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FUNDACIÓN “CARMELA LARRAÍN DE INFANTE”
COLEGIO DE LA PROVIDENCIA
CARMELA LARRAÍN DE INFANTE
PARTICULAR SUBVENCIONADO
R.B.D. 0991-2
MAIPÚ, 15 DE DICIEMBRE 2014
En virtud del Decreto 146 exento, de 1988, Decreto Nº 511/97, el Decreto Nº 1123 de 1998,
Decreto Nº 158/99, Decreto exento Nº 83 de 2001 y el Decreto 107 de 2003, que permite a los
Establecimientos Educacionales, en particular, tomar decisiones en materias referidas al proceso
de Evaluación del Aprendizaje de los alumnos(as).
El Colegio de la Providencia “Carmela Larraín de infante” de Maipú, presenta a la Comunidad
Educativa su Normativa Interna de Evaluación y Promoción, tomando en consideración que el
referido establecimiento tiene como principal objetivo facilitar el desarrollo integral de cada uno
de sus educandos desde una perspectiva católica.
NORMATIVA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 2015
PÁRRAFO 1: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1º: Decreto de Aprobación
Las disposiciones de la presente Normativa se aplicarán en el Colegio de la
Providencia “Carmela Larraín de Infante”, declarado Cooperador de la función
educacional del Estado, según Decreto Nº 9041 de 1968, que imparte educación
en los niveles de Educación Parvulario, Educación General Básica y Media
Humanístico-Científico.
Artículo 2º: De la planificación de la evaluación
La Dirección del Establecimiento Educacional decidirá, previo conocimiento de la
opinión del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de
evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos
complementarios, los cuales deberán ser comunicados, antes del inicio de clases a
la Dirección Provincial correspondiente.
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Artículo 3º: Períodos evaluativos
Los períodos evaluativos de los alumnos, desde Pre-Kínder a 4º Medio son de tipo
Semestral.
Artículo 4º: Eximición de una asignatura
La Dirección del establecimiento, previo informe técnico pedagógico, podrá eximir
desde 5º Básico a 2º Medio de una asignatura de aprendizaje, por problemas de
salud u otro motivo debidamente fundamentado mediante informe pedagógico y
certificado del especialista (neurólogo, siquiatra y/o sicopedagoga). En aquellos
casos de alumnos(as) de 3º y 4º Medio, se podrán eximir siempre y cuando hayan
tenido eximiciones los años precedentes. En ningún caso esta exención podrá
referirse a las asignaturas de Matemática y Lenguaje y Comunicación.
La solicitud de una exención de una asignatura deberá ser presentada por el
Apoderado hasta el último día hábil del mes de abril y deberá venir acompañado
por un informe de un especialista (neurólogo, siquiatra y/o sicopedagoga). La
documentación debe ser entregada a Coordinación Académica, quien derivará al
departamento sicotécnico, quien realizará los trámites internos pertinentes. En el
caso de informes mal emitidos, estos serán devueltos y habrá un plazo de 10 días
hábiles para su rectificación. La vigencia de la exención es de un año escolar.
En casos debidamente calificados, la Dirección Provincial Poniente de educación
podría conceder la exención de una segunda asignatura.
Todos los casos de exención deberán quedar consignados en un registro, el que
permanecerá en el Departamento Sicotécnico.
Los alumnos(as) con exención en alguna asignatura no llevarán calificación, sin
embargo, deben realizar las actividades de dicha de asignatura en la hora de clase
asignada por horario.
Artículo 5º: Ausencia a Evaluaciones
Inciso 1: El alumno(a) que se ausente a una evaluación de cualquier tipo deberá
coordinar con el profesor de la asignatura una fecha para rendir dicha evaluación,
en caso de no presentarse en la fecha acordada, tendrá una segunda oportunidad,
con nota máxima 4,0. Todo lo anterior debe quedar consignado en la hoja de vida
del alumno del libro de clases.
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Inciso 2: Los alumnos(as) que por motivos de salud deben ausentarse por más de 2
semanas deberán presentar certificado médico, el cual debe ser entregado hasta
el tercer día de emitido el documento. En el caso de ausentarse por viajes y/o
actividades
deportivas o recreativas, el apoderado debe presentarse con una
solicitud por escrito con 10 días hábiles de anticipación a Coordinación Académica,
quien gestionará los permisos respectivos. Si en ese período se hubiesen aplicado
evaluaciones, el alumno(a) al reintegrarse deberá ponerse de acuerdo con el o los
profesores de asignatura para rendir las evaluaciones pendientes. Todo lo anterior
debe quedar consignado en la hoja de vida del alumno del libro de clases.
Inciso 3: Toda inasistencia a una evaluación deberá ser justificada con certificado
médico y/o apoderado el cual debe concurrir personalmente al Colegio. De no
presentar estas justificaciones el alumno(a) podrá rendir la evaluación pero con
nota máxima 4,0. Las pruebas deberán ser tomadas inmediatamente el alumno(a)
se reintegre a clases.
PÁRRAFO 2: DE LA EVALUACIÓN
Artículo 6º: Formas de Evaluación
El aprendizaje de los estudiantes será evaluado mediante las siguientes formas
desde 1º básico a 4º año de Enseñanza Media.
1. Diagnóstico, la que será aplicada en la primera semana de ingreso a clases,
para medir habilidades y/o conductas de entradas. La evaluación se expresará
en conceptos de logros Nivel Alto, Nivel Medio Alto, Nivel Medio Bajo y Nivel
Bajo.
2. Formativa, la cual se puede apreciar al término de una actividad o trabajo
realizado en el hogar.
3. Sumativa, que corresponde a todo instrumento evaluativo que conlleve una
evaluación con escala numérica.
Artículo 7º: Entrega de los resultados de evaluaciones a los alumnos
Los procedimientos evaluativos y sus resultados deberán ser comunicados a los
alumnos(as) en un plazo máximo no superior a 7 días hábiles si son pruebas de
carácter objetiva y de 10 días hábiles si son instrumentos de redacción. Si esto no
se cumple la evaluación queda automáticamente anulada, salvo que el profesor(a)
esté haciendo uso de una licencia médica o tenga algún permiso especial de la
Dirección del Colegio para ausentarse.
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En el caso de los alumnos con Evaluación Diferenciada, el tiempo de entrega de
resultados se amplía a 10 días hábiles.
En el caso de ser un trabajo de carácter investigativo, queda a acuerdo entre el
profesor(a) y los alumnos(os) los tiempos de entrega de los resultados. Todo esto
debe quedar consignado en el leccionario de cada asignatura y consignar una nota
de constancia en las observaciones generales del libro de clases.
Conjuntamente con la entrega de calificaciones, el profesor(a) debe analizar las
respuestas de los alumnos(as) y los resultados obtenidos por curso, dejando una
constancia del hecho en el leccionario.
Artículo 8º: Tipos de instrumentos evaluativos y supervisión. Superación
Para la aplicación de las tres formas de evaluación se podrán utilizar diferentes
procedimientos evaluativos, tales como: pruebas escritas (objetivas y/o redacción,
mixtas, escala de apreciación, rúbricas, pauta de cotejo, etc.). Ningún contenido y
asignatura puede ser evaluado sin un instrumento preciso de evaluación.
Los procedimientos evaluativos deberán contener situaciones de evaluación
congruentes con las metodologías aplicadas y objetivos propuestos.
Todo instrumento evaluativo debe ser visado previamente por los respectivos
Coordinadores de Ciclo.
Inciso 1: Como estrategia para mejorar los aprendizajes de nuestros estudiantes,
se implementarán desde el 1º de abril de cada año, talleres de apoyo pedagógico,
de tal forma que puedan acercarse al nivel determinado previamente como
óptimo. Estos talleres se realizarán en las asignaturas de Lenguaje y/o Matemática
y serán impartidos por un especialista en cada asignatura. El docente especialista
preparara material específico para los aprendizajes menos logrados y estos talleres
serán planificados con aplicación de estrategias que puedan abordar la diversidad
en cuanto a estilos y ritmos de aprendizajes de los estudiantes. Estos talleres
estarán orientados para alumnos(as) desde 1º básico hasta 2º medio y cuyos
niveles de logros en las mencionadas asignaturas estén en el nivel medio bajo (4,0
a 4,9).
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Inciso 2: Tal como se aplicarán estrategias para aquellos estudiantes que a pesar
de estar en un nivel de desempeño suficiente, pero no óptimo, también se
implementarán estrategias para aquellos estudiantes que si se encuentran en el
nivel óptimo. Las acciones para implementar estas estrategias, estarán dirigidas a
la profundización de conocimientos por parte de los estudiantes que se
encuentran en el nivel óptimo de desempeño. Las actividades que definirán esta
estrategia serán competencias internas de diversa índole, como ferias temáticas,
olimpiadas de matemática, concursos de literatura, de deletreo, debates internos.
Además como una forma de evaluar las capacidades de estos estudiantes se dará
curso a la participación de diversas competencias interescolares, en donde
permanentemente serán acompañados por un docente de cada especialidad,
dependiendo de la competencia a la que se asista.
Otra acción tendiente aumentar la profundización de los aprendizajes consistirá en
diversas recomendaciones que les entregarán los docentes de cada asignatura y
que tendrá relación con entrega de guías adicionales, métodos de estudio,
recomendaciones sobre determinadas fuentes bibliográficas. Todos estos
elementos serán de uso opcional por parte del estudiante, puesto que él es el
primero que debe generar conciencia sobre la importancia que adquiere el
profundizar sus conocimientos.”
Artículo 9º: Evaluación Diferenciada
Se aplicarán procedimientos evaluativos de Evaluación Diferenciada, a los
alumnos(as) que tengan dificultades temporales o permanentes y que no
califiquen dentro del Proyecto de Integración Escolar (excepto 3º y 4º medio) para
desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje en algunas asignaturas del
Plan de Estudio, previo informe del especialista relacionado con la naturaleza del
impedimento, y que debe explicitarse en un informe en el cual se especifique las
asignaturas y las actividades que se requieren su aplicación.
Artículo 10º: Procedimiento de la Evaluación Diferenciada
Para solicitar Evaluación Diferenciada y la exención en alguna asignatura:
Inciso 1: Los informes deben ser emitidos por el Departamento Sicotécnico,
Psicopedagogos, Neurólogos, Psicólogos o Psiquiatras; en caso de incapacidad
física, por un Traumatólogo o Kinesiólogo, y serán sometidos a estudio de caso por
el Departamentos Psicotécnico, siendo la Coordinación Académica, quién
transmitirá a los docentes la situación del alumno(a) y a sus Padres la decisión
final. La solicitud para la exención en alguna asignatura deberá ser presentada
para su tramitación, a más tardar el último día hábil del mes de Abril y para la
evaluación diferenciada el último día hábil del mes de Mayo.
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Inciso 2: La Evaluación Diferenciada entrará en vigencia a partir de la fecha de
aprobación del informe por parte del Departamento Sicotécnico y Coordinación
Académica.
Inciso 3: La Evaluación Diferenciada acabará al concluir el año Escolar o antes si el
especialista lo estima conveniente.
Inciso 4: Es de responsabilidad del apoderado el cumplimiento de la entrega del
informe externo solicitado por el Departamento Sicotécnico para la continuidad el
apoyo.
Inciso 5: En caso de incurrir en incumplimientos por parte de los Padres y
Apoderados de lo solicitado por el Departamento sicotécnico en más de dos
ocasiones (informes, citaciones, administración de medicamentos, etc.,) el
alumno(a) perderá el beneficio de la Exención y/o Evaluación Diferenciada.
Articulo Nº 11: Elaboración de instrumentos evaluativos de Evaluación Diferenciada
Los criterios de Procedimientos o Instrumentos que se apliquen en casos de
Evaluación Diferenciada, serán de responsabilidad del Docente, pudiendo la
Educadora Diferencial del establecimiento participar activamente en la creación y
aplicación de nuevos procedimientos o instrumentos.
Artículo Nº 12: Participación dentro del aula de Educadora Diferencial
Inciso 1: La sicopedagoga y/o Educadora Diferencial podrá participar en forma
directa en las Salas de clases del 1º Ciclo Básico y en los niveles de 5º y 6º básicos,
en coordinación con el Docente respectivo, y así poder detectar los casos de
alumnos(as) con dificultades de aprendizaje y asistirlo(a) para mejorar dicho
trastorno.
Inciso 2: El cumplimiento de las derivaciones y sugerencias provenientes del
Departamento Sicotécnico son de exclusiva responsabilidad de los Apoderados.
Artículo Nº 13: Objetivos Transversales
El logro de los Objetivos Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo
Personal y Social del Alumno(a), el que se consignará en el Libro de Clases y en el
sistema computacional, Napsis, por los respectivos Profesores Jefes de cada curso.
Las pautas para orientar este proceso son de responsabilidad de la Coordinación
Académica, con apoyo del Departamento Sicotécnico.
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Artículo Nº 14: Objetivos de los Objetivos Fundamentales Transversales
La evaluación de Objetivos Fundamentales Transversales, será incluida en las
distintas asignaturas y en las actividades de Aprendizaje del Colegio. Su
orientación será esencialmente desarrollar, clarificar, afianzar e internalizar
valores y actitudes, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional.
PÁRRAFO 3: DE LAS CALIFICACIONES.
Artículo Nº 15: Proceso de Evaluación
Los alumnos(as) serán evaluados en todas las asignaturas o actividades de
aprendizaje del Plan de Estudio de su nivel.
Artículo Nº 16: Evaluación de los talleres
Todos los talleres correspondientes a la Jornada Escolar Única Diurna serán
evaluados. Su promedio semestral será agregado como una nota coeficiente uno a
la asignatura afín según al tema del taller.
Esta situación debe ser clarificada 10 días antes del cierre de cada semestre.
Artículo Nº 17: Calificaciones
Inciso 1: Los alumnos(as) serán calificados en todas las asignaturas del Plan de
Estudio, utilizando una escala numérica de 1,5 a 7,0, hasta con un decimal. Estas
calificaciones deberán referirse sólo a Rendimiento Escolar.
Inciso 2: El resultado del rendimiento escolar de los alumnos(as), cuando el
estudiante se niega a rendir una evaluación, sea disertación, entrega de informes
y/o trabajos, prueba teórica o práctica, y deje una prueba en blanco, significa que
no ha preparado su evaluación, por consiguiente será evaluado con la nota mínima
1,5. La situación debe ser consignada en la hoja de vida del alumno en el libro de
clases.
Inciso 3: La nota mínima de aprobación será 4,0, con un 60% de exigencia.
Artículo Nº 18: Procedimiento en caso de copia o plagio
Si un alumno(a) es sorprendido de manera explícita copiando en una evaluación, la
prueba debe ser retirada, consignar el hecho en la hoja de vida del libro de clases,
e interrogar de forma oral y/o escrita al alumno(a) con un nivel de exigencia de un
70% para obtener la nota mínima de aprobación. Si el alumno(a) se niega al
procedimiento se debe registrar el hecho en su hoja de vida del libro de clases y
consignar la nota mínima 1,5.
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Artículo Nº 19: Procedimiento de alumnos que llegan atrasados.
Si un alumno(a) llega atrasado a primera hora e ingresando al cambio de hora, y
durante ese período se estuviese rindiendo una evaluación y/o trabajo evaluado,
deberá incorporarse al proceso en el tiempo restante.
Si un alumno(a) no se presenta a rendir una evaluación, utilizando el artilugio de
llegar más tarde, el alumno (a) debe quedarse al final de la jornada a rendir dicha
evaluación, en Coordinación de Ciclo y/o Académica. De no presentarse se
calificará con nota mínima 1,5. Todo esto debe quedar registrado en la hoja de
vida del alumno del libro de clases.
Artículo Nº 20:
Las calificaciones serán expresadas sólo en cifras desde 1º año de Educación
General Básica a 4º año de Educación Media.
El proceso evaluativo de la Enseñanza Pre-básica se consignará en conceptos.
Artículo Nº 21:
Los alumnos(as) de 1º básico a 4º básico, obtendrán durante el año lectivo:
Inciso 1: Calificaciones Parciales
Corresponderán a todas las calificaciones de coeficiente uno (1) que el alumno(a)
obtenga durante el semestre en las respectivas asignaturas.
Inciso 2: Semestral
Corresponderán, en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones
parciales obtenidas durante el semestre. Este promedio será aproximado a la
décima superior a partir de la centésima cinco (5).
Inciso 3: Promedio Final Anual
Corresponde al promedio aritmético de los semestres evaluados en cada una de
las asignaturas. Este promedio se aproximará a la décima superior a partir de la
centésima cinco (5).
Inciso 5: Promedio General de Calificaciones
Corresponderá al promedio aritmético de todas las calificaciones finales obtenidas
por el alumno(a) en cada asignatura (excluida la asignatura de Religión).Este
promedio será aproximado a la décima superior a partir de la milésima cinco (5),
por razones del sistema informático.
Los alumnos(as) de 5º básico a 4º Medio, obtendrán durante el año lectivo:
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Inciso 1: Calificaciones Parciales
Corresponderán a todas las calificaciones de coeficiente uno (1) y de coeficiente
dos (2) que el alumno(a) obtenga durante el semestre en las respectivas
asignaturas.
Inciso 2: Semestral
Corresponderán, en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones
parciales obtenidas durante el semestre. Este promedio será aproximado a la
décima superior a partir de la centésima cinco (5).
Inciso 3: Promedio Final Anual
Corresponde al promedio aritmético de los semestres evaluados en cada una de
las asignaturas. Este promedio se aproximará a la décima superior a partir de la
centésima cinco (5).
Inciso 4: Promedio General de Calificaciones
Corresponderá al promedio aritmético de todas las calificaciones finales obtenidas
por el alumno(a) en cada asignatura (excluida la asignatura de Religión).Este
promedio será aproximado a la décima superior a partir de la milésima cinco (5),
por razones del sistema informático.
Artículo 22: Prueba coeficiente dos
Se realizará una prueba al final en cada semestre que tendrá un coeficiente uno (1)
y/o dos (2) y que corresponderá a evaluar el contenido tratado en el mes de junio
y noviembre a todos(as) los alumnos(as) y que será previamente calendarizadas
por Coordinación Académica y subidas a la página web del colegio con dos meses
de antelación.
Los alumnos(as) podrán decidir si esta evaluación es coeficiente uno (1), antes de
rendir la evaluación, sólo si cumplen los siguientes requisitos, de lo contrario la
prueba tiene una ponderación de coeficiente dos (2). Para acceder a este
beneficio:
I.
No haber faltado a clases en donde desee hacer efectivo este beneficio,
más de una vez en el semestre con Licencia Médica, la cual se amplía el
requisito al ser licencias continuadas.
II.
No ser retirado(a) de la clase por su apoderado donde quiere ser efectivo
el beneficio.
III.
No llegar atrasada a la clase donde quiere hacer efectiva esta garantía.
IV.
No tener ninguna nota parcial inferior a cinco (5,0)
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V.
Toda situación especial de ausencia y que haya sido motivada por:
Nacimiento de un hermano(a), hijo(a), fallecimiento de un pariente
cercano (sólo padres, hermanos, tíos, primos y abuelos), tratamientos
médicos que impliquen hospitalizaciones, reposo prolongado en el hogar,
autorizaciones de ausencia, deben ser presentadas por el apoderado a los
respectivos profesores jefes, quienes deberán informar a su Coordinador
de Ciclo y estos a Coordinación Académica.
VI.
Cualquier situación especial que no esté mencionada en este reglamento,
será revisado por Coordinación Académica, quien en conjunto con el
equipo de Coordinación decidirán cada caso.
VII.
Esta situación queda excluida para los alumnos con Evaluación
Diferenciada en las respectivas asignaturas, para quienes esta última
evaluación será coeficiente uno (1)
Artículo Nº 23: De otras Evaluaciones
Inciso 1: Mensualmente, desde 2º básico a 2º Medio se aplicarán evaluaciones de
carácter parcial en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática,
Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales, las cuales tendrán
preguntas de conocimientos y habilidades tipo Simce, de los contenidos
previamente estudiados. Estas evaluaciones se considerarán como una evaluación
parcial
Inciso 2: Al término de cada semestre se aplicarán evaluaciones de nivel, que
tendrán un carácter diagnóstico, desde 1º básico a 4º medio.
Artículo Nº 24: Cantidad de notas por asignatura de acuerdo a horas pedagógicas
Inciso 1:
Los alumnos(as) de 1º y 4º año Básico obtendrán sólo calificaciones coeficiente
uno (1) de acuerdo a la cantidad de horas, teniendo como mínimo:
Asignaturas con:
2 horas
3 horas
4 horas
5 horas
6 horas o más
: 4 notas
: 5 notas
: 6 notas
: 7 notas
: 8 notas
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Inciso 2:
Los alumnos(as) de 5º Básico a 4º año de Enseñanza Media, se consignarán por
semestre, el siguiente número mínimo de calificaciones:
Asignaturas con:
2 horas
3 horas
4 horas
5 horas
6 horas o más
: Cuatro parciales y una prueba coeficiente dos.
: Cuatro parciales y una prueba coeficiente dos.
: Cinco parciales y una prueba coeficiente dos.
: Seis parciales y una prueba coeficiente dos.
: Ocho parciales y una prueba coeficiente dos.
Inciso 3:
Cada profesor(a) deberá informar previamente a los alumnos(as) el coeficiente
asignado a la evaluación.
Cada evaluación debe consignar el objetivo general y los aprendizajes esperados,
se debe indicar el Prema y el valor de cada ítem y de cada pregunta
Si la instancia de evaluación es oral, estas deben estar por escrito.
Artículo Nº 25: Asignatura de Religión
Inciso 1:
La asignatura de Religión es obligatoria y no incide en la promoción. Sin embargo,
desde 5º básico a 3º medio el promedio semestral de la asignatura irá como una
evaluación parcial a la asignatura de Historia, Geografía y Ciencias Sociales.
Inciso 2:
La calificación final anual, será considerada para determinar la permanencia del
alumno(a) en el establecimiento educacional. No se renovará el contrato de
prestación de servicios educacionales a los alumnos(as) que obtengan un
promedio inferior a 5.0 (bueno) en dicha asignatura, ya que se interpretará como
una falta de preocupación e interés por los aspectos básicos del Proyecto
Educativo del Colegio.
Artículo Nº 26: Informe a los Apoderados
Semestralmente se informará por escrito a los Padres y Apoderados de los
alumnos(as) de Pre-Kínder a 4º año de Enseñanza Media sobre los resultados
evaluativos de sus hijos(as), en las reuniones de apoderados. Esta misma
información estará disponible en el sistema computacional del colegio (NAPSIS) en
forma permanente.
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Artículo Nº 27: Índice de fracaso
Toda evaluación sumativa que obtenga un 35% de fracaso deberá ser informado
por escrito a Coordinación Académica, quien deberá:
I.
Hacer un análisis de dicho fracaso.
II.
Solicitar al profesor(a) reforzar los aprendizajes esperados más débiles,
tratados en la evaluación.
III.
Realizar una evaluación con los aprendizajes esperados reforzados, la cual
se promediará con la nota obtenida en la prueba anterior.
IV.
En caso de obtener bajos resultados en la segunda evaluación, está
igualmente será promediada y su resultado consignado en el libro de
clases.
V.
En caso de evidenciar que los alumnos(as) se han coludido para dejar
ítems o pruebas de manera intencional sin contestar, se consignará la nota
obtenida en la primera evaluación.
PÁRRAFO 4: DE LA PROMOCIÓN
Artículo Nº 28: Requisitos de Aprobación
Para la promoción al curso inmediatamente superior se considerarán de manera
conjunta la asistencia y el rendimiento académico de los alumnos(as):
Inciso 1: Asistencia
Para ser promovidos los alumnos(as), deberán asistir a lo menos el 85% de las
clases establecidas en el Calendario Escolar Anual. No obstante, por razones
oportunamente justificadas, la Dirección del establecimiento educacional, en
conjunto con el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de los
alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia.
Inciso 2:
a) Serán promovidos los alumnos(as) de 1º básico a 4º año de Enseñanza Media,
que hubieren aprobado todas las asignaturas, o bien hayan reprobado:
I.
Una asignatura siempre que su promedio general sea igual o superior a
4,50 incluida la asignatura reprobada.
II.
Hasta dos asignaturas reprobadas siempre que su promedio general sea
igual o superior a 5,00, incluidas las asignaturas reprobadas.
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III.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos
asignaturas no aprobadas se encuentran las asignaturas de aprendizaje de
Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, las alumnas de 3º y 4º Medio,
ambas modalidades, serán promovidas siempre que su nivel de logro
corresponda a un promedio igual o superior a 5,50. Para efecto del
cálculo de este promedio se considerarán la calificación de las dos
asignaturas de aprendizaje no aprobados.
b) No obstante lo señalado en el punto a, el Director del Establecimiento
educacional podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas
evidencias por el profesor(a) Jefe del curso del alumno(a) afectado, no promover
de 1º a 2º básico y/o 3º a 4º básico, a aquellos que presenten un retraso
significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación con los Programas de
Estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la
continuidad de su aprendizaje en el curso superior.
Para ello, se citará al Apoderado para conversar la situación con la Coordinadora
de Ciclo e indicar las diferentes remediales para abordar de mejor manera el año
precedente.
c) Los alumnos(as) de régimen semestral y que por razones de fuerza mayor,
deben faltar por un tiempo prolongado, podrán hacerlo sólo el primer semestre,
previa evaluación y autorización de la Dirección del colegio.
Artículo Nº 29: Causales de repitencia
Si hubiesen dos asignaturas con calificación deficiente, y una de ellas fuese 3,9, y
está fuese causal de repitencia, está sube automáticamente a 4,0.
Artículo Nº 30: Situación final
La situación final de promoción de los alumnos(as) deberá quedar resuelta, al final
del año escolar correspondiente.
PÁRRAFO 5: DE LOS CERTIFICADOS ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE
CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR.
Artículo Nº 31: Certificado Anual de Estudios
El establecimiento educacional, al término del año escolar, extenderá a sus
alumnos(as) un certificado anual de estudios que indiquen las asignaturas
estudiadas, las calificaciones finales obtenidas y la situación final correspondiente.
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Artículo Nº 32: Registro de Calificaciones
Las Actas de Registro de Calificaciones y promoción consignarán, en cada curso las
calificaciones finales en cada asignatura como la situación final de los alumnos(as).
Al término del año escolar se enviará el original y una copia a la Dirección de
Educación que corresponda y una copia a la Secretaria Regional Ministerial de
educación respectiva.
PÁRRAFO 6: DE LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EFECTUADOS EN EL EXTRANJERO.
Artículo Nº 33: Convalidación de estudios efectuados en el extranjero
El Ministerio de Educación, por intermedio de la Dirección de Educación que
corresponda, las situaciones de alumnos(as) que hayan realizado estudios en el
extranjero, de acuerdo a los convenios y normas vigentes. La convalidación deberá
ceñirse a las disposiciones que para efectos establecen dichas Direcciones.
PÁRRAFO 7: DE LOS EXAMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS
Artículo Nº 34: Exámenes de validación de estudios
Las personas que no hubiesen realizado estudios regulares, que los hubieren
efectuados en establecimientos NO reconocidos como Cooperadores de la Función
Educacional del Estado o en el extranjero, en países con los cuales no hubiere
convenio vigente, podrán rendir exámenes de validación de Estudios de Educación
General Básica y Educación Media Humanista-Científica. Para tal efecto,
presentarán una solicitud a la Secretaria regional Ministerial de Educación
respectiva, la cual designará un establecimiento que administre los exámenes
correspondientes.
De 1º a 4º año de educación general Básica consistirá en una evaluación global. De
5º básico a 4º año de Enseñanza Media consistirá en un examen para cada
asignatura.