Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES:
Que, mediante Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV, de fecha 10 de junio de 2014,
firmada por quien suscribe, se realizó la notificación del proceso previo a subasta
“DERECHO DE PROPIEDAD”, en la cual se puso en conocimiento del público en general el
detalle de las mercancías que se encuentran Abandonadas en el Destacamento de
Yahuarcocha. Destacamento de Amazonas, Destacamento de la Mañosca y la Bodega de
EMSA (Antiguo Aeropuerto).
Que, el extracto de Notificación de la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV, de
fecha 10 de junio de 2014, fue publicada en el Portal Oficial del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador (SENAE) www.aduana.gob.ec y en los Diarios Expreso y El Telégrafo los días
lunes 4 de agosto, miércoles 13 y viernes 22 de agosto de 2014.
Que, en la Providencia mencionada en el párrafo anterior, se otorgó un plazo de (20) veinte
días hábiles siguientes a la tercera Publicación, a fin de que las personas que se crean con
derecho respecto de la mercadería detallada, se acerquen a la Dirección Distrital de Quito, con
sus respectivos documentos que lo acrediten en legal y debida forma, en cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 4 de la Resolución Nro. 0252, suscrita por el Econ. Santiago León de
fecha 06 de mayo de 2011, que indica: “...Artículo 4.- Corresponderá al administrado que se
crea con derecho a la mercancía, de acuerdo con el artículo precedente, probar la propiedad
de la mercancía que reclame, presentando ante la Dirección Distrital respectiva, la
documentación de soporte que deberá cumplir con todos los requisitos legales para su
validez...”, plazo que culminó el día viernes 19 de septiembre de 2014.
Que, mediante Memorando Nro. SENAE- DDQ-2014-1191-M, de fecha 24 de septiembre de
2014, firmada por quien suscribe, se solicitó a la Dirección de Secretaría General UIO y a la
Dirección de Asesoría Jurídica UIO, lo siguiente: “...en un plazo de 48 HORAS, se sirvan
informar si alguien ha reclamado propiedad de las mercancías abandonadas en el Depósito
Temporal: EMSA Quito, Destacamento de Yahuarcocha, Destacamento de Amazonas y
Destacamento de la Mañosca de la Unidad de Vigilancia Aduanera, incluidas en los
siguientes Extractos: 1.1. PRIMER EXTRACTO DE NOTIFICACION en la primera
publicación, 1.2. SEGUNDO EXTRACTO DE NOTIFICACION en la segunda publicación
y 1.3. TERCER EXTRACTO DE NOTIFICACION en la tercera publicación,
respectivamente, que se encuentran adjuntos y que guardan relación con la Providencia Nro.
SENAE-DDQ-2014-1597-PV de fecha 10 de Junio del 2014, firmada por quien suscribe,
publicada en los Diarios El Telégrafo y El Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13
de Agosto y Viernes 22 de Agosto del 2014 y en el Portal Oficial Web del SENAE
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www.aduana.gob.ec, Menú: "Publicación de Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el
Link: http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp”.
Que, mediante Memorando Nro. SENAE-DSGQ-2014-0534-M, de fecha 26 de septiembre
de 2014, suscrito por la Econ. Charito Del Cisne Diaz Sánchez - Directora De Secretaría
General UIO, informa: “...Al respecto informo a Usted, que una vez verificada la información
en el Sistema de Gestión Documental Quipux, no se obtuvo ningún resultado de
documentación ingresada por la ventanilla de Secretaria General que tenga como referencia
la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV publicada en los Diarios El Telégrafo y El
Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13 de Agosto y Viernes 22 de Agosto del 2014
y en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menú: "Publicación de
Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:
http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp, verificación
realizada hasta la presente fecha...”.
Que, mediante Memorando Nro. SENAE-DJJQ-2014-0743-M, de fecha 26 de septiembre de
2014, suscrito por el Dr. Ángel Giovanni Páez Medina – Director de Asesoría Jurídica UIO,
informa: “...Al respecto informo a Usted, que una vez verificada la información en las bases
de Datos que reposan en esta Dirección, no se registra Reclamo Administrativo ni Juicio de
Impugnación
alguno
que
mantenga
relación
con
la
Providencia
Nro.
SENAE-DDQ-2014-1597-PV ni las Mercancías allí detalladas, mismas que fueron publicada
en los Diarios El Telégrafo y El Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13 de Agosto
y Viernes 22 de Agosto del 2014 y en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec,
Menú: "Publicación de Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:
http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp, verificación
realizada hasta la presente fecha”.
Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2014-1077-M, de fecha 09 de octubre de
2014, suscrito por el Sr. John Edward Palomeque Marín – Inspector 2, informa: “...En
relación al Memorando Nro. SENAE-UVAQ-2014-1956-M, de fecha, 9 de octubre de 2014,
suscrito por el señor Ing. Hernán Solís, cumplo en informar que NO existe hasta el momento
persona que se haya presentado como propietario/s de las respectivas mercaderías que se
encuentra en las Bodegas de la Base Operativa de Yahuarcocha, luego de haberse cumplido
los plazos determinados...”.
Que, mediante Resolución Nro. SENAE-DDQ-2014-0583-RE, de fecha 02 de octubre de
2014, firmada por quien suscribe, dispone: “...LA TOMA DE PROPIEDAD de las mercancías
que se encuentran Abandonadas en el Destacamento de Yahuarcocha, Destacamento de
Amazonas, Destacamento de la Mañosca y la Bodega de EMSA (Antiguo Aeropuerto),
mencionadas en el extracto adjunto a la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV,
publicadas en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menú: "Publicación de
Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:
http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp y en los diarios El
Expreso y El Telégrafo los días lunes 04, miércoles 13 y viernes 22 de Agosto del 2014, para
disponer de ellas conforme la disposición Transitoria Undécima del COPCI y la Resolución
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Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE...”.
Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2014-1422-M, de fecha 22 de diciembre de
2014, suscrito por el funcionario Ing. Vicente Marcelo Ramos Ayerve - Técnico Operador de
la Jefatura de Control de Zona Primaria UIO, remite el Informe Pericial Nro.
JCZQ-IT-(i)-2014-653, de las mercancías de la Disposición Transitoria Undécima, que se
encuentran en la Bodega del Destacamento Yahuarcocha, incluidas en la publicación antes
mencionada y que son: 96 BULTOS APROXIMADAMENTE, CON UN PESO
APROXIMADO DE 1.527,68 KG, CON 63.479 UNIDADES FÍSICAS CONSISTENTES
EN CALZADO, TELEVISOR, RESPUESTOS DE VEHICULO, JUGUETES, ETC.;
VALORADOS POR $ 28.834,30.
Que, revisado el listado del Informe Pericial Nro. JCZQ-IT-(i)-2014-653, se constata que
existen mercancías con un destino recomendado de SUBASTA, pero en virtud de tratarse de
mercancía con tecnología Obsoleta, de poco interés para llevar a cabo la Subasta y en
concordancia con el Artículo 13 de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha
06 de septiembre del 2013, que dispone: "...Las Direcciones Distritales podrán agrupar en
lotes para subasta, las mercancías respecto de las cuales nadie hubiere demostrado tener
derecho alguno, consistentes en artículos importados individualmente o en pequeñas
cantidades y de poco valor, como aquellos ingresados bajo regímenes de excepción, siempre
que éstas guarden relación entre sí por su funcionalidad y que la cuantía del lote justifique
económicamente el inicio de un proceso de subasta. Si esto no fuera posible, estas mercancías
serán destinadas a la adjudicación gratuita...", se dispone realizar la Convocatoria Pública
para Adjudicación Gratuita.
Que, con Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-0321-PV, de fecha 27 de enero de 2015,
firmada por quien suscribe, se realizó la CONVOCATORIA DE PRESENTACIÓN DE
REQUERIMIENTOS DE MERCANCÍAS dirigido a las entidades del sector público
(excepto empresas públicas) e instituciones privadas de asistencia social, beneficencia,
educación, e investigación sin fines de lucro, manifestándoles que habiendo transcurrido los
plazos, para que los interesados ejerzan los recursos que la ley le asiste, la situación legal de
las mercancías se encuentran en firme, por lo que ordena dar cumplimiento al Procedimiento
Previo establecido en el Art. 251 del Capítulo XII Subasta Pública, Adjudicación Gratuita, del
Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, siempre que se cumpla con lo
determinado en el Articulo 252 ibídem, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 203
del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Asimismo, se dé
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Codificación del Reglamento Para la
Aplicación de la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la Producción,
comercio e inversiones, expedida mediante la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE
de fecha 06 de septiembre de 2013, suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo Director General, misma que fue publicada otorgando un plazo de DIEZ (10) DÍAS
HÁBILES, que inició desde el día miércoles 28 de enero de 2015 hasta el día miércoles 11
de febrero de 2015, en el portal electrónico oficial del Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador www.aduana.gob.ec, en el Link
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http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_adjudica.jsp#,
Opción “Convocatoria a Requerimiento”.
Menú
“Distrito
Quito”
-
Que, con Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2015-0192-M, de fecha 12 de febrero de 2015,
suscrito por la Lcda. Renata Anabella Andrade Piedra - Jefe de Control de Zona Primaria (e),
se solicitó a la Dirección de Secretaría General UIO, lo siguiente: “…Por lo antes expuesto,
solicito a usted se sirva informar a nuestro Despacho si han recibido solicitudes de
REQUERIMIENTOS DE MERCANCÍAS PARA ADJUDICACIÓN GRATUITA, que guarde
relaci6n con la Convocatoria realizada mediante Providencia Nro.
SENAE-DDQ-2015-0321-PV, del 27 de enero de 2015, publicada en el portal electrónico
oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador www.aduana.gob.ec, el día martes 27 de
enero de 2015, en el Link http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_adjudica.jsp#, Menú
"Distrito Quito" - Opción "Convocatoria a Requerimiento", otorgando un plazo de diez (10)
días hábiles...”.
Que, con Memorando Nro. SENAE-DSGQ-2015-0107-M, de fecha 19 de febrero de 2015,
suscrito por la Ing. María Cristina Perugachi Mena – Jefa de Documentación y Archivo UIO,
manifiesta: “…al respecto, debo informar a usted, que verificada la información registrada
en el Sistema de Gestión Documental QUIPUX se obtuvo los siguientes resultados…”.
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FECHA DE
HORA NRO. INGRESO
INGRESO
29/01/2015
11:59SENAE-JDAR-2015-0359-E
30/01/2015
15:16SENAE-DSGQ-2015-0636-E
03/02/2015
14:42SENAE-DSGQ-2015-0674-E
03/02/2015
9:01SENAE-DSGG-2015-3077-E
04/02/2015
11:52SENAE-JDAR-2015-0437-E
04/02/2015
15:05SENAE-DSGQ-2015-0700-E
06/02/2015
9:49SENAE-DSGQ-2015-0732-E
06/02/2015
12:55SENAE-DSGQ-2015-0743-E
NRO. DE OFICIO ENTIDAD
300014-2015
FUNDEPRO
LOS NIÑOS Y
NIÑAS DE
JUANITA
013 CIBVCP-2015
(CIBV.
COMITÉ DEL
PUEBLO)
ALBERGUE
SAN JUAN DE
S/N
DIOS
FUNDACION
ES JUSTO Y
S/N
NECESARIO
FUNDACION
TIERRA
S/N
NUEVA
FUNDACION
OPERACIÓN
FOSE-010-15
SONRISA
FUNDACION
NUBIA
FNG-133
GALVAN
FUNDACION
005-2015-FUSO SEMILLAS
PARA EL ORO
BASE LEGAL:
Que, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, contiene el Libro V,
Titulo II de la Facilitación Aduanera para el Comercio de lo Sustantivo Aduanero, el mismo
que contempla, “...DISPOSICIONES TRANSITORIAS: UNDÉCIMA.- Los bienes y las
mercancías que se encuentren almacenados, bajo custodia de la Corporación Aduanera
Ecuatoriana o en bodegas alquiladas por ésta, por cualquier motivo, serán sometidas a un
proceso de inventario y avalúo por parte de la Institución, excepto si ya existe avalúo pericial
dentro del proceso judicial, caso en el cual éste será el avalúo del bien...”.
Que, el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en su Artículo 99, dispone:
“...Art. 99.- Mercancías de Prohibida Importación.- Serán las determinadas como tales por
el Consejo de Comercio Exterior, COMEX. (…) El Director Distrital del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador autorizará la destrucción de mercancías, (…) De existir mercancías no
susceptibles a adjudicación gratuita o subasta pública, estos bienes deberán destinarse a
destrucción, incluyendo la posibilidad de someterse a procesos de reciclaje…”.
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Que, la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de septiembre de 2013,
suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, , y reformada
mediante la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0449-RE, de fecha 17 de julio de 2014; la
cual contiene la Codificación del Reglamento para la Aplicación de la Disposición Transitoria
Undécima del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, señala:
“...Artículo 1.- Las mercancías que se encuentren bajo custodia de la administración
aduanera que hayan ingresado por cualquier motivo a bodegas del actual Servicio Nacional
de Aduana del Ecuador o de sus concesionarias, o se haya dispuesto su custodia en bodegas
alquiladas por esta, o hayan sido declaradas en abandono o decomiso hasta el 28 de
diciembre del 2010 deberán ser sometidas a un proceso de inventario y avalúo por parte de
cada una de las direcciones distritales en su respectiva jurisdicción. En caso de que ya exista
un avalúo pericial respecto de mercancías que se encuentran dentro de un proceso judicial,
este se considerará el avalúo del bien...”.
“...Artículo 4.- (…) Si nadie demostrare tener derecho sobre la mercancía, el Director
Distrital de la respectiva jurisdicción o su delegado, emitirá un acto administrativo tomando
la propiedad de la mercancía a nombre del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a
efectos de que ésta siga los procedimientos previstos en la presente resolución. Este acto
administrativo será publicado en la página web institucional, al menos durante veinte días
hábiles, sin que por ello se deba detener el procedimiento aplicable a la mercancía. En todo
caso, la disposición de las mercancías que realice el Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador, conforme la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones y el presente reglamento, no generará derecho alguno a
favor del administrado que no haya comparecido y justificado tal derecho dentro del término
previsto en el artículo precedente...”.
“...Artículo 6.- Para la aplicación del presente reglamento, se consideran como mercancías
no aptas para ser subastadas las siguientes: • Mercancías de prohibida importación. •
Mercancías que vulneren derechos de propiedad intelectual. • Mercancías no aptas para el
consumo humano. • Mercancías que carezcan de documentos de acompañamiento o de
soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio. (…) Las mercancías que
vulneren derechos de propiedad intelectual y las que carezcan de documentos de
acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, respecto
de las cuales nadie hubiese demostrado tener derecho alguno, serán puestas a disposición de
los organismos del sector público para su adjudicación gratuita, respetando las excepciones y
condiciones previstas en la presente resolución. Las mercancías de prohibida importación,
respecto de las cuales nadie hubiese demostrado tener derecho alguno, serán
obligatoriamente destruidas, con excepción de las prendas de vestir y de los vehículos que se
hallen en estado funcional. (…) Todas las mercancías que estén desprovistas de documentos
de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, podrán
ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades del sector público como instituciones
privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro. En
ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas
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directamente para el cumplimiento de sus fines (…)”.
"...Artículo 9.- En los procesos de adjudicación gratuita de mercancías se dará prioridad a
las entidades del sector público. Si ninguna entidad pública hiciere un requerimiento
justificado de acuerdo a sus fines institucionales, se considerarán los requerimientos
efectuados por entidades privadas de asistencia social, beneficencia, educación o
investigación sin fines de lucro que las requieran para el cumplimiento de sus fines, de
acuerdo a su objeto social...".
“...Artículo 11.- En el caso de que producto del inventario se determine la existencia de
prendas de vestir de prohibida importación, respecto de la cual nadie hubiese demostrado
derecho alguno en el término referido en el artículo 3 del presente reglamento, el Director
Distrital de la respectiva jurisdicción entregará las mismas al Ministerio encargado de la
política social del Estado a título de donación...”.
“...Artículo 13: Las Direcciones Distritales podrán agrupar en lotes para subasta, las
mercancías respecto de las cuales nadie hubiere demostrado tener derecho alguno,
consistentes en artículos importados individualmente o en pequeñas cantidades y de poco
valor, como aquellos ingresados bajo regímenes de excepción, siempre que éstas guarden
relación entre sí por su funcionalidad y que la cuantía del lote justifique económicamente el
inicio de un proceso de subasta. Si esto no fuera posible, estas mercancías serán destinadas a
la adjudicación gratuita...”.
“...Artículo 40.- La Dirección Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
correspondiente, sentará el acta mediante la cual adjudicará las mercancías de forma
gratuita…”.
Que, la Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0449-RE de fecha 17 de julio de 2014, suscrita
por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, sustituye el último inciso
del artículo 6 la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de Septiembre del
2013, suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, y en su parte
pertinente dispone: “...Todas las mercancías que estén desprovistas de documentos de
acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, podrán
ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades del sector público como instituciones
privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro. En
ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas
directamente para el cumplimiento de sus fines...”.
REQUERIMIENTOS INGRESADOS:
Que,
con
Oficio
Nro.
300014-2015,
ingresado
con
Documento
Nro.
SENAE-JDAR-2015-0359-E, de fecha 29 de enero de 2015, suscrito por la Srta. Tania
Cardona Fiallos, Presidenta y Representante Legal, de la Fundación Proyecto Fortaleza
(FUNDEPRO); manifiesta lo siguiente: “Con el propósito de continuar entregando ayudas a
las personas con discapacidad y sus familias en los lugares vulnerables, agradeceré a usted
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Ingeniero Servigón, adjudicarnos la mercadería contemplada en la Providencia Nro.
SENAE-DDQ-2015-0321-PV de 27 de enero de 2015”.
Que, con Oficio Nro. 013 CIBVCP-2015, ingresado con Documento Nro.
SENAE-DSGQ-2015-0636-E, de fecha 30 de enero de 2015, suscrito por la Sra. Rosa
Andrango, Representante Legal, del Comité de Desarrollo Infantil “Los Niños y Niñas de
Juanita”; manifiesta lo siguiente: “…solicito de manera especial, se adjudique a nuestra
organización la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-0321-PV publicada el 28 de enero de
2015 la misma que será de gran ayuda nuestra institución”.
Que, con Oficio Nro. S/N, ingresado con Documento Nro. SENAE-DSGG-2015-3077-E, de
fecha 03 de febrero de 2015, suscrito por el Sr. Antonio Lamota Ordoñez, Presidente, de la
Fundación es Justo y Necesario; manifiesta lo siguiente: “Por medio de la presente me dirijo a
Usted Ing. Andrés Esteban Servigón López con el fin de solicitarle muy comedidamente, se
considere a la “FUNDACIÓN ES JUSTO Y NECESARIO”, en el proceso de
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PRESENTACIÓN DE REQUERIMIENTO DE
MERCANCÍAS, convocado públicamente con la Providencia No.
SENAE-DDP-2015-0321-PV, de 27 de Enero del 2015…”.
Que, con Oficio Nro. S/N, ingresado con Documento Nro. SENAE-DSGQ-2015-0674-E, de
fecha 03 de febrero de 2015, suscrito por el Hno. Elías Diaz, Director General, del Albergue
San Juan de Dios; manifiesta lo siguiente: “El motivo de la presente es para solicitarle de la
manera más comedida poder acceder a las adjudicaciones gratuitas que se encuentran
publicadas en la Providencia SENAE-DDQ-2015-0321-PV…”.
Que, con Oficio Nro. S/N, ingresado con Documento Nro. SENAE-JDAR-2015-0437-E, de
fecha 04 de febrero de 2015, suscrito por la Msc. Gloria Dávila Cubillos, Directora Ejecutiva
de la Fundación Tierra Nueva; manifiesta lo siguiente: “Mediante la presente me permito
solicitar la adjudicación gratuita total de la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-0321-PV,
con fecha de emisión 27 de enero de 2015…”.
Que, con Oficio Nro. FOSE-010-2015, ingresado con Documento Nro.
SENAE-DSGQ-2015-0700-E, de fecha 04 de febrero de 2015, suscrito por el Dr. Francisco
E. Punina L., Director Ejecutivo de la Fundación Operación Sonrisa, manifiesta lo siguiente:
“Muy comedidamente nos permitimos solicitar a Usted, como auspiciantes permanentes, se
considere la posibilidad de obtener en donación los artículos que están publicados en la
Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-0321-PV de Quito, D.M., 27 de Enero de 2015 para su
adjudicación, estos artículos sería de mucha ayuda para ser entregadas a los padres y
pacientes en las distintas Misiones y Jornadas que FOSE realiza en todo el país”.
Que, con Oficio Nro. FNG-133, ingresado con Documento Nro.
SENAE-DSGQ-2015-0732-E, de fecha 06 de febrero de 2015, suscrito por la Srta. María
Isabel Oramas Galván, Representante Legal, de la Fundación Nubia Galván; manifiesta lo
siguiente: “…la presente tiene por finalidad solicitarle de manera muy respetuosa se
considere la posibilidad de obtener la donación de los artículos que están publicados en la
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Providencia Nº SENAE-DDQ-2015-0321-PV, para que nuestra organización siga
colaborando…”.
Que, con Oficio Nro. 005-2015-FUSO, ingresado con Documento Nro.
SENAE-DSGQ-2015-0743-E, de fecha 06 de febrero de 2015, suscrito por el Sr. Fernando
Aguilar Olmedo, Director Ejecutivo de la Fundación “Semillas para El Oro”; manifiesta lo
siguiente: “…hemos tenido acceso a la Convocatoria Pública de Requerimiento de
Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-0321-PV, de fecha 27 de enero de 2015, publicado el
28 de enero de 2015, mediante el presente me remito respetuosamente a su autoridad, para
solicitar el beneficio de adjudicación de la totalidad de mercadería mencionada…”.
COMPETENCIA:
En virtud de lo expuesto, la Dirección Distrital de Quito, en uso de las atribuciones
contempladas en el Art. 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
que dispone: “Art. 218.- Competencias de las Direcciones Distritales.- La servidora o el
servidor a cargo de las direcciones distritales tendrá las siguientes atribuciones: a. Cumplir y
hacer cumplir esta normativa, sus reglamentos, y demás normas relativas al Comercio
Exterior.”, i. Declarar el decomiso administrativo y aceptar el abandono expreso de las
mercancías y adjudicarlas cuando proceda, conforme lo previsto en este Código y su
reglamento, r. Las demás que establezca la ley, así como las que delegue la Directora o
Director General mediante resolución", en concordancia con lo establecido en el artículo 204
ibídem, que dispone: “...Art. 203.- De la Adjudicación Gratuita.- “(…) Las mercancías de
prohibida importación solo podrán donarse a instituciones públicas, siempre que sirvan
específicamente para las actividades institucionales, o destruirse (…)” y el articulo 252 del
Reglamento al Título II del Libro V del COPCI, que dispone: Adjudicación gratuita.- “(…)
Procede la adjudicación gratuita en los siguientes casos: b) Las mercancías de prohibida
importación únicamente a favor de instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente
para las actividades institucionales, o destruirse...”
RESUELVE:
PRIMERO: Autorizar la ADJUDICACIÓN GRATUITA, a favor de la Fundación Proyecto
Fortaleza (FUNDEPRO), a través de la Srta. Tania Cardona Fiallos, Presidenta y
Representante Legal; de las mercancías de la Disposición Transitoria Undécima, GRUPO 4,
81 BULTOS APROXIMADAMENTE – 1.750 UNIDADES CONSISTENTES ENTRE
CALZADO, TELEVISOR, JUGUETES, ETC., VALORADOS EN $27.511,07 –
BODEGAS DEL DESTACAMENTO YAHUARCOCHA; detalladas a continuación:
FECHA
ORDENCONSIGNATARIODE
ACTA DE APREHENSIÓN
LLEGADA
NRO.
DESCRIPCION MARCA
BULTOS
CONDICION
DESTINO
DEL
RECOMENDADO
PESO
ESTADO
VALORVALOR PARTIDA
PRODUCTO
CANT.BRUTO
OBSERVACIONES (ADJUDICACION,
(NUEVO,
UNIT. TOTAL ARANCELARIA
(BUENO,
SUBASTA,
(KG)
USADO)
REGULAR,
DESTRUCCION )
MALO )
Bulto 1 S/C
1
53
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
CALZADO
RELAXED
18,51
BUENO
NUEVO 7,99
423,47
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
9/16
Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
Bulto 1 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
RELAXED
52
17,51
BUENO
NUEVO 7,99
415,48
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
PUMA
37
22,53
BUENO
NUEVO 19,99
739,63
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
ADIDAS
31
GOOD YEAR
18,13
BUENO
NUEVO 7,99
247,69
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
UMBRO
66
33,67
BUENO
NUEVO 19,99
1319,34 6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
CONVERSE
7
6,97
BUENO
NUEVO 19,99
139,93
6403999000
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
AVIA
13
6,97
BUENO
NUEVO 19,99
259,87
6403999000
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
VARIAS
MARCAS
10
6,97
BUENO
NUEVO 7,99
79,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
L´COST
IMITACIÓN
23
6,97
BUENO
NUEVO 7,99
183,77
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 6 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
VARIAS
MARCAS
68
23,54
BUENO
NUEVO 7,99
543,32
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 7 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
ADIDAS
51
23,63
BUENO
NUEVO 19,99
1019,49 6403999000
Bulto 7 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
ADIDAS
28
17,14
BUENO
NUEVO 19,99
559,72
6403999000
Bulto 7 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
ADIDAS
28
17,37
BUENO
NUEVO 19,99
559,72
6403999000
Bulto 7 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
ADIDAS
27
16,19
BUENO
NUEVO 19,99
539,73
6403999000
Bulto 8 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
REEBOK
34
24,59
BUENO
NUEVO 19,99
679,66
6403999000
Bulto 8 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-008
1
CALZADO
REEBOK
34
22,81
BUENO
NUEVO 19,99
679,66
6403999000
Bulto 1 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
13
7,77
BUENO
NUEVO 19,99
259,87
6403999000
Bulto 1 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ZOOYORK
1
7,77
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 1 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
K-SWISS
17
7,77
BUENO
NUEVO 19,99
339,83
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
3
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
59,97
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
VANNS
1
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
1
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
10
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
199,9
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
1
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
3
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
59,97
6403999000
5
2,19
BUENO
NUEVO 7,99
39,95
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
IMITACIÓN
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
IMITACIÓN
3
2,19
BUENO
NUEVO 7,99
23,97
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
2
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
KELME
1
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
12
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
239,88
6403999000
Bulto 2 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
YOU NIKE
1
2,19
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
7
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
139,93
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
YOKON
2
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
DCSHOES
1
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NANHUI
SHOES
1
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
12
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
239,88
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
IMITACIÓN
6
2,62
BUENO
NUEVO 7,99
47,94
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
1
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
JINGYUE
1
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
12
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
239,88
6403999000
Bulto 3 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
JINGYUE
10
2,62
BUENO
NUEVO 19,99
199,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
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Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PIPPER
2
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
L-GILBERT
2
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
6
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
119,94
6403999000
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
HI-TEC
1
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
KLD
1
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
8
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
159,92
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NEW
BALANCE
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
K-WISS
2
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
SKECHERS
1
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
IMITACIÓN
3
1,77
BUENO
NUEVO 7,99
23,97
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
REEBOK
1
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
REEBOK
3
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
59,97
6403999000
Bulto 4 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
5
1,77
BUENO
NUEVO 19,99
99,95
6403999000
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
9
18,05
BUENO
NUEVO 19,99
179,91
6403999000
Bulto 5 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
SKECHERS
16
18,05
BUENO
NUEVO 19,99
319,84
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 6 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
IMITACION
40
22,19
BUENO
NUEVO 7,99
319,6
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 7 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
IMITACION
38
20,6
BUENO
NUEVO 7,99
303,62
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 8 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NANHUI
45
23,63
BUENO
NUEVO 19,99
899,55
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
GAMBINETTO2
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
299,85
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PRINCE STAR 1
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
DIESEL
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
119,94
6403999000
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
VAMICHRI´S 14
2,4
BUENO
NUEVO 7,99
111,86
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
KNUP
2
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
IMITACION
2
2,4
BUENO
NUEVO 7,99
15,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
1
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
1
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
19,99
6403999000
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
REEBOK
2
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
39,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 9 S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
4
2,4
BUENO
NUEVO 19,99
79,96
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
10
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
REEBOK
27
6,08
BUENO
NUEVO 19,99
539,73
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
10
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
MAINCO
1
6,08
BUENO
NUEVO 7,99
7,99
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
SKECHERS
4
6,08
BUENO
NUEVO 19,99
79,96
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
MINDU
5
6,08
BUENO
NUEVO 19,99
99,95
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
20
5,71
BUENO
NUEVO 19,99
399,8
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
10
5,71
BUENO
NUEVO 19,99
199,9
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
NIKE
7
5,71
BUENO
NUEVO 19,99
139,93
6403999000
Bulto
10
Bulto
10
Bulto
11
Bulto
11
Bulto
11
15
6
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
11/16
Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
Bulto
11
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
MICRO /
SEALAND
2
5,71
BUENO
NUEVO 4,99
9,98
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
12
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
SKECHERS
8
11,17
BUENO
NUEVO 19,99
159,92
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
12
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
PUMA
15
11,17
BUENO
NUEVO 19,99
299,85
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
12
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
GUIKE
15
11,17
BUENO
NUEVO 19,99
299,85
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
13
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ROLAXED
80
29,98
BUENO
NUEVO 7,99
639,2
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
14
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
VARIAS
MARCAS
50
21,72
BUENO
NUEVO 7,99
399,5
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
15
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
VARIAS
MARCAS
50
24,21
BUENO
NUEVO 7,99
399,5
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
38
24,64
BUENO
NUEVO 19,99
759,62
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
36
22,74
BUENO
NUEVO 19,99
719,64
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
ADIDAS
36
23,41
BUENO
NUEVO 19,99
719,64
6403999000
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
39
20,94
BUENO
NUEVO 19,99
779,61
6403999000
Bulto
16
Bulto
17
Bulto
18
Bulto
19
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
REQUIERE INEN
Y MIPRO
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN
Bulto
20
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
61
29,3
BUENO
NUEVO 19,99
1219,39 6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
21
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO
48
24,79
BUENO
NUEVO 19,99
959,52
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
22
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
UMBRO /
PUMA
48
25,35
BUENO
NUEVO 19,99
959,52
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
23
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
LCOST /
LACOSTE
4
5,12
BUENO
NUEVO 7,99
31,96
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
23
S/C
S/F
2010-SVAQ-OPE-DYH-010
1
CALZADO
K-SWISS /
VARIAS
MARCAS
11
5,12
BUENO
NUEVO 19,99
219,89
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 1 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0411
TELEVISOR
PLASMAS 50 LG
PULGADAS
1
27,88
REGULAR NUEVO 109,56 109,56
8528720090
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 1 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
14,11
BUENO
NUEVO 19,99
199,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 2 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
15,37
BUENO
NUEVO 19,99
199,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 3 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
13,18
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 3 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
13,18
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
12,79
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 4 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
12,79
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 5 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
12,81
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 5 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
12,81
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 6 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
ABRUZZO
10
11,13
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 6 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
ABRUZZO
10
11,13
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 6 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
ABRUZZO
10
11,13
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 7 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
13,66
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 7 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
13,66
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 8 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
10
6,98
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 8 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
WESTLAND
5
6,98
BUENO
NUEVO 14,99
74,95
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
12/16
Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
Bulto 8 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
PONTI
5
6,98
BUENO
NUEVO 14,99
74,95
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto 8 S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
PONTI
9
6,98
BUENO
NUEVO 14,99
134,91
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
10
S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
PONTI
7
4,58
BUENO
NUEVO 14,99
104,93
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
10
S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
PONTI
1
4,58
BUENO
NUEVO 14,99
14,99
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
Bulto
10
S/C
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-0471
CALZADO
PONTI
10
4,58
BUENO
NUEVO 14,99
149,9
6403999000
REQUIERE INEN
ADJUDICACIÓN
Y MIPRO
35
S/C
Bultos
S/F
SVAQ-DYH-OPE-AA-2010-08735
MOTO
PLASTICA DE _
NIÑO
35
116
BUENO
NUEVO 9,99
349,65
8712000000
_
TOTAL CANTIDADES:
1.750 1.200,73TOTAL FOB:
ADJUDICACIÓN
27.511,07
Mismas que se encuentran descritas en el Informe Nro. JCZQ-IT-(i)-2014-653, adjunto al
Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2014-1422-M, de fecha 22 de diciembre de 2014; en virtud
de la Disposición Transitoria Undécima del COPCI, Libro V, Titulo II de la Facilitación
Aduanera para el Comercio de lo Sustantivo Aduanero, Artículo 99 del Reglamento del
mismo cuerpo legal en concordancia con los Artículos 1, 4, 6 ,10, 12 y 43 de la Resolución
Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de septiembre de 2013, y reformada mediante
la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0449-RE, de fecha 17 de julio de 2014; que contiene
la Codificación del Reglamento para la Aplicación de la Disposición Transitoria Undécima del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.
SEGUNDO: Se otorga, a favor de la Fundación Proyecto Fortaleza (FUNDEPRO), a través
de la Srta. Tania Cardona Fiallos, Presidenta y Representante Legal, un plazo máximo de
quince días (15) hábiles para el retiro de las mercancías, según lo indicado en el Artículo 41 de
la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de Septiembre del 2013, suscrita
por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General.
TERCERO: Realizada la adjudicación gratuita conforme lo previsto en el Art. 203 del
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Director de Control de Zona
Primaria de la Dirección Distrital de Quito y/o su delegado, procederá a la entrega de la
mercancía antes descrita a favor de la Fundación Proyecto Fortaleza (FUNDEPRO), a través
de la Srta. Tania Cardona Fiallos, Presidenta y Representante Legal, y/o su Delegado (a),
suscribiendo para el efecto la respectiva acta de entrega y recepción en la que constará el
detalle de todas las mercancías objeto de la adjudicación gratuita materia del presente acto
administrativo.
CUARTO: Realizada la adjudicación gratuita, el delegado de la Dirección de Control de Zona
Primaria de la Dirección Distrital de Quito, en un plazo de 72 horas posteriores al
cumplimiento de la misma, deberá entregar a esta Dirección, el informe, fotografías y demás
documentos que la acrediten.
QUINTO: Es total responsabilidad de la Fundación Proyecto Fortaleza (FUNDEPRO), el uso
de las mercancías adjudicadas gratuitamente, amparadas en esta Resolución, teniendo en
cuenta que éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas
directamente para el cumplimiento de sus fines. Concluida la entrega de los bienes
adjudicados a favor de la Fundación Proyecto Fortaleza (FUNDEPRO), deberá remitir el
informe del destino de la mercancía adjudicada gratuitamente con las respectivas fotos.
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
13/16
Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
SEXTO: De la presente Resolución conozca: de la Fundación Proyecto Fortaleza
(FUNDEPRO); la Dirección General, la Subdirección General de Operaciones, la Dirección
Nacional de Capitales, la Dirección de Comunicación y Servicios Administrativos y la
Dirección de Comunicación de la Dirección General, la Dirección de Control de Zona
Primaria, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Distrital de Quito, del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador.- De la notificación referida en este numeral, encárguese la
Dirección de Secretaría General de la Dirección Distrital de Quito.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.
Dado y firmado en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Despacho de la Dirección
Distrital de Quito.
Documento firmado electrónicamente
Ing. Andrés Esteban Servigon López
DIRECTOR DISTRITAL QUITO
Referencias:
- SENAE-DDQ-2015-0321-PV
Anexos:
- 4. EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf
- 1. SENAE-DDQ-2014-1597-PV - PUBLICACIÓN MASIVA DERECHO DE PROPIEDAD.pdf
- 1.1 EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN.pdf
- 1.2 EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN.pdf
- 1.3 EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN.pdf
- 1.4 anexo_publicaciÓn_en_web_senae_-_quito ( Corregido).pdf
- 1.4 anexo_publicaciÓn_en_web_senae_-_quito ( Corregido).xls
- 1.5 anexo_publicaciÓn_en_web_senae_-_quito - FIRMADO.PDF
- 2. EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf
- 3. EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf
- 5. EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf
- 6. EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf
- 7. EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf
- 8. SENAE-DDQ-2014-1191-M - PREGUNTA A SECRETARIA Y JURIDICO.PDF
- 9. SENAE-DSGQ-2014-0534-M - RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
UIO.pdf
- 10. SENAE-DJJQ-2014-0743-M - RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN DE JURÍDICO.pdf
- 11. SENAE-JCZQ-2014-1077-M - RESPUESTA DE UVA A CONSULTA DE RECLAMO.pdf
- 12. SENAE-DDQ-2014-0583-RE - TOMA DE PROPIEDAD.PDF
- 13. SENAE-JCZQ-2014-1422-M - PERITAJE.pdf
- 13.1 JCZQ-IT-IT-(i)-2014-653 - INFORME DE PERITAJE.doc
- 13.1 JCZQ-IT-IT-(i)-2014-653 - INFORME DE PERITAJE.pdf
- 13.1 JCZQ-IT-IT-(i)-2014-653 - INFORME DE PERITAJE.xls
- 14. DESTINO MERCANCIAS.xls
- 15. SENAE-DDQ-2015-0321-PV - CONVOCATORIA DE REQUERIMIENTO.pdf
- 16. SENAE-JDAR-2015-0359-E - REQ. FUNDEPRO.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
14/16
Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
- 17. SENAE-DSGQ-2015-0636-E - REQ. LOS NIÑOS Y NIÑAS DE JUANITA.pdf
- 18. SENAE-DSGQ-2015-0674-E - REQ. ALBERGUE SAN JUAN DE DIOS.pdf
- 19. SENAE-DSGG-2015-3077-E - REQ. ES JUSTO Y NECESARIO.pdf
- 20. SENAE-JDAR-2015-0437-E - REQ. TIERRA NUEVA.pdf
- 21. SENAE-DSGQ-2015-0700-E - REQ. OPERACION SONRISA.pdf
- 22. SENAE-DSGQ-2015-0732-E - REQ. NUBIA GALVAN.pdf
- 23. SENAE-DSGQ-2015-0743-E - REQ. SEMILLAS PARA EL ORO.pdf
- 24. SENAE-JCZQ-2015-0192-M - CONSULTA A JURIDICO.pdf
- 25. SENAE-DSGQ-2015-0107-M - RESPUESTA SECRETARIA.pdf
Copia:
Señor Economista
Pedro Xavier Cárdenas Moncayo
Director General
Señorita Abogada
Amada Ingeborg Velásquez Jijon
Asesor 2
Economista
Fabián Arturo Soriano Idrovo
Subdirector General de Operaciones
Ingeniera
Grace Ivonne Rodríguez Barcos
Directora Nacional de Capitales y Servicios Administrativos
Señora Licenciada
Alexandra Maranet Gómez Paredes
Directora de Comunicación
Señor
Giovanny Marcelo Cordova Morales
Analista Informático 2
Señor Licenciado
Luis Alfonso Calero Escobar
Director (E) de la Dirección de Control Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito
Señor Ingeniero
Wilviar Hernán Solis Pozo
Director Zona 5
Señor Economista
Charito Del Cisne Diaz Sánchez
Directora de Secretaria General Quito
Señora Licenciada
Renata Anabella Andrade Piedra
Jefe de Procesos Aduaneros(E)
Señor Ingeniero
Xavier Olmedo Arias Sepulveda
Tecnico Operador Zona Primaria
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
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Resolución Nro. SENAE-DDQ-2015-0146-RE
Quito, D.M., 27 de febrero de 2015
xoas/lace
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
Dirección Distrital de Quito – Tababela, Centro Logístico de Carga/Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito (170904)
PBX: (02) 394-5830
* Documento generado por Quipux
www.aduana.gob.ec
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