Reglamento de la promoción

CRC-16-00-18
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN:
“KIT DE PLAYA SILLA MAS SOMBRILLA ALPINA”
I. DEFINICIONES





Consumidor/Participante: Persona física que, como destinatario final, adquiere, disfruta o utiliza los
productos participantes y participa en la presente promoción.
Ganador: Consumidor que, luego que el patrocinador realice el sorteo, resulta favorecido con el
premio.
Patrocinador: Coca Cola Femsa de Costa Rica S.A.
Productos Participantes: Son los productos que el patrocinador ha destinado a la presente Promoción.
Reglamento: Conjunto de reglas o directrices que regulan la promoción “Kit de Playa Silla más
Sombrilla Alpina”
II. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN GENERAL
2.1. Del Patrocinador, Participantes y Productos Participantes
2.1.1- El patrocinador de la promoción es la compañía COCA-COLA FEMSA DE COSTA RICA, SOCIEDAD
ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-005212, con domicilio en San José: Calle Blancos de
Goicoechea, 150 metros al este de la Guardia Rural.
2.1.2.- La promoción está dirigida a todos los consumidores mayores de edad que compren, en los puntos de
venta participantes, al menos uno de los productos participantes en las presentaciones que se indicarán,
siempre y cuando cumplan con el presente reglamento, en adelante denominadas participantes de la
promoción.
Se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan voluntariamente las condiciones,
obligaciones y responsabilidades que trae consigo la promoción y el presente Reglamento con el solo hecho de
participar en la misma, según el procedimiento que aquí se indica.
2.1.3.- El patrocinador ha establecido como productos participantes las marcas de bebidas que se indicarán,
en las siguientes presentaciones:
Marcas Participantes
355ml Alpina
1.75 Litros Alpina
600ml Alpina Tapa Rosca 2 Litros Alpina
600ml Alpina Sport Cap
1 Litro Alpina Sport Cap
1 Litro Alpina Tapa Rosca 6 Litros Alpina
III. OBJETO Y FORMA DE PARTICIPAR
3.1 Objeto: El objeto de la presente promoción consiste en que el participante de la misma podrá, dentro de
los plazos indicados, participar en el sorteo del premio que se indica en el presente Reglamento.
3.2 Forma de Participar: Para participar, el consumidor deberá comprar en los puntos de venta
identificados con esta promoción (por medio de material publicitario promocional, exhibiciones, afiches y/o
CRC-16-00-18
mantas alusivas) al menos uno de los productos participantes que se detallan en la cláusula 2.1.3 del
Reglamento. Posteriormente, el consumidor deberá:
a.
b.
Solicitar en el punto de venta participante el cupón original de esta promoción.
Activar el código impreso en el cupón, por cualquiera de los medios que se indicarán a continuación:
Activación de Códigos
Costo
Mensaje de texto al número
móvil 8436-3001
₡ 3 i.v.i por
mensaje
www.promocionescocacola.com
Gratuito
Llamada telefónica al 40811801
₡ 4,63 i.v.i
tarifa plena
por minuto
Llamada telefónica al 8007436773
Gratuito
Consideraciones generales
Pueden participar todos los usuarios de todas las
empresas de telefonía del país. El participante deberá
indicar la siguiente información en el orden que se
señala a continuación: número de identificación válido
y vigente en Costa Rica, el cual deberá digitarse tal y
como aparece en el documento de identidad, es decir,
con todos los 9 dígitos que contiene. De seguido se
deja un espacio en blanco y se digita código
promocional de 8 dígitos que se encuentra en el
cupón. Una vez realizada la activación, el sistema
automáticamente envía de regreso el siguiente
mensaje de texto confirmando la participación en el
concurso: ''Su código ha sido activado con éxito''. El
participante reconoce que si activa su código por
medio de mensaje de texto se tomará como medio
para notificaciones para éste el número del celular del
que participa.
El participante deberá indicar la siguiente información
en el orden que se señala a continuación: número de
cédula, número de código promocional, número de
teléfono y código de seguridad (Captcha de 6
caracteres). El participante reconoce que si activa su
código por este medio se tomará como medio para
notificaciones para éste el número del teléfono que
indicó.
Debe brindar los datos que le sean solicitados. El
participante reconoce que si activa su código por
medio de llamada telefónica al 2204-9034 se tomará
como medio para notificaciones para éste el número
de teléfono que digita cuando se le solicita.
Debe brindar los datos que le sean solicitados por la
operadora. El participante reconoce que si activa su
código por este medio se tomará como medio para
notificaciones para éste el número del teléfono que
indicó.
Adicionalmente debe tenerse en cuenta lo siguiente:
i.
Cada código sólo podrá participar una vez. En caso que el código haya sido activado de previo por
una tercera persona, se dará aviso al participante por el mismo medio en que participa. En este caso,
el participante va a tener la opción de presentarse a las oficinas centrales del patrocinador ubicadas
en Calle Blancos, 150 metros este de la Guardia Rural, presentar el cupón original y demostrar que lo
CRC-16-00-18
ii.
iii.
iv.
posee para la eliminación previa de activación, otorgándole el derecho al poseedor del mismo, de
activarlo nuevamente.
El participante deberá guardar el cupón original donde se consigna el código para presentarlo al
patrocinador en caso de resultar favorecido con alguno de los premios.
En el caso de personas extranjeras únicamente podrán participar activando el código por medio de
llamada telefónica al 800 SIEMPRE (7436773)
Cada participante es responsable de actualizar sus datos en caso de ser necesario, para lo cual
deberá comunicar lo pertinente al Patrocinador a través de la línea 800-Siempre (800-7436773)
durante el plazo promocional. El participante que no cumpla con uno o varios de los requisitos,
quedará descalificado automáticamente.
Una vez realizado este procedimiento, el consumidor quedará participando en el sorteo de uno de los premios
que se indican más adelante.
IV. VIGENCIA.
La promoción es por tiempo limitado, iniciando el 23 de Febrero del año 2015 y finalizando el 15 de Abril de
ese mismo año. El patrocinador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el plazo de vigencia
de la promoción así como el plazo para el canje de los premios, con el sólo hecho de realizar una publicación
por el mismo medio en que se publicó el presente reglamento.
V. MECÁNICA DEL SORTEO.
El sorteo se realizará el día jueves 16 de Abril del 2015 en las oficinas de Coca Cola Femsa de Costa Rica, S.A.
En presencia de una persona designada por el patrocinador, y un Notario Público que dé fe del sorteo, se
elegirán de forma aleatoria a través de un sistema computarizado un total de 100 códigos activados, a razón
de un premio por cada punto de venta participante.
Una vez elegido cada código, se validará que el mismo se haya activado con toda la información solicitada; de
ser así se procederá a llamar al ganador al número de teléfono indicado por éste al momento de la activación
del código para notificarle que ha sido ganador de uno de los premios y se verificará que la persona posea el
cupón original que lo acredite como ganador. En el caso de activación de código por mensaje de texto se le
notificará al celular por medio del cual activó su código.
En caso que el número de teléfono o el número de documento de identidad sea erróneo o esté incompleto; o
en caso que no sea posible la comunicación con el ganador después de tres intentos con intervalos de cinco
minutos entre cada uno (por cuanto el teléfono esté suspendido, desconectado, ocupado, fuera del área de
cobertura, no contestan, o cualquier otra circunstancia ajena al patrocinador); o bien cuando aún logrando
contactarle el ganador no se apersone a retirar el premio en el plazo indicado en el punto anterior, se tendrá
por descalificado automáticamente a dicho ganador y el patrocinador se reserva el derecho de declarar
desierta la promoción o repetir el sorteo las veces que considere oportuno para elegir un nuevo ganador,
utilizando la misma mecánica descrita en el presente clausulado, siempre y cuando se realice antes del 24 de
Abril del 2015 (para estos casos la fecha máxima del canje del premio es 30 de abril del 2015).
El ganador que no se presente dentro del plazo y horario citado al lugar indicado por el patrocinador, o bien
aun haciéndolo no lleve consigo los requisitos descritos en el presente reglamento para entregarle el premio, o
no acepte el premio, perderá su derecho a reclamarlo.
La entrega de los premios es personal, razón por la cual ningún apoderado y/o representante podrá
apersonarse a retirar el mismo en nombre del ganador.
CRC-16-00-18
Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje del premio, por lo que el
patrocinador no reconocerá premio alguno, ni tendrá obligación alguna con ningún participante de la
promoción.
VI. PREMIOS Y FORMA DE CANJE
6.1 Premios
6.1.1 Descripción del premio: Los premios destinados para esta promoción son los que se describen a
continuación, a razón de un premio por ganador:
Cantidad
Descripción Premio
Kit de Playa Silla más Sombrilla Alpina
100
La cantidad indicada es el número total de premios que se han destinado a la presente promoción. Esto no
obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la entrega de las cantidades indicadas de premios, sino
que únicamente será entregada la cantidad de premios que reclamen efectivamente los ganadores que
cumplan con los requisitos previstos en esta promoción y que lo haya tramitado según el procedimiento que
aquí se indica.
6.1.2 Forma de canje: El patrocinador ha dispuesto únicamente del 22 al 30 de Abril del 2015 (de lunes a
viernes) para que se realice el canje de los premios. Los premios deberán ser retirados por los ganadores en el
lugar que le indique el patrocinador, en el siguiente horario: de 8:00 am-12:00 md y de 2:00 pm- 6:00 pm,
para lo cual deberá:
a.
b.
c.
d.
Presentar el cupón original que contenga el código ganador en buen estado y sin alteraciones.
Presentar original y copia del documento de identidad válido y vigente en Costa Rica (cédula de
identidad, pasaporte o cédula de residencia)
Firmar el Acta de entrega de premio correspondiente.
Para la entrega de los premios, deberá estar presente el propietario o administrador del local
comercial en el que el participante resultó favorecido, a fin de que den fe del acto de entrega a través
de su firma en el acta de entrega respectiva, y también un representante del patrocinador.
Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje del premio, por lo que el
patrocinador no reconocerá premio alguno, ni tendrá obligación alguna con ningún participante de la
promoción. Así las cosas, en caso que el ganador no se presente dentro del plazo y horario citado al lugar
indicado por el patrocinador para hacer el canje, o bien aun haciéndolo no lleven consigo los requisitos
descritos en el presente reglamento, o bien no cumplan con los requerimientos solicitados por las autoridades
para entregarle el premio, o no acepte el mismo, perderán su derecho a reclamarlo.
VII. CONDICIONES Y LIMITACIONES
7.1 Condiciones y Limitaciones Generales
a.
Se entenderá que todo participante de la promoción conoce y acepta las condiciones,
responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento, así como los premios a los que
esta promoción se refiere.
CRC-16-00-18
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
El patrocinador se reserva el derecho de exigirle al ganador del premio contemplado en el presente
documento que decida canjearlo que, mediante documento escrito manifieste su aceptación de este
Reglamento y de los documentos a que este hace referencia, así como de las responsabilidades
vinculantes que le supondría solicitar el canje de un premio de esta promoción. La negativa, por
parte del ganador a firmar o aceptar cualquiera de las condiciones o beneficios de este Reglamento,
eximirá de la responsabilidad de canjear el premio al patrocinador y no tendrá responsabilidad alguna
con el ganador.
La Promoción es por tiempo limitado.
El premio no es reembolsable en dinero.
El premio no es transferible, queda prohibida su venta, cesión o regalo.
El ganador deberá revisar el premio al momento de recibirlo.
Ningún ganador puede resultar favorecido con más de un premio en el mismo sorteo.
Con su participación, el participante autoriza al Patrocinador a que su nombre e imagen aparezcan en
publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las
actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique
remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tienen
por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta
promoción.
Todo ganador deberá firmar un acta de recibido del premio que se le entrega. La negativa a firmar
ésta acta, facultará al Patrocinador para no entregar el premio correspondiente.
El costo del mensaje de texto enviado para participar en la promoción y/o de las llamadas, será
asumido enteramente por el participante de la promoción. El participante podrá participar a través de
la línea 800-Siempre sin costo alguno.
Cada código promocional puede participar solamente una vez.
El patrocinador se reserva el derecho de reemplazar, a su entera discrecionalidad, dichos premios por
otro u otros de similares características, en cualquier momento de vigencia de la promoción, con solo
el hecho de hacer una publicación por el mismo medio que se presentó el presente reglamento.
VIII. RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
La responsabilidad del patrocinador termina en el momento en que el ganador que cuente con las
condiciones estipuladas en esta promoción y solicite debidamente el canje recibe el premio.
El participante de la promoción tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento
jurídico costarricense.
Bajo ninguna forma o circunstancia los premios son negociables y no pueden ser reclamados por
dinero u otros objetos que no sean los especificados en este reglamento por el patrocinador.
El patrocinador de la promoción no es responsable del mal uso de los premios por parte de los
ganadores de la promoción, ni de su pérdida, deterioro, calidad o durabilidad.
El patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir
un participante de la promoción para participar o bien un ganador a efectos de canjear su premio, lo
cual correrá de su propio peculio.
Ni el patrocinador de esta promoción ni The Coca Cola Company, sus filiales, agencias, distribuidores
o representantes, asumen responsabilidad alguna por querellas, juicios, daños, pérdidas o perjuicios
ocasionados por el uso de los premios, ni por reclamos relacionados con la calidad o durabilidad de
los mismos.
Si una persona no acepta el premio o sus condiciones, se considera renunciado y extinguido en
relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
El patrocinador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente reglamento
total o parcialmente siempre y cuando con ello no atente contra los derechos adquiridos por los
participantes de la promoción; y en general tendrá también la facultad unilateral de dar por
terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla si detecta defraudaciones o
CRC-16-00-18
situaciones que imposibiliten llevar a buen término la presente promoción, con la única obligación de
notificar a los participantes mediante un aviso a través un medio público o de circulación nacional la
cancelación.
i. El presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada
colectividad sino sólo con quién acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales
modificaciones.
j. En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican Restricciones”, lo cual
significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento.
k. El Patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para
introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción.
l. El Patrocinador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las condiciones, así
como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento.
m. Los empleados del Patrocinador, el de las filiales y agencias, el personal de las agencias de
publicidad, funcionarios de Coca-Cola Interamerican, S.A., y proveedores involucrados en la
promoción, así como sus familiares directos, no podrán participar de la promoción.
n. El Patrocinador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción, sin asumir
responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas, oportunidad,
cualquier otro evento fuera del control razonable del patrocinador o si se llegaren a detectar
defraudaciones. En este caso, también se comunicará públicamente las causas por las cuales la
promoción ha sido suspendida.
o. Los participantes al aportar sus datos personales autorizan el acceso a dicha información por parte
del patrocinador y autorizan expresamente su inclusión en una base de datos para uso interno del
patrocinador así como cualquier fin comercial que no esté prohibido. Para mayor información o
consultas se puede llamar sin costo adicional a la Línea Gratuita de Atención 800 - 7436774 de lunes
a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.