04 CRONICAS_MaquetaciÛn 1

El presente instructivo tiene como finalidad informar los pasos a seguir para poder cumplimentar
los requerimientos de rendición vía web conforme lo establecido en la Resolución ST 939/2014,
que estará vigente hasta que se encuentre desarrollado el sistema definitivo.
Para tal fin, tanto empresas como autoridades jurisdiccionales provinciales deben ingresar al
siguiente link: https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar los anexos que allí
se encuentran disponibles.
Asimismo, deberán dar cumplimiento a la entrega de la rendición física con todas las formalidades
y los plazos conforme lo establecido en la mencionada Resolución.
CONSIDERACIONES GENERALES
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Se destaca que se está trabajando en el desarrollo de una herramienta de rendición
interactiva, más dinámica. La modalidad de rendición mediante el link es temporal y
tendrá vigencia hasta que la nueva herramienta esté disponible.
Una vez que la Secretaría de Transporte informe fehacientemente la disponibilidad de la
nueva herramienta, cualquier rendición vía web que se efectúe bajo el antiguo formato
carecerá de validez.
Mientras que esté disponible este formato de rendición, NO será necesario el uso de una
clave, tal como está previsto en el artículo 3 del Anexo I de la Resolución.
Las empresas tendrán tiempo hasta el día 20 de noviembre de 2014 para presentar la
primera rendición mensual correspondiente a los ingresos y egresos percibidos/realizados
del mes octubre de 2014, ante la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y
Transporte de la Nación o ante la autoridad jurisdiccional de la provincia, según
corresponda. Con respecto a los ingresos y egresos percibidos y realizados, en los meses
de enero a septiembre de 2014 se comunicará oportunamente la información a presentar.
Por su parte, las jurisdicciones provinciales tendrán tiempo hasta el 10 de diciembre de
2014 para reenviar las rendiciones remitidas por las empresas a la Secretaría de
Transporte.
Aquellas empresas que tengan líneas en más de una jurisdicción municipal, provincial y/o
nacional deberán ingresar una rendición por cada una de esas jurisdicciones.
No es posible efectuar guardados parciales en la carga de anexos. Por ello, cada vez que se
inicie una rendición deberá completarse hasta el final; esto implica tener que completar
todos los anexos para todas las líneas y enviarla en ese momento.
Aquellas empresas que operan con SUBE deberán indicar el nombre de cada línea
exactamente igual al código de línea asociado al sistema SUBE.
En caso de que la empresa cuente con líneas no beneficiarias del SISTAU, deberán ser
informadas como observaciones, indicando el nombre/número y la cantidad de parque
móvil asociada a la misma.
Todos los valores declarados deberán ser netos de impuestos.
La documentación física requerida es la siguiente:
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Todos los anexos firmados por responsable legal de la firma.
Copia de declaración jurada de cargas sociales (F931), acuse de recibo y
comprobantes de pago.
o Copia de declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (F731), acuse de
recibo y comprobantes de pago.
o Copia de declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, acuse de
recibo y comprobante de pago.
o Documentación que avale el resto de los gastos del mes. La misma podrá ser
reemplazada cuando el Anexo V esté con firma de contador público certificada por
el Consejo Profesional correspondiente. El profesional deberá emitir opinión
respecto a las erogaciones allí plasmadas.
El incumplimiento de uno de los anexos implica el incumplimiento de la rendición. A los
fines de dar por cumplida la presentación de la rendición de cuentas, la empresa debe
completar todos los anexos sin excepción.
A fin de resolver cualquier inquietud o aportar cualquier información adicional, se
encuentra
a
disposición
la
siguiente
casilla
de
correo
electrónico:
[email protected]
PASOS A SEGUIR POR EMPRESAS DE JURISDICCIÓN NACIONAL:
1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar íntegramente
los anexos, incluyendo todas las líneas que correspondan.
2. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf.
3. El archivo deberá nombrarse de la siguiente manera: XXXXXXXXXXX_mmm_aa (donde los
primeros dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el
mes que se está rindiendo y aa es el año). Ejemplo: si la empresa con CUIT 30-12345678-9
presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo deberá llamarse
30123456789_oct_14.
4. Este archivo debe ser enviado vía mail a la Secretaría a la dirección
[email protected] colocando el asunto Redición CUIT y período con el
mismo formato que fue nombrado el archivo (30123456789_oct_14).
5. El representante legal y/o apoderado de la empresa deberá firmar cada uno de los anexos
y adjuntar la documentación de respaldo. Esta documentación deberá ser enviada a la
Secretaría, conforme al art. 5 del Anexo I de la Resolución.
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PASOS A SEGUIR POR EMPRESAS QUE PERCIBEN EL BENEFICIO A TRAVÉS DE LA JURISDICCIÓN
PROVINCIAL:
1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y completar íntegramente
los anexos, incorporando todas las líneas que posea bajo esa jurisdicción provincial.
2. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf.
3. El archivo deberá nombrarse de la siguiente marera: XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde
los primeros dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el
mes que se está rindiendo y aa es el año y jj corresponde a la abreviatura de la jurisdicción
provincial según siguiente tabla). Ejemplo: si la empresa de Provincia de Mendoza, con
CUIT 30-12345678-9 presenta la rendición correspondiente a octubre 2014, el archivo
deberá llamarse 30123456789_oct_14_MZ.
Buenos Aires
Catamarca
Chaco
Chubut
Córdoba
Corrientes
Entre Ríos
Formosa
Jujuy
La Pampa
La Rioja
Mendoza
Misiones
Neuquén
Rio Negro
Salta
San Juan
San Luis
Santa Cruz
Santa Fe
Santiago del Estero
Tierra del Fuego
Tucumán
BA
CA
CH
CB
CO
CR
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LP
LR
MZ
MI
NE
RN
SA
SJ
SL
SC
SF
SE
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TU
4. Este archivo deberá ser enviado al email que la jurisdicción indique y con copia a la
Secretaría a la siguiente casilla de correo electrónico: [email protected],
colocando el asunto Redición CUIT y período con el mismo formato que fue nombrado el
archivo (30123456789_oct_14_MZ).
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5. El representante legal y/o apoderado de la empresa deberá firmar cada uno de los anexos
y adjuntar la documentación de respaldo. Esta documentación deberá ser enviada a la
autoridad jurisdiccional correspondiente, conforme al art. 5 del Anexo I de la Resolución.
PASOS A SEGUIR POR LA JURISDICCIÓN:
A. EXISTE PARA ESE PERIODO RENDICIÓN DE LA EMPRESA
1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y seleccionar
opción: “ID de Tramite”. Se deberá ingresar el código de barras contenido en el
formulario enviado por la empresa. El mismo podrá ser escaneado o ingresado
manualmente.
2. Validar la información sobre los ingresos que declara como percibidos la empresa
y completar los anexos con la información requerida para la jurisdicción.
3. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf.
4. El
archivo
deberá
nombrarse
de
la
siguiente
marera
JUR_XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde JUR es inmodificable, los siguientes 11
dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes
que se está rindiendo, aa es el año y jj es la jurisdicción). Ejemplo: si la empresa
de Provincia de Mendoza con cuit 30-12345678-9 presenta la rendición
correspondiente
a
octubre
2014,
el
archivo
deberá
llamarse
JUR30123456789_oct_14_MZ.
Buenos Aires
Catamarca
Chaco
Chubut
Córdoba
Corrientes
Entre Ríos
Formosa
Jujuy
La Pampa
La Rioja
Mendoza
Misiones
Neuquén
Rio Negro
Salta
San Juan
San Luis
Santa Cruz
Santa Fe
BA
CA
CH
CB
CO
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JU
LP
LR
MZ
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RN
SA
SJ
SL
SC
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Santiago del Estero
Tierra del Fuego
Tucumán
SE
TF
TU
5. Este archivo deberá ser enviado vía mail a la Secretaría, a la casilla de correo
electrónico: [email protected] colocando el asunto Redición CUIT
y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo
(JUR30123456789_oct_14_MZ). Además, se deberá adjuntar al mail el cuadro
tarifario de la jurisdicción.
6. El funcionario responsable deberá firmar cada una de las impresiones y enviarlas a
la Secretaría junto con la documentación enviada por las empresas, conforme el
art. 5 del Anexo I.
B. NO EXISTE PARA ESE PERIODO RENDICION DE LA EMPRESA
1. Ingresar a https://resolucion939.transporte.gob.ar/empresas/ y seleccionar
opción: “N° de CUIT”. Deberá ingresarse el cuit de la empresa que no cumplió con
el envío de la rendición.
2. Completar los anexos con la información requerida para la jurisdicción.
3. Una vez completados, imprimirlos y guardarlos en formato pdf.
4. El
archivo
deberá
nombrarse
de
la
siguiente
marera
JUR_XXXXXXXXXXX_mmm_aa_jj (donde JUR es inmodificable, los siguientes 11
dígitos corresponden al número de cuit de la empresa sin guiones, mmm es el mes
que se está rindiendo, aa es el año y jj es la jurisdicción). Ejemplo: si la empresa
de Provincia de Mendoza, con cuit 30-12345678-9 presenta la rendición
correspondiente
a
octubre
2014,
el
archivo
deberá
llamarse
JUR30123456789_oct_14_MZ.
Buenos Aires
Catamarca
Chaco
Chubut
Córdoba
Corrientes
Entre Ríos
Formosa
Jujuy
La Pampa
La Rioja
Mendoza
Misiones
Neuquén
BA
CA
CH
CB
CO
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Rio Negro
Salta
San Juan
San Luis
Santa Cruz
Santa Fe
Santiago del Estero
Tierra del Fuego
Tucumán
RN
SA
SJ
SL
SC
SF
SE
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TU
5. Este archivo deberá ser enviado vía mail a la Secretaría a la casilla de correo
electrónico: [email protected] colocando el asunto Redición CUIT
y período con el mismo formato que fue nombrado el archivo
(JUR30123456789_oct_14_MZ). Además, se deberá adjuntar al mail el cuadro
tarifario de la jurisdicción.
6. El Funcionario deberá firmar cada una de las impresiones y enviarlas a la
Secretaría, conforme el art. 5 del Anexo I.
7. Además, deberán informar por nota, aquellas empresas que no cumplieron con
el envío de la documentación, a fin de evitar que la penalidad recaiga sobre la
jurisdicción.
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