Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: — Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial en Sevilla: Prórroga de la ultraactividad del Convenio Colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Utrera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Depósito del acta de modificación y estatutos de la «Asociación de la Prensa de Sevilla-Asociación de Periodidtas de Sevilla» . 3 — Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: Delegación Territorial en Sevilla: Notificación de procedimiento sancionador. . . . . . . . . . . . . . . . 4 SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL: — Dirección Provincial de Sevilla: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 NOTARÍAS: — Notaría de don Antonio García Morales: Expediente de venta extrajudicial. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 — Notaría de don José-Manuel Montes Romero-Camacho: Procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria . . . . . . . . 5 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: — Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 1: autos 329/14, 321/14, 1118/14 y 187/14; número 2: autos 141/14, 139/14, 131/14, 127/14, 125/14, 115/14, 259/14, 922/12, 201/14, 209/14, 225/14, 231/14, 239/14, 53/14, 187/14 y 193/14; número 4 (refuerzo bis): autos 623/13; número 5 (refuerzo): autos 1306/12; número 6: autos 251/14, 200/12, 230/13, 46/13, 54/15 y 1136/13; número 6 (refuerzo): autos 955/13 y 1248/13; número 7: autos 152/13 y 13/13; número 9: autos 114/13 y 955/11; número 11: autos 1384/12, 1328/12 y 399/13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 Jaén.—Número 3: autos 400/14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 Barcelona.—Número 1: autos 240/14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 Valencia.—Número 12: autos 1164/13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 AYUNTAMIENTOS: — Sevilla: Convocatoria de subvenciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26 Gerencia de Urbanismo: Expediente colectivo de prescripción de fianzas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .40 Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 — Alcalá de Guadaíra: Anuncios de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . 53 Anuncio de adjudicación de contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 — La Algaba: Ordenanza municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 — Las Cabezas de San Juan: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . 55 — Carmona: Modificación puntual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 Proyecto de actuación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 — Écija: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 — Lantejuela: Creación de ficheros de datos de carácter personal. 62 — Mairena del Aljarafe: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63 — Marchena: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .66 — Los Palacios y Villafranca: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . 66 — La Rinconada: Anuncios de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 — Tocina: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 — Umbrete: Expediente de modificación presupuestaria. . . . . . . . 68 — Utrera: Avocación de competencias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68 Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68 — Chipiona (Cádiz): Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS: — Consorcio de Aguas de la Sierra Sur: Proyecto de adaptación de los estatutos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 ANUNCIOS PARTICULARES: — Comunidad de Regantes «Ribera del Corbones»: Convocatoria de asamblea general ordinaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 — Ilustre Colegio Notarial de Andalucía: Expediente de devolución de fianza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 Miércoles 25 de febrero de 2015 Número 46 JUNTA DE ANDALUCÍA ———— Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ———— Delegación Territorial en Sevilla Visto el acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio Colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Utrera, adoptado por la mesa general de negociación. Visto lo dispuesto en el artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E.T.),de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro. Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre «registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo», serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales» los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros. Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4042/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 149/2012, de 5 de junio, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y Decreto 202/2013, de 22 de octubre, que modifica la citada estructura y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Esta Delegación Territorial, Acuerda Primero.—Registrar y ordenar el depósito del acuerdo de prórroga de ultraactividad del convenio colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Utrera, adoptado por la mesa general de negociación. Segundo.—Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia. En Sevilla a 4 de febrero de 2015.—La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto. Acuerdo de la mesa negociadora del personal laboral En Utrera a 12 de diciembre de 2014, se reúne la mesa negociadora del personal laboral. Antecedentes Mediante acuerdo de Pleno de 14 de febrero de 2013, se acordó la denuncia del convenio colectivo del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Utrera (2004-2008) aprobado por acuerdo de Pleno de 8 de abril, y publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de 25 de junio de 2010, y aprobado por la mesa de negociación de fecha 24 de marzo de 2010 (código convenio anterior: 4100430, código actual: 41000432011988). Con fecha 8 de marzo de 2013, se reunió la mesa negociadora del personal laboral y se iniciaron las conversaciones para un nuevo convenio colectivo. Mediante acuerdo de 2 de diciembre de 2013, la mesa negociadora del personal laboral aprobó una prórroga de la vigencia del convenio colectivo hasta 31 de mayo de 2014, y como máximo hasta el 30 de septiembre de 2014. Dicho acuerdo fue refrendado por el Pleno de la Corporación con fecha 13 de febrero de 2014, y por el comité de empresa con fecha 21 de enero de 2014. Fue publicado anuncio de dicha prórroga en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla del día 24 de mayo de 2014. Con fecha 26 de septiembre de 2014, la mesa negociadora del personal laboral aprobó una nueva prórroga hasta final del ejercicio 2014, que fue refrendada por el Pleno de la Corporación mediante acuerdo de 9 de octubre de 2014. Dicha prórroga fue publicada en el «Boletín Oficial» de la provincia de 4 de diciembre de 2014. Ya existe un acuerdo casi total entre ambas partes, pero la conclusión del proceso requiere una tercera prórroga del Convenio, hasta el 31 de marzo de 2015. La mesa negociadora del personal laboral acuerda Primero.—En base al artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, prorrogar la vigencia del convenio colectivo del personal laboral al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Utrera hasta el 31 de marzo de 2015, o en su caso hasta la entrada en vigor del nuevo convenio colectivo si se produce antes de dicha fecha. Segundo.—Delegar en la Secretaría de la mesa del personal laboral la gestión de los trámites necesarios para la inscripción y publicación del presente acuerdo. Por la Corporación, por UGT y por CCOO. (Siguen firmas ilegibles.) 8W-1571 ———— Delegación Territorial en Sevilla Expte: 41/89.M.274. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 873/77, de 22 de abril, sobre depósito de los Estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de Asociación, y a los efectos previstos en el mismo que han sido depositados en este Centro el día 18 de diciembre de 2014, el Acta de modificación y los Estatutos de la Asociación denominada «Asociación de la Prensa de Sevilla-Asociación de Periodistas de Sevilla». Se ha modificado el Reglamento de Elecciones, según acuerdo obtenido en asamblea general extraordinaria por unanimidad. Los ámbitos territorial y profesional son provincial y pro- 4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 fesional respectivamente, siendo la firmante del acta de modificación: Doña María Jesús Azor Reche (Secretaria) y con el visto bueno del Presidente don Rafael Rodríguez Guerrero. Sevilla 4 de febrero de 2015.—La Jefa de Servicio de Administración Laboral y por suplencia, Jefa del Departamento del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (por resolución de la Delegada Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de fecha 19 de noviembre de 2013), Pastora Fernández Arqueros. 4D-1750 ———— Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0728/14/SAA. Interesado: Emilio Fuentes Ruiz. DNI núm.: 28464194S. Acto notificado: Propuesta de resolución de procedimiento sancionador. Fecha: 28 de enero de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. Sevilla, 17 de febrero de 2015.—La Delegada Territorial, María Dolores Bravo García. 34W-1989 SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL ———— Dirección Provincial de Sevilla Remisión de resolución de revisión de acuerdo administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones sobre expedientes administrativos para la revisión de las resoluciones por las que se reconocieron prestaciones por desempleo a favor de los interesados que a continuación se citan y los motivos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Esta Dirección Provincial es competente para revisar por sí las resoluciones por las que declare el reconocimiento de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 226.1 y 227.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, tal como ha declarado el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de abril de 1996. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra este acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (BOE núm. 245 de 11/10/2011), podrán interponer escrito de Reclamación Previa ante esta Dirección Provincial, presentándolo en su correspondiente Oficina de Empleo, o en la Subdirección Provincial de Prestaciones, o por alguno de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 10 días en la Dirección Provincial del SPEE. Referencia MATP MATP MATP MATP MATP MATP MATP MATP MATP MATP MATP D.N.I. 14.329.232 28.346.264 28.498.657 28.780.097 29.511.743 30.230.055 48.989.522 52.249.321 53.350.355 75.353.006 75.374.169 Apellidos y nombre Motivo SANTOS FLOR, CRISTINA JIMÉNEZ LINARES, ENCARNACIÓN DAZA REDONDO, JOSÉ ANTONIO TENA RUEDA, EMILIO JOSÉ AGUIRRE REINA, MAURICIO RUIZ MUÑOZ, YOLANDA GALLARDO GERENA, ABEL CORDOBÉS GONZÁLEZ, MANUEL GARCÍA RODRÍGUEZ, SOLEDAD ZAMORA GUTIÉRREZ, CARMEN FORNET PLAZA, ROSARIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN REVISIÓN DE OFICIO SUBSIDIO SEASS RESOLUCIÓN SOBRE EXTINCIÓN DE PXD Y PERCEPCIÓN INDEBIDA RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN / REVISIÓN DE OFICIO RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN SUBSIDIO SEASS Sevilla a 3 de febrero de 2015.—El Director Provincial, Miguel Ángel Terrero Prada. 34W-1456 Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 465 NOTARÍAS ———— NOTARÍA DE DON ANTONIO GARCÍA MORALES Don Antonio García Morales, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Alcalá del Río. Hace saber: Que en su Notaría, sita en Alcalá del Río, avenida de Andalucía, número 87, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada, que constituye el domicilio habitual del deudor: Urbana. Dieciséis. Vivienda unifamiliar diesicéis, ya terminada, ubicada en la parcela dieciséis de la manzana RU-1, sita en calle Santa Teresa de Calcuta, número dieciséis de Gobierno de Alcalá del Río. La superficie de la parcela es aproximadamente de ciento cuatro metros, noventa y tres decímetros cuadrados. La vivienda tiene una superficie construida aproximada de ciento cuarenta y un metros, catorce decímetros cuadrados. Consta de dos plantas sobre rasante más castillete de acceso a la planta de cubierta, convenientemente distribuidas para vivienda. Esta vivienda dispone de un solárium en planta de cubierta de aproximadamente catorce metros, cuarenta y siete decímetros cuadrados, y un jardín en el resto de la parcela no ocupada por la construcción, donde se ubica una plaza de aparcamiento en superficie. La descrita vivienda, linda al frente, entrando a través de jardín con calle Santa Teresa de Calcuta, por la derecha, con vivienda catorce construida sobre parcela catorce de la misma manzana; izquierda, a través del jardín con parcela dieciocho de la misma manzana; y por el fondo, con vivienda quince construida sobre parcela quince de la misma manzana. Inscripcion: Consta inscrita en el Registro de la Propiedad número seis de Sevilla, en el tomo 1.252, libro 178, folio 159, finca número 9.347. Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones: 1º. La subasta tendrá lugar en mi Notaría, el día 8 de abril de 2015, a las 10:00 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de la hipoteca, que es la cantidad de doscientos sesenta y ocho mil seiscientos euros. 2º. De conformidad con el artículo 669 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al cinco por ciento del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. 3º. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de nueve horas a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. 4º. La subasta se efectuará en la forma y límites que determina el artículo 129 de la Ley Hipotecaria según redacción dada por Ley 1/2013 de 14 de mayo y con carácter supletorio por la Ley de Enjuiciamiento Civil. En Alcalá del Río a 17 de febrero de 2015.—El Notario, Antonio García Morales. 36D-1901-P ———— NOTARÍA DE DON JOSÉ MANUEL MONTES ROMERO-CAMACHO Don José Manuel Montes Romero-Camacho, Notario del Ilustre Colegiode Andalucía con residencia en Castilleja de la Cuesta (Sevilla). Hace saber: Que en su Notaría, sita en Castilleja de la Cuesta, calle Amapola, número dos, Planta 1ª, Oficina 6/7, se tramita acta de ejecución hipotecaria extrajudicial de finca hipotecada, conforme a los artículos 129 de la Ley Hipotecaria, y, 236 y 236.a al 236.o del Reglamento Hipotecario, y, del artículo 12 del Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de marzo (BOE 10 de marzo de 2012), de la siguiente finca hipotecada, que es la vivienda habitual de la parte deudora: Urbana. Vivienda unifamiliar de dos plantas, construida sobre la parcela señalada con el número once del plano de parcelación de la Urbanización «Las Marismas», término de Aznalcázar (Sevilla), hoy, calle Cerrado Garrido, número ocho de gobierno. La superficie de la parcela es de seiscientos dieciséis metros y once decímetros cuadrados. La superficie total construida es de ciento treinta y tres metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, y, útil, de ciento treinta y un metros con catorce decímetros cuadrados. La planta baja está compuesta de vestíbulo, salón-comedor, cocina, tres dormitorios, dos baños, vestidor, distribuidor y porche, con una superficie total construida de ciento trece metros y cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, y, útil, de ciento doce meros y ochenta y ocho decímetros cuadrados. La planta alta está compuesta por una sala de estar, con una superficie total construida de veinte metros con veintinueve decímetros cuadrados, y, útil, de ciento dieciocho metros y veintiséis decímetros cuadrados. La parte no edificada se destina a patio. Linda: frente, con la calle D o resto de finca, señalado con el número cinco de gobierno; derecha entrando, parcela de Luis Sanjió Magariños; izquierda, parcela de Antonio Leyva Muñoz; y, fondo, parcela de José Polonio. Inscripción. En el Registro de la Propiedad número uno de Sanlúcar la Mayor, al tomo 1.920, libro 139 de Aznalcázar, folio 217, finca número 9.149, inscripción 1ª. Procediendo la subasta de la finca se hace saber que las bases de la única subasta son las siguientes: 1. Tendrá lugar en mi Notaría, el próximo día veinticinco de marzo de dos mil quince, a las once horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es la cantidad de trescientos ochenta mil novecientos veintiún euros con noventa y tres céntimos (380.921,93 €). 2. Salvo la entidad acreedora, todos los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la subasta, deberán consignar en mi Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo. 3. La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a y 236.b pueden consultarse en mi Notaría, en días laborales, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a las hipotecas que se ejecutan continuarán subsistentes. 6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 4. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo citado, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. 5. La subasta se efectuará y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario. 6. Para el caso de que la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del lugar, día y hora fijados para la subasta, a que se refiere el artículo 236.f del Reglamento Hipotecario, resultase infructuosa o negativa, servirá el presente anuncio y su publicación en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y Registro de la Propiedad competentes, «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y «Boletín Oficial del Estado», para suplir y tener efectuada dicha comunicación. En Castilleja de la Cuesta a 12 de febrero de 2015.—El Notario, José Manuel Montes Romero-Camacho. 36D-1877-P ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ———— Juzgados de lo Social ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1 Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 329/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Andrés Torres Provincial, don Manuel Sánchez Alba, don Enrique Jiménez Tirado, don José Báez Álvarez, don Francisco Javier Santacreu Benítez, don José Ato. Vilariño Gutiérrez, don Francisco Manuel Viñas Gómez, don Antonio Serrano Gutiérrez, don José Flores García, don Juan Manuel Jiménez Crespo, don Cipriano Ocaña García, don Fernando Rosa Pareja, don Fco. Doña Oliveros, don Juan Ramón Lainez Fernández, don Juan Luis Alemany Cid, don Francisco Manuel Barrones Ramírez, don José Luis Morales Carrasco, don Manuel Villalba Carmona, don Antonio González Ruiz, don Pascual Santacreu Benítez, don Antonio Macías García, don Jesús Martín Morales, don José M. Sánchez Alba, don Francisco Gordo Alfonso, don Rafael Fernández Arahal, don Antonio González Campos, don Rafael Torres Provincial, don Antonio Torres Provincial y don Francisco Rosa Pareja, contra Almudeyne de Contratas y Ejecuciones, S.L., en la que con fecha 13 de enero de 2015, se ha dictado cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal: Decreto Sr. Secretario Judicial: Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 21 de noviembre de 2014. Parte dispositiva Acuerdo: Habiendo sido declarada la ejecutada, Almudeyne de Contratas y Ejecuciones, S.L., en insolvencia provisional dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince (15) días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma. Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de calle José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64-0329-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «social-revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «social-revisión». Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. El Secretario Judicial Y para que sirva de notificación en forma a Almudeyne de Contratas y Ejecuciones, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 467 demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 21 de noviembre de 2014.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. 8W-631 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1 Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 321/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Encarnación Calderón González contra Autoescuela Luna e Hijo, S.L., en la que con fecha 13 de enero de 2015, se ha dictado Decreto cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal: Decreto número 11/15 Sr. Secretario Judicial: Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 13 de enero de 2015. Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada, Autoescuela Luna e Hijo, S.L., en situación de insolvencia por importe de 47.978,46 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de calle José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64-0321-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «social-revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «social-revisión». Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. El Secretario Judicial Y para que sirva de notificación en forma a Autoescuela Luna e Hijo, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 13 de enero de 2015.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. 8W-628 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1 El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 1118/2014, sobre social ordinario, a instancia de don Raúl García Bracero, contra Novacon 2011, S.L., en la que con fecha 13 de febrero de 2014, se ha dictado decreto que sustancialmente dice lo siguiente: Decreto. Secretario Judicial señor don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 12 de noviembre de 2014. Antecedentes de hecho. Primero.—Don Raúl García Bracero, presentó demanda de cantidad frente a Novacon 2011, S.L. Segundo.—La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 1118/2014. Fundamentos de derecho. Primero.—Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art. 82,1 Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. 8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Parte dispositiva, dispongo: —Admitir la demanda presentada. —Señalar el día 24 de marzo de 2015 a las 10:00 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, Edificio Noga, 1ª. planta, Sala de Vistas número 8. —Citar para conciliación a celebrar el día 24 de marzo de 2015, a las 9:30 horas en la 5ª. planta-Secretaría, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el/la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011 de RJS. «Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio. 2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez o Tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda. 3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.» —El/la Secretario/a Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social. —Dar traslado a S.S.ª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda. —Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC. —Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de. —Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación en forma a Novacon 2011, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 13 de febrero de 2015.—El Secretario Judicial. (Firma ilegible.) 258-2054 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1 Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 187/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Marta León Moreno contra Comercial Namisur, S.L., y Europrice 2011, S.L., en la que con fecha 13 de enero de 2015, se ha dictado cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal: Decreto número 14/15 Sr. Secretario Judicial: Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. En Sevilla a 13 de enero de 2015. Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a las ejecutadas Comercial Namisur, S.L., y Europrice 2011, S.L., en situación de insolvencia por importe de 2.375,48 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de calle José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64-0187-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «social-revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN: ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «social-revisión». Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 469 Y para que sirva de notificación en forma a Comercial Namisur, S.L., y Europrice 2011, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 13 de enero de 2015.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. 8W-626 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 141/2014, a instancia de la parte actora don José María Hiraldo Naranjo contra Seguridad Sansa, S.A., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 299/14, de fecha 10 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Seguridad Sansa, S.A., en situación de insolvencia por importe de 985,32 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 197,06 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La secretaria judicial Y para que sirva de notificación a la demandada Seguridad Sansa, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-11980 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 139/2014, a instancia de la parte actora don Francisco Gallego Molina contra Áridos Sevillanos, S.L., don Salvador Martín Lora, Capret, S.L., Extrayma, S.L., y Extrayobras, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 296/14, de fecha 10 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Áridos Sevillanos, S.L., Capret, S.L., Extrayma, S.L., y Extrayobras, S.L., en situación de insolvencia por importe de 8.893,87 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 1.778,77 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Áridos Sevillanos, S.L., don Salvador Martín Lora, Capret, S.L., Extrayma, S.L., y Extrayobras, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-12127 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 131/2014, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Divelsur, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 5 de junio de 2014, del tenor literal siguiente: Parte dispositiva S.S.ª Ilma. Dijo: Procédase a despachar ejecución frente a Divelsur, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 165,67 euros en concepto de principal, más la de 33,14 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. 10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.3 LEC, notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS). Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Doy fe. El/la Magistrado-Juez El/la Secretario/a Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado Decreto de fecha 5 de junio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Divelsur, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 165,67 euros en concepto de principal, más la de 33,14 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos AEAT, INSS, TGSS, INEM y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la LRJS, y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la Base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y DGT la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará. Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez (10) días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas. Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la AEAT que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación. (artículo 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso «social-revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El/la Secretario Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Divelsur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 12 de noviembre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-13456 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 127/2014, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Arrola Sur, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 294/14, de fecha 10 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Construcciones Arrola Sur, S.L., en situación de insolvencia por importe de 207,54 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 41,51 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4611 Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Arrola Sur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-12128 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 125/2014, a instancia de la parte actora don José León Huertas, don Juan Antonio Cruz Díaz, doña Laura Borrego Núñez, don José Antonio Algaba Reina y don Jorge Reyes Estévez contra Formación del Automovil, S.A., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 297/14, de fecha 10 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Formación del Automóvil, S.A., en situación de insolvencia por importe de 9.126,24 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 1.825,25 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La secretaria judicial Y para que sirva de notificación al demandado Formación del Automóvil, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-12126 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 115/2014, a instancia de la parte actora don Jesús Toledano Muñoz contra 4 X 4 Gomez Cars, S.C.A., Gómez Cars Cádiz, S.L., y Gómez Car Sevilla, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 370/14, de fecha 3 de noviembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada 4 X 4 Gómez Cars, S.C.A., Gómez Cars Cádiz, S.L., y Gómez Car Sevilla, S.L., en situación de insolvencia por importe de 15.750,72 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 2.495,10 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado 4 X 4 Gómez Cars, S.C.A., Gómez Cars Cádiz, S.L., y Gómez Car Sevilla, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 3 de noviembre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-13117 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 259/2014, a instancia de la parte actora doña María Dolores Heredia Tapia contra Lone Star, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 6/11/2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva S.S.ª Ilmo. Dijo: Procédase a despachar ejecución frente a Lone Star, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 39.643,91 euros en concepto de principal, más la de 7.928,78 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. 12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procésales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS). Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez La Secretaria Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado Decreto de fecha 6/11/2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Lone Star, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 39.643,91 euros en concepto de principal, más la de 7.928,78 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos A.E.A.T., I.N.S.S., T.G.S.S, INEM y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 250 de la L.R.J.S., y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la Base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y D.G.T. la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará. Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas. Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la A.E.A.T. que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso “Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/ aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Lone Star, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 6 de noviembre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 253W-13317 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 922/2012, a instancia de la parte actora don José Manuel Cros García contra Vodamóvil XXI, S.L., se ha acordado citar a dicha parte demandada como parte demandada por tener ignorado paradero, para que comparezcan el próximo día 24 de marzo 2015, a las 10,05 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en avenida de la Buhaira número 26. 5.ª planta, edificio Noga, sala de vistas 1.ª planta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4613 Y para que sirva de citación a Vodamóvil XXI, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 27 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-1120 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 201/2014 a instancia de la parte actora doña Esther Barrientos Muñoz contra Francisco Javier Almernara González sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 22 de septiembre de 2014 del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones frente a Francisco Javier Almernara González por la suma de 10.853,10 euros en concepto de principal, más la de 2.000,00 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de posterior liquidación. Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles, al de su notificación. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado–Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 22 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Javier Almernara González actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 22 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro. 34W-11667 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 209/2014 a instancia de la parte actora doña Raquel Martín Hurtado contra F.G.R. Colaboraciones SL y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 23 de septiembre de 2014 del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a despachar ejecución frente a F.G.R. Colaboraciones SL en cantidad suficiente a cubrir la suma de 38.997,45 euros en concepto de principal, más la de 7.799,49 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS). 14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado–Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 23 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada F.G.R. Colaboraciones SL, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 38.997,45 euros en concepto de principal, más la de 7.799,49 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos A.E.A.T., I.N.S.S., T.G.S.S, INEM y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 250 de la L.R.J.S., y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y D.G.T. la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará. Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas. Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la A.E.A.T. que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso «Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá realizarse en la cuenta de Banesto número, indicando en el concepto de la transferencia los 16 dígitos de la cuenta de expediente judicial antes relacionados. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/ aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado F.G.R. Colaboraciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 23 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro. 34W-12992 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 225/2014 a instancia de la parte actora don Rafael Rodríguez Moreno contra Cristina y Rocío SL, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 23 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones frente a Cristina y Rocío SL por la suma de 7.643,36 euros en concepto de principal, más la de 1.528,67 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de posterior liquidación. Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles, al de su notificación. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado–Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4615 Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 23 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Cristina y Rocío SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 20 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro. 34W-12580 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 231/2014 a instancia de la parte actora doña Cristina Bermudo Andrade contra Iniciáticas San Agustín SL, Eurosur Centro de Estudios SL y Eurosur Centro de Estudios de Economía y Empresas SL, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 23 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones frente a Eurosur Centro de Estudios SL por la suma de 39.605,28 euros en concepto de principal, más la de 7.921,06 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de posterior liquidación. Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles, al de su notificación. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado–Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 23 de septiembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Eurosur Centro de Estudios SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 23 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro. 34W-11666 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 239/2014 a instancia de la parte actora don Alfonso Navarro Maestre contra Rótulos Mediterráneo SL, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 29 de octubre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Parte dispositiva. S.S.ª Ilma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones frente a Rótulos Mediterráneo SL por la suma de 2.696,64 euros en concepto de principal, más la de 539,33 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de posterior liquidación. Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el art. 551.3 L.E.C., notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles, al de su notificación. Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado–Juez del Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla. Doy fe. El Magistrado-Juez.—La Secretaria. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado decreto de fecha 29 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva. Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Rótulos Mediterráneo SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 29 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro. 34W-13133 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 53/2014, a instancia de la parte actora don José Fernández Conde contra Áridos Aeropuerto, S.L., don Manuel Domínguez Garrido, Logísticas y Reciclajes del Sur, S.L., y Autovías del Sur, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 307/14, de fecha 10 de octubre de 2014, del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Áridos Aeropuerto, S.L., en situación de insolvencia por importe de 17.546,88 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 3.509,37 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Áridos Aeropuerto, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-11975 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 187/2014, a instancia de la parte actora doña Mónica Aguilar Izquierdo contra Conesa Barsotti y Asociados, S.L., y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 31 de julio de 2014, del tenor literal siguiente: Parte dispositiva S.S.ª Ilma. Dijo: Procédase a despachar ejecución frente a Conesa Barsotti y Asociados, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 15.310,80 euros en concepto de principal, más la de 3.062,16 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4617 Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspondiente Decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.3 LEC, notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239 y concordantes de la LRJS). Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Doy fe. El/la Magistrado/a-Juez El/la Secretario/a Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Asimismo, se ha dictado Decreto 31 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Conesa Barsotti y Asociados, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 15.310,80 euros en concepto de principal, más la de 3.062,16 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de posterior liquidación. Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, de conformidad con lo establecido en el convenio de colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos AEAT, INSS, TGSS, INEM y CORPME, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la LRJS, y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la base de datos de la Agencia Tributaria, Seguridad Social y DGT la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará. Requerir al/los ejecutado/s, a fin de que en el plazo de diez (10) días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otro producto bancario, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a través del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal, intereses y costas. Se acuerda el embargo de las devoluciones que por IVA, rentas u otros conceptos en la AEAT que pudieran corresponder al ejecutado y que se realizará a través del correspondiente enlace de la cuenta de consignaciones de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la LRJS). El/la Secretario Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Conesa Barsotti y Asociados, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 17 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-12470 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 193/2014, a instancia de la parte actora don Francisco José Castillo Lucenilla y don Manuel Franco García, contra Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto número 367/14, de fecha 31 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S.L., en situación de insolvencia por importe de 1.007,88 euros, en concepto de principal, más la cantidad de 201,58 euros presupuestados para costas, gastos e intereses provisionales insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). 18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Y para que sirva de notificación al demandado Mantenimiento Limpieza Seguridad Servicios Integrales, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 31 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 8W-13131 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 4 (Refuerzo bis) NIG: 4109144S20130006745. N.º Autos: 623/2013. Negociado: RF. Sobre: Despido objetivo más reclamación cantidad. Demandante: María Rosa García Rodríguez. Demandados: Intergás Servicios e Instalaciones SL y Fogasa. Doña María Ángeles Docavo Torres, Secretaria Judicial de refuerzo bis de los Juzgados de lo Social de esta capital. Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 623/2013 se ha acordado notificar a la entidad demandada Intergás Servicios e Instalaciones SL y a su Administrador único, Sr. Francisco Jesús Alvear Zavala, por tener ignorado paradero. Se pone en su conocimiento que tienen a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de sentencia de fecha 7 de noviembre de 2014. Y para que sirva de notificación a la demandada Intergás Servicios e Instalaciones SL y a su Administrador único, Sr. Francisco Jesús Alvear Zavala, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 7 de noviembre de 2014.—La Secretaria Judicial de refuerzo bis, María Ángeles Docavo Torres. 34W-13349 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 5 (Refuerzo) Doña Manuela Díaz Guerra, Secretaria Judicial sustituta se refuerzo del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla. Hace saber: Que en los autos número 1306/2012-RF, seguidos a instancia de don Rafael Sánchez Cano, frente a Cash Espejo, S.A., Productos Espejos, S.L. y otra, se ha dictado sentencia el día 24 de mayo de 2014. Se pone en conocimiento de Cash Espejo, S.A. y Productos Espejos, S.L., que tienen a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de refuerzo copia de dicha sentencia y se les hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado ante esta adscripción territorial de refuerzo en la forma legalmente establecida. Y para que sirva de notificación a Cash Espejo, S.A., con CIF A91442483 y a Productos Espejos, S.L. con CIF B-41792656, se expide el presente edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado de refuerzo, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 2 de mayo de 2014.—La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo, Manuela Díaz Guerra. 258-12386 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 251/2014, a instancia de la parte actora don Efrén Cortez Reyes contra Avedisco Gestiones, S.L., Indalay, S.L., Buddha Sevilla, S.L., Hosteocio, S.L., Torreplas de Hostelería, S.L., y Fogasa sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: Providencia de la Magistrada-Juez titular doña Lorena Cañete Rodríguez-Sedano. En Sevilla a 13 de enero de 2015. Dada cuenta; visto el resultado del acta celebrada en el día de ayer, se señala nuevamente para los actos de conciliación y juicio el próximo 24 de marzo de 2015, sucesivamente, el primero ante el Secretario, en la Secretaría de este Juzgado, sita en avenida de la Buhaira número 26. edificio Noga, planta 5.ª, a las 10.25 horas y el segundo ante la Magistrada-Juez, que tendrá lugar en la sala de vistas de este Juzgado sita en avenida de la Buhaira número 26, edificio Noga, planta 1.ª, sala número 11, señalado el mismo día a las 10.40 horas, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada de que de no efectuarlo se celebrará el acto sin su presencia. Notifíquese la presente resolución a las partes, y a la demanda Hosteocio, S.L., a través de «Boletín Oficial» de la provincia. Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Y para que sirva de notificación al demandado Hosteocio, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 13 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 8W-584 Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4619 SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 200/2012, a instancia de la parte actora doña Ana María Gómez Suárez contra Administrador Felipe Trinidad Bernardo y Jufe Triber, S.L., sobre social ordinario se ha dictado Decreto de subrogación de fecha 19 de enero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince (15) días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial Y para que sirva de notificación al demandado Jufe Triber, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 19 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 8W-795 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 230/2013 ejecución 9/15, a instancia de la parte actora don Francisco Delgado Caballero contra Inversiones Fontsagra, S.L., Palivas Obras y Servicios, S.L., Fogasa y Promociones Andevalos Castillejos, S.L., sobre social ordinario se ha dictado auto y Decreto de ejecución de fecha 20 de enero de 2015, de fecha 29 de octubre de 2014, cuyo parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva S.ª S.ª Dispone: Despachar ejecución a instancia de don Francisco Delgado Caballero frente a Promociones Andevalos Castillejos, S.L., Palivas Obras y Servicios, S.L., Inversiones Fontsagra, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.930,84 euros en concepto de principal, más la de 986,16 euros calculados para intereses, costas y gastos. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, en el que se podrá deducir la oposición a la ejecución conforme lo dispuesto en el artículo 239.4 de la LRJS. Así por este auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña Lorena Cañete Rodríguez-Sedano, Magistrada del Juzgado de lo Social número 6 de Sevilla. Doy fe. El/la Magistrado/a El/la Secretario/a Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe. Parte dispositiva Acuerdo: Requerir al ejecutado Promociones Andevalos Castillejos, S.L., Palivas Obras y Servicios, S.L., e Inversiones Fontsagra, S.L., para que presente relación de bienes y derechos de su propiedad suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución con expresión de cargas y gravámenes, en su caso; así como, si se trata de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué títulos; todo ello en el plazo de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de multas coercitivas periódicas al ejecutado que no respondiere debidamente al requerimiento y sanción por desobediencia grave en caso de no presentar relación, incluir bienes que no sean suyos, excluir bienes propios susceptibles de embargo o no desvelar las cargas y gravámenes que pesen sobre ellos. Se requiere al ejecutante para que manifieste los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que tuviere conocimiento, si a su derecho conviniere, en el plazo de 10 días hábiles. Consúltese la base de datos de la aplicación informática instalada en este Juzgado del INE, Registro Mercantil, Catastro, TGSS, INEM y DGT, en su caso, a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de titularidad de la ejecutada o localización de la misma. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El/la Secretario/a Judicial Y para que sirva de notificación a las demandadas Inversiones Fontsagra, S.L., Palivas Obras y Servicios, S.L., y Promociones Andevalos Castillejos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 29 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 8W-864 20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 46/2013, a instancia de la parte actora don Sergio Ricardo Correa Expósito contra don Juan Carlos Noriega Lombao, Fogasa y I.M.S. Novagin, S.L.L., sobre social ordinario se ha dictado Decreto de subrogación de fecha 20 de enero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince (15) días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fogasa. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La secretaria judicial Y para que sirva de notificación al demandado I.M.S. Novagin, S.L.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 20 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 8W-790 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 54/2015, a instancia de la parte actora doña María Pilar Lara Fernández, contra don Manuel Jiménez Oliva, INSS, TGSS y Mutua MAZ, sobre impugnación altas médicas se ha dictado resolución de fecha 20 de enero de 2015 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente. Parte dispositiva. —Admitir la demanda presentada. —Señalar el próximo 10 de marzo de 2015, a las 9:30 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas de este Juzgado, sito en avenida de la Buhaira 26, Edificio Noga, planta 1ª. Sala núm. 11, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado, situado en la planta 5ª, dicho día a las 9:15 horas para proceder a la acreditación de las partes de conformidad con el art. 89.7 de la LRJS. —Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de juicio, podrá el Juez, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración del acto de juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. —Requerir al organismo demandado para que remita el expediente administrativo original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días. (Art. 143 LRJS). —Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistido o representada por Letrado en ejercicio, lo que pone en conocimiento de la demandada a los efectos del art. 21.2 de la LRJS. —Se advierte a las partes que deben asistir al juicio con las pruebas de que intenten valerse y asimismo deben comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, (art. 155.5 LEC), así como la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión del acto de juicio a los que se les convoca (art. 83.1 y 2 LRJS y 188 LEC). —Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación y citación a don Manuel Jiménez Oliva, asimismo se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 19 de febrero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 258-2073 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1136/2013 L, a instancia de la parte actora doña M.ª del Carmen Fernández Chávez contra Bull Integral Services, S.L., sobre social ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña María del Carmen Fernández Chávez contra Bull Integral Services, S.L., que no compareció a pesar de haber sido citado en legal forma,condenando a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.580,95 euros, sin que proceda la condena del interés leal de 10% al no apreciarse dolo en la empresa, conforme lo establecido en el artículo 29 del ET. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4621 Procede imponer las costas a la parte demandada que no ha complacido en el acto de juicio, ni tampoco ante el CMAC, conforme lo establecido en el artículo 66 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social. No procede por ahora declara la responsabilidad del Fogasa con arreglo a lo establecido en el artículo 33 del ET. Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco (5) días ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla. Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por la Sra. Juez que la dictó, en legal forma, y el mismo día de su fecha. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado Bull Integral Services, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 13 de enero de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 8W-581 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 (Refuerzo) Doña Manuela Díaz Guerra, Secretaria Judicial sustituta de refuerzo del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla. Hace saber: Que en los autos número 955/2013-RF, seguidos a instancia de doña Ascensión Vázquez Ortega, frente a Muebles Andalucía Occidental, S.L., se ha dictado sentencia el día 9 de febrero de 2015. Se pone en conocimiento de Muebles Andalucía Occidental, S.L., que tienen a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de refuerzo copia de dicha sentencia y se le hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado ante esta adscripción territorial de refuerzo en la forma legalmente establecida. Y para que sirva de notificación a Muebles Andalucía Occidental, S.L. con CIF B91313403, se expide el presente edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado de refuerzo, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 9 de febrero 2015.—La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo, Manuela Díaz Guerra. 258-1742 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 (Refuerzo) Doña Manuela Díaz Guerra, Secretaria Judicial sustituta de refuerzo del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla. Hace saber: Que en los autos número 1248/2013-RF seguidos a instancia de don José Luis Gómez Burón, frente a doña Eusebia Nogales Núñez, DS Obra Civil, S.L. y Aguilera Nogales y CIA, S.A., se ha dictado sentencia el día 4 de diciembre de 2014. Se pone en conocimiento de doña Eusebia Nogales Núñez con DNI 75297794, DS Obra Civil, S.L., con CIF B41713660 y Aguilera Nogales y CIA, S.A. con CIF A41088204, que tienen a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de refuerzo copia de dicha sentencia y se le hace saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado ante esta adscripción territorial de refuerzo en la forma legalmente establecida. Y para que sirva de notificación a doña Eusebia Nogales Núñez con DNI 75297794, DS Obra Civil, S.L., con CIF B41713660 y Aguilera Nogales y CIA, S.A. con CIF A41088204, se expide el presente edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 4 de diciembre 2014.—La Secretaria Judicial sustituta de refuerzo, Manuela Díaz Guerra. 258-14702 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7 Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de ejecución 152/2013 a instancias de la parte actora don Joaquín Aires Tejero contra Aplicaciones Avecar SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 19 de diciembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Acuerdo: Declarar a la ejecutada Aplicaciones Avecar, S.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 41.281,51€ de principal, más 8.862,78 € que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Hágase entrega al actor de la cantidad de 1.203,30 € en concepto de parte del principal, expidiéndose el correspondiente mandamiento de devolución a su favor. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª, recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos. Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones. Así por este decreto, lo acuerda manda y firma la señora Secretaría del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. Doy fe.» 22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Y para que sirva de notificación al demandado Aplicaciones Avecar SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 19 de diciembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. 36W-195 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7 Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de ejecución 13/2013 a instancias de la parte actora doña María Dolores Limón Rodríguez, doña Concepción Macías Marín y don José Manuel Aguayo Suárez contra Ingrávidos Servicios Gastronómicos SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 3 de diciembre de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Acuerdo: Declarar a la ejecutada Ingrávidos Servicios Gastronómicos, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 40.522,25 € de principal, más 8.104,45 € que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª, recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 3 días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos. Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones. Así por este decreto, lo acuerda manda y firma la señora Secretaría del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. Doy fe.» Y para que sirva de notificación al demandado Ingrávidos Servicios Gastronómicos SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 3 de diciembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. 36W-414 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9 El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 114/2013, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Silvia Rey Domínguez contra Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., en la que con fecha 25 de julio de 2013, se han dictado auto, decreto y dos diligencias de ordenación y con fecha 6 de junio de 2014, diligencia de ordenación, que sustancialmente dicen lo siguiente: Auto En Sevilla a 25 de julio de 2013. Dada cuenta y; Parte dispositiva S.S.ª Ilma. Magistrado-Juez accidental de lo Social número 9 de Sevilla, don Daniel Aldasoro Pérez. Acuerda: Procédase a la ejecución de la resolución de fecha 10 de junio de 2013, dictada en las presentes actuaciones, despachándose la misma a favor de doña Silvia Rey Domínguez contra Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., por la cantidad de 18.464,16 € en concepto de principal y 2.954,26 € en concepto de intereses y costas presupuestados provisionalmente, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes derechos o acciones hasta hacer pago a la ejecutante de las citadas cantidades. Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoseles que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres (3) días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición en la forma expresada en el fundamento jurídico séptimo de esta resolución. Así por este auto, lo acuerda manda y firma el Ilmo. Magistrado accidental Sr. don Daniel Aldasoro Pérez del Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla, ante mí la Secretaria Judicial. Doy fe. El/la Magistrado-Juez El/la Secretaria Judicial Decreto En Sevilla a 25 de julio de 2013. Parte dispositiva S.S.ª La Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla doña Rosa Mª. Adame Barbeta. Acuerda: Decretar el embargo de bienes y derechos propiedad de la parte ejecutada Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., con CIF: B91280875, en cuantía suficiente a cubrir el importe del principal por el que se ha ordenado la ejecución ascendente a 18.464,16 € más lo presupuestado provisionalmente para intereses y costas 2.954,26 €, a favor de la ejecutante doña Silvia Rey Domínguez y en concreto las devoluciones que por IVA o cualquier otro concepto pudieran corresponder a la ejecutada, lo que se llevará a cabo a través de la correspondiente aplicación informática. Y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos propiedad del ejecutado que puedan ser objeto de embargo procede la averiguación de bienes libres de cargas que puedan ser objeto de embargo, a través de las correspondientes aplicaciones informáticas del punto neutro judicial. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de revisión sin que produzca efecto suspensivo, ante el Magistrado-Juez que dictó el auto de ejecución, mediante escrito dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4623 Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número 4028.0000.82.1465.12 utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «82» y «social-revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán 4028.0000.82.1465.12, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «82» y «social-revisión». Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma S.S.ª la Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla. La Secretaria Judicial Diligencia de Ordenación de la Sra. Secretaria Judicial doña Rosa María Adame Barbeta. En Sevilla a 25 de julio de 2013. Visto el estado de las presentes actuaciones y siendo infructuosas las diligencias practicadas tendentes a la averiguación de bienes, libres de cargas, de que sea titular la parte ejecutada Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., y CIF B91280875, procede recabar información patrimonial, relativa a la misma, de la base de datos de la aplicación informática de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, sin perjuicio de lo cual dar audiencia al Fogasa a los efectos del artículo 276 de la LRJS. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Lo acuerdo y firmo. Diligencia de Ordenación del Secretaria Sra. doña Rosa M.ª Adame Barbeta. En Sevilla a 25 de julio de 2013. Visto el contenido de la anterior información obtenida mediante la aplicación informática de la Aeat de este Juzgado, y el estado de las presentes actuaciones procede decretar el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., con CIF B91280875, mantenga o pueda contratar con las entidades relacionadas en la referida información, hasta cubrir el principal y costas, debiendo proceder a la retención y puesta a disposición de dichas cantidades, aún cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancarios realizables, a cuyo efecto se libraran los correspondientes oficios o, en su caso se efectuará a través de la correspondiente aplicación informática. Asimismo, procede decretar el embargo de las cantidades que por cualquier concepto adeuden las entidades relacionadas a la parte ejecutada, en cuantía suficiente hasta cubrir el principal intereses y costas a cuyo efectos se librarán los correspondientes oficios a fin de que transfieran a la cuenta de este Juzgado las citadas cantidades. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Lo mando y firmo. Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial. Sra. doña Gracia Bustos Cruz. En Sevilla a 3 de junio de 2014. Visto el contenido del escrito presentado por la parte ejecutante, no ha lugar por ahora a lo solicitado, toda vez que aún no han finalizado las diligencias de embargo acordadas en el presente procedimiento, a cuyo fin procede reiterar oficio de fecha 25 de julio de 2013, a Caja Rural del Sur Coop. de Crédito. Asimismo, habiendo sido negativa la notificación a la parte ejecutada practicada a través del SCNE de esta capital, y constando en autos el nombre de su administrador único, don Jesús Hornillo Navarro, procede recabar a través del PNJ consulta integral domiciliaria del mismo. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición ante el Secretaria Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Asi lo acuerda y firma la Sra. Secretaria de este Juzgado. Y para que sirva de notificación en forma a Liderdomo Servicios de Domótica, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla a 29 de octubre de 2014.—La Secretaria Judicial. (Firma ilegible.) 8W-12929 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9 Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número nueve de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 955/11 a instancia de la parte actora don Jesús Moreno Mora contra Frescales SL sobre ejecución de títulos judiciales núm. 2/14 se ha dictado auto de fecha 17 de febrero de 2014 del tenor literal siguiente: 24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Auto En Sevilla a 17 de febrero de 2014. Dada cuenta y; Hechos Primero. El 25 de abril de 2013 se dictó resolución en las presentes actuaciones seguidas a instancia de don Jesús Moreno Mora contra la empresa Frescales SL, sobre Impugnación Sanción en la que se condenaba a la demandada a estar y pasar por esta declaración, así como al pago al actor de la cantidad de 244,46 € en concepto de salario no abonado. Segundo. El 10 de enero de 2014 presentó la parte actora escrito solicitando la ejecución de la resolución a que se refiere el hecho primero. Tercero. Consta en autos encontrarse la demandada en concurso de acreedores que se tramita, según consta en la demanda, en el Juzgado Mercantil núm. 2 de Sevilla. Razonamientos Jurídicos Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Concursal declarado el concurso, no podrán iniciarse ejecuciones singulares judiciales contra el patrimonio del deudor . Segundo. De conformidad con el artículo 53.1 del mismo texto legal las sentencias firmes dictadas antes o después de la declaración del concurso vinculan al Juez de este el cual dará a las resoluciones pronunciadas el tratamiento concursal que corresponda, motivos por los que no ha lugar a lo solicitado procediendo resolver conforme en la parte dispositiva se dirá. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva S.Sª Ilma. dijo. No ha lugar a la ejecución solicitada sin perjuicio del derecho de la parte actora de acudir al concurso y comunicar su crédito y en consecuencia se archivarán las presentes actuaciones una vez firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 4.028.0000.82. 0955.11 , utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «social-reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla, y en «observaciones» se consignarán 4028.0000.69.0955.11, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «69» y «Social-Reposición». Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. señor don Rafael Fernández López, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla. Doy Fe. El Magistrado-Juez. El Secretario. Y para que sirva de notificación al demandado Frescales SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 17 de febrero de 2014.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles. 36W-2440 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11 Procedimiento: Social ordinario 1384/2012 Negociado: 2 N.I.G.: 4109144S20120015212. De: Don Manuel Infante Durán Contra: Dislecyte, S.L., Nelotel Promociones, S.L., Nelorayl, S.L. e Instalaciones Eléctricas Sajel, S.L. Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1384/2012 se ha acordado citar a Dislecyte, S.L., Nelotel Promociones, S.L., Nelorayl, S.L. e Instalaciones Eléctricas Sajel, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 25 de marzo de 2015, a las 9.50 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso el mismo día a las 10.15 horas , que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira, 26 - edificio Noga Pl. 6 - cod. postal 41018, Sevilla debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Dislecyte, S.L., Nelotel Promociones, S.L., Nelorayl, S.L. e Instalaciones Eléctricas Sajel, S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 13 de enero de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez. 2W-892 Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4625 SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11 Procedimiento: Social Ordinario 1328/2012 Negociado: 4 N.I.G.: 4109144S20120014604 De: Don Joaquín, Ana y Juan Moreno Granito, Juan Moreno Soto y María Trinidad Granito Román. Contra: Don José Javier Marina Carrasco, Francisco Lama Jamardo, José de la Rosa Rodríguez, Juan Manuel Jiménez García, José Gutiérrez Hidalgo, José Antonio Lama Campos, Miguel Ángel Gallardo González, Francisco Ruiz Hidalgo, Armando Medina Rivero, Manuel Jesús Sánchez Herrera, Pedro Lama Jamardo, Servicios Inmobiliarios A-49, S.L., Aseq Vida y Accidente Seguros, Mapfre Seguros, Inversiones Quivir, S.A., Grupo Aljarafe Siglo XXI, S.L., Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A., Aislamientos e Instalaciones Modulares del Sur, S.L., Ministerio Fiscal, Construcciones de la Rosa Lama, S.L., Ingebrok, S.L., Geconsa 2000, S.A. y Manuel Ruiz García, S.A. En virtud de diligencia de ordenación dictada en esta fecha por la Secretaria Judicial Cecilia Calvo de Mora Pérez del Juzgado de lo Social número 11 de Sevilla, en los autos número 1328/2012, seguidos a instancias de don José Javier Marina Carrasco, Francisco Lama Jamardo, José de la Rosa Rodríguez, Juan Manuel Jiménez García, José Gutiérrez Hidalgo, José Antonio Lama Campos, Miguel Ángel Gallardo González, Francisco Ruiz Hidalgo, Armando Medina Rivero, Manuel Jesús Sánchez Herrera, Pedro Lama Jamardo, Servicios Inmobiliarios A-49, S.L., Aseq Vida y Accidente Seguros, Mapfre Seguros, Inversiones Quivir, S.A., Grupo Aljarafe Siglo XXI, S.L., Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A., Aislamientos e Instalaciones Modulares del Sur, S.L., Ministerio Fiscal, Construcciones de la Rosa Lama, S.L., Ingebrok, S.L., Geconsa 2000, S.A. y Manuel Ruiz García, S.A., sobre Social Ordinario, se ha acordado citar a Grupo Aljarafe Siglo XXI, S.L., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 25 de marzo de 2015, a las 10.10 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira número 26, 6.ª planta - edificio Noga- CP 41018 Sevilla debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado. Y para que sirva de citación a Grupo Aljarafe Siglo XXI, S.L., para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, y su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 4 de abril de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez. 2W-4335 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11 Procedimiento: Social Ordinario 399/2013. Negociado: 4. N.I.G.: 4109144S20130004216. De: Don Javier Rueda Melero. Contra: Delta 9 Técnicas Auxiliares de la Construcción, S.A, Proyectos y Estudios Hispalenses, S.L., Delta 9, S.L., NE y Gestión Delta 9, S.A. Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 11 de Sevilla. Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 399/2013, se ha acordado citar a Gestión Delta 9, S.A., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 25 de marzo de 2015, a las 9.50 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira núm. 26, 6.ª planta - Edificio Noga- CP 41018 Sevilla debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Gestión Delta 9, S.A., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 16 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez. 253F-10882 ———— JAÉN.—JUZGADO NÚM. 3 Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número tres de Jaén. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 400/2014, a instancia de la parte actora don Miguel Ángel Olmo Clavero, don Andrés Rubia Romero, don Lorenzo García Martín, don Luis Galián Ruiz, don Juan Hervas Gómez, don Juan Diego Torres Pintor, Jhony Percy D’angelo Ulloa, don Rafael Fernández Garrido, don Francisco José López Higueras y don Víctor Manuel Clavero Zayas contra Abengoa, S.A., Procesos Ecológicos Vilches, S.A., Teminssur, S.L., Agrupación de Empresas Automatismos Montajes y Servicios, S.L., y Abeinsa Infraestructura y Medio Ambiente, S.A., sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución de fecha 27 de junio de 2014, del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Dispongo: – Admitir la demanda presentada. – Señalar el próximo 24 de marzo de 2015, a las 11,30 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en avenida Madrid número 74, 5.ª planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial a las 11,20 horas. – Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. – Poner en conocimiento de los representantes legales de las empresas demandadas en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener 26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales , y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. (artículos 91,2 y 91,4 LRJS). – Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 LEC. Pudiendo derivarse responsabilidad para el Fondo de Garantía Salarial por la presente demanda, cítesele al acto de juicio con traslado de la misma. Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado / Graduado Social. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación al demandado Teminssur, S.L., y Agrupación de Empresas Automatismos Montajes y Servicios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Jaén a 5 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón. 8W-10482 ———— BARCELONA.—JUZGADO NÚM. 1 Procedimiento Varios Seguridad Social 240/2014. Parte actora: Mutua Intercomarcal, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad SOC. Parte demandada: Don Antonio Díaz Jiménez, Construcciones Tulla, S.A., Institut Nacional de la Seguretat Social (INSS) y Tresorería General de La Seguretat Social. Secretaria Judicial doña María Doganoc de León. Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 31 de julio de 2014, en autos instruido por este Juzgado de lo Social a instancia de Mutua Intercomarcal, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad SOC contra don Antonio Díaz Jiménez, Construcciones Tulla, S.A., Institut Nacional de la Seguretat Social (INSS) y Tresorería General de la Seguretat Social en reclamación de materia social varios Seguridad Social seguido con el número 240/2014, se cita a la mencionada empresa Construcciones Tulla, S.A., de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el próximo día 24 de marzo de 2015, a las 11.00 horas de la mañana, para la celebración del acto de juicio, que tendrán lugar ante el Juez o Magistrado; advirtiéndole que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda. Haciéndole saber a la parte que tiene a su disposición para su examen en la Oficina Judicial de referencia los autos de los que deriva la presente citación. Lo que hace público por medio del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la LRJS. En Barcelona a 31 de julio de 2014.—La Secretaria Judicial, María Doganoc de León. 8W-10627 ———— VALENCIA.—JUZGADO NÚM. 12 Don Lorenzo Navarro Lorente, Secretario titular del Juzgado de lo Social número doce de Valencia. Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente núm.1164/2013, a instancias de don Pedro Bono Aledo, contra Esabe Vigilancia, S.A., en reclamación por cantidad, en el que, por medio del presente se cita a dicha parte demandada, quien se halla en ignorado paradero, para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, Avda. del Saler, núm. 14, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio el día 3 de marzo de 2015, a las 12,30 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Igualmente se le advierte que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Deberá comparecer el día y hora señalado para prestar confesión en juicio con apercibimiento de que de no hacerlo podrá ser tenido por confeso. En Valencia a 16 de febrero de 2015.—El Secretario Judicial, Lorenzo Navarro Lorente. 258-2111 AYUNTAMIENTOS ———— SEVILLA La Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Nervión, por delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, mediante acuerdo de 12 de diciembre de 2014, ha adoptado resolución número 958 de fecha 16 de febrero de 2015, por la que aprueba la siguiente convocatoria pública de subvenciones: Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4627 CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES (PROYECTOS ESPECÍFICOS), EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, POR EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SEVILLA A TRAVÉS DEL DISTRITO NERVIÓN PARA EL AÑO 2015 Primera. Fundamentación. El artículo 9.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos «promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificultan su plenitud y facilitar la participación de todos los individuos en la vida política, económica, cultural o social». En los mismos términos se manifiesta el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Por su parte, la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, en el artículo 25.1 establece que «El Municipio, (…), puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal (…)». En relación con lo anterior, el artículo 72 del precitado texto legal, establece la obligación de las Corporaciones Locales de favorecer el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, facilitar la más amplia información sobre sus actividades y, dentro de sus posibilidades, el uso de los medios públicos y el acceso a las ayudas económicas para la realización de sus actividades e impulsar su participación en la gestión local. Por todo ello uno de los objetivos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla es promover la participación solidaria de los/as ciudadanos/as en organizaciones sin ánimo de lucro, y en aras del cumplimiento de dicho objetivo donde se enmarca la presente convocatoria de subvenciones. La ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desarrollada por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento, conceptúa en su artículo 2.1 la subvención como toda disposición dineraria realizada por cualquiera de las Administraciones Públicas a favor de personas públicas o privadas, y que cumplan los siguientes requisitos: a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios. b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido. c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública, interés social o de promoción de una finalidad pública. Segunda. Objeto y finalidad. El Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Nervión realiza la presente convocatoria pública con el fin de conceder subvenciones a entidades ciudadanas que realicen actividades de interés social o de promoción de una finalidad pública. La convocatoria va dirigida a todas aquellas Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro, con domicilio social en el ámbito territorial del Distrito Nervión que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla y que tengan por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla, y cuyos fines no sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso. Las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria se otorgarán con arreglo a los principios de: a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados. c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Tercera. Régimen Jurídico. En todo lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en las normas a continuación relacionadas: — Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. — Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. — Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla por el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva de 16 de junio de 2005 («Boletín Oficial» de la provincia 14 de julio de 2005). — Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 16 de junio de 2005 («Boletín Oficial» de la provincia 161, de 14 de julio). — Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla para cada ejercicio. — Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. — Manual de Procedimiento para la Concesión y Justificación de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla y sus Organismos Autónomos. — Y cualesquiera otras disposiciones que por su naturaleza resulten de aplicación. Cuarta. Actividades a subvencionar. La presente convocatoria está destinada a apoyar la realización de proyectos específicos que tengan por objeto facilitar la participación de la ciudadanía en la escena cultural del Distrito y de la Ciudad, fomentando la convivencia entre diferentes entidades ciudadanas y los grupos sociales. Los proyectos deberán comprender actividades concretas, bien culturales, de ocio y tiempo libre, o conmemorativas de acontecimientos o efemérides significativas, y cuya finalidad se ajuste a los fines estatutarios y a la presente convocatoria. En consecuencia, y a título enunciativo, podrán financiarse proyectos que organicen actividades como jornadas, veladas, cabalgatas, actividades con motivo de la celebración del día de Andalucía, de la Constitución, etc., Las actividades se han de realizar durante el ejercicio 2015 y los tres primeros meses de 2016. En ningún caso podrán ser objeto de la subvención gastos de bienes inventariables. Asimismo, no se admitirán para la justificación gastos de suministros de agua, electricidad o alquiler de locales. Los gastos de telefonía, Internet, limpieza, material de oficina u otros análogos, deberán ser determinados como necesarios para la realización de la actividad objeto del proyecto que se presente; y deberán venir especificados en el presupuesto aportado con el proyecto, junto con el importe a éste imputado, que será el límite máximo que para cada concepto se podrá presentar en la justificación correspondiente. Tampoco podrán ser objeto de la subvención gastos de personal. La cuantía solicitada por proyecto y por entidad no podrá superar el importe de 1.500 euros. 28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Quinta. Compatibilidades. Las subvenciones que se otorguen serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que para la misma finalidad puedan conceder otras Entidades públicas o privadas. Quedan excluidos, de la presente convocatoria, los proyectos que, para la misma finalidad, resulten subvencionados por cualquier Área o Distrito del Ayuntamiento de Sevilla, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla por el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva de 16 de junio de 2005. En caso de percibir ayudas para realización de los gastos que se subvencionan, deberá entregarse copia del acuerdo de concesión del resto de entidades financiadoras. En los supuestos de que dichas ayudas estén solicitadas y no concedidas se deberá adjuntar copia de la solicitud, sin perjuicio de la entrega posterior del acuerdo de concesión. En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos supere el coste total de la actividad financiada. Sexta. Disponibilidad presupuestaria. El crédito reservado en esta convocatoria asciende a la cantidad de 14.000 € de la aplicación presupuestaria 70213 33801 48900. En todo caso, la concesión de las subvenciones estará limitada a la existencia de disponibilidad presupuestaria. Séptima. Requisitos de las entidades beneficiarias. 1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro, con domicilio social en el ámbito territorial del Distrito Nervión que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla y que tengan por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla, y cuyos fines no sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso; y que reúnan, además de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los siguientes, que deberán mantener hasta la aprobación de la correspondiente justificación de gastos: a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y hallarse debidamente inscrita en el registro correspondiente. b) No encontrarse incursas en cualquiera de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c) Hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y fiscales frente al Ayuntamiento de Sevilla y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, como también con la Seguridad Social, impuestas por la normativa vigente. d) Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla. e) Tener objetivos y finalidades coincidentes con los de la presente Convocatoria. f) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Sevilla. g) Haber justificado cualquier subvención concedida anteriormente por el Ayuntamiento de Sevilla una vez agotado el plazo para hacerlo. 2. De conformidad con la regulación contenida en el Reglamento de Participación Ciudadana y en el Reglamento Orgánico de las Juntas Municipales de Distrito del Ayuntamiento de Sevilla, se entiende por Entidades Ciudadanas todas las Asociaciones que no tengan ánimo de lucro, Comunidades de Propietarios y cualquier otra Entidad que tenga por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla, y cuyos fines no sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso; comprendiendo entre otras, Asociaciones de Vecinos, Ampas y Asociaciones de Mujeres. 3. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades que incurran en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley 1/2002 Reguladora del Derecho de Asociación. 4. Podrá denegarse el otorgamiento de subvención a aquellas entidades que no garanticen un funcionamiento democrático, la participación de sus asociados y el cumplimiento de su objetivo social. 5. La presentación de la solicitud supone la aceptación de la presente convocatoria, requisitos, condiciones y obligaciones establecidas en la misma. 6. En el caso de existir contradicción entre el domicilio que figure en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla y el que conste en la solicitud formulada prevalecerá el que conste en el Registro de Entidades. Octava. Documentación a presentar. a) Solicitud de ayuda suscrita por el representante y debidamente cumplimentada en todos sus apartados conforme al modelo que se adjunta como Anexo I. Los impresos de solicitud se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Sevilla y/o se facilitarán en la oficina del Distrito Nervión, sito en la avenida de la Cruz del campo, núm. 38 A, Sevilla, 41005. No se tomará en consideración ninguna documentación que no vaya acompañada de la correspondiente solicitud. b) Autorización para recepcionar por correo electrónico las notificaciones de este procedimiento (Anexo II). c) Certificado expedido por el Secretario de la entidad de que la persona que formula la solicitud es el representante legal de la entidad solicitante (Anexo III). d) Copia compulsada del DNI o NIE en vigor de la persona que formula la solicitud como representante legal de la entidad. e) Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad. f) Copia de los Estatutos vigentes de la Asociación o Entidad adaptados a la Ley Orgánica 1/02, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. La entidad quedará exenta de presentar la documentación recogida en los apartados c), d), e) y f) en el supuesto de que ya estuviera en poder del Ayuntamiento de Sevilla, siempre que los datos reflejados en ella no hubieran sufrido modificación alguna, en cuyo caso podrá acogerse a lo establecido en el apartado f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común siempre que, se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue presentada y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento (Anexo IV). g) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en los registros administrativos correspondientes. (Inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas de Sevilla o autorización para solicitarlo según modelo que figura en el Anexo V). Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4629 h) Declaración responsable del representante de la entidad de no hallarse la entidad que representa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Anexo V). i) Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. j) Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo, según el modelo que figura en el Anexo VI. k) Si procede, declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas (Anexo VII). l) Si procede, copia de la resolución/es de aportación del resto de las entidades, públicas o privadas, financiadoras de las ayudas solicitadas. En el caso de que dichas aportaciones estén solicitadas y no concedidas adjuntar copia de la solicitud. m) Si procede, certificado del representante legal de la entidad comprometiéndose a aportar, directamente o con financiación de terceros, la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención que se obtenga del Ayuntamiento de Sevilla (Anexo VIII). n) Certificado reciente expedido por la entidad bancaria donde se encuentre abierta la cuenta en la cual se ingresaría el importe de la subvención, en caso de ser concedida, indicando que la titularidad de la misma debe de corresponder a la entidad solicitante. ñ) Memoria de las actividades realizadas en los dos últimos años, firmada por el representante legal de la Entidad. o) Cualquier otra documentación que acredite las circunstancias que serán objeto de valoración técnica. p) Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Entidad para el ejercicio 2015, donde se relacionen en su caso, las ayudas que recibe de otras Entidades Públicas o privadas. q) Proyecto de la actividad para el que solicita la subvención. Los proyectos que se presenten desarrollarán los siguientes contenidos: 1. Nombre del Proyecto. 2.Objetivos. 3.Actividades. 4. Número aproximado de personas al que se destina el proyecto. 5. Calendario de actividades. 6. Lugar de realización. 7.Personal. 8. Recursos materiales. 9. Presupuesto desglosado de los gastos necesarios para la ejecución del proyecto. 10. Cuadro de financiadores previsto. (Indicar qué entidades se prevé que financien el coste del proyecto). Nota I: En ningún caso podrán ser objeto de la subvención gastos de bienes inventariables. Asimismo, no se admitirán para la justificación gastos de suministros de agua, electricidad o alquiler de locales. Los gastos de telefonía, Internet, limpieza, material de oficina u otros análogos, deberán ser determinados como necesarios para la realización de la actividad objeto del proyecto que se presente; y deberán venir especificados en el presupuesto aportado con el proyecto, junto con el importe a éste imputado, que será el límite máximo que para cada concepto se podrá presentar en la justificación correspondiente. Tampoco podrán ser objeto de la subvención gastos de personal. Nota II: La presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la LGS, la autorización al órgano gestor para recabar de oficio los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Dirección General de Hacienda y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla. Asimismo, el órgano gestor podrá recabar de oficio información relativa a la situación de la Entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla. La presentación de la solicitud también conlleva la aceptación íntegra de las normas que rigen la presente convocatoria. Nota III: El órgano instructor podrá, durante la tramitación del procedimiento, realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formular propuesta de resolución. Novena. Plazo y lugar de presentación. 1. El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. 2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro Auxiliar del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, (Distrito Nervión) sito en la avenida de la Cruz del Campo núm. 38A, Sevilla, en horario de atención al público, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Décima. Subsanación de defectos. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la presente convocatoria o no se acompañase de la documentación exigida en la misma, el órgano competente requerirá a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de recibo de la correspondiente notificación, con apercibimiento de que si no lo hiciese así se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución (artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 23.5 de la Ley General de Subvenciones). El requerimiento podrá realizarse por medio electrónico o telemático si éste es elegido como preferente o se ha consentido su utilización en la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, 27 y 28 de la Ley 11/2007 de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Undécima. Convocatoria, tramitación, valoración, resolución, notificación y publicidad. 1. El órgano competente para la aprobación de la presente Convocatoria de Subvenciones es la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Nervión, de conformidad con lo establecido en la normativa que resulta de aplicación y la delegación conferida por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla en el acuerdo adoptado en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2014. 30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 2. La instrucción del procedimiento se adecuará a la regulación contenida en el artículo 15 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla, que corresponderá al Jefe de Sección del Distrito, que podrá realizar de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse propuesta de resolución. El órgano instructor a la vista del expediente y de las solicitudes presentadas formulará propuesta de resolución. 3. La valoración de los proyectos se realizará, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, por una Comisión de Valoración que estará presidida por la Delegada Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Nervión y compuesta por los siguientes miembros: — La Directora del Distrito Nervión. — Un representante de cada uno de los Grupos Políticos que formen parte de la Junta Municipal del Distrito. — La Jefe de Sección del Distrito Nervión, que actuará como Secretaria de la misma. Para la valoración de las solicitudes presentadas se llevará a cabo una comparación entre las mismas a fin de establecer una prelación entre ellas, de acuerdo con los criterios de valoración que a continuación se indican, adjudicándose las ayudas a aquellas que hayan obtenido mayor valoración, con el límite fijado en la presente convocatoria y dentro del crédito disponible. Excepcionalmente, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los solicitantes que cumplan los requisitos de la convocatoria, y obtenga mayor valoración, del importe global máximo destinado a la subvención. Los criterios generales de valoración para el otorgamiento de las subvenciones son los que siguen: a) Evaluación de las actividades realizadas en los dos últimos años por la Entidad solicitante (10 Puntos). a1. Evaluación de la memoria de actividades de los dos últimos años (5 puntos). a2. Actividades realizadas los dos últimos años en el ámbito territorial del Distrito o destinadas específicamente a la población del Distrito (5 puntos). Este criterio se acreditara por la presentación de una Memoria de las actividades realizadas en los dos últimos años, firmada por el representante legal de la Entidad. b) Repercusión social del proyecto o actuaciones a subvencionar atendiendo a su ámbito territorial, finalidad, difusión y número de personas beneficiadas, así como su adecuación a los objetivos o fines. (40puntos). b1. Actividades desarrollada en el ámbito territorial del Distrito (10 puntos). b2. Actividades que tengan como destinatario la población en general, es decir, actividades abiertas al público en general (15 puntos). b3. Actividades que tengan por finalidad la celebración de fiestas populares (Navidad, carnavales, etc.) (15 puntos). c) Viabilidad técnica y económica del proyecto en relación con la rentabilidad educativa, social, cultural, científica, técnica, etc..., y medios puestos a disposición (35 puntos). c1. Adecuación de los medios materiales y humanos para la realización de las actividades propuestas (15 puntos). c2. La realización, con anterioridad, de actividades análogas a las actividades propuestas (10 puntos). c3. Capacidad real para llevar a cabo de forma autónoma las actividades propuestas con cargo a lo recursos propios declarados por la entidad (10 puntos). d) Proyectos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación en asuntos públicos de colectivos que tengan especial dificultad en estas formas de participación ciudadana: colectivos desfavorecidos con riesgos de exclusión social; mujeres; y personas con discapacidad (10 puntos). e) Justificación en plazo de anteriores subvenciones concedidas por el Excelentísimo Ayuntamiento de Sevilla o entidades dependientes. Dicha justificación se acreditará documentalmente (5 puntos). 4. A la vista del expediente y del informe emitido por la Comisión de Valoración, la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Nervión dictará Resolución Provisional en la que se contendrá la relación de las solicitudes presentadas con indicación de las excluidas, aquellas a las que se ha denegado la subvención y las concedidas con expresión del importe y del proyecto. La resolución provisional, debidamente motivada, se notificará a los interesados mediante publicación en el tablón de anuncios del Registro del Distrito Nervión del Ayuntamiento de Sevilla, sito en la avenida de la Cruz del Campo núm. 38A, concediéndose un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación, para presentar alegaciones, reformular el proyecto, desistir, o aceptar la subvención (Anexo IX). Analizadas las alegaciones y reformulaciones presentadas por los interesados, se formulará propuesta de resolución definitiva que debidamente motivada debe contener los extremos establecidos en el artículo 15.4 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla. 5. El órgano competente para la resolución de la presente Convocatoria de Subvenciones es la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Nervión, de conformidad con lo establecido en la normativa que resulta de aplicación y la delegación conferida por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla en el acuerdo adoptado en sesión celebrada el 12 de diciembre de 2014. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, que se computarán a partir del día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Se entenderá desestimada la solicitud, cuando transcurrido dicho plazo no hubiese recaído resolución expresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 30/92, sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente que impone el artículo 42 del mismo texto legal. La resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 43.3.b) de la Ley 30/92. 6. Una vez dictada la Resolución, se notificará a los interesados en el plazo de 10 días en los términos y con los efectos que recoge el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución de concesión de las ayudas será notificada preferentemente, así como otras comunicaciones, a través de correo electrónico cuando la entidad solicitante disponga del mismo e indique su dirección en la solicitud correspondiente, a tal efecto se presentará cumplimentado el Anexo II. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4631 Dichas actuaciones se considerarán válidas siempre que exista constancia de la transmisión, recepción del contenido íntegro de la comunicación e identificación del destinatario y remitente. El sistema de notificación electrónica permitirá acreditar la fecha y hora en la que se produzca la puesta a disposición de la entidad solicitante del acto objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido, momento a partir del cual se entenderá practicada a todos los efectos legales. De conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común las notificaciones que sean rehusadas por el interesado o su representante se tendrán por válidas y eficaces desde ese momento una vez que se haga constar esa circunstancia en las actuaciones administrativas correspondientes. 7. Contra el acuerdo resolutorio, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla. Duodécima. Modificación de la resolución. De conformidad con el artículo 15 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla, la condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de otras ayudas fuera de los casos permitidos en el artículo 3 de la misma, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, siempre que no se dañen derechos de terceros. En ningún caso, podrá incrementarse la cuantía de la ayuda concedida ni se podrá alterar la finalidad de la misma. La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada y deberá presentarse de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que la motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecución inicialmente concedido. La modificación se acordará por el mismo órgano concedente de la subvención, previa instrucción de expediente en el que junto a la propuesta razonada del órgano instructor se acompañarán los informes pertinentes. Decimotercera. Obligaciones de las Entidades beneficiarias. Las Entidades beneficiarias de las subvenciones vendrán obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, quedando obligadas, entre otras, a: a) Aceptar, expresamente, la concesión de la subvención (Anexo IX). b) Cumplir el objetivo y realizar la actividad que fundamenta la concesión de subvención, en los términos en los que fue concedida, tanto a nivel de contenido, como presupuestario y en el período previsto. c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en la forma y plazo establecido en la ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones y demás normativa que resulte de aplicación. d) Comunicar al Distrito Nervión cualquier modificación o alteración de los datos, documentación y demás extremos que afecten a la concesión de estas ayudas. En caso de que la entidad subvencionada considere necesario alguna modificación en el desarrollo de las actividades proyectadas, respecto a lo inicialmente previsto, deberá ponerlo en conocimiento del Distrito Nervión, Ayuntamiento de Sevilla, quien en su caso, concederá la autorización previa y expresa; todo ello de conformidad con lo establecido en la Base Duodécima de la presente convocatoria. e) Notificar al Ayuntamiento de Sevilla con carácter inmediato, la obtención de otras subvenciones permitidas para el proyecto aprobado procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. La notificación se hará mediante comunicación escrita en la que se incluirá la cuantía exacta y el destino que se dará a dichos fondos dentro del proyecto en cuestión y deberá acompañarse del documento que acredite la concesión de la ayuda correspondiente. En ningún caso el importe solicitado podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones supere el importe del proyecto. Si se produjera tal supuesto se procederá al reintegro de exceso sobre el coste de la actividad subvencionada. f) Cumplir con todas las obligaciones relativas a la presentación de informes y justificación de gastos. g) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizarse, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos que se destinen a la ayuda, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación, verificación y control, durante un plazo de cuatro años. i) Hacer constar expresamente y de forma visible en cualquiera de los medios y materiales que utilicen para la difusión de las actividades subvencionadas, que las mismas se realizan con la financiación del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Nervión. j) Facilitar cuanta documentación le sea requerida por el Distrito Nervión a los efectos de seguimiento y evaluación del proyecto. k) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentación debidamente auditada en los términos exigidos en la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario. l) Proceder al reintegro, previos los trámites pertinentes, si incurriera en algunos de los supuestos contemplados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. Decimocuarta. Plazo de ejecución. Los proyectos subvencionados deberán realizarse necesariamente durante el año 2015 y los tres primeros meses de 2016. Decimoquinta. Pago. El pago de las subvenciones concedidas se efectuará mediante transferencia bancaria del 100% del importe a la cuenta corriente abierta a nombre de la entidad indicada en el documento de aceptación de la subvención y se realizará con carácter anticipado, lo que supone la entrega de los fondos con carácter previo a la justificación de los gastos subvencionados. 32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Para el pago de la subvención será necesario que la entidad beneficiaria se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias así como con la Seguridad Social y no sea deudora por resolución de procedencia de reintegro de otras ayudas concedidas por el Ayuntamiento de Sevilla. Decimosexta. Justificación. a) El Ayuntamiento de Sevilla comprobará, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Regulador de las Subvenciones del Ayuntamiento y demás normativa, la efectiva aplicación de la subvención a la finalidad para la que se concedió. La justificación económica comprende toda la documentación acreditativa de la realización de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida. Estos gastos tendrán que ajustarse a los distintos capítulos y conceptos que figuraban presupuestados en el desglose presupuestario del proyecto o actividad subvencionada. b) Forma de realizar la justificación. La acreditación de la aplicación de los fondos se realizará mediante la presentación y entrega al Distrito de los modelos de justificación debidamente cumplimentados y que se serán facilitados a la entidad beneficiaria por dicho departamento. La justificación de la subvención concedida se acreditará de la forma siguiente: 1. Escrito donde se enumere la documentación justificativa que se entrega (Anexo X). 2. Memoria de actividades con indicación de las actuaciones realizadas, de los resultados obtenidos y de los beneficiarios (Anexo XI). 3. Cuenta justificativa (Anexo XII). 4. Memoria económica desglosada por financiadores, indicando los gastos realizados y los financiadores a que se imputan cada uno de esos gastos (Anexo XIII). 5. Relación de los gastos realizados e imputables al Ayuntamiento de Sevilla: relación de facturas (Anexo XIV). Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Las facturas deberán contener los requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre por el que se regula el deber de expedir factura. No se admitirán documentos justificativos que no sean originales. Los gastos deberán detallarse con precisión, no admitiéndose conceptos como «gastos diversos», «otros gastos», «gastos varios» y conceptos similares. Tampoco se admitirán como documentos justificativos las tarjetas telefónicas, facturas o recibís de bares, restaurantes, taxis, etc… Los documentos justificativos vendrán numerados en el mismo orden en el que aparecen consignados en la relación de gastos aportada. Con el fin de controlar debidamente la concurrencia de subvenciones, se procederá al estampillado de todos los documentos justificativos originales presentados por la entidad beneficiaria haciéndose constar la aplicación del gasto a la subvención concedida y en su caso el porcentaje de financiación imputable a la misma. 6. Declaración jurada del representante de la entidad beneficiaria de que la ayuda ha sido aplicada con carácter exclusivo al proyecto o actividad para el que se solicitó la subvención y de que las ayudas o ingresos recibidos no superan, en su conjunto, el 100% de los gastos devengados (Anexo XV). c) Gastos subvencionables. En ningún caso se subvencionarán gastos que financien bienes inventariables. Asimismo, no se admitirán para la justificación gastos de suministros de agua, electricidad o alquiler de locales. Tampoco podrán ser objeto de la subvención gastos de personal. No se admitirán justificaciones de gastos no admitidos en la convocatoria o realizados fuera del ejercicio 2015 y tres primeros meses de 2016. d) Plazo de justificación. La entidad beneficiaria deberá justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención y la aplicación de los fondos recibidos, en un plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto. e) De conformidad con el artículo 71 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, cuando se aprecie la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada por la entidad beneficiaria, se concederá un plazo de 10 días para su corrección a contar desde la notificación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin haberse subsanado los errores se procederá al reintegro de la subvención en los términos establecidos en la convocatoria y en la normativa aplicable. f) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.6 de la Ordenanza General por la que se aprueban las Bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla, por el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva «no podrá proponerse el pago de subvenciones a beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma otras subvenciones concedidas con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el mimo órgano concedente». En consecuencia, el incumplimiento de la obligación de justificar la ayuda concedida conllevará la denegación de posteriores solicitudes de subvención al Ayuntamiento de Sevilla sin perjuicio, en su caso, de la incoación del correspondiente expediente de reintegro conforme a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones y en el artículo 3 del Reglamento que la desarrolla. Decimoséptima. Inspección y control. El Distrito se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación anterior, a todos los efectos, así como la de ordenar las inspecciones y controles que estime necesarios para verificar la correcta aplicación de la subvención concedida. Decimoctava. Reintegro de la subvención y régimen sancionador. Procederá el reintegro de la ayuda concedida con exigencia del interés de demora referido al momento del pago, en los supuestos en los que la entidad incurra en cualquiera de las causas señaladas en el artículo 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4633 Las entidades beneficiarias de las subvenciones otorgadas al amparo de la presente convocatoria estarán sujetas a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Titulo IV Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo I Solicitud de Subvención Datos de la entidad solicitante Denominación: Registro Administrativo en el que esta inscrita y número: Domicilio: C.I.F.: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Datos del representante de la entidad Nombre y Apellidos: Domicilio: DNI: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Expone que habiéndose publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, y conociendo, la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Nervión para el año 2015, cumpliendo los requisitos exigidos en la misma y depositando la documentación que a continuación se relaciona (marcadas con una X ). Autorización para recepcionar por correo electrónico las notificaciones de este procedimiento (Anexo II). Certificado expedido por el Secretario de la entidad de que la persona que formula la solicitud es el representante legal de la entidad solicitante (Anexo III). Copia compulsada del DNI o NIE en vigor de la persona que formula la solicitud como representante legal de la entidad. Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad. Copia de los Estatutos vigentes de la Asociación o Entidad adaptados a la Ley Orgánica 1/02, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Declaración responsable documentación ya aportada (Anexo IV). Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en los registros administrativos correspondientes (Inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas de Sevilla o autorización para solicitarlo según modelo que figura en el Anexo V). Declaración responsable del representante de la entidad de no hallarse la entidad que representa en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Anexo V). Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo (Anexos VI). Declaración responsable del representante de la entidad de no haber solicitado otras ayudas (Anexo VII). Copia de la resolución/es de aportación del resto de las entidades, públicas o privadas, financiadoras de las ayudas solicitadas. En el caso de que dichas aportaciones estén solicitadas y no concedidas adjuntar copia de la solicitud. Certificado del representante legal de la entidad comprometiéndose a aportar, directamente o con financiación de terceros, la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención que se obtenga del Ayuntamiento de Sevilla (Anexo VIII). Certificado reciente expedido por la entidad bancaria donde se encuentre abierta la cuenta en la cual se ingresaría el importe de la subvención, en caso de ser concedida, indicando que la titularidad de la misma debe de corresponder a la entidad solicitante. Memoria de las actividades realizadas en los dos últimos años, firmada por el representante legal de la Entidad. Cualquier otra documentación que acredite las circunstancias que serán objeto de valoración técnica. Presupuesto General de Ingresos y Gastos de la Entidad para el ejercicio 2015, donde se relacionen en su caso, las ayudas que recibe de otras Entidades Públicas o privadas. Proyecto de la actividad para el que solicita la subvención y presupuesto desglosado. Solicita que se conceda una subvención por importe de ____________________________para la ejecución del Proyecto «_ __________________________________________________________________________», que se adjunta a la presente solicitud. Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos declarados y en caso de no aportarse la documentación acreditativa correspondiente, autorizo a que se realicen consultas en los respectivos ficheros. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito 34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo II Autorización para recepcionar por correo electrónico notificaciones D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en___________________________________________________________________________ y con NI______________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad______________________________________con CIF________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, c/_____________________________________________________________________________ manifiesta su consentimiento y preferencia para la práctica de comunicaciones relativas la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Nervión para el año 2015, a través de Correo electrónico: Las comunicaciones realizadas a través de los medios anteriores serán válidas siempre que exista constancia de la transmisión o recepción, sus fechas, contenido íntegro de la comunicación e identificación del remitente y destinatario. A partir de este momento la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales (artículo 6,27 y 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos). Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. DISTRITO NERVIÓN. Anexo III Acreditación de la capacidad de representación D/Dª__________________________ con DNI núm. ___________como (Secretario/a) de la entidad_____________________ con NIF____________________________________________________________________________________ , acredito que D./Dª________________________________________ que formula la solicitud para participar la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Nervión para el año 2015, es el representante legal de la entidad solicitante, estando capacitado y autorizado para representar a la entidad solicitante a todos los efectos en la convocatoria referida. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ Fdo.: __________________________________________ EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo IV Declaración responsable de documentación ya aportada D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ declara que la siguiente documentación ya se encuentra en poder del Ayuntamiento de Sevilla, al haber sido aportada en el expediente núm. ______________denominado___________________________________________________, tramitado por el Servicio __________________________________________________ y no ha experimentado modificación alguna hasta el día de la fecha, Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4635 pudiendo ser utilizada a efectos de la Convocatoria pública para para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Nervión para el año 2015, Acreditación por parte del Secretario de que la persona que formula la solicitud es el representante legal de la entidad solicitante, junto con fotocopia compulsada del NIF de la persona solicitante. Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante. Copia de los Estatutos vigentes de la Asociación o Entidad adaptados a la Ley Orgánica 1/02, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en los registros administrativos correspondientes (Inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas de Sevilla). Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. Certificado, en vigor, acreditativo de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. DISTRITO NERVIÓN Anexo V Declaración responsable y autorización para recabar certificados D/Dª_________________________________________________________________________________________________ D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ manifiesta que acepta las estipulaciones contenidas en estas Bases para la participación en la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ayuntamiento de Sevilla a través del Distrito Nervión para el año 2015, lo cual conlleva la autorización al órgano gestor para solicitar la información relativa a la situación de la Entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Sevilla. Y declara bajo su responsabilidad: 1. Que la entidad que representa no está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, se encuentra al corriente en las obligaciones fiscales y en especial declara no ser deudor de ningún Organismo Oficial de ámbito local, autonómico ni estatal y que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2. Que reúne todos los requisitos necesarios y que exige la ley para solicitar una subvención. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo VI Modelo de petición de información de carácter tributario solicitada por Organismos Públicos al amparo de la D.A. 4ª de la Ley 40/1998 del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas. Identificación del contribuyente: C.I.F_________________________________________________________________________________________________ Asociación____________________________________________________________________________________________ Apellidos y nombre del representante de la Entidad___________________________________________________________ , actúa en calidad de______________________________ D.N.I.___________________________________________________ C/ ___________________________________________________________________________________________________ Telefono____________________________ C.D.__________________________ Municipio____________________________ Provincia_______________________________ Codigo admón.___________________________________________________ Identificación del órgano público que solicita la información tributaria: AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COORDINACIÓN DE DISTRITOS DISTRITO NERVIÓN 36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 INFORMACIÓN QUE SE SOLICITA: * Certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Procedimiento para el que se solicita la información tributaria: Convocatoria de subvenciones aprobada por de fecha de de 2015. Autorización: El abajo firmante autoriza al Ayuntamiento de Sevilla, Distrito Nervión, para solicitar a la Delegación de la A.E.A.T. de Sevilla y Delegación de Hacienda del Ayuntamiento, la información tributaria anteriormente detallada, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la subvención y/o ayuda mencionada anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la Ley 40/1998 de 9 de diciembre. Fdo.: ............................ La Autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Sevilla ,Área de Participación Ciudadana (Distrito Nervión) «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, Plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» Anexo VII Declaración de responsable de no haber solicitado otras ayudas D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ declara bajo su responsabilidad que la entidad que representa no ha solicitado u obtenido ninguna subvención o ayuda concurrente con la solicitada el Distrito Nervión para las actividades que presenta la solicitud (Expediente 009/2015); asimismo, se asume el compromiso de comunicar la solicitud u obtención de subvenciones o ayudas concurrentes con esta. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo VIII Compromiso de aportar la diferencia D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ se compromete a aportar la diferencia, directamente o con financiación de terceros, en el caso de que la subvención concedida sea inferior al coste total de la actividad/evento/proyecto (Expediente 009/2015). Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo IX Documento de aceptación (Para presentar una vez concedida la subvención) Entidad: D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4637 y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF___________________________________________________________________________ y sede social en Sevilla, C/___________________________________________________________________________________________________ declaro por el presente documento aceptar la Ayuda otorgada por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, Distrito Nervión, según acuerdo de fecha ____________________, aceptando todas y cada una de las obligaciones inherentes a su concesión, y en especial en lo relativo a su inversión y justificación. Y me declaro responsable ante el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla (Área de Participación Ciudadana y Coordinación de Distritos) de que la subvención/ayuda por un importe ______________ para la realización de: _________________________________ se ajusta en todos los términos a la normativa y disposiciones a las que se condiciona la subvención. Al mismo tiempo, me comprometo a hacer constar en toda la información o publicidad de la actividad subvencionada u objeto de la ayuda, que la misma ha sido otorgada por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, previa autorización del Distritos Nervión. En caso de aceptación, debe cumplimentarse la siguiente información: Entidad Bancaria: Sucursal: Domicilio de la Sucursal: Cuenta número: A nombre de la entidad (persona autorizada): N.I.F.: (Los datos deben coincidir con los que aparecen en el certificado expedido por la entidad bancaria donde se encuentre abierta la cuenta en la que se ingrese el importe de la subvención y cuya titularidad debe corresponder a la entidad a la que se ha concedido). Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: _________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Anexo X Justificación de subvención/ayuda económica Relación de la documentación justificativa que se entrega D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ me declaro responsable ante el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla de los datos y de la documentación que se adjuntan (marcadas con una X) El presente formulario de justificación debidamente cumplimentado. Memoria de actividades. Cuenta justificativa. Memoria económica que indique los gastos realizados y el financiador de cada gasto. Relación de facturas y aportación de facturas o documentos equivalentes a la realización del gasto. En defecto de punto anterior, y con carácter excepcional se podrá aportar certificado del secretario de la entidad, relacionando los gastos que no han sido aportados mediante factura al encontrarse en los casos previstos en el R.D. 1496/2003, de 28 de noviembre. Declaración responsable del beneficiario de que proyecto subvencionado ha sido ejecutado íntegramente en los términos en los que fue solicitado. Documentos de los abonos efectivos de los gastos mediante copia del talón, transferencia o recibí. Carta de pago del reintegro en caso de remanente no aplicado. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ 38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ D.N.I: Documentación comprobada en la Delegación: Por: Con fecha: Fdo.: Salvedades (de existir): Anexo XI Justificación de subvención/ayuda económica Memoria de actividades Convocatoria: Año: Entidad: CIF: A) Denominación del Proyecto: B)Objeto: C) Período de ejecución: D) Actuaciones realizadas (Enumeración de las actividades realizadas por orden cronológico, con indicación del lugar de celebración, fechas de inicio y fin y beneficiarios): (Nota: Incluir, y numerar, las páginas que resulten necesarias). E) Números de beneficiarios directos: F)Resultados: G)Conclusiones: D./ Dª ________________________________________________________________________________________________ representante legal de la Entidad__________________________________________________________________________ , con C.I.F.____________________________________________________________ , certifica la veracidad de todos los datos incluidos en la presente memoria. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» Anexo XII Justificación de subvención/ayuda económica Cuenta Justificativa De la entidad: Expte.: D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ a la que el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla le concedió subvención por importe de__________________________________€ para la realización de ___________________________________________________________________________, que se llevó a cabo de los días ___________________, del mes de_________________, de ________, cuya memoria se adjunta: Deposita la cuenta justificativa y facturas de los gastos correspondientes a la misma, elevándose los gastos totales a justificar a la cantidad (expresar en cifras y letras) _________________. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4639 EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: [email protected].» EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. ANEXO XIII JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN/AYUDA ECONÓMICA MEMORIA ECONÓMICA (GASTOS Y FINANCIADORES) Convocatoria: Año: Entidad: Denominación del Proyecto: CIF: Gastos Financiador (Nota: Incluir, y numerar, las páginas que resulten necesarias). D./Dª_________________________________________________________________________________________________ representante legal de la Entidad__________________________________________________________________________ , con C.I.F. _________________________________ , certifica la veracidad de todos los datos incluidos en la presente memoria. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: [email protected].» Anexo XIV Justificación de subvención/ayuda económica Relación de facturas Entidad:______________________________________________________________________________________________ Expediente:____________________________________________________________________________________________ Importe total de las actividades:____________________________________________________________________________ Importe concedido:______________________________________________________________________________________ Relación de facturas que se adjuntan Fecha:________________________________________________________________________________________________ Nombre de la empresa y NIF______________________________________________________________________________ Importe_______________________________________________________________________________________________ Descripción del gasto____________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________ Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ 40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 No se admitirán facturas que no sean originales selladas por el Área de Participación Ciudadana y Coordinación de Distritos, Distrito Nervión, con el sello: «Justificación de pago acogida a financiación del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla». Se recuerda que los gastos deben detallarse con precisión, no admitiéndose conceptos como «gastos diversos», «otros gastos», «gastos varios», etc, tampoco se admitirán en el momento de la justificación, los gastos de tarjetas telefónicas, facturas o recibís de bares y restaurantes, taxis, etc., que no resulten imprescindibles para la realización de la actividad y que no sean debidamente justificados en el presente presupuesto, sólo se admitirán si son expresamente aceptados en la cantidad subvencionada. «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» Anexo XV Justificación de subvención/ayuda económica Declaración responsable D/Dª_________________________________________________________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en __________________________________________________________________________ y con NIF_____________________________________________________________ , en calidad de representante legal de la Entidad ______________________________________________________________________________________________ con CIF_____________________________________________________________ y sede social en Sevilla, Distrito Nervión, C/___________________________________________________________________________________________________ declara bajo su responsabilidad que las cantidades correspondientes al Área de Participación Ciudadana y Coordinación de Distritos, (Distrito Nervión), subvencionadas por el Ayuntamiento de Sevilla por importe de _______________, han sido ejecutadas íntegramente, conforme a los términos en los que fueron solicitadas, habiéndose aplicado la totalidad de la ayuda recibida a la ejecución de las mismas. Sevilla, a _____ de __________________ de __________ EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD Fdo.: __________________________________________ «Conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales contenidos en este formulario/impreso/documento van a ser incorporados a un fichero de titularidad municipal inscrito en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de comunicación y notificación de cualquier actuación administrativa dentro de las distintas relaciones jurídico-administrativas de las que pueda Vd. ser titular en esta Administración. Si desea ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir un escrito al Ayuntamiento de Sevilla a través del registro general, plaza de San Sebastián 1, 41004 Sevilla, los registros auxiliares de los distritos municipales, o la dirección: derechoslopd@ sevilla.org.» EXCMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA DISTRITO NERVIÓN. Lo que se comunica para general conocimiento. Sevilla, 19 de febrero de 2015.—El Secretario General. PD la Jefa de Sección del Distrito Nervión, Noelia Domínguez Correa. 36W-1965 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. Hace saber: Que en el expte. 297/14 REC instruido en el Servicio de Gestión Financiera y Tesorería de esta Gerencia, el Sr. Gerente ha dictado con fecha 15 de diciembre de 2014, la resolución número 7.192, cuyo tenor literal dice : «Al día de la fecha existen fianzas que fueron constituidas entre los años 1993 y 1999 e imputadas en la cuenta extrapresupuestaria 20.065, «Fianzas por Licencias Urbanísticas», que por circunstancias que se desconocen no han sido ejecutadas o devueltas a los contribuyentes. Las cuantías anuales de las referidas fianzas son las que se detallan a continuación: Año constitución Cuantía total 1993........................................................................................................................................................ 1994 ....................................................................................................................................................... 1995 ....................................................................................................................................................... 1996........................................................................................................................................................ 1997........................................................................................................................................................ 1998........................................................................................................................................................ 1999........................................................................................................................................................ 2.136,24 € 5.953,04 € 7.619,63 € 10.074,80 € 11.688,14 € 16.747,83 € 12.462,03 € Total....................................................................................................................................................... 66.681,71 € Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4641 Según estable el artículo 1.964 del Código Civil prescriben a los quince años las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción. Podemos afirmar que el abandono manifiesto de estas fianzas constituidas con una antigüedad mayor a 15 años por parte de los interesados que en su día las constituyeron se deberá, en buena parte de los casos, tanto al desconocimiento de las normas de procedimiento como a la desaparición de las empresas que en su día las constituyeran, en el caso de que se trate de personas jurídicas. A la vista de lo expuesto y teniendo en cuenta el precepto señalado, al día de la fecha se encontraría prescrito el derecho a solicitar, por los contribuyentes que a continuación se relacionan, la devolución de las fianzas cuyos datos de ingreso igualmente se detallan: 319930000195 220,69 26116138Y MARTÍNEZ HIDALGO JUAN ANTONIO 319930001914 319930002949 259,64 2192968X GARRIDO PÉREZ JUAN IGNACIO 378,64 A11025566 FERNANDO A. DE TERRY, S.A. 319930005352 319930009446 1.075,33 28914515J CASTAÑO CARBONELL ALFREDO 201,94 A41354051 CENTRO MEDICO DE DIAGNOSTICO IMAGEN,S.A. 319940000279 360,61 28028703X MÁRQUEZ FERNÁNDEZ FRANCISCO 319940000501 300,51 B41552233 PROMOCIONES SUÁREZ-SALADO S.L. 319940001349 270,46 28568013N SÁNCHEZ SÁNCHEZ EUGENIA 319940001450 901,52 22903844F PÉREZ MOLINA JOSÉ 319940001524 540,91 A41191438 CONSTRUCCIONES’92, S.A. 319940005870 343,78 28902419K CALDERÓN PÉREZ JUAN JOSÉ 319940005871 338,97 28368449L CALDERÓN CARRASCO JUAN 319940007019 575,17 28355042K RUIZ DE TERRY 319940007265 45,08 28439154E HERNÁNDEZ ARAUJO ANTONIO 319940007267 37,26 27891804A BENÍTEZ LÓPEZ FRANCISCA 319940008769 30,05 28301783F PAREDES CARO MANUEL 319940010208 45,08 42168365G DOMÍNGUEZ ARROCHA GLORIA 319940011696 30,05 28704505 E HERRERA FRANCO MARÍA DEL MAR 319940012624 480,81 B41398314 INMOBILIARIA SALTERAS, S.L. 319940015042 150,25 28353226E AUGUSTO ASCONA JOAQUÍN 319940015044 1.502,53 28052006X MARÍN ARMIJO MANUEL 319950003721 45,08 28362083R SÁENZ SÁNCHEZ CARMEN 319950003968 30,05 28729849C PUNTIVERO NAVARRO M^ JOSÉ 319950004849 1.322,23 G28029007 CAJA AHORROS Y MONTE PIEDAD DE MADRID 319950004961 30,05 28516890H ROMOSANTA GARCÍA JOSÉ 319950005316 30,05 27302094J MORENO GARCÍA MANUEL 319950005317 30,05 8259552E REGAÑA CÁRDENA ANTONIO 319950005320 30,05 27317115S CRESPILLO DURAN YOLANDA 319950005684 45,08 31256044 ORTIZ MIRANDA JUAN JAVIER 319950005738 30,05 28528946E PÉREZ PINEDA M^ CARMEN 319950005942 30,05 28102116A MONTES OJEDA FRANCISCO 319950006134 30,05 18941577L MARTÍNEZ MARTÍN GERMÁN 319950006135 30,05 28651363X HENRY MÉNDEZ AMALIA 319950007201 45,08 28915392E GARCÍA CARNE. JOSÉ CARLOS 319950007895 30,05 28673248E AMAYA RODRÍGUEZ JOSEFA 319950009933 45,08 28731167G CEBRIÁN CABALLERO ANTONIO 319950010720 45,08 28460437F VERA ROMERO FRANCISCO 319950010954 480,81 28375003H MANRIQUE TENORIO JOSÉ ANTONIO 319950012309 1.202,02 B41604414 SOLOR, S.L. 319950012336 45,08 28666080F RODRÍGUEZ BARRERA JUAN MANUEL 319950012524 27,86 123254240 CONTRA SERVICE 319950012577 300,51 A41398488 SATECO CONSTRUCCIONES, S.A. 319950012673 30,05 24284296E SANTIAGO FERNÁNDEZ JULIÁN 319950013302 45,08 28409069K GUERRERO LÓPEZ JOSÉ 42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 319950013629 1.154,66 Q41001168F HERMANITAS DE LOS POBRES 319950015154 30,05 X1493189Y M’BAYE SECKA 319950015588 390,66 28453659Z MÁRQUEZ GONZÁLEZ ISABEL MARÍA 319950018721 30,05 29483944P RODRÍGUEZ ÁLVAREZ MARÍA DEL ROSARIO. 319950020097 45,08 28721169B ALBALAT RUIZ JUAN 319950020205 30,05 28578849S MACHADO DURAN ANTONIO 319950020482 30,05 6903520R DURAN CADERA NICOLASA 319950020610 300,51 E41738733 CMDAD. PROP. «EDIFICIO PASTOR» 319950021075 30,05 X1493186-A MOUHCINE EL RHAZOUANI 319950021157 30,05 X0589577-H IDY DIALLO 319950021572 30,05 75383722A PONS BENÍTEZ ROSARIO 319950021638 201,58 B41030255 HORTÍCOLA DEL GUADALQUIVIR, S.L. 319950021712 30,05 X0535151X FALLÓN GUEYE 319950021839 30,05 X0539596Q MASSABA THIAM 319950021987 1.202,02 5239416Q MASEDA JOSÉ LUIS 319950022207 45,08 28694456R GUILLEN RODRÍGUEZ GERMÁN 319950022283 30,05 8722829X CARBAJO CORREA JOSÉ AURELIO 319960000033 30,05 28548586C DELGADO PAGÉS RAFAEL 319960000252 1.202,02 28449300W SANTOS SÁNCHEZ JOSÉ 319960000443 30,05 X1433053S SUXIONG MAO 319960000466 30,05 28519337C TEJERO ABSELAN JUAN MANUEL 319960000819 30,05 X0869383Y VÁZQUEZ MALDONADO ROSA LOURDES 319960000853 30,05 28581716F ARROYO DURAN MANUEL 319960001169 45,08 52158949D FERNÁNDEZ COBREROS FRANCISCO JOSÉ 319960001177 45,08 11719939J DELMIRA MARÍA MARTINS 319960001368 30,05 X1398557L LAMINE MBAYE AMADOU 319960001897 45,08 28747832V MORENO RODRÍGUEZ JESÚS MARÍA 319960002430 30,05 28545880M RODRÍGUEZ GARCÍA ANA MARÍA 319960002590 45,08 28587381Z BENÍTEZ BATISTA MARÍA 319960002677 180,30 G21181797 ASOCIACIÓN CULTURAL EL BARDAL 319960003690 30,05 27288734G CRESPILLO RUIZ ENRIQUE 319960003694 30,05 27317115S CRESPILLO DURAN YOLANDA 319960003821 150,25 31813017S SÁNCHEZ GÓMEZ FRANCISCO 319960003925 30,05 45660568W CRESPILLO NARANJO SONIA 319960004360 30,05 28566023T GUERRA PEREJÓN RAFAEL 319960004516 30,05 31566633F RODRÍGUEZ MARTÍN MANUEL 319960004781 150,25 52511644E LÓPEZ GUIJARRO ANTONIO 319960004791 150,25 28559287A TORRADO ORS JOSÉ MIGUEL 319960004905 30,05 28305790N JIMÉNEZ RODRÍGUEZ ROSARIO 319960004913 150,25 21354894S FIGUEROA GOMIS EMILIA 319960004918 1.202,02 31842357F RUIZ ARTEAGA ESTHER Miércoles 25 de febrero de 2015 319960004923 30,05 28572681B FUENTES HURTADO JUAN LUIS 319960006289 150,25 36473416Q TRIBO LLUENT JORDI 319960006322 30,05 X1430789M HANZHOU CHEN 319960006355 792,25 Q2863012G COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD 319960006425 901,52 A41183799 SISTEMAS TÉCNICOS ANDALUCES, S.A. 319960007048 2.250,67 B41772468 JACENA, SERVICIOS Y GESTIÓN, S.L. 319960008256 30,05 74329531V GARCÍA ABELLAN ANTONIO 319960009095 30,05 27296886A ROMERO SALGUERO MANUELA Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4643 319960009203 30,05 X0536791V SECK MAMADOU 319960009271 30,05 28877215W SÁNCHEZ NARVÁEZ FRANCISCO JAVIER 319960009493 30,05 28445229W MARTÍN GÓMEZ ANTONIO 319960009519 30,05 28705817T MORALES RAMOS FRANCISCO 319960010857 45,08 28764685B MARTÍN DEL PINO JUAN CARMELO 319960010877 45,08 44950305W HERNÁNDEZ DÍAZ JOSÉ MANUEL 319960018069 300,51 B41567884 CHEZGAR EDIFICACIONES, S.L. 319960018777 601,01 A78115201 GRUPO MÁXIMO DUTTI, S.A. 319960019074 45,08 28644012L FRUCTUOSO DUQUE JOSÉ 319960019077 45,08 28602844K PARRILLA PAREJA JUAN PEDRO 319960019080 45,08 28920984W PARRILLA PAREJA FCO. JAVIER 319960019081 45,08 28921680P FERNÁNDEZ PAREJA SOLEDAD 319960020245 420,71 27551694V VÁZQUEZ ADORNA MANUEL 319960020544 45,08 X1469872B SAMB SEYNI 319960020577 45,08 X0666814K BOUBACAR LO 319960020583 45,08 X1257163Y ADAMA SY 319960020775 45,08 X0665977 319960020923 45,08 X0700183V THIOUNE NOCTAR 319960020955 45,08 X2046831S KHALED NASSAR ABDOU ABDELRAHMAN. 319960021042 30,05 X1963103F KORKES SAMIR Y. 319960021102 45,08 X1471037A DIOUF GORA 319960021105 45,08 X1446022N SECK ABDOULAYE 319970000725 300,51 A41018185 PROMARFE, S.A. 319970001499 901,52 31382707N RODRÍGUEZ ORDOÑO JOSÉ ANTONIO 319970002337 30,05 28895699V SOTO BALIÑA MIGUEL ÁNGEL 319970002514 90,15 G41445255 HERMANDAD DE SANTA MARTA 319970002581 45,08 75297430F FUENTES MATÍAS JUAN 319970003932 30,05 26203081D CALAHORRO TORRES JOSÉ 319970004589 240,40 A41665290 ONDA GIRALDA T.V. S.A.(EMBARGADO) 319970004722 30,05 28597692K SOTO CAMARENA JOSÉ PASCUAL 319970004731 30,05 28666697A SANTOS RODRÍGUEZ JOSÉ ANTONIO 319970004954 30,05 28569142Z MORENO GARCÍA MARÍA DEL VALLE 319970005041 45,08 28413789A LUQUE SEPÚLVEDA FRANCISCO 319970005118 30,05 X1533802R WAHID ABDUL 319970005443 30,05 41/7519 319970005751 30,05 28595409S MARÍN DÍAZ MANUEL 319970006107 150,25 28569142Z MORENO GARCÍA MARÍA DEL VALLE 319970006557 45,08 77800170W IGLESIAS VENEGAS MARÍA DEL MAR 319970006772 45,08 H482746 319970006911 30,05 28550284Q RUIZ MONTES CÁNDIDA DE LOS REYES 319970007031 300,51 F41790957 JARDINES DEL GUADALQUIVIR, S.C.A. 319970007542 30,05 26203288D CALAHORRO TORRES MONSERRAT 319970008761 30,05 30678562N GUALDA PEREA PABLO NIANG PAPA MEISSA KEINDE MAODO CHEMAOUR EL FAHRI NABIL 319970008875 30,05 27795821E CARDEÑOSA QUEVEDO VICENTA 319970009378 336,57 28749027Q RAILLO MÁRQUEZ JESÚS NANUEL 319970009380 221,41 28574526Q PRIETO VILLANUEVA JOSÉ 319970010343 45,08 28562039H HERRERA FRANCO MARÍA DEL CARMEN 319970010402 901,52 08353234W ÁLVAREZ TINOCO ESTRELLA 319970010697 2.103,54 G18288878 MÉDICOS MUNDI ANDALUCÍA 44 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 319970013216 45,08 27875058R SOSA BEJARANO MIGUEL 319970013235 45,08 75369023R MARTÍN VILAR MARÍA DEL CARMEN 319970013525 45,08 27884387S PÉREZ RAMOS JOSEFA 319970014739 45,08 X2111940B EMPARAN PAVESI JUAN GUILLERMO 319970014843 300,51 28424017L ASOCIACIÓN DE AMIGOS DEL LIBRO ANTIGUO 319970014892 36,06 G41024498 REAL MAESTRANZA DE CABALLERÍA DE SEVILLA 319970015405 2.854,81 Q4100019A COMPAÑÍA HIJAS DE LA CARIDAD S. VICENTE 319970016358 30,05 F41146390 CONSTRUCCIONES PARADAS, S.C.A. 319970016748 1.202,02 28654673P COLOMAR MARTÍNEZ DE LA VEGA 319970016910 45,08 27282594V GARCÍA GÓMEZ MARÍA DEL PILAR 319970017559 45,08 28653217R SERRANO OCHOA GREGORIO 319970017782 45,08 27799200C MUÑOZ AGUILAR DOLORES 319970018855 45,08 28676097L CORDERO RIVAS JOSÉ 319970018869 45,08 28701747R AYALA ROMERO AURORA 319970020305 124,41 28344663S GÓMEZ DELGADO MARÍA JOSÉ 319970021319 16,83 28578849S MACHADO DURAN ANTONIO 319970021729 46,88 24969405F SANTOS CENTENO JOSÉ 319970021748 1,20 28312368N DE LA ROSA GONZÁLEZ ANTONIO 319970021752 31,25 27314872A SÁNCHEZ GÓMEZ CRISTÓBAL 319970021754 31,25 28413745M MUÑOZ AGUILAR FRANCISCA 319970021756 1,20 28583778E ANDÚJAR GARRIDO ROSA MARÍA 319970021757 1,20 27738862B CARICIOLO GUISADO MIGUEL 319970021758 1,20 28512576M ORTEGA RUEDA MANUEL 319970021760 1,20 28413360B CUTILLA LÓPEZ FRANCISCO 319970021761 1,20 27872987T SÁNCHEZ GÓMEZ ANTONIO 319970021836 1,80 28243882C MÉNDEZ JIMÉNEZ AMALIA 319970021837 1,80 28653156D HENRY MÉNDEZ MARÍA 319970021985 1,20 28884311Z PEÑA CÁCERES JOSEFA 319970022097 1,20 28307014V ORTEGA RUEDA JOAQUÍN 319970022258 1,20 27767067H GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ MANUEL 319970022285 9,02 G41024498 REAL MAESTRANZA DE CABALLERÍA DE SEVILLA 319970022361 46,88 X1375710D MOHAMED MIKDAR 319970022395 1,20 28597692K SOTO CAMARENA JOSÉ PASCUAL 319970022475 1,20 28546201G CARICIOLO GUISADO ROSARIO 319970022478 1,20 27949962V ARDAÑA ACUÑA JOSÉ 319970022479 1,20 27961941J FUENTES MAYOR JOSÉ 319970022499 1,20 27732459W HERRERA MILLÁN ANA 319970022609 16,83 X0539596Q MASSABA THIAM 319970022613 31,25 X0869383Y VÁZQUEZ MALDONADO ROSA LOURDES 319970022787 1,20 27555144V CABRERA PARRA ANTONIA 319970022792 1,80 8722829X CARBAJO CORREA JOSÉ AURELIO 319970022897 46,88 X0287754R GUEYE MADIAYE 319970022906 1,80 X1471037A DIOUF GORA 319970022936 46,88 28888583P GUISADO MARTÍN JUAN MANUEL 319970023007 46,88 28596160 OSUNA GARCÍA MARÍA DEL CARMEN 319970023054 46,88 X0539592N MBAYE MODOU 319970023166 1,80 X1469872B SAMB SEYNI 319970023236 46,88 28544515C GARCÍA PÉREZ ESMERALDA 319970023239 46,88 28729468F TERNERO BUSTO M^ DOLORES Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4645 319970023356 16,83 X0535757X GUEYE FALLÓN 319970023573 46,88 0579714E OUSMANE GUEYE PAPA 319980000174 31,25 28708523S GARCÍA FERNÁNDEZ MANUEL 319980000526 1,20 28267194X GUISADO GARCÍA ROSARIO 319980001737 240,40 A41665290 ONDA GIRALDA T.V. S.A.(EMBARGADO) 319980002211 46,88 50946191H GAJARDO JARAMILLO ANTONIO 319980004309 60,10 G21181797 ASOCIACIÓN CULTURAL EL BARDAL 319980005756 46,88 28929855H PÉREZ MÁRQUEZ MANUEL 319980006125 46,88 X1504379H HUSSEIN EL SAYED TAHER AHMED 319980006126 46,88 28569965D DURAN RICHARTE MANUEL 319980006137 46,88 25521538W SÁNCHEZ SEGURA JOSÉ 319980006191 46,88 28735719W RODRÍGUEZ RIOJA JOSÉ GABRIEL 319980006194 46,88 33971626M PEREIRA GIROL M^ ÁNGELES 319980006347 1.202,02 28514800K TÁVORA SÁNCHEZ CARMEN 319980006427 46,88 18941577L MARTÍNEZ MARTÍN GERMÁN 319980006428 46,88 46026470C CAJIDOS CARRASCO BRUNO 319980006580 46,88 X0712278Z ELHADJI SECK 319980006589 46,88 28721526T REGAÑA AMAYA ANA MARÍA 319980006670 16,83 28597692K SOTO CAMARENA JOSÉ PASCUAL 319980006935 46,88 28433074Z PÉREZ MONTERO MIGUEL 319980006997 46,88 21371808R RIZQUEZ RESAS EMILIA 319980007131 31,25 28645218Y CORTES SANTIAGO ÁNGEL 319980007142 46,88 X2316930W ALARCÓN GARCÍA ALEJANDRA 319980007147 46,88 52510779 LÓPEZ GUIJARRO RAFAELA 319980007571 46,88 27799200C MUÑOZ AGUILAR DOLORES 319980008427 3.005,06 B29681533 NEWCOMAR S.L.. 319980008532 46,88 28364048B GONZÁLEZ GONZÁLEZ FERNANDO 319980008534 46,88 14318149M HERRERA MOLINA M^ DOLORES 319980008913 1.502,53 A41031857 DIALCO, S.A. 319980010608 443,55 28506208P GARCÍA LÓPEZ IGNACIO 319980011271 46,88 52223652J NIETO AMAYA RAFAELA 319980011426 901,52 A41668872 SCANOMAT ESPAÑA, S.A. 319980016496 601,01 A41379694 SAPJA 319980019203 90,15 A28425270 CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A. 319980019781 2.253,80 15022510 319980019782 2.914,91 A78276854 BERSHKA BSK ESPAÑA, S.A. 319980020061 1.081,82 A41668872 SCANOMAT ESPAÑA, S.A. 319980021082 31,25 28900485L TIRADO SÁNCHEZ MARÍA 319980021084 31,25 28424781R RIVAS MARTÍNEZ JUAN PEDRO 319980022301 46,88 28604890C MÍGUEZ VARGAS FERNANDO 319980022401 46,88 28240312S GARCÍA ANEGO AMPARO 319980022409 338,97 B41726308 RESIDENCIA EL ROMERAL, S.L. 319980022422 46,88 X0563251G LAMINE NIANG PAPA MEISSA 319980022425 46,88 45655435K ÁVILA RODRÍGUEZ FRANCISCO 319980022426 46,88 28518499V RODRÍGUEZ GARCÍA MARÍA NIEVES 319980022428 46,88 72128465M PÉREZ MAZA ALFREDO 319980022506 46,88 X01258702G NIANG SAMBA 319980022511 46,88 28742714C JANOUDI EKKO FARID 319980022512 46,88 X1964928S ZAKAREYA TAYSIR GOASAM, S.A. 46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 319980022514 46,88 X1373079W SAMB ASTOU 319980022515 46,88 X2037427H JANOUDI ABDULKADER 319980022731 46,88 34050400G OSTOS BARRIOS CARMEN 319980022889 46,88 X257712C THE THANH DO 319980022903 46,88 30223684M GARCÍA TORRES JORGE 319980022916 46,88 30416437H SOBRINO MIGUEL ANTONIO MIGUEL 319980022923 46,88 X01489569 N’DIAYE MAREMA 319980022950 46,88 X1397002M BOUDRA ABDELHAMID 319980022963 46,88 X1468523L WADE AÍDA 319980022986 46,88 X1378931N CHTIOUU MUSTAPHA 319980023025 46,88 28914842R VEGA RAIGÓN FRANCISCO JAVIER 319980023027 46,88 28743584R VEGA RAIGÓN JORGE 319980023105 46,88 01906375C SANTILLAN PILLAJO M^ JUANA 319980023164 46,88 X2241262G GUANUCHI BAUTISTA MARCOS VINICIO 319990000261 31,25 27891836N MAQUEDA PILARES ANTONIO 319990000686 360,61 A41150723 PROMOTORA ANDALUZA COOP., S.A. (PRACSA) 319990001757 260,36 B41524299 RUMARTRA, S.L. 319990001936 31,25 28451026A MESA REINA M^ CARMEN 319990004708 751,27 G41783622 ASOCIACIÓN SÍNDROME DE DOWN 319990005077 31,25 28692234X DOMÍNGUEZ MARÍN JUAN FRANCISCO 319990005562 31,25 28573976H GUTIÉRREZ HERRERA JOSEFA 319990005974 46,88 44607739K SÁNCHEZ DE LOS SANTOS MARÍA JOSÉ 319990005989 46,88 28705943B CARMONA MARTÍNEZ JOAQUÍN 319990006104 31,25 28572681B FUENTES HURTADO JUAN LUIS 319990006130 46,88 00078993X LÓPEZ RUBIO SERGIO 319990006584 46,88 75650949Q CABELLO CARRETERO MANUELA 319990006898 46,88 52786840T MARÍN RODRÍGUEZ MONTSERRAT 319990007223 31,25 28588704A RUIZ RIVAS ALBERTO 319990007290 46,88 4164858H CARRASCO TORONJO ANTONIO 319990007916 46,88 27283984G DÍAZ-PRIETO GUERRA MARÍA LUZ 319990008522 46,88 28690495L BENÍTEZ CASTILLO MANUEL 319990008584 46,88 52220136Q TORRES SOTO JESÚS 319990009300 46,88 28623833B IGLESIAS POYATO MARÍA JESÚS 319990009835 46,88 28421514T IGLESIA ORELLANA ROSENDO 319990009837 46,88 28913529E IGLESIAS MUÑOZ JOSEFA 319990009838 46,88 28647829H MUÑOZ IGLESIAS DOLORES 319990010256 1.183,99 28513559E ROMERO CRUZ FERNANDO 319990011092 361,69 A41138942 MOTORLUXE, S.A. 319990011333 46,88 28585765P MUÑOZ IGLESIAS ANA 319990013113 1.454,45 B41918731 SECOAN,S.L.(EMBARGADO) 319990014988 184,99 A80782519 PLUS SUPERMERCADOS S.A. 319990015628 46,88 44600260V DE LA ROSA ACOSTA ANA MARÍA 319990016559 1.009,70 A41668872 SCANOMAT ESPAÑA, S.A. 319990016570 46,88 28498885E BARREIRO VILCHES DAVID 319990016571 46,88 28563472W GARRIDO TAGUA RAMÓN 319990016652 46,88 28566308D MORENO PEÑA ANTONIO 319990016653 46,88 27833211Z PEÑA BLANCO CARMEN 319990016748 46,88 28721077B MELÉNDEZ GARCÍA DOLORES 319990017216 300,51 B41815788 ARROYO MONRIO, S.L. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4647 319990017397 46,88 28514763F MARI CARMEN SOLOZANO VILLANUEVA 319990017515 46,88 28642457M CASANOVA OLIVA MARÍA JOSÉ 319990017516 46,88 28867203H OLIVA ALVARADO DOLORES 319990017518 46,88 28674993L SÁNCHEZ ROSALES DOLORES 319990017687 46,88 27851245Q FUENTES RUIZ MANUEL 319990017688 46,88 27826046W FUENTES RUIZ ANTONIA 319990017844 1.202,02 B41838079 RIBECO INVERSIÓN, S.L. 319990017981 46,88 28647734S CORONADO FUENTES JONATHAN 319990018612 991,67 A41934225 EGIDA SEVILLANA, S.A. 319990020375 150,25 G61105979 COTA MÁXIMA, S.C.P. 319990021640 172,01 30048963S VELASCO CRESPO ANTONIO 319990022261 46,88 28677910S REY AGUILAR ROSARIO 319990023047 46,88 X01497440 KHADIM RASSOUL FALL 319990023211 46,88 45660366F ELOURAQUI BENT MOSTAFA 319990023216 46,88 X0796666F SOULEYE BA 319990023221 46,88 X02117795R BERTRAND KANA ALAIN 319990023222 46,88 X0556629S DIOP ALASSANE 319990023226 46,88 X0563251G LAMINE NIANG PAPA MEISSA 319990023228 46,88 X0545206Z MBAYE DJILY 319990023229 46,88 X2647133V CÁCERES CÁCERES JOSÉ JOAQUÍN 319990023238 46,88 28554166B FIANCES JAÉN ADOLFO 319990023241 46,88 X1445713W SOW AWA 319990023250 46,88 X0737038G KANE TALLA 319990023284 721,21 B41719584 SOLACYR, S.L.. 319990023302 46,88 X1087395R THIOUNE MAME SEDIKH 319990023303 46,88 X1864134F DIAW OUMOUKALSOUNE 319990023308 46,88 X0535151X FALLÓN GUEYE 319990023309 46,88 X0534123V FAYE MODOU 319990023353 46,88 X2114360Q DIALY IMER 319990023354 46,88 X0633497P FALL MADIODIO 319990023359 46,88 X1315387V BAMHAOUED NAIMA 319990023369 46,88 X1908355E THIOUNE MBAYE 319990023370 46,88 80126121D JIMÉNEZ BALAGUER CATALINA 319990023581 46,88 X712278Z SECK ELHADJI 319990023582 46,88 X0665997D CISSE NDIAYE MOUSSA 319990023586 46,88 X0553600J GUEYE ABDOU 319990023630 46,88 X0556626A DIAKHATE MALICK 319990023637 46,88 X01496005R M’BATHIE MAODO 319990023690 46,88 X2246075X M’BAYE KHADIDJATOU 319990023787 450,76 27895706H LAMAS ZAPATA MIGUEL CARLOS 319990023800 46,88 28795857H ROMERO DOLCE HUGO CESAR 319990023866 46,88 28723452V TOKASHIKI KOMESU RODOLFO 319990023923 46,88 28487008J VILLAGRÁN MARTÍNEZ JULIO CÉSAR 319990024099 46,88 28853860S SÁNCHEZ CASADO FCO. JAVIER Por todo ello, es criterio de quien suscribe, que procede aplicar a la partida presupuestaria correspondiente a recursos eventuales del presupuesto de ingresos actualmente en vigor los importes relacionados que corresponden a fianzas, por un total de 66.681,71 euros y que se encuentran contabilizadas actualmente en la partida extrapresupuestaria 20.065 «Fianzas por Licencias Urbanísticas» A la vista de los hechos y preceptos expuestos, vengo en disponer: Primero: Aplicar a la partida presupuestaria correspondiente a recursos eventuales del presupuesto de ingresos actualmente en vigor los importe relacionados que corresponden a fianzas, por un total de 66.681,71 euros y que se encuentran contabilizadas actualmente en la partida presupuestaria 20.065 «fianzas por licencias urbanísticas» todo ello sin perjuicio del reconocimiento a la devolución de ingresos indebidos en aquellos casos que legalmente proceda. 48 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Segundo: Dar traslado del presente decreto al Servicio de Intervención y Contabilidad». Lo que se pone en conocimiento general quedando en exposición publica el correspondiente expediente en el Servicio Gestión Financiera y Tesorería de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, durante veinte días contados a partir de la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expte., pueden comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente. De no presentarse reclamación alguna, la resolución dictada se considerará automáticamente firme. Sevilla a 22 de enero de 2015.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez. 2W-1188 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente 267/2004 instruido en el Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92 reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El contenido de la Resolución recaída es el siguiente: «La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo por delegación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 5 de julio de 2011, se ha servido aprobar con fecha 10 de septiembre de 2014 la siguiente propuesta del Sr. Gerente, cuyo tenor literal es como sigue: «Mediante Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo adoptado en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2009, se requirió a don José María Hermoso Ferreras, para que en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, solicitase la preceptiva licencia para las obras realizadas sin la misma, en la finca sita en calle Albareda núm. 15, esquina C/ Teniente Coronel Segui, plantas 2.ª, 3.ª y ático, consistentes en: — Acondicionamiento de las plantas 2.ª, 3.ª y ático del inmueble de referencia para destinarlo a uso de Hostal. En dicho acuerdo se le apercibe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) y el artículo 47 del Decreto 60/2010 de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante R.D.U.A.), que transcurrido el plazo concedido al efecto sin haberse instado la legalización, procederá la imposición de sucesivas multas coercitivas por periodos mínimos de un mes y cuantía, en cada ocasión, del diez por ciento del valor de las obras ejecutadas y, en todo caso y como mínimo, 600 euros. Examinados los datos obrantes en esta Gerencia se ha podido constatar que ha transcurrido el plazo concedido para instar la legalización ordenada, no existiendo antecedentes de solicitud de licencia en esta Gerencia de Urbanismo. El presupuesto de ejecución de las obras realizadas, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal por prestación de servicios urbanísticos, asciende a la cantidad de 109.687,50 €. Por tanto, en aplicación del citado art. 182.4 de la LOUA y el art. 47 del RDUA, el importe de la multa coercitiva asciende a la cantidad de 10.968,75 €. Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en uso de las atribuciones conferidas por los Estatutos que rigen la Gerencia de Urbanismo, el firmante viene en formular la siguiente, Propuesta: Primero: Imponer a don José María Hermoso Ferreras, con NIF.: 48.807.954-E, una multa por importe de 10.968,75 € (diez mil novecientos sesenta y ocho euros con setenta y cinco céntimos de euro), en concepto de sexta multa coercitiva, por incumplimiento del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo adoptado en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2009 , por el que se le requirió para que en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, solicitase la preceptiva licencia para las obras realizadas sin la misma, en la finca sita en calle Albareda núm. 15, esquina C/ Teniente Coronel Segui, plantas 2.ª, 3.ª y ático. Segundo: Requerir el pago de la precitada cantidad al promotor de las obras don José María Hermoso Ferreras, dentro del plazo voluntario previsto en el art. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para el abono de las deudas tributarias. Tercero: Notificar el presente acuerdo al interesado. Cuarto: Facultar al Sr. Gerente que suscribe para la ejecución de los presentes acuerdos.» Conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley 58/2.003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el pago en periodo voluntario debe realizarse en los siguientes plazos: —Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior. —Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos legalmente señalados, se iniciará automáticamente el período ejecutivo, que producirá el devengo de los siguientes recargos incompatibles entre sí: 1. Recargo ejecutivo del 5%, que se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora. 2. Recargo de apremio reducido del 10%, que será aplicado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora. 3. Recargo de apremio ordinario del 20%, que será aplicable cuando no concurran las circunstancias referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible con el devengo de intereses de demora a partir de la finalización del plazo voluntario de ingreso. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4649 Modo de pago: El pago de la deuda podrá realizarse a través de las entidades colaboradoras Cajasol y BBVA con el presente documento cobratorio. Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono 955.47.68.19. Recursos: Contra el presente Acuerdo, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y ss. de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A tal efecto, se estimará que la Resolución del Excmo. Ayuntamiento Pleno agota la vía administrativa, quedando abierta la vía jurisdiccional. Igualmente queda expedita esta vía, en caso de que transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no se notifique resolución expresa, entendiéndose por consiguiente desestimado aquel, conforme especifica el artículo 115 de la Ley de Procedimiento Administrativo Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. Sevilla a 15 de septiembre de 2014.—El Secretario de la Gerencia P.D. El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, José Miguel Lobo Cantos.» Destinatario: D. José M.ª Hermoso Ferreras. C/ Albareda, 15. Sevilla. Sevilla a 20 de enero de 2015.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez. 2W-1197 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Ante la imposibilidad de practicar notificación personal a doña Inés, don Cándido y don Bernardino Presa Fernández, don Cesáreo Augusto Alves, Desarrollo Económico Atlántico, S.A., Esso Española, S.A., y doña María Isabel Vicente Cabreiro y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto con objeto de poner en conocimiento de las entidades y particulares antes indicados, los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, y citarlos personalmente al trámite de información pública. «La Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla en sesión celebrada el 21 de noviembre de 2014, aprobó una propuesta del Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines, cuyo tenor literal es el siguiente: El Sector de suelo denominado SUO-DMN-01 “Buenaire”, se dispone sobre uno de lo ejes de acceso más significativos de la aglomeración urbana, que relaciona el aeropuerto con la estación central de Santa Justa, situado entre la carretera Nacional IV, Ronda Supemorte y SE-30, condicionado por la influencia de estas grandes infraestructuras, así como de otras, también importantes, que las atraviesan, como la vía del AVE y arco de ferrocarril de cercanías y situado en proximidad al Aeropuerto y a los suelos urbanos consolidados del norte de la ciudad.= Estas circunstancias determinaron que el Plan General incluyera entre sus determinaciones la ordenación detallada de dicho sector. Sin embargo, circunstancias sobrevenidas derivadas del nuevo diseño de la desviación de la SE-30, nuevo trazado y aumento de las dimensiones del nudo principal de la ronda norte con el bulevar interior del sector, el incremento de la dimensión transversal de dicha ronda, la indefinición del trazado definitivo de la Ronda Supernorte y sus enlaces, entre otros extremos, han motivado la redacción de un Plan Parcial, que presenta Iniciativas Concertadas, S.A. para la modificación de las determinaciones de ordenación detallada establecidas en el Plan General de Ordenación Urbanística vigente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, cuyo apartado 1.b) dispone que los Planes Parciales tienen por objeto la modificación, para su mejora, de la ordenación pormenorizada establecida con carácter potestativo por el Plan General de Ordenación Urbanística para sectores enteros del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable, con respeto de la ordenación estructural y de conformidad con los criterios y las directrices que establezca dicho Plan, sin que pueda afectar negativamente a la funcionalidad del sector o a la ordenación de su entorno. Conforme a lo previsto en el artículo 36.1 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, las innovaciones que estos Planes Parciales operan en el Plan General no habrán de sujetarse a lo previsto en dicho artículos Iniciativas Concertadas, S.A., presentó el Plan Parcial SUO-DMN-01 “Buenaire” el 10 de octubre de 2008, informándose por este Servicio de Planeamiento la necesidad de corregir una serie de aspectos contenidos en el mismo. Asimismo, la Oficina de Ejecución del PGOU y el Servicio de Gestión Urbanística emitieron informes técnicos donde también se exigieron correcciones. La Dirección General de Aviación Civil remitió informe desfavorable el 15 de febrero de 2010. Ahora, teniendo en cuenta la nueva propuesta de “Delimitación de Servidumbre Acústica del Aeropuerto de Sevilla”, en tramitación, la nueva definición de las condiciones del borde, trazado de la SE-30, nudo principal de enlace con la ronda norte, incremento de la dimensión transversal de la anterior que ha motivado, redistribución de usos entre distintas parcelas del sector, reajuste total de las edificabilidades previstas y dimensiones y situación de los espacios libres y dotaciones, y la nueva previsión de etapas de la ejecución de la urbanización, Iniciativas Concertadas, S.A. ha presentado un nuevo Plan Parcial. El Servicio de Coordinación del Desarrollo Urbanístico y Programas de Vivienda a la vista de la nueva redacción del Plan Parcial ha emitido informe con fecha 21 de octubre donde hace constar que en el instrumento de planeamiento se define la construcción de una intersección en rotonda ubicada sobre la traza de la carretera SE-20, competencia de la Demarcación de Carreteras del Estado, por lo que será preceptivo obtener autorización de la citada Administración o su previa recepción municipal. La accesibilidad al sector depende fundamentalmente de su conexión con la SE-35 en el tramo próximo al enlace de la SE-30 con la A-4. Consecuentemente la viabilidad del sector está condicionada a la ejecución y puesta en servicio del tramo del Sistema General Viario antes referido. El Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 5 de noviembre donde a la vista del documento, exige la corrección de determinados aspectos del mismo relativos, fundamentalmente, al cuadro de propiedades y a la posterior conservación de la edificación. Ambos informes, de Coordinación del Desarrollo Urbanístico y Programas de Vivienda y de Gestión y Convenios Urbanísticos han sido notificados a los promotores a los efectos de que sean introducidos en el Plan Parcial con carácter previo a su aprobación definitivas. 50 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 El Servicio de Planeamiento considera, en su informe de 21 de octubre pasado que han sido cumplimentadas las observaciones realizadas al documento, y que procede la aprobación inicial del mismo. La aprobación inicial del documento corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, conforme a lo establecido en el artículo 127 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.= Conforme a lo establecido en el art. 32 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, la aprobación inicial conlleva el sometimiento del documento al trámite de información pública por plazo no inferior a un mes. El anuncio de la información pública habrá de ser publicado en el “Boletín Oficial” de la provincia, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncios del municipio, a tenor de lo establecido en el artículo 39.1 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Asimismo conforme a lo establecido en el artículo 39.3 se facilitará la consulta del documento por medios telemáticos. Se solicitarán los informes sectoriales previstos en la legislación vigente. En este sentido, se enviarán ejemplares del Plan Parcial una vez aprobado inicialmente a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, Dirección General de Ferrocarriles, ADIF, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Dirección General de Aviación Civil. Asimismo se solicitará informe en materia de Vías Pecuarias. Será preciso citar personalmente al trámite de información pública a la totalidad de los propietarios de suelos afectados por el ámbito de actuación del documento, entre ellos a la Comunidad de Regantes del Valle Inferior del Guadalquivir. De conformidad con lo previsto en el artículo 31.2.C) de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, se solicitará informe a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente. Asimismo, conforme al artículo 18.3.c) de la citada norma, se solicitará informe de la Consejería de Fomento y Vivienda. En virtud de cuanto ha sido expuesto el Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines, que suscribe tiene a bien proponer la adopción de los siguientes acuerdos: Primero: Aprobar inicialmente el Plan Parcial del Sector SUO-DMN-01 “Buenaire” Sevilla, promovido por Iniciativas Concertadas, S.A. Segundo: Someter el documento a exposición pública por plazo de un mes, mediante inserción de anuncios en el “Boletín Oficial” de la provincia, en uno de los diarios de mayor difunsión provincial, en los tablones de anuncios del municipio y en la página web de la Gerencia de Urbanismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del RDL 2/2008 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, artículo 70 ter de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 32 y 39 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Tercero: Citar personalmente al trámite de información pública a los propietarios afectados por el ámbito de actuación del Plan Parcial, según lo dispuesto en el artículo 32 de la LOUA. Cuarto: Los gastos derivados de las publicaciones aludidas en el anterior acuerdo habrán de ser costeados por los promotores del documento, según lo dispuesto en el artículo 113.1.e) de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Quinto: En virtud de lo establecido en el artículo 31.2.C) de la LOUA y artículo 13.3.C) del Decreto 36/2014 de 11 de febrero, solicitar informe a la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente. Sexto: Conforme al artículo 18.3.c) de la LOUA, solicitar informe de la Consejería de Fomento y Viviendas Séptimo: En virtud de lo previsto en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 2591/1998, solicitar informe de la Dirección General de Aviación Civil. Octavo: Solicitar informe de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente conforme a lo previsto en el Reglamento de Vías Pecuarias, aprobado por Decerto 155/1998 de 21 de julios Noveno: Solicitar informe del Ministerio de Fomento, tanto de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental como de la Dirección General de Ferrocarriles, así como ADIF, conforme a lo establecido en el artículo 32.1.2a de la LOUA y artículo 7 de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. Décimo: Remitir un ejemplar del Plan Parcial a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a efectos de recabar informe en el ámbito de sus competencias. Undécimo: Condicionar la aprobación provisional a la introducción en el documento de las correcciones exigidas por el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos en informe de fecha 5 de noviembre de 2015. No obstante, esa Junta de Gobierno resolverá lo que considere más acertados Sevilla, 10 de noviembre de 2014. El Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines, Maximiliano Vílchez Porras.» De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1.2a in fine de la Ley 7/02 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía se le comunica que durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, podrá examinar el expediente en el Servicio de Planeamiento de la Gerencia de Urbanismo, en horas de 9 a 13:30, y presentar en el Registro General cuantas alegaciones tenga por convenientes. Lo que se hace público para general conocimiento. En Sevilla a 30 de enero de 2015.—El Secretario General, Luis Enrique Flores Domínguez. 36F-1265 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente 334/2012 instruido en el Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92 reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El contenido de la Resolución recaída es el siguiente: «La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo por delegación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 5 de julio de 2011, se ha servido aprobar con fecha 12 de noviembre de 2014, la siguiente propuesta del Sr. Gerente, cuyo tenor literal es como sigue: Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4651 «Mediante acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2012 se requirió a don Fernando Blanco Centeno para que, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de recibo de la notificación, solicitase la preceptiva licencia para las obras realizadas sin la misma en la finca sita en calle Ingeniero La Cierva núm. 1, esq. calle Cristóbal Ramos, número 25, planta baja, local, consistentes en: —Obra de reforma menor para la adecuación del local existente en planta baja, de unos 44 m², al uso comercial de bar con cocina. En dicho acuerdo se le apercibe que transcurrido el plazo concedido al efecto sin haberse instado la legalización, procederá la imposición de sucesivas multas coercitivas por periodos mínimos de un mes y cuantía, en cada ocasión, del diez por ciento del valor de las obras ejecutadas y, en todo caso y como mínimo, 600 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) y el artículo 47 del Decreto 60/2010 de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante R.D.U.A.). Tras intentos infructuosos de practicar la notificación del citado acuerdo en el local objeto de la actividad, se procede a la notificación mediante la publicación de edictos en el tablón de anuncios de la Gerencia de Urbanismo y del Ayuntamiento, desde el día 13 de mayo de 2013 al 13 de junio de 2013, en ambos casos, así como en el «Boletín Oficial» de la provincia de fecha 1 de junio de 2013, n.º 125, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Consultados los datos que obran en este Servicio, se comprueba que a fecha de 5 de noviembre de 2014 no constan antecedentes de solicitud de licencia en esta Gerencia de Urbanismo. El presupuesto de ejecución de las obras realizadas, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal por prestación de servicios urbanísticos, asciende a la cantidad de 12.474 euros. Por tanto, en aplicación de lo dispuesto en el antes citado artículo 182.4 de la LOUA y artículo 47 del RDUA, el importe de la multa coercitiva asciende a la cantidad de 1.247,40 euros (mil doscientos cuarenta y siete euros con cuarenta céntimos). Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en uso de las atribuciones conferidas por los Estatutos que rigen la Gerencia de Urbanismo, el firmante viene en formular la siguiente, Propuesta: Primero: Imponer a don Fernando Blanco Centeno, con D.N.I.: 28.566.719-Y, una multa por importe de 1.247,40 euros (mil doscientos cuarenta y siete euros con cuarenta céntimos), en concepto de segunda multa coercitiva por incumplimiento del acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2012, por el que se le requirió para que en el plazo de dos meses instase la legalización de las obras realizadas sin licencia en la finca sita en calle Ingeniero La Cierva núm. 1, esquina a calle Cristóbal Ramos núm. 25, planta baja, local. Segundo: Requerir el pago de la precitada cantidad al promotor de las obras don Fernando Blanco Centeno, dentro del plazo voluntario previsto en el art. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para el abono de las deudas tributarias. Tercero: Notificar el presente acuerdo al interesado. Cuarto: Facultar al Sr. Gerente que suscribe para la ejecución de los presentes acuerdos.» Conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley 58/2.003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el pago en periodo voluntario debe realizarse en los siguientes plazos: —Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior. —Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos legalmente señalados, se iniciará automáticamente el período ejecutivo, que producirá el devengo de los siguientes recargos incompatibles entre sí: 1. Recargo ejecutivo del 5%, que se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora. 2. Recargo de apremio reducido del 10%, que será aplicado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora. 3. Recargo de apremio ordinario del 20%, que será aplicable cuando no concurran las circunstancias referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible con el devengo de intereses de demora a partir de la finalización del plazo voluntario de ingreso. Modo de pago: El pago de la deuda podrá realizarse a través de las entidades colaboradoras Cajasol y BBVA con el presente documento cobratorio. Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono 955.47.68.19. Recursos: Contra el presente Acuerdo, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y ss. de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A tal efecto, se estimará que la Resolución del Excmo. Ayuntamiento Pleno agota la vía administrativa, quedando abierta la vía jurisdiccional. Igualmente queda expedita esta vía, en caso de que transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no se notifique resolución expresa, entendiéndose por consiguiente desestimado aquel, conforme especifica el artículo 115 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. Sevilla a 20 de noviembre de 2014.—El Secretario de la Gerencia P.D. El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, José Miguel Lobo Cantos.» 52 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Destinatario: Don Fernando Blanco Centeno. C/ Ingeniero La Cierva, 1; Cristóbal Ramos 25. Plt., local Los Cantaros. 41006 Sevilla. Sevilla a 20 de enero de 2015.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez. Miércoles 25 de febrero de 2015 2W-1194 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente instruido en el Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92 reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El contenido de la Resolución recaída es el siguiente: «El Director de Organización y Administración P.D. F. del Gerente de Urbanismo, mediante resolución n.º 3055 de fecha 29 de julio de 2011, se ha servido aprobar con fecha 19 de septiembre de 2014 (Resolución n.º 5375) lo que sigue: «Girada visita de inspección a la finca sita en calle Valdeflores junto al 16 por la Sección Técnica del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística se emite informe en fecha 19 de agosto de 2014, del siguiente tenor literal: «Servicio de licencias y disciplina urbanística sección técnica expte: 674/1997 decreto fecha:19 de agosto de 2014 fecha de la visita: 5/03/2014, ubicación: calle Valdeflores junto al 16 (actual n.ª 24) ref. catastral: persona que efectúa la visita: alfonso Martín becerril obras de particulares negociado técnico: zona 3 subzona Este Sr. Gerente: Se emite informe sobre la visita realizada en el lugar de referencia: Descripción del inmueble o emplazamiento: Edificación entre medianeras, desarrollada en una (PB) y dos plantas (PB + 1) y ático. Titularidad: Nombre: Gabriel Aguilar Gómez. Domicilio: Calle Juan Ramón Jiménez, n.º 5, 41500 Alcalá de Guadaíra, Sevilla. Datos de licencias: No constan antecedentes de licencia ni de declaración responsable para las obras de nueva planta realizadas en la finca de referencia. Descripción de las obras o instalación: Con fecha 26 de septiembre de 1997 se informó de obras de nueva planta, consistentes en construcción de edificación desarrollada en dos plantas (PB+1) (143,40 m² + 135,21 m²) y ático (13,07 m²). Estado de las obras o instalación: En la inspección realizada desde el exterior, no se ha podido apreciar el estado de las obras realizadas. No obstante lo anterior, la apariencia exterior es de encontrarse paradas y en similar estado al de las inspecciones de fechas 12 de diciembre de 2000, 22 de mayo de 2002, 26 de mayo de 2003, 14 de octubre de 2008, y 1 y 2 de junio de 2010. Presupuestos: El presupuesto de las obras objeto del presente informe, según la Ordenanza Fiscal por la Prestación de Servicios Urbanísticas, asciende a cuarenta mil doscientos treinta y dos euros y nueve céntimos de euro (40.232,09 €). 275,86 € 7m² x 291,68 m² x 50% = 40.232,09 €. Normativa de aplicación: Plan General de Ordenación Urbanística, aprobado definitivamente por Resolución de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de fecha 19 de julio de 2006 (BOJA N.º 174 de 7 de septiembre de 2006). Texto Refundido del PGOU publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de fecha 16 de diciembre de 2008 y documentos de subsanación de errores y modificación puntual al mismo, aprobados por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesiones celebradas el 17 de Julio de 2009 y el 21 de mayo de 2010 respectivamente. Determinaciones de planeamiento. Clasificación del suelo: Suelo Urbano Consolidado. Calificación: Residencial, Suburbana (SB). Análisis de la legalidad: Las obras de nueva planta (ampliación) realizadas en la finca de referencia y objeto del presente informe, pueden considerarse como no legalizables, en tanto que la edificación resultante incumple, al menos, lo dispuesto en los artículos 7.4.13. (Cuerpos salientes), 12.5.3. (Alineaciones) y 12.5.6. (Separación a lindero trasero) de las Normas Urbanísticas del PGOU. Medidas de restitución. Por lo anteriormente expuesto y dado el carácter no legalizable de las obras objeto del presente informe, se propone como medidas de reposición de la realidad física alterada: La demolición de la última crujía de la edificación al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 12.5.6. (Separación a lindero trasero), al no quedar la construcción separada del lindero trasero una distancia mínima de tres metros (3 m.). La demolición del vuelo de fachada en planta primera y cubierta, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.4.13. (Cuerpos salientes). Dado que la fachada de planta primera se encuentra retranqueada con respecto a la alineación a vial, a través de la preceptiva licencia deberá resolverse tal extremo. Se estima un plazo para el comienzo de las obras de treinta (30) días a partir del día siguiente a la fecha de la notificación y de cuarenta y cinco (45) días para la ejecución de las mismas, autorizándose la ocupación de la vía pública para la instalación de un contenedor de residuos para acopio y material sobrante a vertedero. Lo que comunico a los efectos oportunos. Sevilla, a 19 de agosto de 2014.—El Subjefe Técnico, Ramón Fernández Chillerón.» Dado que de las actuaciones de instrucción realizadas en el procedimiento resulta la improcedencia de legalización de las obras ejecutadas por disconformidad de los actos con las determinaciones de la legislación y de la ordenación urbanística aplicables, a la vista de lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y los artículos 47 y 49 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Vistas las atribuciones conferidas por el artículo 27 de los Estatutos que rigen esta Gerencia y la resolución del Sr. Gerente de fecha 29 de julio de 2011, n.º 3055 de registro, sobre delegación de firma. Vengo en disponer: Primero: Iniciar procedimiento administrativo para la restitución de la realidad física alterada por la ejecución de obras sin licencia concedida, en la finca sita en calle Valdeflores, junto al 16, conforme a lo previsto en el artículo 183 la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y los artículos 47 y 49 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Segundo: Conceder al interesado un plazo de audiencia de diez días para que en dicho plazo pueda examinar el expediente y presentar cuantas alegaciones y justificaciones estime convenientes en defensa de sus derechos, con carácter previo, en su caso, a la propuesta de restitución de lo construido no legalizable en la finca de referencia, en aplicación del art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercero: Notificar la presente resolución a los interesados.» Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. Sevilla a 22 de septiembre de 2014.—El Secretario de la Gerencia P.D. El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, José Miguel Lobo Cantos.» Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4653 Destinatario: Don Gabriel Aguilar Gómez. C/ Juan Ramón Jiménez, 5. 41500 Alcalá de Guadaíra (Sevilla). Sevilla a 20 de enero de 2015.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez. 2W-1193 ———— ALCALÁ DE GUADAÍRA La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo adoptado el día 23 de enero de 2015, rectificado por otro posterior de 30 de enero de 2015, aprobó el expediente y la apertura del procedimiento de adjudicación de la concesión demanial que a continuación se describe: 1. Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. 2. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación (plaza del Duque número 1). 3. Dirección de internet del perfil del contratante: http://ciudadalcala.sedelectronica.es. 4. Número de expediente: 535/2015 ref. C-2015/002. 5. Negocio jurídico: Concesión demanial. 6.Objeto: Concesión demanial de 25 puestos vacantes, en un solo lote, del mercado municipal de abastos. 7. Tramitación: Ordinaria. 8.Procedimiento: Abierto. Varios criterios. 9. Plazo máximo de duración: 25 años. 10. Canon mínimo: 11. Garantías: a) Provisional: 12.276,93 €; y b) Definitiva: 24.553,82 €. 12. Documentación: a)Perfil de contratante: http://ciudadalcala.sedelectronica.es; y b) Servicio de Contratación: Tfnos.95-579-6118 y 95-579-6153. 13. Plazo de presentación de proposiciones: Comprenderá el periodo transcurrido entre el día siguiente a la primera fecha de publicación del anuncio de licitación, y la fecha posterior en el tiempo de las siguientes: a)26 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante; y b)26 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Si el último día del plazo fuera sábado o inhábil, se trasladará hasta el primer día hábil siguiente. 14. Documentación a presentar: La indicada en la cláusula 6.ª del pliego aprobado. a)Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento (plaza del Duque, s/n). b) Número de fax (en caso de presentación por correos): 95-579-6053. 15. Apertura de ofertas (sobre A, en sesión no pública): a)Lugar: Sala de Comisiones del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Plaza del Duque s/n); y. b) Fecha y hora: 12.00 h del tercer día natural siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones. 16. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario (máximo 150 €). Lo que se hace público a los debidos efectos. En Alcalá de Guadaíra a 3 de febrero de 2015.—El Secretario General, Fernando Manuel Gómez Rincón. 2W-1509-P ———— ALCALÁ DE GUADAÍRA La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2015, adoptó los siguientes acuerdos: Primero: Desistir de la tramitación, al amparo de lo dispuesto en el art. 155.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, del expediente de contratación 8090/2014 ref. C-2014/026, incoado para la adjudicación del suministro e instalación de señalización informativa vertical y mantenimiento de la misma durante 12 meses, debido a la existencia de diversos errores en el pliego de prescripciones técnicas que producen indefensión a los licitadores interesados en la presentación de ofertas y eventualmente dificultarían la ejecución del contrato. Segundo: Aprobar el expediente y la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato que a continuación se describe: 1. Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. 2. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación (plaza del Duque número 1). 54 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 3. Dirección de internet del perfil del contratante: http://ciudadalcala.sedelectronica.es. 4. Número de expediente: 567/2015 ref. C-2015/001. 5. Tipo de contrato: Suministro. 6. Objeto del contrato: Suministro e instalación de señalización vertical informativa y mantenimiento de la misma durante 12 meses. 7.Tramitación: Ordinaria. 8.Procedimiento: Abierto. Varios criterios. 9.Plazos: a) Plazo máximo de entrega del suministro: 3,5 meses; y b)Plazo de mantenimiento del suministro instalado, así como de instalación de nuevas unidades de suministro no contempladas inicialmente en el proyecto: 12 meses desde la fecha de finalización conforme de la instalación. 10. Presupuesto de licitación: a) Valor estimado del contrato: 106.329,26 €. b) Presupuesto de licitación IVA excluido: 106.329,26 €. c) Presupuesto de licitación IVA incluido: 128.658,40 €. 11. Garantías: a) Provisional: No; y b) Definitiva: 5 % importe de adjudicación, IVA excluido. 12. Documentación: a) Perfil de contratante: http://ciudadalcala.sedelectronica.es. b) Servicio de Contratación: Tfnos.95-579-6118 y 95-579-6153. 13.Plazo de presentación de proposiciones: Comprenderá el periodo transcurrido entre el día siguiente a la primera fecha de publicación del anuncio de licitación, y la fecha posterior en el tiempo de las siguientes: a)15 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante; y b)15 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia. Si el último día del plazo fuera sábado o inhábil, se trasladará hasta el primer día hábil siguiente. 14. Documentación a presentar: La indicada en los anexos II y III del pliego aprobado. a) Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento (plaza del Duque, s/n) b) Número de fax (en caso de presentación por correos): 955-79-60-53. 15. Apertura de ofertas (sobre A, en sesión no pública): a)Lugar: Sala de Comisiones del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (plaza del Duque s/n); y. b) Fecha y hora: 12.00 h del tercer día natural siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones. 16. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario (máximo 150 €). Lo que se hace público a los debidos efectos. En Alcalá de Guadaíra a 10 de febrero de 2015.—El Secretario General, Fernando Manuel Gómez Rincón. 2W-1586-P ———— ALCALÁ DE GUADAÍRA 1. Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. 2. Dependencia que tramitó el expediente: Servicio de Contratación. 3. Perfil municipal de contratante: www.ciudadalcala.sedelectronica.es. 4. Número de expediente: 4708/2014; referencia C-2014/011. 5. Tipo de contrato: Servicio. 6. Objeto del contrato: Servicio de impresión de papel, acabado de impresos ensobrando o formando sobres, y traslado a la empresa encargada de la prestación de los servicios postales, en relación con el Servicio de Gestión Tributaria y Recaudatoria (ARCA) (Acuerdo Marco). 7. Tramitación: Ordinaria 8. Procedimiento de adjudicación: Abierto con varios criterios de adjudicación. 9. Valor estimado del contrato: 180.000,00 € 10. Presupuesto de licitación IVA excluido: 90.000,00 €. 11. Presupuesto de licitación IVA incluido: 108.900,00 €. 12. Importe de adjudicación IVA excluido: 90.000 € (45.000 €/anuales) . Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4655 13. Importe de adjudicación IVA incluido: 108.900 € (54.450 €/anuales). 14. Contratista: Sermoga Ossorio Franqueo S.L. 15. Fecha de adjudicación del contrato: 23 de enero de 2015. 16. Órgano de adjudicación del contrato: Junta de Gobierno Local. 17. Fecha de formalización del contrato: 27 de enero de 2015. En Alcalá de Guadaíra a 28 de enero de 2015.—El Secretario General, Fernando Manuel Gómez Rincón. 36W-1510 ———— LA ALGABA Don Diego Manuel Agüera Piñero, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal Reguladora del Régimen Interno del centro de interpretación de El Cielo Mudéjar de La Algaba en sesión plenaria celebrada con carácter ordinario con fecha 30 de enero de 2015, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De no producirse éstas, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. En La Algaba a 9 de febrero de 2015.—El Alcalde-Presidente, Diego Manuel Agüera Piñero. 253W-1540 ———— LAS CABEZAS DE SAN JUAN Don Ángel-Ramón Caro López, Secretario accidental del Excmo. Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de enero ppdo., ha acordado la aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de Disciplina Urbanística y sus Anexos. Lo que se somete a información pública por período de treinta días a efectos de que por los particulares y Entidades, puedan formular las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes. Bien entendido, que si no se formulan alegaciones y/o sugerencias contra este acuerdo, se entenderá definitivamente adoptado. En Las Cabezas de San Juan a 10 de febrero de 2015.—El Secretario accidental, Ángel-Ramón Caro López. 253W-1544 ———— CARMONA Para general conocimiento y en observancia de lo previsto por los artículos 32.1 regla 2ª y 39 apartados 1 y 4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), se publica el texto íntegro del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2014, sobre aprobación inicial de la Modificación nº 12 de las Normas Subsidiarias Municipales adaptadas parcialmente a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, relativa a la modificación puntual de la ordenación pormenorizada del Parque Logístico de Carmona. El documento aprobado queda expuesto al público por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, al objeto de que puedan ser examinados por cualquier persona, junto con el expediente tramitado, y, en su caso, presentar las alegaciones o sugerencias que se estimen oportunas a través del Registro General del Ayuntamiento. A tal efecto, el documento de la Modificación incluye como anexo un resumen ejecutivo con el contenido requerido por el artículo 19.3 de la LOUA. El documento de la Modificación así como el expediente se encontrarán de manifiesto en las dependencias del Área de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Carmona, sitas en la calle Salvador, s/n de esta ciudad, durante el plazo señalado. Asimismo, se podrá consultar el documento de la referida Modificación a través de la página web del Ayuntamiento de Carmona www. carmona.org/planeamiento.php. Contra el acuerdo de aprobación inicial, al ser un acto de trámite, no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la formulación de alegaciones durante el periodo de información pública. En Carmona a 26 de diciembre de 2014.—El Alcalde, Juan M. Ávila Gutiérrez. Anexo 1 Acuerdo del Pleno adoptado en sesión de fecha de 22 de diciembre de 2014 Punto 3º.— Aprobación inicial de la modificación puntual de la ordenación pormenorizada del Parque Logístico de Carmona. Por el Sr. Secretario y de Orden de la Presidencia, se da lectura al dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo y Asuntos a tratar en Pleno de fecha 18 de diciembre de 2014, cuyo tenor literal es el siguiente: «En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 54.1.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, entendido éste en conexión con el artículo 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se emite el siguiente informe: A) Legislación aplicable: — Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo (TRLS). — Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). — Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento (RPU). — Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. 56 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 B) Fundamentos de derecho: I. La potestad de formulación de los instrumentos de la ordenación urbanística. La ordenación urbanística es una función pública no susceptible de transacción que organiza y define el uso del territorio y del suelo de acuerdo con el interés general, determinando las facultades y deberes del derecho de propiedad del suelo conforme al destino de éste (art. 3.1 del TRLS). Es por ello que en el artículo 7.1 del TRLS se define al régimen urbanístico del derecho de propiedad del suelo como estatutario, resultando de su vinculación a concretos destinos, en los términos dispuestos por la legislación sobre ordenación territorial y urbanística. En cualquier caso, el ejercicio de la potestad de ordenación urbanística deberá ser motivado, con expresión de los intereses generales a que sirve. En el mismo sentido, el artículo 2.1 de la LOUA define a la actividad urbanística como una función pública que comprende la planificación, organización, dirección y control de la ocupación y utilización del suelo, así como la transformación de éste mediante la urbanización y edificación y sus consecuencias para su entorno. Para el desarrollo de esta actividad los municipios ejercen la potestad de formulación de los instrumentos de la ordenación urbanística (art. 2.2.a) LOUA), la cual ha de tener por objeto, en todo caso, la organización racional y conforme al interés general de la ocupación y usos del suelo, mediante su clasificación y calificación (art. 3.2.a) LOUA). No se ha de olvidar, en este sentido, que el Plan es el concepto central del derecho urbanístico y define el marco físico elegido para el desarrollo de la convivencia, prefigurando qué transformaciones se van a introducir en la realidad de hecho existente en el momento de su formulación (sentencias del Tribunal Supremo de 22 de septiembre, 1 y 15 de diciembre de 1986 y 7 de noviembre de 1988), tratándose de una norma jurídica de rango reglamentario, lo que implica que la Administración está habilitada para su alteración actuando el denominado ius variandi. En este sentido debemos remitirnos a la sentencia del TSJ de Cataluña de 10 de marzo de 2003 (JUR 2004, 39394) cuando justifica la potestad administrativa de alteración del planeamiento en los siguientes términos: «Hay que remitirse nuevamente a la conocida doctrina a cuyo tenor la potestad administrativa de planeamiento se extiende a la reforma de éste; la naturaleza reglamentaria de los planes, en un sentido, y la necesidad de adaptarlos a las exigencias cambiantes de la realidad, en otro, justifican plenamente el ius variandi que en este ámbito se reconoce a la Administración, cuyo único límite viene determinado por la congruencia de las soluciones concretas elegidas con las líneas directrices que diseñan el planeamiento (...)». Tanto en el trazado del marco físico de la convivencia como en la modificabilidad cuando el interés público lo demanda el Plan se formula, modifica o revisa al margen de los intereses de los propietarios de los terrenos afectados, al ser el urbanismo una función pública, si bien se lleva a cabo a través de unos trámites que abren una vía de participación a los ciudadanos. Ello acarrea que el principio de seguridad jurídica no pueda entenderse infringido por razón del ejercicio de dicha potestad. II. El concepto de modificación del planeamiento frente al de revisión. Conforme a los artículos 36 a 38 de la LOUA y 154 del RPU las Administraciones Públicas, no obstante la vigencia indefinida del planeamiento, están habilitadas para alterar el contenido del mismo con vistas al mejor logro de los fines propios de la función pública que supone el urbanismo. Puede verse en este sentido, entre otras, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.ª, de 20-2-1990, Ponente Esteban Álamo (RJ 1990, 1329). De acuerdo con los preceptos invocados, y salvo en los supuestos de incorporación al proceso urbanizador y edificatorio del suelo urbanizable no sectorizado mediante planes de sectorización (artículos 50.C.b LOUA), la innovación del planeamiento se ha de llevar a efecto mediante la modificación o revisión del mismo. En el supuesto que nos ocupa, de acuerdo con el artículo 37 de la LOUA, no estamos frente a una revisión de las Normas Subsidiarias ni tan siquiera de carácter parcial, ya que de un lado es patente que no se procede a una alteración integral de la ordenación establecida por las Normas Subsidiarias del planeamiento, y, de otro, en lo que se refiere a los aspectos de ordenación estructural, tampoco la presente Modificación, en atención a su objeto, supone una alteración de la misma. Del mismo modo, la presente Modificación no supone una reforma de los criterios respecto a la estructura general y orgánica del territorio que suponga la elección de un nuevo modelo territorial. No estando frente a una revisión por las razones indicadas, debe entenderse, conforme a la previsión del artículo 38.1 LOUA, que nos encontramos frente a una Modificación del planeamiento, disponiendo en este sentido el artículo 38.3 que «la modificación podrá tener lugar en cualquier momento, siempre motivada y justificadamente». III. Objeto de la modificación y documentación. El objeto del documento de la Modificación redactado por los servicios técnicos municipales queda expuesto en la Memoria del documento de forma genérica en el apartado 1 (antecedentes, justificación y contenidos del documento). A través de esta actuación se altera la ordenación pormenorizada prevista en el planeamiento vigente para el Parque Logístico de Carmona, respetando la ordenación estructural actual, lo que conlleva una nueva ordenación y disposición de usos y tipologías definidas por las Normas Subsidiarias. Documentalmente la Modificación de las Normas Subsidiarias se compone de: —Memoria. — Normas Urbanísticas. —Planos. — Resumen ejecutivo. IV. Justificación de la necesidad y conveniencia de la Modificación. De conformidad con el artículo 36.2 de la LOUA, en la innovación de la ordenación establecida en los instrumentos de planeamiento han de observarse determinadas reglas particulares de ordenación, entre las que figura la justificación de las mejoras que suponga la nueva ordenación para el bienestar de la población y fundarse en el mejor cumplimiento de los principios y fines de la actividad pública urbanística. La justificación de la conveniencia y necesidad de la Modificación queda expuesta en el apartado 4 de la Memoria, en el cual se manifiesta que ante las demandas funcionales actuales, se hace necesario introducir modificaciones puntuales en la ordenación urbanística pormenorizada del Parque Logístico de Carmona para ajustar a la realidad sus esquemas de infraestructuras y previsiones de conexiones externas, así como las necesidades de un nuevo uso del suelo compatible con el fin del Parque. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4657 V. Régimen del suelo del área afectada por la Modificación. Tal y como se refleja en la Memoria de la Modificación, el tercio norte de la Manzana Logística L-B, situada en el ámbito recepcionado, y por tanto, considerada suelo urbano consolidado, es recalificada a un nuevo uso pormenorizado denominado Industrial-Logístico. A este uso Industrial-Logístico, teniendo en cuenta sus características, intensidad de uso y demandas de infraestructuras previstas, se le asigna un coeficiente de uso de 1,3, similar al que ya le otorgaba el Plan Parcial al uso Terciario-Genérico. Siendo 1 el coeficiente de uso del Terciario-Logístico, el incremento de aprovechamiento que genera este cambio de uso hace necesaria la delimitación de un área homogénea de suelo urbano no consolidado en el ámbito recalificado conforme a los artículos 45.2.B)c) y 10.2.A)b) de la LOUA. Respecto a la cesión obligatoria de suelo por los propietarios afectados generada por el incremento de aprovechamiento, la LOUA permite su sustitución monetaria en los términos del artículo 55 de dicha norma. VI. Competencia y procedimiento de tramitación de la Modificación. En primer lugar, en cuanto al procedimiento, la modificación de los planes ha de hacerse siguiendo las reglas generales de la aprobación de los mismos (sentencia del TSJ de Andalucía, Granada, de 20 de septiembre de 1999 [RJCA 1999, 3051]). Si la alteración es de carácter pormenorizado y existe o existirá un instrumento de planeamiento pormenorizador a éste corresponderá la aprobación de dicha alteración. Si no es preciso este instrumento pormenorizador la modificación del planeamiento general podrá llevarse a cabo por el propio municipio. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía establece una diferenciación entre la ordenación estructural y pormenorizada a efectos de la necesidad o no de aprobación definitiva autonómica. El artículo 10 LOUA dispone que los Planes Generales de Ordenación Urbanística establecen la ordenación estructural del término municipal que está constituida por la estructura general y por las directrices que resulten del modelo asumido de evolución urbana y de ocupación del territorio. Además el artículo 31 de dicha ley establece que corresponde a la Consejería competente en materia de urbanismo la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural correspondiendo dichas innovaciones al Municipio cuando afecten a la ordenación pormenorizada. No obstante, no se puede a través de una serie sucesiva de modificaciones no estructurantes ni sustanciales aprobadas definitivamente por el Municipio producir una Modificación que pueda ser sustancial. En el caso que nos ocupa, las determinaciones objeto de la modificación son de las previstas en el artículo 13 de la LOUA para los Planes Parciales, salvo la que se refiere a la delimitación del área homogénea prevista en el artículo 45.2.B.c), en la que se produce un incremento de aprovechamiento sobre el preexistente, la cual tiene carácter preceptivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2.A.b) para los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Dado que es preciso modificar las Normas Subsidiarias de Planeamiento, se incluye en esta alteración todas aquellas determinaciones que corresponden al planeamiento de desarrollo (Plan Parcial Logístico de Carmona), entendiéndose éste último modificado por el planeamiento general, sin necesidad de tramitar un nuevo procedimiento. Por todo lo expuesto, nos encontramos ante una modificación del planeamiento general de las previstas en el artículo 38 de la LOUA y, por tanto, corresponde al Municipio tanto la formulación del proyecto y como la aprobación definitiva del mismo. Por otra parte, atendiendo a lo dispuesto por los artículos 31 a 33, 36 y 39 a 41 de la LOUA, 22.1.c), 47.2.ll) y 70 ter.3 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, el procedimiento aplicable y los órganos competentes para adoptar los correspondientes acuerdos son los siguientes: • Aprobación inicial por el Pleno de la Corporación, adoptado con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros. • Publicación de anuncios en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, en un diario de los de mayor difusión provincial y en el tablón municipal del anuncio por el que se someta a un período de información pública -por un plazo no inferior a un mes- del instrumento de planeamiento. A ello se añade la inserción de un enlace y publicación del documento aprobado inicialmente en la página web del Ayuntamiento. • Deberá llamarse al trámite de información pública a las personas propietarias de terrenos comprendidos en el ámbito de Planes Parciales de Ordenación. El llamamiento se realizará a cuantas personas figuren como propietarias en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, mediante comunicación de la apertura y duración del período de información pública al domicilio que figure en aquéllos. • Notificación a todos los que hayan sido propietarios o titulares de derechos reales sobre el ámbito de la Modificación durante los cinco años anteriores a la iniciación de la Modificación, al suponer ésta una modificación de los usos del suelo. • Requerimiento de la emisión de los informes y dictámenes que resulten procedentes de aquellos órganos y entidades administrativas cuyas competencias se vean afectadas. • Aprobación provisional por el Pleno de la Corporación, con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros. • Requerimiento a aquellos órganos y entidades administrativas cuyos informes tengan carácter vinculante para su verificación o adaptación en el plazo de un mes, a la vista del documento aprobado provisionalmente y del informe emitido previamente. • Requerimiento de informe previo a la aprobación definitiva de la Modificación a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. • Solicitud de dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía respecto a dotaciones o equipamientos, el cual tiene carácter vinculante para proceder, en su caso, a la aprobación definitiva de la Modificación. • Aprobación definitiva por el Pleno de la Corporación, con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros. • Depósito del instrumento de planeamiento en los registros administrativos de planeamiento municipal y autonómico. • Publicación del acuerdo de aprobación definitiva y del articulado de sus normas en el «Boletín Oficial» correspondiente. VII. La suspensión de licencias, aprobaciones y autorizaciones. Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 27, apartados 2, 3 y 4 de la LOUA y los artículos 120 a 122 del Reglamento de Planeamiento, el acuerdo de aprobación inicial de los instrumentos de planeamiento determina por sí mismo la suspensión del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente. No obstante, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento. 58 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Siendo la esencia de la medida de suspensión evitar la consolidación de situaciones urbanísticas al amparo de la ordenación vigente que fueran contrarias a la futura en proyecto, convirtiendo a ésta en inviable en su cumplimiento. En el presente caso los ámbitos en los que tiene lugar la aplicación de esta medida así como su duración figuran en el resumen ejecutivo que se integra dentro de la documentación de la Modificación, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 11.3 del TRLS y 19.3 de la LOUA. No se propone la adopción de esta medida de suspensión facultativa. C) Propuesta de acuerdo: En atención a lo expuesto, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.— Aprobar inicialmente la Modificación nº 12 de las Normas Subsidiarias municipales adaptadas parcialmente a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía: modificación de la ordenación pormenorizada del Parque Logístico de Carmona, redactada por los servicios técnicos municipales. Segundo.— Someter a información pública el documento de la referida Modificación por periodo de un mes mediante la correspondiente publicación de anuncios en el «Boletín Oficial» correspondiente, diario de difusión provincial y tablón de edictos de la Casa Consistorial. Tercero.— Requerir la emisión de los informes y dictámenes que resulten procedentes de aquellos órganos y entidades administrativas cuyas competencias se vean afectadas. Cuarto.— Facultar a la Alcaldía-Presidencia para dictar cuantos actos resulten procedentes para la ejecución y eficacia del presente acuerdo.» Finalizado el turno de intervenciones, el Pleno Municipal, en votación ordinaria y por unanimidad de los señores capitulares asistentes, acuerda aprobar la proposición que antecede en sus justos términos. 6W-216-P ———— CARMONA Para general conocimiento y de conformidad con lo previsto en los artículos 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el texto íntegro del acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2014, relativo a la aprobación de Proyecto de Actuación de Interés Público en suelo no urbanizable, cuyo contenido es el siguiente: Punto 4º.— Aprobación definitiva de proyecto de actuación de interés público para aparcamiento al servicio de nuevo tanatorio-crematorio de Carmona. Se da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y asuntos a tratar en Pleno, cuyo tenor literal es el siguiente: A) Antecedentes: • Con fecha de 30 de julio de 2014 el Pleno del Ayuntamiento acordó la admisión a trámite del Proyecto de Actuación de Interés Público en suelo no urbanizable para aparcamiento al servicio del nuevo tanatorio-crematorio de Carmona, promovido por el propio Ayuntamiento de Carmona y redactado por don Ventura Galera Navarro, arquitecto municipal. • El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un plazo de veinte días hábiles mediante anuncio inserto en el «Boletín Oficial» de la provincia nº 192, de fecha de 20 de agosto de 2014 y en el tablón municipal de edictos desde el 4 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2014. • Se ha presentado por don Rafael Alcaide Rodríguez, en representación de los Herederos de don José Alcaide Rodríguez escrito con fecha 25 de septiembre de 2014 de entrada el mismo día (nº de registro 9027) en el que se afirma que gran parte de los terrenos sobre los que prevé la actuación son de su propiedad. Ello ha dado lugar a que por parte de los técnicos municipales se realice una amplia investigación sobre la estructura de propiedad del ámbito situado al norte del Cementerio, tanto a nivel registral, como catastral y de archivo documental municipal. • Mediante escrito el Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental (Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento) de fecha de 1 de septiembre de 2014, se manifiesta que de la documentación obrante en dicha Administración se desprende que el Ayuntamiento prevé actuar en la zona de afección de la autovía A-4 de titularidad estatal, razón por la cual requiere la remisión del proyecto para que dicha Demarcación emita su autorización correspondiente. • Con fecha de 17 de septiembre de 2014 se emite informe en el que se justifica que la actuación carece de afección sobre la autovía A-4, remitiéndose a la Administración competente mediante oficio de Alcaldía. • Con fecha de entrada el día 17 de octubre de 2014 se recibe nuevo escrito del Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental en el que se afirma haber comprobado, tras recibir la documentación municipal, citada en el punto anterior, que la actuación se encuentra fuera de la zona de afección de la Autovía A-4. • Mediante oficio de la Alcaldía de fecha de 3 de octubre de 2014 se solicita al Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial en Sevilla de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente el preceptivo informe. No se tiene constancia de la recepción de este informe. • Con fecha de entrada el día 12 de noviembre de 2014 se recibe informe suscrito por el Secretario General Provincial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, con el siguiente contenido: a) El proyecto no está incluido en el Anexo I de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, no encontrándose sometido a ningún procedimiento de prevención ambiental. b) En relación a la posible afección al dominio público pecuario, se informa que mientras no se lleve a cabo el deslinde del tramo de esta vía pecuaria –no señalándose de cuál se trata- no podrá tener lugar ninguna actuación a lo largo de una banda de terreno, colindante a ambos lados con dicha vía pecuaria, de anchura de 33,44 metros, medidos desde el lado opuesto de la carretera existente. c) En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, se informa de la obligatoriedad que el Ayuntamiento donde se localizará el proyecto de actuación tiene de solicitar el preceptivo Informe sectorial en Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4659 materia de aguas a dicha Delegación Territorial, para lo cual se deberá remitir, junto a la solicitud de informe, documentación justificativa de la no inundabilidad de la parcelas, debiendo presentar, en caso de ser necesario, un estudio hidrológico-hidráulico de los cauces afectados, con determinación de la zona afectada por las inundaciones para un periodo de retorno de 500 años. — El documento del Proyecto de Actuación redactado por los servicios técnicos municipales ha sufrido una modificación puntuales consistentes en ajustar el extremo oriental del recinto que ocupará el aparcamiento para que quede íntegramente dentro de a los límites de la finca de dominio público municipal nº 17.707, correspondiente a la antigua parcela catastral 155 del polígono 14, manteniendo la misma superficie de 2.396 m² objeto de concesión para localizar el aparcamiento auxiliar del Tanatorio. Esta modificación es fruto de la investigación de propiedades realizada en esta zona a raíz del escrito referido en el tercer punto de estos Antecedentes y, como puede apreciarse en los planos siguientes, es de una entidad menor y no merma la funcionalidad del aparcamiento previsto. B) Fundamentos: a) Normativa de aplicación: • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo (TRLS). • Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. b) Análisis del escrito presentado por don Rafael Alcaide Rodríguez, en representación de los Herederos de don José Alcaide Rodríguez: En relación a la ejecución de las Obras del Tanatorio-Crematorio de Carmona, se recibió en este Ayuntamiento escrito, de fecha 25 de septiembre de 2014, de los herederos de José Alcalde Rodríguez, representados por Rafael Alcalde Rodríguez, en el que como propietarios de la finca registral nº 10398, de la que aportan nota simple, de fecha 25 de agosto de 2014, en el cual se advertía de una posible ocupación de su finca por las obras referidas. Como consecuencia de lo anterior, por los técnicos municipales del Área de Urbanismo se ha realizado una investigación en el Registro de la Propiedad, sobre la Información Catastral y en los archivos municipales. Para analizar la estructura de la propiedad en el suelo comprendido entre las Carreteras de Lora y Guadajoz, a partir de recinto ocupado por el actual Cementerio Municipal, y su entorno norte, hasta llegar a los suelos públicos de la Autovía A4 del Ministerio de Fomento, se han estudiado los siguientes documentos: • Inscripciones registrales, actuales e históricas, de las fincas: 1. Nº 17.707, titularidad registral del Ayuntamiento de Carmona desde 1962, de superficie 23.000 m². 2. Nº 9.885, titularidad registral desde 1992 del Ayuntamiento de Carmona, de superficie 11.500 m², obtenida por permuta con Antonio Carapeto Martínez, que había comprado meses antes a Gracia Alcalde Rodríguez, la cual la adquirió en 1971 a Vicenta Rodríguez Lora, que a su vez adquirió a Francisca Rodríguez Eslavas en 1949. La descripción de linderos procede de su Inscripción 4ª de 1971: Al norte olivar de Francisco Montero Gutiérrez y otros, al Sur olivar que adquiere José Alcalde Rodríguez, al este la Carretera de Lora, y al oeste olivar de Mª Josefa Valverde Rodríguez y la Vía Férea. 3. Nº 10.398, titularidad registral de los herederos de José Alcalde Rodríguez, de superficie 3.847 m², quien la compra en 1971 a Vicenta Rodríguez Lora, que a su vez la adquirió también de Francisca Rodríguez Eslavas en 1949. Su descripción de linderos procede de su Inscripción 3ª de 1971: Al norte olivar de Vicente Rodríguez Lora que ahora adquiere Gracia Alcaide Rodríguez, al Sur Ayuntamiento, al este la carretera de Lora, y al Oeste terreno del Ayuntamiento y olivar de Mª Josefa Valverde Rodríguez. 4. Nº 9.856, titularidad registral de Carmen Alcalde Rodríguez desde 1992 por compra a Margarita Rodríguez Lora, la cual a su vez adquiere de María Josefa Valverde Rodríguez en 1976, con la siguiente descripción: «Suerte de olivar, ... linda al norte con olivar de Margarita Rodríguez Lora, al sur con olivar de Pedro Villa Salgado, al este con tierras de Gracia Alcaide Rodríguez y oeste con olivar del Conde de Peñaflor. Está atravesada de norte a sur por la carretera de Carmona a Guadajoz y vía férrea de Carmona a Guadajoz». Los propietarios actuales nos informan que de esta finca original se segregó una parte al norte que se incorporó a la Autovía A4 y otra correspondiente a su porción situada al oeste de la Carretera de Guadajoz, de modo que ahora quedaría lindando al oeste con la Carretera de Guadajoz, al sur con la municipal nº 17.707 y al oeste y norte con las nº 9.856 y nº 10.398, por lo que se deduce que tiene una superficie restante de 1.280 m², similar en superficie e implantación a la antigua parcela catastral nº 154 del polígono 14. • Cartografía y datos catastrales, actuales e históricos, de las parcelas: 1. Parcela urbana nº 63192.03, que incluye al recinto tapiado del Cementerio Municipal (clasificado suelo urbano y calificado de equipamiento), constituyen gran parte de la antigua parcela catastral 155 del polígono 14, titularidad del Ayuntamiento, siendo la superficie de esta última de 23.000 m². 2. Parcela rústica nº 19 del actual polígono 46, que, por error, agrupa el extremo norte de la antigua parcela catastral nº 155 del polígono 14 (la situada fuera de la tapia del cementerio), titularidad del Ayuntamiento, con la antigua parcela catastral nº 154 del polígono 14, titularidad María Josefa Valverde Rodríguez (o sus compradores posteriores); de modo que la antigua parcela catastral nº 154 del polígono 14, que tenía 1.280 m², manteniendo a María Josefa Valverde Rodríguez como titular catastrales, aparece ahora referida como parcela nº 19 del actual polígono 46 y con superior de 3.219 m². 3. Parcela rústica nº 20 del polígono 46, de superficie 15.226 m², que aparece aún a nombre de Vicenta Rodríguez Lora, que es parte de la antigua parcela nº 153 del polígono 14, que aparecía a nombre de, que fue titular registral anterior, hasta septiembre de 1971, tanto de la finca nº 9.885 como de la nº 10.398, por lo que se deduce que esta parcela catastral incluye las fincas registrales nº 9.885 y nº 10.398. 4. También se ha estudiado la parcela nº 3 del antigua polígono 13, que se deduce corresponde a la parte situada al oeste de la Carretera de Guadajoz de la finca registral nº 9.856, después vendida y que hoy forma parte de la parcela 18 del actual polígono 46 • Documentación relevante obtenida en el Archivo Documental del Ayuntamiento: 1. Proyecto del Cementerio Municipal del Arquitecto Mpal. don Aurelio Gómez de Terreros, fechado en 1967, donde se representa el recinto de la parcela municipal, que corresponde fielmente, en cuanto a su implantación y superficies, con la finca registral nº 17.707 y la antigua parcela catastral 155 del polígono 14, con superficie de 23.000 m². 2. Serie de ortofotos históricas de 1956, 1977 y otras más recientes, donde ya aparece construida la A4. Sobre esta serie se ha analizado y dibujado la estructura de propiedad expresada en las fuentes registrales y catastrales. 60 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 • Además, se ha realizado trabajo de topografía en campo para situar con precisión los límites de los cerramientos de estas fincas con la A4 y las Ctras. de Lora y de Guadajoz. La conclusión del análisis de toda la documentación referida es la estructura de cuatro propiedades que se describen a continuación y se expresa el Plano donde se localizan: 1. Finca nº 17.707, titularidad registral del Ayuntamiento de Carmona desde 1962, de superficie total 23.000 m², donde se incluye el recinto urbano del Cementerio municipal, donde se sitúa el nuevo Tanatorio-Crematorio, y también una porción norte de suelo no urbanizable donde está previsto el proyecto de actuación del aparcamiento auxiliar del Tanatorio-Crematorio. Linda al norte linda con la finca nº 9.856 y la nº 10.398, al este con la carretera de Lora del Río, al este con la carretera de Guadajoz y al Sur con el nudo de carreteras que una las dos anteriores. 2. Finca nº 9.885, titularidad registral del Ayuntamiento de Carmona desde 1992, de superficie 11.500 m². Linda al sur con las fincas nº 9.856 y nº 10.398, al norte con la autovía A4, al este con la carretera de Lora y al oeste con la carretera de Guadajoz. 3. Finca nº 10.398, titularidad registral de los herederos de José Alcalde Rodríguez, desde 1971, con superficie 3.847 m². Linda al norte con la finca nº 9.885, al sur con la finca nº 17.707, al este con la carretera de Guadajoz y al oeste con la finca nº 17.707 y, en un pequeño frente la finca nº 9.856. 4. Finca nº 9.856, titularidad registral de Carmen Alcalde Rodríguez desde 1992, de superficie 1.280 m². Linda al norte con la finca nº 9.885, al sur con la finca nº 17.707, al este la finca nº 9.885 y, en un pequeño frente la finca nº 10.398, y al oeste la carretera de Guadajoz. Plano de situación de la parcela objeto del proyecto de actuación para aparcamiento auxiliar del Tanatorio-Crematorio, de superficie 2.396 m², emplazada dentro de la Finca Registral nº 17.707. c) Análisis del informe Secretario General Provincial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente: Sobre las letras a), b) y c) este informe han de hacerse las siguientes consideraciones: — Respecto a la letra a) del Informe, aún cuando se señala que la actividad no está sometida un procedimiento de prevención ambiental, el Anexo 3 de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, somete a Calificación Ambiental, mediante Declaración Responsable, los aparcamientos de uso público que no sean de interés metropolitano (Categoría 13.28). Esta Declaración se integrará en el procedimiento de la correspondiente Licencia Urbanística de Obras. — Respecto a la letra b), la posible afección al dominio público pecuario: La vía pecuaria más cercana a la parcela objeto de este Informe es la Vereda de Lora, sobre la cual discurre la Carretera Carmona-Lora del Río, por tanto suponemos que el escrito de la Delegación de Medio Ambiente se refiere a ella cuando dice que «… no podrá tener lugar ninguna actuación a lo largo de una banda de terreno, colindante a ambos lados con dicha vía pecuaria, de anchura de 33,44 metros, medidos desde el lado opuesto de la carretera existente». En nuestro caso, el extremo del aparcamiento más próximo a la Carretera de Lora está situado a 67 metros del final de la explanada en el lado opuesto de la Carretera, ocupando el dominio público de carreteras, en este tramo, una anchura cercana a la de la vía pecuaria. Por lo que queda claro que este Proyecto de Actuación no tiene afección alguna sobre dicha vía pecuaria. — Respecto a la letra c), exigencia del informe sectorial en materia de aguas: El artículo 42 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, exige el informe indicado cuando se trate de planes o actos que afecten o se refieran al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales, superficiales o subterráneas, a los perímetros Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4661 de protección, a las zonas de salvaguarda de las masas de agua subterránea, a las zonas protegidas o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre y policía. Ninguna de estas circunstancias se da en el ámbito sobre el que opera el Proyecto de Actuación ni en la actuación propuesta. Igualmente, tampoco existe riesgo de inundación en estos terrenos, dada la topografía del terreno y la distancia a los Arroyos más cercanos de la Red Hidrológica, que son, Alberquillas, Adelfas, Guadajoz y del Pozo, todos ellos situados a más de 700 metros de la parcela del aparcamiento. Ello ha quedado constatado en el Informe en materia de Aguas emitido con la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el que en materia de inundabilidad no se pone ninguna objeción a la clasificación de este suelo como equipamiento, ni tampoco a las restantes actuaciones urbanísticas próximas a esta localización. d) Falta de emisión del informe del Servicio de Urbanismo: El plazo máximo para la emisión de este informe es de treinta días, según dispone el artículo 43.1.d) de la LOUA. Vencido dicho plazo sin haberse recibido, resulta de aplicación lo dispuesto por el artículo 83.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: «Si el informe debiera ser emitido por una Administración Pública distinta de la que tramita el procedimiento en orden a expresar el punto de vista correspondiente a sus competencias respectivas, y transcurriera el plazo sin que aquél se hubiera evacuado, se podrán proseguir las actuaciones. El informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la correspondiente resolución». e) Procedimiento de tramitación: Los trámites del procedimiento de aprobación de los Proyectos de Actuación se contienen en el artículo 43.1 de la LOUA: — Resolución sobre su admisión o inadmisión a trámite a tenor de la concurrencia o no en la actividad de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la LOUA. — Admitido a trámite , información pública por plazo de veinte días, mediante anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto. — Informe de la Consejería competente en materia de urbanismo, que deberá ser emitido en plazo no superior a treinta días . — Resolución motivada del Ayuntamiento Pleno, aprobando o denegando el Proyecto de Actuación. — Publicación de la resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. C) Propuesta de acuerdos: En atención a los antecedentes y fundamentos expuestos se propone la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.— Aprobar el Proyecto de Actuación de Interés Público para aparcamiento al servicio del nuevo tanatorio-crematorio de Carmona, promovido por el Ayuntamiento de Carmona y redactado por los servicios técnicos municipales, con superficie de 2.396 m² y con la conformación expresada en el plano adjunto, siendo el plazo de cualificación urbanística de los terrenos para el desarrollo de la actividad de 40 años. Segundo.— Manifestar a don Rafael Alcaide Rodríguez, en representación de los Herederos de don José Alcaide Rodríguez, que en atención de las averiguaciones municipales llevadas a cabo los terrenos que conforman el ámbito definitivo del Proyecto de Actuación de Interés Público son de propiedad municipal, no existiendo indicio alguno de que afecte a terrenos de propiedad privada. Tercero.— Dar traslado de la presente resolución a don Rafael Alcaide Rodríguez, en representación de los Herederos de don José Alcaide Rodríguez, así como a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto.— Facultar a la Alcaldía-Presidencia para la ejecución de estos acuerdos así como para la resolución de las incidencias que pudieran derivarse. Finalizadas las intervenciones, el Pleno Municipal, por unanimidad de los Señores Capitulares asistentes y en votación ordinaria, acuerda aprobar la proposición que antecede en sus justos términos. Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su publicación ante el Pleno de este Ayuntamiento, según lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/99; y/o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de tal naturaleza en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su publicación del presente anuncio conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Carmona a 13 de enero de 2015.—El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Ávila Gutiérrez. 6W-444-P 62 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 ÉCIJA La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2014, acordó la aprobación del expediente de contratación para la concesión encaminada a la explotación de kiosco en la calle Arroyo de esta ciudad mediante el procedimiento abierto y con la forma de concurso. 1. Entidad adjudicadora: Excmo. Ayuntamiento de Écija, Área de Obras Públicas y Urbanismo. 2. Objeto y duración de concesión: Contratación de concesión encaminada a la explotación de kiosco en la calle Arroyo de esta ciudad. Duración de la concesión: 4 años. 3. Tramitación y procedimiento: Abierto y con la forma de concurso. 4. Canon: El previsto en el Pliego de Cláusulas 5. Obtención, documentación e información: Excmo. Ayuntamiento de Écija. Área de Obras Públicas y Urbanismo. Domicilio: Avenida Blas Infante núm. 6-1ª planta. Edificio Puerta del Sol. Localidad: Écija C.P. 41400. Teléfono: 590 5690. Fax: 590 5185. 6. Criterios de valoración de ofertas: Los especificados en el Pliego de Cláusulas. 7. Forma de presentación de las ofertas: a) Fecha límite: 15 días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio. b) Documentación a presentar: La requerida en el Pliego de Cláusulas. c) Lugar de presentación: Registro Municipal. d) Localidad: Écija. 8. Apertura de ofertas: a) Ayuntamiento de Écija, Área de Obras Públicas y Urbanismo en avenida Blas Infante núm. 6-1ª Planta. 9. Gastos de anuncios: Por cuenta del contratista. 10. Perfil de contratante: www.ecija.es donde podrán obtener información y obtención de los Pliegos. Écija a 14 de enero de 2015.—El Alcalde. (P.D. el Concejal.) (Decreto 21 de mayo de 2014.) Rafael Serrano Pedraza. 36W-727-P ———— LANTEJUELA Don Juan Lora Martín, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta localidad. Hace saber: Que según los documentos obrantes en esta Secretaría Intervención de mi cargo resulta que el señor Alcalde Presidente adoptó resolución núm. 64/15 de fecha 30 de enero mediante el cual se procede a la creación de fichero de protección de datos «Registro Demandantes de Viviendas Protegidas» con el siguiente tenor literal: «Asunto: Creación fichero Protección de Datos “Registro Demandantes de Viviendas Protegidas” Don Juan Lora Martín, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Lantejuela (Sevilla),de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, ha resuelto: Primero. Acordar la creación del fichero denominado “Registro de Demandantes de Viviendas Protegidas” con el siguiente contenido: — Identificación del fichero o tratamiento: Registro de demandantes de viviendas de protegidas. — Descripción de la finalidad: Gestión del registro público municipal de personas demandantes de viviendas protegidas. — Usos previstos: Servicios Sociales. Procedimiento administrativo. — Origen de los datos: El propio interesado o su representante legal. — Colectivos o categoría de interesados: Ciudadanos y residentes, solicitantes y beneficiarios. — Procedimiento de recogida de los datos: Escritos, formularios o información electrónica. — Estructura básica del fichero: DNI/NIF, dirección postal y electrónica, teléfono, nombre y apellidos, firma/huella. Otros datos especialmente protegidos: Salud. Otros tipos de datos: Características personales. Circunstancias sociales. Detalles del empleo. Económicos, financieros y de seguros, Datos relativos a violencia de género. — Sistema de tratamiento utilizado: Mixto (automatizado y manual). Comunicaciones de datos previstas: Los establecidos en la legislación y normativa vigente en materia de adjudicación de viviendas protegidas. Otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma, Diputaciones Provinciales. — Transferencias internacionales: No hay. — Órganos responsables del fichero: ·Responsable del Fichero: Ayuntamiento de Lantejeula (Sevilla) ·Encargado de Tratamiento: Sevilla Activa, S.A.U. — Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Lantejuela (Sevilla) calle Modesto mallen núm. 9, 41630, Lantejuela (Sevilla). — Medidas de seguridad: Nivel alto. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4663 Segundo. Proceder a la publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia del contenido integro del presente acuerdo a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Tercero. Notificar el presente acuerdo a la Agencia Española de Protección de Datos para que proceda a su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de la presente resolución. Cuarto. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que ésta celebre.» Lo que se publica, a fin de dar cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. En Lantejuela a 2 de febrero de 2015.—El Alcalde, Juan Lora Martín. 36W-1441 ———— MAIRENA DEL ALJARAFE La Jefa de Negociado de Recaudación. Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles de fecha 28 de noviembre de 2014, abajo indicada; la misma se intentó el 10 de diciembre de 2014 y el 11 de diciembre de 2014, y se devuelven por el personal de reparto por los motivos «ausente» y «ausente», según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, con el fin de citar al deudor que más abajo se detalla, o a su representante, para ser notificada por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero); Debe comparecer en la oficina de Solgest S.L. Gestión Tributaria Municipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en plaza de las Naciones, Torre Norte 1.º, en horario de 8.00 a 14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Diligencia: Notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles. Datos del destinatario: D.N.I./C.I.F.:53283055J. Nombre: Amador Rueda Abraham. Domicilio: CL Juan de Austria 3, 04 B. Municipio: Mairena del Aljarafe. Provincia:Sevilla. Código postal: 41927. Ayuntamiento de: Mairena del Aljarafe. Expediente núm.: 2012 2350. Asunto: Notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles. Núm. expedición: 79404/ 17157. En el expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la Hacienda Municipal Amador Rueda Abraham NIF 53283055J domiciliado en CL Juan de Austria 3, 04 B por el concepto/s que al dorso se detallan, se ha procedido con fecha 18 de noviembre de 2014, al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, n.º de finca 1831, con Referencia Catastral 2487203QB6328N0013OP de cuya diligencia se adjunta copia, debidamente cotejada. Lo que le notifico como deudor, para su debido conocimiento y efectos. Asimismo se le requiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Reglamento General de Recaudación, RD 939/2005, de 29 de julio, para que entregue en esta Unidad de Recaudación los títulos de propiedad de los inmuebles embargados. Contra el acto notificado cabe recurso, en el plazo de un mes a contar desde el día de la recepción de la presente notificación ante el Tesorero del Ayuntamiento, sin perjuicio, de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones señaladas en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre). Sin perjuicio de cuanto antecede, pongo en su conocimiento que el pago de los débitos puede efectuarse en la Oficina Municipal de Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo. Detalle de Recibos Ejer.-N.º Recibo Concepto Objeto tributario 2009/00099999751 2009/00099999829 2009/00099999888 2009/00099999958 2010/00099999455 2010/00099999530 2010/00099999621 2010/00099999699 2011/00099998952 2011/00099999135 BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA BASURAALJA CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B Principal Recargo 35,35€ 35,35€ 35,35€ 35,18€ 36,52€ 36,13€ 35,35€ 35,35€ 39,24€ 35,35€ 7,07€ 7,07€ 7,07€ 7,04€ 7,30€ 7,23€ 7,07€ 7,07€ 7,85€ 7,07€ 64 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Ejer.-N.º Recibo Concepto Objeto tributario 2011/00099999289 2011/00099999385 2012/00000228690 2013/00000180874 2013/00000249836 2014/00000151384 2014/00000192348 2014/00000288281 BASURAALJA BASURAALJA BASURA2012 IBIURBANA2013 BASURA2013 BASURA2014 IBIURBANA2014 LIQCOSTAS CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CL Juan de Austria, nº 3, 4 B CALLE JUAN DE AUSTRIA, 0003 P04 B CL JUAN DE AUSTRIA, 0003 1 04 B CALLE JUAN DE AUSTRIA, 0003 P04 B CALLE JUAN DE AUSTRIA, 0003 P04 B CL JUAN DE AUSTRIA, 0003 1 04 B REGISTRO DE LA PROPIEDAD Miércoles 25 de febrero de 2015 Principal Recargo 35,35€ 35,35€ 141,80€ 143,78€ 141,80€ 135,64€ 143,78€ 160,00€ 7,07€ 7,07€ 28,36€ 28,76€ 28,36€ 6,78€ 7,19€ 0,00€ Los intereses de demora serán los devengados al día de la fecha del pago de los recibos pendientes. Mairena del Aljarafe a 15 de enero de 2015.—La Jefa de la Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera. 34W-954 ———— MAIRENA DEL ALJARAFE La Jefa de Negociado de Recaudación. Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notificación al deudor de la ampliación de responsabilidad de fecha 5 de noviembre de 2014, abajo indicada; la misma se intentó el 28 de noviembre de 2014 y el 1 de diciembre de 2014, y se devuelven por el personal de reparto de los motivos «ausente» y «ausente» según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, con el fin de citar al deudor que más abajo se detalla, o a su representante, para ser notificada por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero); Debe comparecer en la oficina de Solgest S.L. Gestión Tributaria Municipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en plaza de las Naciones Torre Norte 1.º-2.º , en horario de 8.00 a 14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Diligencia: Notificación al deudor de la ampliación de responsabilidad. Álvarez Vega José María. CL Ciaurriz, 0016. Mairena del Aljarafe. Sevilla Ayuntamiento de: Mairena del Aljarafe. Expediente núm.: 2011/2516. Asunto: Notificación al deudor de la ampliación del embargo. Notificación: 79064/1. Núm. finca: 10278. Domicilio: CL Ciaurriz 16. En el expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la Hacienda Municipal Álvarez Vega José María NIF 76570638G domiciliado en C/ Ciaurriz, 0016, conceptos anotados por ampliación de responsabilidad 2012 IVTM – 2013 IBI – 2013 BASURA – 2013 IVTM se ha dictado en fecha 5 de noviembre de 2014 el siguiente: Acuerdo. Habiéndose acumulado, de conformidad con el artículo 110.2 del Reglamento General de Recaudación, nuevos débitos al presente expediente, y a fin de asegurar los intereses de este Ayuntamiento, se expide mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, para que practique anotación de embargo sobre la finca/s ya anotadas anteriormente 2009 BASURA – 2009 IBI – 2009 IVTM – 2010 IBI – 2010 BASURA – 2010 IVTM – 2011 BASURA – 2011 IBI – 2011 IVTM – 2012 BASURA – 2012 IBI C/ Ciaurriz 16, por los nuevos débitos acumulados, todo ello sin perjuicio de la indicada anotación ya practicada. Se notificará al deudor, y en su caso, a su cónyuge, terceros poseedores y acreedores hipotecarios, a los efectos oportunos. Lo que le notifico como deudor. La ampliación de responsabilidad de la finca o fincas trabadas es la que sigue: Deuda anotada embargo preventivo Principal 2.736,03 €. Recargo de apremio 547,21 €. Intereses de demora 286,93 €. Reservas para costas 337,84 €. Total: 3.908,01 €. Deuda ampliación embargo preventivo Principal 792,41 €. Recargo de apremio 137,57 €. Intereses de demora 46,29 €. Reservas para costas 160,00 €. Total: 1.136,27 €. Contra el acto notificado cabe recurso, en el plazo de un mes a contar desde el día de la recepción de la presente notificación ante el Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4665 El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones señaladas en el artículo 73 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Sin perjuicio de cuanto antecede, pongo en su conocimiento que el pago de los débitos puede efectuarse en la Oficina Municipal de Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo. Mairena del Aljarafe a 13 de enero de 2015.—La Jefa de la Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera. 34W-953 ———— MAIRENA DEL ALJARAFE La Jefa de Negociado de Recaudación. Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notificación al deudor de la ampliación de responsabilidad de fecha 26 de noviembre de 2014, abajo indicada; la misma se intentó el 18 de diciembre de 2014 y 19 de diciembre de 2014, y se devuelven por el personal de reparto de los motivos «ausente» «ausente» según queda acreditado en su correspondiente expediente. Se procede a publicar el presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, con el fin de citar al deudor que más abajo se detalla, o a su representante, para ser notificada por comparecencia por medio del presente anuncio, tal y como establecen los artículos 112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero); Debe comparecer en la oficina de Solgest S.L. Gestión Tributaria Municipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita en plaza de las Naciones, Torre Norte 1.º, en horario de 8.00 a 14.30, de días laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, con el fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles, que le afecta; con la advertencia de que si transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Notificación al deudor de la ampliación de responsabilidad. Pérez Esteban, David. C/ Navarra, 0031 2 2 dcha. Mairena del Aljarafe. Sevilla. Ayuntamiento de: Mairena del Aljarafe. Expediente núm.: 2011/2397. Asunto: Notificación al deudor de la ampliación del embargo. Notificación: 79356/1. Núm. finca: 6994. Domicilio: C/ Cerro de la Atalaya 3 2.º C. En el expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la Hacienda Municipal Pérez Esteban, David NIF 52698601N domiciliado en C/ Navarra, 0031 2 2 dcha., conceptos anotados por ampliación de responsabilidad 2012 BASURA-MAI - 2012 I.B.I.(URB) - 2013 I.B.I.(URB) - 2013 BASURA-MA 2013 IVTM, se ha dictado en fecha 26 de noviembre de 2014 el siguiente: Acuerdo. Habiéndose acumulado, de conformidad con el artículo 110.2 del Reglamento General de Recaudación, nuevos débitos al presente expediente, y a fin de asegurar los intereses de este Ayuntamiento, se expide mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad, para que practique anotación de embargo sobre la finca/s ya anotadas anteriormente 2009 BASURA-MAI - 2009 I.B.I.(URB) - 2010 I.B.I.(URB) - 2010 BASURA-MAI - 2011 BASURA-MAI - 2011 I.B.I.(URB) C/ Cerro de la Atalaya 3 2.º C, por los nuevos débitos acumulados, todo ello sin perjuicio de la indicada anotación ya practicada. Se notificará al deudor, y en su caso, a su cónyuge, terceros poseedores y acreedores hipotecarios, a los efectos oportunos. Lo que le notifico como deudor. La ampliación de responsabilidad de la finca o fincas trabadas es la que sigue: Deuda anotada embargo preventivo Principal Recargo de apremio Intereses de demora Reservas para costas Total: 1.082,89 €. 216,58 €. 154,21 €. 160,00 €. 1.613,68 €. Deuda ampliación embargo preventivo Principal Recargo de apremio Intereses de demora Reservas para costas Total: 781,92 €. 155,50 €. 76,72 €. 177,84 €. 1.191,98 €. Contra el acto notificado cabe recurso, en el plazo de un mes a contar desde el día de la recepción de la presente notificación ante el Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones señaladas en el artículo 73 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Sin perjuicio de cuanto antecede, pongo en su conocimiento que el pago de los débitos puede efectuarse en la Oficina Municipal de Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo. Mairena del Aljarafe a 15 de enero de 2015.—La Jefa de la Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera. 34W-955 66 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 MARCHENA Don Juan Antonio Zambrano González, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la ley 4/1999, de 14 de enero, se hace pública la siguiente notificación a Logística Minera, S.A., ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar: Expediente. 218/14 Por don Isaac Jiménez Segovia, con D.N.I. 52.563.984-Z, se ha solicitado calificación ambiental ( que previene el Decreto 297/95, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, y Sección 5.ª, Capítulo II del Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada Ambiental) para licencia de obra solicitada para ejecución de nave industrial destinada a la actividad de panadería en P.I. La Extractora, calle Manzanilla núm. 11. Lo que comunico a Ud. como colindante del predio en el que se pretende realizar la antedicha licencia municipal de apertura, para que, durante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a aquél en que reciba esta notificación, pueda presentar, mediante escrito dirigido a la Secretaria, las alegaciones y observaciones que estime pertinente. Asímismo, participo a Ud. que, a tal fin, durante el plazo expresado y en horario de oficinas, podrá examinar, en el correspondiente Negociado, el expediente que al efecto se instruye. En Marchena a 18 de febrero de 2015.—El Secretario, Antonio M. Mesa Cruz.—El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Zambrano González. 253W-1923 ———— LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA Intentada notificación a las personas que seguidamente se relacionan, con el fin de hacerles saber el inicio del expediente administrativo incoado para declararles de oficio en situación de baja en el Padrón de Habitantes de este municipio, sin haber conseguido su localización, se anuncia el procedimiento a que hace referencia el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en consonancia con la Resolución de 9 a abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, a los efectos contemplados en dichos preceptos legales. — Iluian Cojanu. — A tales efectos, los interesados podrán alegar durante el plazo de quince días, lo que estimen conveniente a su derecho. Los Palacios y Villafranca a 9 de enero de 2015.—El Alcalde, Juan Manuel Valle Chacón. ———— Intentada notificación a las personas que seguidamente se relacionan, con el fin de hacerles saber el inicio del expediente administrativo incoado para declararles de oficio en situación de baja en el Padrón de Habitantes de este municipio, sin haber conseguido su localización, se anuncia el procedimiento a que hace referencia el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en consonancia con la Resolución de 9 a abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, a los efectos contemplados en dichos preceptos legales. — Pascual Santacreu Benítez. — A tales efectos, los interesados podrán alegar durante el plazo de quince días, lo que estimen conveniente a su derecho. Los Palacios y Villafranca a 9 de enero de 2015.—El Alcalde, Juan Manuel Valle Chacón. 2F-1147 ———— LA RINCONADA Por el Consejo Rector del Patronato Municipal de Deportes, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2014, se ha acordado aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del suministro de productos químicos con destino a las piscinas municipales, conforme a continuación se detalla: 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Agencia Pública Administrativa Local Patronato Municipal de Deportes. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría Municipal Ayuntamiento La Rinconada. 2. Objeto del contrato, financiación y plazo de ejecución: Descripción del objeto: Suministro de productos químicos con destino a piscinas municipales. Financiación: Partidas presupuestarias 8305-342-21204 y 8305-342-21213. Plazo ejecución: Dos años. 3. Presupuesto de licitación: No se establece. 4. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto, con varios criterios de selección. 5. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de La Rinconada, Secretaría Municipal. b) Domicilio: Plaza de España número 6. c) Teléfono: 95-5797000. d) Perfil del Contratante: www.larinconada.es. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4667 6.Presentación de las ofertas: a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales a contar desde el siguiente al de esta publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia. b) Documentación a presentar: La relacionada en la cláusula undécima del Pliego de Condiciones. c) Lugar de presentación: Plaza de España, núm. 6. La Rinconada. De 9.00 a 14.00 horas; además martes y jueves de 16:00 a 18:30 horas. 7. Gastos de anuncios. Será por cuenta del adjudicatario el importe del anuncio de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia. 8. Modelo de proposición: Se efectuará según lo dispuesto en el anexo II al pliego. 9. Criterios de adjudicación: 1.– Oferta económica: Hasta 55 puntos. 2.– Plazo de entrega: Hasta 15 puntos. 3.– Mejoras: Hasta 20 puntos. 4.– Etiquetado ecológico: Hasta 10 puntos. 10. Garantía provisional: No se requiere. 11. Garantía definitiva: 1.200,00 €. Lo que se hace público para general conocimiento. La Rinconada a 23 de diciembre de 2014.—El Alcalde, Francisco J. Fernández de los Ríos Torres. 34W-15118-P ———— TOCINA Don Francisco José Calvo Pozo, Alcalde del Ayuntamiento de esta localidad. Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la Resolución n.º 952 de la Alcaldía, de fecha 29 de septiembre de 2014, a don Manuel Caballo Fernández, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido: C/ Melocotonero n.º 5, de Sevilla, y no habiéndose podido practicar la misma, ha sido devuelta por el Servicio de Correos. Lo que le notifico en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 13.2 del Reglamento de Procedimiento para la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, comunicándole al mismo tiempo que tiene quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse, incluso puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el art. 8 del R.P.S. Puede promover la recusación del Instructor y de la Secretaria en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presente resolución que es un acto administrativo de trámite, no decisorio, que inicia el procedimiento administrativo, es inimpugnable por lo que no cabe recurso alguno; sin perjuicio de impugnar en su día la decisión que ponga fin al mismo, si es contraria a sus derechos.—El Alcalde. Resolución de la Alcaldía núm. 952, de 29 de septiembre de 2014 Visto el boletín de denuncia n.º 23/14 emitido por Agentes de la Policía Local, con fecha 23 de agosto de 2014, efectuada por los mismos a don Manuel Caballo Fernández, vecino de Benidomo (Valencia), domiciliado en c/ Colón n.º 52, siendo los hechos que la motivan los siguientes: «A las 7:30 horas del 23 de agosto de 2014, cuando los agentes denunciantes se encontraban prestando servicio de orden público, durante el desarrollo de la Feria de la localidad, en las inmediaciones de la Caseta de la Juventud, en la que en aquellos momentos se congregaban una cantidad importante de personas, observaron una pelea entre varias personas, entre los que se encontraba la persona denunciada, tal altercado provocó que diversas personas salieran huyendo del lugar a la carrera y se creara una considerable alarma social, interrumpiéndose el normal desarrollo del evento, todo esto ocasionó que se perturbara la normal convivencia ciudadana de los allí presentes», los cuales pudieran ser constitutivos de la infracción establecida en el artículo 24.a) de la Ordenanza Municipal reguladora de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, que dispone: «Perturbar la convivencia ciudadana mediante actos que incidan en la tranquilidad y en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas, en el normal desarrollo de actividades de toda clase ...». Considerando que dicha infracción podrá clasificarse como leve, al amparo de lo establecido en el artículo 25 de la citada Ordenanza Municipal que podría ser sancionada con multa de hasta 750,00 euros, de conformidad con el apartado 1 del artículo 26 del precitado texto legal. En uso de las competencias atribuidas en el artículo 10 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (RPS), y las facultades que me confiere el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, vengo en resolver: Primero. Iniciar procedimiento sancionador a don Manuel Caballo Fernández para determinar su responsabilidad y la sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la instrucción. Segundo. Nombrar Instructor y Secretaria del procedimiento a don José Alfredo Guerrero Lozano y doña María del Valle Noguera Wu, respectivamente. 68 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 Tercero. El órgano competente para la resolución del expediente es el Alcalde, de conformidad con el artículo 10.2, párrafo segundo del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, de 4 de agosto de 1993, en concordancia con el artículo 21.1 apartado n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre. Cuarto. Indicar a don Manuel Caballo Fernández el derecho que tiene a conocer, en cualquier momento del procedimiento, su estado de tramitación, a acceder y obtener copias de los documentos contenidos en el mismo y a formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes. Tiene, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse. Incluso puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el art. 8 del RPS. Quinto. Comunicar esta resolución al Instructor y Secretaria, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto y notificarla al interesado, advirtiéndole que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento sancionador en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, esta iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del RPS. Tocina a 6 de febrero de 2015.—El Alcalde, Francisco José Calvo Pozo. 34W-1587 ———— UMBRETE El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2015, ha aprobado inicialmente el expediente 3/2015, de Modificación Presupuestaria con la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, de acuerdo al siguiente detalle: Transferencia negatiga 011.20/31003 Importe Transferencia Positiva Importe 15.188,02 € 132.10/151.00 153.20/203.00 9.100,00 € 3.856,86 € Con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. En Umbrete a 6 de febrero de 2015.—El Alcalde, Joaquín Fernández Garro. 36W-1451 ———— UTRERA Don Juan Borrego López, Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Por el presente le comunico que el señor Alcalde Presidente, con fecha 3 de febrero del presente año, ha dictado el siguiente decreto: «Que con motivo de la ausencia de la Concejal, Delegada de Turismo, Fiestas Mayores, Vivienda y Desarrollo Económico y Juventud, doña María Consolación Guerrero Mira, y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter accidental y desde el día 3 hasta el 11 de febrero de 2015, ambos inclusive, viene a decretar: Primero. Avocar las competencias conferidas por Decreto de Alcaldía de fecha 14 de octubre de 2014 de la Concejal, Delegada de Turismo, Fiestas Mayores, Vivienda y Desarrollo Económico y Juventud, doña María Consolación Guerrero Mira. Segundo. Delegar en favor de la Primera Teniente de Alcalde del Área de Presidencia, doña Dolores Pascual González, desde el día 3 hasta el 11 de febrero de 2015, ambos inclusive, las competencias avocadas en el apartado Primero del presente Decreto. Tercero. Dar traslado de la presente resolución para su conocimiento a los interesados, a todas las Áreas, Departamentos y Unidades Administrativas afectadas, así como su publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia. Lo decretó y firma el Sr. Alcalde Presidente ante mí el Secretario General. Utrera, 3 de febrero de 2015. El Alcalde-Presidente, Francisco Jiménez Morales. El Secretario General, Juan Borrego López.» En Utrera a 3 de febrero de 2015—El Secretario General, Juan Borrego López. 36W-1185 ———— UTRERA Habiéndose intentado la notificación a los interesados sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, por medio del presente anuncio se comunica que se va a proceder a tramitar la baja por inscripción indebida de los NO ENCSARP en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de las siguientes personas: Nombre y apellidos ANTONIO REINA GALAN AURELIA CERVIS Documento 8517 6439241 CEFERINO GARRIDO GOMEZ 07CK40001 CHRISTELLE FABIANNNE SEMPERE 07CA96504 DELIA BRATFALEAN DIEKMANN HANS-HERGEN 12125456 1888875481 Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4669 Nombre y apellidos DOMINSKI STANISLAW JAN Documento 55050700950 EDWARD LEOPOLD HEMKE BM3870541 ERIC GAREL 030522100134 FLORICA BURCEA 280227 GRZEGORZ KAZIMIERZ MOSKAL AS1023237 IONELA ROZALIA CEANGARU 07422638 IRENE RUTE MARTINS CANELAS BITTENCOURT JACEK TOLOCZMAÑSKI 7380831 BM7320846 JAN ANTONI BOJNOWSKI AF7742959 JERZY WOICIECH DUNST AK6741165 JOAQUIM MOUCHO CABAÇO J217459 JULIAN LODOWICZ BM7306589 LESZEK WOJTYLA AK4210968 LIVIU COSTEA 12138040 LUCIO OSCAR CAVALERA E118351 LUIS ALBERTO OLIVEIRA LOPEZ X01906403W MAREK ZBIGNIEW WOJCICKI AJ9199616 MARIA ISABEL EMIDIO DAROEIRA BICAS MICHALEK PRZEMYSLAW 5344113 82072807257 NICOLAE POPOVICI 10018280 NONONE MICHELLE LINE 96DZ79630 PIOTR LESZEK JACKOWSKI AB6734399 REBECA JO TAYLOR 085062689 REINHOLD SIEGFRIED 173950177 RICHARD MCGILVRAY 200754526 TADEUSZ WACHOWIAK AH2309214 WLADYSLAW FLOREK AF7433497 Todo ello de conformidad con los artículos 54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Al contener el expediente datos de carácter personal y de conformidad con el artículo 61 de la Ley 20/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá consultar su contenido en las dependencias municipales, concediéndoles un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para dar su conformidad a la baja y comunicar su nuevo domicilio, o en caso contrario presentar declaración jurada en la que manifieste su deseo de continuar empadronado en ese domicilio. Transcurrido dicho plazo, sin efectuar alegación alguna, se procederá a dar de baja por inclusión indebida, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento. Asimismo, se informa en caso de que así proceda, que la baja en el Padrón municipal dará lugar también a la baja en el censo electoral del municipio actual, desapareciendo del mismo por no figurar inscrito en ningún otro municipio (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General). En Utrera a 4 de febrero de 2015.—El Secretario General, Juan Borrego López. 36W-1261 ———— UTRERA Habiéndose intentado la notificación a los interesados sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, por medio del presente anuncio se comunica que se va a proceder a tramitar la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de las siguientes personas: Nombre y apellidos A.J.R.J. (Representante Mª Dolores Jiménez Pérez) Documento 49133967X ADELINA CIRSTOIU Y0185402J ADOLFO ROMANO RAYO 28283340X ANTONIO ALBA CARMONA 52272519M ANTONIO DELGADO ANTON 75370165Q ANTONIO MANUEL MEDINA MORENO 14322450M ANTONIO RODRIGUEZ LEDESMA BOUDJEMAA BRAHIM BELLAL 14320896S 0929077 C.M.B. (Representante Carmen Ruth Belalcazar Mosquera) C.P.B. (Representante Remus Florea Papara) Y0939545D CAMILO ALCIBIADES ACOSTA DIAZ X6880434F 70 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Nombre y apellidos CARMEN RUTH BELALCAZAR MOSQUERA Miércoles 25 de febrero de 2015 Documento X6236495E D.F.G. (Representante Mª Jesus Gomez Cruz) DARLYN GAMALIEL BELLO AGUILAR C01183838 EDUARDO JESUS ABATO CAMPILLO 48496087N EL ARBI HARBAOUI ELENA ROXANA DUTA X9136677L X09739057Y ENRIQUE CAMPOS CORBILLO 28681788Y ENRIQUE RAMON FERRATER BECA 28514239N ENRIQUE RAMON FERRATER LOPEZ 47205453T F.J.F.G. (Representante Mª Jesus Gomez Cruz) FERNANDO FERNANDEZ ROJAS 14316148M FLORIN DAVID PAPARA BADEA (Representante Remus Florea Papara) FRANCISCO JAVIER FERRERA MATEO 47209372D FRANCISCO JOSE FERNANDEZ MESA 28735968K GUSTAVO HERNAN VACA AVILA X6763887R I.L.M.B. (Representante Carmen Ruth Belalcazar Mosquera) JACEK TOLOCZMAÑSKI JIHANE EL AMANI TAOUALI BM7320846 49168729L JORGE FERNANDEZ VIDAL 02672730S JOSE ANTONIO DEL OJO CASTILLO 75434507G JOSE LUIS VELOSO PEREZ 28522119A JOSE MANUEL MARQUEZ MUÑOZ 79210531A JOSE MANUEL RODRIGUEZ LEDESMA 14320895Z JOSE RODRIGUEZ MENDEZ 28379043X JUAN CARLOS ROMAN SANCHEZ 75446484K JUAN CARLOS ZABALZA MORENO 29139901M JUAN DIEGO PALACIOS MENA 47005048V JUAN LUIS JAIME ROMERO 49033037G JUAN RAMOS GONZALEZ 35066864Y JULIAN LODOWICZ BM7306589 KRZYSZTOF KRUPSKI BM4453182 LEE EDWARD COLES Y2094521V LENUTA PAPARA BADEA (Representante Remus Florea Papara) Y0939486L M.L.R.Q. (Repreentante Rocío Quintana Jarillo) M.S.S.P. (Representante Sandor Frederick Suárez Rodríguez) Mª DOLORES FERRATER LOPEZ 47394818Y Mª DOLORES JIMENEZ PEREZ 28785037P Mª DOLORES LOPEZ HERNANDEZ 75406735Q Mª DOLORES SANTIAGO SANTIAGO 45608566A Mª JESUS GOMEZ CRUZ 28783975G Mª LAURA URGEL ORTIZ Y1954098D MACARENA FERNANDEZ ORTIZ 77803454C MARIA CORONILLA LOPEZ 28283323Q OSCAR MANUEL MURGA DE LA ROSA 47005322S RAUL ZAMBRANA LUQUE 28934152Z REMUS FLOREA PAPARA X8417908T ROCIO QUINTANA JARILLO 52664394Y ROSARIO JAIME CASADO 48882096N S.R.A.(Representante Jihane El Amani Taouali) SERAFIN WALDO AYALA SANCHEZ SONIA CORONILLA CABALLERO 29565842D 47392939J SONIA GONZALEZ SANCHEZ 14323386K STELUTA BADEA X8417686P TAOUFIK EL MANSSOURI X3978440S VICENTE GARCIA JIMENEZ 75443657T Todo ello de conformidad con los artículos 54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Miércoles 25 de febrero de 2015 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 4671 Al contener el expediente datos de carácter personal y de conformidad con el artículo 61 de la Ley 20/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá consultar su contenido en las dependencias municipales, concediéndoles un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para dar su conformidad a la baja y comunicar su nuevo domicilio, o en caso contrario presentar declaración jurada en la que manifieste su deseo de continuar empadronado en ese domicilio. Transcurrido dicho plazo, sin efectuar alegación alguna, se procederá a dar de baja por inclusión indebida, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento. Asimismo, se informa en caso de que así proceda, que la baja en el Padrón municipal dará lugar también a la baja en el censo electoral del municipio actual, desapareciendo del mismo por no figurar inscrito en ningún otro municipio (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General). En Utrera a 3 de febrero de 2015.—El Secretario General, Juan Borrego López. 36W-1186 ———— CHIPIONA (Cádiz) De acuerdo con lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, remunerado por el art. 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, intentada sin efecto la notificación del acto administrativo que se indica, este Ayuntamiento ha acordado la publicación del presente anuncio para que sirva de notificación al interesado, a cuyo fin se comunica que el expediente se encuentra a su disposición en la Unidad de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento, sita en plaza de Andalucía s/n, donde podrá comparecer para conocimiento del texto íntegro de aquel, durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Notificación: Providencia del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 11-07-14, de incoación de expediente de protección de la legalidad urbanística. —Expediente: P.L. 9/2014. —Interesado: Don Juan Andrés Torres Fernández. —D.N.I.: 75.440.095-A. —Acto que se notifica: Providencia de Incoación expediente Protección Legalidad. —Legislación aplicable: Arts. 181 y 182 de la LOUA y 42 y ss. del RDUA. —Recurso: Acto de trámite no resolutivo. Trámite audiencia 15 días para presentación alegaciones y plazo 2 meses para instar la legalización. Notificación: Providencia del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 28-11-14 de incoación de expediente sancionador por infracción urbanística. —Expediente: 11/2014- R.1228. —Interesado: D. Juan Andrés Torres Fernández. —D.N.I.: 75.440.095-A. —Acto que se notifica: Providencia de incoación. —Infracción: Arts. 207.3.a) de la Ley de ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y 78.3.a) del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía (RDUA), y sancionada conforme a los arts. 219 de la LOUA y 93 del RDUA. —Recurso: Acto de trámite, no cabe recurso. No obstante puede formular alegaciones plazo quince días. Chipiona a 8 de enero de 2015.—El Alcalde-Presidente, Antonio Peña Izquierdo. 2W-434 ———— CHIPIONA (Cádiz) De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, renumerado por el artículo 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, intentada sin efecto la notificación del acto administrativo que se indica, este Ayuntamiento ha acordado la publicación del presente anuncio para que sirva de notificación al interesado, a cuyo fin se comunica que el expediente se encuentra a su disposición en la Unidad de Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento, sita en plaza de Andalucía s/n, donde podrá comparecer para conocimiento del texto íntegro de aquel, durante el plazo que se indica contado desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Notificación: Decreto del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz) de fecha 28 de noviembre de 2014 ordenando la limpieza y el cerramiento del solar sito en avenida de Andalucía número 110. — Expediente: O.L.. núm. 125/2012. — Interesado: Residencial de Espartinas S.L. — CIF: B91283945 — Acto que se notifica: Decreto ordenando limpieza y cerramiento de solar. — Legislación aplicable: Artículos 51.1.A).c) en relación con artículo 155 de la LOUA, artículo 10 R.D.U. y artículos 4, 6 y 8 de la Ordenanza M. Reguladora de Limpieza y Vallado de Solares y Obras (OMLV). — Recurso: Potestativo de reposición plazo 1 mes ante el Alcalde o contencioso-administrativo ante Juzgado Contencioso-Administrativo de Cádiz, en plazo de 6 meses desde que se produzca acto presunto o de 2 meses después de la resolución del recurso de reposición. En Chipiona a 15 de enero de 2015.—El Alcalde-Presidente, Antonio Peña Izquierdo. 36W-745 72 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 46 Miércoles 25 de febrero de 2015 OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS ———— CONSORCIO DE AGUAS DE LA SIERRA SUR Aprobado inicialmente el proyecto de adaptación de los Estatutos del Consorcio de Aguas de la «Sierra Sur», por acuerdo de la Junta General del Consorcio de fecha 29 de diciembre de 2014, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este «Boletín Oficial» de la provincia. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. En Los Corrales a 13 de enero de 2015.—El Secretario, Francisco Mora Jiménez. 2W-1404 ANUNCIOS PARTICULARES ———— COMUNIDAD DE REGANTES «RIBERA DEL CORBONES» Por acuerdo de la Junta de Gobierno, se convoca a los señores socios a la asamblea general ordinaria a celebrar en el salón de actos de la Coop. Agrícola San José, S.C.A. sito en la ctra. Sevilla-Málaga, km. 68 de La Puebla de Cazalla, el próximo 12 de marzo de 2015, a las 19.00 horas en primera convocatoria o, en su caso, a las 19.30 horas en segunda, con arreglo al siguiente: Orden del día 1. Lectura y aprobación si procede, del acta de la asamblea anterior. 2. Informe de auditoría de cuentas del ejercicio 2014. 3. Información y aprobación, si procede, de las cuentas auditadas del ejercicio 2014. 4. Presupuesto económico de la próxima campaña de riego 2015. 5. Informe del Sr. Presidente sobre la situación general de la Comunidad y asuntos varios. 6. Ruegos y preguntas. La Puebla de Cazalla a 18 de febrero de 2015.—El Presidente, Antonio Vargas Camacho. 2W-1984-P ———— ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL DE ANDALUCÍA Tramitándose expediente de devolución de fianza del que fuera Notario de Puebla de Alcocer, Herrera del Duque, Olivenza, Novelda, Dos Hermanas, Huelva y Sevilla, don Jaime Antonio Soto Madera, se hace público para que cuantas personas tengan que deducir alguna reclamación la formalicen ante el Colegio Notarial de Andalucía en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto. En Sevilla a 10 de noviembre de 2014.—El Vicedecano. Por delegación, José Luis Lledó González. 36W-1535-P TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10 Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25 Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41 Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72 Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla. ——— Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla. Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 460 649. Correo electrónico: [email protected] Diputación Provincial - Imprenta
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