CRISIS Y GÉNERO: UN RETROCESO HISTÓRICO

8 de marzo de 2015
CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO
HISTÓRICO DE LA
IGUALDAD
Secretaría de la Mujer
CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
ÍNDICE
1. RETROCESOS EN
DERECHOS LABORALES
3. RETROCESOS EN
DERECHOS HUMANOS
2. RETROCESOS EN
DERECHOS SOCIALES
4. CONCLUSIONES
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CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
1. RETROCESOS EN DERECHOS LABORALES
1.1. La desigualdad laboral de las mujeres
La discriminación laboral de las mujeres en el mercado de trabajo es un
problema estructural, pues las diferencias entre mujeres y hombres vienen
marcadas por una cultura patriarcal que no hemos superado y que amenaza
con acrecentarse en estos tiempos de crisis económica y de políticas de
recortes de derechos sociales.
El ámbito laboral es un reflejo de los demás ámbitos de la vida pública, y por
supuesto, también de la privada, y las mujeres nos hemos visto condicionadas
a incorporarnos a un mercado laboral organizado por y para hombres, sin dejar
de asumir, casi por completo, las responsabilidades familiares y de cuidados, al
no llevarse a cabo la necesaria y justa corresponsabilidad de estas tareas por
parte ni de los hombres, ni de la Administración, ni mucho menos de las
empresas.
La discriminación laboral de las mujeres es compleja de entender e influyen
muchos factores que se interrelacionan entre sí. No existe una igualdad real
entre hombres y mujeres, las relaciones entre los géneros están condicionadas
a roles y estereotipos distintos afianzados históricamente. En la escala social
las características, los valores y los comportamientos masculinos ocupan los
primeros puestos. Esta organización se reproduce en el mercado de trabajo y
se traduce en discriminaciones laborales por razón del sexo, estas
discriminaciones pueden ser:
• Directas: medidas o prácticas laborales que suponen un resultado
perjudicial para las mujeres que parte de una diferencia de trato
establecida directamente en función de sexo. Ejemplo: oferta de empleo
en la que sólo se soliciten hombres.
• Indirectas: Medidas o prácticas laborales que suponen un tratamiento
formalmente neutro pero que produce efectos perjudiciales para las
mujeres, y sólo se detectan a partir de sus efectos. Ejemplo: plus de
asistencia: Se aplica más a hombres que a mujeres, puesto que son las
mujeres las que normalmente solicitan los permisos retribuidos y no
retribuidos para atender las necesidades de menores y personas
dependientes.
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Ya sea directa o indirectamente, las discriminaciones laborales se presentan en
todos los ámbitos de la vida profesional, desde las dificultades para el mismo
acceso, como las otras que puedan plantearse por el mero hecho de ser
mujeres.
ACCESO
Es difícil cuantificar el número de mujeres que han sufrido o sufren
discriminación a la hora de acceder a un empleo.
La discriminación en el acceso, puede producirse en dos momentos:
• Previa a la selección o inicial: se produce cuando la organización
considera que las “características masculinas” se adecúan mejor al perfil
del puesto.
• Durante el proceso de selección: una vez superada la preselección,
bien a través de un cuestionario o en entrevista, las mujeres son objeto
de una serie de preguntas acerca del estado civil, maternidad, cuidado
de hijos e hijas... todo esto denota que el entrevistador/a, desde una
óptica en la que los cuidados de la familia son responsabilidad de las
mujeres, valora las circunstancias de la candidata relacionadas con el
puesto de trabajo. Las deducciones que se hacen de la información
recibida están relacionadas con la disponibilidad, el absentismo, las
bajas maternales etc.
En definitiva, se da peso a las características biológicas y sobre todo a los
prejuicios existentes acerca de las características de los grupos de hombres y
mujeres.
No obstante, el mayor reto que las mujeres deben superar lo constituyen las
resistencias, cuando no la negativa manifiesta, del empresariado a contratar a
mujeres. Muchas de estas resistencias tienen que ver con nuestra cultura, con
nuestro modo de entender la vida y con el hecho de sentirse incómodos/as
ellos/as mismos/as o sus clientes viendo a mujeres desempeñar ciertas
funciones y tareas. La segregación de nuestro mercado laboral demuestra que
las mujeres acceden a menos ocupaciones que los hombres, y en las que
están, son muy precarias y peor remuneradas.
Las mujeres son mayoría en la economía sumergida, en los contratos a tiempo
parcial y en los contratos temporales. La mayor formación de las mujeres en los
últimos años no se ha visto acompañada de una mejoría en su estatus laboral.
Estos mismos motivos que impiden un acceso igualitario demostrado por las
cifras del paro en nuestra comunidad, dan lugar a un mayor índice de
precariedad en el empleo y a unas dificultades mayores en cuanto a la
promoción.
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Datos:
Existen importantes desigualdades entre hombres y mujeres en cuanto a su
integración en el mercado de trabajo. Las mujeres están infrarrepresentadas en
la población activa, puesto que suponen el 45,2% del total en Andalucía.
Ocurre al contrario como población inactiva, al constituir el 61,5% del conjunto.
En relación a la población activa ocupada, en Andalucía las mujeres
representan un 43,2% del total. De ellas un gran porcentaje declara que
querrían trabajar más horas (un 56,6%).
Se está priorizando el empleo masculino pues disminuye el paro general y
aumenta la brecha de paro entre mujeres y hombres, en 2014, las mujeres
tienen casi dos puntos más de paro que los hombres en España, y un 5.6%
más en Andalucía
El contrato parcial es para mujeres. En 2014 en Andalucía hay 6 hombres
por cada 4 mujeres con contrato a tiempo completo, mientras que en contratos
a tiempo parcial hay 7 mujeres por cada 3 hombres.
PROMOCIÓN Y FORMACIÓN
Existen también prejuicios sociales importantes con respecto a que las mujeres
detenten ciertos cargos de poder hasta hace poco ocupados sólo por hombres,
en los que a ellas se les cuestiona con más frecuencia.
Además, la existencia de la citada segregación ocupacional o división del
trabajo en sectores y ocupaciones asociadas al género femenino y masculino
respectivamente en función de los roles tradicionales que ocupan, produce que
las mujeres trabajen en sectores y categorías determinadas, también con
menores posibilidades de promoción.
Un factor importante para promocionarse también dentro de las organizaciones
es poder integrarse en procesos de formación que permiten al trabajador o
trabajadora un aprendizaje continuo con objeto de adquirir más conocimientos
en su área, o bien para su actualización, especialización, reciclaje, etc.
Y el obstáculo que encuentran las mujeres para asistir a cursos de formación,
es que generalmente estos se organizan en horario fuera de la jornada laboral
o fuera del centro de trabajo, cuando sabemos que las mujeres tienen menos
disponibilidad y movilidad ante el desigual reparto de las responsabilidades
familiares.
En este punto tenemos también el fenómeno del techo de cristal o suelo
pegajoso: barrera invisible a partir de la cual las mujeres no pueden crecer
profesionalmente debido a distintos factores: el principio de designación por
elección, el choque cultural, y el nivel de excelencia exigido a las mujeres, nivel
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formativo sin correspondencia con puestos de responsabilidad, abandono o
estancamiento de la carrera profesional debido a una difícil conciliación de la
vida laboral, familiar y personal, infravaloración por roles, estereotipos o
prejuicios sexistas de las mujeres en el ámbito laboral, etc.
Reiteramos que el incremento del nivel formativo y de la participación de las
mujeres en el mercado laboral no ha tenido su debida correspondencia con la
adquisición de puestos de responsabilidad de las empresas
Dato:
Las mujeres son el 13,4% de directivos en España pero hay un 31% de
empresas que no cuentan con ninguna.
CONCILIACIÓN VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL
Es la maternidad concretamente uno de los motivos que, aunque de forma
encubierta, más frecuentemente utiliza el empresario/a para modificar las
condiciones de trabajo, la no renovación de contratos y el despido de la
trabajadora embarazada o con hijos/as. Aunque estas situaciones, no obstante,
están reguladas en la legislación para respaldar a las trabajadoras, el hecho
real es que muchas empresas no cumplen estas normas.
Debido a esta mentalidad dominante y a esta forma de entender las relaciones
familiares, son las mujeres las que suelen acogerse a los permisos de
maternidad sin compartirlos, a la reducción de jornada por guarda legal, a las
excedencias para el cuidado de menores y personas dependientes, etc. todo
esto dificulta enormemente su desarrollo profesional.
Nos gustaría destacar que esto no solamente tiene una base educacional y de
reparto de roles, otra cuestión a tener en cuenta, es que cuando hay abandono
del puesto de trabajo por imposibilidad de compatibilizar trabajo y familia, suele
ser la mujer la que abandona también por motivos económicos: su sueldo suele
ser menor y esto causa un menor prejuicio para la economía familiar.
Datos:
El tener hijos e hijas penaliza el empleo de las mujeres: la tasa de empleo
de las mujeres baja en más de 13 puntos de 0 a 3 hijos o más de tres, mientras
que en los hombres es al contrario, sube más de 15 puntos en los mismos
casos.
La ausencia de políticas efectivas de conciliación supone un alto índice
de inactividad en las mujeres (Fuente EPA 2010 sobre conciliación, no hay
datos recientes) Un 82% de las personas paradas por hacerse cargo del
cuidado de hijos e hijas son mujeres, y entre las personas inactivas por el
mismo motivo, el porcentaje de mujeres era del 97,2%. En ambas situaciones
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la principal razón alegada es que los servicios del cuidado de menores son muy
caros.
La conciliación de la vida laboral y familiar supone para las mujeres una
subcontratación o contratación a tiempo parcial (Fuente EPA 2010 sobre
conciliación, no hay datos recientes) El 97.3% de las personas ocupadas a
tiempo parcial por hacerse cargo del cuidado de menores de 14 años eran
mujeres y el 53.3% de estas mujeres alegaba como principal razón el alto
precio de los servicios de cuidado de niños/as.
Según el estudio "Desigualdades de género en la distribución de los
recursos económicos en las parejas" de Sandra Dema Moreno, Capitolina
Díaz Martínez, y Lucila Finkel: las mujeres que conviven con un hombre y están
en edad de trabajar cuentan con unos ingresos un 36% menores que las que
viven solas, y un 12% más bajos que las que encabezan hogares
monoparentales.
Por todo esto en UGT Andalucía defendemos que hay que hablar de
conciliación en términos de corresponsabilidad:
• Desde el ámbito privado: corresponsabilidad de los hombres, que
tienen que ejercer los derechos relacionados con la conciliación para
romper con los estereotipos de las mujeres como únicas responsables
de la familia.
• Desde el ámbito público: corresponsabilidad de las Administraciones,
para que oferten los servicios públicos de atención a menores, a
mayores y a personas con discapacidad adecuados a la verdadera
demanda que existe, y facilitar a las personas, que tienen a su cargo a
personas dependientes, su inserción y promoción laboral.
• Desde el ámbito empresarial: corresponsabilidad de las empresas, que
deben ser socialmente responsables y que no pueden penalizar a nadie
por ejercer sus derechos de conciliación.
La ausencia de corresponsabilidad tiene tres consecuencias para el desarrollo
profesional de las mujeres: el descenso de la empleabilidad de las mujeres a
medida que aumenta el número de hijos, el aumento de la inactividad en las
mujeres por la asunción de cuidados familiares, y la enorme tasa de
temporalidad en la contratación de las mujeres.
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BRECHA SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES
La discriminación salarial o retributiva por razón de sexo, que se conoce
también como brecha salarial o desigualdad salarial, es la menor retribución
(concepto más amplio que salario) que perciben las mujeres tanto en su vida
profesional como en la percepción de otras prestaciones, por tres factores
fundamentales:
1. La diferente y discriminatoria valoración de los puestos de trabajo de
mujeres y hombres
2. La segregación ocupacional (horizontal y vertical) del mercado de
trabajo
3. La ausencia de corresponsabilidad en las tareas domésticas y de
cuidados familiares, lo que produce que las mujeres sean quienes
soliciten en su mayoría los derechos de conciliación de la vida laboral,
familiar y personal
Datos:
La Encuesta de Estructura Salarial de 2012 nos dice que el salario promedio
anual femenino en España fue del 76% en relación al masculino La
ganancia de los hombres es de 25.682,05 euros frente a 19.537,33 euros de
las mujeres
La brecha salarial entre mujeres y hombres está aumentando desde el
2008, salvo el 2009 en Andalucía, que baja a un 20% para subir 4 puntos al
año siguiente.
En España en el año 2011, la brecha salarial entre mujeres y hombres es
del 23%, ganando las mujeres unos 5.900 € menos de media anual que los
hombres, mientras que en el 2012, la brecha estatal se incrementa un
punto hasta el 24%, siendo la diferencia de salarios entre mujeres y hombres
de unos 6.144,72€ (unos 244,42 € más)
En Andalucía en el 2011 las diferencias salariales entre mujeres y hombres
eran de unos 5.426 €, un 23% menos, mientras que en el 2012 asciende a
5.763.64€ (337.63 € más), lo que hace incrementar la brecha salarial a un
24.4%.
En el año 2012, una mujer en Andalucía tenía que trabajar casi 81 días más
que un hombre al año para ganar lo mismo, hasta el 25 de abril del año
siguiente.
La brecha aumenta en los contratos indefinidos y baja en contratos
temporales, tanto en Andalucía como en España.
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En cuanto a las ocupaciones con cualificaciones más altas es mayor la
brecha salarial entre mujeres y hombres.
Si el análisis de esta situación lo vemos según los sectores podemos observar
que el sector donde menos brecha salarial hay, tanto en Andalucía como en
España, es en el de la construcción, puesto que es en el que menos mujeres
hay. En España el resto de los sectores oscilan entre el 23 y 24%, en
Andalucía, sin embargo, en el sector de Industria hay un 31% de brecha y más
de 8.000 € de diferencia salarial anual entre el salario de mujeres y hombres.
La diferencia salarial entre sexos aumenta con la edad. Esto puede
explicarse por la mayor cualificación (tipos de ocupación, nivel de estudios,
etc.) de las mujeres más jóvenes respecto a las de mayor edad. Otra
interpretación a tener en cuenta es el incremento de la maternidad a partir de
los 32 años y, con ello, el estancamiento de la carrera profesional, o la mayor
salida del mercado laboral.
Según los datos del Mercado de Trabajo y Pensiones de la Agencia Tributaria
del 2013, la brecha salarial en Andalucía ha aumentado al 25%. En cuanto a
los datos provinciales, Huelva y Cádiz son las provincias que más brecha
salarial tienen entre mujeres y hombres con un 33 y un 30 por ciento
respectivamente. Las que menos, son Almería con un 15% y Jaén con un 18%.
En cuanto a las pensiones contributivas, según el Informe de Evaluación de
Impacto de Género de Andalucía 2015 con datos de 2013, se muestra que las
pensiones contributivas por incapacidad y por jubilación fueron
percibidas en más de 66% por hombres y en un 34% por mujeres.
La tardía incorporación de las mujeres al mercado laboral se muestra también
en la percepción diferenciada de las pensiones de viudedad, obtenidas
por un 7% de hombres y un 93% de mujeres.
La cuantía media de las pensiones es mayor cuando la percibe un
hombre, unos 180 € más si hablamos de incapacidad, o de 351 € si hablamos
de jubilación. Las pensiones percibidas por los hombres son un 52% más
cuantiosas que las de las mujeres.
Las mujeres son las perceptoras mayoritarias de las pensiones no
contributivas, un 70% del total, porcentaje que se hace mayor si hablamos
de las pensiones asistenciales, pues las mujeres representan un 84,1%. Esto
vuelve a ser reflejo del comportamiento diferenciado de hombres y mujeres
durante su vida laboral.
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INFRAVALORACIÓN
TRABAJADORAS
DE
RIESGOS
Y
ENFERMEDADES
DE
LAS
La salud laboral también se mide por patrones masculinos, dándose mayor
importancia a los accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales
característicos del trabajo realizado por hombres, por lo tanto, se presta una
atención mucho menor a otros riesgos menos visibles que afectan a los
sectores de actividad más feminizados, que no presentan un peligro directo ni
son evidentes en sus consecuencias, pero que, sin embargo, van afectando
progresivamente a la salud. Estos riesgos tienen más que ver con la
organización del trabajo.
Además, la doble jornada que realizan las mujeres cuando no existe
corresponsabilidad en las tareas las tareas de cuidado y del hogar, hace que
sean ellas las que en mayor medida padezcan estrés.
Otra cuestión importante es el riesgo durante el embarazo y la lactancia:
aunque hay una legislación que protege estas situaciones, en las empresas es
difícil ejercer este derecho, en UGT Andalucía estamos detectando malas
praxis de mutuas y de seguridad social donde minimizan riesgos importantes
en puestos de trabajo para las mujeres embarazadas.
ACOSO SEXUAL Y ACOSO MORAL EN EL TRABAJO
El acoso sexual es la situación en la que se produce un comportamiento no
deseado de connotación sexual, ya se exprese física, verbal o no verbalmente,
y tenga por objeto o por efecto atentar contra la dignidad de una persona y, en
particular, crear un ambiente intimidatorio, hostil, degradante, humillante u
ofensivo, dentro del entorno laboral.
El Acoso Moral es un comportamiento negativo u hostil entre compañeros/ as
o entre superiores/ inferiores jerárquicos, a causa del cual, el afectado/ a es
objeto de acoso y ataques sistemáticos y durante mucho tiempo, de modo
directo o indirecto, con el objetivo de provocar la humillación y el alejamiento
del lugar de trabajo (la finalidad del acoso es distinta que en el sexual).
El acoso sexual y por razón de sexo es una forma específica de violencia de
género que se da en los centros de trabajo, son abusos de poder derivados de
la desigual situación de mujeres y hombres en el mundo del trabajo y en la
sociedad.
Datos:
Según la macroencuesta sobre violencia de género publicada por la Agencia de
los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), presentada en 2014,
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el 33% de las mujeres europeas han sido víctimas de violencia de género,
62 millones de europeas, un tercio de la población femenina europea. Y,
cuando el informe desgrana los datos, resulta aún más demoledor: el 75% de
las mujeres que ocupan puestos de relativa responsabilidad en sus trabajos, a
cargo de pequeños equipos, afirman haber sufrido acoso laboral.
1.2. Relación laboral de carácter especial del Servicio de Hogar Familiar
El Régimen Especial de Empleadas de hogar estaba regulado en Real Decreto
1424/1985, y pasa a modificarse a través del Real Decreto 1620/2011, de 14 de
noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del
hogar familiar. (B.O.E. de 17 de noviembre de 2011).
Para cumplir con las recomendaciones del Pacto de Toledo, que era integrar en
el Régimen General los regímenes especiales, entre los que se encontraba el
Régimen de Empleadas de Hogar, se firmó el Acuerdo Social y Económico del
2011, recogiendo las reivindicaciones que desde los noventa se venían
demandando desde UGT. Esto se plasmó en la Ley 27/2011, de 1 de agosto,
sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad
Social, y el Decreto 1620/2011 mencionado, estando el nuevo sistema
aplicable desde el 1 de enero de 2012, siendo los primeros seis meses del
citado año el plazo para cambiar del régimen anterior al nuevo.
Pese al enorme incremento de afiliación en este sistema en 2012, hablamos de
un incremento del 41% con respecto al año anterior en un periodo en el que la
afiliación al Régimen General había caído un 4,6%, el Gobierno de la Nación
decidió cambiar unilateralmente, por supuesto, sin acuerdo con los agentes
sociales, y modificó todo lo establecido mediante Real Decreto Ley 29/2012 de
28 de diciembre de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para
Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social, en esta norma
se restringieron cosas conseguidas en el Decreto 1620/2011.
Las empleadas de hogar son un colectivo de trabajadoras discriminadas por
razón de su sexo, que tienen unas condiciones que difieren mucho de las del
Régimen General, siendo la diferencia más grande que no tienen derecho a la
prestación por desempleo.
La realidad laboral de estas trabajadoras es que, en muchos casos, tienen
salarios ínfimos, y horarios interminables, condiciones laborales abusivas,
economía sumergida o desregularización, sufren abusos y acosos por parte de
la parte empleadora, no tienen una protección efectiva de su salud laboral, ni
siquiera cuando se quedan embarazadas, y son frecuentes los despidos por
desistimiento cuando quieren ejercer algún derecho laboral general, o algún
derecho de conciliación en particular, y por supuesto, al no cotizar lo suficiente
o por debajo de salario real, tienen unas pensiones muy bajas.
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Las empleadas de hogar son, en su inmensa mayoría, mujeres, y su labor en el
mercado de trabajo está relacionada con trabajos feminizados, realizados
históricamente en el ámbito privado y sin remuneración. Seguimos
comercializando con el trabajo de las mujeres valorándolo económica y
socialmente muy por debajo de su valor real en la sociedad en la que vivimos.
Este concepto de servidumbre encubre un claro problema de clases y de
género. La situación se agrava al ser su centro de trabajo un domicilio
particular.
Estas trabajadoras tienen una enorme dificultad de reivindicar y exigir el
cumplimiento de sus derechos; esa especial relación de confianza que
caracteriza este empleo se puede volver en contra de la trabajadora fácilmente
en forma de extinción del contrato por desistimiento. No estamos en una
relación entre iguales, de la confianza al abuso hay una delgada línea que se
sobrepasa continuamente, a lo que hay que sumarle el aislamiento de estas
mujeres, la indefensión, el desconocimiento de sus derechos, la dificultad de
que la Inspección de Trabajo entre en los domicilios ante las denuncias, la
escasa afiliación a organizaciones sindicales, y un largo etc.
Una prueba del escaso interés por resolver esta regulación discriminatoria es
que el Gobierno no ha ratificado el Convenio 189 de la Organización
Internacional del Trabajo sobre el trabajo decente para las Trabajadoras y
Trabajadores Domésticos
Desde UGT reivindicamos que se ratifique, pues este Convenio recoge las
normas mínimas establecidas que afectan a los siguientes ámbitos y que
coinciden con nuestras reivindicaciones:
-
-
Respeto y protección de los derechos fundamentales en el trabajo: como
la libertad de asociación y reconocimiento de la negociación colectiva, la
eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, del trabajo infantil y la
protección contra el abuso, acoso y violencia.
Información sobre las condiciones laborales preferentemente a través de
un contrato escrito.
Tiempo de trabajo y descanso, para las trabajadoras internas las horas
de presencia y horas extras reconocidas y compensadas así como
vacaciones pagadas
Salario mínimo, pago del salario en dinero y condiciones del pago en
especie.
La protección social y prestaciones deben de aplicarse en las mismas
condiciones que al resto de trabajadores y trabajadoras, cuestión que
no pasa en España, cuando en este régimen no se pude acceder a
la prestación por desempleo.
Si no permitimos que en las empresas haya trabajadores y trabajadoras
irregulares, ¿por qué permitirlo en los hogares? Las empleadas de hogar son y
deben ser eso, empleadas, con todos sus derechos laborales garantizados y
con los mismos mecanismos de defensa que cualquier otra persona que
trabaje en el Régimen General.
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1.3 Reforma laboral
En un contexto de crisis económica se aprueba el Real Decreto – ley 3/2012,
de 10 de febrero, de medidas urgentes para la Reforma del mercado Laboral, y
luego la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del
mercado laboral, que desde una posición sindical, creemos que es un cheque
en blanco para la potestad de las empresas en detrimento de los derechos de
la clase trabajadora en general, y de las trabajadoras en particular.
Para UGT Andalucía, esta Reforma es discriminatoria por razón de sexo, pues
entendemos que rompe el principio constitucional de igualdad ante la ley, que
exige introducir medidas que, superando la igualdad formal, aseguren la
igualdad real; cierra la puerta al avance de la igualdad entre mujeres y hombres
en el empleo e impide la aplicación de la acción positiva mediante la
negociación colectiva y los planes de igualdad con carácter transversal a todos
los ámbitos del empleo.
Además del abaratamiento del despido general que se ha instaurado con esta
normativa, pues con la situación económica actual casi cualquier persona
puede ser despedida con 20 días por año con un límite de 12 mensualidades,
las medidas laborales que más afectan a las mujeres son las siguientes:
El nuevo contrato de emprendedores, pues se permite el despido libre y
gratuito durante el primer año y las mujeres están más subvencionadas que los
hombres en este tipo de contratación, por lo que estarán sometidas a este
contrato basura; en las demás medidas de “fomento del empleo”, más que
incentivar la contratación de mujeres, se pretende ahorrar en prestaciones por
desempleo, y estas, al percibirlas en menor tiempo y cuantía, pasarán con más
facilidad al umbral de la pobreza, además también se utiliza para contratos a
tiempo parcial.
Se permiten, además, las horas complementarias en los contratos a tiempo
parcial, en los que son mayoría, legitimando el fraude laboral, pues las mujeres,
que son más del 70% en esta modalidad de contratación, trabajarán jornadas
completas cotizando menos a todos los efectos; la flexibilidad interna que
impone la reforma será más dañina para el mantenimiento de las mujeres en el
mercado de trabajo, al hacer prácticamente imposible cualquier pretensión y
derecho de conciliación de la vida y del empleo y siendo las mujeres quienes
concilian en la realidad. Se aumenta la flexibilidad horaria de las empresas de
un 5 a un 10% del cómputo anual, con los efectos que eso tiene para las
mujeres, con menos disponibilidad por la asunción de las responsabilidades
familiares. Se limita el derecho de concreción horaria de la reducción de
jornada por cuidado de menores y personas dependientes, causando graves
perjuicios para las trabajadoras que son quienes lo ejercen. Y, sobre todo,
arremete contra derechos conquistados, especialmente a través de las
medidas de igualdad de los Convenios y de los Planes de Igualdad, pues se
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facilita el descuelgue empresarial de los convenios por pérdidas durante dos
trimestres y la imposición del resto de condiciones laborales (jornadas,
turnos…)
Si a esto le sumamos:
o el fomento del trabajo en casa para conciliar o teletrabajo, es decir,
sacar a las mujeres de las empresas y espacios públicos.
o que las Empresas de Trabajo Temporal gestionen las ofertas de empleo,
sin ningún tipo de control, si son discriminatorias.
o un mayor tiempo de contrato de formación para los y las jóvenes
(cobrando menos).
o el castigo al absentismo laboral: son las mujeres las que se ausentan del
trabajo por gestionar los cuidados de las personas enfermas y lo hacen
por tres razones, la primera educacional, la segunda por razones
económicas, pues suelen tener los empleos más precarios, y la tercera,
porque nadie lo hace por ellas.
o que las mujeres son mayoría en el sector público, por lo que sus
condiciones económicas se han visto mermadas por los recortes
actuales
o que se permite el despido por causas objetivas para el personal laboral,
por un lado, y por otro, se establece que personas que estén cobrando
desempleo puedan realizar servicios de interés a la comunidad a través
de convenios con las administraciones públicas.
o se elimina bonificación de los contratos a mujeres trabajadoras que se
reincorporen al trabajo en los dos años siguientes a la fecha del inicio
del permiso de maternidad
Y reiteramos: la inaplicación de los convenios por pérdidas económicas y la
prioridad de los convenios de empresa a los sectoriales va a ir en detrimento de
las condiciones laborales fundamentales y de las medidas de conciliación, con
lo que se van a incrementar las desigualdades laborales entre mujeres y
hombres, pues todos los logros alcanzados por negociación colectiva pueden
desaparecer.
En conclusión, está reforma va encaminada a conseguir una mayor flexibilidad
de la regulación laboral para la empresa en detrimento de los derechos
laborales. Es una reforma que facilita el despido y lo abarata, con lo cual no
sólo no sirve para crear empleo sino que incentiva su destrucción. Y el poco
empleo que crea un empleo precario, con salarios ínfimos, y con una
disponibilidad absoluta para la parte empleadora.
Y si las mujeres tienen una situación ya de por sí desigual y discriminatoria en
el mercado de trabajo, este tipo de regulaciones lo que produce es un aumento
de la brecha entre clases sociales, y por supuesto, entre mujeres y hombres.
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1.4. Negociación Colectiva y Planes de Igualdad
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
Hombres y Mujeres (en adelante LOI), supuso un gran avance en la igualad
laboral entre mujeres y hombres, pero su aplicación real ha descendido
enormemente, sobre todo en lo relacionado con los Planes de Igualdad, debido
a la crisis y a los descuelgues de los convenios avaladas por la Reforma
Laboral.
Los Planes de Igualdad se regulan en su Capítulo III, artículos 45 y siguientes.
La norma específica que “Las empresas están obligadas a respetar la igualdad
de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán
adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre
mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con
los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en
la legislación laboral”. Continúa diciendo la ley que “En el caso de las empresas
de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que
se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de
un plan de igualdad”. También define los Planes de Igualdad como “un conjunto
ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de
situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón
de sexo”.
La Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía lleva asesorando a delegados y a
delegadas en la implantación de Planes de Igualdad desde antes de que se
aprobara la LOI, y a partir de marzo de 2007 nuestra experiencia en la
negociación de Planes de Igualdad en Andalucía ha sido la siguiente:
En el periodo marzo de 2007 y marzo de 2009 hubo una enorme demanda de
información y formación en igualdad entre mujeres y hombres, sobre todo de la
normativa aplicable tanto estatal como andaluza. Aumentó considerablemente
la presencia masculina en nuestros cursos de formación, pasando del 15% a
más del 50%.
El Programa IGUALEM, programa que se lleva conjuntamente con el Instituto
Andaluz de la Mujer, tuvo una enorme repercusión y demanda de
asesoramiento para la negociación y ejecución de Planes de Igualdad, sobre
todo en empresas de más de 250 personas en plantilla (las que tenían
obligación legal).
Desde la Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía, en el periodo 2007 a 2014,
asesoramos a más de 200 empresas en la realización de sus planes de
igualdad, empresas públicas y privadas, de todos los sectores. En algunos
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UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
casos son empresas estatales cuyos centros de trabajo mayoritarios han
estado en Andalucía.
Hay un 16% de las empresas a las que hemos asesorado que no conocemos el
estado de sus Planes de Igualdad, debido a que ha cambiado la representación
sindical. De todas las demás más de la mitad, un 57%, no llegaron a firmar su
plan de igualdad, en un 80% de los casos por circunstancias directas derivadas
de la crisis económica: expedientes de regulación de empleo, recortes
salariales, cierre, paralización de la negociación colectiva, etc.
El otro 27% de las mismas sí concluyeron el Plan de Igualdad. Sin embargo, un
20% de estas empresas, habían comenzado la negociación del Plan a
instancias de la Inspección de trabajo, no voluntariamente.
De todos estos Planes de Igualdad, cabe destacar que un alto porcentaje, el
23%, no se acordaron, sino que se implantaron por la empresa sin la firma de
la Representación Legal de Trabajadores y Trabajadoras, aún tras un largo
periodo de negociación, la media es dos años.
De los Planes firmados con acuerdo, el 77% restante, la mitad de las empresas
firmantes eran de ámbito estatal, incluso multinacionales. Con lo cual, y tras
nuestra experiencia sindical, y a falta de datos oficiales sobre Planes de
Igualdad, la Secretaría de la Mujer saca las siguientes conclusiones:
-
Las empresas no quieren hacer Planes de Igualdad, lo ven como algo
superfluo y/o gravoso, la actitud de las personas de Recursos Humanos
es negativa y hostil, incluso de empresas públicas.
-
La crisis ha impedido la consecución de la implantación de medidas y
planes de igualdad y ha paralizado considerablemente la aplicación de la
Ley Orgánica para la Igualdad.
-
A mayor fuerza sindical, mayor poder de negociación y mejores Planes
de Igualdad resultantes.
-
Los Planes de Igualdad deben seguir negociándose y aplicándose, para
evitar que las discriminaciones laborales hacia las mujeres sigan siendo
una triste realidad en los centros de trabajo
Con respecto a la Negociación colectiva han sido procesos similares, hubo una
fuerte demanda de asesoramiento sobre igualdad en la negociación de
convenios en el periodo inicial de 2007-2009, se paralizó con la crisis, y partir
del 2012, con la reforma laboral, ha habido un retroceso mayor de la
negociación colectiva en general, y en particular, de la igualdad en las mesas
de negociación. Tampoco se ha hecho cumplir por parte de la administración la
parte normativa que dispone que los convenios colectivos deben introducir
medidas de fomento de la igualdad entre mujeres y hombres y evitar cláusulas
discriminatorias por razón de sexo.
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2. RETROCESOS EN DERECHOS SOCIALES
2.1. Dependencia y Servicios Sociales
Como hemos visto y reiteramos, la conciliación es uno de los grandes
obstáculos para el desarrollo profesional de las mujeres, puesto que las
empresas sobrevaloran la disponibilidad frente a la gestión de los tiempos y la
productividad, lo que perjudica sobremanera a las mujeres de cara a la
estabilidad y a la promoción profesional.
Sabemos que hay una relación directa y proporcional: cuantos más recursos
públicos de atención a menores y dependientes más empleabilidad de las
mujeres, y al contrario.
Por esto, los recortes como el aumento del copago de servicios y la reducción
de las prestaciones sociales establecidas en la modificación de la Ley 39/2006
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, afectan
principalmente a las mujeres, pues son las principales beneficiarias (un 67%)
en España, de las cuales más de la mitad son mayores de 80 años, muchas de
ellas en riesgo de pobreza, si tenemos en cuenta que las pensiones de
jubilación y de viudedad que cobran las mujeres son mucho menores que las
de los hombres, como ya hemos señalado anteriormente.
Por otra parte, la ley de dependencia ha implantado un sistema de servicios
que ha generado un empleo eminentemente femenino y que, por otra, ha
supuesto el reconocimiento formal de un trabajo que ha sido desempeñado
tradicionalmente por mujeres que siempre han asumido la labor de cuidadoras
de sus dependientes desde la invisibilidad.
Con la reforma del Gobierno las cuidadoras de dependientes ven reducidas sus
prestaciones económicas y eliminadas sus cotizaciones a la Seguridad Social,
lo que supone un grave asalto a los derechos alcanzados para estas
trabajadoras. Las personas dependientes, sus cuidadoras y el conjunto de
trabajadoras pertenecientes al sector están llegando a una insostenible
situación que no puede alargarse más en el tiempo.
Si a esto le sumamos la eliminación por parte del Gobierno Central del Plan
Educa 3, para la educación de 0 a 3 años, se acabará un proyecto que tenía
como finalidad “ofrecer una Educación Infantil de calidad en la etapa 0-3 años,
a la vez que proporcionar respuestas a la necesidad que tienen las familias de
conciliar la vida familiar, personal y laboral”. Gracias a este proyecto se
construyeron escuelas infantiles para menores de 0 a 3 años cofinanciadas por
las autonomías y el Ministerio de Educación. Con este recorte se frena el
número de plazas públicas en centros de primera infancia o se encarecen las
plazas, lo que puede obligar a mujeres a abandonar sus empleos porque les
sale mejor económicamente.
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Los recortes en educación, sanidad, dependencia son un duro golpe a la
situación de las mujeres por un doble motivo. En primer lugar porque, ante la
falta de conciliación y de corresponsabilidad del trabajo doméstico y tareas de
cuidado, los servicios de proximidad, los de atención a la dependencia o los
servicios de comedor y aulas matinales escolares, son, hoy por hoy, los
principales aliados de las mujeres para que puedan incorporarse, permanecer e
incluso promocionar dentro del mercado laboral. Y en segundo lugar, estos
recortes implican un deterioro de las condiciones laborales o una destrucción
de empleo en estos sectores que están precisamente feminizados.
Este atentado contra uno de los principales pilares del Estado de Bienestar
junto con los efectos nocivos de la reforma laboral sobre el empleo femenino
hacen que las mujeres se vean abocadas a abandonar el mercado laboral y
vuelvan a verse relegadas al trabajo doméstico y a las tareas de cuidados de
familiares y personas dependientes.
2.2. Administración local
Bajo el discurso de ajuste económico y ahorro, de la duplicidad de
administraciones, etc. el Gobierno central trata de limitar la acción de los
Gobiernos locales que no llegan a suponer ni un 5% de la deuda pública. El
Gobierno central ataca a la Administración local puesto que no tiene la misma
protección legal que las autonomías, cuestión que la hace mucho más
vulnerable.
El impacto de género que nos encontramos ante este nuevo recorte social y
democrático que supone la aplicación de la Reforma de la Administración
Local, es muy importante en cuanto a las consecuencias que va a tener para
las mujeres, pues afectará a la inmediatez y a la cercanía de los recursos de
los que disponen, sobre todo las que viven en el ámbito rural.
Con esta reforma peligran los 169 Centros Municipales de Información a las
Mujeres, repartidos por toda Andalucía, creados tras más de 20 años de
colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y los Ayuntamientos. Estos
Centros tienen un papel fundamental en la atención jurídica para mujeres
víctimas de violencia de género, pues son el primer recurso eficaz y cercano
del que disponen estas, y desde los que se puede gestionar el ingreso en los
Centros de Atención Integral (o Casas de Acogida) de forma inmediata,
salvaguardando sus derechos, e incluso sus vidas en algunos casos.
101.805 mujeres fueron atendidas en los CMIM en 2012, y más de 257.296
consultas, siendo 25.371 relativas a violencia de género. Consultas, que
han aumentado un 4% respecto al año 2011, y que siguen creciendo por
motivo de la crisis.
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Estos Centros también desarrollan múltiples e importantes actividades que
fomentan la participación de las mujeres desde lo local, fomentando el
asociacionismo y la participación en lo público de las mujeres, haciendo una
labor por la igualdad de mujeres y hombres en los municipios donde se ubican.
Su desaparición supondría la pérdida de 12 millones de euros de subvención,
que antes estaban destinados al fomento de la igualdad entre mujeres y
hombres en el ámbito local.
Además, el empleo al que afecta es eminentemente femenino; entre empleos
directos e indirectos se pueden llegar a perder unos 40.000 puestos de trabajo
en Andalucía, en su mayoría, ocupados por mujeres.
Por otro lado, pueden desaparecer también con esta Reforma de la
Administración Local los servicios de salud municipal, urgencias y asistencia
primaria, la atención a personas dependientes, como la ayuda a domicilio, la
asistencia de día a mayores y los servicios educativos municipales de todo tipo.
Esto también tiene un impacto de género importante, puesto que las mujeres
son las que asumen en su mayoría los cuidados familiares y las tareas del
hogar y, por esto, en ellas recaerán aún más las carencias de estos servicios
sociales de atención, educación y cuidados, acumulando cada vez más
responsabilidades del ámbito doméstico y, perdiendo, por lo tanto, muchas
posibilidades de acceder al mercado laboral en igualdad de condiciones con
respecto a los hombres, con las consecuencias que esto tiene para ellas de
cara a su propia salud, y a las prestaciones que perciben o puedan percibir en
un futuro, como es la jubilación.
La Reforma de la Administración Local no hace sino confirmar la ideología
sexista del actual Gobierno, que pretende ubicar a las mujeres en lo doméstico
y eliminar los avances en todo tipo de derechos sociales y en concreto, en el
derecho a la igualdad entre mujeres y hombres.
UGT Andalucía rechaza frontalmente la Reforma de la Administración Local, y
en concreto, denuncia el impacto de género de esta reforma que:
-
Elimina un servicio fundamental de atención a mujeres víctimas de
violencia de género
Limita enormemente los recursos de los Ayuntamientos para fomentar la
igualdad de las mujeres
Destruye empleo femenino en las entidades locales.
Los servicios públicos que elimina son cubiertos por el trabajo invisible y
no remunerado de las mujeres en sus casas, haciendo que tengan
mucha menos disponibilidad para desarrollarse laboralmente.
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3. RETROCESOS EN DERECHOS HUMANOS
3.1. Violencia de género
Desde el 1999 hasta 2015 hay 990 víctimas mortales por violencia de género,
202 en Andalucía. Hay una media de 62 mujeres asesinadas al año y de 5
mujeres asesinadas al mes. En lo que llevamos de año ya hay 4 asesinatos.
UGT Andalucía no cesa de denunciar las terribles consecuencias de los
recortes del actual Gobierno de la Nación, que están disminuyendo
peligrosamente los recursos de atención a las víctimas y la efectividad de la
protección de sus vidas y de su integridad. A estos recortes sumamos el hecho
de que la partida para igualdad y violencia de género no supone ni un 0.01% de
los Presupuestos Generales del Estado, como ya han denunciado las
Asociaciones de Mujeres, siendo este problema de una relevancia social
importantísima, y para cuya erradicación y tratamiento es necesaria una fuerte
inversión pública que no existe en estos momentos.
En UGT Andalucía consideramos que es nuestro deber advertir a la ciudadanía
en general del impacto que van a tener estos recortes en los servicios de
primera atención a mujeres víctimas de violencia de género, que hasta ahora
habían prestado los Ayuntamientos, como hemos dicho antes.
A nivel institucional, la aportación de UGT Andalucía para la erradicación de la
violencia machista pasa por nuestra participación activa en el Observatorio
Andaluz de la Violencia de Género, y como parte de las entidades que
institucionalmente se coordinan y cooperan en el ámbito Andaluz para la
Mejora en la Actuación ante la Violencia de Género en Andalucía.
Como Organización comprometida socialmente con la lucha por la erradicación
de la violencia machista, en UGT Andalucía llevamos también a cabo
campañas de sensibilización y concienciación de la ciudadanía en general,
como la que el pasado mes de noviembre lanzamos a las redes sociales con el
lema #AbreTusOjos ante la Violencia de Género, para alertar especialmente de
las nuevos medios y formatos de los que se está sirviendo la violencia machista
para actuar impunemente a través de las nuevas tecnologías: ciberacoso,
grooming, sexting,…
Creemos que el sistema no garantiza la protección de las mujeres que
denuncian cuando vemos la diferencia entre las órdenes de alejamiento
solicitadas y rechazadas, que cada año aumentan más. Los recortes
económicos afectan a la protección de las víctimas directamente.
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Ha salido en prensa (El Diario, 15 de diciembre 2014) que Agentes de la
Guardia Civil afirman sufrir presiones para bajar los avisos de riesgo en
mujeres víctimas de violencia.
Las mujeres denuncian, entre un 60% y un 70% de las denuncias son
interpuestas por ellas mismas, pero no están suficientemente protegidas.
Hay un repunte del machismo entre la juventud que hace aumentar el riesgo de
violencia de género en las nuevas generaciones, pues en un Informe Andalucía
Detecta realizado por IAM e INJUVE, una de cada cuatro personas jóvenes
considera que el hombre debe tomar decisiones en la familia y que el papel de
la mujer debe ser estar en casa, asumiendo los roles tradicionales. Un 30% de
la juventud opina que “algo habrá hecho” la víctima al ser agredida. Esto es un
efecto directo de los recortes en educación en materias como la igualdad y la
prevención de violencia de género.
La Violencia de Género adquiere nuevas formas: actualmente muchos
maltratadores ejercen la violencia contra las mujeres sin acercarse físicamente
a ellas, puesto que usan las redes sociales para ejercer mecanismos de control
y presión sobre sus víctimas, o para arruinarles sus vidas destrozando su
reputación a través de las TICs; estamos asistiendo a una mutación de la
Violencia contra las Mujeres ante la que tenemos que actuar.
Otra cuestión muy lamentable es que se mantenga el régimen de visitas de los
maltratadores con sus hijos e hijas, los y las menores víctimas de violencia de
género siguen teniendo la obligación legal de ver a sus padres, cuestión que,
en algunas ocasiones, les supone hasta un peligro para su vida.
Es el caso de Ángela González, que no consiguió legalmente en España retirar
la custodia de su hija a su ex pareja, que al final la asesinó. Por este hecho la
ONU condenó al Estado español por no proteger a la niña. La respuesta del
Gobierno es que no hay base legal para indemnizar a la madre. Trascribimos
el artículo de EL País de 26 de febrero de 2015 “El Estado español no
indemnizará a Ángela González. Seis meses después de la histórica condena
del Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra
la Mujer (CEDAW) a España por no proteger a González, víctima de violencia
de género, y a su hija de siete años, a la que su padre maltratador asesinó en
2003 en una de las visitas acordadas en el régimen de separación, el Gobierno
considera que no existe base para una reparación económica. El dictamen
vinculante del CEDAW marcaba que la Administración debía indemnizar“ de
manera proporcional” a González por actuar de manera “negligente” al no
protegerlas a ella ni a su hija, y daba seis meses a España para contestar.
Ahora, el Ministerio de Justicia responde al CEDAW que los tribunales
españoles ya se pronunciaron en contra de González, que no existe base
jurídica para la reclamación de la mujer y que “no hay base jurídica" para que
haya una indemnización integral. En la respuesta que Justicia ha enviado al
comité de la ONU…”
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Esto, aparte de que atenta contra la integridad tanto física como psíquica de los
y las menores, también suponen una injusticia tremenda para las mujeres
víctimas de violencia que se enfrentan a esta violencia institucional que ampara
al maltratador, pues al final son ellas las que sufren las consecuencias. Como
el caso de María Salmerón, víctima de malos tratos por parte de su
exmarido, que fue condenado por ello a 21 meses de prisión y, sin embargo
nunca se le retiró el régimen de visitas, ni siquiera cuando era evidente la
resistencia de la niña a verlo. Por ello, María no cumplió con el régimen de
visitas, hecho que le ha provocado una condena a seis meses de prisión por
desobediencia. La ironía es que él no ha ido a la cárcel y, sin embargo, ella, si
no le conceden el indulto, irá, con las graves consecuencias que eso puede
tener para María y su hija.
Y con todo esto tenemos encima de la mesa un proyecto de Ley de custodia
compartida, que es muy peligroso si se implanta en parejas donde ha habido
violencia, pues la custodia compartida sería la solución ideal en una sociedad
igualitaria, pero en el momento actual, lo que hace esta norma es afianzar el
poder económico y social de los hombres en detrimento de los derechos más
esenciales de las mujeres, y de sus hijos e hijas.
Como organización sindical, UGT Andalucía trabaja en la mejora de los
derechos laborales de las mujeres víctimas de la violencia machista, y presta
atención directa a las mujeres trabajadoras que sufren acoso sexual o acoso
por razón de sexo en sus centros de trabajo. Contamos con el Servicio de
Asesoramiento Jurídico de Defensa procesal a mujeres, en casos de
discriminación laboral por razón de sexo, creado en virtud de un Convenio con
el Instituto Andaluz de la Mujer. Mediante este Servicio mantenemos dos líneas
de actuación directa con víctimas de violencia de género:
-
Atención directa a víctimas de violencia de género que demandan el
ejercicio de los derechos laborales derivados de su situación.
Atención a víctimas de violencia de género en sus centros de trabajo; es
decir atención jurídica gratuita y especializada para mujeres que han
sufrido acoso sexual o acoso sexista en sus lugares de trabajo.
En UGT Andalucía y con el ya citado programa IGUALEM, IGUALDAD EN
EMPRESAS, trabajamos contra la violencia de género en varios ejes:
-
-
La formación y sensibilización para combatir violencia de género, y la
prevención y tratamiento de acoso sexual y acoso por razón de sexo
para los cuadros sindicales.
La negociación de medidas y planes de igualdad en los que se
introducen mejoras con respecto a lo que establece la legislación en
cuanto a los derechos laborales de víctimas de violencia de género y de
acoso sexual y por razón de sexo.
La negociación de los Protocolos de prevención y actuación para el
tratamiento del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en las
empresas.
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3.2 Aborto
La regulación del aborto ha sido siempre una cuestión muy polémica. El
derecho a decidir de las mujeres sobre la reproducción está ligado a la igualdad
y a su autonomía en la sociedad.
El 3 de marzo de 2010 se promulgó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y
reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (ley de plazos).
A pesar de lo que los sectores más reaccionarios pensaban tras la aprobación
de esta norma, los datos son positivos: el número de interrupciones voluntarias
del embarazo bajó un 3.3% en 2013 en España. Que la mujer pueda decidir
libremente abortar durante las primeras 14 semanas de embarazo no ha
disparado las interrupciones.
El 90% de las mujeres no tuvieron que justificar su decisión y en este
porcentaje también, un 90.13%, fueron abortos tempranos, antes de las 12
semanas de gestación. Sólo un 3.1% de los abortos fueron por anomalías
fetales graves o incompatibles con la vida. La mujer que aborta es,
mayoritariamente, graduada en ESO y equivalentes (37,36%), trabajadora por
cuenta ajena (45,80%), no tiene ningún hijo (45,08%), ha usado métodos
anticonceptivos (44,6%) y no ha pasado nunca antes por una interrupción
voluntaria del embarazo (62,76%). El grupo más amplio de las mujeres que
abortaron, el 19,43%, tenía entre 20 y 24 años. La minoría, el 3,92%, más de
40. No hay cifras específicas sobre menores. La tabla del Ministerio de Sanidad
sólo indica que, del total de abortos, el 12,23% fueron de “19 y menos años”,
frente al 12,95% de 2012.
Por otro lado, cabe destacar que Andalucía sigue estando entre las
comunidades autónomas en las que mayor número de abortos hay, siendo la
tasa de 11.91%.
Con la propuesta de reforma de la Ley del aborto que presentó el Gobierno de
la Nación en el
ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA
PROTECCIÓN DE LA VIDA DEL CONCEBIDO Y DE LOS DERECHOS DE LA
MUJER EMBARAZADA, se pretendió recuperar y empeorar la ley de 1985,
ceñida sólo a los supuestos.
Esta propuesta de regulación del aborto contemplaba una discriminación
directa por razón de sexo, puesto que las mujeres iban a ver mermado su
derecho a decidir si ser madres, hecho que según la Asamblea de Naciones
Unidas puede ser equivalente a la tortura.
También iba a ser discriminatorio en cuanto a que el componente económico
determinaría la opción de abortar o no y, por tanto, marcaría diferencias entre
las mujeres que pueden permitírselo fuera de nuestras fronteras y las que no,
abortar supone un coste de entre 500 y 6.000 €, y pondría en riesgo la salud de
aquellas que, al no poder costeárselo, decidieran abortar clandestinamente.
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La polémica fue muy fuerte, y gracias a la fuerza de las asociaciones de
mujeres, partidos políticos de izquierda y demás entidades que luchamos por la
igualdad de oportunidades, se frenó este Anteproyecto que iba a colocar a
España en una de las regulaciones más restrictivas de Europa en este tema.
Felicitamos el éxito de la movilización “el Tren de la Libertad” que fue
determinante para que se retirara del Congreso esta norma que era una afrenta
directa contra la libertad de las mujeres.
Tras este fracaso el Gobierno de la Nación ha vuelto a poner sobre la mesa
otra reforma de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo. El 18 de febrero de 2015 ha presentado
la Proposición de Ley Orgánica, que sirve, según este partido:“para reforzar la
protección de las menores y mujeres con capacidad modificada judicialmente
en la interrupción voluntaria del embarazo”. Con esta norma, lo que introducen
es la siguiente modificación” Para la interrupción voluntaria del embarazo de
menores de edad o personas con capacidad modificada judicialmente será
preciso, además de su manifestación de voluntad, el consentimiento expreso
de sus representantes legales. En este caso, los conflictos que surjan en
cuanto a la prestación del consentimiento por parte de los representantes
legales, se resolverán de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil”.
No se puede obligar a una menor de edad a tener un hijo o hija contra su
voluntad, máxime cuando va a ser su responsabilidad el resto de su vida. Se
determina que tiene que ser con el consentimiento de sus representantes
legales, y no se contemplan excepciones como, por ejemplo, progenitores
maltratadores o que hayan cometido abusos. Además, no se establece un
procedimiento judicial rápido para estos conflictos, como los de violencia, algo
incomprensible, pues se trata de un embarazo en curso, mientras se resuelve o
no judicialmente, la gestación avanza.
Ningún gobierno puede imponerse y obligar a las mujeres a ser madres contra
su voluntad, anteponiendo cuestiones meramente ideológicas a la decisión de
las mujeres sobre su cuerpo y su vida, a su autonomía personal y a la
capacidad de procreación directamente vinculados a la dignidad de la persona
y al libre desarrollo de la personalidad.
3.3. Prostitución y trata con fines de explotación sexual
Dice Ana de Miguel, profesora de Filosofía Moral y Política de la Universidad
Rey Juan Carlos de Madrid, que la tendencia a normalizar la prostitución en las
sociedades actuales va en contra y es incoherente con todos los avances en
igualdad de las mismas, no entendemos como España puede ser el burdel de
Europa y a la vez tener una de las legislaciones de igualdad más pioneras.
Compartimos con ella que la prostitución es una institución central del
patriarcado que satisface el imperativo del deseo sexual de los hombres en
detrimento de los derechos más básicos de las mujeres. La prostitución en una
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estructura diseñada por y para los hombres. La mujer convertida en una
mercancía y en un producto para el consumo del hombre. El dominio del
hombre sobre la mujer.
El uso de tópicos aparentemente inocentes e inocuos como: “la prostitución ha
existido siempre y siempre existirá”, o “es la profesión más vieja del mundo”,
como si se tratara de un fenómeno de la naturaleza, inalterable por la acción
humana, está muy extendido y es comúnmente aceptado por la sociedad como
un hecho con el que debemos convivir. Si entendemos que debemos y
podemos luchar contra la pobreza, las enfermedades, las guerras, etc…, por
qué no contra la prostitución, que es una de las violencias contra las mujeres
más atroces.
La Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía quiere volver a plantear el grave
problema de la prostitución como violencia contra las mujeres y cuestionar el
tratamiento que en los medios y en la sociedad se sigue haciendo de este
terrible problema que nadie parece querer o poder solucionar.
Diversos medios hablan del aumento de la prostitución debido al incremento de
la pobreza por la actual situación de crisis que lleva a la pobreza a muchas
mujeres en nuestro país. Aunque los titulares dan a entender que mujeres que
ante problemas desesperados toman soluciones desesperadas, en realidad de
lo que se habla es de varias cuestiones que han sacado a la luz tanto la ONG
Médicos del Mundo como fuentes policiales:
Hay un aumento del porcentaje de españolas entre las mujeres prostituidas,
actualmente un 10%, aunque no hay españolas víctimas de redes de
explotación sexual o de trata de blancas, al menos oficialmente.
Supuestamente las mujeres de otros países están en una situación de
desventaja que las nacionales para ejercer sus derechos y para insertarse
socialmente, lo que las pone en una situación de especial vulnerabilidad. El
aumento de las españolas que ejercen la prostitución tiene una relación directa
con el aumento de la pobreza y de la exclusión social de estas mujeres.
Por otro lado, existe una vuelta a la prostitución de mujeres que habían
conseguido empleos que han perdido por la coyuntura laboral actual. Es decir,
mujeres que habían salido de este mundo tan sórdido y peligroso, gracias a su
esfuerzo y al de personas e instituciones que trabajan para ello, se han visto de
nuevo excluidas socialmente y relegadas a ejercer la prostitución como opción
de subsistencia.
Además se denuncia por parte de estas mujeres un empeoramiento de la
prestación de los servicios sexuales, pues han tenido que bajar los precios e
incluso se han visto obligadas a mantener relaciones sexuales sin protección.
Las rebajas toman la peor de sus caras poniendo en riesgo la integridad física
de estas mujeres, sometidas a vejaciones por menos dinero y con el riesgo de
contraer enfermedades de transmisión sexual que pueden llevarlas a la muerte.
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UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
Y con este panorama seguimos tratando el problema de la prostitución como
una cuestión estética de las ciudades, de mala imagen y de salud pública de
las zonas o barrios donde estas mujeres están, Barcelona, Sevilla y otras
ciudades han tomado medidas, en algunas ocasiones más acertadas que otras.
Las multas contra las prostitutas nos parecen una aberración política: hacemos
pagar a la víctima en vez de al maltratador. Todo lo relacionado con mujeres,
pierde importancia por ser una cuestión femenina, de segundo orden, nadie
habla de los dramas personales y familiares de estas mujeres en venta,
vulnerables, pobres y excluidas en la mayoría de los casos, que mientras no las
veamos no molestan, y toleramos que nuestros hombres consuman explotando
a seres humanos y siendo cómplices directos de estas tragedias humanas.
Otro problema social muy ligado a la prostitución es la trata de personas con
fines de explotación sexual. La trata se define como: «Reclutamiento,
transporte, embarque o recepción de personas, por medio de amenaza, uso de
la fuerza, coacción, fraude, engaño, abuso de poder o de situaciones de
vulnerabilidad, o mediando pago o beneficio económico en la obtención del
consentimiento de una persona para que ceda el control sobre otra con el
propósito de su explotación. La explotación incluye, como mínimo, la derivada
de la prostitución y de otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios
forzados, esclavitud o prácticas similares, servidumbre y extracción de
órganos».
Las mujeres y niñas son las principales víctimas de la trata. Son captadas por
redes en sus países de origen aprovechando su situación personal,
generalmente caracterizada por carencia de recursos económicos, desempleo,
bajos niveles educativos y dificultades para poder emigrar de forma regular,
utilizando para ello diferentes procedimientos engañosos tales como la
inserción, en los medios de comunicación locales, de anuncios con ofertas de
empleo falsas (normalmente para trabajar en el sector hostelero o doméstico),
o a través de agencias de viajes, matrimoniales o de modelos, que trabajan
para la organización. En otros casos, la captación se realiza directamente por
otras mujeres que ya han ejercido la prostitución en España y que perciben
comisiones de la organización”
El fenómeno de la prostitución y de la trata de mujeres y niñas con fines de
explotación sexual, para UGT Andalucía, son una manifestación de violencia de
género, y como tal debe tratarse en nuestro ordenamiento jurídico, en las
políticas, en nuestra educación y en nuestra cultura social.
Para combatirlas consideramos necesario:
-
La realización de campañas de educación para establecer una tolerancia
cero de la prostitución y del tráfico y la trata de seres humanos con
destino a la explotación sexual.
La adopción y puesta en marcha de programas de prevención para
concienciar a la opinión pública sobre las consecuencias negativas de la
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UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
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prostitución y la trata, y dar a conocer a las posibles víctimas los riesgos
de la explotación sexual y las tácticas de los captores y traficantes de
personas para la prostitución.
Una adecuación de las políticas y de la legislación dirigida a no legitimar
la prostitución como opción de trabajo de las víctimas (personas que
ejercen la prostitución) y, en consecuencia, a rechazar la reglamentación
de la prostitución y de los prostíbulos.
La adopción de medidas dirigidas a disminuir o abolir la demanda de
prostitución incluyendo entre ellas, el castigo a quienes compren los
servicios sexuales de otros.
La adopción de medidas para facilitar apoyo y asistencia integral
(sanitaria, educativa, jurídica, ocupacional, profesional, de inserción
laboral y social, de asistencia psicológica y de asistencia social) a las
víctimas de la trata y a quienes ejercen la prostitución con el fin de que
puedan abandonar la misma e integrarse social y económicamente.
Un endurecimiento de la normativa para la persecución de los traficantes
de seres humanos, mediadores y explotadores directos e indirectos.
La cooperación a nivel internacional para abordar con efectividad la
lucha contra el tráfico de seres humanos.
Una formación específica de jueces y cuerpos de seguridad para la
aplicación de las medidas legales y dotación de cuerpos de seguridad
especiales.
La adopción de medidas para la confiscación de bienes y activos de los
traficantes y otros empresarios relacionados con la industria del sexo
que hayan sido condenados, así como de sus cómplices, con destino a
indemnizar y rehabilitar a las víctimas.
La adopción y reforzamiento de las medidas necesarias para proteger a
las víctimas del tráfico de seres humanos y de la explotación sexual
(tanto consentida como no consentida) y a sus familias, de la
intimidación, amenazas y represalias, especialmente cuando se trate de
víctimas de la trata que cooperen con las autoridades en las diligencias
penales, así como a las personas y organizaciones no gubernamentales
que las asistan.
Las medidas contra el tráfico y la trata no deben repercutir
negativamente en los derechos de los migrantes y de los refugiados.
La adopción de medidas (incluidas las de sanción penal) que eliminen la
proliferación creciente de empresas y negocios que se nutren de la
prostitución y la pornografía; y de la imagen de mujeres y niños/as como
un objeto y una mercancía (con especial incidencia en los negocios de
prostitución encubierta de hostelería, publicidad y medios de
comunicación).
El compromiso y dotación económica necesaria para llevar a cabo estas
medidas con eficacia.
La adopción de cuantas medidas tanto en el ámbito nacional como
internacional puedan contribuir a que se erradique la prostitución y la
trata de personas en el mundo.
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CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
4. CONCLUSIONES
4.1. Sin mujeres no hay democracia
España ha bajado 14 puntos en el índice de igualdad de género, y esto se debe
a los retrocesos que ha supuesto para las mujeres en este país la gestión de la
crisis económica, que quiere volver a los roles tradicionales del patriarcado,
situando a las mujeres en el ámbito privado, situación que UGT Andalucía
viene denunciando sistemáticamente.
Según el informe “La igualdad desmantelada. Informe ante la ONU, retroceso
de la igualad de género en España”, realizado por Plataforma CEDAW
SOMBRA ESPAÑA. Vemos lo siguientes datos que corroboran esta situación:
En 2012, la inversión en campañas de reclutamiento del ejército duplicó
a las dedicadas en campañas de prevención de Violencia de género.
Desde 2005 a 2012 los sobreseimientos provisionales en casos de
violencia de género han crecido un 158%.
De 2009 a 2014 se ha reducido un 23% el presupuesto destinado a la
lucha contra la violencia de género.
En 2012 sólo existían plazas en guarderías, tanto públicas como
privadas, para cubrir 3 de cada 10 menores de 3 años.
Las mujeres científicas, creadoras o protagonistas de la historia
aparecen solamente en un 7.5% de las asignaturas de currículo oficial
En 2010 éramos el 4º país europeo con mayor proporción de mujeres
fuera del mercado laboral y las mujeres dedican al hogar 4.29 horas
diarias al hogar frente a 2.32 de los hombres.
El presupuesto del estado para la igualdad ha sido recortado en un 49%
La retirada de la financiación de 8 anticonceptivos de última generación
afecta a un millón de mujeres, 6 CCAA no financian la píldora postcoital.
Hemos visto, con los datos laborales y salariales, que en el año 2009 las
condiciones laborales de mujeres y hombres se equipararon en cuanto a tasa
de paro y disminuyó la brecha salarial, pero esto se debió a que los sectores
afectados por la crisis inicialmente fueron los masculinizados. Si vemos los
datos de 2010-2012 vemos que aumenta la brecha salarial entre mujeres y
hombres, aumenta la tasa de paro de las mujeres aunque disminuya la tasa de
paro general, y disminuye la tasa de actividad de las mujeres. Este puede ser
una prueba de que se está priorizando el empleo masculino, y que se pretende
salir de la crisis a costa de la precariedad de las mujeres y del aumento de su
desigualdad.
Estos son datos que nos indican que vamos por mal camino si pretendemos
instaurar una democracia y una sociedad sin contar con las mujeres, si la
estrategia para salir de la crisis es afianzar la desigualdades entre los géneros
nuestra sociedad no avanzará, sin mujeres no hay democracia.
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CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
4.2. La igualdad genera riqueza
El camino a seguir es el contrario, tenemos que partir de la base, tanto social
como económica de que la igualdad entre mujeres y hombres genera riqueza.
La directora gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Christine
Lagarde, ha defendido los beneficios económicos de una mayor participación
laboral activa de las mujeres, por lo que instó a suprimir las "restricciones
legales" que aún impiden la igualdad de género en muchos países.
Por otro lado, “La mayor participación de las mujeres en los mercados laborales
fue el principal motor de crecimiento y competitividad global en los últimos
años", destacó la directora de la Oficina de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), Deborah France-Massin Según el informe de la OIT “La mujer
en la gestión empresarial” las empresas con una alta representación femenina
en sus grupos directivos, registraron en los últimos cinco años tasas de
rentabilidad sobre el capital invertido un 26% superior comparado con las
demás.
Las empresas que promueven el acceso de la mujer a los cargos directivos
suelen ser las que invierten más en investigación, innovación y tecnología,
precisó. Aunque en los últimos 20 años se incrementó el número de mujeres en
los cargos directivos, sobre todo los de personal medio y superior, la mujer
ocupa un 5% de los cargos gerenciales y continúa “subrepresentada” en las
esferas directivas, por lo tanto la OIT instó a incrementar la presencia femenina
en ese sentido. Según el informe, ese dato evidencia que cuanto más grande
es la empresa, menor es la probabilidad de que sea dirigida por una mujer. A
nivel mundial sólo el 13% de las instancias de decisión están dirigidas por una
mujer. El estudio afirma que “al ritmo actual de inclusión de la mujer tomaría
entre 100 y 200 años alcanzar la igualdad de género en la dirección de las
compañías”.
En otra noticia publicada recientemente se dice que Japón busca a mujeres
para que se desarrollen laboralmente, pues son "un activo oculto muy obvio",
advierte una analista, Kathy Matsui, quien ha investigado el papel de la mujer
en Japón durante más de una década. "Es difícil correr un maratón con una
sola pierna", asegura refiriéndose a la ausencia de ese sexo en el mercado. La
tasa de empleo femenino en el país asiático se ubica en 60%, muy por debajo
de la tasa de 80% de los hombres. Si ese nivel se elevara incluso en pocos
puntos, la productividad adicional contribuiría considerablemente a impulsar el
potencial de crecimiento. Las japonesas ya compran más que los hombres, y
más mujeres trabajadoras significaría mayor ingreso disponible y mayor gasto.
En UGT defendemos que la recuperación económica de nuestro país pasa por
el reconocimiento del trabajo remunerado de las mujeres en términos
económicos, ya que es una vía primordial de reactivación del consumo; son las
mujeres las encargadas de una parte importante de las compras dentro de los
hogares españoles. Este reconocimiento acarrearía el aumento de la demanda
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CRISIS Y GÉNERO:
UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
de productos del mercado, la creación de empleo y, además, contribuiría a
eliminar parte de la pobreza de nuestro país. Por eso, es necesario introducir
como eje central de todas las políticas económicas la igualdad sin distinción de
sexo.
Aunque las razones no son sólo económicas, no podemos olvidar que una
sociedad que no afiance los derechos de su ciudadanía, incluido el derecho a
la igualdad de oportunidades, no será una sociedad desarrollada ni política ni
económicamente.
4.3. Las organizaciones sindicales y su importante papel en la igualdad
entre mujeres y hombres.
Una igualdad real entre mujeres y hombres tiene que pasar por una igualdad
laboral y económica, de otra forma la igualdad es ficticia.
De ahí la importancia de que las organizaciones sindicales defiendan y trabajen
por los derechos de la mujer en las empresas.
La Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía desde su creación, en 2002, ha
hecho una importante labor en el impulso del papel de las mujeres en nuestra
propia Organización, y a los resultados nos remitimos, en 12 años hemos
pasado de la escasa o nula representatividad de mujeres en las ejecutivas de
UGT (del 0 al 5%) a conseguir una cuota por Estatutos del 40%, además de
tener, en este último periodo de congresos, un 25% de mujeres en las
Secretarias Generales.
Desde la Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía tenemos una estrecha
colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer, como hemos mencionado
antes, a través del cual gestionamos los dos programas fundamentales para
trabajar la igualdad de géneros en y desde nuestra Organización.
Desde el Servicio de Defensa Legal en el período comprendido entre 2009
hasta 2013 ha atendido a 1.400 usuarias. En 2014 hemos atenido a 185
usuarias, siendo los derechos laborales relacionados con la conciliación de la
vida laboral, familiar y personal, la temática más frecuente de consultas y
denuncias del Servicio, puesto que se han visto especialmente mermados con
la última reforma laboral.
Se han realizado 8 jornadas en las diferentes provincias y comarcas de
Andalucía, para difundir el Servicio Defensa Legal junto al IAM y con la
asistencia de 192 personas, procedentes de asociaciones de mujeres y de
nuestros cuadros sindicales.
Por otro lado, el programa Igualem (desde 2006), y su antecesor el Óptima
(desde 1998), han proporcionado a UGT Andalucía los instrumentos necesarios
para asesorar en igualdad entre mujeres y hombres, tanto para la negociación
de los Convenios colectivos como para los Planes de igualdad, así como para
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UN RETROCESO HISTÓRICO DE LA IGUALDAD
formar a delegados y delegadas sindicales en Igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres en las diferentes áreas de trabajo.
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Principio de igualdad, no discriminación y acciones positivas
Acceso al empleo, formación y promoción desde la igualdad de
oportunidades
Discriminación retributiva entre mujeres y hombres
Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
Prevención y tratamiento del acoso sexual y acoso por razón de sexo
Salud laboral desde la perspectiva de género
Prevención y tratamiento de la violencia de género y del acoso sexual y
acoso por razón de sexo.
Negociación colectiva desde la perspectiva de género
Planes de Igualdad
Normativa de igualdad y jurisprudencia relacionada
La Secretaría de la Mujer de UGT Andalucía lleva asesorando a delegados y a
delegadas en la implantación de Planes de Igualdad desde antes de que se
aprobara la Ley Orgánica de Igualdad.
Hemos formado a más de 300 personas este año a través de la teleformación
del programa Igualem, con los siguientes cursos: 3 ediciones del Impacto de
Género de la Reforma Laboral y una 2ª edición de Negociación Colectiva con
Perspectiva de Género.
En 2014 se han asesorado directamente a unos 10 planes de igualdad, uno
firmado el año pasado y otro al inicio de este, hay uno en seguimiento y los
demás en negociación.
Estos planes de igualdad afectan a las condiciones laborales de más de
5.500 personas. Luego hay que destacar que nuestra labor es fundamental y
tiene efectos directos en derechos laborales y mejoras con respecto a lo que
está regulado tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en los convenios
colectivos de aplicación.
Ahora es el momento de la unión de todos los organismos, instituciones,
entidades y asociaciones que trabajan por la igualdad entre mujeres y
hombres, pues con las crisis y los recesos las peor paradas siempre son las
mujeres. Hay que eliminar la opresión social y económica que se ejerce contra
las mujeres, sobre todo cuando atiende a discursos de falsa igualdad.
No podemos defender una sociedad basada en la desigualdad de las mujeres,
esa sociedad es insostenible e injusta, tal día como hoy, Día Internacional de la
Mujer Trabajadora, debemos luchar contra la violencia de género, institucional
y económica, que hace ser a unas personas superiores a otras por el mero
hecho de nacer de un sexo o de otro. Trabajemos para construir una sociedad
de individuos iguales, donde mujeres y hombres puedan desarrollar sus vidas,
sus empleos, y sus derechos de forma equivalente y sean, por fin, libres.
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