Proposiciones Salud

PROPOSICION AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2015 CÁMARA – 138 DE 2015
SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO 2014 – 2018. TODOS POR UN NUEVO PAÍS”
ARTICULO NUEVO
ARTÍCULO_____. DEL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE MILENIO Y
SU EVALUACIÓN. Un comité interinstitucional e interministerial evaluará el
complimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y adelantará una
estrategia para el cumplimiento de los mismos en el marco del PND.
Presentada por,
BANCADA ALIANZA VERDE
PROPOSICION AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2015 CÁMARA – 138 DE 2015
SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO 2014 – 2018. TODOS POR UN NUEVO PAÍS”
ARTICULO NUEVO
ARTÍCULO_____. DEL FORTALECIMIENTO DE LAS IPS UNIVERSITARIAS.
Con el propósito de fortalecer las IPS que cumplen la doble función de formar
talento humano, técnico, profesional y especializado y prestar servicios de salud,
el Ministerio de la Salud y Protección Social adelantará acciones de fortalecimiento
con recursos del sistema para la adquisición de tecnología, y subsidios a médicos
residentes, personal técnico y de pregrado.”
Presentada por,
BANCADA ALIANZA VERDE
PROPOSICION AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2015 CÁMARA – 138 DE 2015
SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO 2014 – 2018. TODOS POR UN NUEVO PAÍS”
ARTICULO NUEVO
ARTÍCULO_____. DEL SECTOR DE LA SALUD. Dada la alta participación del
gasto público nacional en el sector de la salud y los actores públicos y privados
que participan de ella, tales como IPS, Instituciones Educativas, Industria
Farmacéutica, Personal de Apoyo Administrativo y Logístico, el DNP adelantará un
cuantificación exacta de la participación del sector en el PIB de la nación, los
empleos formales e informales que moviliza y demás variables que midan su
impacto en la economía nacional.”
Presentada por,
BANCADA ALIANZA VERDE
PROPOSICION AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2015 CÁMARA – 138 DE 2015
SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO 2014 – 2018. TODOS POR UN NUEVO PAÍS”
ARTICULO NUEVO
ARTÍCULO_____. ESTARATEGIA PARA LA REDUCCION DE LA
MORTALIDAD MATERNA. El Gobierno Nacional bajo la coordinación del
Ministerio de Salud, ICBF y la Comisión Nacional Intersectorial para la Promoción
y Garantía de los Derechos Sexuales y Reproductivos, adelantará en unión con
los entes territoriales, acciones integrales y de control exhaustivo para la captación
precoz del embarazo, atención de las embarazadas con enfoque de derecho
humano y así, reducir en un 50 por ciento las muertes maternas en los próximos 4
años.
El Gobierno Nacional incentivará la creación e implementación de programas para
la reducción de muerta materna en la entidades territoriales.”
Presentada por,
BANCADA ALIANZA VERDE
PROPOSICIÓN AL PROYECTO DE LEY No. 138- 2015 SENADO y No. 200 –
2015 CAMARA “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 2018 “Todos Por un Nuevo País”
Modifíquese el artículo 206 del Proyecto de Ley No. 138 - 2015 Senado y No. 200
– 2015 Cámara, en el sentido de eliminar la derogatoria de los artículos artículos
18 y 42 de la Ley 1122 de 2007 y 13, 15, 16, 60, 61, 62, 63, 64 y 137 de la Ley
1438 de 2011.
Presentada Por:
BANCADA ALIANZA VERDE
PROPOSICIÓN AL PROYECTO DE LEY No. 138- 2015 SENADO y No. 200 –
2015 CAMARA “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 2018 “Todos Por un Nuevo País”
Modifíquese el artículo 65 del Proyecto de Ley No. 138 - 2015 Senado y No. 200 –
2015 Cámara, el cual quedará así:
Artículo 65. Declaración de emergencia sanitaria y/o eventos catastróficos. El
Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) podrá declarar la emergencia
sanitaria y/o eventos catastróficos, cuando se presenten situaciones por riesgo de
epidemia, epidemia declarada, insuficiencia o desabastecimiento de bienes o
servicios de salud o eventos catastróficos que afecten la salud colectiva, u otros
cuya magnitud supere la capacidad de adaptación de la comunidad en la que
aquel se produce y que la afecten en forma masiva e indiscriminada generando la
necesidad de ayuda externa.
En los casos mencionados, el MSPS determinará las acciones que se requieran
para superar las circunstancias que generaron la emergencia sanitaria y/o eventos
catastróficos con el fin de garantizar la existencia y disponibilidad de talento
humano, bienes y servicios de salud, de conformidad con la reglamentación que
para el efecto expida el Gobierno Nacional.
Lo dispuesto en este artículo podrá financiarse con los recursos que administra el
Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA- la Unidad de Gestión de
administración de recursos de la Seguridad Social que se crea en la presente Ley
o por los demás que se definan.
Presentado por,
Bancada Alianza Verde
PROPOSICIÓN AL PROYECTO DE LEY No. 138- 2015 SENADO y No. 200 –
2015 CAMARA “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 2018 “Todos Por un Nuevo País”
Modifíquese el artículo 68 del Proyecto de Ley No. 138 - 2015 Senado y No. 200 –
2015 Cámara, el cual quedará así:
Artículo 68. Registros sanitarios de medicamentos y dispositivos médicos.
En el marco del trámite de expedición o renovación del registro sanitario y en los
casos que determine el Ministerio de Salud y Protección Social en la
reglamentación que expida para el efecto, el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos (INVIMA) solicitará al Instituto de Evaluación
Tecnológica en Salud (IETS) la realización de una evaluación de dichas
tecnologías para fines de determinación de precio. El valor de estas evaluaciones
hará parte de los costos por los servicios que presta el INVIMA. El Ministerio de
Salud y Protección Social utilizará los resultados de la evaluación realizada por el
IETS para la determinación del precio de la tecnología, que será también requisito
para el trámite de expedición o renovación del registro sanitario. El INVIMA podrá
modificar, de oficio o a solicitud del MSPS, las indicaciones, contraindicaciones e
interacciones de un medicamento, con base en la evidencia científica y por las
necesidades de salud pública.
Presentado por,
Bancada Alianza Verde
PROPOSICIÓN AL PROYECTO DE LEY No. 138- 2015 SENADO y No. 200 –
2015 CAMARA “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 2018 “Todos Por un Nuevo País”
ARTICULO NUEVO ______: El gobierno nacional junto con la sociedad
civil deberán presentar al Congreso de la República un proyecto de ley ordinaria,
que reglamente la ley estatutaria de salud, ley 1751 de 2015.
Se deberá tener en cuenta como sociedad civil las organizaciones nacionales de
pacientes, de médicos, trabajadores de la salud, facultades de medicina y ciencias
de la salud, los diferentes movimientos sociales y políticos de la salud, en
especial, la Mesa Nacional por el Derecho a la Salud -MNDS, así como los
gremios del sector de la salud, entre ellos, la Federación Médica Colombiana,
Asociación Nacional de Internos y Residentes -ANIR-, Asociación Colombiana de
Hospitales y Clinicas -ACHC-, La Asociación Colombiana de Empresas Sociales
del Estado y Hospitales Públicos -ACESI-, entre otras.
Parágrafo transitorio: El Proyecto de ley ordinaria de salud deberá ser
presentado por el gobierno en la legislatura siguiente a la promulgación de la
presente ley.
Presentado por,
Bancada Alianza Verde