Resumen Políticas Agrarias PAC AÑOS 60 OBJETIVOS AUTOSUFICIENCIA ALIMENTARIA EN LA UNIÓN EUROPEA TENÍAMOS MERCADOS MUY VOLÁTILES INTERVENCIÓN DE LOS PRECIOS ESTABILIZAR LOS MERCADOS AGRARIOS INTERVINIENDO LOS MISMOS PAC AÑOS 90 LIBERALIZACIÓN DE LOS MERCADOS MANTENIENDO LA RENTA DEL CAMPO DANDO AYUDAS DIRECTAS A LOS AGRICULTORES PARTIENDO DE AYUDAS A LOS CULTIVOS EN LOS AÑOS DE REFERENCIA SE DEFINEN LOS DERECHOS DE PAGO ÚNICO PAC 2014-2019 MANTENIMIENTO DE RENTA –PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL- PROTECCION ALIMENTARIA-DESARROLLO RUAL- INNOVACIÓN TIPOS DE AYUDAS ANTES Y CON LA NUEVA REFORMA 2006-2014 2015-2019 56% DERECHO DE PAGO ÚNICO DERECHO DE PAGO BASE RESERVA NACIONAL PAGO VERDE 30% ACOPLADAS 12% RESERVA NACIONAL ACOPLADAS ¿QUE SON LOS DERECHOS DE PAGO BASE? SON LOS DERECHOS QUE SE ASIGNARAN A CADA AGRICULTOR QUE SOLICITEN LA PAC EN 2015 PROCEDERÁN DEL RESULTADO DE ESTIMAR LA MEDIA DE LAS COMARCAS SUBCOMARCAS Y REGIONES OBTENIDAS DE LOS GRUPOS QUE SURJAN DESPUÉS DE APLICAR UN PRIMER CALCULO EN FUNCIÓN DE LAS SUPERFICIES DECLARADAS EN 2015 Y LOS IMPORTES OBTENIDOS EN 2014, REGULARIZADOS DE FORMA PARTICULAR EN 2015 EL NUMERO MÁXIMO DE DERECHOS SERÁN LOS DE REFERENCIA SOLICITADOS EN 2013 Y SU VALOR VENDRÁ DADO POR EL IMPORTE PERCIBIDO EN 2014 POSTERIORMENTE A 2015 SE PODRÁN COMPRAR MAS DERECHO AL VALOR QUE HAYAN ADQUIRIDO ¿Cuándo SE ASIGNARAN LOS NUEVOS DERECHOS DE PAGO BASE? SE ASIGNARAN EN 2015 Y SU VALOR CONVERGERÁ HASTA 2019 BAJADA MAXIMA DEL 30% Y SUBIDA MAXIMA DEL 30% SOBRE LA MEDIA EN 2014 SE SABRA EL IMPORTE MEDIO DE CADA REGION SP-NOV QUE SE HARA DEFINITIVO CALCULADO DE FORMA INCIVIDUAL EN 2015 ¿QUIEN PERCIBE ESTOS DE DERECHOS? AGRICULTOR ACTIVO (Sine qua non) AQUELLOS AGRICULTORES QUE, COMO MÍNIMO, EL 20 % DE LA RENTA AGRARIA PROCEDA DE LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA INSCRICION EN EL REGISTRO DE EXPLOTACIONES ( en elaboración) - VENTAS-CESIONES-ARRENDAMIENTOS - OBTENIDOS DE LA RESERVA NACIONAL SENTENCIA JUDICIAL CAUSAS DE FUERZA MAYOR AGRICULTORES QUE INICIEN LA ACTIVIDAD EN 2013 EN EXPLOTACIONES PRIORITARIAS JÓVENES AGRICULTORES REFERENTE A COMARCAS Y REGIONES EJEMPLO SEVILLA COMARCAS NATURALES SIERRA NORTE- SIERRA SUR -CAMPIÑA- MARISMAS-EL ALJARAFE ,LA VEGA CAMPIÑA DE OSUNA EN CADA COMARCA SE ESTABLECERÁN SUBCOMARCAS EN FUNCIÓN DE LOS CULTIVOS QUE HAYA POR EJEMPLO: COMARCA DE LA CAMPIÑA (SECANO, RIEGO, PERMANENTES Y PASTOS) A PARTIR DE AQUÍ SE FUNDIRÁN LAS COMARCAS A NIVEL NACIONAL FORMANDO REGIONES CON CULTIVOS SIMILARES, UNIFICANDO CULTIVOS E IMPORTES OBTENIDOS DE LOS DERECHOS DE PAGO BÁSICO ASÍ LLEGAMOS A FORMAR ENTRE 22 Y 24 REGIONES A NIVEL NACIONAL DPU REGION 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 INTERVALO INF 0 98 124 151 177 204 231 257 284 310 337 364 390 417 443 470 407 523 550 577 692 976 1774 DPB INTERVALO SUP 98 124 151 177 204 231 257 284 310 337 364 390 417 443 470 497 523 550 577 692 976 1774 - INTERVALO INF 0 55 70 85 100 115 130 145 160 175 190 205 220 235 250 265 280 295 310 325 390 550 1OOO INTERVALO SUP 55 70 85 100 115 130 145 160 175 190 205 220 235 250 265 280 205 310 325 390 550 1000 REGION 9 (160-175 €) TIEERRAS CULTIVO SECANO SIERRA DE CADIZ LA JANDA CONDADO CAMPIÑAAMPIÑA DEL NORTE LA LOMA SERANIA DE RONDA CENTRO SUR O GUADALORCE LA VEGA LA CAMPIÑA LA SIERRA SUR VEGADEO PIRINEOS CUENCA PAMPLONA TIERRAS CULTIVO REGADIO GUADIX VEGADEO MONTES NORTE MANCHA MONTES SUR PASTOS ALCARRIA SERRANÍA MEDIA SERRANÍA BAJA MANCHUELA MANCHA BAJA MANCHA ALTA MOLINA DE ARAGÓN ALCARRIA BAJA AREA MATROP MADRID CAMPIÑA SUR OCCIDENTAL PIRINEOS CUENCA PAMPLONA RIDIA MEDIA LA COSTERA DE JATIVA VINALOPO MONTAÑA MARQUESADO CENTRAL MERIDIONAL ALTO BAJO MAESTRAZGO MAESTRAZGO CENTRALES LLANOS PEÑAGOLOSA LITORAL PLANA RINCON ALTO TURIA CAMPOS DE LIRIA REQUENA UTIEL HOYA DE BUÑOL SAGUNTO GANDIA VALLE DE AYORA ENGUERA Y LA CANAL TIERRAS CULTIVO PERMANENTE ALTO ANDARAX ANDEVALO OCCIDENTAL CONDADO CAMPIÑA CONDADO LITORAL LA VEGA VEGADEO VALLEBAJO ALDECHE LA SIERRA PIRINEOS CUENCA PAMPLONA REGION 10 (175-190 DPB) TIEERRAS CULTIVO SECANO CAMPIÑA DE CÁDIZ NORTE O ANTEQUERA TIERRAS CULTIVO REGADIO CAMPO TABERNAS IZNALLOZ SIERRA DE SEGURA JACETANIA SOBRARBE RIBARGORZA CUENCA DEL JILOCA SERRANIA DEL MONTALBAN TIERRAS CULTIVO PERMANENTE CAMPO DE GIBRALTAR ANDEVALO ORIENTAL LAS MARISMAS LA CAMPIÑA RIO SEGURA VINALOPO CAMPO DE CARTAGENA CENTRAL MERIDIONAL BAJO MAESTRAZGO LITORAL NORTE LA PLANA CAMPOS DE LIRIA SAGUNTO HUERTA DE VALENCIA RIBERAS DEL JUCAR GANDIA ENGUERA Y LA CANAL LA COSTERA DE JATIVA REGION 22 (550-1000 DPB) TIERRAS CULTIVO REGADIO CAMPO DALIAS CAMPIÑA DE CADIZ LAS COLONIAS DE LA VEGA LA COSTA VÉLEZ MÁLAGA LA VEGA LAS MARISMAS LA CAMPIÑA BAJO EBRO DON BENITO SECANO COMARCA RIEGO PERMANENTES PASTOS REGION REGION REGION REGION SIERRA NORTE 6 21 8 1 LA VEGA 6 22 9 1 EL ALJARAFE 11 20 13 1 LAS MARISMAS 5 22 9 1 LA CAMPIÑA 9 22 10 1 SIERRA SUR 9 20 18 2 11 20 18 2 COMARCA DE ESTEPA PAGO VERDE 1.- CULTIVOS PERMANENTES (PER SE) 2.-PASTOS 3.-CULTIVOS HERBÁCEOS >10 HAS 2 CULTIVOS >30 HAS 3 CULTIVOS >15 HAS 5% SUPERFICIE DE INTERÉS ECOLÓGICO. BARBECHOS , CULTIVOS FIJADORES DE NITRÓGENO NINGÚN CULTIVO POR SI SOLO PUEDE SUPERAR EL 75% DE LA SUPERFICIE DE LA EXPLOTACION MINIMO PARA UN CULTIVO 5% Ayudas acopladas • • • • • • • • • VACUNO DE ENGORDE VACA NODRIZA OVINO CAPRINO VACUNO DE LECHE REMOLACHA AZUCARERA ARROZ TOMATE PARA INDUSTRIA FRUTOS DE CASCARA • CULTIVOS PROTEICOS (LEGUMINOSAS Y OLEAGINOSAS) TOTAL DEL LIMITE NACIONAL DE PAGOS DIRECTOS 12,08% Requisitos y condiciones que deberán cumplir las superficies de interés ecológico establecidas en el artículo 24 I. Tierras en barbecho Para que las tierras en barbecho sean consideradas superficies de interés ecológico, no deberán dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de nueve meses consecutivos desde la cosecha anterior y en el periodo comprendido entre el mes de octubre del año previo al de la solicitud y el mes de agosto del año de la solicitud. En cualquier caso, dicha superficie deberá ser declarada como superficie en barbecho el año de solicitud en el que se pretenda computar como superficie de interés ecológico. II. Cultivos fijadores de nitrógeno Se considerarán superficies de interés ecológico las dedicadas al cultivo de las siguientes especies de leguminosas: − Leguminosas grano para consumo humano o animal: judía, garbanzo, lenteja, guisante, habas y haboncillos, altramuz, algarroba, titarros, almorta, veza, yeros, alholva, alverja, alverjón. − Leguminosas forrajeras: alfalfa, veza forrajera, esparceta, zulla. Para optimizar el beneficio medioambiental que aportan los cultivos fijadores de nitrógeno, éstos se mantendrán sobre el terreno, al menos, hasta el estado que se indica a continuación dependiendo del tipo de especie y aprovechamiento: − Hasta el estado de madurez lechosa del grano, en el caso de las leguminosas grano para consumo humano o animal; − Hasta el inicio de la floración, en el caso de las especies forrajeras anuales; − Durante todo el año, en el caso de las leguminosas forrajeras plurianuales, excepto en el año de siembra y de levantamiento del cultivo, que se llevarán a cabo conforme a las prácticas tradicionales en la zona. Al objeto de evitar el riesgo de lixiviación del nitrógeno que presentan los cultivos fijadores de nitrógeno en otoño, así como de aprovechar la mejora del suelo que se obtiene con este tipo de cultivos, deberán ir seguidos, en la rotación de cultivos de la explotación, por algún cultivo que tenga necesidad de nitrógeno, no estando permitido dejar a continuación las tierras en barbecho. MINISTERIO 4 SECRETARIA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCION GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRARIOS Regionalización Productiva, sea mayor a 2.000 kg/ha, y que cumplan los requisitos establecidos en la presente sección. 2. A los efectos de esta ayuda, se considerarán cultivos proteicos los siguientes grupos de cultivos de alto contenido en proteína vegetal cuyo destino sea la alimentación animal: a) Proteaginosas: guisante, habas y haboncillos, altramuz dulce; b) Leguminosas grano: veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón; c) Leguminosas forrajeras: alfalfa (solo en superficies de secano), veza forrajera, esparceta, zulla; d) Oleaginosas: girasol, colza, soja, camelina. 3. El objetivo de esta ayuda es contribuir a la autonomía alimentaria del sector ganadero basada en los cultivos de alto contenido proteico con destino a su utilización en alimentación animal. SECCION 5ª Ayuda asociada a las legumbres de calidad Artículo 1. Objeto, ámbito de aplicación y dotación 1. Se concederá una ayuda a los productores de legumbres de calidad con destino a la alimentación humana que cumplan los requisitos establecidos en la presente sección. 2. A los efectos de esta ayuda, se considerarán legumbres de calidad a las especies de garbanzo, lenteja y judía que se enumeran en la parte I del anexo… que se cultiven en superficies elegibles registradas, o en trámite de registro, en Denominaciones de Origen Protegidas (en adelante DOP) o en Indicaciones Geográficas Protegidas (en adelante IGP), o producidas en el marco reglamentario de la Agricultura Ecológica, o bajo denominaciones de calidad diferenciada reconocidas a nivel nacional o privado y enumeradas, a fecha 1 de febrero del año de presentación de la solicitud, en la parte II del anexo... ANEXO … Leguminosas y Denominaciones de Calidad acogidas a la ayuda asociada a las legumbres de calidad contemplada en la sección 5ª del capítulo… del título… Parte I. Leguminosas elegibles Garbanzo: Cicer arietinum Importe de la ayuda El importe de la ayuda base será de 100 euros/hectárea. La superficie de base total será de 10.000 hectáreas dividida en 3 subsuperficies: Subsuperficie de base 1: DOP, IGP: 4.000 hectáreas. Subsuperficie de base 2: Agricultura ecológica: 5.500 hectáreas. Subsuperficie de base 3: Otras denominaciones de calidad diferenciada distintas de las anteriores: 500 hectáreas. ASPECTOS GENERALES LOS CULTIVOS PROTEICOS ADEMÁS DE SERVIR PARA CUMPLIR EL GREEN TIENEN UN PAGO ADICIONAL LA RETIRADA PERMANENTE DEBE DE TENER UNA ACTIVIDAD MÍNIMA “MÍNIMO LABOREO” LAS QUE SE DECLAREN DURANTE 3 AÑOS CONSECUTIVOS DE BARBECHOS SERÁN INSPECCIONADAS NO SE CONTEMPLA EL ABANDONO TOTAL EL AÑO DE REFERENCIA PARA ESTIMAR AL AGRICULTOR CON ACTIVIDAD AGRÍCOLA (AGRICULTOR ACTIVO ES EL AÑO FISCA L 2014) RÉGIMEN SIMPLIFICADO PEQUEÑOS AGRICULTORES • Sistema voluntario para agricultores (Automáticamente dentro) • Cálculo individualizado: Perceptores que reciban menos de 1.250 euros AD en 2015 • Exentos de control de condicionalidad y cumplimiento de greening • No entrarán en convergencia el valor de sus derechos
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