1 FUNDACIÓN “CARMELA LARRAÍN DE INFANTE” COLEGIO DE LA PROVIDENCIA CARMELA LARRAÍN DE INFANTE PARTICULAR SUBVENCIONADO R.B.D. 0991-2 MAIPÚ, 15 DE DICIEMBRE 2014 En virtud del Decreto 146 exento, de 1988, Decreto Nº 511/97, el Decreto Nº 1123 de 1998, Decreto Nº 158/99, Decreto exento Nº 83 de 2001 y el Decreto 107 de 2003, que permite a los Establecimientos Educacionales, en particular, tomar decisiones en materias referidas al proceso de Evaluación del Aprendizaje de los alumnos(as). El Colegio de la Providencia “Carmela Larraín de infante” de Maipú, presenta a la Comunidad Educativa su Normativa Interna de Evaluación y Promoción, tomando en consideración que el referido establecimiento tiene como principal objetivo facilitar el desarrollo integral de cada uno de sus educandos desde una perspectiva católica. NORMATIVA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 2015 PÁRRAFO 1: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1º: Decreto de Aprobación Las disposiciones de la presente Normativa se aplicarán en el Colegio de la Providencia “Carmela Larraín de Infante”, declarado Cooperador de la función educacional del Estado, según Decreto Nº 9041 de 1968, que imparte educación en los niveles de Educación Parvulario, Educación General Básica y Media Humanístico-Científico. Artículo 2º: De la planificación de la evaluación La Dirección del Establecimiento Educacional decidirá, previo conocimiento de la opinión del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos complementarios, los cuales deberán ser comunicados, antes del inicio de clases a la Dirección Provincial correspondiente. 2 Artículo 3º: Períodos evaluativos Los períodos evaluativos de los alumnos, desde Pre-Kínder a 4º Medio son de tipo Semestral. Artículo 4º: Eximición de una asignatura La Dirección del establecimiento, previo informe técnico pedagógico, podrá eximir desde 5º Básico a 2º Medio de una asignatura de aprendizaje, por problemas de salud u otro motivo debidamente fundamentado mediante informe pedagógico y certificado del especialista (neurólogo, siquiatra y/o sicopedagoga). En aquellos casos de alumnos(as) de 3º y 4º Medio, se podrán eximir siempre y cuando hayan tenido eximiciones los años precedentes. En ningún caso esta exención podrá referirse a las asignaturas de Matemática y Lenguaje y Comunicación. La solicitud de una exención de una asignatura deberá ser presentada por el Apoderado hasta el último día hábil del mes de abril y deberá venir acompañado por un informe de un especialista (neurólogo, siquiatra y/o sicopedagoga). La documentación debe ser entregada a Coordinación Académica, quien derivará al departamento sicotécnico, quien realizará los trámites internos pertinentes. En el caso de informes mal emitidos, estos serán devueltos y habrá un plazo de 10 días hábiles para su rectificación. La vigencia de la exención es de un año escolar. En casos debidamente calificados, la Dirección Provincial Poniente de educación podría conceder la exención de una segunda asignatura. Todos los casos de exención deberán quedar consignados en un registro, el que permanecerá en el Departamento Sicotécnico. Los alumnos(as) con exención en alguna asignatura no llevarán calificación, sin embargo, deben realizar las actividades de dicha de asignatura en la hora de clase asignada por horario. Artículo 5º: Ausencia a Evaluaciones Inciso 1: El alumno(a) que se ausente a una evaluación de cualquier tipo deberá coordinar con el profesor de la asignatura una fecha para rendir dicha evaluación, en caso de no presentarse en la fecha acordada, tendrá una segunda oportunidad, con nota máxima 4,0. Todo lo anterior debe quedar consignado en la hoja de vida del alumno del libro de clases. 3 Inciso 2: Los alumnos(as) que por motivos de salud deben ausentarse por más de 2 semanas deberán presentar certificado médico, el cual debe ser entregado hasta el tercer día de emitido el documento. En el caso de ausentarse por viajes y/o actividades deportivas o recreativas, el apoderado debe presentarse con una solicitud por escrito con 10 días hábiles de anticipación a Coordinación Académica, quien gestionará los permisos respectivos. Si en ese período se hubiesen aplicado evaluaciones, el alumno(a) al reintegrarse deberá ponerse de acuerdo con el o los profesores de asignatura para rendir las evaluaciones pendientes. Todo lo anterior debe quedar consignado en la hoja de vida del alumno del libro de clases. Inciso 3: Toda inasistencia a una evaluación deberá ser justificada con certificado médico y/o apoderado el cual debe concurrir personalmente al Colegio. De no presentar estas justificaciones el alumno(a) podrá rendir la evaluación pero con nota máxima 4,0. Las pruebas deberán ser tomadas inmediatamente el alumno(a) se reintegre a clases. PÁRRAFO 2: DE LA EVALUACIÓN Artículo 6º: Formas de Evaluación El aprendizaje de los estudiantes será evaluado mediante las siguientes formas desde 1º básico a 4º año de Enseñanza Media. 1. Diagnóstico, la que será aplicada en la primera semana de ingreso a clases, para medir habilidades y/o conductas de entradas. La evaluación se expresará en conceptos de logros Nivel Alto, Nivel Medio Alto, Nivel Medio Bajo y Nivel Bajo. 2. Formativa, la cual se puede apreciar al término de una actividad o trabajo realizado en el hogar. 3. Sumativa, que corresponde a todo instrumento evaluativo que conlleve una evaluación con escala numérica. Artículo 7º: Entrega de los resultados de evaluaciones a los alumnos Los procedimientos evaluativos y sus resultados deberán ser comunicados a los alumnos(as) en un plazo máximo no superior a 7 días hábiles si son pruebas de carácter objetiva y de 10 días hábiles si son instrumentos de redacción. Si esto no se cumple la evaluación queda automáticamente anulada, salvo que el profesor(a) esté haciendo uso de una licencia médica o tenga algún permiso especial de la Dirección del Colegio para ausentarse. 4 En el caso de los alumnos con Evaluación Diferenciada, el tiempo de entrega de resultados se amplía a 10 días hábiles. En el caso de ser un trabajo de carácter investigativo, queda a acuerdo entre el profesor(a) y los alumnos(os) los tiempos de entrega de los resultados. Todo esto debe quedar consignado en el leccionario de cada asignatura y consignar una nota de constancia en las observaciones generales del libro de clases. Conjuntamente con la entrega de calificaciones, el profesor(a) debe analizar las respuestas de los alumnos(as) y los resultados obtenidos por curso, dejando una constancia del hecho en el leccionario. Artículo 8º: Tipos de instrumentos evaluativos y supervisión. Superación Para la aplicación de las tres formas de evaluación se podrán utilizar diferentes procedimientos evaluativos, tales como: pruebas escritas (objetivas y/o redacción, mixtas, escala de apreciación, rúbricas, pauta de cotejo, etc.). Ningún contenido y asignatura puede ser evaluado sin un instrumento preciso de evaluación. Los procedimientos evaluativos deberán contener situaciones de evaluación congruentes con las metodologías aplicadas y objetivos propuestos. Todo instrumento evaluativo debe ser visado previamente por los respectivos Coordinadores de Ciclo. Inciso 1: Como estrategia para mejorar los aprendizajes de nuestros estudiantes, se implementarán desde el 1º de abril de cada año, talleres de apoyo pedagógico, de tal forma que puedan acercarse al nivel determinado previamente como óptimo. Estos talleres se realizarán en las asignaturas de Lenguaje y/o Matemática y serán impartidos por un especialista en cada asignatura. El docente especialista preparara material específico para los aprendizajes menos logrados y estos talleres serán planificados con aplicación de estrategias que puedan abordar la diversidad en cuanto a estilos y ritmos de aprendizajes de los estudiantes. Estos talleres estarán orientados para alumnos(as) desde 1º básico hasta 2º medio y cuyos niveles de logros en las mencionadas asignaturas estén en el nivel medio bajo (4,0 a 4,9). 5 Inciso 2: Tal como se aplicarán estrategias para aquellos estudiantes que a pesar de estar en un nivel de desempeño suficiente, pero no óptimo, también se implementarán estrategias para aquellos estudiantes que si se encuentran en el nivel óptimo. Las acciones para implementar estas estrategias, estarán dirigidas a la profundización de conocimientos por parte de los estudiantes que se encuentran en el nivel óptimo de desempeño. Las actividades que definirán esta estrategia serán competencias internas de diversa índole, como ferias temáticas, olimpiadas de matemática, concursos de literatura, de deletreo, debates internos. Además como una forma de evaluar las capacidades de estos estudiantes se dará curso a la participación de diversas competencias interescolares, en donde permanentemente serán acompañados por un docente de cada especialidad, dependiendo de la competencia a la que se asista. Otra acción tendiente aumentar la profundización de los aprendizajes consistirá en diversas recomendaciones que les entregarán los docentes de cada asignatura y que tendrá relación con entrega de guías adicionales, métodos de estudio, recomendaciones sobre determinadas fuentes bibliográficas. Todos estos elementos serán de uso opcional por parte del estudiante, puesto que él es el primero que debe generar conciencia sobre la importancia que adquiere el profundizar sus conocimientos.” Artículo 9º: Evaluación Diferenciada Se aplicarán procedimientos evaluativos de Evaluación Diferenciada, a los alumnos(as) que tengan dificultades temporales o permanentes y que no califiquen dentro del Proyecto de Integración Escolar (excepto 3º y 4º medio) para desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunas asignaturas del Plan de Estudio, previo informe del especialista relacionado con la naturaleza del impedimento, y que debe explicitarse en un informe en el cual se especifique las asignaturas y las actividades que se requieren su aplicación. Artículo 10º: Procedimiento de la Evaluación Diferenciada Para solicitar Evaluación Diferenciada y la exención en alguna asignatura: Inciso 1: Los informes deben ser emitidos por el Departamento Sicotécnico, Psicopedagogos, Neurólogos, Psicólogos o Psiquiatras; en caso de incapacidad física, por un Traumatólogo o Kinesiólogo, y serán sometidos a estudio de caso por el Departamentos Psicotécnico, siendo la Coordinación Académica, quién transmitirá a los docentes la situación del alumno(a) y a sus Padres la decisión final. La solicitud para la exención en alguna asignatura deberá ser presentada para su tramitación, a más tardar el último día hábil del mes de Abril y para la evaluación diferenciada el último día hábil del mes de Mayo. 6 Inciso 2: La Evaluación Diferenciada entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación del informe por parte del Departamento Sicotécnico y Coordinación Académica. Inciso 3: La Evaluación Diferenciada acabará al concluir el año Escolar o antes si el especialista lo estima conveniente. Inciso 4: Es de responsabilidad del apoderado el cumplimiento de la entrega del informe externo solicitado por el Departamento Sicotécnico para la continuidad el apoyo. Inciso 5: En caso de incurrir en incumplimientos por parte de los Padres y Apoderados de lo solicitado por el Departamento sicotécnico en más de dos ocasiones (informes, citaciones, administración de medicamentos, etc.,) el alumno(a) perderá el beneficio de la Exención y/o Evaluación Diferenciada. Articulo Nº 11: Elaboración de instrumentos evaluativos de Evaluación Diferenciada Los criterios de Procedimientos o Instrumentos que se apliquen en casos de Evaluación Diferenciada, serán de responsabilidad del Docente, pudiendo la Educadora Diferencial del establecimiento participar activamente en la creación y aplicación de nuevos procedimientos o instrumentos. Artículo Nº 12: Participación dentro del aula de Educadora Diferencial Inciso 1: La sicopedagoga y/o Educadora Diferencial podrá participar en forma directa en las Salas de clases del 1º Ciclo Básico y en los niveles de 5º y 6º básicos, en coordinación con el Docente respectivo, y así poder detectar los casos de alumnos(as) con dificultades de aprendizaje y asistirlo(a) para mejorar dicho trastorno. Inciso 2: El cumplimiento de las derivaciones y sugerencias provenientes del Departamento Sicotécnico son de exclusiva responsabilidad de los Apoderados. Artículo Nº 13: Objetivos Transversales El logro de los Objetivos Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno(a), el que se consignará en el Libro de Clases y en el sistema computacional, Napsis, por los respectivos Profesores Jefes de cada curso. Las pautas para orientar este proceso son de responsabilidad de la Coordinación Académica, con apoyo del Departamento Sicotécnico. 7 Artículo Nº 14: Objetivos de los Objetivos Fundamentales Transversales La evaluación de Objetivos Fundamentales Transversales, será incluida en las distintas asignaturas y en las actividades de Aprendizaje del Colegio. Su orientación será esencialmente desarrollar, clarificar, afianzar e internalizar valores y actitudes, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional. PÁRRAFO 3: DE LAS CALIFICACIONES. Artículo Nº 15: Proceso de Evaluación Los alumnos(as) serán evaluados en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudio de su nivel. Artículo Nº 16: Evaluación de los talleres Todos los talleres correspondientes a la Jornada Escolar Única Diurna serán evaluados. Su promedio semestral será agregado como una nota coeficiente uno a la asignatura afín según al tema del taller. Esta situación debe ser clarificada 10 días antes del cierre de cada semestre. Artículo Nº 17: Calificaciones Inciso 1: Los alumnos(as) serán calificados en todas las asignaturas del Plan de Estudio, utilizando una escala numérica de 1,5 a 7,0, hasta con un decimal. Estas calificaciones deberán referirse sólo a Rendimiento Escolar. Inciso 2: El resultado del rendimiento escolar de los alumnos(as), cuando el estudiante se niega a rendir una evaluación, sea disertación, entrega de informes y/o trabajos, prueba teórica o práctica, y deje una prueba en blanco, significa que no ha preparado su evaluación, por consiguiente será evaluado con la nota mínima 1,5. La situación debe ser consignada en la hoja de vida del alumno en el libro de clases. Inciso 3: La nota mínima de aprobación será 4,0, con un 60% de exigencia. Artículo Nº 18: Procedimiento en caso de copia o plagio Si un alumno(a) es sorprendido de manera explícita copiando en una evaluación, la prueba debe ser retirada, consignar el hecho en la hoja de vida del libro de clases, e interrogar de forma oral y/o escrita al alumno(a) con un nivel de exigencia de un 70% para obtener la nota mínima de aprobación. Si el alumno(a) se niega al procedimiento se debe registrar el hecho en su hoja de vida del libro de clases y consignar la nota mínima 1,5. 8 Artículo Nº 19: Procedimiento de alumnos que llegan atrasados. Si un alumno(a) llega atrasado a primera hora e ingresando al cambio de hora, y durante ese período se estuviese rindiendo una evaluación y/o trabajo evaluado, deberá incorporarse al proceso en el tiempo restante. Si un alumno(a) no se presenta a rendir una evaluación, utilizando el artilugio de llegar más tarde, el alumno (a) debe quedarse al final de la jornada a rendir dicha evaluación, en Coordinación de Ciclo y/o Académica. De no presentarse se calificará con nota mínima 1,5. Todo esto debe quedar registrado en la hoja de vida del alumno del libro de clases. Artículo Nº 20: Las calificaciones serán expresadas sólo en cifras desde 1º año de Educación General Básica a 4º año de Educación Media. El proceso evaluativo de la Enseñanza Pre-básica se consignará en conceptos. Artículo Nº 21: Los alumnos(as) de 1º básico a 4º básico, obtendrán durante el año lectivo: Inciso 1: Calificaciones Parciales Corresponderán a todas las calificaciones de coeficiente uno (1) que el alumno(a) obtenga durante el semestre en las respectivas asignaturas. Inciso 2: Semestral Corresponderán, en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre. Este promedio será aproximado a la décima superior a partir de la centésima cinco (5). Inciso 3: Promedio Final Anual Corresponde al promedio aritmético de los semestres evaluados en cada una de las asignaturas. Este promedio se aproximará a la décima superior a partir de la centésima cinco (5). Inciso 5: Promedio General de Calificaciones Corresponderá al promedio aritmético de todas las calificaciones finales obtenidas por el alumno(a) en cada asignatura (excluida la asignatura de Religión).Este promedio será aproximado a la décima superior a partir de la milésima cinco (5), por razones del sistema informático. Los alumnos(as) de 5º básico a 4º Medio, obtendrán durante el año lectivo: 9 Inciso 1: Calificaciones Parciales Corresponderán a todas las calificaciones de coeficiente uno (1) y de coeficiente dos (2) que el alumno(a) obtenga durante el semestre en las respectivas asignaturas. Inciso 2: Semestral Corresponderán, en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre. Este promedio será aproximado a la décima superior a partir de la centésima cinco (5). Inciso 3: Promedio Final Anual Corresponde al promedio aritmético de los semestres evaluados en cada una de las asignaturas. Este promedio se aproximará a la décima superior a partir de la centésima cinco (5). Inciso 4: Promedio General de Calificaciones Corresponderá al promedio aritmético de todas las calificaciones finales obtenidas por el alumno(a) en cada asignatura (excluida la asignatura de Religión).Este promedio será aproximado a la décima superior a partir de la milésima cinco (5), por razones del sistema informático. Artículo 22: Prueba coeficiente dos Se realizará una prueba al final en cada semestre que tendrá un coeficiente uno (1) y/o dos (2) y que corresponderá a evaluar el contenido tratado en el mes de junio y noviembre a todos(as) los alumnos(as) y que será previamente calendarizadas por Coordinación Académica y subidas a la página web del colegio con dos meses de antelación. Los alumnos(as) podrán decidir si esta evaluación es coeficiente uno (1), antes de rendir la evaluación, sólo si cumplen los siguientes requisitos, de lo contrario la prueba tiene una ponderación de coeficiente dos (2). Para acceder a este beneficio: I. No haber faltado a clases en donde desee hacer efectivo este beneficio, más de una vez en el semestre con Licencia Médica, la cual se amplía el requisito al ser licencias continuadas. II. No ser retirado(a) de la clase por su apoderado donde quiere ser efectivo el beneficio. III. No llegar atrasada a la clase donde quiere hacer efectiva esta garantía. IV. No tener ninguna nota parcial inferior a cinco (5,0) 10 V. Toda situación especial de ausencia y que haya sido motivada por: Nacimiento de un hermano(a), hijo(a), fallecimiento de un pariente cercano (sólo padres, hermanos, tíos, primos y abuelos), tratamientos médicos que impliquen hospitalizaciones, reposo prolongado en el hogar, autorizaciones de ausencia, deben ser presentadas por el apoderado a los respectivos profesores jefes, quienes deberán informar a su Coordinador de Ciclo y estos a Coordinación Académica. VI. Cualquier situación especial que no esté mencionada en este reglamento, será revisado por Coordinación Académica, quien en conjunto con el equipo de Coordinación decidirán cada caso. VII. Esta situación queda excluida para los alumnos con Evaluación Diferenciada en las respectivas asignaturas, para quienes esta última evaluación será coeficiente uno (1) Artículo Nº 23: De otras Evaluaciones Inciso 1: Mensualmente, desde 2º básico a 2º Medio se aplicarán evaluaciones de carácter parcial en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales, las cuales tendrán preguntas de conocimientos y habilidades tipo Simce, de los contenidos previamente estudiados. Estas evaluaciones se considerarán como una evaluación parcial Inciso 2: Al término de cada semestre se aplicarán evaluaciones de nivel, que tendrán un carácter diagnóstico, desde 1º básico a 4º medio. Artículo Nº 24: Cantidad de notas por asignatura de acuerdo a horas pedagógicas Inciso 1: Los alumnos(as) de 1º y 4º año Básico obtendrán sólo calificaciones coeficiente uno (1) de acuerdo a la cantidad de horas, teniendo como mínimo: Asignaturas con: 2 horas 3 horas 4 horas 5 horas 6 horas o más : 4 notas : 5 notas : 6 notas : 7 notas : 8 notas 11 Inciso 2: Los alumnos(as) de 5º Básico a 4º año de Enseñanza Media, se consignarán por semestre, el siguiente número mínimo de calificaciones: Asignaturas con: 2 horas 3 horas 4 horas 5 horas 6 horas o más : Cuatro parciales y una prueba coeficiente dos. : Cuatro parciales y una prueba coeficiente dos. : Cinco parciales y una prueba coeficiente dos. : Seis parciales y una prueba coeficiente dos. : Ocho parciales y una prueba coeficiente dos. Inciso 3: Cada profesor(a) deberá informar previamente a los alumnos(as) el coeficiente asignado a la evaluación. Cada evaluación debe consignar el objetivo general y los aprendizajes esperados, se debe indicar el Prema y el valor de cada ítem y de cada pregunta Si la instancia de evaluación es oral, estas deben estar por escrito. Artículo Nº 25: Asignatura de Religión Inciso 1: La asignatura de Religión es obligatoria y no incide en la promoción. Sin embargo, desde 5º básico a 3º medio el promedio semestral de la asignatura irá como una evaluación parcial a la asignatura de Historia, Geografía y Ciencias Sociales. Inciso 2: La calificación final anual, será considerada para determinar la permanencia del alumno(a) en el establecimiento educacional. No se renovará el contrato de prestación de servicios educacionales a los alumnos(as) que obtengan un promedio inferior a 5.0 (bueno) en dicha asignatura, ya que se interpretará como una falta de preocupación e interés por los aspectos básicos del Proyecto Educativo del Colegio. Artículo Nº 26: Informe a los Apoderados Semestralmente se informará por escrito a los Padres y Apoderados de los alumnos(as) de Pre-Kínder a 4º año de Enseñanza Media sobre los resultados evaluativos de sus hijos(as), en las reuniones de apoderados. Esta misma información estará disponible en el sistema computacional del colegio (NAPSIS) en forma permanente. 12 Artículo Nº 27: Índice de fracaso Toda evaluación sumativa que obtenga un 35% de fracaso deberá ser informado por escrito a Coordinación Académica, quien deberá: I. Hacer un análisis de dicho fracaso. II. Solicitar al profesor(a) reforzar los aprendizajes esperados más débiles, tratados en la evaluación. III. Realizar una evaluación con los aprendizajes esperados reforzados, la cual se promediará con la nota obtenida en la prueba anterior. IV. En caso de obtener bajos resultados en la segunda evaluación, está igualmente será promediada y su resultado consignado en el libro de clases. V. En caso de evidenciar que los alumnos(as) se han coludido para dejar ítems o pruebas de manera intencional sin contestar, se consignará la nota obtenida en la primera evaluación. PÁRRAFO 4: DE LA PROMOCIÓN Artículo Nº 28: Requisitos de Aprobación Para la promoción al curso inmediatamente superior se considerarán de manera conjunta la asistencia y el rendimiento académico de los alumnos(as): Inciso 1: Asistencia Para ser promovidos los alumnos(as), deberán asistir a lo menos el 85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar Anual. No obstante, por razones oportunamente justificadas, la Dirección del establecimiento educacional, en conjunto con el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de los alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia. Inciso 2: a) Serán promovidos los alumnos(as) de 1º básico a 4º año de Enseñanza Media, que hubieren aprobado todas las asignaturas, o bien hayan reprobado: I. Una asignatura siempre que su promedio general sea igual o superior a 4,50 incluida la asignatura reprobada. II. Hasta dos asignaturas reprobadas siempre que su promedio general sea igual o superior a 5,00, incluidas las asignaturas reprobadas. 13 III. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas no aprobadas se encuentran las asignaturas de aprendizaje de Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, las alumnas de 3º y 4º Medio, ambas modalidades, serán promovidas siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio igual o superior a 5,50. Para efecto del cálculo de este promedio se considerarán la calificación de las dos asignaturas de aprendizaje no aprobados. b) No obstante lo señalado en el punto a, el Director del Establecimiento educacional podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias por el profesor(a) Jefe del curso del alumno(a) afectado, no promover de 1º a 2º básico y/o 3º a 4º básico, a aquellos que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación con los Programas de Estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de su aprendizaje en el curso superior. Para ello, se citará al Apoderado para conversar la situación con la Coordinadora de Ciclo e indicar las diferentes remediales para abordar de mejor manera el año precedente. c) Los alumnos(as) de régimen semestral y que por razones de fuerza mayor, deben faltar por un tiempo prolongado, podrán hacerlo sólo el primer semestre, previa evaluación y autorización de la Dirección del colegio. Artículo Nº 29: Causales de repitencia Si hubiesen dos asignaturas con calificación deficiente, y una de ellas fuese 3,9, y está fuese causal de repitencia, está sube automáticamente a 4,0. Artículo Nº 30: Situación final La situación final de promoción de los alumnos(as) deberá quedar resuelta, al final del año escolar correspondiente. PÁRRAFO 5: DE LOS CERTIFICADOS ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR. Artículo Nº 31: Certificado Anual de Estudios El establecimiento educacional, al término del año escolar, extenderá a sus alumnos(as) un certificado anual de estudios que indiquen las asignaturas estudiadas, las calificaciones finales obtenidas y la situación final correspondiente. 14 Artículo Nº 32: Registro de Calificaciones Las Actas de Registro de Calificaciones y promoción consignarán, en cada curso las calificaciones finales en cada asignatura como la situación final de los alumnos(as). Al término del año escolar se enviará el original y una copia a la Dirección de Educación que corresponda y una copia a la Secretaria Regional Ministerial de educación respectiva. PÁRRAFO 6: DE LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EFECTUADOS EN EL EXTRANJERO. Artículo Nº 33: Convalidación de estudios efectuados en el extranjero El Ministerio de Educación, por intermedio de la Dirección de Educación que corresponda, las situaciones de alumnos(as) que hayan realizado estudios en el extranjero, de acuerdo a los convenios y normas vigentes. La convalidación deberá ceñirse a las disposiciones que para efectos establecen dichas Direcciones. PÁRRAFO 7: DE LOS EXAMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS Artículo Nº 34: Exámenes de validación de estudios Las personas que no hubiesen realizado estudios regulares, que los hubieren efectuados en establecimientos NO reconocidos como Cooperadores de la Función Educacional del Estado o en el extranjero, en países con los cuales no hubiere convenio vigente, podrán rendir exámenes de validación de Estudios de Educación General Básica y Educación Media Humanista-Científica. Para tal efecto, presentarán una solicitud a la Secretaria regional Ministerial de Educación respectiva, la cual designará un establecimiento que administre los exámenes correspondientes. De 1º a 4º año de educación general Básica consistirá en una evaluación global. De 5º básico a 4º año de Enseñanza Media consistirá en un examen para cada asignatura.
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