El presente instructivo tiene como finalidad informar los pasos a seguir para poder cumplimentar los requerimientos de rendición vía web conforme lo establecido en la Resolución ST 939/2014, que estará vigente hasta que se encuentre desarrollado el sistema definitivo. Para tal fin, tanto empresas como autoridades jurisdiccionales provinciales deben ingresar al siguiente link: https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar los anexos que allí se encuentran disponibles. Asimismo, deberán dar cumplimiento a la entrega de la rendición física con todas las formalidades y los plazos conforme lo establecido en la mencionada Resolución. CONSIDERACIONES GENERALES Se destaca que se está trabajando en el desarrollo de una herramienta de rendición interactiva, más dinámica. La modalidad de rendición mediante el link es temporal y tendrá vigencia hasta que la nueva herramienta esté disponible. Una vez que la Secretaría de Transporte informe fehacientemente la disponibilidad de la nueva herramienta, cualquier rendición vía web que se efectúe bajo el antiguo formato carecerá de validez. Mientras que esté disponible este formato de rendición, NO será necesario el uso de una clave, tal como está previsto en el artículo 3 del Anexo I de la Resolución. Las empresas tendrán tiempo hasta el día 20 de noviembre de 2014 para presentar la primera rendición mensual correspondiente a los ingresos y egresos percibidos/realizados del mes octubre de 2014, ante la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación o ante la autoridad jurisdiccional de la provincia, según corresponda. Con respecto a los ingresos y egresos percibidos y realizados, en los meses de enero a septiembre de 2014 se comunicará oportunamente la información a presentar. Por su parte, las jurisdicciones provinciales tendrán tiempo hasta el 10 de diciembre de 2014 para reenviar las rendiciones remitidas por las empresas a la Secretaría de Transporte. Aquellas empresas que tengan líneas en más de una jurisdicción municipal, provincial y/o nacional deberán ingresar una rendición por cada una de esas jurisdicciones. No es posible efectuar guardados parciales en la carga de anexos. Por ello, cada vez que se inicie una rendición deberá completarse hasta el final; esto implica tener que completar todos los anexos para todas las líneas y enviarla en ese momento. Aquellas empresas que operan con SUBE deberán indicar el nombre de cada línea exactamente igual al código de línea asociado al sistema SUBE. En caso de que la empresa cuente con líneas no beneficiarias del SISTAU, deberán ser informadas como observaciones, indicando el nombre/número y la cantidad de parque móvil asociada a la misma. Todos los valores declarados deberán ser netos de impuestos. La documentación física requerida es la siguiente: Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 1 o o Todos los anexos firmados por responsable legal de la firma. Copia de declaración jurada de cargas sociales (F931), acuse de recibo y comprobantes de pago. o Copia de declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (F731), acuse de recibo y comprobantes de pago. o Copia de declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, acuse de recibo y comprobante de pago. o Documentación que avale el resto de los gastos del mes. La misma podrá ser reemplazada cuando el Anexo V esté con firma de contador público certificada por el Consejo Profesional correspondiente. El profesional deberá emitir opinión respecto a las erogaciones allí plasmadas. El incumplimiento de uno de los anexos implica el incumplimiento de la rendición. A los fines de dar por cumplida la presentación de la rendición de cuentas, la empresa debe completar todos los anexos sin excepción. A fin de resolver cualquier inquietud o aportar cualquier información adicional, se encuentra a disposición la siguiente casilla de correo electrónico: [email protected] PASOS A SEGUIR POR EMPRESAS DE JURISDICCIÓN NACIONAL: 1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar íntegramente los anexos, incluyendo todas las líneas que correspondan. 2. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf. 3. El archivo deberá nombrarse de la siguiente manera: XXXXXXXXXXX_mmm_aa (donde los primeros dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes que se está rindiendo y aa es el año). Ejemplo: si la empresa con CUIT 30-12345678-9 presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo deberá llamarse 30123456789_oct_14. 4. Este archivo debe ser enviado vía mail a la Secretaría a la dirección [email protected] colocando el asunto Redición CUIT y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo (30123456789_oct_14). 5. El representante legal y/o apoderado de la empresa deberá firmar cada uno de los anexos y adjuntar la documentación de respaldo. Esta documentación deberá ser enviada a la Secretaría, conforme al art. 5 del Anexo I de la Resolución. Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 2 PASOS A SEGUIR POR EMPRESAS QUE PERCIBEN EL BENEFICIO A TRAVÉS DE LA JURISDICCIÓN PROVINCIAL: 1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar íntegramente los anexos, incorporando todas las líneas que posea bajo esa jurisdicción provincial. 2. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf. 3. El archivo deberá nombrarse de la siguiente marera: XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde los primeros dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes que se está rindiendo y aa es el año y jj corresponde a la abreviatura de la jurisdicción provincial según siguiente tabla). Ejemplo: si la empresa de Provincia de Mendoza, con CUIT 30-12345678-9 presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo deberá llamarse 30123456789_oct_14_MZ. Buenos Aires Catamarca Chaco Chubut Córdoba Corrientes Entre Ríos Formosa Jujuy La Pampa La Rioja Mendoza Misiones Neuquén Rio Negro Salta San Juan San Luis Santa Cruz Santa Fe Santiago del Estero Tierra del Fuego Tucumán BA CA CH CB CO CR ER FO JU LP LR MZ MI NE RN SA SJ SL SC SF SE TF TU 4. Este archivo deberá ser enviado al email que la jurisdicción indique y con copia a la Secretaría a la siguiente casilla de correo electrónico: [email protected], colocando el asunto Redición CUIT y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo (30123456789_oct_14_MZ). Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 3 5. El representante legal y/o apoderado de la empresa deberá firmar cada uno de los anexos y adjuntar la documentación de respaldo. Esta documentación deberá ser enviada a la autoridad jurisdiccional correspondiente, conforme al art. 5 del Anexo I de la Resolución. PASOS A SEGUIR POR LA JURISDICCIÓN: A. EXISTE PARA ESE PERIODO RENDICIÓN DE LA EMPRESA 1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y seleccionar opción: “ID de Tramite”. Se deberá ingresar el código de barras contenido en el formulario enviado por la empresa. El mismo podrá ser escaneado o ingresado manualmente. 2. Validar la información sobre los ingresos que declara como percibidos la empresa y completar los anexos con la información requerida para la jurisdicción. 3. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf. 4. El archivo deberá nombrarse de la siguiente marera JUR_XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde JUR es inmodificable, los siguientes 11 dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes que se está rindiendo, aa es el año y jj es la jurisdicción). Ejemplo: si la empresa de Provincia de Mendoza con cuit 30-12345678-9 presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo deberá llamarse JUR30123456789_oct_14_MZ. Buenos Aires Catamarca Chaco Chubut Córdoba Corrientes Entre Ríos Formosa Jujuy La Pampa La Rioja Mendoza Misiones Neuquén Rio Negro Salta San Juan San Luis Santa Cruz Santa Fe BA CA CH CB CO CR ER FO JU LP LR MZ MI NE RN SA SJ SL SC SF Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 4 Santiago del Estero Tierra del Fuego Tucumán SE TF TU 5. Este archivo deberá ser enviado vía mail a la Secretaría, a la casilla de correo electrónico: [email protected] colocando el asunto Redición CUIT y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo (JUR30123456789_oct_14_MZ). Además, se deberá adjuntar al mail el cuadro tarifario de la jurisdicción. 6. El funcionario responsable deberá firmar cada una de las impresiones y enviarlas a la Secretaría junto con la documentación enviada por las empresas, conforme el art. 5 del Anexo I. B. NO EXISTE PARA ESE PERIODO RENDICION DE LA EMPRESA 1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y seleccionar opción: “N° de CUIT”. Deberá ingresarse el cuit de la empresa que no cumplió con el envío de la rendición. 2. Completar los anexos con la información requerida para la jurisdicción. 3. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf. 4. El archivo deberá nombrarse de la siguiente marera JUR_XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde JUR es inmodificable, los siguientes 11 dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes que se está rindiendo, aa es el año y jj es la jurisdicción). Ejemplo: si la empresa de Provincia de Mendoza, con cuit 30-12345678-9 presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo deberá llamarse JUR30123456789_oct_14_MZ. Buenos Aires Catamarca Chaco Chubut Córdoba Corrientes Entre Ríos Formosa Jujuy La Pampa La Rioja Mendoza Misiones Neuquén BA CA CH CB CO CR ER FO JU LP LR MZ MI NE Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 5 Rio Negro Salta San Juan San Luis Santa Cruz Santa Fe Santiago del Estero Tierra del Fuego Tucumán RN SA SJ SL SC SF SE TF TU 5. Este archivo deberá ser enviado vía mail a la Secretaría a la casilla de correo electrónico: [email protected] colocando el asunto Redición CUIT y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo (JUR30123456789_oct_14_MZ). Además, se deberá adjuntar al mail el cuadro tarifario de la jurisdicción. 6. El Funcionario deberá firmar cada una de las impresiones y enviarlas a la Secretaría, conforme el art. 5 del Anexo I. 7. Además, deberán informar por nota, aquellas empresas que no cumplieron con el envío de la documentación, a fin de evitar que la penalidad recaiga sobre la jurisdicción. Instructivo Resolución 939 / 2014 Secretaría de Transporte de la Nación Página 6
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