5a. SECCION *CASOS PRACTICOS IMPORTANTE APOYO DIDACTICO PARA MAESTROS Y ESTUDIANTES Elaborados por la C.P. Mónica Galindo Cosme [email protected] Contenido CASO No. Págs. 1. Factor de ajuste y actualización (art. 6-I-a LISR) 2 2. Actualización y recargos de contribuciones pagadas de manera extemporánea (arts. 17-A y 21 CFF) 3 3. Pago a plazos en parcialidades (arts. 8 LIF; 66 y 66-A CFF) 5 4. Determinación del ISR de las personas morales 5. Determinación de la PTU 10 6. Ganancia o (pérdida) en la enajenación de activos fijos (art. 31 LISR) 12 7. Ganancia por la enajenación de activos fijos (arts. 18-IV y 31 LISR) 15 8. Ganancia o (pérdida) fiscal en la enajenación de terrenos (arts. 18-IV y 19 LISR) 16 9. Cédula de deducción de inversiones y depreciación contable (arts. 31 a 38 LISR) 17 10. Ajuste anual por inflación (arts. 44 y 46 LISR) 18 11. Personas morales sociedades mercantiles pagos provisionales de ISR período enero-diciembre (art. 14 LISR) 21 12. Personas morales sociedades civiles pagos provisionales de ISR período enero-diciembre (art. 14 LISR) 23 * Elaborados con indicadores estimados para 2015. 8 13. Cuenta de capital de aportación (art. 78 LISR) 25 14. Cuenta de utilidad fiscal neta (art. 77 LISR) 27 15. Ganancia o pérdida en enajenación de acciones (art. 22 LISR) 31 16. Personas morales que distribuyan dividendos o utilidades (art. 10 LISR) 33 17. Formas de tributar en el ISR de los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (art. 74 LISR) 37 18. Mecánica de cálculo de ISR por sueldos y salarios, mensual y anual LISR (arts. 96, 97, 152 y Artículo Décimo que establece el subsidio para el empleo) 38 19. Requisitos para deducir el pago de salarios, sólo con transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo, tarjeta de débito, crédito o monedero electrónico (art. 27 fracción III LISR) 41 20. Determinación de los ingresos gravables para ISR por actividades profesionales (pagos provisionales y anual) (arts. 101 al 110 LISR) 42 21. Determinación del ISR pagos provisionales y del ejercicio por actividades profesionales (art. 106 LISR) 45 22. Pagos bimestrales ISR e IVA régimen de incorporación (art. 111 LISR) 47 23. Determinación del ISR pagos provisionales y del ejercicio por arrendamiento (arts. 114 al 116 LISR) 49 24. Determinación de los pagos mensuales de IVA por actividades empresariales y profesionales 53 25. Ingresos por la enajenación de bienes (arts. 119 al 128 LISR) 55 26. Ingresos por la adquisición de bienes (art. 130-I LISR) 60 27. Determinación del ISR del ejercicio de las personas físicas con diversos ingresos 61 28. Pago declaración anual en parcialidades (regla I.3.16.4. RMF) 65 29. IMPAC por recuperar 67 30. Pagos mensuales de IVA (arts. 4 y 5 LIVA) 70 31. Ajuste a los pagos mensuales de IVA por inversiones que se utilizan de manera indistinta en actos exentos o gravados (arts. 5-V-d y 5-A LIVA) 72 32. Determinación del IVA a reintegrar o recuperar (arts. 5-A LIVA y 19 RLIVA) 74 33. Estímulo por colegiaturas 76 34. Deducción adicional por fomento al primer empleo (Capítulo VIII, del Título VII, denominado “Del fomento al primer empleo” LISR vigente al 31 de diciembre de 2013; arts. 230 y 231 LISR) 81 35. Amortización de pérdidas fiscales (art. 57 LISR) 83 36. Límite a las deducciones personales (art. 151, último párrafo LISR) 84 37. Demostración de aplicación de tasa máxima del 35% sólo para muy altos ingresos 86 38. Ingresos exentos del trabajador no deducibles para el patrón (art. 28 fracción XXX) 88 39. Límite a la deducción de donativos (art. 27 fracción I LISR) 92 40. Personas físicas que perciben dividendos no provenientes de CUFIN (antes de 2014) 93 41. Personas físicas que perciben dividendos provenientes de CUFIN generada hasta el ejercicio 2013 pagados a partir de 2014 96 42. Flujograma de la contabilidad electrónica 99 43. Catálogo de cuentas con código agrupador del SAT, según anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal 102 CASOS PRACTICOS 1 NOTAS IMPORTANTES 1. Los casos que se presentan a continuación no se encuentran relacionados entre sí. 2. Los datos utilizados en la elaboración de los casos prácticos que a continuación se presentan son estimados a 2015. INPC Diciembre-2013 Mes Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Mes Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre 111.5080 Año 2014 112.5050 112.7900 113.0990 112.8880 112.5270 112.7220 113.0320 113.4380 113.9390 *114.5086 *115.5735 *116.2322 1.13% Recargos por Mora 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% Año 2015* INPC 116.6971 117.2689 118.1249 118.1957 117.7938 117.7113 117.6642 117.9936 118.4301 118.9867 120.0932 120.7777 Recargos por Mora 2015 69.95 66.29 2014 67.29 63.77 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% * Estimados Zona SMG Zona “A” SMG Zona “B” Puede actualizarse el SMG por el real. 2 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 1 FACTOR DE AJUSTE Y ACTUALIZACION (Art. 6-I-a) LISR) 1. Factor de ajuste para un período de un mes, Art. 6-I-a) LISR INPC mes de que se trate Entre: INPC mes inmediato anterior Cociente Menos: Unidad Factor de ajuste Nov-15 120.0932 Oct-15 118.9867 1.0092 1 0.0092 2. Factor de ajuste para un período superior a un mes, Art. 6-I-b) LISR INPC mes más reciente del período Entre: INPC mes más antiguo del período Cociente Menos: Unidad Factor de ajuste Dic-15 120.7777 Dic-14 116.2322 1.0391 1 0.0391 3. Factor de actualización, Art. 6-II LISR INPC mes más reciente del período Entre: INPC mes más antiguo del período Cociente Jun-15 117.7113 Dic-14 116.2322 1.0127 Notas: El artículo 17-A del CFF señala que: a) Se calculan hasta el diezmilésimo. b) Cuando el cociente sea menor a 1, el factor de actualización será 1. Libros sugeridos: Pagos Mensuales del IVA 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Aplicación Práctica del Código Fiscal 2014 CASOS PRACTICOS 3 CASO 2 ACTUALIZACION Y RECARGOS DE CONTRIBUCIONES PAGADAS DE MANERA EXTEMPORANEA (Arts. 17-A y 21 CFF) Datos: Monto histórico de la contribución Mes al que corresponde el pago Fecha en que debió pagarse Fecha en que se pagó 100,000.00 ene-15 17-feb-15 21-oct-15 1. Cálculo del monto actualizado y la actualización de la contribución INPC del mes en que se efectúa el pago Entre: INPC del mes en que debió efectuar el pago Factor de actualización Por: Monto histórico de la contribución Monto actualizado de la contribución por pagar Menos: Monto histórico de la contribución ACTUALIZACION DE LA CONTRIBUCION Sep-15 118.4301 Ene-15 116.6971 1.0148 100,000.00 101,480.00 100,000.00 1,480.00 2. Cálculo de recargos Mes Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Suma: Por: Monto actualizado de la contribución por pagar MONTO A PAGAR POR RECARGOS Tasa por mora 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 1.13% 10.17% Acumulado 1.13% 2.26% 3.39% 4.52% 5.65% 6.78% 7.91% 9.04% 10.17% 101,480.00 10,321.00 Continúa... 4 EDICIONES FISCALES ISEF 3. Cálculo del monto total a pagar Monto histórico de la contribución Más: Actualización de la contribución Más: Monto a pagar por recargos MONTO TOTAL A PAGAR 100,000.00 1,480.00 10,321.00 111,801.00 Notas: 1) La actualización se realiza considerando el mes anterior al más antiguo entre el anterior al más reciente. 2) Debe considerarse que los recargos de octubre corren a partir del día 17, puesto que se pagó el 21. 3) Para la determinación se consideran fracciones de peso, pero para el pago el monto se redondea. (Art. 20 pfo. 10) Libros sugeridos: Pagos Mensuales del IVA 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Aplicación Práctica del Código Fiscal 2014 Ejemplo 1 (1) Estimado. Monto histórico de la contribución Por: Factor de actualización INPC anterior al mes más reciente (1) Entre: INPC anterior al mes más antiguo Monto actualizado de la contribución Por: Tasa de recargos por mora Igual: Recargos aplicables Multa aplicable 18 112.5270 May-14 meses 118.9867 Oct-15 120.0932 Jun-14 64,523.00 150,000.00 20.34% meses 317,220.00 18 112.7220 Continúa... 2,167.00 5,000.00 20.34% 10,653.00 1.0653 Nov-15 1.0574 16 10,000.00 8 Ejemplo 2 300,000.00 Paso 1: Determinación del adeudo actualizado y con recargos por mora Número de parcialidades Pago a plazos en parcialidades CASO 3 PAGO A PLAZOS EN PARCIALIDADES (Arts. 8 LIF; 66 y 66-A CFF) CASOS PRACTICOS 5 653.00 2,167.00 5,000.00 17,820.00 20% 3,567.00 17,220.00 64,523.00 150,000.00 531,743.00 20% 106,349.00 Continúa... 20.00% 3,564.00 14,256.00 17,820.00 10,000.00 1.25% Ejemplo 2 300,000.00 Ejemplo 1 Paso 3: Determinación del monto por el que se solicita autorización Monto Total del crédito fiscal 531,743.00 Menos: Monto del primer pago al momento de la solicitud 106,349.00 Monto por el que se solicita autorización 425,394.00 Por: Tasa aplicable según plazo solicitado 8.00% Tasa de recargos mensual que incluye actualización 1.00% Paso 2: Integración del adeudo Monto histórico de la contribución Más: Actualización Recargos Multa Igual: Monto Total del crédito fiscal Por: % del primer pago Igual: Monto del primer pago al momento de la solicitud Pago a plazos en parcialidades 6 EDICIONES FISCALES ISEF Libros sugeridos: Pago a Plazos Diferido o en Parcialidades Aplicación Práctica del Código Fiscal. Obsérvese el por ciento de inflación preestablecida Tasa por prórroga con actualización Menos: Tasa por prórroga sin actualización Diferencia Por: Meses del plazo Inflación preestablecida Paso 4: Determinación del monto de las parcialidades Monto total a solicitar pago a plazos Entre: Meses del plazo solicitado Monto de cada parcialidad Por: Número de meses solicitados Recargos con actualización Más: Monto del adeudo principal Pago a plazos en parcialidades 0.75% 0.50% 16 8.00% 0.75% 0.25% 8 2.00% 16 1,069.19 8 57,428.25 1.25% 17,107.00 14,256.00 425,394.00 459,426.00 2,851.00 34,032.00 16 Ejemplo 2 1.00% 8 Ejemplo 1 CASOS PRACTICOS 7 8 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 4 DETERMINACION DEL ISR DE LAS PERSONAS MORALES CONCEPTO “A” “B” “C” Total de ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio 25,373,439 17,067,224 5,897,231 Deducciones autorizadas (AGAPES proporcionales) PTU pagada en el ejercicio Utilidad Fiscal (Art. 9 LISR) 21,062,531 18,235,754 4,422,923 258,115 4,052,792 Pérdida Fiscal (Art. 57 LISR) 1,287,381 Deducción adicional del fomento al primer empleo 131,518 Resultado Fiscal ISR del ejercicio 47,178 1,427,130 -1,304,114 Pérdidas Fiscales de ejercicios anteriores que se aplican en el ejercicio Tasa del ISR 135,584 2,633,893 1,427,130 30% 30% 790,168 428,139 Reducción para AGAPES (Art. 74 LISR) 128,442 ISR causado 299,697 Estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica Otros estímulos - - Pagos provisionales efectuados enterados a la federación Total de estímulos 436,977 293,556 101,432 Impuesto retenido al contribuyente 12,693 8,534 2,948 Impuesto acreditable pagado en el extranjero Impuesto acreditable por dividendos o utilidades distribuidos DIFERENCIA A CARGO DIFERENCIA A FAVOR 267,326 73,173 195,317 302,090 Notas: 1) Las pérdidas obtenidas conforme al artículo 61 de la LISR vigente al 31 de diciembre de 2013, se pueden restar de acuerdo con la fracción IX del art. 62 y las fracciones VI y XX del Artículo NOVENO de DT 2014. CASOS PRACTICOS 9 2) La deducción adicional al 1er. empleo puede aplicarse de acuerdo con la fracción XXXVII del Artículo NOVENO de DT 2014. 3) La tasa de reduccción para los AGAPES es del 30%. 4) Los AGAPES tienen exentos 40 VSMG (Ver caso AGAPES). 5) Las deducciones son proporcionales a los ingresos gravados art. 28-II. 6) El ISR retenido por intereses se considera pago provisional. 7) El ISR se acredita por dividendos pagados según art. 10-I. Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 Pagos Mensuales del IVA 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Análisis Fiscal Integral de las Personas Morales No Contribuyentes Régimen Fiscal de las Actividades Agropecuarias 2013 Total de ingresos 37,163,038 150,601 230,442 Ventas y/o servicios nacionales Ventas y/o servicios extranjeros Intereses devengados a favor y ganancia cambiaria Ingresos o utilidades en otras operaciones financieras Ganancia en enajenación de activos fijos Ganancia en enajenación de terrenos Ajuste anual por inflación acumulable 37,628,871 31,546 53,245 Monto Concepto No Acumulable acumulable CASO 5 DETERMINACION DE LA PTU 37,628,871 37,163,038 150,601 230,442 31,546 53,245 Monto ISR Continúa... 37,628,871 37,163,038 150,601 230,442 31,546 53,245 Monto PTU 10 EDICIONES FISCALES ISEF 2,823,691 48,549 161,831 42,356 107,093 291,296 53,943 26,972 258,929 64,733 445,138 37,433,154 647,324 38,080,477 29,850,911 2,749,446 508,265 Monto 48,549 161,831 42,356 93,941 116,518 26,972 181,321 24,578 445,138 1,141,204 245,783 2,823,691 13,152 174,778 53,943 77,609 40,154 3,183,327 Exento Acumulable p/trabajador p/trabajador 28,358,366 2,775,042 508,265 20,921 2,823,691 22,818 76,060 19,907 57,304 229,542 53,943 12,677 162,829 51,706 209,215 35,382,286 647,324 36,029,610 1,599,261 30% 479,778 Deducible para ISR 35,987,125 1,641,746 10% 164,175 28,358,366 2,775,042 508,265 20,921 2,823,691 48,549 161,831 42,356 107,093 291,296 53,943 26,972 258,929 64,733 445,138 35,987,125 Monto PTU 1. De acuerdo con la fracción XXX del art. 28, el 53% de los conceptos exentos no son deducibles. 2. El art. 9 LISR señala en el último párrafo que para el cálculo de la base de PTU se deben disminuir de los ingresos acumulables, las cantidades que no hubiesen sido deducibles en los términos de la fracción XXX del art. 28 de la LISR. Devoluciones Costo de lo vendido Inversiones Cuotas patronales IMSS-Infonavit Ajuste anual por inflación deducible Sueldos y prestaciones gravadas Subsidios por incapacidad Vales despensa Fondos de ahorro Pagos por separación Gratificación anual Horas extras gravadas Horas extras exentas Prima vacacional Prima dominical Otras prestaciones de previsión social Total Erogaciones PTU Suma: Base Tasa ISR/PTU Concepto CASOS PRACTICOS 11 Automóvil 249,337.00 25% 31-ago-15 204,258 (a) Costo de adquisición (MOI histórico)(a) Depreciación acumulada SALDO POR DEDUCIR 2. Determinación del saldo por deducir 175,000 58,334 116,666 Continúa... COSTO TASA DE DEPRECIACION DEPRECIACION MESES DE DEPRECIACION DEDUCIBLE DEPRECIACION DEL MENSUAL UTILIZACION PROP. DEL AUTOMOVIL EJERCICIO AUTOMOVIL EJERCICIO 1 1 Agosto-13 175,000 25% 43,750 3,646 4 14,584 Diciembre-14 175,000 25% 43,750 3,646 12 43,750 DEPRECIACION 16 58,334 AÑO 1. Determinación de la depreciación fiscal acumulada Inversión: Automóvil Fecha de adquisición Agosto-13 Monto original de cada inversión Tasa de depreciación Fecha de enajenación Valor de enajenación CASO 6 GANANCIA O (PERDIDA) EN LA ENAJENACION DE ACTIVOS FIJOS (Art. 31 LISR) 12 EDICIONES FISCALES ISEF Concepto Monto obtenido por la enajenación Menos: Saldo por deducir actualizado UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL POR ENAJENACION 5. Determinación de la utilidad o pérdida fiscal Saldo por deducir Por: Factor de actualización MONTO ACTUALIZADO 4. Cálculo del monto actualizado INPC mes último mes 1a. mitad del período de uso (Art. 31 LISR) Entre: INPC adquisición Factor de actualización 3. Factor de actualización 108.9180 1.0845 Ago-13 Fiscal 204,258 126,524 77,734 Contable 204,258 116,666 87,592 1.0845 126,524 116,666 118.1249 Mar-15 Continúa... CASOS PRACTICOS 13 175,000 74,337 249,337 (b) Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Notas: (a) Considerar el límite del monto máximo a deducir, según el artículo 42-II LISR vigente en 2013 de $ 175,000.00. A partir del 1 de enero de 2014 el monto máximo deducible en automóviles se reduce a $130,000.00 de acuerdo con el art. 36 fracción II de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2014. (b) ARTICULO 28-II: No serán deducibles: Los gastos que se realicen en relación con las inversiones... En el caso de automóviles y aviones, se podrán deducir en la proporción que represente el monto original de la inversión deducible a que se refiere el artículo 36 de esta Ley, respecto del valor de adquisición de los mismos. Valor de adquisición (factura) Menos: Límite artículo 42-II MONTO NO DEDUCIBLE 6. Determinación del monto no deducible por exceder el MOI límite legal 14 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 15 CASO 7 GANANCIA POR LA ENAJENACION DE ACTIVOS FIJOS (Arts. 18-IV y 31 LISR) DATOS Inversión: Fecha de adquisición: Monto original de cada inversión: Tasa de depreciación: Fecha de enajenación: Valor de enajenación: Muebles de oficina Ago-11 316,320 10% Mar-15 290,000 Monto original de la inversión Por: Tasa de depreciación anual Depreciación anual Entre: Meses del ejercicio Depreciación mensual Por: Meses de uso completo al ejercicio inmediato anterior Depreciación acumulada Vs. Monto original de la inversión Saldo por depreciar Por: Factor de actualización INPC último mes de la 1a. mitad Ene-15 116.6971 Entre: INPC de adquisición Ago-11 100.6800 Monto actualizado por deducir Vs. Valor de enajenación: Ganancia acumulable por la enajenación de AF Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 316,320 10% 31,632 12 2,636 40 105,440 316,320 210,880 1.1590 244,410 290,000 45,590 16 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 8 GANANCIA O (PERDIDA) FISCAL EN LA ENAJENACION DE TERRENOS (Arts. 18-IV y 19 LISR) DATOS Inversión: Fecha de adquisición Monto original de la inversión Fecha de enajenación Valor de enajenación Terreno Sep-95 1,270,300 Oct-15 6,869,470 1. Obtención del factor de actualización FACTOR DE ACTUALIZACION INPC mes inmediato anterior a la enajenación (Art. 21 LISR) Entre: INPC adquisición Factor de actualización Sep-15 118.4301 Sep-95 27.7614 4.2660 2. Actualización del monto original de la inversión Monto original de la inversión Por: Factor de actualización Monto actualizado del MOI histórico 1,270,300 4.2660 5,419,101 3. Determinación de la utilidad o pérdida fiscal VALOR DE ENAJENACION Menos: Monto actualizado del MOI Utilidad (pérdida) fiscal por enajenación Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 6,869,470 5,419,101 1,450,368 MOI 17-Ene-13 2,050,000 29-May-12 553,760 22-Sep-09 270,745 20-Sep-14 130,000 19-Mar-15 130,000 15-Jun-15 278,400 10-Ene-11 100,000 Fecha de adquisición 12 12 12 12 9 6 12 10 6 5% 10% 10% 25% 25% 30% 5% 100% 100% Tasa de Meses deducción compleanual tos de (LISR 40) uso 451,178 3,390,110 2,650,347 sep-15 118.4301 jul-15 117.6642 1.0061 1.0033 1.0931 1.1329 1.2473 1.0331 1.0000 1.0061 1.1744 Factor de actualización 453,930 3,427,409 2,659,093 112,043 62,735 33,770 33,576 24,375 42,015 5,872 Deducción actualizada Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 40 Casos Prácticos sobre Deducciones Autorizadas (7) Debe tenerse presente que los INPC 2014 son estimados. (6) Personas que padezcan discapacidad en los términos del art. 186 de la LISR. (5) Son fuentes renovables aquellas que por su naturaleza o mediante un aprovechamiento adecuado se consideran inagotables, tales como la energía solar, etc. (Art. 34-XIII, 2o. pfo.) (4) A partir del 1 de enero de 2014 el monto máximo deducible en automóviles se reduce a $ 130,000.00 de acuerdo con el art. 36 fracción II de la LISR vigente a partir del 1 enero 2014. (3) Art. 9o. DT fracción V, aplica la deducción conforme a la LISR vigente al 31 de diciembre de 2013 al saldo pendiente de deducir considerando el MOI en los términos de la misma LISR $ 175,000. (2) Para el presente ejercicio culmina su deducción, por lo cual el período de uso en meses completos es de enero a septiembre. 117.7113 117.2689 Mes 1a. INPC INPC Deprecia1a. de ción con- mitad período de mitad adquisición table hisuso (7) tórica del ejercicio 102,500 jun-15 117.7113 107.6780 55,376 jun-15 117.7113 103.8990 27,074 jun-15 117.7113 94.3667 32,500 jun-15 117.7113 113.9390 24,375 jul-15 117.6642 118.1249 41,760 sep-15 118.4301 117.7113 5,000 jun-15 117.7113 100.2280 (1) En el primer y último ejercicio de su utilización, la deducción por inversiones se calcula con las reglas aplicables a ejercicios irregulares. Notas: Equipo de cómputo Gastos, cargos diferidos Maquinaria y equipo para la generación de energía (Fuentes Renovables, Art. 34-XIII) (5) 16-Feb-15 3,180,417 Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes (Art. 34-XII) (6) 10-Jun-15 902,355 Sumas: 7,595,677 Construcciones Maquinaria y equipo Mobiliario y equipo de oficina (1) (2) Equipo de transporte automóviles (3) Equipo de transporte automóviles (4) Descripción CASO 9 CEDULA DE DEDUCCION DE INVERSIONES Y DEPRECIACION CONTABLE (Arts. 31 a 38 LISR) CASOS PRACTICOS 17 66,034 9,381,631 10,386,532 10,290,352 66,034 8,823,145 107,615 107,615 85,459 1,299,344 5,906,108 3,228,094 8,330,188 821,492 74,689 595,506 2,706,844 4,131,657 Noviembre Diciembre 9,248,211 10,626,620 107,615 35,911 1,398,960 6,358,909 1,346,816 Octubre Promedio mensual créditos No. meses Continúa... 8,117,282 12 2,633,115 5,594,252 5,967,813 7,420,798 8,704,732 127,083 10,915 1,545,124 7,023,289 136,202 Septiembre 2,633,115 8,227,367 14,195,180 21,615,978 30,320,710 39,702,341 50,088,873 60,379,225 69,202,370 78,450,581 89,077,201 97,407,389 153,071 25,194 1,826,207 8,300,940 71,977 Agosto Suma: 127,083 62,462 1,813,285 8,242,206 265,007 Julio Suma acumulada 231,036 469,348 172,326 106,292 Documentos por cobrar Otras cuentas por cobrar 100,203 Deudores diversos 783,683 1,048,147 1,304,482 1,535,315 1,650,913 Junio 412,620 Mayo Clientes extranjeros 33,780 Abril 7,504,148 28,279 Marzo Clientes nacionales 1,875,547 3,562,197 4,764,304 5,929,465 6,978,704 547,988 Febrero 54,244 138,453 Enero 1,168 Bancos Concepto Créditos CASO 10 AJUSTE ANUAL POR INFLACION (Arts. 44 y 46 LISR) 18 EDICIONES FISCALES ISEF Abril Promedio mensual deudas No. meses 7,754,601 340,446 29,515 672,536 41,942 9,559,816 964,164 11,441 794,144 17,070 2,725,744 9,303,301 964,164 17,604 877,265 31,993 3,050,631 4,361,644 Julio 9,294,451 964,164 16,230 1,081,844 31,085 3,269,976 3,931,152 Agosto 7,076,952 964,164 20,319 1,207,903 35,219 3,749,951 1,099,396 Septiembre 4,423,699 964,164 54,214 - 38,133 2,723,161 644,027 Octubre 4,400,745 964,164 44,512 - 39,130 2,707,214 645,725 Continúa... 7,279,207 12 2,022,438 964,164 19,257 - 13,642 - 1,025,375 Noviembre Diciembre 8,423,895 17,695,053 25,455,686 33,514,475 41,269,076 50,828,892 60,132,193 69,426,644 76,503,596 80,927,295 85,328,040 87,350,478 340,446 61,370 645,443 44,751 2,791,780 5,047,253 Junio Suma acumulada 340,446 42,045 559,420 38,745 9,271,158 7,760,633 8,058,789 340,446 67,043 532,472 43,961 1,381,004 1,642,146 1,971,221 3,878,382 Mayo 8,423,895 340,446 64,819 409,059 Marzo 6,906,232 5,137,831 4,995,558 Febrero Suma: Aport. p/futuros aumentos de capital por Documentos pagar 37,235 diver- Acreedores sos (2) 739,942 6,832,394 Proveedores Extranjeros (1) banca- Enero Proveedores Nacionales Préstamos rios Concepto Deudas CASOS PRACTICOS 19 120.7777 Dic-14 INPC - El caso es independiente de los promedios empleados para el ajuste deducible, ejemplificativo como un caso aislado de ajuste acumulable, cuando las deudas superan a los créditos. Las personas morales AGAPES, no tienen la obligación de determinar el AJAI. (3) (4) Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 40 Casos Prácticos sobre Deducciones Autorizadas No se consideran créditos los que sean a cargo de personas físicas y no provengan de sus actividades empresariales (45-I); los que sean a cargo de socios o accionistas (45-II); a cargo de funcionarios y empleados (45-III); el efectivo en caja (45-VII). 3,868,166 Los créditos y deudas, en moneda extranjera, se valúan a la paridad existente al primer día del mes. - 32,769 (2) 116.2322 0.0391 98,930,069 - 109,237,428 10,307,359 Ajuste acumulable (3) (1) Ajuste anual acumulable por deudas Ajuste anual deducible por créditos Dic-15 INPC Factor de ajuste 0.0391 0 Diferencia mayor por deudas Por: 838,076 7,279,207 8,117,282 Ajuste deducible Diferencia mayor por créditos Promedio mensual deudas Vs. Promedio mensual créditos Concepto 20 EDICIONES FISCALES ISEF 366,718 0 1,222,395 30% 366,718 2,027 364,691 177,871 186,820 592,903 30% 177,871 1,949 175,922 175,922 175,922 177,871 175,922 NETO A PAGAR PAGO ACUMULADO EFECT. PAGADO ACUMULADO 366,718 362,742 186,820 30% 241,328 0 241,328 12,941 1,222,395 12,941 592,903 366,718 362,742 0 804,427 12,941 804,427 44,698 29,799 14,899 MARZO 4,215,936 12,168,024 0.0635 772,670 FEBRERO 4,054,041 7,952,088 0.1516 1,205,537 ENERO 3,898,047 3,898,047 0.1516 590,944 CONCEPTO Ingresos nominales del mes Ingresos nominales acumulados Coeficiente de utilidad Utilidad fiscal estimada Más: Inventario acumulable (1) Menos: PTU pagada en el ejercicio (2) Menos: Deducción adicional del fomento al primer empleo (3) Utilidad fiscal estimada modificada Menos: Pérdidas de ejercicios anteriores Resultado fiscal estimado Por: TASA ART. 10 LISR Pago provisional Retenciones por intereses (4) Diferencia Menos: Pagos provisionales anteriores Diferencia 366,718 362,742 0 366,718 0 30% 327,857 0 327,857 1,092,858 12,941 1,092,858 59,597 ABRIL 4,307,575 16,475,599 0.0635 1,046,201 377,047 371,364 8,622 366,718 8,622 30% 377,047 1,707 375,340 1,256,823 399,331 392,648 21,284 377,047 21,284 30% 399,331 1,000 398,331 1,331,104 12,941 1,331,104 135,338 67,669 12,941 1,256,823 89,396 JUNIO 2,000,798 21,889,556 0.0635 1,389,987 74,497 MAYO 3,413,159 19,888,758 0.0635 1,262,936 CASO 11 PERSONAS MORALES SOCIEDADES MERCANTILES PAGOS PROVISIONALES DE ISR PERIODO ENERO-DICIEMBRE (Art. 14 LISR) 472,366 463,350 Continúa... 70,702 399,331 70,702 30% 472,366 2,333 470,033 1,574,555 12,941 1,574,555 203,007 104,295 JULIO 4,664,882 26,554,438 0.0635 1,686,207 CASOS PRACTICOS 21 1,789,841 30% 536,952 1,342 535,610 501,653 33,957 1,672,176 30% 501,653 1,184 500,469 472,366 28,103 501,653 491,453 536,952 525,410 33,957 12,941 1,789,841 12,941 1,672,176 28,103 134,094 338,345 119,195 270,676 AGOSTO SEPTIEMBRE 2,368,361 2,684,017 28,922,799 31,606,816 0.0635 0.0635 1,836,598 2,007,033 617,163 603,100 77,690 536,952 77,690 30% 617,163 2,521 614,642 2,057,209 12,941 2,057,209 406,014 148,994 OCTUBRE 5,041,534 36,648,350 0.0635 2,327,170 690,076 673,684 70,583 617,163 70,583 30% 690,076 2,330 687,746 2,300,252 12,941 2,300,252 473,683 163,893 NOVIEMBRE 4,658,475 41,306,825 0.0635 2,622,983 715,394 697,922 24,238 690,076 24,238 30% 715,394 1,080 714,314 2,384,645 12,941 2,384,645 541,352 178,792 DICIEMBRE 2,160,045 43,466,870 0.0635 2,760,146 715,394 1.65% 0 697,922 690,076 17,472 TOTAL 43,466,870 43,466,870 Se acumula la 12a. parte del inventario acumulable en el ejercicio. ARTICULO TERCERO de Disposiciones Transitorias 2005, fracción V, último párrafo y Art. NOVENO fracción XII DT 2014. El Decreto del 28 de noviembre de 2006, ratificado el 30 de marzo de 2012, señala que de la utilidad fiscal estimada se podrá disminuir el pago de la P.T.U. a partir del mes de mayo hasta diciembre del mismo año, así el monto de la P.T.U. se dividirá entre 8, y se aplica acumulando hasta llegar a diciembre. No obstante, se espera su ratificación para 2014, en caso contrario, no podrá disminuirse. 3. Aplicable en pagos provisionales sin que exceda el monto de la utilidad fiscal, Art. 230-III, pero considerando el salario base pagado a los trabajadores en el período al que corresponda el pago, Art. 233, 2o. párrafo, LISR 2013, y fracción XXXVII del Artículo NOVENO de DT 2014. 4. El ISR retenido por intereses se considera pago provisional, según artículo 54 y 14-III LISR. Libros sugeridos: Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF 1. 2. Nota: PAGO ACUMULADO EFECT. PAGADO ACUMULADO NETO A PAGAR CONCEPTO Ingresos nominales del mes Ingresos nominales acumulados Coeficiente de utilidad Utilidad fiscal estimada Más: Inventario acumulable (1) Menos: PTU pagada en el ejercicio (2) Menos: Deducción adicional del fomento al primer empleo (3) Utilidad fiscal estimada modificada Menos: Pérdidas de ejercicios anteriores Resultado fiscal estimado Por: TASA ART. 9 LISR Pago provisional Retenciones por intereses (4) Diferencia Menos: Pagos provisionales anteriores Diferencia 22 EDICIONES FISCALES ISEF 39,662 277,827 30% 39,662 938 38,724 22,664 16,060 30% 22,664 1,251 21,413 21,413 21,413 22,664 21,413 NETO A PAGAR PAGO ACUMULADO EFECT. PAGADO ACUMULADO 39,662 37,474 16,060 30% 320,303 2,814 317,489 132,208 75,548 320,303 315,301 277,827 1,067,677 2,801,780 1,067,677 1,225,779 132,208 700,445 75,548 MARZO 5,628,575 10,006,355 0.3867 3,869,457 FEBRERO 1,876,191 4,377,780 0.3102 1,357,987 ENERO 2,501,589 2,501,589 0.3102 775,993 CONCEPTO Ingresos nominales del mes Ingresos nominales acumulados Coeficiente de utilidad (1) Utilidad Fiscal Estimada Menos: Anticipos de rendimientos acumulados (2) Utilidad fiscal estimada modificada Menos: Pérdidas de ejercicios anteriores Resultado fiscal estimado Por: Tasa Art. 10 LISR Pago provisional Retenciones por intereses (3) Diferencia Menos: Pagos provisionales anteriores Diferencia 440,417 433,538 118,238 320,303 118,238 30% 440,417 1,876 438,541 1,468,057 3,852,447 1,468,057 ABRIL 3,752,383 13,758,738 0.3867 5,320,504 510,484 502,511 68,972 440,417 68,972 30% 510,484 1,095 509,389 1,701,612 4,465,336 1,701,612 MAYO 2,188,890 15,947,628 0.3867 6,166,948 CASO 12 PERSONAS MORALES SOCIEDADES CIVILES PAGOS PROVISIONALES DE ISR PERIODO ENERO-DICIEMBRE (Art. 14 LISR) 560,531 551,776 49,265 510,484 49,265 30% 560,531 782 559,749 1,868,435 4,903,115 1,868,435 JUNIO 1,563,493 17,511,121 0.3867 6,771,550 Continúa... 600,569 591,188 39,412 560,531 39,412 30% 600,569 626 599,943 2,001,897 5,253,336 2,001,897 JULIO 1,250,794 18,761,915 0.3867 7,255,233 CASOS PRACTICOS 23 30% 735,697 1,408 734,289 645,611 88,678 88,678 30% 645,611 704 644,907 600,569 44,338 44,338 735,697 724,205 2,452,322 2,152,038 645,611 635,527 6,435,338 2,452,322 5,647,337 2,152,038 AGOSTO SEPTIEMBRE 1,407,144 2,814,287 20,169,059 22,983,346 0.3867 0.3867 7,799,375 8,887,660 800,758 788,249 64,044 735,697 64,044 30% 800,758 1,017 799,741 2,669,195 7,004,449 2,669,195 OCTUBRE 2,032,541 25,015,887 0.3867 9,673,644 880,834 867,075 78,825 800,758 78,825 30% 880,834 1,251 879,583 2,936,114 7,704,894 2,936,114 NOVIEMBRE 2,501,589 27,517,476 0.3867 10,641,008 1,000,948 985,312 118,238 880,834 118,238 30% 1,000,948 1,876 999,072 3,336,493 8,755,561 3,336,493 DICIEMBRE 3,752,383 31,269,859 0.3867 12,092,054 1,000,948 985,312 15,636 TOTAL 31,269,859 31,269,859 Estudio Práctico del ISR para Personas Morales 2014 40 Casos Prácticos sobre Deducciones Autorizadas Sociedades y Asociaciones Civiles 2014 Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF Libros sugeridos: 1. El Coeficiente de Utilidad se modifica en marzo porque en ese mes se presentó la declaración anual del ejercicio anterior, sin embargo, puede presentarse desde el mes de enero. 2. Se disminuye de la utilidad fiscal el importe de los anticipos y rendimientos distribuidos en los terminos de los artículos 94-II y 14-II LISR. 3. El ISR retenido por intereses se considera pago provisional, según artículos 54 y 14-III LISR. PAGO ACUMULADO EFECT. PAGADO ACUMULADO NETO A PAGAR CONCEPTO Ingresos nominales del mes Ingresos nominales acumulados Coeficiente de utilidad (1) Utilidad Fiscal Estimada Menos: Anticipos de rendimientos acumulados (2) Utilidad fiscal estimada modificada Menos: Pérdidas de ejercicios anteriores Resultado fiscal estimado Por: Tasa Art. 10 LISR Pago provisional Retenciones por intereses (3) Diferencia Menos: Pagos provisionales anteriores Diferencia 24 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 25 CASO 13 CUENTA DE CAPITAL DE APORTACION (Art. 78 LISR) 1. Integración del capital social Fecha 13-Oct-66 31-Ago-69 25-Nov-74 25-Ene-81 25-Abr-95 30-May-95 Sumas Acciones 6,300 2,700 7,643 3,600,000 2,034,000 Valor Aportación Aportación nominal 1.00 6,300 1.00 2,700 1.00 7,643 1,357 1.00 18,000 1.00 3,600,000 1.00 2,034,000 5,650,643 19,357 Total 6,300 2,700 9,000 18,000 3,600,000 2,034,000 5,670,000 2. Saldo inicial de la CUCA al 31-Dic-91 Fecha Aportación 13-Oct-66 31-Ago-69 25-Nov-74 25-Nov-74 25-Ene-81 6,300 2,700 7,643 1,357 18,000 36,000 INPC Dic. 91 15.24090 15.24090 15.24090 15.24090 15.24090 INPC mes de aportación 0.02141 0.01568 0.02715 0.02715 0.08734 Factor de Aportación actualiza- actualizada ción 711.9918 4,485,548 972.0793 2,624,614 561.4254 4,290,974 561.4254 761,854 174.4976 3,140,957 15,303,947 3. Actualización del saldo de la CUCA al 31-Dic-95 Fecha 31-Dic-91 31-Dic-92 31-Dic-93 31-Dic-94 30-Abr-95 Más: Aportación Saldo al 31-May-95 Más: Aportación Saldo al 31-Dic-95 Monto 15,303,947 15,303,947 17,129,708 18,500,085 19,804,341 25-Abr-95 30-Abr-95 28,090,273 30-May-95 30-May-95 31,295,637 INPC mes cierre 15.2409 17.0604 18.4268 19.7261 24.3943 25.4139 29.9770 INPC mes última actualización 15.24090 15.24090 17.06037 18.42677 19.72614 Factor de actualización 1.0000 1.1193 1.0800 1.0705 1.2366 Monto actualizado 15,303,947 17,129,708 18,500,085 19,804,341 24,490,048 24.39428 3,600,000 28,090,048 1.0417 29,261,403 25.4139 2,034,000 31,295,403 1.1795 36,912,928 Monto INPC mes cierre 36,912,928 29.9770 36,912,928 38.2821 47,137,809 44.2995 54,543,159 52.5433 64,688,187 59.0159 72,651,303 64.3033 79,153,595 67.1349 82,636,353 70.9619 87,346,625 73.7837 90,814,286 77.6137 95,527,547 80.2004 98,708,614 83.4511 102,706,313 86.5881 106,557,800 92.2407 113,505,369 95.5370 117,557,511 99.7421 122,730,041 103.5510 127,406,056 107.2460 131,941,712 111.5080 137,179,798 116.2322 142,982,503 120.7777 125.3508 148,573,119 INPC mes última actualización Factor de actualización Monto actualizado 29.9770 1.0000 36,912,928 29.9770 1.2770 47,137,809 38.2821 1.1571 54,543,159 44.2995 1.1860 64,688,187 52.5433 1.1231 72,651,303 59.0159 1.0895 79,153,595 64.3033 1.0440 82,636,353 67.1349 1.0570 87,346,625 70.9619 1.0397 90,814,286 73.7837 1.0519 95,527,547 77.6137 1.0333 98,708,614 80.2004 1.0405 102,706,313 83.4511 1.0375 106,557,800 86.5881 1.0652 113,505,369 92.2407 1.0357 117,557,511 95.5370 1.0440 122,730,041 99.74209 1.0381 127,406,056 103.55100 1.0356 131,941,712 107.24600 1.0397 137,179,798 111.50800 1.0423 142,982,503 116.23220 1.0391 148,573,119 120.77770 1.0378 154,189,183 1. Ver regla de RMF 2003 3.7.3. 2. La actualización a 1991, con fundamento en el art. 120 de la LISR vigente hasta diciembre de 2001. 3. La actualización a partir de 1992, con fundamento en el art. 88 de la LISR vigente a partir del 1 de enero de 2002. Fecha 31-Dic-95 31-Dic-96 31-Dic-97 31-Dic-98 31-Dic-99 31-Dic-00 31-Dic-01 31-Dic-02 31-Dic-03 31-Dic-04 31-Dic-05 31-Dic-06 31-Dic-07 31-Dic-08 31-Dic-09 31-Dic-10 31-Dic-11 31-Dic-12 31-Dic-13 31-Dic-14 31-Dic-15 31-Dic-16 4. Actualización del saldo de la CUCA al 31-Dic-10 26 EDICIONES FISCALES ISEF 41,620 51,623 129,198 199,707 276,303 336,949 451,108 767,981 736,084 1,647,169 4,838,119 (1) Factores supuestos. 1978 1979 1980 1981 1982 1983 1984 1985 1986 1987 1988 18,717 21,682 54,263 83,877 116,047 141,519 189,465 322,552 309,155 662,410 1,921,673 3,358 4,127 10,353 15,949 22,104 26,371 36,094 76,805 73,587 164,732 483,844 1. Utilidades fiscales netas actualizadas de 1977 a 1988 Ejercicio Resultado ISR PTU fiscal fiscal 3,847 5,456 5,666 7,625 21,685 165,152 167,250 50,434 78,414 26,091 67,712 No deducibles 15,699 20,358 58,916 92,257 116,467 3,907 58,298 318,190 274,928 793,936 2,364,890 Utilidad fiscal neta CASO 14 CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (Art. 77 LISR) Factor de actualización (1) 151.9347688 126.5907789 97.49250233 75.76079601 38.10065734 21.07591087 13.24224743 8.086900501 3.930475226 1.516573958 1 2,385,172 2,577,129 5,743,878 6,989,471 4,437,462 82,345 771,995 2,573,171 1,080,596 1,204,062 2,364,890 30,210,171 UFIN actualizada CASOS PRACTICOS 27 28 EDICIONES FISCALES ISEF 2. Determinación de la utilidad fiscal neta de 1987 y 1988 Ejercicio Título Resulta- Propor- Resultafiscal aplica- do fiscal ción do fiscal ble ISR proporcional 1987 VII 1,533,934 80% 1,227,147 1987 II 2,100,109 20% 420,022 Sumas 3,634,042 1,647,169 1988 1988 Sumas VII II 5,436,444 3,940,633 9,377,077 60% 40% Tasa ISR ISR del ejercicio 42% 35% 515,402 147,008 662,410 3,261,866 42% 1,576,253 35% 4,838,119 1,369,984 551,689 1,921,673 3. Determinación de los gastos no deducibles de 1987 y 1988 Ejercicio Título Gastos no Proporción fiscal aplicable deducibles ISR 1987 1987 Sumas VII II 26,091 26,091 80% 20% 1988 1988 Sumas VII II 67,712 67,712 60% 40% Gastos no deducibles proporcionales 20,873 5,218 26,091 40,627 27,085 67,712 4. Dividendos percibidos actualizados Fecha pago Abr-80 Nov-81 Sumas Dividendo 8,324 4,897 Factor de actualización (1) 924.5409 814.2215 Dividendo actualizado a dic. 01 7,695,925 3,986,836 11,682,761 5. Dividendos distribuidos actualizados Fecha pago Feb-79 Jul-81 Oct-81 Dic-82 Sumas Dividendo 4,764 5,813 16,810 27,200 Factor de actualización (1) 1,177.1615 685.7739561 645.3365071 310.0701461 Dividendo actualizado a dic. 01 5,607,997 3,986,404 10,848,107 8,433,908 28,876,416 (1) Factores supuestos. Nota: Ver regla 3.6.2. de RMF 2007 y Artículo Transitorio Décimo Tercero de RMF 2008. Sumas 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 Ejercicio fiscal 43,389 3,879,037 7,446,607 842,955 652,581 127,615 11,408,933 21,276,021 104,756,165 43,402,961 51,173,861 20,769,223 4,338,120 2,431,686 12,394,629 7,274,277 ISR 387,525 2,979,309 UFIRE 1,047,364 8,275,857 Resultado fiscal 6. Utilidades fiscales netas de 1989 a 2001 12,761 1,140,893 2,127,602 5,358,230 2,263,374 1,239,463 727,428 104,737 827,586 PTU 29,458 284,137 72,811 288,708 175,847 2,754,706 1,768,839 157,662 323,445 No deducibles 42,006 6,104,867 11,629,001 47,092,411 19,541,937 4,062,340 2,346,324 1.5155 1.2777 1.1376 1.0440 1.0000 3.6433 3.4033 Continúa... 136,979,842 63,661 7,800,188 13,229,152 49,164,477 19,541,937 14,800,322 7,985,245 Utilidad Factor UFIN fiscal actualización actualizada neta supuesto a Dic. 01 397,440 6.7990 2,702,194 4,145,518 5.2328 21,692,666 CASOS PRACTICOS 29 30 EDICIONES FISCALES ISEF 7. Dividendos distribuidos de 1989 a 2001 Fecha pago Ago-91 Ago-94 Abr-95 Jul-97 Jun-98 Dic-98 Sep-99 Dic-99 Abr-00 Jul-00 Oct-00 Sumas Dividendo 5,668,328 2,142,638 3,736,379 793,583 6,802,008 8,517,672 13,415,291 21,724,931 6,266,541 13,841,146 10,594,697 Factor actualización (1) 4.7209 3.4943 2.7521 1.5999 1.3996 1.2777 1.1665 1.1376 1.1002 1.0855 1.0644 Dividendo actualizado a Dic. 01 26,759,611 7,487,022 10,282,889 1,269,653 9,520,090 10,883,029 15,648,937 24,714,282 6,894,448 15,024,564 11,276,995 139,761,520 (1) Factores supuestos. 8. Saldo de la CUFIN al 31 de diciembre de 2001 Suma de las utilidades fiscales netas de 1978 a 1988 Más: Suma de los dividendos percibidos actualizados de 1978 a 1982 Resultado Menos: Suma de los dividendos distribuidos de 1978 a 1982 Resultado Más: Suma de las utilidades fiscales netas de 1989 a 2001 Resultado Menos: Suma de los dividendos distribuidos de 1989 a 2001 Saldo CUFIN al 31 de diciembre de 2001 30,210,132 11,682,761 41,892,893 28,876,416 13,016,477 136,979,842 149,996,319 139,761,520 10,234,799 Nota: Se sugiere consultar el Artículo Noveno de Disposiciones Transitorias de la LISR, fracciones XXV y XXX. A partir de 2014 deberán llevarse 2 cuentas de CUFIN: 1a. CUFIN. Con utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2013. 2a. CUFIN. Con utilidades generadas a partir del 1 de enero de 2014. Cuando no se lleven 2 cuentas por separado se entenderá que las mismas fueron generadas a partir del año 2014, consecuentemente causarán el impuesto adicional del 10% de los artículos 140 segundo párrafo y 164 fracciones I y IV. CASOS PRACTICOS 31 CASO 15 GANANCIA O PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES (Art. 22 LISR) 1. DETERMINACION DEL MONTO ORIGINAL AJUSTADO DE LAS ACCIONES CONCEPTO a) Costo comprobado de adquisición actualizado de las acciones “A” “B” “C” “D” 456,000 456,000 456,000 456,000 Más: b) UFIN a la fecha de enajenación actualizada 490,000 490,000 490,000 490,000 Menos: b’) UFIN a la fecha de adquisición actualizada 275,000 275,000 275,000 275,000 Resultado del inciso a) de la fracción II del artículo 22 de la LISR 671,000 671,000 671,000 671,000 Menos: c) Pérdidas fiscales pendientes de disminuir a la fecha de la enajenación actualizadas 295,000 295,000 295,000 - Menos: d) Reembolsos pagados por la emisora actualizados 97,050 97,050 97,050 97,050 19,000 19,000 19,000 19,000 Menos: e) UFIN negativa pendiente de disminuir a la fecha de la enajenación actualizada Resultado del inciso b) de la fracción II del artículo 22 de la LISR 259,950 259,950 259,950 554,950 Más: f) Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores a la tenencia de acciones disminuidas de la utilidad fiscal durante el período de tenencia accionaria actualizadas Más: Menos: 25,000 25,000 270,000 64,000 Sin considerar 25,000 25,000 Más: g) UFIN negativa determinada con fechas anteriores a la tenencia accionaria y que se disminuyó de la CUFIN durante el período de tenencia accionaria (no especifica actualización), de acuerdo con el artículo 21 del RLISR Monto original ajustado de las acciones 554,950 348,950 284,950 579,950 32 EDICIONES FISCALES ISEF Entre: Número total de acciones propiedad del contribuyente 1,400 1,400 1,400 1,400 396 249 204 414 Ingreso obtenido por acción 520 520 520 520 Ganancia por enajenación de acciones 124 271 316 106 Costo promedio por acción Vs. Libros sugeridos: Régimen Fiscal de la Enajenación de Acciones 2013 Asamblea de Socios o Accionistas en las Sociedades Mercantiles 2014 Dividendos o utilidades distribuidos Más: ISR resultante DIVIDENDO BRUTO Por: Tasa del artículo 10 LISR ISR calculado que deberá enterar la persona moral que distribuyó el dividendo Dividendos o utilidades distribuidos Por: Factor Dividendo piramidado Por: Tasa del artículo 10 LISR ISR resultante Concepto 1,000,000 265,818 1,265,818 21% 265,822 1,000,000 428,580 1,428,580 30% 428,574 21% 265,818 10% 100,000 30% 428,580 Continúa... 10% 100,000 1.0000 1,000,000 1.2658 1,265,800 1.0000 1,000,000 1.4286 1,428,600 AGaPeS Tasa adicional (2) 1,000,000 1,000,000 2015 Tasa adicional (2) 1,000,000 1,000,000 CASO 16 PERSONAS MORALES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS O UTILIDADES (Art. 10 LISR) CASOS PRACTICOS 33 30% 1.4286 2014 AGaPeS 21% 1.2658 Continúa... 3. El impuesto adicional a los dividendos, sólo será aplicable a las utilidades generadas a partir del ejercicio 2014 que sean distribuidas por la persona moral residente en México o establecimiento permanente. Sin embargo, como condición para no gravar utilidades anteriores se debe contar con dos cuentas: CUFIN hasta 2013 y CUFIN a partir de 2014. (Fracción XXX del ARTICULO NOVENO de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA). 2. Acorde con el segundo párrafo del art. 140 LISR, las personas morales que distribuyan dividendos, están obligadas a retener un 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidas. Esta retención tiene el carácter de pago definitivo, por lo que no es acreditable para la persona física. 1. No se estará obligado al pago del impuesto a que se refiere este artículo cuando los dividendos o utilidades provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta que establece esta Ley. Notas: Ejercicio fiscal Tasa para el artículo 9 Factor del artículo 10 primer párrafo Tasas y factores empleados en cada ejercicio 34 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 35 Determinación del factor de piramidación Dividendo total Menos: ISR Dividendo neto Dividendo total Entre: Dividendo neto Factor del art. 10 primer párrafo 2015 100 AGaPeS 100 30 70 21 79 100 100 70 1.4286 79 1.2658 Determinación de la tasa de AGAPES Resultado Fiscal Régimen Fiscal de las Actividades Agropecuarias 2013 ISR del ejercicio Por: Tasa de reducción ISR a reducir ISR del ejercicio Menos: ISR a reducir ISR causado en el ejercicio Entre: Base del impuesto Tasa efectiva 100 30% 30 30% 9 30 9 21 100 21% (1) El ISR adicional es por el 10% sobre el dividendo sin impuesto a la tasa del 30%; es definitivo y no tiene derecho al acreditamiento. Continúa... 36 EDICIONES FISCALES ISEF ACREDITAMIENTO DEL ISR PAGADO POR DIVIDENDOS (Arts. 10 fracciones I y II; 140 fracciones I y II) Concepto Fracción I Resultado Fiscal Por: Tasa aplicable ISR a cargo Menos: ISR acreditado ISR a pagar Fracción II ISR acreditado Entre: Factor correspondiente Cantidad a disminuir de la UFIN 2015 AGAPES (3) 1,428,600 1,265,800 30% 428,580 21% 265,818 428,580 0 265,818 0 428,580 265,818 0.4286 0.2658 999,953 1,000,068 Determinación del saldo UFIN Concepto 2015 Resultado fiscal 1,428,600 Menos: ISR pagado 428,580 Menos: No deducibles UFIN (Art. 88) 1,000,020 Menos: Cantidad a disminuir de UFIN 999,953 Saldo UFIN 67 AGAPE’s Concepto Monto SMG Por: Veces exced. Monto día Por: Días del año Exced. de Concepto 69.95 40 2,798.00 365 1,021,270.00 Monto SMG Por: AGAPES (3) 1,265,800 265,818 69.95 Veces exced. 423 Exced. de 29,588.85 Por: Días del año 365 Exced. de 10,799,930.25 999,982 1,000,068 - 86 Notas: 1. El ISR acreditado evita que haya una doble tributación, no obstante, el ISR que no se acredite dentro del ejercicio y los dos siguientes ya no se recupera. 2. El monto disminuido de la CUFIN equivale al dividendo que recibieron los socios, no proveniente de CUFIN. 3. La reducción es aplicable a PM cuyos ingresos excedan de 40 VSMG, pero no de 423 VSMG. Libros sugeridos: Régimen Fiscal de la Enajenación de Acciones 2013 Asamblea de Socios o Accionistas en las Sociedades Mercantiles 2014 CASOS PRACTICOS 37 CASO 17 FORMAS DE TRIBUTAR EN EL ISR DE LOS CONTRIBUYENTES QUE SE DEDIQUEN EXCLUSIVAMENTE A LAS ACTIVIDADES AGRICOLAS, GANADERAS, SILVICOLAS O PESQUERAS (Art. 74 LISR) 1er. Límite por cada socio persona física Concepto SMG VSMG máximo VSMG por día Por: Días del año Monto límite para no pagar ISR 2o. Límite por todos los socios Concepto SMG VSMG máximo VSMG por día Por: Días del año Monto límite para no pagar ISR “A” 69.95 20 1,399 “B” 66.29 20 1,326 365 510,635 365 483,990 “A” 69.95 200 13,990 “B” 66.29 200 13,258 365 5,106,350 365 4,839,170 3o. Límite mínimo para personas morales exclusivamente AGAPES Concepto “A” “B” SMG 69.95 66.29 VSMG máximo 40 40 Monto límite para no pagar ISR 2,798 2,652 Por: Días del año 365 365 Monto límite para no pagar ISR 1,021,270 967,980 4o. Límite máximo para personas morales exclusivamente AGAPES Concepto “A” “B” SMG 69.95 66.29 VSMG máximo 423 423 Monto límite para no pagar ISR 29,589 28,041 Por: Días del año 365 365 Monto límite para no pagar ISR 10,799,985 10,234,965 Por el excedente se pagará el impuesto en los términos del séptimo párrafo de este artículo, reduciéndose el impuesto determinado conforme a la fracción II de dicho párrafo, en un 30% para personas morales. Ingresos totales Menos: Monto límite para no pagar ISR Excedente para el pago de ISR Entre: Ingresos totales Proporción de deducciones Por: Erogaciones totales Deducciones aplicables 16,641,175 11,226,905 5,414,270 16,641,175 0.3254 12,480,080 4,061,018 Libros sugeridos: Régimen Fiscal de las Actividades Agropecuarias 2013 CASO 18 ISR a cargo anual ISR a favor anual Subsidio para el empleo ISR a retener Subsidio para el empleo a entregar Menos: Retenciones mensuales 1,881.14 - 382.46 146.35 4,036.50 496.08 3,540.42 6.40% 226.59 9.52 236.11 - 13,999.36 10,298.36 3,701.00 21.36% 790.53 1,090.61 1,881.14 834.74 INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR Suma de exentos: - 834.74 4,036.50 14,834.10 4,036.50 0 0 0 0 0 0 - Febrero Prima vacacional PTU Aguinaldo Vales despensa 4,174.75 9,824.60 0 0 0 0 0 834.74 Enero Suma ingresos: Vales despensa Sueldos Comisiones Vacaciones Prima vacacional PTU Aguinaldo Concepto 1,703.51 - 13,167.73 10,298.36 2,869.37 21.36% 612.90 1,090.61 1,703.51 - - 13,167.73 4,174.75 8,992.98 0 0 0 0 0 - Marzo 392.77 192.32 3,479.31 496.08 2,983.23 6.40% 190.93 9.52 200.45 - - 3,479.31 3,479.31 0 0 0 0 0 0 - Abril Continúa... 324.87 31.46 - 5,213.13 4,210.42 1,002.71 10.88% 109.09 247.24 356.33 1,049.00 1,049.00 - 6,262.13 4,174.75 0 0 0 2,087.38 0 0 - Mayo MECANICA DE CALCULO DE ISR POR SUELDOS Y SALARIOS, MENSUAL Y ANUAL LISR (Arts. 96, 97, 152 y Artículo Décimo que establece el subsidio para el empleo) 38 EDICIONES FISCALES ISEF - Suma de exentos: Subsidio para el empleo ISR a retener Subsidio para el empleo a entregar Menos: Retenciones mensuales ISR a cargo anual ISR a favor anual INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR 2,169.80 - 15,350.75 10,298.36 5,052.39 21.36% 1,079.19 1,090.61 2,169.80 - 382.46 137.50 4,174.75 496.08 3,678.67 6.40% 235.44 9.52 244.96 - - 4,174.75 15,350.75 Suma ingresos: Vales despensa Prima vacacional PTU Aguinaldo Vales despensa Julio 4,174.75 0 0 0 0 0 0 - Junio 4,174.75 11,175.99 0 0 0 0 0 - Concepto Sueldos Comisiones Vacaciones Prima vacacional PTU Aguinaldo 382.46 137.44 4,175.79 496.08 3,679.71 6.40% 235.50 9.52 245.02 348.24 348.24 - 4,524.04 2,783.86 0 1,391.93 348.24 0 0 0 - Agosto 382.46 137.50 4,174.75 496.08 3,678.67 6.40% 235.44 9.52 244.96 - - 4,174.75 4,174.75 0 0 0 0 0 0 - Septiembre Continúa... 382.46 137.50 4,174.75 496.08 3,678.67 6.40% 235.44 9.52 244.96 - - 4,174.75 4,174.75 0 0 0 0 0 0 - Octubre CASOS PRACTICOS 39 - Suma de exentos: 4,174.75 496.08 3,678.67 6.40% 235.44 9.52 244.96 2,087.38 2,087.38 - 6,262.13 4,174.75 0 0 0 0 2,087.38 0 - Diciembre 80,296.33 50,524.93 29,771.40 10.88% 3,239.13 2,966.91 6,206.04 348.24 1,049.00 2,087.38 834.74 4,319.36 47,872.45 29,993.57 1,391.93 348.24 2,087.38 2,087.38 834.74 84,615.69 Anual Subsidio para el empleo 382.46 382.46 3,394.86 ISR a retener 2,811.18 Subsidio para el empleo a entregar 137.50 137.50 Menos: Retenciones mensuales 5,785.91 ISR a cargo anual ISR a favor anual 2,974.73 Nota: En su art. 28 fracción XXX la LISR considera no deducible el 0.53 de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador pudiendo disminuir a 0.47 si se mantienen las mismas del ejercicio anterior. Para el cálculo se emplean tarifas del anexo 8 publicadas el 3 de enero de 2014. 4,174.75 496.08 3,678.67 6.40% 235.44 9.52 244.96 - INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR 4,174.75 4,174.75 0 0 0 0 0 0 - Noviembre Prima vacacional PTU Aguinaldo Vales despensa Concepto Suma ingresos: Vales despensa Sueldos Comisiones Vacaciones Prima vacacional PTU Aguinaldo Libros sugeridos: 775 Preguntas y Respuestas sobre Sueldos y Asimilados 2014 Aspectos Contractuales y Fiscales sobre Sueldos y Salarios 2014 Estudio Integral de la Nómina 2014 El ABC Fiscal de los Sueldos y Salarios 2014 en PDF 40 EDICIONES FISCALES ISEF 1 1,629.84 30 2,745.47 7 392.21 3 1,979.98 7 282.85 30 8,485.63 4 2,078.91 15 138.59 30 4,157.83 Libros sugeridos: Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Aspectos Contractuales y Fiscales Sobre Sueldos y Salarios 2014 Estudio Integral de la Nómina 2014 El ABC Fiscal de los Sueldos y Salarios 2014 en PDF Nota: Para este ejemplo, los Casos 1 a 3 se pueden pagar en efectivo y los otros casos deben pagarse con estas formas. Monto en el período Días del período 15 30 108.66 Días del mes Por: 2 3,259.67 11,766.29 Pago por día Entre: Salario mensual Caso Pago electrónico vs. pago en efectivo mayor a $ 2,000. CASO 19 REQUISITOS PARA DEDUCIR EL PAGO DE SALARIOS, SOLO CON TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE FONDOS, CHEQUE NOMINATIVO, TARJETA DE DEBITO, CREDITO O MONEDERO ELECTRONICO (Art. 27 fracción III LISR) CASOS PRACTICOS 41 INGRESOS ACUMULABLES POR MES INGRESOS ACUMULABLES PERIODO DEDUCCIONES: SUELDOS (2) ARRENDAMIENTO DEL LOCAL EQUIPO DE OFICINA (1) EQUIPO DE COMPUTO (1) LUZ Y TELEFONO PAPELERIA CUOTAS PATRONALES IMSS APORTACIONES INFONAVIT APORTACIONES RCV IMPUESTO LOCAL SEGURO DEL EQUIPO OTRAS SUMAS DEDUCCIONES DEDUCCIONES ACUMULADAS: INGRESOS: Servicios Personales Independientes prestados a P. M. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. no afectos IVA SUMA INGRESOS ACUMULADOS MES 103,315 211,808 108,493 108,493 72,222 116,847 4,407 8,394 13,710 2,448 2,518 979 4,757 7,625 15,249 2,658 2,728 1,049 44,625 44,625 47,286 23,573 89,583 31,354 54,600 175,537 328,655 FEBRERO 50,854 23,573 81,726 28,604 42,788 153,118 153,118 ENERO 21,727 138,573 109,750 321,558 4,966 6,785 14,829 2,798 2,868 1,049 52,882 23,573 72,295 25,303 33,878 131,476 460,131 MARZO 74,452 213,025 111,220 432,778 5,526 9,583 15,249 2,658 2,728 1,049 50,854 23,573 102,156 35,755 47,761 185,672 645,803 ABRIL CASO 20 DETERMINACION DE LOS INGRESOS GRAVABLES PARA ISR POR ACTIVIDADES PROFESIONALES (PAGOS PROVISIONALES Y ANUAL) (Arts. 101 al 110 LISR) Continúa... 88,972 301,997 132,414 565,192 5,176 10,842 19,166 2,658 3,567 1,329 66,103 23,573 115,516 40,430 65,439 221,385 867,188 MAYO 42 EDICIONES FISCALES ISEF 3,987 12,101 14,969 3,428 2,658 979 111,499 789,451 3,428 12,801 14,550 2,728 2,798 1,049 112,760 677,952 82,068 384,064 INGRESOS ACUMULABLES POR MES INGRESOS ACUMULABLES PERIODO 107,321 491,386 49,804 23,573 130,042 45,515 43,263 218,820 1,280,836 JULIO 51,833 23,573 136,734 47,857 10,237 194,828 1,062,016 JUNIO DEDUCCIONES: SUELDOS (2) ARRENDAMIENTO DEL LOCAL EQUIPO DE OFICINA (1) EQUIPO DE COMPUTO (1) LUZ Y TELEFONO PAPELERIA CUOTAS PATRONALES IMSS APORTACIONES INFONAVIT APORTACIONES RCV IMPUESTO LOCAL SEGURO DEL EQUIPO OTRAS SUMAS DEDUCCIONES DEDUCCIONES ACUMULADAS: INGRESOS: Servicios Personales Independientes prestados a P. M. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. no afectos IVA SUMA INGRESOS ACUMULADOS MES 0 468,784 114,019 903,470 4,617 11,822 15,389 3,428 2,798 1,049 51,343 23,573 56,389 19,737 15,291 91,417 1,372,253 AGOSTO 0 411,686 113,249 1,016,719 5,386 9,583 15,739 2,728 2,798 1,049 52,393 23,573 14,869 5,204 36,078 56,151 1,428,404 SEPTIEMBRE Continúa... 0 372,826 107,932 1,124,651 4,966 7,625 15,109 2,658 2,728 979 50,294 23,573 18,972 6,641 43,459 69,072 1,497,476 OCTUBRE CASOS PRACTICOS 43 148,644 1,381,507 108,212 1,232,863 50,482 423,025 5,526 12,101 22,874 2,658 4,127 1,539 5,456 6,645 15,249 2,658 2,728 1,049 0 372,543 76,246 23,573 122,727 42,954 33,445 199,126 1,804,532 50,854 23,573 56,316 19,711 31,903 107,930 1,605,406 NOVIEMBRE DICIEMBRE 423,025 650,746 282,876 58,198 115,907 192,082 33,506 35,044 13,148 1,381,507 997,325 349,065 458,142 1,804,532 TOTAL Libros sugeridos: Casos Prácticos del ISR para Personas Físicas con Actividades Empresariales 2014 Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF (1) Desaparece la opción de los contribuyentes que únicamente prestan servicios profesionales y que en el ejercicio inmediato anterior sus ingresos no hubiesen excedido de $ 1,210,689.73. De esta manera ya no podrán deducir activos fijos efectivamente pagados (Art. 124 último párrafo LISR Derogado). (1) Los contribuyentes considerarán los gastos e inversiones no deducibles del ejercicio, en los términos del art. 28 de la LISR. (2) La LISR en su art. 28 fracción XXX considera no deducible el 0.53 de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador pudiendo disminuir a 0.47 si se mantienen las mismas del ejercicio anterior. INGRESOS ACUMULABLES POR MES INGRESOS ACUMULABLES PERIODO DEDUCCIONES: SUELDOS (2) ARRENDAMIENTO DEL LOCAL EQUIPO DE OFICINA (1) EQUIPO DE COMPUTO (1) LUZ Y TELEFONO PAPELERIA CUOTAS PATRONALES IMSS APORTACIONES INFONAVIT APORTACIONES RCV IMPUESTO LOCAL SEGURO DEL EQUIPO OTRAS SUMAS DEDUCCIONES DEDUCCIONES ACUMULADAS: INGRESOS: Servicios Personales Independientes prestados a P. M. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. no afectos IVA SUMA INGRESOS ACUMULADOS MES 44 EDICIONES FISCALES ISEF 9,708 8,173 8,173 1,535 ISR RETENCIONES RETENCIONES ACUMULADAS Diferencia a cargo Pago provisional anterior Diferencia a cargo Pago provisional acumulado ISR anual a cargo ISR anual a favor 1,535 1,535 32,737 11,888 30% 3,567 6,142 9,708 ENERO 44,625 44,625 Límite inferior Excedente % aplicable s/límite inferior Impuesto sobre el excedente Cuota fija ISR SEGUN TARIFA MES INGRESOS ACUMULABLES POR MES INGRESOS ACUMULABLES PERIODO 27,696 8,958 17,131 10,565 1,535 9,030 10,565 65,474 51,373 30% 15,412 12,284 27,696 FEBRERO 72,222 116,847 30,534 7,230 24,361 6,173 10,565 10,565 98,211 40,362 30% 12,108 18,426 30,534 MARZO 21,726 138,573 49,190 10,216 34,577 14,613 10,565 4,048 14,613 130,947 82,078 30% 24,623 24,568 49,190 ABRIL 74,452 213,025 72,202 11,552 46,129 26,073 14,613 11,460 26,073 163,684 138,312 30% 41,493 30,710 72,202 MAYO 88,971 301,996 CASO 21 DETERMINACION DEL ISR PAGOS PROVISIONALES Y DEL EJERCICIO POR ACTIVIDADES PROFESIONALES (Art. 106 LISR) 93,325 13,673 59,802 33,523 26,073 7,450 33,523 375,000 9,064 32% 2,900 90,425 93,325 JUNIO 82,068 384,064 Continúa... 122,739 13,004 72,806 49,933 33,523 16,410 49,933 437,500 53,885 32% 17,243 105,496 122,739 JULIO 107,321 491,385 CASOS PRACTICOS 45 261,895 206,888 30% 62,066 49,136 111,201 111,201 5,639 78,445 32,756 49,932 49,932 Límite inferior Excedente % aplicable s/límite inferior Impuesto sobre el excedente Cuota fija ISR SEGUN TARIFA ISR RETENCIONES RETENCIONES ACUMULADAS Diferencia a cargo Pago provisional anterior Diferencia a cargo Pago provisional acumulado ISR anual a cargo ISR anual a favor Libros sugeridos: Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF 90,394 1,487 79,932 10,462 49,932 49,932 294,631 117,054 30% 35,116 55,278 90,394 SEPTIEMBRE 411,685 Nota: Las deducciones personales a partir del ejercicio 2014 estarán limitadas. Ver Caso 36. 468,783 AGOSTO MES INGRESOS ACUMULABLES POR MES INGRESOS ACUMULABLES PERIODO 75,057 1,897 81,829 49,932 49,932 327,368 45,457 30% 13,637 61,420 75,057 372,825 OCTUBRE 71,292 5,632 87,461 49,932 49,932 360,105 12,438 30% 3,731 67,561 71,292 NOVIEMBRE 372,543 82,758 12,273 99,734 49,932 49,932 392,842 30,183 30% 9,055 73,703 82,758 DICIEMBRE 50,482 423,025 66,908 49,932 99,734 82,758 392,842 30,183 30% 9,055 73,703 82,758 423,025 TOTAL 46 EDICIONES FISCALES ISEF 1er. 310,000 334,000 310,000 0 0 0 0.00% 0 0 90% 0 2o. 460,000 375,000 399,000 61,000 41,541 19,459 23.52% 4,577 6,655 11,232 90% 1,123 3er. 210,000 31,000 31,000 179,000 166,667 12,333 34.00% 4,193 43,475 47,668 90% 4,767 4o. 420,000 336,000 336,000 84,000 65,474 18,526 30.00% 5,558 12,284 17,842 90% 1,784 5o. 335,000 201,000 201,000 134,000 125,000 9,000 32.00% 2,880 30,142 33,022 90% 3,302 1. El primer bimestre tiene un excedente en deducciones por $ 24,000.00 que se deducen en el segundo bimestre. 2. La reducción del ISR en el segundo año es del 90%. Concepto Ingresos del bimestre Deducciones realizadas Deducciones del bimestre Base impuesto Límite inferior Excedente % aplicable s/límite inferior Impuesto sobre el excedente Cuota fija ISR SEGUN TARIFA % de reducción ISR por pagar en el 2o. año CASO 22 PAGOS BIMESTRALES ISR E IVA REGIMEN DE INCORPORACION (Art. 111 LISR) 6o. 260,000 104,000 104,000 156,000 125,000 31,000 32.00% 9,920 30,142 40,062 90% 4,006 Continúa... 149,826 90% 14,982.56 Total 1,995,000 1,381,000 1,381,000 614,000 NOTA: Este caso 22 sustituye al que viene en su FISCO AGENDA página 42, en el cual se corrigió un error de cálculo sobre los bimestres 2o. 3o. y 4o. que ahí se presentan. CASOS PRACTICOS 47 1er. 49,600.00 53,440 3,840 2o. 3er. 73,600.00 33,600.00 60,000 4,960 13,600 28,640 - 4o. 67,200.00 53,760 13,440 - 5o. 53,600.00 32,160 21,440 - 6o. 41,600.00 16,640 24,960 - 102,080 3,840 Total Libros sugeridos: Régimen de Incorporación Fiscal 2014 Aplica a PF con actividades empresariales (enajenen bienes o presten servicios), podrán optar por este régimen: Siempre que sus ingresos del ejercicio anterior no excedan de $ 2’000,000. Inicien actividades, estimen que sus ingresos no excederán el límite en proporción al período (número días operación/365). En copropiedad, siempre que la suma de todas las PF no exceda del límite. - El Ejecutivo en los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la LISR, emitirá reglas de carácter general en las que se establezcan incentivos para estos contribuyentes de conformidad con el Artículo NOVENO Transitorio, fracción XLIII. Nota: El ISR que se determine se podrá disminuir conforme a los porcentajes y de acuerdo al número de años que tengan tributando en el régimen, conforme a lo siguiente: TABLA Reducción del Impuesto Sobre la Renta a pagar en el régimen de incorporación Años 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Por la presentación de información de ingresos, erogaciones y proveedores: 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 1. De acuerdo con el Art. SEPTIMO del Decreto publicado el 26 de diciembre de 2013, se tiene el siguiente estímulo en IVA, para 2014: Una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que deban pagar por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes muebles, el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado que deban pagar por las citadas actividades. 2. Para el ejercicio 2015 debe atenderse al Decreto del 10 de Septiembre de 2014, donde la reducción en IVA e IEPS es paulatina PAGOS DE IVA Concepto IVA trasladado IVA acreditable IVA a cargo IVA a favor 48 EDICIONES FISCALES ISEF 7,027 18,362 19,856 45,245 45,245 PREDIO SUMA TOTAL DEDUCCIONES ACUMULADO 129,268 129,268 DEDUCCIONES (DEDUCCION CIEGA) Uso o goce en casa habitación Uso o goce cobrado a P.F. Uso o goce cobrado a P.M. SUMA TOTAL INGRESOS ACUMULADO 13,151 25,042 18,537 56,730 Bodegas usadas por P.M. Oficinas usadas por P.M. Local comercial usado por P.M. SUMA Personas Morales ENERO 20,076 12,171 23,153 17,138 52,462 INGRESOS Bodegas usadas por P.F. Oficinas usadas por P.F. Local comercial usado por P.F. SUMA Personas Físicas Casa habitación 62,745 107,990 153,235 7,027 18,362 19,856 129,268 258,536 13,151 25,042 18,537 56,730 12,171 23,153 17,138 52,462 FEBRERO 20,076 45,245 198,480 7,027 18,362 19,856 129,268 387,804 13,151 25,042 18,537 56,730 12,171 23,153 17,138 52,462 MARZO 20,076 62,745 107,990 306,470 7,027 18,362 19,856 129,268 517,072 13,151 25,042 18,537 56,730 12,171 23,153 17,138 52,462 ABRIL 20,076 CASO 23 DETERMINACION DEL ISR PAGOS PROVISIONALES Y DEL EJERCICIO POR ARRENDAMIENTO (Arts. 114 al 116 LISR) 45,245 351,715 7,027 18,362 19,856 129,268 646,340 13,151 25,042 18,537 56,730 12,171 23,153 17,138 52,462 MAYO 20,076 63,445 109,571 461,286 7,027 18,778 20,321 131,786 778,126 14,480 25,042 18,537 58,059 13,360 23,153 17,138 53,651 JUNIO 20,076 Continúa… 46,982 508,268 7,027 19,194 20,761 134,235 912,361 14,480 26,301 18,537 59,318 13,360 24,343 17,138 54,841 JULIO 20,076 CASOS PRACTICOS 49 PREDIO SUMA TOTAL DEDUCCIONES ACUMULADO DEDUCCIONES (DEDUCCION CIEGA) Uso o goce en casa habitación Uso o goce cobrado a P.F. Uso o goce cobrado a P.M. SUMA TOTAL INGRESOS ACUMULADO 65,403 112,385 620,653 7,027 19,194 20,761 134,235 1,046,596 14,480 26,301 18,537 59,318 Bodegas usadas por P.M. Oficinas usadas por P.M. Local comercial usado por P.M. SUMA Personas Morales AGOSTO 20,076 13,360 24,343 17,138 54,841 INGRESOS Bodegas usadas por P.F. Oficinas usadas por P.F. Local comercial usado por P.F. SUMA Personas Físicas Casa habitación 47,448 668,101 7,027 19,415 21,006 135,563 1,182,159 14,480 26,301 19,236 60,017 13,360 24,343 17,767 55,470 SEPTIEMBRE 20,076 66,033 113,481 781,582 7,027 19,415 21,006 135,563 1,317,722 14,480 26,301 19,236 60,017 13,360 24,343 17,767 55,470 OCTUBRE 20,076 47,448 829,030 7,027 19,415 21,006 135,563 1,453,285 14,480 26,301 19,236 60,017 13,360 24,343 17,767 55,470 66,033 113,481 942,511 7,027 19,415 21,006 135,563 1,588,848 14,480 26,301 19,236 60,017 13,360 24,343 17,767 55,470 NOVIEMBRE DICIEMBRE (3) 20,076 20,076 Continúa… 84,324 226,636 245,147 386,404 942,511 1,588,848 167,115 308,058 225,240 700,413 154,375 284,976 208,172 647,523 TOTAL 240,912 50 EDICIONES FISCALES ISEF 83,333.34 689.66 34% 234.48 21,737.57 21,972 21,972 5,673 16,299 21,972 16,299 ISR RETENCION 10% Diferencia a pagar Pago provisional Acumulado pagado TEF ENERO 84,023 84,023 Límite inferior Excedente % s/excedente Impuesto marginal Cuota fija ISR INGRESOS INGRESOS BASE POR MES ACUMULADO PERIODO anual 16,299 3,447 5,673 0 3,447 20,770.30 507.70 24% 119.41 3,327.42 3,447 FEBRERO 21,278 105,301 32,598 21,972 5,673 16,299 21,972 83,333.34 689.66 34% 234.48 21,737.57 21,972 MARZO 84,023 189,324 32,598 3,447 5,673 0 3,447 20,770.30 507.70 24% 119.41 3,327.42 3,447 ABRIL 21,278 210,602 48,897 21,972 5,673 16,299 21,972 83,333.34 689.66 34% 234.48 21,737.57 21,972 MAYO 84,023 294,625 48,897 3,667 5,806 0 3,667 20,770.30 1,444.70 24% 339.79 3,327.42 3,667 JUNIO 22,215 316,840 Continúa... 66,035 23,070 5,932 17,138 23,070 83,333.34 3,919.66 34% 1,332.68 21,737.57 23,070 JULIO 87,253 404,093 CASOS PRACTICOS 51 83,396 23,363 6,002 17,361 23,363 83,333.34 4,781.66 34% 1,625.66 21,737.57 23,363 SEPTIEMBRE 88,115 514,058 83,396 3,636 6,002 0 3,636 20,770.30 1,311.7 24% 308.51 3,327.42 3,636 OCTUBRE 22,082 536,140 100,757 23,363 6,002 17,361 23,363 83,333.34 4,781.66 34% 1,625.76 21,737.57 23,363 NOVIEMBRE 88,115 624,255 100,757 3,636 6,002 0 3,636 20,770.30 1,311.70 24% 308.51 3,327.42 3,636 DICIEMBRE 22,082 646,337 0.00 21,048 100,757 149,752 70,043 79,709 392,841.97 253,495.03 30% 76,048 73,703.41 149,752 TOTAL 646,337 646,337 (1) Se calcula con decimales pero se debe redondear para pago, según art. 20 CFF. (2) Las retenciones no generan saldos a favor en pagos provisionales y se aplican hasta por el monto del ISR a cargo. (3) Los pagos provisionales se hacen cada mes sin acumular el ingreso desde el inicio del ejercicio (art.116 LISR), pero en el mes de diciembre se puede acumular desde el primer mes hasta el último mes del ejercicio (art. 186 RLISR, vigente hasta que se publique el nuevo reglamento). Los contribuyentes que únicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes, podrán efectuar los pagos provisionales de forma trimestral. Libros sugeridos: Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF ISR anual a cargo cuando sólo se otorga el uso o goce temporal de bienes ISR anual a favor cuando sólo se otorga el uso o goce temporal de bienes 66,035 3,581 5,932 0 3,581 ISR RETENCION 10% Diferencia a pagar Pago provisional Acumulado pagado TEF 20,770.30 1,079.70 24% 253.95 3,327.42 3,581 AGOSTO 21,850 425,943 Límite inferior Excedente % s/excedente Impuesto marginal Cuota fija ISR INGRESOS INGRESOS BASE POR MES ACUMULADO PERIODO anual 52 EDICIONES FISCALES ISEF 16% IVA A FAVOR POR ACREDITAR IVA A CARGO IVA A FAVOR IVA RETENIDO AL CONTRIBUYENTE POR HONORARIOS POR MES IVA A PAGAR POR HONORARIOS IVA A FAVOR DEL PERIODO IVA A PAGAR EN EL PERIODO POR HONORARIOS IVA pagado por erogaciones realizadas para la prestación de servicios personales subordinados Por: Proporción de IVA acreditable IVA acreditable sujeto a proporción Servicios Personales Independientes prestados a P.M. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. sí afectos IVA IVA Trasladado por prestación de servicios personales independientes gravados: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CONCEPTO Total de ingresos afectos a IVA Total de ingresos NO afectos a IVA Ingresos totales Proporción de IVA acreditable - 9,555 5,837 5,837 8,717 4,794 4,794 - 15,392 - 13,511 - 0.68 3,958 0.72 4,142 19,350 17,653 5,820 5,017 4,577 5,753 14,333 FEBRERO 120,937 54,600 175,537 0.68 13,076 ENERO 110,330 42,788 153,118 0.72 - 7,711 3,722 3,722 11,433 - 0.74 4,182 5,652 15,615 4,048 11,567 MARZO 97,598 33,878 131,477 0.74 - 10,897 6,589 6,589 17,486 - 0.74 4,580 6,189 22,066 5,721 16,345 ABRIL 137,910 47,761 185,672 0.74 - 12,322 8,195 8,195 20,517 - 0.70 4,435 6,335 24,952 6,469 18,483 MAYO 155,946 65,439 221,386 0.70 CASO 24 DETERMINACION DE LOS PAGOS MENSUALES DE IVA POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES - 14,585 8,963 8,963 23,548 - 0.94 5,986 6,368 29,534 7,657 21,877 JUNIO 184,590 10,237 194,828 0.94 Continúa... 13,871 9,141 9,141 23,012 - 0.80 5,077 6,346 28,089 7,282 20,807 JULIO 175,557 43,263 218,820 0.80 CASOS PRACTICOS 53 1,054 1,586 532 532 6,866 6,015 851 851 - 0.35 2,158 0.83 5,313.51 3,212 12,180.14 6,167 833 3,158 6,402 2,379 9,022 AGOSTO SEPTIEMBRE 76,126 20,073 15,291 36,078 91,417 56,151 0.83 0.35 Libros sugeridos: Nueva Plataforma Fiscal para Pagos Provisionales y Definitivos Pagos Provisionales del ISR 2014 en PDF Nota: Este caso se alimenta con lo capturado en el caso 20. IVA A FAVOR POR ACREDITAR IVA A CARGO IVA A FAVOR IVA RETENIDO AL CONTRIBUYENTE POR HONORARIOS POR MES IVA A PAGAR POR HONORARIOS IVA A FAVOR DEL PERIODO IVA A PAGAR EN EL PERIODO POR HONORARIOS IVA pagado por erogaciones realizadas para la prestación de servicios personales subordinados Por: Proporción de IVA acreditable IVA acreditable sujeto a proporción Servicios Personales Independientes prestados a P.M. sí afectos IVA Servicios Personales Independientes prestados a P. F. sí afectos IVA IVA Trasladado por prestación de servicios personales independientes gravados: CONCEPTO Total de ingresos afectos a IVA Total de ingresos NO afectos a IVA Ingresos totales Proporción de IVA acreditable 66 2,024 66 - 1,958 - 0.37 2,141 5,786 4,099 1,063 3,036 - 6,007 2,162 2,162 8,169 - 0.70 3,996 5,708 12,165 3,154 9,011 OCTUBRE NOVIEMBRE 25,613 76,026 43,459 31,903 69,072 107,929 0.37 0.70 - 13,091 7,947 7,947 21,038 - 0.83 5,471 6,592 26,509 6,873 19,636 DICIEMBRE 165,681 33,445 199,126 0.83 106,381 58,201 598 58,201 163,984 - 51,440 73,118 215,424 55,852 159,572 TOTAL 1,346,390 458,142 1,804,532 54 EDICIONES FISCALES ISEF (1) Los gastos se realizaron en el mismo mes de la adquisición. ISR del pago provisional (Art. 201 del RLISR). DATOS: Descripción del bien Fecha de adquisición Precio de adquisición de la construcción Precio de adquisición del terreno Gastos notariales de adquisición (1) Impuestos y derechos por adquisición (1) Comisiones y mediaciones pagadas por adquisición (1) Fecha de enajenación Gastos notariales de venta Gastos de avalúo por la venta Precio de enajenación de la construcción Precio de enajenación del terreno Años transcurridos desde la adquisición hasta la enajenación INPC de adquisición INPC mes inmediato anterior a la enajenación 468,958 Continúa... Terreno y construcción 18-Jun-09 2,388,870 882,013 81,773 65,418 196,253 22-Jul-15 165,841 59,703 5,398,845 1,234,820 6 18-Jun-09 93.41714191 Junio-15 116.2322 CASO 25 INGRESOS POR LA ENAJENACION DE BIENES (1) (Arts. 119 al 128 LISR) CASOS PRACTICOS 55 MOI 882,013 2,388,870 CONCEPTO Terreno Construcción Gastos notariales de adquisición (1) Impuestos y derechos por adquisición (1) Comisiones y mediaciones pagadas por adquisición (1) Subtotal Más: Gastos notariales de venta Gastos de avalúo por la venta Deducciones autorizadas 429,997 1,958,873 2,388,870 93.417 93.417 65,418 196,253 3,184,330 116.2322 116.2322 1.2442 1.2442 Continúa... 165,841 59,703 4,187,488 244,178 3,961,944 81,393 INPC INPC FACTOR DE DEDUCCION ADQUISICION ENAJENACION ACTUALIZACION ACTUALIZADA 882,013 93.417 116.2322 1.2442 1,097,401 1,958,873 93.417 116.2322 1.2442 2,437,230 81,773 93.417 116.2322 1.2442 101,742 DEDUCCION 6 3% 71,666.10 2,388,870 2. DETERMINACION DE LAS DEDUCCIONES ACTUALIZADAS COSTO DE LA CONSTRUCCION Menos: Monto original de la inversión Por: Tasa de disminución (Art. 124-II LISR) Monto a disminuir por cada año Por: Años transcurridos Monto a disminuir VALOR DISMINUIDO 1. DETERMINACION DEL VALOR DISMINUIDO 56 EDICIONES FISCALES ISEF Ingresos acumulables totales Menos: Ingreso no acumulable Menos: Deducciones autorizadas (excepto fracc. I, II y III del art. 124)* Base gravable: Menos: Límite inferior Excedente 4. DETERMINACION DEL IMPUESTO DE LA GANANCIA NO ACUMULABLE (Art. 120-III-a)) GANANCIA NO ACUMULABLE (ART. 120 FRACCION II) Precio de enajenación de la construcción Precio de enajenación del terreno Suma de ingresos: Menos: Deducciones autorizadas Ganancia total Entre: Número de años transcurridos entre la adquisición y la enajenación Ganancia que se suma a los demás ingresos acumulables del año (art. 120-II) 3. CALCULO DE LA GANANCIA EN LA ENAJENACION 5,398,845 1,234,820 Continúa... 3,000,000 4,466,115 11,192,490 7,466,115 2,038,481 20,697,086 2,038,481 6 407,696 4,187,488 2,446,177 6,633,665 CASOS PRACTICOS 57 2,038,481 683,707 7,466,115 33.54% 2,503,991 940,850.81 2,503,991.25 35% 1,563,140 * 5% 122,309 2,446,177 Continúa... Se enterará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la fecha de firma de escritura y será acreditable contra el pago provisional que se efectúe por la misma operación. Ganancia Total Por: Tasa ISR estatal (Pago por operación*) 5. DETERMINACION DEL ISR A PAGAR EN LA ENTIDAD FEDERATIVA (SI TIENE CONVENIO CON LA FEDERACION) ISR Entre: Base gravable: Tasa de ISR aplicable a ingresos no acumulables Por: Ganancia no acumulable a los demás ingresos ISR de la ganancia no acumulable a los demás ingresos (en la declaración anual) Cuota fija ISR Art. 152 Por: % aplicable sobre el excedente Impuesto sobre el excedente Más: 58 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 59 PAGO PROVISIONAL Base gravable: Menos: Límite inferior Excedente Por: % Aplicable sobre el excedente Impuesto sobre el excedente Más: Cuota Fija ISR art. 177 Por: Años entre adquisición y enajenación Pago provisonal 407,696 392,842 14,854 30% 4,456.21 73,703.41 78,159.62 6 468,958 * Se pone límite al monto de las deducciones personales: No podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre 4 SMG elevados al año del área geográfica del contribuyente o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo por los que no se pague el impuesto. 60 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 26 INGRESOS POR LA ADQUISICION DE BIENES (Art. 130-I LISR) El contribuyente adquirió un bien inmueble por donación en el mes de marzo de acuerdo con lo siguiente: Valor de avalúo 1. EROGACIONES REALIZADAS: Contribuciones locales Gastos por juicio de prescripción Gastos de avalúo Gastos notariales Suma: 4,180,492 99,288 122,803 185,510 407,601 2. DETERMINACION DEL INGRESO EXENTO (Art. 93 fracción XIX) SMG Por: Días del año Anual Por: Veces Ingreso exento 3. DETERMINACION DEL INGRESO ACUMULABLE Ingreso obtenido Menos: Ingreso exento Ingreso gravable Menos: Deducciones autorizadas (art. 131) Ingreso acumulable 4. RETENCION DEL NOTARIO (Art. 132) Ingreso obtenido Por: Tasa aplicable Pago provisional 5. DETERMINACION DEL ISR DEL EJERCICIO (Como único ingreso) Base gravable 4,103,897 Límite inferior 3,000,000.01 Excedente 1,103,896.99 % s/excedente 35% Impuesto s/excedente 386,363.95 Cuota fija 940,850.81 ISR anual 1,327,215 69.95 365 25,532 3 76,595 4,180,492 76,595 4,103,897 407,601 3,696,296 4,180,492 20% 836,098 INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO Total de ingresos por sueldos, salarios y conceptos asimilados Ingresos exentos Ingresos acumulables Ingresos no acumulables ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES Total de ingresos cobrados Ingresos exentos Deducciones autorizadas Predial Deducción opcional Ingresos acumulables Deducciones que exceden a los ingresos PTU por distribuir A B C D E F G H I J K L 1. INGRESOS ACUMULABLES 84,616 4,319 53,162 386,404 556,107 1,588,848 CASO 27 DETERMINACION DEL ISR DEL EJERCICIO DE LAS PERSONAS FISICAS CON DIVERSOS INGRESOS 646,337 80,296 Continúa... CASOS PRACTICOS 61 * El ISR de 10% adicional pagado por la PM no es acreditable para la PF que los percibió. DIVIDENDOS Dividendos acumulables Ingreso acumulable por impuesto pagado por la sociedad emisora del dividendo Ingresos acumulables por dividendos ADQUISICION DE BIENES Total de ingresos por adquisición de bienes Ingresos exentos por adquisición de bienes Deducciones autorizadas Ingresos acumulables Diferencia (no podrá aplicarse contra ingresos por sueldos y salarios, actividad empresarial y profesional, régimen intermedio y pequeños contribuyentes) H I J K L M N O ENAJENACION DE BIENES Total de ingresos por enajenación de bienes Ingresos exentos por enajenación de bienes Deducciones autorizadas Pérdida en enajenación de bienes, de ejercicios anteriores, aplicable en el ejercicio Ganancia acumulable Ganancia no acumulable por enajenación de bienes Pérdida en enajenación de bienes (no podrá aplicarse contra ingresos por sueldos, actividad empresarial y profesional, régimen intermedio y pequeños contribuyentes) a b c d e f g 1,197,095 * 510,878 4,180,492 76,595 407,601 2,038,481 4,187,488 6,633,665 1,707,973 3,696,296 407,696 Continúa... 62 EDICIONES FISCALES ISEF P Q R S T U 1,134,939 4,819,835 5,954,774 Deducciones por actividades profesionales Deducciones por actividades empresariales Suma de deducciones Utilidad fiscal por actividades empresariales y profesionales Pérdida de ejercicios anteriores Utilidad gravable para actividades empresariales Ingresos o utilidades acumulables por Capítulo 1,477,274 5,476,735 6,954,009 138,151 ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES Ingresos por actividades profesionales Ingresos por actividades empresariales Suma de ingresos SUBTOTAL DE INGRESOS ACUMULABLES DEMAS INGRESOS Ingresos obtenidos Ingresos exentos Deducciones autorizadas Ingresos acumulables Ingreso no acumulable Pérdidas (sólo se podrá disminuir de los intereses acumulables que perciba en el mismo Capítulo en el ejercicio en que ocurra o en ejercicios posteriores, por el mismo concepto) 999,236 - 6,676,750 138,151 7,675,986 CASOS PRACTICOS 63 64 EDICIONES FISCALES ISEF 2. CALCULO DEL ISR DE LOS INGRESOS ACUMULABLES Ingresos acumulables Menos: Pérdidas o diferencia por exceso de deducciones que se pueden aplicar contra ingresos de otros capítulos Total de ingresos acumulables Menos: Deducciones personales Base del impuesto Menos: Límite inferior Excedente Por: Porciento para aplicarse sobre el excedente Impuesto s/excedente Más: Cuota fija ISR sobre ingresos acumulables Más: ISR sobre ingresos no acumulables ISR total a cargo del contribuyente Menos: Pagos provisionales efectuados Diferencia Menos: Retenciones realizadas al contribuyente ISR del ejercicio a cargo Se limitan las deducciones personales. Ver caso 36. 7,675,986 7,675,986 206,842 7,469,143 3,000,000 4,469,143 35% 1,564,200.20 940,850.81 2,505,051 683,707 3,188,758 148,224 3,040,533 1,889,559 1,150,974 CASOS PRACTICOS 65 CASO 28 PAGO DECLARACION ANUAL EN PARCIALIDADES (Regla I.3.16.4. RMF) Procedimiento: Ejemplo 1 Ejemplo 2 Ejemplo 3 Ejemplo 4 Paso 1: Monto de la primera parcialidad Monto total del adeudo Entre: Número de parcialidades elegido (máximo 6) Igual: Monto de la primera parcialidad, a cubrirse al presentar declaración anual oportunamente 27,000 36,000 104,000 312,000 4 3 6 6 6,750 12,000 17,333 52,000 Paso 2: Determinación del importe de la segunda y siguientes parcialidades (3) Monto de la primera parcialidad, a cubrirse al presentar declaración anual oportunamente Por: Factor (fracción II) Monto de la segunda parcialidad en adelante* 6,750 12,000 17,333 52,000 1.057 1.057 1.057 1.057 7,135 12,684 18,321 54,964 Paso 3: Cuando no se pague alguna parcialidad en el plazo señalado procede lo siguiente: Se pagarán recargos Meses de atraso Por: Factor (fracción III) Resultado Más: La unidad Importe obtenido Por: 2 1 3 2 0.013 0.026 0.013 0.013 0.013 0.039 0.013 0.026 1 1.026 1 1.013 1 1.039 1 1.026 Continúa... 66 Monto de la segunda parcialidad en adelante* Igual: Parcialidad atrasada más recargos Menos: Monto de la segunda parcialidad en adelante* Igual: Monto de los recargos por mora EDICIONES FISCALES ISEF 7,135 12,684 18,321 54,964 7,321 12,849 19,036 56,393 7,135 12,684 18,321 54,964 186 165 715 1,429 * Deberán pagarse a más tardar el último día de cada uno de los meses elegidos. Notas: I.3.16.4. Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que deban presentar declaración anual por dicha contribución, podrán efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que dicha declaración la presenten dentro del plazo establecido por el precepto mencionado. Quedan exceptuadas de presentar escrito libre por el cual manifiesten la opción de pago en parcialidades, siempre que en dicha declaración cumplan con los siguientes requisitos: a) Que señalen la opción de pago en parcialidades. b) Que indiquen el número de parcialidades elegidas. La opción establecida en esta regla quedará sin efectos y las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal, cuando el mismo no se haya cubierto en su totalidad a más tardar en el mes de septiembre de 2014. Las posteriores parcialidades se cubrirán durante cada uno de los siguientes meses de calendario, utilizando para ello exclusivamente el FCF que se deberá solicitar ante la ALR que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, o bien, a través de INFOSAT (01-800-46-36-728), opción 9,1. La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar en el mes de septiembre de 2014. Dispensa de garantizar el interés fiscal I.2.14.1. Para los efectos del artículo 66-A, fracción III, segundo párrafo del CFF, tratándose del pago a plazos, ya sea en parcialidades o diferido, se podrá dispensar a los contribuyentes de la obligación de garantizar el interés fiscal, en cualquiera de los siguientes casos: I. Cuando el crédito fiscal corresponda a la declaración anual de personas físicas por ISR, siempre que el número de parcialidades solicitadas sea igual o menor a seis y que dicha declaración se presente dentro del plazo establecido en el artículo 150 de la Ley del ISR. Libros sugeridos: Pago a Plazos Diferido o en Parcialidades CASOS PRACTICOS 67 CASO 29 IMPAC POR RECUPERAR 1. Cuadro resumen de impuestos pagados EJERCICIO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 Sumas IMPAC 140,000 120,000 110,000 140,000 510,000 ISR 100,000 200,000 300,000 60,000 120,000 70,000 100,000 80,000 300,000 250,000 1,580,000 IETU 115,000 80,000 50,000 30,000 70,000 110,000 455,000 DIFERENCIA COMPENSADA 15,000 40,000 55,000 2. Comparación ISR vs. IMPAC para monto máximo a solicitar en devolución CONCEPTO 2008 2009 2010 ISR efectivamente pagado en el ejercicio de que se trata 100,000 200,000 300,000 Menos: IMPAC pagado menor los ejercicios 2005, 2006 ó 2007 110,000 110,000 110,000 Monto máximo a solicitar en devolución (1a. condicionante) 90,000 190,000 Vs. Monto máximo a solicitar en devolución (2a. condicionante) 51,000 51,000 51,000 IMPAC a solicitar en devolución 51,000 51,000 IMPAC en devolución acumulado 51,000 102,000 Cantidades actualizadas IMPAC efectivamente pagado 510,000 Por: Por ciento máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio 10% Monto máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio 51,000 Continúa... 68 EDICIONES FISCALES ISEF CONCEPTO 2011 2012 2013 ISR efectivamente pagado en el ejercicio de que se trata 60,000 120,000 70,000 Menos: IMPAC pagado menor los ejercicios 2005, 2006 ó 2007 110,000 110,000 110,000 Monto máximo a solicitar en devolución (1a. condicionante) 10,000 Vs. Monto máximo a solicitar en devolución (2a. condicionante) 51,000 51,000 51,000 IMPAC a solicitar en devolución 10,000 IMPAC en devolución acumulado 102,000 112,000 112,000 Cantidades actualizadas IMPAC efectivamente pagado Por: Por ciento máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio Monto máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio CONCEPTO 2014 2015 2016 ISR efectivamente pagado en el ejercicio de que se trata 100,000 80,000 300,000 Menos: IMPAC pagado menor los ejercicios 2005, 2006 ó 2007 110,000 110,000 110,000 Monto máximo a solicitar en devolución (1a. condicionante) - 190,000 Vs. Monto máximo a solicitar en devolución (2a. condicionante) 51,000 51,000 51,000 IMPAC a solicitar en devolución 51,000 IMPAC en devolución acumulado 112,000 112,000 163,000 Cantidades actualizadas IMPAC efectivamente pagado Por: Por ciento máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio Monto máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio CASOS PRACTICOS CONCEPTO ISR efectivamente pagado en el ejercicio de que se trata Menos: IMPAC pagado menor los ejercicios 2005, 2006 ó 2007 Monto máximo a solicitar en devolución (1a. condicionante) Vs. Monto máximo a solicitar en devolución (2a. condicionante) IMPAC a solicitar en devolución IMPAC en devolución acumulado 69 2017 250,000 110,000 140,000 51,000 51,000 214,000 Cantidades actualizadas IMPAC efectivamente pagado Por: Por ciento máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio Monto máximo a solicitar en devolución en cada ejercicio Nota: Para 2014 con base en la fracción XXXVIII, del Artículo Noveno de Disposiciones Transitorias de la LISR. Los contribuyentes que hubieran estado obligados al pago del impuesto al activo, que en el ejercicio fiscal de que se trate efectivamente paguen el ISR, podrán continuar aplicando, en sus términos, el Artículo Tercero Transitorio de la LIETU, publicada en el DOF el 1 de octubre de 2007. 70 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 30 PAGOS MENSUALES DE IVA (Arts. 4 y 5 LIVA) Se unifica la tasa a 16% en Región Fronteriza. 1. DETERMINACION DE LA BASE DEL IVA CONCEPTO Ene-14 Feb-14 VALOR DE ACTOS GRAVADOS tasa general Actividad empresarial 404,000 259,000 Prestación de servicios independientes 78,000 85,000 Por otorgar el uso o goce temporal de bienes 78,000 76,000 VALOR TOTAL DE ACTOS GRAVADOS: 560,000 420,000 Jun-14 155,000 120,000 75,000 350,000 2. IMPUESTO EFECTIVAMENTE TRASLADADO CONCEPTO Por actividad empresarial Por prestación de servicios independientes Por otorgar el uso o goce temporal de bienes IVA trasladado total CANTIDAD ACTUALIZADA A REINTEGRARSE POR AJUSTE IVA TRASLADADO TOTAL MAS AJUSTE: Ene-14 64,640 Feb-14 41,440 Jun-14 24,800 12,480 13,600 19,200 12,480 89,600 12,160 67,200 12,000 56,000 - 16 - 89,600 67,216 56,000 3. IMPUESTO EFECTIVAMENTE PAGADO CONCEPTO Por actividad empresarial Por prestación de servicios independientes Por otorgar el uso o goce temporal de bienes IVA efectivamente pagado por el contribuyente: Proporción de IVA acreditable IVA acreditable proporcional CANTIDAD ACTUALIZADA ACREDITABLE POR AJUSTE IVA acreditable para el contribuyente Ene-14 30,170 Feb-14 40,204 Jun-14 23,800 4,050 12,090 18,470 34,220 0.90 30,798 52,294 0.84 43,927 42,270 0.90 38,043 - - 102 30,798 43,927 38,145 CASOS PRACTICOS 71 4. DETERMINACION DEL PAGO MENSUAL CONCEPTO IVA TRASLADADO TOTAL MAS AJUSTE: Menos: IVA acreditable para el contribuyente: DIFERENCIA A CARGO: DIFERENCIA A FAVOR: Menos: IVA RETENIDO POR HONORARIOS IVA RETENIDO POR ARRENDAMIENTO SUMA DE RETENIDOS: Ene-14 SALDO A FAVOR ACREDITADOS IVA A ENTERAR IVA A FAVOR Libros sugeridos: Pagos Mensuales del IVA 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Feb-14 Jun-14 89,600 67,216 56,000 30,798 58,802 - 43,927 23,289 - 38,145 17,855 - 8,320 9,067 12,800 8,320 16,640 8,107 17,174 8,000 20,800 42,162 - 6,115 - 2,945 72 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 31 AJUSTE A LOS PAGOS MENSUALES DE IVA POR INVERSIONES QUE SE UTILIZAN DE MANERA INDISTINTA EN ACTOS EXENTOS O GRAVADOS (Arts. 5-V-d y 5-A LIVA) Se unifica la tasa a 16% en Región Fronteriza. Inversión Maquinaria Monto original de la inversión 298,379 IVA trasladado al contribuyente por la inversión 47,741 Proporción del mes de acreditamiento 0.81 1. DETERMINACION DE LA PROPORCION MENSUAL DE IVA ACREDITABLE CONCEPTO Actividades tasa 16% Actividades tasa 11% Actividades tasa 0% Suma de actividades gravadas Actividades por las que no se debe pagar IVA Otras actividades por las que no se debe pagar IVA Suma de actividades por las que no se está obligado Ene-14 1,071,000 448,000 205,000 Feb-14 1,582,000 Jun-14 2,215,000 85,000 120,000 1,724,000 1,667,000 2,335,000 270,000 750,000 818,000 2,500 2,500 2,500 272,500 752,500 820,500 Total de actos 1,996,500 2,419,500 3,155,500 0.86 0.69 0.74 5% 69% 74% 0% 12% 7% Proporción que los actos gravados representan del total de actos realizados Variación de la proporción respecto del mes base en aumento Variación de la proporción respecto del mes base en disminución Continúa... CASOS PRACTICOS 73 2. DETERMINACION DEL IVA ACREDITABLE O REINTEGRABLE a) b) c) b) d) e) e) CONCEPTO IVA trasladado al contribuyente Por: Porciento máximo de deducción Monto obtenido Entre: Doce Monto determinado Por: Proporción del mes en que se efectuó el acreditamiento Cantidad obtenida del inciso c) Monto determinado Por: Proporción del mes del ajuste Cantidad obtenida del inciso d) Vs.: Cantidad obtenida en el inciso c) Cantidad que podrá acreditarse, actualizada 5A-II-e) (d - c) Cantidad que deberá reintegrar actualizada 5A-II-e) (c - d) Libros sugeridos: Pagos Mensuales del IVA 2014 60 Casos Prácticos ISR, IVA, IMSS 2014 Ene-14 Feb-14 Jun-14 47,741 47,741 47,741 10% 4,774 10% 4,774 10% 4,774 12 397.84 12 397.84 12 397.84 0.81 0.81 0.81 322.25 398 322.25 398 322.25 398 0.86 0.69 0.74 342.14 274.51 294.40 322.25 322.25 322.25 20 - - - 48 28 74 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 32 DETERMINACION DEL IVA A REINTEGRAR O RECUPERAR (Arts. 5-A LIVA y 19 RLIVA) Se unifica la tasa a 16% en Región Fronteriza. 1. DETERMINACION DE LA PROPORCION DE IVA ACREDITABLE CONCEPTO Total de actos gravados cobrados Más: Total de actos exentos cobrados Total de ingresos efectivamente cobrados Total de actos gravados cobrados Entre: Total ingresos efectivamente cobrados Proporción de IVA acreditable Ene-14 Feb-14 Jun-14 541,314 405,813 324,564 59,777 79,814 76,132 601,091 485,627 400,696 541,314 405,813 324,564 601,091 485,627 400,696 0.90% 0.84% 0.81% 2. DETERMINACION DEL IVA ACREDITABLE O REINTEGRABLE CONCEPTO IVA trasladado al contribuyente Feb-14 12,375 May-14 33,296 Jun-14 Sumas 31,356 Por: Por ciento máximo de deducción a) Monto obtenido 25% 25% 25% 3,094 8,324 7,839 Entre: Doce b) Monto determinado 12 12 12 257.81 693.67 653.25 Por: Proporción del mes en que se efectuó el acreditamiento 0.90 0.84 0.81 c) Cantidad obtenida del inciso c) 232.03 582.68 529.13 b) Monto determinado 257.81 693.67 653.25 Continúa... CASOS PRACTICOS 75 Por: Proporción del mes del ajuste 0.84 0.90 0.90 d) Cantidad obtenida del inciso d) 216.56 624.30 587.93 Cantidad obtenida en el inciso c) 232.03 582.68 529.13 e) Cantidad que podrá acreditarse, actualizada 5A-II-e) (d - c) - 41.62 58.79 e) Cantidad que deberá reintegrar actualizada 5A-II-e) (c - d) 15.47 - - INPC mes más reciente del período (1) 111.4755 110.6283 111.1482 110.8540 110.6394 110.6283 1.0056 1.0000 1.0047 e) Cantidad que podrá acreditarse, actualizada 5A-II-e) (d - c) - 42 59 101 e) Cantidad que deberá reintegrar actualizada 5A-II-e) (c - d) 16 - - 16 Vs: Entre: INPC mes más antiguo del período (1) Factor de actualización Libros sugeridos: Pagos Mensuales del IVA 2014 Escuelas Régimen Jurídico-Fiscal 2014 El Nuevo Sistema de Acreditamiento del IVA 2005 76 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 33 ESTIMULO POR COLEGIATURAS DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa. Artículos 1.8, 1.9 y 1.10 (DOF 26/12/2013) Este Decreto permite disminuir los pagos de colegiaturas, desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente. Para hacer efectivo este beneficio deberá contar con el comprobante de pago correspondiente. Características 1. 2. Fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario que se trate a instituciones educativas residentes en el país. Si el contribuyente recupera parte de dichas cantidades, el estímulo únicamente será aplicable por la diferencia no recuperada. Además de los requisitos fiscales, deberá incluir: nombre del alumno, CURP, nivel educativo, valor unitario sobre el importe total consignado en el comprobante y RFC del contribuyente que paga. Pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año y se cumpla con lo siguiente: El cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate, no perciba durante el año de calendario ingreso superior a: Estimados 2014 SMG Zona “A” $ 69.95 por días del año 365 25,532 SMG Zona “B” $ 66.29 por días del año 365 24,196 3. La cantidad que se podrá disminuir en los términos del Artículo Primero del presente Decreto no excederá, por cada una de las personas a que se refiere el citado artículo, de los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a la siguiente tabla: Nivel educativo Preescolar Primaria Secundaria Profesional técnico Bachillerato o su equivalente Límite anual de deducción (1) $ 14,200.00 $ 12,900.00 $ 19,900.00 $ 17,100.00 $ 24,500.00 Continúa... 123,580.21 116,419.79 21.36% 24,867.27 13,087.37 37,954.64 16,781.99 17.92% 3,007.33 9,438.47 12,445.80 LIMITE INFERIOR IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR % S/EXCEDENTE EXCEDENTE 240,000.00 103,218.01 240,000.00 12 20,000.00 120,000.00 120,000.00 12 10,000.00 INGRESOS GRAVADOS Deducción colegiaturas Menos: Salario gravado anual Meses Por: Salario gravado mensual SIN DEDUCCION 65,978.98 39,929.05 26,049.93 23.52% 110,756.51 249,243.49 360,000.00 360,000.00 12 30,000.00 68,801.38 39,929.05 28,872.33 23.52% 122,756.51 249,243.49 372,000.00 372,000.00 12 31,000.00 74,650.82 73,703.41 947.41 30.00% 3,158.03 392,841.97 396,000.00 396,000.00 12 33,000.00 76,450.82 73,703.41 2,747.41 30.00% 9,158.03 392,841.97 402,000.00 402,000.00 12 33,500.00 77,350.82 73,703.41 3,647.41 30.00% 12,158.03 392,841.97 405,000.00 405,000.00 12 33,750.00 CASOS PRACTICOS 77 % S/EXCEDENTE 30.00% 73,703.41 77,530.82 CUOTA FIJA 77,710.82 73,703.41 4,007.41 30.00% 3,827.41 ISR IMPUESTO MARGINAL 13,358.03 392,841.97 406,200.00 406,200.00 12 33,850.00 12,758.03 392,841.97 LIMITE INFERIOR EXCEDENTE 405,600.00 405,600.00 12 33,800.00 INGRESOS GRAVADOS Deducción colegiaturas Menos: Salario gravado anual Meses Por: Salario gravado mensual SIN DEDUCCION 77,890.82 73,703.41 4,187.41 30.00% 13,958.03 392,841.97 406,800.00 406,800.00 12 33,900.00 78,070.82 73,703.41 4,367.41 30.00% 14,558.03 392,841.97 407,400.00 407,400.00 12 33,950.00 30.00% 73,703.41 114,070.82 Continúa... 73,703.41 150,070.82 76,367.41 30.00% 40,367.41 254,558.03 392,841.97 647,400.00 647,400.00 12 53,950.00 134,558.03 392,841.97 527,400.00 527,400.00 12 43,950.00 78 EDICIONES FISCALES ISEF CUOTA FIJA 13,087.37 35,199.20 15.5% 2,755.44 9.5% 2,311.68 3,034.08 18.1% 62,944.90 39,929.05 23,015.85 23.52% 97,856.51 249,243.49 347,100.00 12,900.00 360,000.00 3,034.08 18.3% 65,767.30 39,929.05 25,838.25 23.52% 109,856.51 249,243.49 359,100.00 12,900.00 372,000.00 (1) Colegiatura pagada a 1 persona, deberá considerarse el total de colegiaturas pagadas. Ahorro Tasa ISR ISR 9,438.47 695.65 IMPUESTO MARGINAL 10,134.12 21.36% 22,111.83 17.92% % S/EXCEDENTE EXCEDENTE 123,580.21 103,519.79 3,881.99 LIMITE INFERIOR 103,218.01 227,100.00 107,100.00 INGRESOS GRAVADOS 240,000.00 12,900.00 120,000.00 12,900.00 Deducción colegiaturas (1) Menos: Salario gravado anual CON DEDUCCION Colegiatura 1 persona de primaria 3,238.72 18.6% 71,412.10 39,929.05 31,483.05 23.52% 133,856.51 249,243.49 383,100.00 12,900.00 396,000.00 3,627.52 18.7% 72,823.30 39,929.05 32,894.25 23.52% 139,856.51 249,243.49 389,100.00 12,900.00 402,000.00 Continúa... 3,821.92 18.8% 73,528.90 39,929.05 33,599.85 23.52% 142,856.51 249,243.49 392,100.00 12,900.00 405,000.00 CASOS PRACTICOS 79 3,860.80 3,870.00 3,870.00 18.8% 74,020.82 73,703.41 317.41 30.00% 1,058.03 392,841.97 393,900.00 12,900.00 406,800.00 3,870.00 18.8% 74,200.82 73,703.41 497.41 30.00% 1,658.03 392,841.97 394,500.00 12,900.00 407,400.00 1) Colegiatura pagada a 1 persona, deberá considerarse el total de colegiaturas pagadas. Ahorro 18.8% 73,840.82 18.8% 73,670.02 Tasa ISR ISR 39,929.05 CUOTA FIJA 137.41 73,703.41 33,740.97 IMPUESTO MARGINAL 30.00% 458.03 23.52% 143,456.51 % S/EXCEDENTE EXCEDENTE 392,841.97 249,243.49 393,300.00 392,700.00 12,900.00 406,200.00 INGRESOS GRAVADOS 12,900.00 405,600.00 LIMITE INFERIOR Deducción colegiaturas (1) Menos: Salario gravado anual CON DEDUCCION Colegiatura 1 persona de primaria 3,870.00 21.4% 110,200.82 73,703.41 36,497.41 30.00% 121,658.03 392,841.97 514,500.00 12,900.00 527,400.00 3,870.00 23.0% 146,200.82 73,703.41 72,497.41 30.00% 241,658.03 392,841.97 634,500.00 12,900.00 647,400.00 80 EDICIONES FISCALES ISEF Fracción II Fracción I Resultado (producto) Menos: Monto a disminuir Diferencia Entre: Tasa del Art. 10 Cociente Por: Tasa de la fracción III Monto máximo de la deducción adicional 2011 Monto máximo de la deducción adicional 2012 (3) Monto máximo de la deducción adicional 2013 (3) Por cada trabajador de primer empleo Nivel de salario en veces de SMG Salario Base (Art. 231-VI = 27 de LSS) Por: No. de días laborados (mes o año) Resultado (producto) Por: Tasa del Art. 10 Monto a disminuir 15,923.36 37,154.50 30% 123,848.34 40% 49,539.34 37,154.50 37,154.50 6,689.57 15,608.99 30% 52,029.95 40% 20,811.98 15,608.99 15,608.99 30% 15,923.36 30% 6,689.57 53,077.86 363 53,077.86 305 22,298.55 22,298.55 2 146.22 1 73.11 40% 68,372.47 51,279.35 51,279.35 30% 170,931.18 21,976.87 51,279.35 73,256.22 30% 21,976.87 334 73,256.22 3 219.33 40% 83,520.86 62,640.65 62,640.65 30% 208,802.16 26,845.99 62,640.65 89,486.64 30% 26,845.99 306 89,486.64 4 292.44 Continúa... 40% 93,824.50 70,368.38 70,368.38 30% 234,561.25 30,157.88 70,368.38 100,526.25 30% 30,157.88 275 100,526.25 5 365.55 CASO 34 DEDUCCION ADICIONAL POR FOMENTO AL PRIMER EMPLEO (Capítulo VIII, del Título VII, denominado “Del Fomento al Primer Empleo” LISR vigente al 31 de diciembre de 2013; Arts. 230 y 231 LISR) CASOS PRACTICOS 81 40,407.68 94,284.58 30% 314,281.92 40% 125,712.77 94,284.58 94,284.58 36,189.45 84,442.05 30% 281,473.50 40% 112,589.40 84,442.05 84,442.05 30% 40,407.68 30% 36,189.45 134,692.25 275 134,692.25 275 120,631.50 120,631.50 7 489.79 6 438.66 40% 143,630.67 107,723.00 107,723.00 30% 359,076.67 46,167.00 107,723.00 153,890.00 30% 46,167.00 275 153,890.00 8 559.60 698,001.99 523,501.49 523,501.49 1,745,004.96 Suma Libros sugeridos: Primer Empleo y Ley de Ayuda Alimentaria Notas: 1. De acuerdo con el Art. 2 de DT 2011 el estímulo tiene una vigencia de 3 años que se cumplen al 31 de diciembre del 2013. La misma disposición prorroga el beneficio hasta por el período de 36 meses, aun cuando el Capítulo antes citado ya no se encuentre vigente. La fracción XXXVII del Artículo NOVENTO de DT 2014 respetando lo anterior permite que si durante el ejercicio 2013 se crearon puestos nuevos, éstos tengan un beneficio de 36 meses aun con la nueva LISR. 2. SMG estimado 2015 $ 69.95. 3. El monto máximo de la deducción adicional se ve disminuido en un 25% a partir del 2012. Fracción II Fracción I Resultado (producto) Menos: Monto a disminuir Diferencia Entre: Tasa del Art. 10 Cociente Por: Tasa de la fracción III Monto máximo de la deducción adicional 2011 Monto máximo de la deducción adicional 2012 (3) Monto máximo de la deducción adicional 2013 (3) Por cada trabajador de primer empleo Nivel de salario en veces de SMG Salario Base (Art. 231-VI = 27 de LSS) Por: No. de días laborados (mes o año) Resultado (producto) Por: Tasa del Art. 10 Monto a disminuir 82 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 83 CASO 35 AMORTIZACION DE PERDIDAS FISCALES (Art. 57 LISR) Ejercicio Dic-12 Pérdida Fiscal Dic-13 Dic-14 820,000 Utilidad Fiscal Dic-15 Dic-16 640,000 310,000 302,450 1,240,720 302,450 1,240,720 - - Menos: Pérdida Fiscal amortizada Resultado Fiscal ACTUALIZACIONES INPC actual dic-12 107.246 INPC anterior jul-12 104.964 Factor de Actualización 1.0217 Monto actualizado dic. 11 837,794 INPC actual jun-13 108.645 INPC anterior dic-12 107.246 Factor de Actualización 1.013 Monto actualizado jun. 12 848,685 Menos: Monto amortizado 302,450 Monto por amortizar 2011 a jun.12 546,235 ACTUALIZACIONES INPC actual dic-14 116.2322 INPC anterior jul-14 113.032 Factor de Actualización 1.0283 Monto 2013 actualizado a dic. 13 658,112 INPC actual jun-15 116.2322 INPC anterior jun-13 108.645 Factor de Actualización 1.0698 Monto 2011 actualizado a jun. 2014 584,362 Menos: Monto amortizado 584,362 Monto por amortizar 2011 a dic. 14 - INPC actual jun-15 116,2322 INPC anterior dic-14 116.2322 Factor de Actualización 1 Monto actualizado 658,112 Menos: Monto amortizado Monto por amortizar 2012 a 2015 Ver Disposiciones Transitorias Artículo Noveno, fracción VI. 656,358 1,754 84 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 36 LIMITE A LAS DEDUCCIONES PERSONALES (Art. 151, último párrafo LISR) Deducciones personales erogadas por la Persona Física en el ejercicio Pagos por honorarios médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios (1) Alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, medicinas (sólo cuando el paciente esté hospitalizado y se incluyan en la factura correspondiente), análisis y estudios clínicos (1) Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de 2,500 pesos, siempre y cuando se describan las características en el comprobante o se cuente con diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista (1) Gastos funerarios (2) Primas por seguros de gastos médicos. Los intereses reales efectivamente pagados, por créditos hipotecarios destinados a su casa habitación. Transporte escolar de sus hijos o nietos (4) El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro (5) Total deducciones personales 20,000.00 3,000.00 3,500.00 20,000.00 5,000.00 50,000.00 101,500.00 Donativos no onerosos ni remunerativos (3) 0 Límite a las deducciones personales (Art. 151, último párrafo LISR) Concepto A B SMG 69.95 66.29 Por: Días del año 365 365 Monto anual 25,531.75 24,195.85 Veces 4 4 Monto Límite* 102,127.00 96,783.40 Total de ingresos efectivamente cobrados durante el ejercicio Ingreso real percibido Por: Porciento máximo art. 151 Monto Máximo Anual 1,000,000.00 950,000.00 10% 100,000.00 10 95,000.00 * Para este caso se considera el monto mínimo tanto en zona “A” como en “B” que es el relativo a las 4 veces el salario mínimo elevado al año. CASOS PRACTICOS 85 Notas: (1) Efectuados para el contribuyente, su cónyuge, ascendientes o descendientes siempre que dichas personas perciban ingresos inferiores a 1 salario mínimo elevado al año. 25,531.75 Que los pagos se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente, o mediante tarjeta de crédito, débito o de servicios. (2) Se puede deducir hasta un salario mínimo anual de su área geográfica (los servicios funerarios a futuro se pueden deducir en el año en que se utilice el servicio). 25,531.75 (3) Se limita la deducción de donativos a la Federación, Entidades Federativas, Municipios, etc., a un 4% de la utilidad fiscal. Donativos a Gobierno+Donatarias autorizadas<=7% UF (Art. 27 fracción I LISR) (4) Siempre que sea obligatorio o cuando se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente. (5) Pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto máximo de esta deducción es de 10% de los ingresos acumulables, sin que dichas aportaciones excedan de 5 salarios mínimos generales de su área geográfica, elevados al año. Libros sugeridos: 40 Casos Prácticos Sobre Deducciones Autorizadas 69.95 324.87 42.83 0 0.81% 2.534 5,317.60 5,317.60 4,210.42 1,107.18 10.88% 120.46 247.24 367.70 253.54 220.56 0 3.50% 3 6,295.50 6,295.50 4,210.42 2,085.08 10.88% 226.86 247.24 474.10 253.54 276.65 0 4.06% 3.2457 6,811.10 6,811.10 4,210.42 2,600.68 10.88% 282.95 247.24 530.19 253.54 300.47 0 4.27% 3.35 7,029.98 7,029.98 4,210.42 2,819.56 10.88% 306.77 247.24 554.01 253.54 306.63 0 4.33% 3.377 7,086.63 7,086.63 4,210.42 2,876.21 10.88% 312.93 247.24 560.17 753.34 0 8.97% 4 8,394.00 8,394.00 7,399.43 994.57 16.00% 159.13 594.21 753.34 1,132.08 0 10.79% 5 10,492.50 10,492.50 10,298.36 194.14 21.36% 41.47 1,090.61 1,132.08 Continúa... En el presente caso se muestran los niveles de ingreso de las personas físicas a los cuales les aplica la tasa máxima del 35% como tasa efectiva. Subsidio para el empleo ISR a retener Subsidio para el empleo a entregar Tasa efectiva VSMG Monto INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR SMG diario CASO 37 DEMOSTRACION DE APLICACION DE TASA MAXIMA DEL 35% SOLO PARA MUY ALTOS INGRESOS 86 EDICIONES FISCALES ISEF 125,313.15 0 32.63% 183 384,025.50 384,025.50 250,000.01 134,025.49 35.00% 46,908.92 78,404.23 125,313.15 330,966.15 0 34.06% 463 971,605.50 971,605.50 250,000.01 721,605.49 35.00% 252,561.92 78,404.23 330,966.15 131,328,254.78 0 35.00% 178,818 375,249,573.00 375,249,573.00 250,000.01 374,999,572.99 35.00% 131,249,850.55 78,404.23 131,328,254.78 En el presente caso se muestran los niveles de ingreso de las personas físicas a los cuales les aplica la tasa máxima del 35% como tasa efectiva. 23,370.81 103,278.90 0 0 26.52% 32.17% Subsidio para el empleo ISR a retener Subsidio para el empleo a entregar Tasa efectiva 153 321,070.50 321,070.50 250,000.01 71,070.49 35.00% 24,874.67 78,404.23 103,278.90 42 88,137.00 88,137.00 83,333.34 4,803.66 34.00% 1,633.24 21,737.57 23,370.81 VSMG Monto INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR CASOS PRACTICOS 87 Días pagados 359 6 1.5 15 117 13 144 46.80 209.85 69.95 315 2,009 8,186 2,728 10,075 9,821 Monto exento 127,234.00 33,224.00 53% 17,609.00 Monto total 75,336 1,259 315 3,148 24,552 2,728 10,075 9,821 94,010.00 111,619.00 94,010.00 Monto gravado 75,336 1,259 1,049 16,366 Salario 69.95 Hrs. jornada 8 Cuota x hr. 8.74 doble 2 Cuota doble 17.48 Hrs. semana 9 Cuota semana 157.32 Semanas año 52 Monto anual 8,181.00 Exención T. Extraordinario Para este caso bajaron las prestaciones con respecto al año y el % no deducible es mayor. Sumas: Tasa no deducible Monto no deducible Total deducible Días laborados Vacaciones Prima vacacional Aguinaldo Horas extra Prima dominical Vales despensa Fondo de ahorro Concepto Ejemplo 1 Salario diario SMG 16.371.00 CASO 38 INGRESOS EXENTOS DEL TRABAJADOR NO DEDUCIBLES PARA EL PATRON (Art. 28 fracción XXX) SMG % máximo Monto x día Días año Continúa... 69.95 0.4 27.98 360 10,072.80 Exención despensa 88 EDICIONES FISCALES ISEF Días pagados 359 6 1.5 15 117 13 144 46.80 108 69.95 70,369.00 26,499.00 47% 12,455.00 Monto Monto total exento 38,772.00 648.00 162.00 162.00 1,620.00 1,620.00 12,636.00 8,186.00 1,404.00 1,404.00 10,073.00 10,073.00 5,054.00 5,054.00 43,870.00 56,325.00 43,870.00 Monto gravado 38,772.00 648.00 4,450 Salario 69.95 Hrs. jornada 8 Cuota x hr. 8.74 doble 2 Cuota doble 17.48 Hrs. semana 9 Cuota semana 157.32 Semanas año 52 Monto anual 8,181.00 Exención T. Extraordinario Para este caso no bajaron las prestaciones con respecto al año y el % no deducible es menor. Sumas: Tasa no deducible Monto no deducible Total deducible Días laborados Vacaciones Prima vacacional Aguinaldo Horas extra Prima dominical Vales despensa Fondo de ahorro Concepto Ejemplo 2 Salario diario SMG 16.371.00 SMG % máximo Monto x día Días año Continúa... 69.95 0.4 27.98 360 10,072.80 Exención despensa CASOS PRACTICOS 89 Salario Vacaciones Prima vacacional Aguinaldo Horas extra Prima dominical Vales despensa Fondo de ahorro Otras prestaciones Sumas: Porción no deducible Monto no deducible Monto deducible Total deducible Concepto Trabajadores Monto total 2013 2013 32 2,415,936 32 40,384 32 10,080 32 100,960 32 787,360 32 87,488 32 323,008 32 314,944 8 150,016 4,230,176 10,080 67,296 262,464 87,488 323,008 314,944 150,016 1,215,296 Monto exento Monto Trabajadores gravado 2014 2,415,936 20 40,384 20 20 33,664 20 524,896 20 20 20 20 5 3,014,880 Monto total 2014 1,509,960 25,240 6,300 63,100 492,100 54,680 201,880 196,840 93,760 2,643,860 6,300 42,060 164,040 54,680 201,880 196,840 93,760 759,560 47% 356,993 Monto exento Continúa... 402,567 2,286,867 Monto gravado 1,509,960 25,240 21,040 328,060 1,884,300 Ejemplo 3 Regla I.3.3.1.16. Determinación del monto no deducible de remuneraciones pagadas a los trabajadores Si el coeficiente del ejercicio actual es mayor que el coeficiente del ejercicio anterior se tiene un no deducible del 0.47; en caso contrario será del 0.53. 90 EDICIONES FISCALES ISEF 0.2873 2,643,860 759,560 Fracción I Monto total 2014 0.2873 4,230,176 1,215,296 Fracción II Monto total 2013 No son deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas (…) no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Cociente Monto total pagado Entre: Monto exento Concepto Comparativo CASOS PRACTICOS 91 92 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 39 LIMITE A LA DEDUCCION DE DONATIVOS (Art. 27 fracción I LISR) Ejemplo 1 Concepto Utilidad fiscal ejercicio anterior Por: Tasa máxima de donativo Monto máximo a donar Gobierno Donatarias 1,000,000 1,000,000 4% 40,000 3% 30,000 Se limita la deducción de donativos a la Federación, Entidades federativas, Municipios, etc., a un 4% de la utilidad fiscal y para Donatarias autorizadas <= 7% de la Utilidad Fiscal Ejemplo 2 Concepto Utilidad fiscal ejercicio anterior Por: Tasa máxima de donativo Monto máximo a donar Gobierno Donatarias 800,000 800,000 3% 24,000 4% 32,000 Ejemplo 3 Concepto Utilidad fiscal ejercicio anterior Por: Tasa máxima de donativo Monto máximo a donar Gobierno Donatarias 3,200,000 3,200,000 2% 64,000 5% 160,000 Ejemplo 4 Concepto Utilidad fiscal ejercicio anterior Por: Tasa máxima de donativo Monto máximo a donar Gobierno Donatarias 1,650,000 1,650,000 1% 16,500 6% 99,000 Ejemplo 5 Concepto Utilidad fiscal ejercicio anterior Por: Tasa máxima de donativo Monto máximo a donar Gobierno Donatarias 6,327,104 6,327,104 0% - Libros sugeridos: 40 Casos Prácticos Sobre Deducciones Autorizadas Donativos-El Efecto del ISR en Donantes y Donatarias Autorizadas 7% 442,897 Socio % Accionario Dividendo distribuido Por: Factor de piramidación Monto piramidado Por: Tasa ISR ISR Más: Dividendo distribuido Base gravable Por: Tasa ISR ISR pagado por la Persona Moral acreditable para las Personas Físicas B 12% 2,800,000 1.4286 4,000,080 30% 1,200,024 2,800,000 4,000,024 30% 1,200,007 A 3% 700,000 1.4286 1,000,020 30% 300,006 700,000 1,000,006 30% 300,002 1,500,009 30% 3,500,000 5,000,030 30% 1,500,030 1.4286 5,000,100 C 15% 3,500,000 2,000,012 30% 4,666,667 6,666,707 30% 2,000,040 1.4286 6,666,800 D 20% 4,666,667 5,000,031 30% 11,666,668 16,666,769 30% 5,000,101 1.4286 16,667,002 E 50% 11,666,668 Continúa... 10,000,061 30% 23,333,335 33,333,536 30% 10,000,201 1.4286 33,334,002 Suma 100% 23,333,335 DETERMINACION DEL ISR PAGADO POR LA PERSONA MORAL Y ACREDITABLE PARA LA PERSONA FISICA QUE PERCIBE EL DIVIDENDO CASO 40 PERSONAS FISICAS QUE PERCIBEN DIVIDENDOS NO PROVENIENTES DE CUFIN (ANTES DE 2014) CASOS PRACTICOS 93 Determinación de la base gravable Dividendo distribuido Más: ISR derivado de piramidación Base gravable Dividendo distribuido Menos: ISR retenido (1) Transferencia recibida por el accionista 2,800,000 1,200,007 4,000,007 300,002 1,000,002 280,000 2,520,000 70,000 630,000 700,000 2,800,000 700,000 Monto de la transferencia recibida por el accionista 1,500,009 5,000,009 3,500,000 350,000 3,150,000 3,500,000 2,000,012 6,666,679 4,666,667 466,667 4,200,000 4,666,667 5,000,031 16,666,699 11,666,667 1,166,667 10,500,001 11,666,668 Continúa... 10,000,061 33,333,396 23,333,335 2,333,334 21,000,001 23,333,335 94 EDICIONES FISCALES ISEF 1,200,007 90,846 - 300,002 39,151 26.09% Tasa efectiva previa 32.82% 1,500,009 140,845 - 5,000,009.00 5,000,009.00 3,000,000.01 2,000,008.99 35.00% 700,003.15 940,850.81 1,640,854.00 1,290,853 280,000 1,570,853 39.27% 260,851 70,000 330,851 33.09% 350,000 1,990,854 39.82% 1,640,854 466,667 2,690,855 40.36% 2,224,188 33.36% 2,000,012 224,176 - 6,666,679.00 6,666,679.00 3,000,000.01 3,666,678.99 35.00% 1,283,337.65 940,850.81 2,224,188.00 1,166,667 6,890,862 41.35% 5,724,195 34.35% 5,000,031 724,164 - 16,666,699.00 16,666,699.00 3,000,000.01 13,666,698.99 35.00% 4,783,344.65 940,850.81 5,724,195.00 NOTAS: (1) El segundo párrafo del art. 140, obliga a la persona moral a retener un 10% sobre el dividendo neto distribuido. (2) La persona física, se encuentra obligada a la acumulación del ingreso obtenido por dividendos. (3) La acumulación del ISR otorga el derecho a su acreditamiento, siempre y cuando cuente con la constancia y el CFDI donde conste la retención del ISR. Libros sugeridos: Estudio Práctico del Régimen Fiscal de Dividendos Pagados por Personas Morales 2011 ISR causado Más: ISR retenido no acreditable ISR total Tasa efectiva DEMOSTRACION DE LA TASA EFECTIVA PAGADA POR LA PERSONA FISICA 32.27% 4,000,007.00 4,000,007.00 3,000,000.01 1,000,006.99 35.00% 350,002.45 940,850.81 1,290,853.00 1,000,002.00 1,000,002.00 1,000,000.01 1.99 34.00% 0.68 260,850.81 260,851.00 Monto INGRESOS GRAVADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR causado (2) Menos: ISR acreditable (3) ISR a cargo ISR a favor DETERMINACION DEL ISR ANUAL DE LA PERSONA FISICA QUE PERCIBIO LOS DIVIDENDOS DERIVADOS DE CUFIN CASOS PRACTICOS 95 2012 11,666,738 3,500,021 8,166,717 2011 8,333,384 2,500,015 5,833,369 9,333,389 4,000,025 2013 13,333,414 Para efectos del ejemplo, no se considera la actualización y no existen partidas no deducibles. Concepto Resultado fiscal Menos: ISR pagado Menos: No Deducibles UTILIDAD FISCAL NETA DETERMINACION DE LA UFIN 2013 (1) 23,333,475 10,000,061 Saldo CUFIN 2013 33,333,536 CASO 41 PERSONAS FISICAS QUE PERCIBEN DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN GENERADA HASTA EL EJERCICIO 2013 PAGADOS A PARTIR DE 2014 96 EDICIONES FISCALES ISEF Dividendo obtenido de CUFIN ISR pagado por la Persona Moral (1) INGRESOS ACUMULADOS LIMITE INFERIOR EXCEDENTE % S/EXCEDENTE IMPUESTO MARGINAL CUOTA FIJA ISR causado (2) Menos: ISR acreditable (3) ISR a cargo ISR a favor Socio % Accionario B 12% C 15% D 20% 300,002 39,151 1,200,007 90,846 - 1,500,009 140,845 - 2,000,012 224,176 - 700,000.00 2,800,000.00 3,500,000.00 4,666,667.00 300,002.00 1,200,007.00 1,500,009.00 2,000,012.00 1,000,002.00 4,000,007.00 5,000,009.00 6,666,679.00 1,000,000.01 3,000,000.01 3,000,000.01 3,000,000.01 1.99 1,000,006.99 2,000,008.99 3,666,678.99 34.00% 35.00% 35.00% 35.00% 0.68 350,002.45 700,003.15 1,283,337.65 260,850.81 940,850.81 940,850.81 940,850.81 260,851.00 1,290,853.00 1,640,854.00 2,224,188.00 A 3% 5,000,031 724,164 - 11,666,668.00 5,000,031.00 16,666,699.00 3,000,000.01 13,666,698.99 35.00% 4,783,344.65 940,850.81 5,724,195.00 E 50% DETERMINACION DEL ISR ANUAL DE LA PERSONA FISICA QUE PERCIBIO LOS DIVIDENDOS DERIVADOS DE CUFIN 23,333,335 10,000,061 33,333,396 Suma 100% CASOS PRACTICOS 97 2,800,000 90,846 2,709,154 39,151 - 739,151 32.27% 30.00% 2.27% 700,000 26.09% 30.00% -3.91% 3,359,155 140,845 - 3,500,000 32.82% 30.00% 2.82% 4,442,491 224,176 - 4,666,667 33.36% 30.00% 3.36% 10,942,504 724,164 - 11,666,668 34.35% 30.00% 4.35% Libros sugeridos: Estudio Práctico del Régimen Fiscal de Dividendos Pagados por Personas Morales 2011 NOTAS: (1) El ISR se pagó en la declaración anual de la persona moral. (2) La CUFIN es la generada hasta el ejercicio 2013, no es sujeto de retención de ISR o pago de acuerdo con el párrafo tercero del art. 10 de la LISR. (3) No existe la obligación de retener un 10% adicional de acuerdo con la fracción XXX del Artículo NOVENO de las DT, ya que la mencionada retención a que se refiere el segundo párrafo del art. 140 de la LISR, es aplicable a las utilidades generadas a partir de 2014, a condición de que se lleven dos cuentas. Dividendo obtenido de CUFIN Más: ISR a favor Menos: ISR pagado en la declaración anual Monto neto disponible para el accionista Monto neto disponible para el accionista Tasa efectiva previa Tasa pagada por la Persona Moral Diferencial en tasa 98 EDICIONES FISCALES ISEF CASOS PRACTICOS 99 CASO 42 FLUJOGRAMA DE LA CONTABILIDAD ELECTRONICA Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT, de conformidad con reglas de carácter general. Flujo que lleva a la generación de la balanza, que da pie a la elaboración de los estados financieros y sus notas. CFF 28-IV, LIF 2015 Art. 22-IV Operación Efectos económicos Efectos jurídicos Directos Civiles Particulares Mercantiles Fiscales Generales Financieras Indirectos Otras CFDI emitidos CFDI recibidos Timbrado Validación Pólizas automáticas XML Pólizas automáticas XML DIOT Libro diario XML Libro mayor XML Balanza Financiera Sat-XML Código agrupador 100 EDICIONES FISCALES ISEF Proceso de Registro Contable 69-B del CFF Documento comprobatorio CFDI - XML Operación económica, bien o servicio contrato Estados financieros 5 días Pólizas XML Registro en el libro diario digital Pase de operaciones diarias al libro mayor Ciclo de registro contable de operaciones económicas XML Balanza de comprobación Hoja de trabajo, cierre del ejercicio Dirección CFO Financiera SAT SAT Operación Carrusel Persona Moral Deduce op. falsas o simuladas Emite CFDI TEF Operaciones falsas o simuladas Emite pago en efectivo Menos Comisión -- Préstamo -- Aportación para futuros aumentos de capital -- Aportación Socio recibe dinero Se entrega en efectivo o mediante una Sofom P. Físicas con ingresos iguales o mayores a $ 4’000,000 en el ejercicio 2013 P. Morales con ingresos iguales o mayores a $ 4’000,000 en el ejercicio 2013 AGaSPe semestral Semestre Vencimiento 3 días del segundo 1er. mes posterior al úl2o. timo mes reportado en el semestre 3 días del segundo 1er. mes posterior al úl2o. timo mes reportado en el semestre Transición Las que cotizan en bolsa Trimestre Vencimiento A más tardar en los 3 primeros 1er. 3 de mayo 2015 días del segundo mes posterior al 2o. 3 de agosto 2015 que corresponda a partir de 2015 3er. 3 de noviembre 2015 4to. 3 de marzo 2016 A más tardar en los 5 primeros días del segundo mes posterior al que corresponda a partir de 2015 Fecha de envío Por única vez en el primer envío de la información contable y cada vez que el catálogo sufra una modificación A más tardar en los 3 primeros días del segundo mes posterior al que corresponda a partir de 2015 1. Demás PF y PM 2. PM de Título III 3. Los que se inscriban durante A partir del ejercicio 2016 2014 y 2015 Personas Morales A más tardar del día 20 de abril del ejercicio inmediato posterior Cierre del ejercicio Personas Físicas A más tardar el día 22 de mayo del ejercicio inmediato posterior 1. Compensaciones Devoluciones Pólizas y auxiliares 2. 3. Ejercicio de facultades de com- A partir del ejercicio 2016 probación Mensual Sujeto obligado Sistema financiero Balanza de comprobación Catálogo de cuentas Información Reglas I.2.8.1.6. a I.2.8.1.9. y Artículos Tercero y Cuarto DT 7a. RMF Obligación de ingresar información contable en la página del SAT CASOS PRACTICOS 101 102 EDICIONES FISCALES ISEF CASO 43 CATALOGO DE CUENTAS CON CODIGO AGRUPADOR DEL SAT, SEGUN ANEXO 24 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL El presente caso pretende apoyar al lector en la agrupación de cuentas de su catálogo, basado en el anexo 24 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2014, no obstante a la fecha de publicación de nuestro producto, existe extraoficialmente un anteproyecto de dicho anexo 24 que aún no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación y que contiene más de 1000 cuentas y subcuentas. Razón por la cual habrá que estar al pendiente de su publicación a efecto de cumplir con dicha obligación y con las disposiciones vigentes en su caso. Catálogo de Cuentas al 31/Ene/2015 Nivel Código Nombre 1 2 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 2 3 3 000-0100 000-0110 100-0000 101-0000 102-0000 103-0000 104-0000 105-0000 106-0000 107-0000 108-0000 109-0000 000-0120 120-0000 121-0000 3 3 3 3 3 3 3 2 3 3 3 3 3 3 122-0000 123-0000 124-0000 125-0000 126-0000 127-0000 128-0000 000-0140 140-0000 141-0000 142-0000 143-0000 150-0000 151-0000 ACTIVO CIRCULANTE Fondo Fijo Caja Caja Bancos Clientes Documentos por Cobrar Deudores Diversos IVA Acreditable Funcionarios y Empleados Inventario, Mercancías o Almacén Anticipo a Proveedores FIJO Mobiliario y Equipo de Oficina Depreciación Acumulada de Mob. y Eq. Oficina Equipo de Transporte Depreciación Acumulada Equipo Transporte Equipo de Cómputo Depreciación Acumulada Eq. Cómputo Edificios Depreciación Acumulada Edificios Terrenos DIFERIDO Gastos de Organización Gastos de Instalación y Adaptación Impuestos Anticipados Gastos Anticipados Amortización Gastos Organización Amortización Gastos Instalación y Adaptación Fecha: Agrupador SAT 1.10 1.10 2.10 4.10 4.10 4.10 15.10 8.10 13.10 17.10 23.10 25.40 22.10 25.30 24.10 25.50 20.10 25.10 19.10 29.10 28.10 34.10 10.40 36.10 36.10 CASOS PRACTICOS 1 2 3 3 3 4 4 4 4 4 4 4 4 4 3 4 4 3 3 3 3 3 2 3 3 2 3 1 2 2 2 2 2 1 2 2 2 2 2 2 2 1 2 3 3 000-0200 000-0210 200-0000 201-0000 202-0000 202-1000 202-2000 202-3000 202-4000 202-5000 202-6000 202-7000 202-8000 202-9000 203-0000 203-1000 203-2000 204-0000 205-0000 206-0000 207-0000 208-0000 000-0220 220-0000 221-0000 000-0230 230-0000 000-0300 000-0310 000-0320 000-0330 000-0340 000-0350 000-0400 400-0000 401-0000 402-0000 403-0000 404-0000 405-0000 406-0000 000-0500 501-0000 501-0100 501-0200 PASIVO CIRCULANTE PROVEEDORES ACREEDORES DIVERSOS IMPUESTOS POR PAGAR IVA por Pagar IMPAC ISR 2% sobre Nómina IMSS 5% Infonavit SAR 10% Retención Honorarios 10% Retención Arrendamientos DOCUMENTOS POR PAGAR Bancarios Particulares IVA Trasladado Anticipos de Clientes Sueldos por Pagar Gastos por Pagar PTU por Pagar FIJO Acreedores Hipotecarios Créditos Bancarios DIFERIDO Intereses Cobrados por Adelantado CAPITAL Capital Social Reserva Legal Resultado Ejercicios Anteriores Resultado del Ejercicio Utilidades Retenidas RESULTADOS ACREEDORAS Ventas Productos Financieros Venta Activos Fijos Ingresos Varios Intereses Cobrados Devoluciones Sobre Ventas Descuentos Sobre Ventas RESULTADOS DEUDORAS GASTOS DE VENTA Sueldos y Salarios Gratificaciones 103 37.10 39.30 44 44.10 44.70 44.30 44.60 44.70 44.70 44.70 44.70 44.70 38 38.20 38.10 42.10 40.10 47.10 47.10 51.10 49.40 49.50 47.10 52.10 53.10 55.10 54.10 56.10 57.10 59.10 60.10 60.10 59.10 58.10 58.10 61 69.90 69.90 104 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 2 2 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 2 2 2 2 2 2 EDICIONES FISCALES ISEF 501-0300 501-0400 501-0500 501-0600 501-0700 501-0800 501-0900 501-1000 501-1100 501-1200 501-1300 501-1400 501-9100 501-9200 502-0000 503-0000 503-0100 503-0200 503-0300 503-0400 503-0500 503-0600 503-0700 503-0800 503-0900 503-1000 503-1100 503-1200 503-1300 503-1400 503-1500 503-9100 503-9200 504-0000 505-0000 506-0000 507-0000 508-0000 509-0000 Indemnizaciones Seguro Social (Cuota Patronal) Depreciaciones Amortizaciones Primas de seguro Luz Impuestos Papelería y Utiles Fletes y Acarreos Transportes Gastos Correos y Teléfonos Gastos de Viaje Partidas no Deducibes Gastos Varios GASTOS FINANCIEROS GASTOS ADMINISTRATIVOS Sueldos y Salarios Gratificaciones Indemnizaciones Seguro Social (Cuota Patronal) Depreciaciones Amortizaciones Primas de seguro Luz Impuestos Papelería y Utiles Gastos Legales Transportes Honorarios Gastos Correos y Teléfonos Gastos de Viaje Partidas no Deducibles Gastos Varios Costo Venta Compras Gastos Sobre compras Costo de Venta Activos Fijos Devoluciones Sobre Compra Descuentos Sobre Compras Relación de cuentas impresas: Total de cuentas: Cuentas de acumulación: Cuentas de afectación: 113 15 98 69.90 69.90 72.10 73.10 65.14 65.90 65.16 65.11 65.23 65.23 65.30 65.50 65.15 65.10 68.10 67 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 67.10 61.10 62.10 62.10 61.10 63.10 63.10
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