El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015 547529 NTP 202.190:2000 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche en polvo. Determinación de partículas quemadas. 1ª Edición NTP 202.191:2002 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Determinación de sacarosa en leche condensada por titulación iodométrica. 1ª Edición NTP 202.200:2007 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Buenas prácticas de ordeño. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca Ramos. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1204258-1 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Modifican el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el período 2012 - 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 014-2015-JEFATURA/ONP Lima, 18 de febrero de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 032-2015-OPG/ONP del 05 de febrero de 2015, con el cual la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión remite el Informe Nº 003-2015-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016; y el Informe Nº 098-2015-OAJ/ ONP del 13 de febrero de 2015 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532, establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las políticas y lineamientos institucionales; Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales – POI, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI; Que, el planeamiento estratégico es un proceso participativo que compromete a los miembros de la Institución, da coherencia, unidad e integridad a las decisiones de la organización y constituye un instrumento mediante el cual se establece el rumbo a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las estrategias a ser implementadas, en armonía y concordancia con la Política General del Gobierno y el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el período 2012 – 2016, modificado mediante Resolución Jefatural Nº 025-2013-JEFATURA/ONP y Resolución Jefatural Nº 002-2014-JEFATURA/ONP; Que, mediante Memorándum Nº 032-2015-OPG/ONP, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, remite el Informe Nº 003-2015-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 20122016, señalando en dicho informe que resulta necesario modificar el Plan Estratégico de la ONP con la finalidad de fortalecer su orientación hacia la ejecución de actividades que permitan el logro de los objetivos estratégicos de la Institución; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 28532, el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el Periodo 2012 – 2016, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP y modificado mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 025-2013JEFATURA/ONP y Nº 002-2014-JEFATURA/ONP, de acuerdo al documento que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, debiendo el Plan Estratégico Institucional publicarse en el Portal de Transparencia del Estado Peruano y en el Portal Institucional (www.onp.gob.pe) en la misma fecha de su publicación oficial conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. CONSIDERANDO: Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, siendo definida como un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003; y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2013EF/10, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina de Normalización Previsional, el cual contiene su nueva estructura orgánica y dispone el ordenamiento de la Entidad; modificado por el Decreto Supremo Nº 258-2014-EF; DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA Jefe 1204470-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones para los principales contribuyentes de la Intendencia Lima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 057-2015/SUNAT Lima, 25 de febrero de 2015
© Copyright 2024