Requisitos para el Registro de Instructor Externo Independiente

RELACION DE REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE INSTRUCTOR EXTERNO
INDEPENDIENTE
1. Acudir a las oficinas con oficio solicitando registro o renovación según sea el caso
como persona física capacitadora anexando número telefónico, correo electrónico
y especificar la especialidad requerida ante la Unidad Estatal de Protección Civil.
2. Dos fotografías tamaño infantil a color.
3. Presentar copia de la siguiente documentación:
 Registro Federal de Contribuyente (Cédula)
 Comprobante de domicilio fiscal
 Identificación Oficial
4. Diploma o Certificado que lo acredite como instructor y su especialidad
(constancia de CENAPRED es opcional).
5. Presentar constancia de capacitación por cada tema que solicite impartir
(actualizadas no más de dos años).
6. Currículum Vitae que acredite tener una formación competente, relacionada con la
materia de Protección civil
7. Constancia como agente capacitador, expedido en términos de la legislación
laboral ante la secretaría del trabajo y previsión social (DC-5 STPS).
8. Acreditar con constancias emitidas por la Unidad Estatal de Protección Civil los
cursos que desea impartir (En caso de ser necesario se aplicará un examen para
dar la constancia).
9. Actualización del tema de Implementación de Programa Interno de Protección
Civil.
10. Formato de la constancia que vaya a expedir.
11. En caso de renovación después de 1 año de no renovar ya se considera como
registro nuevo (se da de baja el registro anterior).
12. Carta de corresponsabilidad
13. Definir en qué tipo de giros proporcionará sus servicios (comercios, industrias de
la transformación, escuelas guarderías, etc), en caso de ser guardería deberá
presentar constancia de actualización para atención a guarderías y estancias.
LINEAMIENTOS DE EXPEDICIÓN
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Una vez cubierto los requisitos la Unidad Estatal de Protección Civil verificará la
documentación.
La Unidad Estatal de Protección Civil se reserva el derecho de autorizar, revocar o
revalidar el registro expedido, por hacer uso indebido del mismo.
En caso de contar con registro expedido por otra Entidad Federativa o Municipal
no exime de la obligación de registrarse ante la Unidad Estatal de Protección Civil.
El registro como capacitador en materia de Protección Civil tendrá vigencia de un
año a partir de la fecha de expedición, debiendo solicitar su renovación al concluir
el tiempo de vigencia.
Presentar el resumen de las actividades realizadas durante el año.
En caso de ser instructor foráneo deberá informar a esta autoridad a que empresas
le impartirá sus cursos, ya que el registro saldrá con la autorización solo para esas
empresas.
DOCUMENTO QUE RECIBE EL SOLICITANTE
Registro como Instructor Externo en Materia de Protección Civil
TIEMPO DE RESPUESTA
La Unidad Estatal de Protección Civil atenderá su solicitud en los cinco días hábiles
siguientes a haber confirmado su solicitud.
FINALIDAD
Que la población tenga la seguridad de que la persona que contrata para la impartición de
cursos este capacitada ya que ha cumplido con los requisitos que solicita esta Unidad para
ser Instructor Externo en materia de Protección Civil.