RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL “Recuperación de Terreno superficie de 8,5 Has Mediante Refulado Para el Desarrollo de Casas Quintas en la Isla San Francisco”, Finca No: Padrón No: Departamento: Superficie : 1752, 190, Central, 1.368 hectáreas, 6.739 m2, Ing. Javier Toñánez Ortíz Tel.: 0981-831908 Asunción – Paraguay Año - 2014 1 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL RIMA 1.- INTRODUCCIÓN La Institución encargada de regular la conservación, preservación del ambiente, es la Secretaria del Ambiente (SEAM), conforme a la Ley 1561; asimismo la Ley N° 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y su Decreto Reglamentario N° 453/13 y Decreto No. 954/13, Resolución SEAM No. 244, 245 y 246/13, y toda normativa emanada de la autoridad de aplicación de las mismas. La Firma ROBRA S.A., proponente del proyecto de “Recuperación de Terreno superficie de 8,5 Has Mediante Refulado Para el Desarrollo de Casas Quintas en la Isla San Francisco”, desea desarrollar dicho emprendimiento cuyo eje central será la calidad ambiental. La iniciativa tiene como objeto otorgar a los futuros habitantes del área la posibilidad de vivir dentro de un ambiente natural, rodeado por vegetación nativa. La conservación de las lagunas internas y humedales serán conservados en su totalidad, darle la sustentabilidad del desarrollo del proyecto. En la idea de paisaje no se piensa en preservar o conservar sino que en generar un nuevo paisaje inspirado y dependiente del original. Tal paisaje resulta de acciones como: Valoración del medio Convivencia con y respeto hacia el sitio Sustentabilidad Espíritu para generar un modo de desarrollo de mayor calidad, como consecuencia de un desarrollo acorde a la naturaleza. La Isla San Francisco, y el terreno cuenta con una superficie total de 1.370 Has, de las cuales el emprendimiento solamente afectará una Superficie de 8,5 Has. Un alto porcentaje del terreno total de la Isla se encuentra en cotas inundables; el objetivo es desarrollar aquellas zonas altas de la isla, potenciando esa superficie de 8,5 hectáreas en la primera etapa, para la construcción de Casas Quintas. Es importante recalcar que la Isla San Francisco, cuenta con título de propiedad, desde bastante tiempo, y fue transferida a su tercer dueño, 2 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 en este caso los Señores Federico Robinson y Margarita Kelly y estos transfirieron a la firma ROBRA S.A., que será la encargada y responsable de la ejecución del proyecto; se adjunta Título de propiedad en el anexo. 1.1.- ANTECEDENTES El presente RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL (RIMA) responde a un requerimiento de la Secretaria del Ambiente (SEAM), en las disposiciones previstas en la Ley No. 294/93 de “Evaluación e Impacto Ambiental”, Decreto Reglamentario No. 453/13 y su modificatoria Decreto No. 954/13, para posterior otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA); el citado proyecto, cuyo proponente es el Señor Federico Robinson, representante de ROBRA S.A. El área sujeta al presente estudio fue adquirida en el año 2009, y hasta la fecha no han sido desarrolladas actividades que requieran de evaluación ambiental correspondiente. Teniendo en cuenta las normativas vigentes que regulan las actividades de parcelar y desarrollar tipo inmuebles urbanos, para la construcción de Casas Quintas, instalaciones básicas de la planta de tratamiento, potabilización de agua y otras obras, con la intención de ejercer la menor presión posible sobre los recursos que se verán afectados, mitigando los impactos y compensando los mismos. La propiedad se halla ubicada en la Isla San Francisco, dentro del Distrito de Limpio, identificada como Finca No. 1752, Padrón No. 190, Departamento Central, que cuenta con una superficie total según título de propiedad de 1.368 hectáreas, 6.739 m2, pero el proyecto será desarrollado en una superficie de 8,5 Has. El Estudio de Impacto Ambiental preliminar (EIAp), incluye la descripción de las actividades de desarrollo que se ejecutarán así como el Plan de Gestión Ambiental a ser implementado a corto, mediano y largo plazo. El proyecto toma como base los proyectos hechos en zonas del mundo semejantes por las características de la geografía, como Estado de Florida y Carolina del Sur en Estados Unidos, y en Deltas de ríos importantes, emprendimientos que fueron premiados por sus acciones para preservar el medio ambiente. 3 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 En este caso el Rio Paraguay y el Riacho San Francisco como elementos fluviales y la propia Isla son el sentido de la urbanización. El modo y la materialización de las diferentes soluciones conformaran una imagen que sea referencial e inspiradora para los otros sectores del emprendimiento sobre tierra firme. No hay ningún proyecto similar en Paraguay en este momento, ya que el concepto es innovador, es crear una Isla dentro de una Isla. 1.2.- Objetivo • • • • • • • • • Implementar y desarrollar actividades ligadas al loteamiento, de un área de 8,5 hectáreas dentro de la Isla San Francisco. Manejar los cambios y transformaciones del medio ambiente en un grado tal que sea posible la apreciación y vivencia del paisaje original con su flora y fauna asociadas. Mantener evidentes y vivos a lo largo de las diversas transformaciones los rasgos del paisaje original, definido como “paisaje ribereño y de humedal”. Establecer una relación entre el paisaje original y el paisaje final como resultado de su integración en el diseño de las casas quinta, bajo la forma de corredores, frentes, lagunas, bolsones, ó elementos puestos en valor. Lograr que las improntas arquitectónicas, de infraestructura y nuevo paisaje no desnaturalicen y afecten excesivamente la expresión del paisaje original de sustento. Dotar al lugar de elementos paisajísticos y culturales propios de Asunción que aseguren su pertenencia a la misma y compartan su identidad. Atenuar los rasgos del paisaje actual que lo convierten o lo ofrecen como “poco amable ó difícilmente habitable” como la escasez de sombra, baja transitabilidad, etc. para conferirle un carácter más receptivo y apto para habitar en la apreciación del visitante. Asociar la idea de isla con el concepto de una relación más fuerte con un Rio que en la ciudad (Asunción) se encuentra contaminado y alejado de la cotidianeidad del habitante. Posicionar al emprendimiento como de vanguardia e innovación en el que la tecnología se refiere, es una herramienta aceptada sin prejuicios en tanto medio para posibilitar nuevas formas de uso y habitación; en un marco de preservación y sustentabilidad. Por ejemplo uso de aguas grises, energía hidráulica, eólica o solar. 4 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO • - ROBRA S.A. - Año 2014 Tender a un modelo de integración ambiental a través de: o Identificación, mapeo, comunicación y puesta en valor de los diferentes ecosistemas/ microambientes/ nichos de la isla. o Instalación de conciencia e implementación de 1 plan de educación ambiental. o Integración al equipo de proyecto de 1 biólogo para revisar los proyectos y mantener vigente la política ambiental adoptada. o Implementar prácticas ambientales sencillas (reciclado, separación de residuos, no contaminación, etc.) como parte del ideario del emprendimiento. o Mantener vivos signos propios de la idiosincracia y costumbres locales a través de los elementos culturales asociados a los mismos (patios, galerías, uso del espacio exterior, etc.) o Proponer un paisaje que sea el medio de un modo de vida contemporáneo y actual, con raíces en la cultura paraguaya pero, con una clara voluntad de mejorarse a si mismo en contenido y forma. 1.3.- Componentes Principales del Proyecto Los principales componentes del proyecto son: 1. Dragado. 2. Elevación de cada terreno en forma gradual de la cota 63 hasta la cota 65, zona de ubicación de las viviendas. 3. Planta de potabilización de agua y planta de distribución. 4. Planta de tratamiento de efluentes y red de desagüe. 5. Puesto de entrega de tensión eléctrica media, transformador a baja tensión y tendido eléctrico 6. Conservación, manejo y restauración de paisaje natural. 7. Sistema de combate de incendios 1.4.- Proyectos Asociados Hasta la fecha no existen proyectos asociados al mismo dentro del área de Impacto Directo, que es el resto de la Isla San Francisco. 1.5.- Proyectos Similares en la Zona El emprendimiento más cercano físicamente es quizás Surubi-i , que fue pionero en crear el concepto de vida de campo en la ciudad, respondiendo 5 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 a la necesidad de la gente de la ciudad que busca lugares tranquilos para vivir o pasar su fin de semana , relativamente cerca de sus actividades y rodeados de naturaleza. El desarrollo de la Firma ROBRA S.A. generará un destaque en la forma de manejar las condiciones naturales de la topografía y su ecosistema. Actualmente se desarrollan otras tierras para unidades habitacionales en tierras bajas pero el concepto será diferente, aunque manifiestan la tendencia del habitante de Asunción a cambiar de forma de vida. 2.- OBJETIVOS En el marco de la mencionada expresión, el alcance del ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Preliminar (EIAp), que se entrega en este documento técnico, se circunscribe a estudiar el área a ser utilizada con las actividades citadas, sus incidencias en el ambiente natural y las medidas de mitigación y compensación. 2.1.- Objetivos Específicos Realizar un Estudio de Impacto Ambiental Preliminar de las acciones del proyecto sobre las condiciones del ambiente, que permita: • • • • Identificar y estimar las alternativas posibles del medio ambiente local. Analizar las incidencias a corto, medio y largo plazo, de las actividades a ejecutarse en las diferentes etapas del proyecto a sobre los diferentes componentes del medio natural y socioeconómico. Identificar y definir las medidas de protección, corrección o mitigación de los diferentes tipos de impactos que podrían surgir con la implementación del proyecto. Elaborar un Plan de Gestión Ambiental 3.- AREA DE ESTUDIO 3.1.- Ubicación del Proyecto El proyecto se realizará en un área de 8,5 hectáreas de la Isla San Francisco, específicamente frente al Riacho San Francisco, dentro de una superficie mayor ya que la Isla cuenta con una superficie total de 1.368 hectáreas, 6.739 m2. 6 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 La Isla se halla ubicada en el Distrito de Limpio, extendiéndose desde la zona de Piquete Cue al noreste, hasta el extremo suroeste de la urbanización Surubi’i. El área a desarrollarse se encuentra ubicada en el extremo sur-este de la isla, cuya coordenada centrales son: S 25º 09’ 19.24’’ O 57º 31’ 15.79’’. 3.2.- Flora y Fauna Representativa: El área ha ser desarrollada se encuentra en zona urbana, de acuerdo al Decreto 983/2014, POR EL CUAL SE FIJAN LOS VALORES FISCALES INMOBILIARIOS ESTABLECIDOS POR EL SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO DEL MINISTERIO DE HACIENDA, CONFORME A LA LEY No 125/91 COMO BASE IMPONIBLE EN LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO INMOBILIARIO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014. Las 8,5 hectáreas se encuentran cubiertas por vegetación exótica, la especie predominante es la Brizantha sp. Es el área de la Isla que tuvo mayor cambio de su vegetación natural por la facilidad de llegar a ella, cruzando el Riacho San Francisco lo que provoca la constante presencia de vecinos de la ciudad de limpio, para establecer campamentos de pescadores, principalmente. En cuanto a la fauna presente, es aquella característica de zona urbana, como Zenaida auriculata, Leptotilaverreauxi, Guiraguira, Tupinambisspp, Cavia aperea, entre otras especies comunes de áreas impactadas. 4.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 4.1.- Tipo y Extensión de las Actividades Las actividades que serán desarrolladas en el área es a los efectos de lograr el loteamiento del terreno, con las provisiones básicas que se requerirán para la instalación de viviendas, las cuales serán principalmente de fin de semana. El componente más importante será la restauración de la vegetación principal, una vez implantadas todas las instalaciones de interés general. 4.1.1.- Uso Actual de la Tierra El área en sí es un campo abierto, ubicado en la Cota 63, y con las obras de recuperación de terreno para la construcción de Casas Quintas se 7 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 quiere llegar a la Cota 65, las especies nativas de gramíneas fueron invadidas por la especie de Bryzantha sp., algunos arbustos y matorrales. Cuadro No. 1 USO ACTUAL DE LA TIERRA SUPERFICIE USO ha. 8,5 Lugar Bajo y Plantación de Leucaena TOTAL % 100 8,5 has Cuadro No. 2 USO ALTERNATIVO DE LA TIERRA USO ÁREA A RECUPERAR PARA URBANIZAR TOTAL SUPERFICIE ha. % 8,5 100 8,5 has 4.1.2.- PROYECTO DE DESARROLLO Dragado del Río Paraguay y del Riacho San Francisco y elevación de los terrenos a la Cota 65 El proyecto consiste en el relleno hidráulico de una zona de la isla San Francisco con el objeto de elevar los terrenos a una cota no inundable para la construcción de un conjunto residencial, casas quintas. Glosario: • Hidro-mecanización (refulado): Conjunto de procesos que incluye la explotación, transporte y deposición de un suelo en un área predeterminada con auxilio de agua. • Rellenos hidráulicos: Aquellos rellenos construidos por medio del proceso de hidro-mecanización. • Hidromezcla: Mezcla de suelo y agua transportada y depositada en el sitio de deposición del relleno hidráulico. 8 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 • Diques o espaldones: Estructuras de suelo para resistir el empuje de las tierras o de las aguas. • Talud: Pendiente de los paramentos de los diques o espaldones, medidos en la relación horizontal (H) a vertical (V). • Piscina: Sector del recinto del relleno en el cual se recolecta la fracción de la hidromezcla, considerada no apta como material de relleno. • Sumidero: Elemento constructivo destinado a la evacuación del agua y materiales muy finos, sobrantes del refulado. • Recinto del relleno: Sitio limitado o no por espaldones, donde se deposita la hidromezcla. • Concentración de la hidromezcla (Cv): Relación entre el volumen de sólidos sedimentados y el volumen de agua sobre yacente a los mismos. Esta concentración deberá ser aproximadamente igual al 10%. • Compactación relativa: Define el estado de compactación de un suelo arenoso y está dado por la expresión. En rellenos hidráulicos, este valor debe ser igual o mayor a 50%. donde: = Peso específico aparente seco del relleno. nat donde W es el valor de la humedad (10% < w < d 15%) 1+w min = Peso específico aparente seco mínimo (arena suelta). max= Peso específico aparente seco máximo (arena densa). d Observación: En el caso de arenas homogéneas, basta definir en laboratorio los valores de min y max y calcular d para CR = 50% y en el sitio del relleno hidráulico controlar permanentemente el valor de d (d debe ser del orden de 1.5 tn/m3). • Permeabilidad del relleno hidráulico (k): Debe oscilar entre 10 –3 y 10 –2 cm/seg. 9 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 El valor ideal sería 10–2 cm/seg. Deberá ser verificado con ensayos de campo. Tipo de material de préstamo: • El material de préstamo para el área de relleno, provendrá, parte del fondo del Riacho San Francisco y parte del fondo del Río Paraguay o de los bancos del mismo. • También se verá la posibilidad de ejecutar el dragado directo desde las lagunas existentes en la isla. Construcción del relleno hidráulico: Trabajos preliminares: • Limpieza de la superficie del recinto a ser rellenado: No se considera recomendable la remoción de la maleza (pasto y vegetación baja) que recubre el área a ser rellenada por generar un efecto benéfico de cohesión. Se recomienda no obstante que los arbustos de más de un metro de altura, sean talados a ras de superficie o a nivel del pelo de agua, dependiendo de las condiciones en que se encuentre el río en el momento de la realización de la obra, extrayendo los gajos y ramas fuera del recinto a ser rellenado. Ejecución del relleno: • Lanzamiento de la hidromezcla: • Material de relleno: • Geometría de los Taludes: • Revestimiento de los taludes: 4.- Planta de potabilización de agua 4.3.- CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA PTA Caudal horario: 3.000 litros /h Producción de 12 horas: 36.000 litros Producción en 24 horas : 72.000 litros 10 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 FORMA DE OPERACION El sistema de producción de agua estará automatizado. El tanque de 40 m3 de agua potable tiene un medidor de nivel que arranca la operación de la PTA automáticamente. El operario alistará los reactivos químicos (hipoclorito de sodio, sulfato de aluminio, polímero) y verificar el desagüe de los barros hasta el lecho de secado diariamente. En los casos de que el agua del río sea de muy distinta calidad (crecidas) se modifica la dosificación del sulfato de aluminio y el hipoclorito de sodio. Todos los componentes electromecánicos están enclavados para un funcionamiento automático. El sistema hidroneumático mantiene presurizada las líneas de tuberías para las residencias. Un tanque de 40.000 litros mantiene una reserva de agua potable disponible en todo momento. El diseño apuesta a un manejo ambientalmente respetuoso, mediante un método de recuperación de los lodos químicos en un lecho de secado y posterior envío de las aguas filtrada hacia el Río San Francisco. Consumo Consumo Consumo Consumo energético: Potencia no mayor que 5 kW a 380 volts de Sulfato de Aluminio; 2,8 kg/día para 72.000 L/día de Hipoclorito de sodio al 8%: 3,6 Litros/día de Polímero líquido al 0,1%: 10 litros/día 4.3.1.- Planta de tratamiento de efluentes Método de Tratamiento de Aguas Sanitarias 4.3.2.- Componentes Serán montados los siguientes equipos a ser montados sobre las obras civiles terminadas : Bomba de impulsión de efluentes crudos Aireadores europeos de 2,2 kw( dos unidades) 11 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Sistema de distribución de aire por medio de membranas difusoras de epdm Sistema de evacuacion de liquido tratado por decantación con bomba Sistema de cloracion del efluente decantado para desinfección final Tablero electrico de control y comando con PLC para manejo automatico Interconexión hidráulica entre todas las unidades Manual de Operación y Mantenimiento Entrenamiento al personal de operación: Se realizara en una planta similar que ya se encuentra en operación por disponer de efluentes Limites de suministro Los siguientes componentes serán parte de la provisión: Cámara séptica y desengrasadores según topografía y diseño final arquitectónico: Tanque de hormigón paras la cámara de aireación Cámara de contacto de mampostería Lecho de secado de lodos Tubería de descarga final del efluente tratado al curso receptor 4.3.3.- Garantías de Operación Tendido eléctrico Paisajismo Combate de incendio 4.4.- SISTEMA CONSTRUCTIVO 4.5.- SISTEMA HIDRAULICO: La reserva contra incendio permite alimentar por un tiempo prácticamente indefinido la red de hidrantes asumiendo el uso simultáneo de dos bocas de incendio (de 250 l/min c/u). La presurización del sistema contra incendio para las Bies se hará mediante el uso de una bomba centrífuga eléctrica de 20 HP y como backup una de motor Diesel de 40 HP, ambas de arranque automático instalada en la sala de bombas, de manera a garantizar una presión mínima recomendada por las normas de 42 mca en la boca de incendio más alejada del reservorio. El accionamiento de las bombas principales se 12 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 hará mediante una bomba hidroneumática de 1,5 HP que actuará como presóstato de arranque de la bomba principal. La tubería de impulsión del reservorio al sistema contra incendio para ambos sistemas será de PVC Soldable de PN 20, de 110mm, para 10 Kg/cm2 de presión nominal, y las tuberías secundarias serán de 3" y de 21/2". Todas las tuberías enterradas serán de PVC soldable, y las tuberías exteriores serán de Acero Galvanizado. La bomba estará diseñada para bombear un caudal de 8.33 l/s (500 l/min) y con una altura manométrica de 72 mca, y la bomba Jockey, un caudal de 15 l/min a una altura manométrica de 70mca. MATERIAL DE LAS TUBERÍAS. Las BIE de cada local serán señalizadas y despejadas de cualquier objeto en una distancia radial de 1m2 en su frente debiendo ser de fácil accesibilidad en caso de mucho movimiento a su alrededor. SISTEMA ELECTRÓNICO 4.7.- PLAN DE EMERGENCIA Una vez accionado los sensores o los pulsadores manuales, sonarán las sirenas ubicadas en los sitios afectados, acto seguido, el portero, guardia o personal de servicio de la urbanización debidamente adiestrado verificará la situación, procediendo inmediatamente a la evacuación segura de las personas de los diferentes sectores de la urbanización utilizando las vías de escape, iniciando la evacuación por el sector afectado y luego por los demás sectores y dando aviso inmediato a las unidades especializadas de Bomberos y Paramédicos. Seguidamente se procede a los primeros trabajos tendientes a la sofocación del siniestro, conforme a lo establecido por el manual de procedimientos, utilizando los elementos y equipos de extinción y combate del fuego tales como las BIE, los extintores de polvo químico, de CO2, etc. Tanto los guardias o porteros de la Urbanización deberán tener acceso al teclado del PCC para poder visualizar y realizar los procedimientos establecidos en el Plan. 13 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Se dará especial importancia al conocimiento de los materiales combustibles del lugar y los firepoint( o puntos de ataque) de cada material, la carga combustible del sitio, su agente extintor a utilizar en cada caso y la forma del ataque (combate). ENTRENAMIENTO:El personal fijo de la Urbanización tendrá un entrenamiento en las siguientes técnicas de prevención y combate del fuego. 1. Técnicas de Evacuación de las personas. 2. Química del fuego 3. Táctica y técnica del combate al fuego 4. Puntos de Ataque de los materiales 5. Simulacros de incendios 6. Sicología del pánico 7. Conocimiento de los extintores y su aplicación 8. Tecnológica hidráulica, tipos de chorros, ataques, profundidad, cobertura, etc. 9. Orígenes y causas de los incendios 10. Posibles focos a combatir 11. Propagación del fuego 12. Eliminación de desechos 13. Técnicas de combate, por sofocación, enfriamiento, desparramamiento, etc. 14. Plan de alarma 15. Plan de extinción 16. Sistema de manejo con gases tóxicos, máscaras purificadoras de aire. Se desarrollarán clases teórico-prácticas de lucha contra el fuego, conocimiento de los materiales combustibles, del lugar y los puntos de ataque de cada material, la carga combustible del sitio, su agente extintor a utilizar en cada caso y la forma del ataque (combate). El adiestramiento deberá desarrollarse anualmente, dejando constancia escrita de las pruebas para control de las instituciones pertinentes, para constatar el personal instruido. Los simulacros de incendios y de evacuación se llevarán a cabo cada fin de adiestramiento, las personas que trabajan en la Urbanización, estarán adiestradas a combatir el fuego desde su sitio de ocupación. 14 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Las clases se desarrollarán con láminas de los planos del local, con estudios de las vías de evacuación, forma y posibilidad de propagación del fuego, evacuación de los materiales, gases, humos y objetos combustibles del lugar del siniestro, rosas de los vientos externos, práctica de contención y sofocación del fuego o elemento en llama. Estudio de los elementos de extinción y protección que cuenta el local y los que serán incorporados. Se enseñará a las personas la forma y el lugar donde el fuego es más sensible para su sofocación o extinción. Dirección del chorro del extintor, como de los BIE en forma correcta (estudio del chorro pleno y de spray). Los Guardias y Personal Fijo de la Urbanización estarán formados en brigadas disciplinadas teniendo como metodología la cooperación del equipo. La función principal de la brigada será la evacuación del local en el menor tiempo posible, y la sofocación del siniestro evitando en todo caso la propagación del fuego y trabajando en espera de la llegada de los bomberos a quienes entregarán todos los elementos del combate y cooperarán con ellos de cerca en la lucha coordinada del siniestro, en función de equipo. Las duraciones de las charlas y adiestramiento podrá acortarse o alargarse según los criterios del profesional de seguridad industrial que la dicte, que deberá ser profesional del ramo, para evitar pérdidas de vidas humanas y posibles siniestros por prácticas indebidas. Las pruebas serán practicadas con un test de evaluación que deberá dejar constancia para el control de las mismas personas adiestradas por los organismos correspondientes. Las bocas de incendio equipadas y los extintores deberán ser verificados semanalmente y en caso de falla se notificará inmediatamente al profesional constructor o casa comercial de seguridad industrial responsable para su reparación. 4.10.- Actividades requeridas en el Sitio - VIAS DE ACCESO Y COMUNICACIÓN. - LUGAR DE AMARRADERO DE EMBARCACIONES. - CAMINOS INTERNOS. 15 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 - FACILIDADES PARA LA CONEXIÓN A LA CORRIENTE ELECTRICA. - CAÑERIAS PARA EL TRATAMIENTO DE EFLUENTES CLOCALES Y TRANSPORTE DEL AGUA POTABLE PARA CONSUMO. - DETERMINAR SI SERÁ AMARRADERO FLOTANTE O MUELLES. - REQUERIMIENTO DE GAVIONES DE PIEDRA BRUTA Y ALAMBRES. 5.- DESCRIPCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 5.1. Topografia El área es una llanura sedimentaria plana; relieve clasificado como extremadamente plano, sin colinas ni inundaciones del terreno, la curva de nivel es de 60 msnm. Debido al poco declive y relieve regular, el agua de lluvia se junta en muchas partes en bajadas sediméntales con diámetros de varios kilómetros. La mayoría de estas acumulaciones de agua se evaporan en el transcurso de la época seca. 5.2. Suelo El área está ubicada en áreas de manifestación del grupo Asunción, unidad litoestratigráfica que constituye el relleno de sem-graben de Asunción, que se extiende entre Cerrito – Villeta. 5.4. Medio Biológico La Isla San Francisco, se encuentra en la Ecorregión Litoral Central, según lo establece la Resolución Secretaría del Ambiente 614/2013. La Ecorregión Litoral Central tiene una superficie de 26.310 km2, y abarca porciones de los departamentos de San Pedro, Cordillera y Central. Las comunidades que comprenden son lagunas, bañados, ríos, arroyos, nacientes de agua, bosques medios y bajos, así como sabanas. 16 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 5.4.1.- Flora En cuanto a las 8,5 hectáreas la vegetación predominante es el pastizal exótico, dominante por la especie Bryzantha sp., y lugares bajos inundables, durante la mayor parte del año. No se tiene información de que exista en la Isla algún ave migratoria de interés, o algún elemento biológico de interés, por lo que se considera que no es necesario hacer una evaluación Ecológica rápida, ni agregar ningún componente especial dentro de las Medidas de Mitigación. 5.4.2.- Fauna 5.4.2.1 Avifauna En el área donde se desarrollará el proyecto, se han identificado especies características de zonas con alto impacto antropogénico, como palomas, torcazas, loros. En toda la isla se han registrado 175 especies de aves, que representan a varias regiones ornitológicas del país, principalmente por la posición geográfica de la Isla, en una zona casi ecotonal. Especies de aves registradas representantes del Chaco, serían: el Phacellodomusruber (Espinero grande) y el Piculuschrysochloros (Ypekûrupakâ o Carpintero dorado). Especies que pueden encontrarse en las sabanas o bosque o arboledas son el Lepidocolaptesangustirostris (Chinchero chico) y la Polioptiladumicola (Tacuarita azul). Especies como el Rynchopsniger (rayador) y Phalacrocoraxbrasilianus (mbigua), son típicas de ambientes acuáticos. De mención especial es el tucán grande o Ramphastos toco que habita bosques, campos cerrados y sabanas. La mayoría de las aves observadas se pueden clasificar como generalista y bien adaptable a interferencias humanas (79,5% de las especies poseen baja sensibilidad) y son independientes (56,8%) o semi dependientes (35,2%) del habita forestal. Entre la mastofauna se registraron 10 especies, mediante observación directa o por medio de entrevistas, algunas de ellas son Aguara pope, Aguara’i, Guazu Vira, Carpincho, Mono Aullador, entre otros. 17 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Entre la herpetofauna se citan especies como Jarara (Bothropsspp.), Bufo paracnemis, Teju guazú (Tupinambismerianae) 5.5.- Medio Socio Económico Etnias y Comunidades Indígenas Dentro de la Isla San Francisco, no existen asentamientos humanos, ni indígenas ni campesinos, la propiedad es privada, eventualmente recibe visitas de pescadores, quienes acceden a las lagunas para extracción de carnadas. 5.6 Uso y Tenencia de la Tierra en el Área de Influencia del Proyecto La Isla es de propiedad privada, titulada desde hace bastante tiempo, y transferida a su propietario en el año 2009, se adjunta toda la documentación respaldatoria de la tenencia de la propiedad. El área inmediata de influencia del proyecto es el Complejo Habitacional Surubi’i. 6.- CONSIDERACIONES LEGISLATIVAS Y NORMATIVAS Actualmente son numerosos los diferentes cuerpos legales que se hallan vigentes en el país y que contienen normativas susceptibles de afectar directa o indirectamente al ambiente. En lo referente al proyecto, las Leyes ambientales nacionales más importante se refieren a la Ley Nº 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental, la Ley 422/73 Forestal y la Ley Nº 836/80 del Código Sanitario. La Ley 294/93 declara la obligatoriedad de la Evaluación de Impacto Ambiental de todo proyecto que implique una modificación del medio ambiente, afectando la calidad de vida, la biodiversidad, la calidad o cantidad de los recursos naturales o ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad, los hábitos y costumbres y el patrimonio cultural o los medios de vida legítimos. En cumplimiento a la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario No. 14.281/96, la Empresa Agropecuaria San Ramón, ha presentado el Informe de Renovación de la Licencia Ambiental a la SEAM, el cual fue aprobado por Resolución No. 2081/2010, y con el Informe de 18 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Renovación se concedió la Renovación de la Licencia Ambiental del Proyecto “IMPLANTACIÓN DE PASTURA Y LIMPIEZA PARA USO GANADERO”. El Art.2º de la Resolución Nº 2081/2010 dice: Otorgar la Licencia Ambiental condicionada por 2 (dos) años de plazo, sujeto al cumplimiento de las Medidas de Mitigación y Plan de Monitoreo; y cualquier otra medida tendiente a minimizar el impacto sobre el medio ambiente (agua-aire-suelo y el medio biótico). 6.1.- Instituciones Relacionadas al Proyecto Las Instituciones que guardan relación con la Industria son: La Secretaría del Ambiente (SEAM) que sustituye a la Dirección de Ordenamiento Ambiental - DOA, es la institución encargada del cumplimiento de la Ley Nº 294/93 (reglamentada por el Decreto Nº 453/13 y su ampliación 954/13, Resolución SEAM N° 246/13. Tanto la gestión ambiental y el ordenamiento ambiental del territorio nacional están a cargo de esta institución. Institución establecida por la Ley Nº 1.561/2.000 “Que Crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente (SEAM)” y reglamentada por el Decreto Reglamentario Nº 10.579/00. En dicho decreto reglamentario, el Artículo Nº 2 establece que la Autoridad de Aplicación del mismo es la Secretaría Ambiental (SEAM), que puede delegar sus funciones conforme lo establecido en el Artículo Nº 13 de la Ley Nº 1.561/2.000. El Servicio Forestal Nacional (SFN), dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Institución encargada de la administración de la Ley 422/73 Forestal Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA) dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, está encargado del control de la contaminación del agua, el aire y el suelo. SENASA fue creada por la Ley Nº 369/72. Su campo de acción es todo el territorio nacional y principalmente aquellas localidades con población inferior a 4.000 habitantes. 19 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT), institución encargada de lo relacionado a empleados y empleadores para actividades diversas en el país. Ministerio de Hacienda (MH), fiscaliza el sistema arancelario e impositivo que regula el movimiento de cargas, tanto de exportación como de importación. Lo realiza por medio de la Administración General de Aduanas. El Instituto de Previsión Social (IPS), al cual está asegurado el personal de la planta industrial, de modo a contar con asistencia médica según sea necesario. Municipalidad de Limpio, como institución encargada del cumplimiento de las ordenanzas relacionadas con las actividades industriales, así como del ordenamiento urbano. Gobernación del Departamento Central, como institución encargada del cumplimiento de la política departamental. 6.2.- Leyes Relacionadas al Proyecto El Marco Legal considerado en el presente trabajo es el siguiente: La Constitución Nacional de la República del Paraguay, sancionada el 20 de junio del año 1.992, trae implícita por primera vez en la historia lo referente a la Persona y el derecho a vivir en un ambiente saludable. Es así que en el Capítulo I “De la Vida y Del Ambiente”, en la Sección I “De la Vida”: • Artículo 6.De la Calidad de Vida. El Estado también fomentará la investigación sobre los factores de la población y sus vínculos con el desarrollo económico social, con la preservación del ambiente y con la calidad de vida de los habitantes. En la Sección II “Del Ambiente”: • Artículo 7. Del Ambiente a un Ambiente Saludable, establece: Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la recomposición y el mejoramiento del Ambiente, así como su conciliación con el desarrollo humano integral. Estos propósitos orientarán la legislación y la política gubernamental pertinente. 20 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO • - ROBRA S.A. - Año 2014 Artículo 8. De la Protección Ambiental. Las actividades susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por la Ley. Asimismo ésta podrá restringir o prohibir aquellas que califique peligrosas. Se prohíbe la fabricación, el montaje, la importación, la comercialización, la posesión o el uso de armas nucleares, químicas y biológicas, así como la introducción al país de residuos tóxicos. La Ley podrá extender esta prohibición a otros elementos peligrosos; asimismo regulará el tráfico de recursos genéticos y de su tecnología, precautelando los intereses nacionales. El delito ecológico será definido y sancionado por la Ley. Todo daño al ambiente importará la obligación de recomponer e indemnizar. Ley Nº 1.561/2.000 “Que Crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente (SEAM)” en sus artículos Nº 1 y 2, fija las normas generales que regularán la elaboración, normalización, coordinación, ejecución y fiscalización de la política y ambiente nacional. En su artículo Nº 12, Inciso N, que promueve el control y la fiscalización de las actividades tendientes a la explotación de los Recursos Naturales, autoriza el uso sustentable de los mismos y la mejora de la calidad ambiental. Así mismo en su artículo Nº 14, se constituye en la autoridad de aplicación de la Ley Nº 294 /93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y su respectivo Decreto Reglamentario Nº 14.281/96. Esta Ley en su Capítulo IV en el Artículo Nº 23, establece a la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCARN), como división competente en las actividades y proyectos de evaluación de impacto ambiental. Para la correcta implementación, seguimiento y concreción de los objetivos propuestos en la citada normativa jurídica en cuestión, que en sus Artículos Nº 27, 28, 32, 33, 34, 35 y 38, establecen la obligatoriedad de la reglamentación de la Ley Nº 1561/00, se origina el Decreto Reglamentario Nº 10.579/00. En dicho decreto reglamentario, el Artículo Nº 2 establece que la Autoridad de Aplicación del mismo es la Secretaría Ambiental (SEAM), 21 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 que puede delegar sus funciones conforme lo establecido en el Artículo Nº 13 de la Ley Nº 1.561/00. El Decreto Reglamentario Nº 10.579/00, consta de 49 artículos, en 6 divisiones (5 Títulos y una división de Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de los Plazos). En el Articulo Nº 11, Capítulo I “Conformación del Sistema”, Título III “Del Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM)”, establece como entidades al Consejo Nacional del Ambiente y a la Secretaría Ambiental. A continuación en el Artículo Nº 14 “El Consejo Nacional Ambiental – CONAM – estará integrada por: a) El Secretario Ejecutivo de la SEAM, quien será su Presidente...” En el Título IV “De la Autoridad de Aplicación”, Capítulo I “De la Secretaría del Ambiente” se establece que la Autoridad de Aplicación reglamentará por resolución el funcionamiento y la estructura administrativa de la SEAM sobre la base del Artículo Nº 20 de la Ley Nº 1.561/00. A su vez en el Artículo Nº 36, habla que para la concreción de los planes y programas ambientales, la autoridad de aplicación promoverá la descentralización de las funciones que le confiere esta ley, implementándose este según el Artículo Nº 160 de la Constitución Nacional. Ley Nº. 716/95: Que Sanciona Delitos Contra el Medio Ambiente, Protege al medio ambiente y la calidad de vida contra cualquiera que ordene, ejecute, o por medio de su poder autorice actividades que amenace el equilibrio del sistema económico, el sostén de los recursos naturales o de la calidad de vida. Establece diferentes sanciones para los que dañen el ambiente en los siguientes artículos: • Artículo 5º: Serán sancionadas con penitenciaría de uno a cinco años y multa de 500 jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas: a) Los que destruyen las especies de animales silvestres en vías de extinción y los que trafiquen o comercialicen ilegalmente los mismos, sus partes o productos; b) Los que introduzcan al país o comercialicen con especies o plagas bajo restricción fitosanitario o faciliten los medios de transporte o depósitos; c) Los que empleen datos falsos o adulteren los datos verdaderos en estudios y evaluaciones de impacto ambiental o en los procesos destinados a la fijación de estándares oficiales; y d) Los que eluden las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las 22 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 mismas. En sus artículos 7º y 8º hace referencia a la contaminación de la atmósfera y de los cursos de agua respectivamente. Ley N0 422/73: Establece normas que rigen la política forestal en los siguientes artículos: • Artículo 23: Prohíbanse las devastaciones de bosques y tierras forestales como así mismo la utilización irracional de los productos forestales. • Artículo 24: El aprovechamiento de los bosques se iniciará previa autorización del Servicio Forestal Nacional, a cuyo efecto se presentara la solicitud respectiva acompañada del Plan de Trabajo correspondiente, la solicitud respondida dentro del plazo de sesenta días. Resolución N0 001/94 del Servicio Forestal Nacional. Por la cual se establecen normas para la protección de los bosques naturales de producción. • Artículo 10: Establécese que el 25% de bosques naturales, a que hace referencia el Artículo 110 del Decreto N0 18. 831 / 86, deberá estar conformado por una masa boscosa continua y compacta. Dicha masa forestal podrá ser manejada para fines de producción. Resolución N0 76/92. Reglamenta la elaboración de los planes de aprovechamiento y manejo forestal y establece los límites de extensión boscosa para la elaboración de planes de ordenamiento forestal. Decreto Nº 18.831/86. Por el cual se establecen normas de protección del medio ambiente. • Artículo 3: A los efectos de la protección de ríos, arroyos, nacientes y lagos se deberán dejar una franja de bosque protector de por lo menos 100 (cien) metros a ambas márgenes de los mismos, franja que podrá incrementarse de acuerdo al ancho e importancia de dicho curso de agua. • Artículo 4: Queda prohibido verter en las aguas, directa e indirectamente, todo tipo de residuos, sustancias, materiales o elementos sólidos, líquidos o gaseosos o combinaciones de estos, que pueda degradar o contaminar las aguas o los suelos adyacentes, causando daño o poniendo en peligro la salud o vida humana, la flora, 23 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 la fauna, o comprometiendo su empleo en explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o su aprovechamiento para diversos usos. • Artículo 5: Prohíbase el desmonte en terreno con pendientes mayores de 15 %. En terrenos con pendientes menores al 15 % se hará prácticas de conservación de suelo. • Artículo 6: Prohíbase los desmontes sin solución de continuidad en superficies mayores de 100 (cien) hectáreas, debiendo dejarse entre parcelas, franjas bosque de 100 (cien) metros de ancho como mínimo. • Artículo 8: Prohíbe realizar desmontes en lugares adyacentes a carreteras y otras vías de comunicación, con pendientes, para fines agrícolas y ganaderas. • Artículo 11: Señala que toda propiedad rural de más de 20 ha, en zonas forestales deberán mantener como mínimo el 25% de su área de bosques naturales y en caso de no tener este porcentaje mínimo, el propietario deberá reforestar una superficie equivalente al 5% de la superficie del predio. Resolución N0 157/99. Establece la obligatoriedad de la presentación del dictamen o de la declaración de impacto ambiental de todo emprendimiento de carácter forestal para la aprobación de los estudios técnicos sometidos a consideración y para su aprobación por parte del Servicio Forestal Nacional. Ley N0 1.160/97: Código Penal de la República del Paraguay. Establece en el Titulo III, Capitulo 1 Artículos, 197 a los 202 hechos punibles contra las bases naturales de la vida humana. Ley N° 836/80: Código Sanitario, define al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) como la institución encargada del cumplimiento de las disposiciones de contaminantes del aire, del agua y del suelo, además reglamenta que el MSPBS está facultado para establecer las normas a que deben ajustarse las actividades laborales, industriales, comerciales y de transporte, para promover programas encaminados a la prevención y control de la contaminación y polución ambiental, para disponer medidas de preservación y para realizar controles periódicos del medio a fin de detectar el eventual deterioro de la atmósfera, el suelo, las aguas y los alimentos. • Articulo 75: Quien dañe u obstruyere los sistemas de abastecimiento público de agua, será pasible de las sanciones 24 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO • • - ROBRA S.A. - Año 2014 previstas en el presente Código, sin perjuicio de las establecidas por el Código Penal. Articulo 80: Se prohíbe descargar aguas servidas o negras en sitios públicos, de transito o de recreo. Artículo 83: Se prohíbe arrojar en las aguas de uso doméstico y de aprovechamiento industrial, agrícola o recreativo, sustancias que produzcan su contaminación o polución y que puedan perjudicar, de cualquier modo, la salud del hombre y de los animales. Ley Nº 1.160/97: Código Penal Establece en el Título III, Capítulo I, Artículos 197 al 202 hechos punibles contra las bases naturales de la vida humana. • Artículo 197 que establece penas para quien indebidamente ensuciara o alterara las cualidades del agua mediante el derrame de petróleo o sus derivados. • Artículo 198 que establece penas parta quien indebidamente produjera la contaminación del aire vinculada con una actividad comercial. Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario Nº 453/13 y Decreto No. 954/13 por el cual se reglamenta la misma. Ley Nº 369/72, crea el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA) que tendrá a su cargo el control de las aguas subterráneas y de superficie tanto de dominio público como privado. Ley Nº 1.100/97 de la prevención de la polución sonora, Artículos 1, 2, 5, 7, 9 y 10, estos últimos establecen los niveles máximos permisibles de ruidos. Ley No. 3239/07 de Los Recursos Hídricos del Paraguay. 25 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 7.- DETERMINACIÓN DE LOS POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO Ejemplo de planilla de registro de eventos generadores de impacto ambiental para la etapa de construcción PROBABLES IMPACTOS CORRESPONDEN 26 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO EVENTO - ROBRA S.A. - Año 2014 Observaciones A. APERTURA Y NIVELACION DE PISTA Y ACCESOS A1. Destrucción de patrimonio arqueológico A2. Destrucción de patrimonio paleontológico A3. Destrucción de árboles con DAP ≥ 50 cm A4. Destrucción de otros árboles/arbustos protegidos A5. Destrucción de infraestructura humana superficial A6. Destrucción de infraestructura humana enterrada A7. Desmoronamiento de laderas A8. Generación de procesos erosivos A9. Generación de un ancho de picada mayor a lo establecido esta Norma A10. Cantidad de voladuras superior a la permitida A11. Frecuencia de voladuras superior a la permitida A12. Ubicación de voladuras en sitios no habilitados A13. Generación de vibraciones de intensidad mayor a lo permitido A14. Generación de ruido con niveles mayores a los permitidos A15. Generación de ruido A16. Remoción innecesaria de suelo (mayor a xx m3 / km de camino de acceso) A17. Desmoronamiento de taludes inducido por obras en pendientes mayor a x% A18. Trazado de picada en pendientes mayor al x % A19. Mala implementación de sistemas de drenajes A20. Alteración de líneas de drenajes naturales A21. Utilización de áridos mayor a lo previsto (por km de acceso: > xx m3 ) A22. Utilización de áridos no permitidos A23. Utilización excesiva de agua (por km de acceso: > xx m3 ) B. CRUCES ESPECIALES B1. Desmoronamiento de laderas B2. Desmoronamiento y ensanche de zanjas B3. Desmoronamiento de barrancas B4. Generación de procesos erosivos B5. Modificación del sistema de drenaje B6. Alteración de la vegetación ribereña en zonas protegidas B7. Alteración innecesaria de humedales B8- Cruces en zonas puentes (PLGSM) y líneas Eléctricas B9- Cruce Gasoducto de Casas Blancas C. EXCAVACIONES C1. Accidente con ganado C2. Accidente con fauna terrestre C3. Excavaciones de profundidad mayor a lo permitido (> a x m) C4. Excavaciones continuas mayores a las permitidas (> xx m) C5. Remoción innecesaria de suelo C6. Cantidad de voladuras superior a la permitida C7. Frecuencia de voladuras superior a la permitida C8. Ubicación de voladuras en sitios no habilitados C9. Generación de vibraciones de intensidad mayor a la permitida C10. Exposición de excavaciones en tiempos mayores a los previstos C11. Acopio del material extraído en sitios inadecuados C12. Acopio inapropiado del suelo removido C13. Generación de ruido con niveles mayores a los permitidos C14. Generación de ruido en horario no permitido C15. Excavaciones en pendientes mayores al x % C16. Generación de procesos erosivos D. MANIPULEO DE MATERIALES D1. Transporte y almacenamiento de explosivos no permitidos D2. Transporte y almacenamiento de explosivos en cantidades no previstas D3. Derrames de combustibles o aceites durante su transporte y almacenamiento D4. Pérdidas de combustibles o aceites en sitios de almacenamiento 27 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 D5. Accidentes durante el transporte de tuberías D6. Almacenamiento de tuberías en sitios no habilitados D7. Exposición de tuberías por tiempos mayores a los previstos D8. Disposición de tuberías sin paso para animales D9. Incorrecta redisposición de los horizontes del suelo D10. Derrames de sustancias utilizadas D11. Vuelco inapropiado de materiales utilizados durante las soldaduras E. CAMPAMENTOS Y OBRADORES E1. Tratamiento inadecuado de residuos sólidos/domésticos E2. Disposición final de residuos sólidos en sitios inadecuados E3. Ubicación o reubicación del campamento en sitios no habilitados E4. Ubicación o reubicación del obrador en sitios no habilitados E5. Consumo innecesario o derroche de agua (mayor a 50 m3 / día) A E6. Utilización innecesaria de insumos químicos E7. Realización de vuelos de helicópteros en áreas no permitidas E8. Realización de vuelos de helicópteros en horarios no permitidos E9. Realización de mayor número de vuelos de helicópteros a los previstos E10. Ubicación de las áreas de acopio en sitios no habilitados F. ACCIONES INDUCIDAS F1. Circulación vehicular adicional favorecida por la accesibilidad F2. Extracción de flora F3. Extracción de fauna F4. Tala de árboles F5. Extracción de fósiles con valor testimonial F6. Extracción de artefactos arqueológicos con valor testimonial F7. Asentamientos humanos y viviendas F8. Actividades agropecuarias en la zona F9. Turismo por aperturas de caminos de accesos F10. Fuegos accidentales o intencionales no planificados G. VEHICULOS y MAQUINARIAS G1. Circulación vehicular en caminos no permitidos G2. Circulación vehicular a velocidades no permitidas (mayor a 50 km/h) A G3. Atropellamiento de animales silvestres o domésticos G4. Utilización de equipos y maquinarias con mal mantenimiento 9.- PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL: 9.11. Control de calidad del relleno: El control de calidad de relleno estará a cargo de la fiscalización, el contratista deberá proveer Todos los recursos humanos y equipamiento para realizar los trabajos. Todos los ensayos de Laboratorio correrán por cuenta del contratista. Forma parte del control tecnológico del relleno, la consistencia, las observaciones del régimen de La piscina de decantación, la inclinación de los taludes de la playa y la uniformidad del relleno. Muestras del suelo deberán ser retiradas de la superficie de cada capa de deposición para su Evaluación, ni bien las condiciones de drenaje lo permitan. 28 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Para el control geotécnico del relleno se determinará el peso específico aparente seco de la arena (gama d), inmediatamente después del término del lanzamiento. La densidad será determinada Con el cilindro extractor, de 750 cm3 de volumen, debiendo el contenido de humedad estar Comprendido entre 8 y 15%. Se realizarán asimismo ensayos de permeabilidad y granulometría, Cada 10.000 m3 de relleno. Luego de la finalización del relleno se ejecutarán sondeos con extracción de muestras para la Obtención de las siguientes características geotécnicas: • segregación del suelo a lo largo del talud de la playa de deposición. • densidad relativa luego de la consolidación del relleno. • coeficiente de permeabilidad. • angulo de rozamiento interno y cohesión (si fuese necesario). • grado de compactación. Las investigaciones serán realizadas por medio de ensayos “in situ” y en laboratorio. • durante la construcción se medirá la velocidad de avance vertical del relleno, la velocidad Del descenso del nivel freático, la consistencia y el caudal de la hidromezcla y el caudal y Consistencia del líquido eliminado por el pozo de descarga. Se observará asi mismo infiltraciones en el talud del relleno, debiendo ser acompañado todo el Proceso por medio de documentación fotográfica. 9.11.1. Instrumentación del relleno: En el proceso de ejecución del relleno se instalará a diversas profundidades en el interior del Macizo, la siguiente instrumentación: • piezómetros tipo casagrande (eventualmente). • marcos de asentamiento, superficiales y profundos. • medidores de nivel de agua. • la ubicación de los instrumentos será asignada por la fiscalización, y la cantidad mínima A considerar será de ocho (8) por cada tipo de instrumento solicitado para toda el área de Refulado. 9.11.2. Descripción de la instrumentación: 9.11.2.1. Piezómetro tipo casagrande modificado 29 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Los piezómetros podrán ser eventualmente instalados en sitios estratégicos del relleno, si la Construcción del mismo así lo demandase y aprobados por la fiscalización. Los materiales a ser utilizados son: Tuberías: Deberán ser utilizados tubos, uniones y reducciones de pvc rígido, en las longitudes y diámetros Especificados. Filtros de protección: La arena a ser utilizada en la puntera y en el espacio de relleno externo al tubo 2, debe ser limpia Y bien graduada y ubicarse entre los tamices 35 (0,50 mm) y 4 (0,76 mm). La permeabilidad y granulometría deberán ser verificadas a través de ensayos de laboratorio. En el caso de piezómetros de fundación instalados en horizontes arenosos, la permeabilidad de la Arena del filtro deberá ser mayor que la de la fundación. La tela a ser utilizada deberá ser de nylon, con abertura menor o igual a 0,5 mm. El montaje deberá ser ejecutado de la siguiente manera: A) las perforaciones a ser ejecutadas en los tubos deberán tener las dimensiones y los Espacios especificados. En el tubo de 2” se evitarán las rebarbas internas. B) fijar la tela de nylon convenientemente, con las dimensiones adecuadas alrededor del Tubo de 1”. C) colocar la segunda tela con la arena especificada. El espesor mínimo de la arena deberá Ser de 1 cm. D) armar las reducciones de acuerdo al diseño anexo. Después del enroscado de los tubos, Las uniones deberán ser cementadas internamente. E) introducir el tubo perforado de 2”, enroscándolo lentamente en el conjunto, de modo a no Dañar la tela externa y el paquete de arena. La perforación para la instalación, deberá ser ejecutada teniendo en cuenta lo siguiente: 30 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 A) la ejecución de las perforaciones no podrá ser efectuada con la utilización de lodo de Perforación. B) no será permitida perforación por lavado. C) desde el inicio, la perforación deberá ser inmediatamente acompañada por el descenso del Revestimiento. Tanto durante el descenso como en la retirada del revestimiento, deberá ser Ejercido un riguroso control, de manera a prevenir el colapso de las paredes de la Perforación. La instalación en las capas de la fundación, será ejecutada de la siguiente manera: A) la cota de instalación de los piezómetros es definida como la cota de la base inferior de la Puntera. Esta será especificada después del análisis de los materiales recogidos en la Perforación. B) en la cota de instalación, desagotar totalmente la perforación y limpiarla con el tubo Vaciador provisto de válvula final, conservando el revestimiento en el fondo. Adicionar Agua limpia hasta 1,0 m. Del fondo. Verter arena saturada a través de la manguera con la Extremidad inferior por debajo del nivel de agua de la perforación. Completar 10 cm. De Llenado, apisonando la arena mediante una varilla de acero y retirar el revestimiento 10 Cm. C) si la cota de instalación fuese superior a la cota del fondo de la perforación de sondeo, la Misma deberá ser llenada hasta 25 cm. Por debajo de la cota de instalación, con material De sello (arcilla) no saturado, lanzado en capas de pequeño espesor apisonadas Convenientemente, retirándose el revestimiento a medida que se lanza el material. D) descender la puntera del piezómetro con alimentación constante de agua por el interior Del tubo. Cargar con una manguera, o similar dispositivo, la arena saturada alrededor de la Puntera y simultáneamente retirar el revestimiento. Apisonar la arena cuidadosamente con 31 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Una varilla de forma a no dañar la puntera y/o la tubería. Completar el llenado de arena Hasta 30 cm. Por encima de la base inferior del piezómetro. El espesor efectivo deberá ser Verificado, midiéndose el nivel superior de la arena vertida (cuatro mediciones Diametralmente opuestas y perpendiculares). E) verter sobre el nivel superior de la arena, una capa de 20 cm. De arena fina y a Continuación la mezcla de bentonita y arcilla. Completar 1,0 m. De obturación, retirando el Revestimiento simultáneamente con el vertido. 70 F) verter sobre esta obturación, el suelo de la propia fundación hasta aproximadamente 1,0 M. Por debajo de la boca de la perforación, retirando simultáneamente el tubo de Revestimiento, y apisonando el relleno. G) lo que resta de la perforación, deberá ser completado con 0,50 m. De suelo cemento y 0,50 m. De hormigón como muestra el detalle a del anexo 8. La instalación en el relleno hidráulico deberá ser ejecutada de la siguiente manera: A) la perforación de 6” deberá ser ejecutada luego de la elevación del relleno que lo rodea, 1,50 m. Por encima de la cota de instalación. B) después de la apertura de la perforación, el piezómetro deberá ser instalado de acuerdo a Lo descripto para la instalación del piezómetro en la fundación. C) luego de que la perforación se encuentre obturada, el material que rodea al tubo podrá ser Del propio relleno, tomándose la precaución de mantener la boca de la perforación de Pvc en, un mínimo, de 1,0 m. Por encima de la cota del relleno. D) en el trecho del relleno a ser compactado, el tubo deberá ser protegido con una rejilla Desmontable de 1,0 m. De lado y 1,0 m. De alto, durante la compactación. La Compactación posterior del relleno adyacente al tubo deberá ser ejecutada con máximo Cuidado con un compactador de placa vibratoria. 9.11.2.2. Marcos superficiales de asentamiento: 32 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 El marco de asentamiento consta básicamente de una barra de hierro de 1” de diámetro y 1.5 m. De longitud clavada verticalmente en la superficie del relleno construido. Cada barra tendrá una Protección de hierro en la parte superior de la misma, con una marca para permitir la medida del Asentamiento y los movimientos horizontales. A) la instalación de los marcos superficiales deberá ser realizada de la siguiente manera: B) las barras de hierro de los marcos serán instaladas dentro de las perforaciones ejecutadas En el relleno con una pala barrena de 6” de diámetro. Posteriormente las perforaciones Serán rellenadas con hormigón. C) las perforaciones serán ejecutadas con revestimiento, que será retirado, a medida que la Perforación sea rellenada con hormigón. La instalación deberá ser ejecutada hasta que el relleno alcance el nivel de instalación. Para la Localización de los marcos superficiales de asentamiento, ver anexo 14. 9.11.2.3. Medidores de nivel de agua: Instalación en la fundación: A) la cota de instalación de los medidores se refiere a la base del tubo perforado. B) la perforación para la instalación de los medidores de nivel de agua deberá ser de 4” de Diámetro. C) no será permitida la perforación con lavado, ni con el uso de lodos de perforación. En Caso desmoronamiento de las paredes, la perforación deberá ser ejecutada con Revestimiento simultáneo. D) durante la perforación deberán ser descriptos todos los datos referentes a los tipos de Suelos atravesados, las profundidades de cambios de estratos, el nivel de agua, la cota de Boca, etc. E) luego de la perforación, la misma se deberá limpiar cuidadosamente antes del descenso Del tubo de pvc. El tubo deberá ser perforado en un sector de aproximadamente 3,0 m. A Partir de su base. 33 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 F) el tubo perforado deberá ser totalmente envuelto con tela de nylon de 1,0 mm. (abertura De la malla). 71 G) el espacio entre el tubo y la pared de la perforación deberá ser rellenado con material Granular con diámetro φ comprendido en el rango 1,0 mm.<φ< 4,76 mm. (# 4) bien Graduado en el intervalo. H) el revestimiento deberá ser extraído simultáneamente al vaciar la arena de forma a que la Pared de la perforación no quede desprotegida. I) en la parte superior de la perforación se ejecutará un sello de arcilla y bentonita de 0,50 M. Y sobre dicho sello se cargará 0,50 m. De hormigón, conforme se aprecia en el . Instalación en el relleno: A) deberá ser ejecutada para el efecto, una perforación de 4” de diámetro en la fundación Con una profundidad de 1,50 m. Para el anclaje del tubo. B) luego del descenso del tubo, cerrado en la extremidad inferior, la perforación deberá ser Rellenada con suelo cemento, hasta la superficie de la fundación. C) se deberá tener cuidado que la boca del tubo quede siempre a 0,50 m. Por encima de la Camada a ser lanzada. D) el tubo deberá ser perforado en el trecho comprendido entre los 20 cm. Por encima de la Superficie de la fundación y 20 cm. Por debajo del sello de arcilla más bentonita. E) en la región a ser compactada, deberá instalarse una rejilla de protección desmontable de 1,0 m. De ancho por 1,0 m. De alto, durante la compactación. La compactación en la Región del tubo deberá ser hecha con placa vibratoria. La ubicación de los medidores de nivel de agua estará a cargo de la fiscalización. Observaciones generales: Las lecturas de todos los instrumentos, deberán ser realizadas, como mínimo, inmediatamente Antes y después del lanzamiento hidráulico de cada capa. En los trechos de relleno donde fuera 34 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Ejecutada la compactación, los instrumentos deberán ser leídos después de la compactación de Cada capa de relleno. Luego de la conclusión del relleno, se continuarán la lectura de los instrumentos hasta que se Compruebe la estabilización de las lecturas. 9.13.3. Mediciones en el sistema de drenaje: mediciones de concentración de sólidos en el agua de drenaje: La muestra deberá ser recogida en la salida del tubo de drenaje de 0,60 cm. De diámetro, con un Probeta de 1.000 cm3, como el desarrollado por el cth (centro tecnológico de hidráulica de San pablo, brasil). Una determinación rápida de la concentración en campo puede ser obtenida con un densímetro. Para ello deberá ser determinado en laboratorio, la relación entre la lectura del densímetro y la Concentración de sólidos en el líquido. La determinación precisa de los materiales en suspensión, incluyendo la granulometría, debe ser Hecha en laboratorio, pues el proceso envuelve filtrado, secado y pesado preciso de la muestra. 9.11.2.4. Frecuencia de las mediciones: En el inicio de la construcción del relleno, el control de consistencia y caudal de la mezcla, Deberá ser realizado con la caja metálica, periódicamente, para verificación de las mediciones Continuas obtenidas con el “dragometer”. Las determinaciones adicionales de granulometría de la mezcla así como la granulometría y Concentración del material sólido en suspensión en el agua de drenaje, deberán ser realizados, Toda vez que se realice el lanzamiento de la hidromezcla. 72 9.12. Normas de seguridad - la tubería flotante de impulsión de la hidromezcla deberá estar provista de alguna protección (soga o barandilla) para el tránsito sobre la misma, con altura nunca inferior a 1,0 m. Se 35 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Deberá prever así mismo, algún dispositivo que permita el pasaje entre los flotadores. De no Disponerse de estas protecciones, se prohibirá estrictamente el paso de personal por los Flotadores. - durante la construcción del relleno hidráulico, es necesario realizar permanentes Observaciones del estado de los diques laterales de contención, como así también el Funcionamiento del sistema de drenaje. - en caso de aumento de filtraciones por los taludes, o la obstrucción del pozo de drenaje, o Paso de agua sobre los diques laterales de contención, etc., deberán ser tomadas las medidas Necesarias para eliminar, de inmediato estas irregularidades. - el desentupimiento del pozo de desagüe, será hecho luego de la paralización del lanzamiento De la hidromezcla en el área de relleno. - el acceso al pozo de desagüe es hecho a través de pontones protegidos lateralmente con Barandas o por medio de flotadores. - durante las interrupciones del trabajo, los pozos de descarga deberán ser protegidos con Tapas. - será prohibido el acceso de personas al relleno hidráulico, inmediatamente después de la Interrupción del lanzamiento de la hidromezcla en el área próxima a la piscina de Decantación. - la entrada del personal y equipo en el área de servicio solamente será permitida, luego de la Verificación del grado de densidad relativa y soporte del suelo. - el espacio entre el tubo vertical de drenaje y la estructura de sostén de madera, deberá ser Rellenado con suelo del propio relleno. El desnivel entre este relleno y el piso de la piscina Central deberá ser como máximo de 1,0 m. 9.13. Especificaciones técnicas constructivas y ambientales 9.13.1. Bosque, desbroce y limpieza Descripción Este trabajo consistirá en el desbosque, desbroce, remoción y la eliminación de toda vegetación y 36 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Desechos, hasta una distancia máxima de 15 m a cada lado del eje del proyecto, salvo los árboles Y /u objetos que, a criterio de la fiscalización, deban permanecer. 9.13.2. Requisitos para la construcción. Generalidades La fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que deban permanecer en el lugar. Desbosque El desbosque consistirá en remover del área establecida todos los árboles, arbustos, matorrales O cualquier otra vegetación, incluyendo la extracción de troncos, cepas y raíces, así como la Eliminación de todos los materiales provenientes de dicha operación. El material resultante de la limpieza del terreno que no deba ser acopiado conforme a lo indicado Más adelante será retirado hasta fuera de los límites de la zona de obra. Si fuere necesario, el Contratista lo apilará en sitios aprobados por la fiscalización donde no perjudiquen a terceros, o Podrán ser retirados de la franja de dominio deshaciéndose de ellos en lugares alejados de la obra Y fuera de los limites de visibilidad de esta. Los pozos y cavidades dejados por los troncos y otros obstáculos que fueren removidos serán Rellenados con un material adecuado. 73 El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la fiscalización, la cual Podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables. Mediciones previas: Previo a todo trabajo de este ítem, el contratista avisará con la debida anticipación la fecha de Iniciación de los mismos. El contratista deberá efectuar los trabajos necesarios para determinarlas Superficies originales donde se ejecutará el desbosque. Luego de ejecutadas las tareas pertinentes, Se efectuarán nuevas mediciones de la superficie donde se realizaron las tareas del ítem, sujeto a Pago. 9.13.3. Dragado Descripción 37 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 El trabajo consistirá en el acopio del material del fondo del rió y/o de la bahía para la extracción De la arena para el relleno. Equipo Según las condiciones locales y de la zona a ser dragado, el contratista deberá proveer el equipo Y las herramientas manuales que se requieran y sean convenientes, así como cualquier otro Equipo complementario, que sean necesarios para el normal desenvolvimiento de los trabajos. 9.14. Especificaciones tecnicas ambientales generales (etag) Introducción Los impactos directos de las obras civiles son tratados a través de las especificaciones técnicas Ambientales generales (etag), de las disposiciones generales y especiales y de las Especificaciones técnicas constructivas, como parte intrínseca de los pliegos de licitación y de Los contratos de construcción. Las etag incluyen normas y recomendaciones que deben ser Obedecidas por los contratistas en todas las obras. En los casos donde pueda haber conflictos entre puntos distintos de las especificaciones que Hacen parte de los contratos, las etag tienen prevalencia sobre cualquier otra especificación. Las etag están organizadas en cinco partes principales: I. Primero se indican las responsabilidades de los contratistas sobre la calidad ambiental de sus Acciones y productos. Ii. Estas responsabilidades son traducidas en objetivos claros que los contratistas deben alcanzar Durante la ejecución de sus acciones. Iii. Se identifican las especificaciones técnicas ambientales generales para grupos de actividades Principales. Iv. Se indican las sanciones que se aplicarán a los contratistas por el incumplimiento de las Especificaciones ambientales. V. En anexos se describen las normas legales ambientales y las normas técnicas ambientales Para obras civiles que el contratista deberá conocer, cumplir y aplicarlos. 38 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 9.14.1. De la responsabilidad del contratista El contratista es el responsable único e integral por la calidad ambiental de las actividades que Desarrolle en relación a los objetivos de este contrato. La calidad ambiental se traduce en evitar, mitigar, corregir y compensar por los impactos Ambientales directos negativos o generar impactos ambientales positivos asociados a las Actividades mencionadas. La responsabilidad integral ambiental ante el organismo ejecutor, incluye la económica y Financiera (contractual y extracontractual) y legal por no adoptar las medidas necesarias para Garantizar la calidad ambiental. El organismo ejecutor no compensará o cubrirá los costos Adicionales necesarios que puedan resultar del incumplimiento del punto 74 Conocer y cumplir todas las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones gubernamentales De carácter ambiental que guarden relación con sus actividades, incluyendo las relacionadas con Las "normas legales ambientales" (anexo "a" de la etag). Conocer y aplicar las normas técnicas ambientales sobre los aspectos ambientales de las obras Viales (anexo "b" de la etag). La subcontratación de toda o parte de la obra, no exime al contratista de su responsabilidad Ambiental. Utilizar las tecnologías más apropiadas para alcanzar los objetivos de las especificaciones Ambientales aquí definidas. Las dudas que surjan en el terreno con la aplicación de las especificaciones técnicas Ambientales generales, deben clarificarse con la fiscalización, sin que este hecho lo exima de su Responsabilidad integral. 9.14.2. Objetivos ambientales del contratista • no contaminar el suelo, agua o aire • evitar al máximo la destrucción de la vegetación natural. • evitar al máximo la erosión de los suelos y la sedimentación de cursos de agua, lagos, Lagunas. 39 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 • no utilizar el fuego para la eliminación de ningún desecho o material de cualquier Naturaleza. • no cazar. No pescar. • disponer o desechar los residuos sólidos de forma ambientalmente apropiada. • utilizar las tecnologías más apropiadas bajo criterios de calidad ambiental y minimización de Costos financieros. 9.15. Especificaciones principales técnicas ambientales por actividades 9.15.1. La salud ocupacional Cumplir con la legislación laboral respecto a cuestiones de salud ocupacional y con las normas Básicas de atención médica en zonas de obras. La empresa constructora deberá tomar las medidas necesarias para garantizar a empleados y Trabajadores, las mejores condiciones de higiene, alojamiento, nutrición y salud. Deberán ser inmunizados y recibir tratamiento profiláctico contra factores epidemiológicos y Enfermedades características de la región, así como asistencia médica de emergencia. 9.15.2. El permiso de los dueños de terrenos El contratista no desarrollará ninguna actividad de cualquier naturaleza en terrenos de propiedad Privada sin la previa autorización del dueño, según sea el caso, debidamente ejecutada y Notariada y con visto bueno de la fiscalización y supervisión ambiental. 9.15.3. Hallazgos arqueológicos, paleontológico, histórico y de minerales de interés científico En el caso de algún descubrimiento de ruinas prehistóricas, sitios de asentamientos indígenas o de Los primeros colonos, cementerios, reliquias, fósiles, meteoritos, u otros objetos o de raro interés Mineralógico durante la realización de la obra, el contratista tomará de inmediato medidas para Suspender transitoriamente los trabajos en el sitio del descubrimiento y notificar a la fiscalización 40 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 Y supervisión ambiental el cual notificará inmediatamente a la autoridad estatal con la Responsabilidad de investigar y evaluar dichos hallazgos. El contratista cooperará a pedido de la Fiscalización, ayudando en la protección, relevamiento y traslado de esos hallazgos. Cuando la protección, relevamiento o traslado de hallazgos arqueológicos, históricos, Paleontológicos y mineralógicos raros tenga el efecto de retrasar el avance de obra, la Fiscalización dará consideración a los ajustes apropiados en el programa del contrato. 75 9.15.4. Bosques y zonas protegidas El contratista deberá restringir al máximo la destrucción de la vegetación natural limitado al área De obra. El contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar incendios en Cualquier área involucrada en las operaciones de la construcción u ocupadas por el como Resultado de dichas operaciones. El contratista cooperará con las autoridades competentes del Gobierno en el informe, prevención y eliminación de dichos incendios. 9.15.5. Ampliación de plataforma existente Al realizar esta obra el contratista tomará las siguientes medidas: Evitar al máximo la destrucción de la cobertura vegetal fuera del área prevista de las obras. Los suelos vegetales que necesariamente serán removidos, deberán acumularse y conservarse Para utilizarlos posteriormente en la cobertura de suelo vegetal del relleno y taludes. 9.15.6. Taludes Para proteger los terrenos adyacentes a las canteras del dragado de arena a fin de evitar la erosión De las costas se deberá mantener un talud 1:15 (uno en vertical y quince en horizontal) desde el Fondo de la cantera hasta la costa. 9.15.7. La erosión y sedimentación 41 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 El contratista ejercerá toda la precaución razonable, incluyendo la aplicación de medidas Transitorias y permanentes, durante toda la duración de los trabajos de la obra, para evitar la Erosión y la sedimentación de ríos, arroyos, lagos, lagunas y embalses. Esas medidas incluirán, Pero no están limitadas a, el uso de bermas, presas, empalletados de fibra, enramallados para Sedimentación, resguardados de sedimentación, enmallados, grava o piedra molida (gaviones), Madera molida (chips), sembrado por etapas, drenaje de laderas, fosas de sedimentación, Vegetación y otros métodos. Las medidas de control de sedimentación y erosión permanente serán aplicadas al material Erosionable expuesto a cualquier actividad asociada con la construcción, incluyendo fuentes de Material local, acopio de materiales, áreas de desechos temporales y camino de arrastre. Las medidas transitorias y permanentes serán coordinadas con la construcción de instalaciones de Drenaje y otras tareas contratadas para asegurar el control económico, efectivo y continuo de la Erosión y la sedimentación. El contratista monitoreará e inspeccionará los dispositivos de control de erosión y sedimentación Transitorias y permanentes para asegurar sus eficiencias después de cada lluvia y por lo menos Diariamente cuando llueva en forma prolongada. Las deficiencias serán corregidas de inmediato. En los casos de caminos ya existentes y en el que se observe la ocurrencia de procesos erosivos, Se debe estabilizar tales procesos con las medidas adecuadas. 9.15.8. La explotación de canteras Los puntos de extracción de los materiales de río se establecerán autorización de la fiscalización Y supervisión ambiental. La fiscalización, podrá exigir en algunos casos permiso o licencia de la autoridad competente Municipal o nacional para la explotación de las canteras. Donde las condiciones climáticas lo permita, los suelos orgánicos existentes en la capa superior 42 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 De las canteras o los bancos de préstamos deberán ser conservados y depositados para posterior Recuperación de las excavaciones y de la vegetación nativa. Se evitará la erosión en la zona de las canteras. 9.15.9. El retiro de materiales de préstamo La extracción de materiales del lecho del río será supervisad por la fiscalización y supervisión Ambiental y de las autoridades competentes ambientales. 76 En terrenos planos sujetos al estancamiento del agua de escurrimiento o con drenaje muy lento, el Contratista no cavará zanjas o fosas para sacar materiales de préstamo i) en sitios poblados; y ii) Sin un plan de drenaje que ejecutara simultáneamente. 9.16. Contaminación de agua El contratista ejercerá toda la precaución durante toda la duración del contrato para impedir la Contaminación química, física, biológica o microbiológica de aguas superficiales o subterráneas. Ningún contaminante como productos químicos, combustibles, lubricantes, bitúmenes, agua Servidas, pinturas, sedimentación y otros desechos será descargado en o a lo largo de ríos, Arroyos, lagunas o canales naturales o artificiales que desemboquen en ellos o infiltrado en el Terreno. En el caso de aguas servidas, el contratista deberá demostrar que la infiltración no Contaminará a las aguas subterráneas. Todas las aguas contaminadas serán, filtradas adecuadamente para eliminar los materiales Contaminantes antes de que éstas sean descargadas. Ni agua ni otro líquido serán descargados en tierras húmedas y en las zonas de cría o nido de la Fauna acuática. Los equipos pesados que operen en forma extensiva en tierras húmedas serán ubicados sobre Plataformas. En los humedales y tierras anegables se construirán terraplenes transitorios y/o Plataformas de avance de materiales no erosionables, los cuales serán retirados por el contratista Una vez terminadas sus funciones. En el caso de que el contratista accidentalmente vierta o derrame cualquier líquido contaminante O contaminado, el contratista notificará inmediatamente a la fiscalización y supervisión Ambiental y a todos los organismos jurisdiccionales apropiados y tomará medidas para contener Y eliminar los daños causados. Si fuere necesario, el organismo ejecutor contratará una firma Ambiental independiente, quién realizará una 43 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 investigación detallada. De ser comprobada la Negligencia por parte del contratista, el mismo será responsable de los costos de recuperación de Las áreas afectadas a sus condiciones previas. Los costos involucrados en la contratación de la Firma ambiental serán deducidos de las certificaciones del contratista. Toda actividad de la construcción que implique la necesidad de disponer residuos sólidos se Realizará de tal manera que se impida la contaminación de las vías de aguas. A menos que se haya Aprobado en contrario y por escrito por parte de la fiscalización y supervisión ambiental, las Operaciones de construcción en ríos, arroyos y lagunas se limitarán a esas áreas donde los Cambios de canal se muestran en los planos y a aquellas áreas donde se habrá de entrar para la Construcción de estructuras permanentes o transitorias. Los ríos, arroyos y lagunas serán Limpiados prontamente de toda obra falsa, apilamiento, escombros u otras obstrucciones puestas Allí o causados por las operaciones de construcción. El vadeo frecuente de arroyos con equipos de construcción no será permitido, por lo tanto, se Utilizarán puentes u otras estructuras donde quiera que se haga un número apreciable de cruces de Arroyo. No podrá haber ningún represamiento de agua a lo largo del camino, como consecuencia de Cualquier actividad asociada a la obra, ni que este produzca efecto dique. Aire (a) el contratista no utilizará el fuego para la disposición de cualquier material líquido o sólido. (b) los camiones de volteo serán equipados con coberturas de lona para evitar el polvo y los Derrames de sobrantes durante el transporte de los materiales cargados, siempre que la Distancia de transporte sea superior a los 1 (un) kilómetro y/o atraviesen áreas pobladas. (c) los vehículos y motores utilizados deberán estar regulados para disminuir al máximo la Emisión de contaminantes al aire. Suelo El contratista propondrá los depósitos de suelos quedando a juicio de la fiscalización y Supervisión ambiental la elección de aquellos con menor riesgo de contaminación, sea el suelo o Aguas. Las playas de maquinarias/obradores deberán contar con medidas de seguridad y prevención que Eviten el derramamiento de contaminantes. El contratista no depositará ningún material en terrenos de propiedad privada sin la previa Autorización del dueño y la fiscalización y supervisión ambiental. 44 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 En lo posible el contratista depositará el material sólido sobrante, para rellenar canteras Temporarias, siempre que no haya riesgo de contaminación futura. Se buscará la estabilidad del suelo evitando la erosión de las áreas aguas arriba y aguas debajo de Las obras de arte. Esta estabilidad podrá ser realizada a través de la implementación de una Cobertura vegetal permanente o el revestimiento con materiales apropiados. Ruido Las operaciones del contratista se realizarán de forma tal que los niveles de ruido exterior Medidos a una actividad sensible al ruido no superen los 80 dd durante periodos de tal actividad. La actividad sensible al ruido se define como cualquier actividad para la cual los niveles Reducidos de ruido son esenciales si esa actividad va a servir al objetivo proyectado. Las Actividades sensibles de ruido incluyen - pero no están limitadas a aquellas asociadas con Residencias, hospitales, asilos de ancianos, iglesias, escuelas, bibliotecas, parques y áreas Recreacionales. En el caso de que los niveles de ruido superen los parámetros aquí señalados, el contratista Tomará las medidas necesarias para adecuarlos antes de proceder con las operaciones. La fiscalización y supervisión ambiental se reserva el derecho a prohibir o restringir, cualquier Trabajo que produzca un ruido objetable en horas normales de sueño, 10 p.m. a 6 a.m., a menos Que la legislación establezca otras horas. El equipo no será alterado de ninguna forma como para que los niveles de ruido sean mas altos Que los producidos por el equipo original. Cuando sea factible, el contratista establecerá vías que alejen a sus vehículos de carga de las áreas Pobladas. Estos requisitos no son aplicables si el ruido ambiental (ruido producido) por fuentes Que no sean de las operaciones del contratista en el punto de recepción sean mayores que el que El ruido que haga la operación del contratista en el mismo punto. 94.17. Prevención de accidentes a peatones y vehículos circundantes Se señalizarán, durante la fase de construcción de las obras, los desvíos y caminos alternativos, De modo a evitar inconvenientes a los habituales usuarios de las vías de comunicación. Se implementarán señalizaciones de puentes y caminos, verticales y horizontales, preventivas, Educativas, etc. La seguridad de los circulantes tendrá especial importancia en el momento de la construcción de Puentes y caminos, se evitarán recalques de los mismos, mala construcción de las bases y sub Bases de 45 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 los terraplenes y mal trazado de los ejes de caminos y puentes, siguiendo las Indicaciones de los calculistas y planos, la fiscalización de obra y teniendo en cuenta la calidad de Los materiales. En los caminos de tierra y simple terraplenado, se realizarán riegos con agua para evitar la Propagación de polvos a las poblaciones y casas vecinas, sobre todo en poblaciones donde se Encuentren centros de salud y escuelas, cerca de la zona de obras. Mantener la cobertura del suelo evitando la erosión eólica y contaminación del aire. 9.18. Equipamiento y seguridad Los obreros y profesionales que trabajarán en las obras de construcción, deberán estar entrenados O capacitados en medidas de seguridad según la actividad que desempeñarán. Implementar medidas y acciones para evitar accidentes dentro del sitio de obra. Colocar carteles Indicando que las molestias ocasionadas son de carácter temporario y que una vez finalizadas las Obras de ejecución redundarán en beneficio del vecindario. 9.19. Sanciones por el incumplimiento de las etag La etag es requisito fundamental de los documentos contractuales y, por lo tanto, la falla Deliberada del contratista en observarlas constituye causa suficiente para la rescisión por el Organiemo ejecutor del contrato. El organismo ejecutor no compensará o cubrirá los costos que puedan resultar la Adopción de medidas adicionales no previstas pero necesarias para corregir o compensar Impactos ambientales directos provocados por el contratista en el sentido de garantizar la calidad Ambiental de la obra. El contratista será responsable de todos los costos vinculados al retraso de Las operaciones debido al no cumplimiento de los requisitos ambientales. Los certificados mensuales de trabajo que serán presentados por el contratista para permitir su Pago, deberán contener un capítulo especial sobre el cumplimiento de las etag. El capítulo Deberá ser visado por la fiscalización y supervisión ambiental y aprobado por la supervisión Ambiental de la municipalidad en base a los informes mensuales de la auditoria ambiental. La realización del pago final de la obra y/o pagos relativos a los importes retenidos de los pagos Mensuales solo podrán ser realizados después de la comprobación del cumplimiento de todos los Requerimientos ambientales de las especificaciones técnicas ambientales en base a los informes De la supervisión ambiental, final o parcial. 46 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 En el caso de que el contratista no mitigue, evite, corrija o compense los impactos ambientales Directos conforme establecido en las especificaciones técnicas ambientales generales (etag) O especificados por la fiscalización o la supervisión ambiental dentro de 24 horas después de Notificado, ella tomara las medidas apropiadas para i) exigir que el contratista deje de trabajar en Otras áreas y concentre sus esfuerzos para rectificar las deficiencias especificadas; ii) proceder Con fuerza, equipos y materiales adecuados, directamente o por contrato a terceros, a remediar las Deficiencias especificadas y el doble del costo total de dicho trabajo será deducido de las Remuneraciones asignadas al contratista. 9.20. Requisitos para la ejecución del plan de monitoreo El plan de monitoreo será implementado conforme el avance de los trabajos durante la fase de Construcción. La fiscalización general de las medidas de mitigación y del plan de monitoreo corresponde Principalmente a la autoridad de aplicación de la ley de impacto ambiental (294/93), la Secretaria del ambiente (seam) Se dispone además, la supervisión por parte de la municipalidad de asunción de las acciones Inspeccionadas, conforme al plan, sobre los parámetros que guardan relación de importancia con los componentes ambientales de arranque. Existirá un esquema de control interno para la verificación del cumplimiento de las medidas de Mitigación (fiscalización directa), fundamentalmente en la etapa de construcción. La fiscalización Directa se ejecutará a través de la empresa contratista. Para ello, la firma deberá contar en su Staff de profesionales con un especialista ambiental o deberá contratar los servicios de una Empresa auditora ambiental externa o una combinación de ambas modalidades. En todos los Casos, los informes del monitoreo ambiental deberán ser remitidos al organismo ejecutor. Los siguientes cuadros resumen las medidas de mitigación y los instrumentos de monitoreo. MEDIDAS CON RELACION A LA PTA INDICAR FUENTE DE AGUA SI SERA SUPERFICIAL O SUBTERRANEA PROXIMO AL RIO. LAS NECESIDADSES DE POTABILIZACION ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION SERAN DISTINTAS. INDEPENDIENTEMENTE ALENTAR PROCESOS DE RECARGA Y COSECHA DE AGUA DE LLUVIA PARA USOS MENOS EXIGENTES COMO RIEGO Y LAVADO DE VEHICULOS Y CASAS. 47 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 EN CASO DE REALIZAR TRATAMIENTO CONVENCIONAL DEL AGUA DEL RIO. SE DEBERAN ESPECIFICAR VOLUMENES, CANTIDAD DE SUSTANCIAS QUIMICAS A UTILIZAR SI ESO YA SE CONSTRUIRA O SERA EN ALGUNA FASE POSTERIOR. ASI TAMBIEN SE DEBERA DEJAR UN ESPACIO PARA EL LECHO DE DESACADO DE LOS LODOS. SE RECOMIENDA QUE ESOS LODOS SEAN TRASLADADOS A EL FAROL. RESIDUOS SOLIDOS. EN LINEAS GENERALES PARA ESTE PROYECTO SE DEBE ANALIZAR EL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS YA QUE INDEFECTIBLEMENTE SE DEBERA CONTAR CON UNA EMBARCACION ESPECIALIZADA PARA EL RETIRO DE RESIDUOS. DE OTRA MANERA SE INTRODUCIRIAN COMPONENTES Y ACTIVIDADES QUE HARIAN MUY COMPLEJO AL PROYECTO Y POSIBLEMENTE DE DIFICIL SUSTENTABILIDFAD AMBIENTAL. PARA EL TRATAMIENTO DE EFLUENTES LIQUIDOS INDEFECTIBLEMENTE DEBERA CONTAR CON RECOLECCION POR CAÑERIA Y CONDUCIR A UNA PLANTA DE TRATAMIENTO PARA PERMITIR SU DISPOSICION FINAL CON LOS VALORES PERMITIDOS SEGÚN RESOLUCION SEAM Nº 222/02 Y LAS NORMAS PARAGUAYAS DE AGUA POTABLE Y LOS PARAMETROS ESTABLECIDOS POR LA ERSSAN PARA SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES. OJO NO AFECTAR OTROS PUNTOS DE CAPTACION DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO. COLOCAR PIEZOMETROS PARA MONITOREAR EL NIVEL FREATICO EN LA ISLA Y EN LA ZONA REFULADA ESPECIALMENTE. 48 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 10.- BIBLIOGRAFIA • Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Implantación de Pastura Silvopastoril para el Uso Ganadero. • Manual de Evaluación de Impacto Ambiental – MEvIA. Proyecto ENAPRENA / Instituto Ambiental Paranaense. Edición 1996 • Ley Nº 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental”. • Datos Meteorológicos. Dirección Nacional de Meteorología. Ministerio de Defensa Nacional. • Canter, Larry W / Manual de Evaluación de Impacto Ambiental. Técnicas para la Elaboración de Estudios de Impacto / Mc Graw Hill / ISBN 84-481-1251-2 • Banco Mundial / Libro de Consulta para Evaluación Ambiental / 1991. • Atlas Paraguay 1995 Necesidades Básicas Insatisfechas. Dirección Nacional de Estadística, Censos y Encuestas. Secretaría Técnica de Planificación. Presidencia de la República. • Guía de Derecho Ambiental del Paraguay / IDEA / 1999. • Monges O., Carolina / Legislación Ambiental Vigente. Compilación / 1999 49 bi’i – Di i Lim i RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL - ISLA SAN FRANCISCO - ROBRA S.A. - Año 2014 11.- ANEXOS 50 bi’i – Di i Lim i
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