzalez, Secretaria RegioSASCO HOLDINGS,
nal. Por: Ana Delia Flores Flores,
CORP,
Secretaria Auxiliar del Tribunal.
Parte Demandante v.
MANLY STORE, INC.,
JUAN B. MALAVЙ,
SU CУNYUGE
SULTANA DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
GANANCIALES QUE
AMBOS COMPONEN,
EDWIN MALAVЙ,
SU CУNYUGE
FULANA DE TAL Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
GANANCIALES QUE
AMBOS COMPONEN,
EDGARDO MALAVЙ
SANABRIA, CARMEN
ADNA ALVAREZ ORTIZ
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES QUE
AMBOS COMPONEN
Parte Demandada
CIVIL NUM.: E2CI201500022
SOBRE: RATIFICACION DE
COMPRAVENTA EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL
PRESIDENTE DE LOS EE.UU
. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R.
A: MANLY STORE, INC.,
JUAN B. MALAVE, SU
CONYUGE SULTANA
DE TAL Y LA SOCIEDAD
LEGAL DE GANANCIALES
QUE AMBOS COMPONEN,
EDWIN MALAVE, SU
LEGAL NOTICE
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la ultima publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 2 de marzo de 2015. En Ponce, Puerto Rico, el 2 de marzo
de 2015. LUZ MAYRA CARABALLO GARCíA, Secretaria Regional. KATHERINE D. LÓPEZ
RIVERA, Secretaria Auxiliar.
de febrero de 2015. Griselda
LEGAL NOTICE
Rodriguez Collado, Secretaria
Estado
Libre Asociado de PuerRegional. Martha Almodovar
to Rico, TRIBUNAL DE PRIMECabrera, Secretaria Auxiliar.
RA INSTANCIA, Sala Superior
de HUMACAO.
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, Sala Superior
de BAYAMON.
TRM LLC COMO AGENTE
DE SERVICIO DE RNMP,
LLC
Demandante V.
JOSE MIGUEL CAEZ
ACEVEDO, SU
ESPOSA JENNIFER
ROJAS ROMAN y LA
Demandante V.
SOCIEDAD LEGAL DE
JULIO ANTOUN NAZARlO BIENES GANANCIALES
QUIÑONES y DALILA COMPUESTA POR AMBOS
Demandado
GUZMAN REYES; EN SU
CARÁCTER PERSONAL Y Civil Num: H1CI201200542.
Sobre: COBRO DE DINERO
LA SOCIEDAD LEGAL DE Y EJECUCiÓN DE HIPOTECA
BIENES GANANCIALES POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA
COMPUESTA POR
POR EDICTO.
AMBOS
A: JOSE MIGUEL
Demandado
Civil Num: DCD2014-2719
CAEZ ACEVEDO, SU
(502). Sobre: COBRO DE DINEESPOSA JENNIFER
RO Y EJECUCiÓN DE HIPOTEROJAS
ROMAN y LA
CA POR LA VIA ORDINARIA.
SOCIEDAD LEGAL DE
LEGAL NOTICE
NOTIFICACION DE SENTENBIENES GANANCIALES
Estado Libre Asociado de Puer- CIA POR EDICTO.
to Rico, TRIBUNAL DE PRIMEA: JUUO ANTOLIN
COMPUESTA POR
RA INSTANCIA, Sala Superior
NAZARlO QUIÑONES y
AMBOS; DIRECCIONES
de San Juan.
DALILA GUZMAN REYES;
CONOCIDAS: 14054
AUTORIDAD PARA EL
EN SU CARÁCTER
EVENING SKY PLACE
FINANCIAMIENTO DE
PERSONAL Y LA
ORLANDO FL 32820,
LA VIVIENDA DE PR,
SOCIEDAD LEGAL DE URB. EXT. RESIDENCIAL
REPRESENTADO POR EL BIENES GANANCIALES
ORIENTE C-8 LAS
BANCO POPULAR DE PR
COMPUESTA
POR
PIEDRAS,
PR 00771;
Demandante V.
AMBOS;
512
LA
TROCHA
PIC
DEL
LCDO.
JUAN
MIRNA IRIS
RlO
ABAJO,
VEGA
BAJA
C.
FORTUÑO
FAS
A SU
PIZARRO LANZOT
PR
00693;
BRISAS
DEL
DIRECCION
DE
RECORD.
Demandado
ROSARIO, 5364 SANTA (Nombre de las partes a las que se
Civil Num: KCD2013-1824.
le notifican la sentencia por edicto)
Sala: 902. Sobre: EJECUCiÓN
MARIA, VEGA BAJA PR EL SECRETARIO que suscribe
DE HIPOTECA POR LA VIA OR00693.
le notifica a usted que 19 de feAUTORIDAD PARA EL
FINANCIAMIENTO DE LA
VIVIENDA DE PUERTO
RICO
Estado Libre Asociado de Puer- DINARIA. NOTIFICACION DE (Nombre de las partes a las que se
to Rico, TRIBUNAL DE PRIME- SENTENCIA POR EDICTO.
le notifican la sentencia por edicto)
RA INSTANCIA, Sala Superior
EL SECRETARIO que suscribe
A: MIRNA IRIS
de PONCE.
le notifica a usted que 9 de fePIZARRO LANZOT
E.M.I. EQUITY
(Nombre de las partes a las que se brero de 2015, este Tribunal ha
le notifican la sentencia por edicto) dictado Sentencia, Sentencia
MORTGAGE INC.
EL SECRETARIO que suscribe Parcial o Resolución en este
Demandante V.
le notifica a usted que 28 de caso, que ha sido debidamente
GLORIA IVETTE
mayo de 2014, este Tribunal ha registrada y archivada en autos
ARROYO SANTIAGO
dictado Sentencia, Sentencia donde podrá usted enterarse
Demandado
Parcial o Resolución en este detalladamente de los términos
Civil Num: JCD2014-0400. caso, que ha sido debidamente de la misma. Esta notificación se
Sala: G-28. Sobre: COBRO DE registrada y archivada en autos publicará una sola vez en un peDINERO Y EJECUCiÓN DE donde podrá usted enterarse riódico de circulación general en
HIPOTECA (POR LA VIA OR- detalladamente de los términos la Isla de Puerto Rico, dentro de
DINARIA). NOTIFICACION DE de la misma. Esta notificación los 10 días siguientes a su notifiSENTENCIA POR EDICTO EN- se publicará una sola vez en un cación. Y, siendo o representado
MENDADA.
periódico de circulación general usted una parte en el procediA: GLORIA IVETTE
en la Isla de Puerto Rico, dentro miento sujeta a los términos de
ARROYO SANTIAGO, de los 10 días siguientes a su la Sentencia, Sentencia Parcial
PARA SER NOTIFICADA notificación. Y, siendo o repre- o Resolución, de la cual puede
sentado usted una parte en el establecerse recurso de revisión
POR EDICTO POR
procedimiento sujeta a los tér- o apelación dentro del término
CONDUCTO DEL: LCDO. minos de la Sentencia, Senten- de 30 días contados a partir
DUNCAN MALDONADO cia Parcial o Resolución, de la de la publicación por edicto de
EJARQUE, Cardona & cual puede establecerse recur- esta notificación, dirijo a usted
de revisión o apelación den- esta notificación que se consiMaldonado Law Offices, so
tro del término de 30 días con- derará hecha en la fecha de la
PSC, PO Box 366221, San tados a partir de la publicación ultima publicación de este edicJuan, PR 00936-6221. por edicto de esta notificación, to. Copia de esta notificación ha
(Nombre de las partes a las que se dirijo a usted esta notificación sido archivada en los autos de
le notifican la sentencia por edicto) que se considerará hecha en la este caso, con fecha de 26 de
EL SECRETARIO que suscribe fecha de la ultima publicación febrero de 2015. En Bayamón,
le notifica a usted que 26 de fe- de este edicto. Copia de esta Puerto Rico, el 26 de febrero de
brero de 2015, este Tribunal ha notificación ha sido archivada 2015. Ruth Aponte Cotto, Secredictado Sentencia, Sentencia en los autos de este caso, con taria Regional. Lenitzia Aponte
Parcial o Resolución en este fecha de 24 de febrero de 2015. Torres, Secretaria Auxiliar.
caso, que ha sido debidamente En San Juan, Puerto Rico, el 24
brero de 2015, este Tribunal ha
dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los 10 días siguientes a su
notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la ultima publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 26 de febrero de 2015. En
HUMACAO, Puerto Rico, el 26
de febrero de 2015. Ivelisse C.
Fonseca Rodriguez, Secretaria
Regional. Melissa Montes de
Jesus, Secretaria Auxiliar.