oficina de normalizacion previsional superintendencia nacional de

El Peruano
Jueves 26 de febrero de 2015
547529
NTP 202.190:2000
LECHE Y PRODUCTOS
LÁCTEOS. Leche en polvo.
Determinación de partículas
quemadas. 1ª Edición
NTP 202.191:2002
LECHE Y PRODUCTOS
LÁCTEOS. Determinación
de sacarosa en leche
condensada por titulación
iodométrica. 1ª Edición
NTP 202.200:2007
LECHE Y PRODUCTOS
LÁCTEOS.
Buenas
prácticas de ordeño. 1ª
Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca
Ramos.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y de
Fiscalización de Barreras Comerciales No
Arancelarias
1204258-1
OFICINA DE NORMALIZACION
PREVISIONAL
Modifican
el
Plan
Estratégico
Institucional
de
la
Oficina
de
Normalización Previsional para el
período 2012 - 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 014-2015-JEFATURA/ONP
Lima, 18 de febrero de 2015
VISTO:
El Memorándum Nº 032-2015-OPG/ONP del 05 de
febrero de 2015, con el cual la Oficina de Planeamiento,
Presupuesto y Evaluación de la Gestión remite el Informe
Nº 003-2015-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de
Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual
plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional
para el período 2012-2016; y el Informe Nº 098-2015-OAJ/
ONP del 13 de febrero de 2015 de la Oficina de Asesoría
Jurídica; y,
Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532,
establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las
políticas y lineamientos institucionales;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
establece que las entidades, para la elaboración de sus
Planes Operativos Institucionales – POI, deben tomar en
cuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI;
Que, el planeamiento estratégico es un proceso
participativo que compromete a los miembros de
la Institución, da coherencia, unidad e integridad a
las decisiones de la organización y constituye un
instrumento mediante el cual se establece el rumbo
a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las
estrategias a ser implementadas, en armonía y
concordancia con la Política General del Gobierno
y el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector
Economía y Finanzas;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan Estratégico Institucional
de la Oficina de Normalización Previsional para el período
2012 – 2016, modificado mediante Resolución Jefatural
Nº 025-2013-JEFATURA/ONP y Resolución Jefatural Nº
002-2014-JEFATURA/ONP;
Que, mediante Memorándum Nº 032-2015-OPG/ONP,
la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de
la Gestión, remite el Informe Nº 003-2015-OPG.PL/ONP
del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación
de la Gestión, a través del cual plantea la modificación
del Plan Estratégico Institucional para el período 20122016, señalando en dicho informe que resulta necesario
modificar el Plan Estratégico de la ONP con la finalidad de
fortalecer su orientación hacia la ejecución de actividades
que permitan el logro de los objetivos estratégicos de la
Institución;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
5º de la Ley Nº 28532, el artículo 9º del Reglamento de
Organización y Funciones aprobado por Resolución
Ministerial Nº 174-2013-EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Estratégico
Institucional de la Oficina de Normalización Previsional
para el Periodo 2012 – 2016, aprobado por la Resolución
Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP y modificado
mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 025-2013JEFATURA/ONP y Nº 002-2014-JEFATURA/ONP, de
acuerdo al documento que como anexo forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de
la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano,
debiendo el Plan Estratégico Institucional publicarse en el
Portal de Transparencia del Estado Peruano y en el Portal
Institucional (www.onp.gob.pe) en la misma fecha de su
publicación oficial conforme a lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 001-2009-JUS.
CONSIDERANDO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado
por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización
Previsional (ONP), reestructurada integralmente a
través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del
Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, siendo definida
como un Organismo Público Técnico Especializado del
Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la
administración del Sistema Nacional de Pensiones a que
se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como del Régimen
de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales,
Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen
Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y
Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003; y otros regímenes
previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados
conforme a ley;
Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº
29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto
Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina
de Normalización Previsional (ONP) como Organismo
Público Técnico Especializado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2013EF/10, se aprobó el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de la Oficina de Normalización
Previsional, el cual contiene su nueva estructura orgánica
y dispone el ordenamiento de la Entidad; modificado por
el Decreto Supremo Nº 258-2014-EF;
DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA
Jefe
1204470-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican uno de los lugares de
cumplimiento de obligaciones para
los principales contribuyentes de la
Intendencia Lima
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 057-2015/SUNAT
Lima, 25 de febrero de 2015