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COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CANARIAS
LA FUENTE SANTA DE FUENCALIENTE (LA PALMA) En el periódico El Día del pasado jueves 19 de febrero, en su sección de La Palma, fue publicada una noticia, titulada “El Decano de los arquitectos intenta ‘colar’ su idea de la Fuente Santa” firmada por el periodista Víctor Martín en la que, a su vez, se vierten opiniones maliciosas del arquitecto D. Antonio Rocha, Director Insular de Ordenación del Territorio del Cabildo Insular de esa isla, sin fundamento ni justificación alguna, y utilizando injusta e indebidamente mi cargo institucional de Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias para dañar, a propósito, mi imagen y el de la institución que me honro representar. En este artículo y en las declaraciones que contiene no solo se cuestiona mi actuación como Decano del COAC, sino que se traspasa los límites de la responsabilidad que como político tiene el Sr. Rocha, según señala el artículo al sugerir (si no afirmar con claridad) mi directa implicación por oscuros intereses en lograr que no se cumplan los fines del Concurso del Balneario de la Fuente Santa convocado por el Cabildo Insular de La Palma. Ante el malestar general producido por la noticia en determinados círculos profesionales, las dudas que en consecuencia se pudieran haber originado, y en defensa de la institución que represento, me veo obligado a realizar las siguientes aclaraciones, con las que daré por zanjada una polémica innecesaria, suscitada arbitrariamente y con ánimo de perjudicar, basada en un problema inexistente, al menos desde el punto de vista de las actuaciones llevadas a cabo en este asunto por mí y por los arquitectos mencionados en la noticia, mis compañeros Angel Caro Cano y Justo Fernández Duque. Como podrán comprobar por la fecha, para la elaboración de esta nota he preferido esperar a que finalizara el plazo de presentación de propuestas del Concurso de la Fuente Santa, el pasado lunes día 23 de febrero, con la finalidad de no contaminar aún más la situación creada. Los hechos que a continuación relataré son incuestionables, totalmente documentados, y desvirtúan de manera absoluta las falsedades contenidas en el artículo referido y las opiniones del Sr. Rocha. 1.‐ En noviembre de 2011 el Cabildo de la Palma, a través del entonces Consejero de Política Territorial, D. Anselmo Pestana (actualmente Presidente de la corporación insular), me encomienda junto con los compañeros Caro Cano y Fernández Duque un trabajo de urbanismo sobre Criterios y Objetivos de Revisión Parcial del Plan Territorial Especial Turístico de La Palma (PTETLP), que tras numerosos y complicados trabajos, fue finalmente sometido a información de los catorce municipios de la isla, aprobándose continuar con su tramitación en Comisión de Urbanismo del Cabildo Insular en sesión del mes de octubre de 2013. En ese momento el Cabildo Insular optó por tratar el ámbito de la Fuente Santa de manera independiente a otras modificaciones del PTETLP, debido a su carácter estratégico como recurso turístico insular y por encontrarse situada en el corazón mismo de un Espacio Natural Protegido, con Normas de Conservación aprobadas y vigentes, que no permiten la implantación de equipamientos sin previamente adaptar el documento, además de afectar a un Hábitat de Interés Comunitario. 2.‐Fue tan solo dos meses después, en diciembre de 2013, presidido ya el Cabildo Insular por D. Anselmo Pestana y dirigida la Consejería de Política Territorial por D. Carlos Cabrera, cuando finalmente, y previo acuerdo de todos los partidos políticos presentes en el gobierno insular, se aprobó un documento específico de Criterios y Objetivos para la Revisión Parcial del Plan Insular de La Palma (PIOLP) en el ámbito de la Fuente Santa, redactado por los arquitectos Mañoso Valderrama, Caro Cano y Fernández Duque, en relación a las posibles alternativas para el establecimiento de un Balneario en La Fuente Santa. PLAZA ARQUITECTO ALBERTO SARTORIS, 1-2º - TFNO.: (+34) 822 010 223 – FAX: (+34) 922 242 014 – 38001 SANTA CRUZ DE TENERIFE – E-mail: [email protected]
LUIS DORESTE SILVA, 2-BAJO – TFNO.: (+34) 928 293 430 – FAX: (+34) 928 292 208 – 35004 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA – E-mail: [email protected]
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3.‐ Como resultado de lo anterior el Cabildo de la Palma, a través del actual Consejero de Política Territorial D. Carlos Cabrera, y con el asesoramiento de los profesionales contratados, llegó a una serie de conclusiones en las que se ponía de manifiesto la necesidad de aclarar el modelo de explotación de las instalaciones termales que se quería implantar; entre otras cosas se recomendaba realizar una serie de modificaciones de los vigentes instrumentos territoriales, y por último se aconsejaba, entre otros extremos, ACOMETER LA CONVOCATORIA DE UN CONCURSO DE ARQUITECTURA DEL BALNEARIO DE LA FUENTE SANTA. 4.‐ Con el fin de confirmar la viabilidad de estas conclusiones respecto del ámbito donde se ubicará el Balneario de la Fuente Santa ‐especialmente la necesaria modificación de instrumentos territoriales cuya aprobación dependía del Gobierno de Canarias, entre otros la utilización de la vía del art.47 TRLOTCA‐, por encargo del Consejero de Política Territorial del Cabildo, Sr. Cabrera, el 24 de junio de 2014 los arquitectos Caro Cano y Fernández Duque mantuvieron una reunión con el Director General de Ordenación del Territorio, siendo ésta la única a la que he asistido personalmente, cuyas conclusiones reflejaron la conveniencia y posibilidad de utilizar la vía del Art. 47 de la Ley del Suelo de Canarias, e incorporar la previsión de un Balneario en la redescubierta Fuente Santa dentro de la Ficha descriptiva del Monumento Natural de Los Volcanes de Teneguía, como así ha recogido finalmente la vigente Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de protección del territorio y de los recursos naturales, en su Disposición Adicional Decimoctava. De esta reunión y los trabajos hasta entonces realizados quedó constancia en Acta de la reunión que tuvo entrada en la Dirección General de Urbanismo, al día siguiente 25 de junio, y remitida copia al Cabildo Insular de La Palma. 5.‐ A partir de ese momento el Cabildo Insular de La Palma, con la colaboración de la Demarcación de Tenerife ‐La Gomera‐ El Hierro del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias, aprueba las Bases del Concurso Internacional de Proyectos con Intervención de Jurado para el Balneario de la Fuente Santa y la convoca el Concurso de todos conocido, en cuyos Pliegos de Prescripciones Técnicas se recogen algunos de los extremos contemplados en las conclusiones de nuestro trabajo, sin que en tales actuaciones hayamos participado ninguno de los profesionales en su día contratados. Es difícil entender la razón por la que en determinados foros, y recientemente en la prensa, se intenta presentar al Decano del COAC, como “manipulador en la sombra” para que el Proyecto de Balneario se adjudicase directamente, sin necesidad de otro proceso, cuando los hechos mencionados desmienten rotundamente esas falsas afirmaciones. Incluso llega a ponerse en duda los motivos de ausencia en este concurso, cuando legalmente el equipo profesional que realizó el trabajo previo al Concurso está incompatibilizado para participar. Con este breve relato espero hayan quedado aclaradas cuantas dudas puedan haber surgido, aunque sea de difícil reparación el daño causado a mi imagen profesional y, lo que es más grave, al cargo de Decano que con orgullo ostento en representación de todos los arquitectos canarios. En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de febrero de 2015 Joaquín Mañoso Valderrama Arquitecto y Urbanista Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias
PLAZA ARQUITECTO ALBERTO SARTORIS, 1-2º - TFNO.: (+34) 822 010 223 – FAX: (+34) 922 242 014 – 38001 SANTA CRUZ DE TENERIFE – E-mail: [email protected]
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